Análisis sobre el juzgado de paz de la segunda circunscripción de Santiago
OBJETIVO GENERALES *Determinar las atribuciones y
competencias del Juzgado de Paz de la Segunda
Circunscripción de Santiago de los
Caballeros
OBJETIVOS ESPECIFICOSa) Determinar de acuerdo a la Ley 821 de
organización judicial la división y estructura del
juzgado de paz.b) Investigar la competencia territorial.c)
Detallar la competencia en razón de financiamiento,
servicios que ofrece y su funcionamiento.
*INTRODUCCION. En esta investigación sobre las
Atribuciones y Competencias del Juzgado de Paz de la segunda
circunscripción, de la ciudad de Santiago de los
Caballeros, ha sido desarrollada con el objetivo de investigar,
en el alcance de este Tribunal de excepción, a los fines
de cumplir con el requisito de la asignatura Clínica
Jurídica I.
*El Juzgado de Paz es la jurisdicción de menor
jerarquía del estamento jurídico dominicano.*Tiene
igualdad en relación con los demás
tribunales.*Competencia tributiba limitada y diversa
*HISTORIA DE LA CREACION DEL JUZGADO DE PAZ Este Tribunal
tiene su origen en nuestra Primera Constitución
política del 6 de noviembre de 1844, la cual consagra en
sus artículos 131 al 139.
*División actual de juzgado de paz En la actualidad los
Juzgados de Paz se encuentran divididos en Circunscripciones.
1-Circunscripciones comunes.2-Circunscripciones especializadas,
como son las de tránsito y de asuntos municipales.
ORGANIZACIÓN. -Los Juzgados de Paz están integrados
administrativamente por un Juez o Magistrado titular y Dos (2)
suplentes.- Una Secretaria Titular y 3 auxiliares-Un Alguacil de
Estrado (Ministerial) y Dos Ordinarios-Un Magistrado
Fiscalizador
JACINTO MEDINA ALGUACIL DE ESTRADO (MINISTERIAL) Mag. INGRI
SORAIDA LIBERATO TORRES JUEZ DE PAZ TITULAR Mag. NELLY TORRES
JUEZ DE PAZ SUPLENTE LOURDES PERALTA SECRETARIA TITULAR VICENTE
GUTIERREZ ALGUACIL ORDINARIO (MINISTERIAL) RAFAEL PAULINO
ALGUACIL ORDINARIO (MINISTERIAL) MARIELA MADERA SECRETARIA
AUXILIAR – DIGITADORA DE ESTRADO PETRA LUCIANO SECRETARIA
AUXILIAR JOSE MIGUEL RODRIGUEZ SECRETARIA AUXILIAR Mag. OTTO
SORIANO FISCALIZADOR ORGANIGRAMA DEL JUZGADO DE PAZ DE LA SEGUNDA
CIRCUNSCRIPCION DE SANTIAGO DE LOS CABALLEROS Mag. CLARIBEL MATEO
JIMENEZ JUEZ DE PAZ INTERINA
*COMPETENCIAS:1- Competencia territorial (ley 821-1927).2-
Competencia en razón de la materia o atributiva(ley 848-78
mod. ley 38-98).
Ubicación del juzgado:Está ubicado entre las
avenidas Circunvalación (Lado Oeste) y 27 de Febrero (Lado
Este), y entre las calles Eugenio Guerrero (Lado Norte) y
Ramón García (Lado Sur), en el edificio con el
nombre de Licdo. Federico Carlos Álvarez. El juzgado de
paz de la segunda circunscripción esta en el ala
norte.
* Este tribunal está compuesto:Un juez de paz titularUn
suplente de juez de pazSecretaria titular3 secretarias
auxiliares1 alguacil de estrado2 alguaciles ordinariosLa limpieza
está a cargo de una compañía
independiente
*delimitaciones del territorio
*DIVISION DE LAS CIRCUNCRIPCIONES SUGUN LA LEY 16-26 DE
1948
*ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA1 – Juez o magistrado
(Facilitador o arbitro)2 – Dos jueces Suplentes3 –
Secretario(a)4 – Alguacil Ministerial5 – Fiscalizador6
– Alcalde Pedáneo
*Salarios de los funcionarios del dicho juzgado de paz1- El Juez
Titular$48,000.002- Secretaria Tutular $7 a 15,000.00 (S.C.J)3-
Secretaria Auxiliares $7 a 12,000.00 (S.C.J) 4-Alguacil de
Estrado $7,000.00 a (S.C.J) 5-Fiscalizador $48000.00 o mas
(P.G.R)
*Forma de operar :-Un libro para casos penales- Un libro para
casos civiles – Un libro para casos de administración.- Un
libro de entrada y salida – Un libro de manutencion- – Un libro
para casos civiles
*Forma de operar :-Un libro para casos penales- Un libro para
casos civiles – Un libro para casos de administración.- Un
libro de entrada y salida – Un libro de manutencion- – Un libro
para casos civiles
*REDIMIENTO DEL JUZGADO DE PAZ.-Se conocen aproximadamente 240
casos Mensuales aproximado (12 Casos por Día): -Se conocen
aproximadamente 12 casos Mensuales penal /laboral aproximado) .
-Se conocen aproximadamente 48 casos de Pensión
Alimenticia Mensuales aproximado) . -Se conocen aproximadamente
180 casos Civiles Mensuales aproximado) .
CAPITULO IV: APODERAMIENTO Y ACCIONAR POR ANTE EL JUZGADO DE PAZ
1- El proceso por ante el Juzgado de Paz se inicia mediante un
acto de citación, notificado por un alguacil, y debe
contener los medios y fines en que se fundamenta la demanda.
Entre el día de citación y la audiencia
mediará por lo menos un día franco, el cual puede
aumentar en razón de la distancia. Debamos recordar que un
día franco equivale a tres días, dado que, no se
cuenta el día de la notificación del acto, ni el
día fijado para la audiencia.
2- Los jueces de paz pueden, en casos urgentes, con el objeto de
abreviar los pasos, permitir la citación por medio de una
cédula, y aun para el mismo día, a la hora que
indique; nada impide que las partes se presentan personalmente,
para que el juez decida sus diferencias en último recurso,
aun en asuntos que no son de su competencia.
3- No es necesario solicitar la fijación de audiencia
previa; ya que el juez celebra audiencia todos los días,
inclusive los domingos, si así lo decidiere hasta en su
propio hogar, siempre que se haga de forma pública y a
puertas abiertas, solo se procede a citar por órgano de
alguacil a la parte demandada para que comparezca en la fecha y
horas indicadas.
* El Acto de Citación. El acto de citación es el
acto mediante el cual se introduce una demanda por ante el
Juzgado de Paz *CONTENIDO DEL MISMO: fecha del día, mes y
año; los nombres profesión y domicilio del
demandante; nombre, morada, domicilio y calidad del alguacil,
nombre y morada del demandado; enunciará sumariamente el
objeto de la demanda, y los medios en que se funda indicando el
Juez de Paz que habrá de conocer la misma, así como
el día y hora en que habrá de comparecerse.
* En materia mobiliaria la citación se hará para
ante el Juez de Paz del domicilio del demandado; y en caso de no
tenerlo, para el Juez de Paz de su residencia.
* Representación de las Partes. Debido a la complejidad
del proceso civil, se hace necesario que las partes se hagan
representar por un abogado, aunque las partes pueden comparecer
personalmente o hacerse representar por apoderados
CONCLUSIÓN. Al concluir se quiere dejar establecida la
satisfacción del deber cumplido en el entendido que se
cumplieron los objetivos planteados en la introducción y a
la vez resaltar que la realización de esta
investigación ha constituido una experiencia enriquecedora
y gratificante, ya que, los resultados logrados plasmaron en el
universo de conocimientos de la actuante las herramientas
necesarias mínimas para continuar el proceso de
aprendizaje en el transcurso de la carrera en lo concerniente a
las figuras i jurisdicciones tratadas.