- Prólogo
- Introducción
- Situación
actual del manejo de residuos en empresas de la ZMCM
mexicanas - Bases legales para
el manejo de residuos peligrosos - Conceptos
Empresariales para el Manejo Integral de los Residuos
Peligrosos e Industriales - Procedimiento
- Monitoreo y
evaluación del concepto de manejo de
residuos - Descripción
de los procesos relevantes y residuos
generados - Medidas para evitar
o minimización la generación de
residuos - Aprovechamiento
- Costos del manejo
de residuos - Bibliografía
Prólogo
A nivel nacional, la protección al ambiente
representa uno de los mayores retos del presente. En el caso de
la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, la
protección ambiental es especialmente importante por
concentrar la mayor densidad de población a nivel mundial
y por contar con la planta industrial más importante del
país. La industria está consciente de esto y se
inclina en forma activa y preventiva hacia la protección
del ambiente. En este marco, el manejo de residuos, y en
especial de los Residuos Industriales Peligrosos es una de
la áreas que requieren fortalecimiento.
Como instrumento más importante y efectivo para
iniciar un manejo de residuos adecuado, se ha desarrollado el
"Concepto Empresarial de Manejo de Residuos", cuyo objetivo
primordial es optimizar el manejo interno de los residuos en la
empresa y al mismo tiempo reducir los costos por concepto de
tratamiento y disposición final.
Considerando lo anterior, la Comisión Ambiental
Metropolitana en colaboración con la Asociación de
Cooperación Técnica Alemana GTZ (Gesellschaft
Für Technische Zusammenarbeit) con el financiamiento por
parte de la Secretaría Federal Alemana de
Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ Bundes
Ministerium für Zusammenarbeit) y a través del
TÜV ARGE-MEX presenta a través de este Manual de
Minimización, Tratamiento y Disposición, el
"Concepto empresarial de Manejo de Residuos para el Giro de la
Química" que constituye un logro importante de los
trabajos realizados en el marco de la colaboración
técnica entre los gobiernos de México y Alemania.
De igual manera, este manual coadyuva a la política
establecida por el Programa para la Minimización y Manejo
Integral de Residuos Industriales y Peligrosos en México,
1996 – 2000. Es evidente que no substituye el trabajo
intensivo que se requiere para el desarrollo de un concepto
empresarial específico; únicamente pretende ser un
instrumento que respalde los esfuerzos en materia de manejo
integral de los residuos que han venido realizando el sector
industrial y las instituciones de gobierno involucradas,
ofreciendo una orientación clara sobre medidas
específicas para prevenir, minimizar, reusar, tratar y
disponer adecuadamente los residuos que genera la industria
química. Se establecen las bases para que las empresas
puedan incidir de forma independiente y favorable sobre la
problemática ambiental.
El manual proporciona información a las empresas
que manufacturan productos químicos inorgánicos y
orgánicos básicos; resinas, adhesivos y
plásticos; grasas, aceites y solventes; agentes
tensoactivos, detergentes y cosméticos; fármacos;
pesticidas y plaguicidas y productos especiales; presentando un
panorama de las alternativas tecnológicas que actualmente
existen, permitiéndoles a través de estos
conocimientos y en colaboración con las autoridades,
asociaciones y empresas que confinan y recuperan residuos,
elaborar e instrumentar soluciones integrales para prevenir,
minimizar o en su caso, disponer adecuadamente los
volúmenes de residuos generados.
De igual manera, el personal que colabora con las
autoridades y asociaciones reciben mediante este concepto por
rama industrial, un instrumento de trabajo que les permite dar
asesorías y elaborar estrategias de
solución.
La base del presente manual, está constituida por
la información recabada a través de la visita a 64
empresas del giro químico ubicadas en la Zona
Metropolitana de la Ciudad de México, y la
evaluación de los conceptos empresariales de manejo de
residuos peligrosos e industriales, elaborados por expertos
mexicanos capacitados en esta área. Dicha
evaluación se realizó considerando los siguientes
aspectos:
? los insumos y procesos utilizados,
? los materiales residuales y los residuos
generados,? el reuso/reciclaje o la disposición
actuales de estos materiales residuales y residuos,
y? las medidas a corto, mediano y largo plazo
que puedan tomarse para mejorar la situación respecto
a generación de los materiales residuales y
residuos.
Con base en la información específica
relativa para la Zona Metropolitana de la Ciudad de
México, y considerando la bibliografía y la
información más reciente que existe sobre este
giro, se elaboró el presente "Manual de
Minimización, Tratamiento y Disposición" para las
empresas del giro Químico, que está enfocado en las
necesidades de la industria de la Zona Metropolitana de la Ciudad
de México.
El presente manual es el tercero de una serie de seis
que abarcan los giros; fundición, metalmecánica,
química, galvanoplastía, textil e
impresión.
Introducción
Datos estadísticos del giro de la Industria
Química.
El sector manufacturero sigue manteniéndose como
una de las actividades económicas más importantes
del país, al representar el 20.1 % del Producto Interno
Bruto Nacional (PIB). Del mismo modo, la industria química
se constituye una de las industrias más dinámicas
del sector. Sin embargo, en el período comprendido entre
1989 y 1995 se registró una disminución de la
producción bruta total en valores básicos del 10%
aproximadamente; aunque en el período 1993-1994, se
recuperó cerca del 6% de la productividad
industrial.
Las estructuras productivas denominadas "Productos
Farmacéuticos, Química Básica y
Artículos de Plástico" contribuyen con las mayores
aportaciones al PIB de la industria química (tabla
1.1-1).
Tabla 1.11. Aportación porcentual de la
estructura productiva de la industria química al PIB del
giro
Estructura | Composición % del PIB de |
Productos farmacéuticos | 19.4 |
Química básica | 15.8 |
Artículos de plástico | 14.7 |
Resinas sintéticas y fibras | 12.6 |
Otros productos químicos | 12.3 |
Jabones, detergentes y | 11.9 |
Productos de hule | 6.01 |
Petroquímica básica | 5.2 |
Fertilizantes | 2.1 |
Fuente: La Industria Química en México,
INEGI 1996.
* PIB a precios corrientes
Las entidades federativas con mayor participación
en el PIB de la industria química, son el Distrito Federal
y el Estado de México, esto es altamente significativo,
considerando que en estos se ubica la Zona Metropolitana de la
Ciudad de México; uno de los polos más importantes
del sector manufacturero. De la misma manera, la industria
química del Estado de México y el Distrito Federa
muestra su alta productividad al contribuir, en su conjunto, con
el 9.45% al PIB del sector manufacturero y con el 1.89 % al PIB
nacional (tabla 1.1-2). Cabe señalar que en esta
consideración, se excluye la rama 33 del petróleo y
sus derivados.
De acuerdo con lo anterior, la mayor parte de los
establecimientos del giro químico instalados en el Estado
de México se concentra en los municipios conurbados de la
Zona Metropolitana de la Ciudad de México, al representar
el 73.4% del total de las plantas químicas a escala
estatal. Sin embargo la distribución de las empresas en
esta zona no es homogénea, sino que las actividades tienen
lugar principalmente en los municipios de Tlalnepantla de Baz,
Naucalpan de Juárez, Ecatepec y Nezahualcóyotl
(tabla 1.1-3).
En cuanto al Distrito Federal, en particular la rama
3560, denominada "Elaboración de productos de
plástico", resulta ser una de las más incidentes
del giro químico en esta entidad (tabla 1.1-4).
Resaltando la importancia del giro químico de la
Zona Metropolitana de la Ciudad de México, en esta zona se
encuentran el 37% del total de los establecimientos y se emplea
al 39.9 % del total de trabajadores que laboran en este giro a
nivel nacional (tabla 1.1-5).
Tabla 1.12. Producto Interno Bruto de la industria
manufacturera y de la industria química según
entidad federativa
Entidad | PIB | PIB Sector | PIB Industria Química | Aportación de la | Aportación de la |
Distrito Federal | – | 58,517,064 | 13,398,175 | 1.18 % | 5.9 % |
Estado de México | – | 39,527,438 | 8,055,968 | 0.71 % | 3.55 % |
Subtotal** | – | 98,044,502 | 21,454,143 | 1.89 % | 9.45 % |
Total Nacional*** | 1"127"584"133 | 226"842"924 | 36"425"979 | 3.23 % | 16.05 % |
b/ Se refiere a la división V: " Sustancias
químicas, Derivados del Petróleo, Productos de
caucho y Plástico", excepto la rama 33 (Petróleo y
derivados)
** En los subtotales sólo se consideran al Estado
de México y el Distrito Federal
*** En los totales se consideran los 31 estados y el
Distrito Federal
Tabla 1.13. Distribución de unidades
económicas del giro químico en los municipios del
el Estado de México, conurbados al D.F.
Municipio | No. de | No. de | % de establecimientos respecto |
Atizapán de Zaragoza | 41 | 2,648 | 3.64 |
Coacalco | 3 | 55 | 0.26 |
Cuautitlán Izcalli | 0 | 2,599 | 0.6 |
Chalco | 7 | 274 | 0.6 |
Chicoloapan | 3 | 38 | 0.26 |
Chimalhuacán | 3 | 115 | 0.26 |
Ecatepec | 162 | 9,667 | 14.4 |
Huixquilucan | 3 | 63 | 0.26 |
Ixtapaluca | 5 | 56 | 0.44 |
Naucalpan de Juárez | 188 | 15,710 | 16.7 |
Nezahualcóyotl | 125 | 792 | 11.1 |
Nicolás Romero | 2 | 83 | 0.17 |
La Paz | 28 | 2,401 | 2.48 |
Tecámac | 5 | 134 | 0.44 |
Tlalnepantla de Baz | 213 | 16,341 | 18.93 |
Tultitlán | 31 | 3,756 | 2.75 |
Subtotal municipios | 826 | 54,732 | 73.42 |
Total Estatal | 1,125 | 76,619 | — |
Fuente: XIV Censo Industrial, XI Censo Comercial y XI
Censo de Servicios, Estado de México, INEGI
1995
Tabla 1.14. Distribución de las ramas del giro
químico en el Distrito Federal
Rama de actividad | No. de | No. de | |
Rama 3512Fabricación de | 72 | 3,294 | |
Rama 3513Industria de las fibras | 4 | 1,164 | |
Rama 3521Industria | 181 | 23,670 | |
Rama 3522Fabricación de otras | 394 | 32,255 | |
Rama 3540Industria del coque, incluye | 30 | 2,033 | |
Rama 3550Industria del | 156 | 7,791 | |
Rama 3560Elaboración de | 964 | 27,007 | |
Total | 1,801 | 97,214 |
Fuente: XIV Censo Industrial, XI Censo Comercial
y XI Censo de Servicios, INEGI 1995
Tabla 1.15. Importancia de la industria
química de la ZMCM, en la escala nacional
Fuente: XIV Censo Industrial, XI Censo Comercial
y Xi Censo de Servicios, Estado de México, INEGI
1995
Situación
actual del manejo de residuos en empresas de la ZMCM
mexicanas
El área de estudio para la elaboración de
este manual comprende la Zona Metropolitana de la Ciudad de
México, conformado por el Distrito Federal y 18 municipios
conurbados del Estado de México. En esta zona se ubican
más de 19 mil industrias manufactureras (de diversos
giros), las cuales se estima que generan alrededor de 2 millones
122 mil toneladas por año de residuos
peligrosos.
La industria química; es uno de los giros
productivos considerado como generador importante de residuos
peligrosos, debido a las características de sus procesos,
la toxicidad de sus residuos, así como las cantidades
considerables de los mismos.
Para recabar la base de información para la
elaboración de este manual, se seleccionaron 24 empresas
del giro, conformadas por: 1 microempresa, 12 pequeñas, 6
medianas y 5 grandes. El mayor porcentaje de las empresas
visitadas se ubica en los municipios conurbados del Estado de
México (Tabla 1.2.1.).
Tabla 1.21. Tamaño de empresas seleccionadas,
de acuerdo al número de empleados según SECOFI, y
ubicación
Número de | Tamaño de | Número | Edo. Mex. | D.F | |||
1-15 | Micro | 1 | 1 | – | |||
16-100 | Pequeña | 12 | 7 | 5 | |||
101-250 | Mediana | 6 | 3 | 3 | |||
> 250 | Grande | 5 | 3 | 2 |
De la gran variedad de procesos y tipos de residuos que
involucra este giro se han considerado los siguientes
subgiros:
? Productos inorgánicos y materias
orgánicas básicas? Resinas, adhesivos y
plásticos? Aceites, grasas y solventes
? Agentes tensoactivos, detergentes y
cosméticos? Fármacos, plaguicidas y productos
especiales
Con el fin de contar con una estadística
cualitativa sobre los destinos actuales de los residuos, se
identificaron los tipos y cantidades de residuos peligrosos e
industriales generados en las 24 empresas visitadas durante 1995
y 1996.
La cantidad total de residuos peligrosos reportados por
las empresas seleccionadas es de aproximadamente 5,435 toneladas
y 2,932 piezas anuales; entre estas últimas se contemplan
sacos de polipropileno y papel impregnados con cloruro
férrico y de sodio, tambos impregnados con materia prima,
baterías y muestras retenidas de
análisis.
También se reportó una generación
aproximada de 300 toneladas por año de residuos
sólidos municipales.
Debido a la diversidad de los residuos peligrosos
generados en el giro químico se clasificaron de acuerdo a
sus características químicas o físicas. En
la siguiente tabla se presentan los grupos de residuos que se
reportan con más frecuencia en las industrias (Tabla
1.2-2).
Tabla 1.22. Principales residuos
generados
Grupos de residuo | Porcentaje de aparición | |
Aceites gastados | 9.3 | |
Acidos y bases | 3.1 | |
Contenedores y material de empaque impregnado con | 19.4 | |
Grasas, cremas y jabones | 6.2 | |
Lodos de tratamiento de agua residual | 9.3 | |
Material auxiliar impregnado con aceites, | 9.3 | |
Polvos y filtros asociados con equipo de | 10.1 | |
Resinas, adhesivos y poliuretanos | 7.0 | |
Solventes gastados | 17.0 | |
Otros | 9.3 | |
Total | 100.0 |
Cabe hacer mención que en el rubro "otros" se
agrupan a los residuos cuya generación no es muy frecuente
como son los cartuchos de polipropileno y la fibra de vidrio
impregnados con materia prima, residuos infecciosos
misceláneos, natas de pintura, pigmentos, azufre,
escorias, plomo y pentóxido de vanadio.
En forma global se resuma en la figura la importancia de
las opciones alternativas para el manejo, presentando el
porcentaje de los residuos generados en las industrias
químicas para cada de las opciones de manejo encontradas
(figura 1.2-1).
Total de residuos generados: 5,435
ton/año
Figura 1.21. Principales formas de
manejo de los residuos peligrosos en las empresas
visitadas
La mayor parte de los residuos peligrosos se depositan
en confinamiento controlado (58% del total de residuos
reportados).
No obstante un alto porcentaje de los residuos tienen un
destino incierto (19% del total de residuos reportados) debido a
su manejo inadecuado y a que se carece de registros de los
mismos.
Los residuos peligrosos con elevado poder
calorífico generalmente se emplean en la
formulación de combustible alterno (9% del total de
residuos reportados) para ser reusados energéticamente
como combustible alterno en hornos de cemento.
Únicamente el 1% del total de residuos
considerados, en mayor parte los solventes, se reciclan en
procesos fisicoquímicos, principalmente mediante la
filtración y destilación. En el caso de los
contenedores vacíos impregnados con materiales y/o
residuos peligrosos, el reciclaje consiste en devolver los
envases a los proveedores de materia prima para
reusarlos.
El 4% del total de los residuos peligrosos considerados
se vierten a la red de drenaje sin previo tratamiento. Asimismo,
se reportan que el 4% de los residuos peligrosos considerados se
depositan inadecuadamente en los rellenos sanitarios.
Dentro del rubro "almacenamiento" solamente se hace
referencia a los bifenilos policlorados las cuales representan el
6% de todos los residuos peligrosos generados y que se encuentran
temporalmente almacenados en las instalaciones de algunas
empresas.
Bases legales para el
manejo de residuos peligrosos
Ley General del Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente
La Ley General del Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente (LGEEPA), modificada por
decreto en diciembre de 1996, es el marco legal que fija las
condiciones para la protección ambiental, así como
la preservación y restauración del equilibrio
ecológico. En su forma modificada hace especialmente
énfasis en reforzar el carácter preventivo de la
política ambiental, con el propósito de orientarla
hacia un desarrollo sustentable. Entre otras, las reformas
incorporan como instrumento de carácter preventivo y
correctivo, disposiciones referidas a la auditoría
ambiental y promueven la autorregulación y
certificación voluntaria. En materia de residuos,
materiales y riesgo ambiental, las modificaciones tienen el
propósito de promover las políticas de
minimización, reciclaje y recuperación de
materiales secundarios o de energía, así como
propiciar una gestión administrativa más
eficiente.
De este marco genérico que establece la Ley, se
desprenden diversos reglamentos y normas específicas en
materia de protección ambiental del agua, aire y suelo,
así como de la salud humana.
Debido a que los contaminantes pueden transferirse
fácilmente de un medio a otro o a que los impactos
ambientales pueden involucrar más de un medio (aire, agua,
suelo), es necesario considerar las emisiones desde un punto de
vista de multimedios. Por ello, a continuación se
mencionan algunos aspectos relevantes de la LGEEPA en materia de
protección ambiental y no únicamente los referentes
a residuos peligrosos, los cuales requieren de importante
consideración por parte de la industria
química.
El artículo 3, en su fracción
XXVI, del Título Primero "Disposiciones Generales" de
la LGEEPA define residuo como "cualquier material generado en
los procesos de extracción, beneficio,
transformación, producción, consumo,
utilización, control o tratamiento cuya calidad no permita
usarlo nuevamente en el proceso que lo generó". Asimismo
la fracción XXVII define residuos peligrosos como "todos
aquellos residuos, en cualquier estado físico, que por sus
características corrosivas, reactivas, explosivas,
tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas,
representen un peligro para el equilibrio ecológico o el
ambiente."
El Título Cuarto de la LGEEPA se refiere a
la protección al ambiente y contiene entre otras
las siguientes disposiciones.
Capítulo II "Prevención y Control de la
Contaminación de la Atmósfera"
? Por medio de los artículos 111Bis y
113, quedan regulados y requieren de autorización de
la Secretaría (SEMARNAP), la operación y el
funcionamiento de fuentes fijas que puedan emitir olores,
gases o partículas sólidas o líquidas a
la atmósfera. Para tal efecto deben cumplirse las
normas oficiales mexicanas correspondientes.
Capítulo III "Prevención y Control de la
Contaminación del Agua y de los Ecosistemas
Acuáticos"
? Por medio de los artículos 120,
121, 122 y 139, quedan sujetos a regulación
federal o local y requieren de un tratamiento previo
adecuado, las descargas de origen industrial, el vertimiento
de residuos sólidos, materiales peligrosos y lodos
provenientes del tratamiento de aguas residuales, así
como las aguas residuales con contaminantes, a cualquier
cuerpo y corriente de agua o en el suelo o subsuelo. Toda
descarga deberá satisfacer las normas oficiales
mexicanas correspondientes.
Capítulo IV "Prevención y Control de la
Contaminación del Suelo"
? El artículo 134.- I al
III establece que corresponde al estado y a la
sociedad evitar la contaminación del suelo y que deben
ser controlados los residuos en tanto que constituyen la
fuente principal de contaminación del suelo,
incorporando las medidas que previenen y reducen su
generación y las técnicas para su reuso y
reciclaje así como regulando su manejo y
disposición final eficiente.? Por medio del artículo 135,
la generación, manejo y disposición final de
residuos sólidos, industriales y peligrosos,
así como en las autorizaciones y los permisos que para
tal efecto se otorguen, quedan sujetos a los criterios para
prevenir y controlar la contaminación del
suelo.? El artículo 140 establece que
"la generación, el manejo y la disposición
final de los residuos de lenta degradación
deberá sujetarse a lo que se establezca en las normas
oficiales mexicanas."? El artículo 144 hace
referencia a las restricciones arancelarias y no arancelarias
relativas a la importación y exportación de
materiales peligrosos.
Capítulo V "Actividades consideradas como
altamente riesgosas"
? El artículo 147 establece que
las actividades industriales, comerciales o de servicios
altamente riesgosas deben realizarse con apego a esta Ley y
los reglamentos y normas correspondientes. Quien realice este
tipo de actividades debe además presentar un estudio
de riesgo ambiental para su aprobación por las
autoridades correspondientes.
Capítulo VI "Materiales y Residuos
Peligrosos"
? El manejo de materiales y residuos
peligrosos, incluyendo su uso, recolección,
almacenamiento, transporte, reuso, reciclaje, tratamiento y
disposición lo establece el artículo 150 y
el reglamento en materia de residuos peligrosos y queda
sujeto a las normas oficiales mexicanas
correspondientes.? El artículo 151 otorga "la
responsabilidad del manejo y disposición final de los
residuos peligrosos a quien los genere. En el caso de que se
contrate los servicios de manejo y disposición final
de los residuos peligrosos con empresas autorizadas por la
Secretaría y los residuos sean entregados a dichas
empresas, la responsabilidad por las operaciones será
de éstas independientemente de la responsabilidad que,
en su caso, tenga quien los generó. Quienes generen,
reusen o reciclen residuos peligrosos, deberán hacerlo
del conocimiento de la Secretaría en los
términos previstos en el Reglamento de esta
Ley.? El artículo 152 Bis establece
que cuando la generación, el manejo o la
disposición final de materiales o residuos peligrosos,
produzca contaminación del suelo, los responsables de
dichas operaciones deberán llevar a cabo las acciones
necesarias para recuperar y restablecer las condiciones del
mismo, con el propósito de que pueda ser destinado a
alguna de las actividades previstas en el programa de
desarrollo urbano u ordenamiento ecológico aplicable
para el predio o zona respectiva.? El artículo 153 establece las
restricciones en la importación o exportación
de materiales o residuos peligrosos.
Capítulo VII "Ruido, Vibraciones, Energía
Térmica y Lumínica y Contaminación
visual"
? Por medio del artículo 155
quedan prohibidas las emisiones de ruido, vibraciones,
energía térmica y lumínica y la
generación de contaminación visual, en cuanto
rebasen los límites máximos establecidos en las
normas oficiales mexicanas. Asimismo, establece que en la
construcción de obras o instalaciones que generen
energía térmica o lumínica, ruido o
vibraciones, así como en la operación o
funcionamiento de las existentes deberán llevarse a
cabo acciones preventivas y correctivas para evitar los
efectos nocivos de tales contaminantes en el equilibrio
ecológico y el ambiente.? De acuerdo al artículo 156 se
establecerán procedimientos y se fijarán los
límites de emisión respectivos en las Normas
Oficiales Mexicanas
De la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente se desprenden asimismo las
siguientes leyes y reglamentos:
? Ley Federal de Derechos en Materia de Agua –
1997? Ley de Aguas Nacionales – 1994
? Reglamento para la Prevención y
Control de la Contaminación de Aguas – 1988? Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales –
1994? Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos
– 1988
Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos
El Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos (de
1988), incluye autoridades, responsabilidades,
definición de términos y procedimientos de
generación, manejo, importación y
exportación, control y sanciones a considerar en la
gestión de residuos peligrosos. Los requisitos
específicos se presentan al nivel de Normas Oficiales
Mexicanas.
El artículo 8 del Reglamento establece
la obligación del generador de residuos peligrosos para
darles un manejo adecuado, así como su
clasificación correcta.
Los requerimientos técnicos y organizativos
generales relacionados al almacenamiento temporal de los residuos
peligrosos, se enlistan en los artículos 3, 8 IV y
VII, 10, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 21.
En el ámbito nacional, la Secretaría del
Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), a
través del Instituto Nacional de Ecología (INE), es
la autoridad en materia de los residuos peligrosos, especialmente
para las autorizaciones correspondientes al manejo de residuos
peligrosos incluyendo los trámites administrativos y
legales necesarios. Actualmente se está trabajando sobre
un esquema descentralizado que permita una responsabilidad
compartida entre las autoridades estatales y la
federal.
Normas Oficiales Mexicanas
A continuación se presentan las Normas Oficiales
Mexicanas (NOM) ambientales más importantes para la
industria química. La normatividad ambiental se encuentra
en activa revisión y complementación con el fin de
contar con un marco normativo más definido y que abarque
un mayor número de actividades que puedan ocasionar
daños al medio ambiente o presentar un riesgo a la salud
humana. Por ello, se recomienda mantenerse al tanto de la nueva
normatividad y cambios en la existente, publicados en el Diario
Oficial de la Federación, expedida por el Instituto
Nacional de Ecología (INE), la Secretaría de
comunicaciones y transportes (SCT), Secretaría de Trabajo
y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Salud
(salud ambiental – SSA). Más adelante se presenta un
listado de los proyectos de normas de interés para la
industria, sobre los que las autoridades (INE, SCT, SPTS) se
encuentran trabajando.
Caracterización de residuos peligrosos
Sobre las características de los residuos
peligrosos rigen las siguientes normas:
NOM-052-ECOL-1993: establece las
características de los residuos peligrosos, el
listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo
peligroso por su toxicidad al ambiente. Norma de observancia
obligatoria en la definición y clasificación de
residuos peligrosos.
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