INDICE:
Thomas
Hobbes
John Locke
Jean Jacques Rousseau
Hobbes nace en Inglaterra en
1558 , era considerado un hombre de gran
especie intelectual ,curiosos y tímido. Su destino quiso
que viviese en una época poco propicia para un amador de
la paz y la tranquilidad.
Hobbes desde su juventud,
cogió horror a las discusiones político religiosas,
sobre la interpretación de la Biblia y los derechos de la conciencia
individual . En su opinión estas discusiones debilitaban
Inglaterra,
minaban la autoridad por
su base y preparaban la guerra
civil.
En 1640 , cuando la guerra
parecía aproximarse, huye de Inglaterra a
París y en su destierro voluntario de once años
preparo su Leviatán. Mientras tanto, Inglaterra desde que
había caído en las manos fuertes y hábiles
de los Tudor ,en las torpes de los Estuardos, no había
conocido mas que convulsiones. En el furor de las disputas
religiosas ( protestantes y católicos, entre protestantes
anglicanos y disidentes ) agrava allí el furor de las
pasiones políticas
, formando todo ello una mezcla incendiaria .
En 1642 ,comienza la lucha armada entre Carlos I
Estuardo y su parlamento, la mayoría puritana. Una vez
vencido el Rey por el ejército parlamentario de Cromwell,
el rey es ejecutado.
En 1651, Cromwell reina en Inglaterra , convertida en
república y es en ese entonces cuando aparece en Londres
este libro de
extraño título: El Leviatán.
La concepción hobbesiana del estado de
naturaleza se
aparta del sentido paradisíaco, que a ese estado, asigna
el pensamiento
teológico . Hobbes separa
con claridad dos etapas: una situación de barbarie y de
guerra de
todos contra todos ,un mundo sin germen de derecho , y por otra
parte , un estado creado
y sostenido por el derecho , un estado con suficiente poder para
iniciar y reformar su estructura.
Según Hobbes la
naturaleza ha
hecho a los hombres tan iguales en las facultades del cuerpo y
del espíritu que , si un hombre es
más fuerte de cuerpo o más sagaz de entendimiento
que otro, cuando este se considera en conjunto, la diferencia
entre los hombres, no es tan importante. De manera que estos
puedan reclamar a base de ella y para sí mismos, un
beneficio cualquiera al que otro no pueda aspirar .
La inclinación general de la humanidad entera es
entonces un perpetuo e incesante afán de poder que cesa
solamente con la muerte. La
pugna de riquezas , placeres, honores u otras formas de poder ,
inclina a la lucha , la enemistad y a la guerra. Por ello en la
naturaleza del
hombre se
encuentran tres causas principales de discordia: la competencia, la
desconfianza y la gloria. De esta manera la competencia
impulsa a los hombres a atacarse para lograr un beneficio, la
desconfianza para lograr la seguridad y la
gloria para ganar reputación. Con todo esto, mientras
el hombre viva
sin un poder común que los atemorice a todos, se hallan en
la condición o estado que se llama guerra . Una guerra que
es la del todos contra todos .
Sin embargo Hobbes advierte que nunca existió un
tiempo en que
los hombres particulares se hallaran en una situación de
guerra del uno contra el otro, sino que en diferentes
épocas el ser humano se halla en estado de continua
enemistad , en la situación y postura de los gladiadores
,con las armas asestadas y
los ojos fijos uno en otro. Por ende en esta guerra nada puede
ser injusto. Las nociones de derecho e ilegalidad ,justicia e
injusticia están fuera de lugar .Donde no hay poder
común, la ley no existe .
Donde no hay ley, no hay
justicia.
En esta condición en que el hombre se
encuentra por obra de la simple naturaleza, en una guerra de
todos contra todos, el puede tener la posibilidad de superar ese
estado, en parte por sus pasiones y también por su
razón.
Las pasiones que inclinan a los hombres a la paz son el
temor a la muerte , el
deseo de las cosas que son necesarias para una vida confortable ,
y la esperanza de obtenerlas por medio del trabajo. En otras
palabras , la pasión inclina a los hombres a desear y
conseguir los bienes y
privilegios del prójimo. Esto sería entonces la
necesidad del hombre , pues su naturaleza es estar en guerra los
unos con los otros. Mientras tanto y por otro lado la
razón los hace pensar que sin seguridad y
duración, los bienes y
privilegios deseados no tienen sentido porque no se pueden
disfrutar. La razón entonces sugiere normas adecuadas
de paz , a las cuales pueden llegar los hombres por mutuo
consenso. Estas normas son las
que Hobbes llama Leyes de la
naturaleza, las cuales servirán para que el hombre
salga de ese estado de guerra.
Hobbes define 19 leyes de
naturaleza sin embargo existen dos fundamentales de las cuales se
derivan las restantes. La primera de ellas se refiere a que cada
hombre debe esforzarse por la paz , mientras que tiene la
esperanza de lograrla , y cuando no puede obtenerla, debe buscar
y utilizar todas las ayudas y ventajas de la guerra. Es decir
buscar la paz y seguirla defendiéndose por todos los
medios
posibles.
La segunda ley dice que el
hombre debe acceder ( si los demás consienten
también y mientras se considere necesario para la paz y
defensa de sí mismo ) a renunciar este derecho de todas
las cosas y a satisfacerse con la misma libertad
,frente a los demás con respecto a él mismo. Es
como la ley del evangelio: " no hagáis a los demás
, lo que no queráis que os hagan a vosotros".
De la segunda ley de naturaleza según la cual los
hombres están obligados a transferir a otros los derechos que perturban la
paz, se deduce una tercera ley que se refiere a que los hombres
cumplan los pactos que han celebrado. Entonces mientras las
pasiones enfrentan a los hombres , la razón los hace
pactar .
Ahora bien cuando los pactos se respetan y se llevan a
cabo hay justicia, que
quiere decir que existe una voluntad constante de dar a cada uno
lo suyo. Todos los hombres tienen derecho a todas las cosas y por
ende son iguales ante la ley. Esta inclinación de pactar
lleva a los individuos a convenir un contrato, que
implica la renuncia de todos sus derechos que poseían
en el estado de
naturaleza para otorgárselo a un soberano que a cambio les
garantizará el orden y la seguridad .Con el
contrato se
renuncia a la libertad y a
cualquier derecho que pudiera poner en peligro la paz.
El ser humano requiere de algo mas que pactar , que haga
su convenio constante y obligatorio ; y ese algo es un poder
común que los mantenga a raya y dirija sus acciones hacia
el beneficio colectivo. Los pactos no descansan en la espada, no
son más que palabras, sin fuerza para
proteger al hombre de algún modo. Por consiguiente , a
pesar de la leyes de la
naturaleza, si no se ha instituido un poder , cada uno
fiará en su propia fuerza para
protegerse contra los demás hombres.
El único camino para erigir semejante poder
común, capaz de defenderlos contra la invasión de
los extranjeros y contra las injurias ajenas,
asegurándoles que por su propia actividad y por los frutos
de la tierra
puedan nutrirse a sí mismos y vivir satisfechos , es
conferir todo su y fortaleza a un hombre o una asamblea de
hombres.
Esto es algo más que consentimiento o concordia ;
es una unidad real de todo ello en una persona,
instituida por pacto de cada hombre con los demás ,en
forma tal como si cada un dijera a todos: autorizo y transfiere a
este hombre o asamblea de hombres mi derecho de gobernarme a mi
mismo , con la condición de que vosotros
transferiréis a e vuestro derecho , y autorizaréis
todos sus actos de la misma manera. Hecho esto, la multitud unida
en una persona se
denomina estado y el titular de esta persona se
denomina soberano.
Esta es la generación de el Leviatán , o
más bien de aquel dios mortal ,el cual debemos, bajo el
dios inmortal, nuestra paz y nuestra defensa. Y fundando el estado solo
es posible la sociedad civil..
Es decir, la
organización de todos los súbditos sometidos al
poder del estado , se convierte en el polo opuesto de la
guerra.
La idea de ese estado todopoderoso en la tierra, ese
dios mortal que atemorizara a todos los ciudadanos es el
Leviatán, el monstruo bíblico que se convierte en
la gran solución que el hombre creo para su
conservación. Bajo la soberanía de estado se garantiza paz ,
porque sin estado no hay sociedad entre
los hombres, sino un mero estado natural de desconfianza y terror
mutuo.
De esta forma el signo de esta soberanía absoluta es el poder dar y
quebrantar la ley. El soberano es el verdadero fijador de la
justicia y de la moral, ya
que lo justo y lo bueno , pasan a definirse como lo coincidente
con la voluntad del soberano. El soberano es el único
poder
legislativo y el estado la
única fuente del derecho. Incluso en los asuntos de
índole espiritual o religiosa es el soberano quien tiene
la máxima autoridad.
La diferencia de gobiernos consiste en la diferencia del
soberano o de la persona representativa de todos y cada uno de la
multitud. El representante deber ser por necesidad o una persona
o varias. Cuando el representante es un hombre, entonces el
gobierno es una
monarquía ; cuando lo es unas asamblea de
todos cuantos quieren concurrir en ella tenemos una democracia o
gobierno popular
; cuando la asamblea es de una parte solamente , entonces ese
denomina aristocracia.
En todo caso el soberano debe:
Procurar a sus súbditos todo aquello para lo cual
ha sido instituido : la seguridad.
Preservar la salud del pueblo, la
conservación de la vida contra todos los peligros y el
goce de las satisfacciones legítimas de esta
vida.
Velar porque los hombres que se han unido
voluntariamente en sociedad política vivan
felices.
Asegura a los súbditos una inocente libertad .
Inocente , en cuanto no se pueda perjudicar la paz y la libertad
: la ley es el regulador .
Que las leyes no se hagan para perturbar la existencia
de los hombres sino para dirigirlos , para preservarlos contra
ellos mismos y contra los demás a fin de que reine la
paz.
Debe garantizar a sus súbditos la igualdad ante
la ley y ante cargos públicos.
Debe garantizar la igualdad en la
instrucción y la educación que los
formen las doctrinas verdaderas.
El soberano debe luchar contra la ociosidad ,debe
proporcionar trabajo a todos.
Debe poner a cargo del estado , de la asistencia
pública, a los que son incapaces de trabajar ( en lugar de
abandonarlos a los azares de la caridad privada) .
Conceder a los súbditos las propiedad
privadas suficientes y velar por la equidad de la distribución .Evitar de esta forma
monopolios, acumulación de riquezas de particulares ,
explotación, etc.
De esta manera observamos al monstruo Leviatán de
una manera tan inesperada , como lógica,
liberal, bienhechor , previsor y humano.
Nació en Wrington –condado de Somerset,
cerca de Bristol- en 1632 en el seno de una familia puritana.
Fue educado duramente catorce años en su propio
círculo familiar –un pequeño remanso de paz
en un país ingobernable, que no tardaría en caer en
la guerra civil.
1652: se trasladó en Oxford donde
permaneció durante treinta años, allí
encontró una atmósfera más
afín a su precoz inteligencia.
John Owen, el puritano que era deán de la iglesia de
Cristo y vicecanciller de la universidad, fue
nombrado tutor de Locke en la casa.
Entre 1660 y 1667: Fueron redactados sus primeros
escritos de importancia.
1665: se trasladó a Cleves con el embajador
inglés
Sir Walter Vane para tratar de obtener la alianza o la
neutralidad del elector en Brandemburgo en la guerra con
Holanda.
1666: Vuelve a su patria.
1668: fue elegido miembro de la célebre Sociedad Real de
Londres para el progreso de las ciencias, y
formó parte, después, del Consejo
Directivo.
1673: apareció como figura pública, al ser
nombrado Secretario del Consejo de Comercio y
plantaciones.
Se deteriora su salud y busca el buen
clima de
Francia.
1679: vuelve a Londres y reside nuevamente en
Oxford.
1691: Se retira al pueblo de Oates, en las afueras de
Londres. Iba a la ciudad debido a sus obligaciones
como delegado en el Tribunal de Comercio.
Cuando acabó el siglo, ya achacoso, pero aun
pujante Locke se preparó para la muerte. No
sea afligió al conocer que Oxford había condenado
su Ensayo.
1704: ocupado en responder críticas contra sus
opiniones sobre la tolerancia le
sobreviene la muerte el 28
de octubre.
Es considerado el principal teórico de
liberalismo.
Su insistencia en respetar determinadas parcelas individuales
harán de él un preludio claro de la mentalidad
burguesa y antiestatista, aunque sus apreciaciones acerca del
trabajo también son fundamento de cualquier
teorización socialista".
John Locke define el estado de la naturaleza como un
estado de "paz, benevolencia y ayuda mutua".
Consideraba que en el estado de la naturaleza los
hombres debieron gozar de perfecta libertad para ordenar sus
actos y para disponer de sus propiedades y sus personas como
mejor les parecía, dentro de los límites de
la Ley Natural, sin necesidad de pedir permiso y sin depender de
la voluntad de otra persona"·
El fundamental derecho a la libertad que se deduce de
las intenciones del Creador y de la necesidad de auto
conservación, no conoce otro límite que la Ley
Natural. Esta ley gobierna el estado de la naturaleza y que debe
ser entendida como manifestación de la voluntad de Dios,
enseña que nadie debe dañar a otro en su vida,
salud y libertad.
Así, todos los hombres están dotados de la
razón y la libertad suficiente para conocer un orden del
mundo que los lleva a cooperar con la preservación de sus
derechos.
Para Locke mediante la razón el hombre conoce la
Ley Natural y por ello le asiste el derecho de imponer a los
demás su cumplimiento. Tiene el derecho a castigar a los
transgresores de esa ley con un castigo que impida su
violación".
Advierte que en el estado de la naturaleza "un hombre
consigue poder sobre oro más no poder arbitrario o
absoluto para tratar al criminal (…) siguiendo la apasionada
fogosidad o la extravagancia ilimitada de su propia
voluntad".
Locke considera que esta pena debe ser proporcionada a
su trasgresión, según dictamine la razón y
la conciencia, es
decir, una pena que sirva para reparar el daño y para la
represión. (8)
Hace la salvedad que el hombre cuando interpreta la ley
para asuntos propios se convierte en juez y parte "el amor propio
hará que esos hombres juzguen con parcialidad en favor de
sí mismos y sus amigos. Por otro lado la malquerencia, la
pasión y la venganza los arrastrará demasiado lejos
al castigo que infligen a los demás, no pudiendo resultar
de todo ello confusión y desorden, por lo que, sin duda
alguna, Dios debió fijar un poder que evitase la
parcialidad y la violencia de
los hombres".
A partir de aquí se empeña en marcar
diferencias entre el estado de la naturaleza y el estado de
guerra, aunque para muchos estudiosos, no logra este objetivo.
Al parecer es inevitable que el estado de la
naturaleza se convierta en un estado destructivo, pues al violar
la Ley Natural no existen mecanismos para reestablecer el orden.
Locke reconoce que los hombres violan la Ley Natural, ya que "no
observan estrictamente los mandatos de la equidad y la justicia,
resulta muy inseguro y mal salvaguardado el disfrute de los
bienes que
cada cual posee en ese estado" (123).
De lo anterior se desprende la necesidad del hombre de
establecerse en sociedad. La condición natural en que se
encuentra el hombre "por muy libre que sea está plagada de
sobresaltos y de continuos peligros. Tienen razones suficientes
para procurar salir de la misma y entrar voluntariamente en
sociedad con otros hombres que se encuentran ya unidos, o que
tiene el propósito de unirse para la mutua salvaguardia de
sus vidas, libertades, y tierras, a todos lo cual incluyo dentro
del nombre genérico de bienes o propiedades".
(123).
Locke destaca que la finalidad de la sociedad civil es
evitar y remediar los inconvenientes del estado de naturaleza que
se producen forzosamente cuando cada hombre es juez de su propio
caso".
Solo cuando un grupo de
hombres se une en sociedad renunciando cada uno de ellos, al
poder de ejecutar la ley natural, cediéndola a la comunidad,
sólo así se constituye una sociedad política o
civil"
Este grupo de
hombres debe vivir en estado de naturaleza y deben asociarse para
formar un pueblo, un cuerpo político sometido a un
gobierno, o
cuando alguien se adhiere o se incorpora a cualquier gobierno ya
constituido.
"Por ese hecho autoriza a la sociedad o, lo que es lo
mismo, a su poder
legislativo para hacer las leyes en su nombre según
convenga al bien público de la sociedad y para ejecutarlas
siempre que se requiera su propia asistencia (como sí se
tratase de opiniones propias suyas). Eso es lo que saca a los
hombres de un estado de naturaleza y los coloca dentro de una
sociedad
civil, es decir, el hecho de establecer en este mundo un juez
con autoridad para
decidir todas las disputas y reparar todos los daños que
pueda sufrir un miembro cualquiera de la misma"
(89).
En conclusión aquellas personas que viven unidas,
formando un mismo cuerpo, regidas por una ley común
sancionada y de un organismo judicial al que recurrir, con
autoridad para decidir las disputas entre ellos y castigar a los
culpables, viven en sociedad civil los unos con los otros. Los
hombres que carezcan de alguien a quien apelar siguen viviendo en
el estado de naturaleza y a falta de un juez se convierten en
jueces y ejecutores por sí mismos, ya que se ha demostrado
que es ése es el estado perfecto de Naturaleza.
Para la formación de estas leyes que deben regir
a la sociedad, Locke sostiene la teoría
de la división de poderes: tres poderes que ejerzan el
poder soberano. El poder
legislativo, es aquel que tiene el derecho de señalar
como debe emplearse la fuerza de la
comunidad
política y de los miembros de la misma. Destaca la
necesidad que existan los poderes ejecutivo y federativo para que
cuide la aplicación constante de las leyes.
"Estos dos poderes son en sí mismos realmente
distintos; sin embargo, a pesar de que uno de ellos abarca la
ejecución de las leyes comunales de la sociedad en el
interior de la misma y a todos cuando la integran y el otro tiene
a su cargo la seguridad y los intereses de la población en el exterior, con respecto a
quienes pueden serles útiles o perjudicarle, ocurre que
casi siempre suelen encontrarse unidos". (147)
Locke se inclina por la tesis de la
rigurosa subordinación de los poderes al poder
legislativo, y este último delegado a la voluntad popular,
la cual conserva su derecho permanente de control sobre su
efectivo ejercicio del poder, a fin de tutelar la propia libertad
contra eventuales excesos ilegales.
Frente a un posible abuso constitucional Locke da al
pueblo una especie de derecho a la revolución. Dicho derecho se ejerce en
casos extremos, cuando sea imposible por otro medio reestablecer
el orden normal de las cosas.
Si el propósito de principal de la sociedad civil
es el resguardo de la propiedad, el
organismo que lo ejecute
Constituirá el organismo más importante de
la sociedad. Ese es el poder legislativo. Locke lo considera el
2alma que da forma, vida y unidad a la comunidad
política y lo llama "poder supremo", aunque tiene
restricciones. No puede modificar las leyes para aplicarlas a
casos concretos y sus normas solas
perseguirán el bien de la comunidad, es decir, no puede
violar los derechos naturales "la ley natural subsiste como norma
eterna de todos los hombres sin exceptuar a los
legisladores".
Locke justifica que le hombre entre a la sociedad civil
"movidos por el impulso de salvaguardar lo que constituye su
propiedad" al
fijar un poder legislativo y delegarle sus derechos lo hace con
la finalidad "que existan leyes y reglas fijas que vengan a ser
como guardianes y vallas de las propiedades de toda la sociedad
(…) De ahí , pues, que siempre que los legisladores
intentan arrebatar o suprimir la propiedad del pueblo , o reducir
a los miembros de este a la esclavitud de un
poder arbitrario, se coloca en estado de guerra con el pueblo
(…) Este pueblo tiene derecho a readquirir su libertad
primitiva y mediante el establecimiento de un nuevo poder
legislativo (el que crea más conveniente) proveer a su
propia salvaguardia y seguridad, es decir, a la finalidad para
cuya consecución están en sociedad ".
La propiedad privada y su defensa son excluidos del
contenido del pacto de gobierno, ya que son un derecho
natural y éstos son innegociables. La propiedad es el
primer bien que el estado debe proteger.
"Tenemos, pues, la que la finalidad máxima y
principal que buscan los hombres al reunirse en Estados o
Comunidades, sometiéndose a un gobierno, es la de
salvaguardar sus bienes; esa salvaguardia es muy incompleta en el
estado de la naturaleza". (124)
Asegura que es necesario la creación de leyes
para la defensa de la propiedad privada, aunque advierte que en
el estado de la naturaleza estas leyes son muy claras, pero "los
hombres llevados por su propio interés, o
ignorantes por falta de estudio de la misma" no reconocen estas
leyes cuando están en juego sus
propios intereses.
Para Locke el hombre al renunciar al poder
político que posee en el estado de la naturaleza y
entregárselo a la sociedad (a los gobernantes que han
elegidos) o lo hacen con la misión
"…expresa o tácita de emplearlo para el bien de los
miembros de la sociedad y la salvaguardia de sus propiedades
(…) No puede, pues, en manera alguna y de un modo absoluto y
arbitrario, extenderse ese poder a sus vidas y a sus propiedades
que, por el contrario, deben defenderse y guardarse hasta donde
sea posible".
La defensa de la propiedad privada como un derecho
natural que el estado Constitucional debe proteger Locke la
relaciona directamente con el trabajo, ya
que mediante este el hombre saca las cosas del estado de la
naturaleza y las hace instrumentos para satisfacer la necesidad
humana. La propiedad es la institución fundamental del
estado de naturaleza.
Explica que cada hombre tiene por Ley Natural propiedad
sobre su cuerpo y por ende de las obras que con este realiza "por
eso, siempre que alguien saca una cosa del estado en que la
naturaleza la produjo y la dejó, ha puesto en esa cosa
algo de su esfuerzo (…) y por ello la ha convertido en algo
suyo".
Y como este cita muchos ejemplos como el agua de un
manantial que es de todos los hombres, pero quien dudaría
que la recogida en un recipiente pertenece al que lo
llenó.
De esta manera el trabajo
pasa a ser fuente del derecho de propiedad, que no sólo
abarca los bienes de consumo sino
los medios de
producción, como la tierra,
siempre y cuando sea trabajada por el hombre.
"La extensión de tierra que un
hombre trabaja, planta, mejora, cultiva y cuyos productos son
capaces de utilizar, constituye la medida de su
propiedad".
Señala la salvedad que el hombre tiene derecho
natural de poseer sólo que necesita, quien se
adueña de bienes perecederos y nos los utiliza viola la
Ley Natural, aunque admite la posibilidad de cambiar estos bienes
por otros que puedan conservarse como metales.
Para salvaguardar aun más la propiedad los
hombres aceptan la sociedad civil, renuncia a su propia defensa.
Al consentir formar parte de una sociedad civil, puede ser
tácito, participan en un convenio que origina la sociedad,
haciendo dejación en ellas de las facultades que
tenían en el estado de la naturaleza. A partir de
allí la sociedad se encargará de protegerlo a
través de leyes que debe dictar y que considere necesarias
para el bien de la sociedad y castigando a quienes la
infrinjan.
La transmisión tanto de funciones como
derechos a la sociedad se caracteriza por la condicionalidad y la
limitación.
El hombre entrega los derechos individuales esperando
obtener beneficios, la sociedad recibe estos derechos y a su vez
los entrega al gobierno, que se convierte en fideicomisario de la
sociedad, de forma análoga a como ésta lo es del
sujeto. Comienza así una relación de confianza con
el gobierno, esperando que este persiga el bien de la comunidad.
Vulnerar el convenio permite revocar el mandato.
Locke diferencia muy bien la autoridad de un padre sobre
un hijo, de un amo sobre el esclavo, pero la obligación
del súbdito de obedecer al soberano nace del contrato y
así lo reconoce.
La única manera de permitir la
legitimación es a través del consenso de aquellos
sobre los que el poder se ejerce, en el origen de la sociedad
civil debió existir el pacto –expreso o
tácito-entre quienes fue acordado.
"Cierto que el individuo traspasa en el contrato de
sociedad sus derechos al soberano, pero no para que los anule,
sino para que los defienda o proteja. Si el particular se
protegiera contra los ataques de sus conciudadanos, pero no
contra el capricho del soberano, se parecería al tonto que
se defiende de zorras y martas, pero se deja atacar por el
león". (Manual de
Historia de la
Filosofía de Johann Fischl).
El postulado de la libertad natural lleva a Locke a
ver toda libertad aparente en real y lo conduce a una hipótesis del intercambio no forzado que
explica los fenómenos sociales como una conjunción
de pactos explícitos e implícitos. Sostiene el
principio "que ningún hombre se someta a la voluntad de
otro sin su consentimiento", y que "allí donde hay pacto
ya no hay esclavitud".
Locke se opone firmemente a los los argumentos del
poder absoluto, pero para algunos de sus estudiosos pierde
capacidad de penetración social y termina por sacrificar
al altar del libre intercambio las dudas de que hasta que punto
pueden considerarse libres y voluntarios los pactos realizados en
situación de desequilibrio de poder y
propiedad.
Advierte que mientras la sociedad exista el poder que
cada individuo le entregó al entrar a formar parte de esta
no puede ser revestido "sino que permanecerá siempre en la
comunidad, porque sin eso no podría existir comunidad
política, lo cual sería contrario al convenio
primitivo". Asimismo cuando la sociedad ha colocado en una
asamblea de hombres el poder de legislar, el poder legislativo no
puede revestir al pueblo mientras subsista el gobierno "porque
habiendo dado al poder legislativo faculta para subsistir
indefinidamente, el pueblo ha renunciado al poder político
y no puede volver a recobrarlo", al contrario si le dio
existencia limitada al legislativo o este pierde poder por las
faltas que comete o simplemente se cumple el lapso
señalado "el poder legislativo revierte a la sociedad, y
el pueblo tiene el derecho de actuar como soberano, de conservar
para sí mismo el poder legislativo, darle otra forma, o de
colocarlo, conservando la antigua, en otras manos. Según
lo juzgue más conmveninete".
Jean Jacques Rousseau
nació en Ginebra, Suiza, el 28 de junio de 1712. En
Ginebra estudió geometría
y comenzó a escribir comedias y sermones que no mostraba a
nadie.
Su familia
había elegido para él la profesión de
procurador. Le consiguieron colocación en el despacho de
un canciller que lo despidió por inepto al paso de unos
meses. Después fue aprendiz de un grabador, pero tampoco
destacó en ese oficio. A los 16 años decidió
irse de Ginebra y al llegar a Saboya se presentó ante el
párroco del lugar quien lo invitó a abrazar la fe
católica. Fue este religioso quien lo puso bajo la
protección de Luise Eleonore Warrens, joven y agraciada
viuda que impresionó al muchacho desde su primer
encuentro.
Trabajó como profesor de música, copista de
partituras y compositor de ópera; también
escribió artículos de música, y en 1750
obtuvo el primer premio de la Academia de Dijon con el ensayo
Discours sur les sciences et les arts.
Dos años después, su ópera El adivino de la
Aldea fue presentada ante la corte en Fontainebleau y la comedia
Narcisse en el Teatro
Francés. Después vinieron otros ensayos y La
nueva Eloisa.
En 1762, la publicación de El Contrato Social
fue causa de su expulsión de Francia y se
refugió en Neuchatel. Los planteamientos que hacía
Jean-Jacques Rousseau en
esta obra eran la semilla de la Revolución
Francesa. Hablaba de la soberanía de la voluntad del pueblo, de los
soberanos como mandatarios del pueblo, y de la República
como forma perfecta de gobierno.
Las dos últimas obras elevaron a Jean-Jacques Rousseau al
rango de director de conciencias de todos los que vivieron en
aquella época, y era solicitado para consultas aun por
quienes no comulgaban con sus ideas.
Tiempo
después, a causa de algunas diferencias con pastores
suizos, salió de Neuchatel y se estableció en
Berna, luego en Inglaterra y más tarde en Wothon, donde
tuvo tiempo de
escribir sus Confesiones antes de emprender el camino de nuevo
para ir a Lyon, Grenoble, Chambery y Bourgoin.
Para entonces Rousseau había desarrollado un
extraño temor que lo hacía sentirse siempre
perseguido y en peligro. En estas condiciones escribió Les
dialogues, Rousseau juge de Jean-Jacques, que no eran sino un
conjunto de divagaciones comentadas entre él y un supuesto
francés.
Luego inició la composición de su
último libro Las
meditaciones del paseante solitario, pero ya cansado y enfermo
empezó a buscar asilo que encontró gracias a la
caridad del marqués Girardin. Jean-Jacques Rousseau
víctima de la apoplejía, el 2 de julio de
1778.
Una tercia resume los tres momentos del esquema de
pensamiento de
Rousseau. Son estado de naturaleza – sociedad civil –
república. Es una ampliación del planteamiento
dicotómico estructural del contractualismo, en el caso de
Hobbes, estado de naturaleza – sociedad civil. Rousseau
crítica es estado de naturaleza de Hobbes al
señalar que "al ser el estado de naturaleza aquel en el
cual el cuidado de nuestra conservación es el menos
perjudicial para la del otro, este estado era en consecuencia el
más adecuado para la paz y el más conveniente para
el género
humano (Rousseau 1989, 148). Roussseau también está
en desacuerdo con el supuesto carácter
violento del hombre en estado de naturaleza que atribuye Hobbes.
Considera Rousseau que "Hobbes pretende que el hombre es
naturalmente intrépido y no busca otra cosa que atacar y
combatir" (Rousseau 1989, 124). Rousseau plantea que el hombre en
estado de naturaleza es tímido. Y concluye el autor que
"parece, así, que los hombres en tal estado, al no existir
entre ellos ninguna clase de relación moral ni
deberes comunes, no pudieron ser ni buenos ni malos, no tuvieron
ni vicios ni virtudes" (Rousseau 1989, 146).
Para Rousseau la ley o derecho de naturaleza no es una
imposición, no es una cuestión dada. Señala
que "todo lo que nosotros podemos ver con gran claridad respecto
a esta ley es que, no sólo para que sea ley es preciso que
la voluntad de aquel a quien obliga pueda someterse con conocimiento
de ella, sino que es preciso también, para que sea
natural, que hable de modo inmediato de la voz de la naturaleza"
(Rousseau 1989, 114).
Rousseau precisa que por naturaleza el hombre, que no ha
sido alcanzado por la civilización, es bueno y sociable.
Rousseau defiende ardorosamente la sociabilidad y voluntad
general, que es la que tiene que decidir la actuación.
Expresa el autor que "del concurso y de la combinación que
nuestro espíritu puede hacer de estos dos principios (luces
y libertad), sin que sea necesario incluir el de la sociabilidad,
me parece que se deducen todas las reglas del derecho natural;
reglas que la razón está forzada luego restablecer
sobre otros fundamentos cuando, a través de desarrollos
progresivos, llega hasta recubrir la naturaleza" (Rousseau 1989,
115).
Según el autor la máxima del gobierno
legítimo y popular que persigue el bien del pueblo es
guiarse por la voluntad general. "el cuerpo político es
también un ser moral dotado
de voluntad. Esa voluntad general, tendente siempre a la
conservación y bienestar del todo y de cada parte, es el
origen de las leyes y la regla de lo justo y de lo injusto para
todos los miembros del estado, en relación con éste
y con aquéllos" (Rousseau 1985, 9). Rousseau señala
que es la necesidad de proteger la propiedad lo que da nacimiento
a la sociedad. Advierte Rousseau que "como para querer hace falta
ser libre, otra dificultad no menor consiste en asegurar a la vez
la libertad pública y la autoridad del gobierno. Buscad
los motivos que llevaron a los hombres, unidos por sus mutuas
necesidades en la gran sociedad, a estrechar su unión
mediante sociedades
civiles: no encontraréis otro que el de asegurar los
bienes, la vida y la libertad de cada miembro mediante la
protección de todos" (Rousseau 1985, 13).
Rousseau plantea la necesidad de regresar a las
pequeñas agrupaciones sociales, es decir, reivindica el
regreso a la Ciudad-Estado. Consideraba que el pueblo soberano no
puede estar representado, que no puede delegar su autoridad ni
sus derechos a gobernarse. El pueblo debe gobernar por sí
mismo y directamente y, como supone que tal cosa sólo
puede lograrse en una sociedad lo bastante pequeña para
que todo el pueblo pueda concurrir a la Asamblea, vuelve otra vez
a la Ciudad-Estado como la única forma en que los
términos del contrato social
pueden ser cumplidos cabalmente. Y agrega Rousseau que "no basta
con tener ciudadanos y con protegerlos; es preciso además
cuidar de su subsistencia. Satisfacer las necesidades
públicas es una consecuencia evidente de la voluntad
general y el tercer debate
esencial del gobierno" (Rousseau 1985, 34).
Rousseau estableció que la voluntad popular es el
único fundamento de la organización política. Es defensor
de la soberanía popular que considera debe ser expresada
en Asambleas y niega la representación popular a la que
considera ha de llevar fatalmente al dominio de la
mayoría por los representantes populares. Según el
autor las distintas formas de
gobierno tienen su origen en las diferencias que se presentan
entre los particulares en el momento de constituir el gobierno.
"Si existía un hombre eminente en poder, en virtud, en
riqueza o en crédito, en ese caso fue elegido él
solo magistrado y el Estado se convirtió en
monárquico. Si muchos, más o menos iguales entre
sí, destacaban sobre los demás, entonces fueron
elegidos de modo conjunto y surgió una aristocracia.
Aquellos cuya fortuna o talentos eran menos desproporcionados y
habían alejado menos del estado de naturaleza, conservaron
en común la
administración suprema y formaron una democracia. El
tiempo verificará cuál de estas formas era la
más ventajosa para los hombres" (Rousseau 1989,
193).
El concepto de
sociedad civil en Rousseau indica además de la
condición política de los hombres asociados, el
carácter progresivo y civilizado del vivir
social moderno, contrapuesto a la sencillez del modo de vida
natural de los salvajes. Para Rousseau la historia de la
civilización precede y pone a la cabeza la
institución de los estados. La sociedad civil de Rousseau
resume primero lo económico y lo técnico y
finalmente político. Por eso el tercer momento del esquema
del autor es la república.
Para Rousseau el contrato es un órgano del
pueblo, y está, por ende, desprovisto de poder
independiente. El acto imaginario que da origen a una sociedad no
es ni siquiera remotamente semejante a un contrato, ya que los
derechos y libertades de los individuos carecen en absoluto de
existencia excepto en la medida en que los hombres son ya
miembros de un grupo. Toda el
pensamiento de
Rousseau se basa en el hecho de que una comunidad de ciudadanos
es única. Es una asociación, no un agregado, una
personalidad
moral y
colectiva.
El orden social, según Rousseau, es un derecho
sagrado que sirve de base a todos los demás. Precisa que
se trata de encontrar una forma de asociación que de
protección a las personas y a los bienes de cada asociado,
y por la cual, uniéndose cada uno a todos, no obedezca
más que a sí mismo y quede tan libre como
antes.
Para el autor la sociedad deviene debido a la necesidad
de proteger la propiedad. Pero también porque al
convertirse en miembros de la sociedad, los hombres ganan
individualmente más de lo que ganarían
permaneciendo aislados. En este caso, la sociedad sustituye al
instinto por la justicia y da a las acciones de
los hombres la moralidad de que antes carecían. Precisa
"en lugar de volver nuestras fuerzas contra nosotros mismos,
unámoslas en un poder supremo que nos gobierne
según sabias leyes, que proteja y defienda a todos los
miembros de la asociación, rechace los enemigos comunes y
nos mantenga en eterna concordia" (Rousseau 1989,
180).
La voluntad general representa un hecho único
respecto a una comunidad. Esto es que la comunidad tiene un bien
colectivo que no es lo mismo que los intereses privados de sus
miembros. En cierto sentido, vive su propia vida, realiza su
propio destino y sufre su propia suerte. Para Rousseau que el
estado o la ciudad es una persona moral cuya vida consiste en la
unión de sus miembros. Es en la comunidad donde los
hombres obtienen la libertad civil, que es un derecho moral y no
meramente la libertad natural.
Así como la naturaleza da a cada hombre un poder
absoluto sobre todos sus miembros, el pacto social da al cuerpo
político un poder absoluto sobre todos los suyos.
Señala Rousseau que cuando cada individuo enajena su
poder, sus bienes y su libertad por el pacto social hay que
convenir también que sólo el soberano es juez en
cuanto al uso que da la comunidad, pero el soberano, por su
parte, no puede imponer a los súbditos ninguna cadena
inútil para la comunidad.
Hobbes, Locke y Rousseau
Los contractualistas vuelven a considerar la
relación del hombre con el Estado, no partiendo del Estado
como hecho consumado, como institución establecida, sino
del hombre como individualidad libre, el hombre en su estado
natural. El pensamiento de Hobbes plantea la dicotomía
estado de naturaleza – sociedad civil. Para Rousseau se trata de
la tercia estado de naturaleza – sociedad civil –
república. Esta tercia puede ser considerada, de la misma
manera que la tercia de Locke estado de naturaleza – estado
de guerra – sociedad civil, como una complicación
del esquema dicotómico básico del modelo
contractualista.
Hobbes y Locke arrancan desde el estado de naturaleza
para explicar al hombre. Pero en Hobbes el estado de naturaleza
es de guerra permanente. Para Locke es de perfecta libertad y de
igualdad.
Señala Hobbes que "es manifiesto que durante el tiempo en
que los hombres viven sin un poder común que los atemorice
a todos, se hallan en la condición o estado que se
denomina guerra; una guerra tal que es la de todos contra todos"
(Hobbes 1992, 102). Agrega Hobbes que en el estado de naturaleza
"la condición del hombre es una condición de guerra
de todos contra todos, en la cual cada uno está gobernado
por su propia razón, no existiendo nada, de lo que pueda
hacer uso, que no le sirva de instrumento para proteger su vida
contra sus enemigos" (Hobbes 1992, 106). Considera Locke, por su
parte, que el estado de naturaleza es "un estado de perfecta
libertad para que cada uno ordene sus acciones y
disponga de posesiones y personas como juzgue oportuno, dentro de
los límites de
la ley de naturaleza, sin pedir permiso ni depender de la
voluntad de ningún otro hombre. (…) Es también un
estado de igualdad, en el que todo poder y jurisdicción
son recíprocos, y donde nadie los disfruta en mayor medida
que los demás" (Locke 1998, 36). Rousseau distingue entre
dos tipos de desigualdad: una natural o física establecida
por la naturaleza, "y otra que puede denominarse desigualdad
moral o política, pues depende de una especie de
convención y está establecida, o cuando menos
autorizaba, por el consentimiento de los hombres. Esta
última consiste en los diferentes privilegios de los que
gozan unos en detrimento de los otros, como el ser más
rico, más honrados, más poderosos que ellos o,
incluso, hacerse obedecer" (Rousseau 1989, 118). Añade
Locke que "la libertad natural del hombre consiste en estar libre
del cualquier poder superior sobre la tierra, y
no hallarse sometido a la voluntad o la autoridad legislativa de
hombre alguno, sino adoptar como norma, exclusivamente, la ley de
naturaleza." (Locke 1998, 52). Hobbes no habla de ausencia de un
poder superior en su concepto de
libertad pero sí de la ausencia de impedimentos externos.
En todo caso el hombre libre es el que no está sometido o
limitado en su poder. Para Hobbes la libertad es "la ausencia de
impedimentos externos, impedimentos que con frecuencia reducen
parte del poder que un hombre tiene de hacer lo que quiere, pero
no pueden impedirle que use el poder que le resta, de acuerdo con
lo que su juicio y razón le dicten" (Hobbes 1992, 106).
Por su parte Rousseau critica a Hobbes al precisar que "al ser el
estado de naturaleza aquel en el cual el cuidado de nuestra
conservación es el menos perjudicial para la del otro,
este estado era en consecuencia el más adecuado para la
paz y el más conveniente para el género
humano (Rousseau 1989, 148). Por eso Rousseau se pronuncia
también en desacuerdo con el supuesto carácter
violento del hombre en estado de naturaleza. Señala
Rousseau que "Hobbes pretende que el hombre es naturalmente
intrépido y no busca otra cosa que atacar y combatir. Un
filósofo ilustre piensa, por el contrario (…) que nada
hay más tímido que el hombre en estado de
naturaleza y está siempre templando y dispuesto a huir al
menor ruido que
oiga, el menor movimiento que
perciba" (Rousseau 1989, 124). Continúa Rousseau
expresando en tal sentido que "parece, así, que los
hombres en tal estado, al no existir entre ellos ninguna clase de
relación moral ni deberes comunes, no pudieron ser ni
buenos ni malos, no tuvieron ni vicios ni virtudes" (Rousseau
1989, 146).
Coinciden Hobbes y Locke en que en el estado de
naturaleza priva el derecho o la ley de naturaleza que se
fundamenta en la razón. Hobbes estima que el derecho de
naturaleza "es la libertad que cada hombre tiene de usar su
propio poder como quiera, para la conservación de su
propia naturaleza, es decir, de su propia vida; y por
consiguiente, para hacer todo aquello que su propio juicio y
razón considere como los medios
más aptos para lograr ese fin" (Hobbes 1992, 106). Hobbes
distingue entre la ley de naturaleza "como un precepto o norma
general, establecida por la razón, en virtud de la cual se
prohíbe a un hombre hacer lo que puede destruir su vida o
privarle de los medios de conservarla; o bien, omitir aquello
mediante lo cual piensa que pueda quedar su vida mejor
preservada. Aunque quienes se ocupan de estas cuestiones
acostumbran confundir jus y lex, derecho y ley,
precisa distinguir esos términos, porque el DERECHO
consiste en la libertad de hacer o de omitir, mientras que la LEY
determina y obliga a una de esas dos cosas. Así, la ley y
el derecho difieren tanto como la obligación y la
libertad, que son incompatibles cuando se refieren a una misma
materia"
(Hobbes 1992, 106). Precisa Locke, por su lado, que la ley de
naturaleza no sólo obliga sino que también
enseña a los hombres a vivir sin hace daño. Expresa
Locke que "el estado de naturaleza tiene una ley de naturaleza
que lo gobierna y que obliga a todos; y la razón, que es
esa ley, enseña a toda la humanidad que quiera
consultarla, que siendo todos los hombres iguales e
independientes, ninguno debe dañar a otro en lo que
atañe a su vida, salud, libertad o posesiones" (Locke
1998, 38). En este sentido, Rousseau señala que "todo lo
que nosotros podemos ver con gran claridad respecto a esta ley es
que, no sólo para que sea ley es preciso que la voluntad
de aquel a quien obliga pueda someterse con conocimiento
de ella, sino que es preciso también, para que sea
natural, que hable de modo inmediato de la voz de la naturaleza"
(Rousseau 1989, 114).
Para Hobbes la razón que fundamenta la ley de
naturaleza conduce de una vez a la guerra, mientras que esa
razón para Locke permite a los hombres vivir juntos en el
estado de naturaleza. Considera Hobbes que la regla primera de la
ley de naturaleza es buscar la paz pero la segunda es
"defendernos a nosotros mismos por todos los medios posibles"
(Hobbes 1992, 107). Se corresponde esta distinción con la
que pone, de un lado el estado de naturaleza de Hobbes descrito
como de guerra, y del otro el estado de naturaleza de
Locke como de perfecta libertad y de igualdad. Guerra y
poder relaciona Hobbes. Libertad y razón une Locke. Para
Hobbes existe una "inclinación general de la humanidad
entera, un perpetuo e incesante afán de poder, que cesa
solamente con la muerte
(Hobbes 1992, 79). (…) "La pugna de riquezas, placeres, honores
u otras formas de poder, inclina a la lucha, a la enemistad y a
la guerra. Porque el medio que un competidor utiliza para la
consecución de sus deseos es matar y sojuzgar, suplantar o
repeler a otro" (Hobbes 1992, 80). Hobbes considera que los
hombres comparten una sed insaciable de ambición de poder
y de las riquezas que, al ser escasas, les enfrentan en un
conflicto que
conduce a la muerte.
Advierte que los hombres tienden inevitablemente a la agresividad
y a la destrucción. En esa guerra no puede existir la
propiedad. Advierte Hobbes que "en una situación semejante
no existe oportunidad para la industria, ya
que su fruto es incierto; por consiguiente no hay cultivo de la
tierra, ni
navegación, ni uso de los artículos que pueden ser
importados por mar, ni construcciones confortables, ni
instrumentos para mover y remover las cosas que requieren mucha
fuerza, ni conocimiento
de la faz de la tierra, ni cómputo del tiempo, ni artes,
ni letras, ni sociedad; y lo que es peor de todo, existe continuo
temor y peligro de muerte violenta; y la vida del hombre es
solitaria, pobre, tosca, embrutecida y breve" (Hobbes 1992, 103).
Así las cosas, el hombre es para Hobbes un lobo para el
hombre" que no reparará en matar o robar al
prójimo, a no ser que un poder superior le castigue y
atemorice hasta obligarle a cambiar su perversa conducta
natural.
Locke, por su lado, reitera que el estado de naturaleza
es "un estado de paz, buena voluntad, asistencia mutua y
conservación. (…) Propiamente hablando, el estado de
naturaleza es aquél en el que los hombres viven juntos
conforme a la razón, sin un poder terrenal, común y
superior a todos, con autoridad para juzgarlos" (Locke 1998, 48).
Si bien Locke no define a priori el estado de naturaleza como
estado de guerra, advierte la posibilidad de existencia de este
último. Dice Locke que "el estado de guerra es un estado
de enemistad y destrucción; y, por lo tanto, cuando se
declara mediante palabras o acciones, no como resultado de un
impulso apasionado y momentáneo, sino con una premeditada
y establecida intención contra la vida de otro hombre,
pone a este en un estado de guerra contra quien ha declarado
dicha intención" (Locke 1998, 46). Completa Locke que
siendo la razón el fundamento de la ley de naturaleza "es
razonable y justo que yo tenga el derecho de destruir a quien
amenaza con destruirme a mí. En virtud de la ley
fundamental de naturaleza, un hombre debe conservarse a sí
mismo hasta donde le resulte posible" (Locke 1998, 46). La ley
natural, que según Locke, gobierna el estado de
naturaleza, y que debe ser entendida como manifestación de
la voluntad de Dios, enseña que nadie debe dañar a
otros en su vida, salud y libertad. Así, todos los hombres
están dotados de la razón y la libertad suficiente
para conocer un orden del mundo que les lleva a cooperar con los
demás en la preservación de sus derechos. Cuando el
hombre, mediante la razón, conoce la ley natural, le
asiste el derecho de imponer a los demás su
cumplimiento.
Por su parte Rousseau precisa que por naturaleza el
hombre, que no ha sido tocado por la civilización, es
bueno y sociable. Contra el planteamiento de Hobbes de un hombre
asociado por temor a la maldad de los otros, Rousseau defiende
ardorosamente la sociabilidad y voluntad general, que es la que
tiene que decidir la actuación. Precisa Rousseau que "del
concurso y de la combinación que nuestro espíritu
puede hacer de estos dos principios (luces
y libertad), sin que sea necesario incluir el de la sociabilidad,
me parece que se deducen todas las reglas del derecho natural;
reglas que la razón está forzada luego restablecer
sobre otros fundamentos cuando, a través de desarrollos
progresivos, llega hasta recubrir la naturaleza" (Rousseau 1989,
115). Completa Rousseau que "Hobbes no ha visto que la misma
causa que impide a los salvajes usar de su razón, como lo
pretenden nuestros jurisconsultos, le impide al mismo tiempo
abusar de sus facultades, como él mismo pretende; de tal
modo que podría decirse que los salvajes no son malos
precisamente porque no saben lo que es ser buenos, puesto que no
es ni el desarrollo de
las luces, ni el freno de la ley, sino la calma de las pasiones y
la ignorancia del vicio quienes les impiden hacer el mal"
(Rousseau 1989, 148).
De modo que Locke crítica en un punto fundamental
el sistema de Hobbes
al señalar que el estado de naturaleza no es un estado de
guerra. Sin embargo la salida de estado de guerra es la misma
para Locke y para Hobbes, esto es, la institución del
Estado mediante pacto social. Para Locke, el Estado parte de la
paz inicial, en la cual el equilibrio se
mantiene hasta que los hombres espontáneamente observen la
razón o ley natural. Esto se contrapone al estado de
guerra de Hobbes que deviene de la violación del orden
natural-racional, y que continúa alimentado
indefinidamente por las pasiones.
Al hombre como individuo naturalmente libre le sobrevino
la necesidad de asociarse con otros hombres para defender su vida
y sus incipientes propiedades, y a la necesidad posterior de una
autoridad delegada por la sociedad para la observación del orden de convivencia. La
necesidad de pasar al estado civil nace del estado de guerra.
Esta característica es parte tanto del
pensamiento de Locke, en el cual el estado de naturaleza no es en
sí mismo un estado de guerra, pero en el cual una vez que
comienza el estado de guerra no puede ser detenido sino cuando se
instituye el poder político, como del pensamiento de
Rousseau, donde los momentos del devenir histórico son el
estado de naturaleza de la inocencia y de la felicidad primitiva,
la "sociedad civil", que coincide con algunas características del estado de naturaleza
que plantea Hobbes, y el Estado del contrato
social.
Dado el estado de guerra, Hobbes señala que "el
temor a la opresión dispone a prevenirla o a buscar ayuda
en la sociedad; no hay, en efecto, otro camino por medio del cual
un hombre pueda asegurar su libertad y su vida" (Hobbes 1992,
81). Locke sigue a Hobbes al decir que es precisamente para salir
este estado de guerra, por lo que los hombres se someten a un
estado de sociedad y abandonan el estado de naturaleza. Para
Locke ponerse en un Estado es "el establecimiento de un juez
terrenal con autoridad para decidir todas las controversias y
para castigar las injurias que puedan afectar a cualquier miembro
del Estado; y dicho juez es legislatura, o el magistrado nombrado
por ella" (Locke 1998, 105). Para Locke el paso desde el estado
de guerra hacia la sociedad es conveniente pero no
dramáticamente necesario, pues Locke, a diferencia de
Hobbes, ha definido el estado de naturaleza como un estado de
paz, benevolencia y ayuda mutua. Rousseau critica a Hobbes
por poner el estado de naturaleza en el principio de la historia de la humanidad.
Según Rousseau, el nuevo Estado nace como
antítesis y no
como continuación del estado precedente. Para Rousseau el
punto de arranque está en la voluntad general.
Señala Rousseau que "el cuerpo político es
también un ser moral dotado de voluntad. Esa voluntad
general, tendente siempre a la conservación y bienestar
del todo y de cada parte, es el origen de las leyes y la regla de
los justo y de lo injusto para todos los miembros del estado, en
relación con éste y con aquéllos" (Rousseau
1985, 9). En El Contrato social, Rousseau critica
las teorías
que no fundamentan la legitimidad el poder político en el
consenso.
Pero Hobbes estima que la sociedad se forma no por el
instinto sociable del hombre, sino por el miedo. El miedo a los
enemigos, a los más fuertes que podían ser
agresores. Y, sobre todo, el miedo a la guerra. Precisa Hobbes
que en el estado de guerra "los hombres viven sin otra seguridad
que la que su propia fuerza y su propia invención pueden
proporcionarles" (Hobbes 1992, 103).
Para Hobbes, la naturaleza del hombre está
compuesta por dos tendencias: una le conduce hacia las pasiones y
otra hacia la razón. La primera empuja a los hombres a
desear y a conseguir los bienes y privilegios del prójimo.
La segunda, sin embargo, les hace pensar que sin seguridad los
bienes deseados no tienen demasiado sentido porque no se pueden
disfrutar. Las pasiones enfrentan a los hombres, la razón
les hace pactar. Esta segunda inclinación lleva a los
individuos a convenir un contrato, que implica la renuncia
a todos los derechos que poseían en el estado de
naturaleza para otorgárselos a un soberano que a cambio les
garantizará el orden y la seguridad. La sumisión,
según Hobbes es absoluta, y constituye el pago de los
súbditos al soberano, a modo de rescate, por haberles
salvado de su destructivo estado de naturaleza. Con el
contrato se renuncia a la libertad y a cualquier derecho
que pudiera poner en peligro la paz. "En definitiva, el motivo y
fin por el cual se establece esta renuncia y transferencia de
derecho no es otro sino la seguridad de una persona humana, en su
vida, y en los modos de conservar ésta en forma que no sea
gravosa. (…) la mutua transferencia de derechos es lo que los
hombres llaman CONTRATO" (Hobbes 1992, 109).
Por medio del contrato, los hombres autorizan al
soberano responsabilizándose de sus actos. La
autorización es individual, pero a la vez es un acto de fe
en el que todos deben obrar de igual manera. Hobbes presupone una
aplastante mayoría de voluntades en favor del contrato. De
esta forma, el contrato hace al soberano el verdadero fijador de
la justicia y de la moral, ya
que lo justo y lo bueno pasan a definirse como lo coincidente con
la voluntad del soberano. El soberano es el único poder
legislativo y el Estado la única fuente del derecho.
Incluso en los asuntos de índole espiritual o religiosa es
el soberano quien tiene la máxima autoridad.
Así, Hobbes precisa que "las pasiones que
inclinan a los hombres a la paz son el temor a la muerte, el
deseo de las cosas que son necesarias para una vida confortable,
y la esperanza de obtenerlas por medio del trabajo" (Hobbes 1992,
105). Añade Hobbes que "en situación de guerra,
cuando cada hombre es un enemigo para los demás, por la
falta de un poder común que los mantenga a todos a raya,
nadie puede contar con que su propia fuerza o destreza le proteja
suficientemente contra la destrución" (Hobbes 1992, 120).
Aunque Locke no habla de miedo como lo que abre paso el
nacimiento de la sociedad, coincide con Hobbes en que "en el
estado de naturaleza, el agraviado carece a menudo de la fuerza
suficiente para mantener la ley. Estos desajustes conducen,
según Locke, a la conveniencia del paso del estado de
naturaleza a la sociedad civil. Advierte Locke que "la falta de
un juez común que posea autoridad pone a todos los hombres
en un estado de naturaleza; la fuerza que se ejerce sin derecho y
que atenta contra la persona de un individuo produce un estado de
guerra, tanto en los lugares en los que hay un juez común,
como en los que no lo hay". (Locke 1998, 49). Por ello, completa
Locke, "un grupo de hombres en estado natural entra en sociedad
para formar un pueblo, un cuerpo político bajo un gobierno
supremo" (Locke 1998, 104).
Locke considera que "no hay ni puede subsistir sociedad
política alguna sin tener en sí misma el poder de
proteger la propiedad" (Locke 1998, 102). Para Locke la propiedad
es "todo lo que uno pueda usar para ventaja de su vida antes de
que se eche a perder, será lo que le esté permitido
apropiarse mediante su trabajo. Mas todo aquello que excede lo
utilizable, será de otros" (Locke 1998, 59). Para
salvaguardar con mayor consistencia la propiedad, los hombres
acuerdan asociarse en una sociedad civil, renunciando a su propia
defensa y al poder de castigar los delitos contra la
ley natural. Mediante su consentimiento, individual aunque pueda
ser tácito, participan del convenio que origina la
sociedad, haciendo dejación en ella de las facultades que
tenían en el estado de naturaleza. Desde ese momento, la
sociedad se encargará de su protección dictando
normas que considere precisas para bien de esa sociedad y
castigando a los infractores de éstas.
Rousseau precisa que la máxima del gobierno
legítimo y popular que tiene por objeto el bien del pueblo
es guiarse por la voluntad general. Rousseau coincide con Locke
en que no es el miedo sino la necesidad de proteger la propiedad
lo que da nacimiento a la sociedad. Advierte Rousseau que "como
para querer hace falta ser libre, otra dificultad no menor
consiste en asegurar a la vez la libertad pública y la
autoridad del gobierno. Buscad los motivos que llevaron a los
hombres, unidos por sus mutuas necesidades en la gran sociedad, a
estrechar su unión mediante sociedades
civiles: no encontraréis otro que el de asegurar los
bienes, la vida y la libertad de cada miembro mediante la
protección de todos" (Rousseau 1985, 13).
Hobbes defiende no sólo el contrato sino su
consecuencia: una autoridad firme e inconmovible, por encima de
la moral, del
bien y del mal, en tanto cumpla con su misión de
mantener el orden, la paz, a toda costa y mantener a los hombres
libres de la causa fundamental de su asociación: el temor.
Es utilitario a ultranza: lo que es útil es
también moral. Y con ello justifica todos los abusos
que el soberano pueda cometer en nombre de la utilidad
pública que seria, básicamente, la paz colectiva.
Así, Hobbes justifica el absolutismo
como algo útil y necesario en la tierra. Fue en busca de
esa paz protectora que los individuos contrataron la sociedad y
cedieron los derechos naturales a un poder común al que se
someten por miedo y que actúa en beneficio de todos. Y
defiende en todo al soberano: éste no forma parte del
contrato mismo: no es más que una consecuencia
política de su conclusión. Según esto, es un
agente pero con poderes ilimitados y autoridad plena,
indiscutible y absoluta. Locke crítica esta
posición. Considere Locke que "la monarquía absoluta, considerada por algunos
como el único tipo de gobierno que puede haber en el
mundo, es, ciertamente, incompatible con la sociedad civil, y
excluye todo tipo de gobierno civil. Pues el fin al que dirige la
sociedad civil es evitar y remediar esos inconvenientes del
estado de naturaleza que necesariamente se siguen del hecho de
que cada hombre sea juez de su propia causa" (Locke 1998,
105).
Considera Locke que "el Estado se origina mediante un
poder que establece cuál es el castigo que corresponde a
las diferentes transgresiones de aquellos que, entre los miembros
de una sociedad, piensa que merece la pena cometerlas;
éste es el poder de hacer leyes, y a él debe
añadirse el poder de castigar cualquier daño que se
le haga a un miembro de la sociedad, cometido por alguien que no
pertenece a ella. Este segundo poder es el de hacer la guerra y
la paz. Y ambos poderes están encaminados a la
preservación de la propiedad de todos los miembros de esa
sociedad, hasta donde sea posible." (Locke 1998, 103)
Queda entendido que para Locke "La comunidad viene a ser
un árbitro que decide según normas y reglas
establecidas, imparciales y aplicables a todos por igual, y
administrada por hombres a quienes la comunidad ha dado autoridad
para ejecutarlas" (Locke 1998, 103). Añade Locke que
"siempre que cualquier número de hombres esté
así unido en sociedad de tal modo que cada uno de ellos
haya renunciado a su poder
ejecutivo de ley natural y lo haya cedido al poder
público, entonces, y sólo entonces tendremos una
sociedad política o civil." (Locke 1998, 104).
Hobbes pretende demostrar que una comunidad como tal es
una pura ficción, que no tiene existencia salvo en la
cooperación de sus miembros, que esa cooperación se
debe siempre a las ventajas que de ella derivan para sus miembros
como individuos, y que sólo llega a ser comunidad porque
algún individuo es capaz de ejercer un poder soberano.
Así Hobbes fundamentó su concisión de que en
toda forma de gobierno es inevitable la sujeción y de que
ideas tales como el contrato, la representación y la
responsabilidad carecen de sentido a menos que
estén respaldadas por un poder soberano. De ahí que
sean válidas dentro del estado, pero no para el
estado.
Si el propósito fundamental que comporta la
creación de la sociedad civil, según Locke, es la
salvaguarda de la propiedad, el organismo que regule cómo
salvaguardaría constituirá el organismo más
importante de la misma. Esa es la función
del poder legislativo. Locke lo considera el alma que da forma,
vida y unidad a la comunidad política y lo denomina poder
supremo, cualidad que no le exime de varias restricciones
concretas. En primer lugar, no puede modificar las leyes para los
casos concretos. En segundo, sus normas no deben tener otro fin
que el bien de la comunidad. Tampoco puede arrebatar a nadie sus
propiedades. En suma, no puede vulnerar los derechos naturales.
No se puede olvidar que la ley natural subsiste como norma eterna
de todos los hombres, sin exceptuar a los legisladores.
Subordinado a él, aparece el poder
ejecutivo, encargado sin interrupción y de manera
constante de la ejecución de las leyes vigentes en la
comunidad.
Para Locke el estado natural era el orden y la
razón, muy lejos del miedo y la anarquía que
plantea Hobbes. El derecho natural es el antecedente del derecho
político. Y es para defender este derecho que los hombres
se vieron impulsados a hacer el pacto o contrato que
originó la sociedad, cediendo sus prerrogativas en cuanto
a la creación y aplicación de la ley, pero
condicionando la cesión al respeto de los
derechos amparados por el contrato. El poder, pues, no ha sido
cedido graciosamente a nadie sino que sigue residiendo, en virtud
de su condicionamiento, en la comunidad social.
Locke defiende la monarquía constitucional, cuyo gobierno
considera que ha de ser dividido en tres órganos: el
legislativo, al que da prioridad por su carácter
representativo de los componentes de la sociedad, el ejecutivo y
el federativo. Locke lucha por la constitución democrática del estado.
Rechaza el planteamiento de Hobbes. Considera que en el contrato
el individuo otorga sus derechos al soberano, pero no para que lo
anule sino para que los proteja. Señala Locke al pueblo
como el verdadero soberano, por lo que una soberanía
absoluta como la que señala Hobbes no es compatible con
una recta constitución del Estado.
Ciertamente cuando los hombres deciden unirse en
sociedad renuncian a una gran parte de la libertad que
tenían antes. Cada uno renuncia al poder legislativo y al
ejecutivo, que eran suyos en el estado de naturaleza; pero no
para entregárselos a un soberano absoluto con autoridad
ilimitada, como sugiere Hobbes. Si cada uno renuncia a su poder
particular, lo hace mediante un acuerdo con otros hombres,
según el cual todos se unen formando una comunidad, un
cuerpo político en el que la mayoría tiene derecho
a actuar y decidir en nombre de todos. Tácita o
explícitamente, cada individuo que ha entrado a formar
parte del cuerpo social consiente en apoyar las decisiones
mayoritarias, y las hace suyas; y se compromete a respetarlas
bajo condición de dichas decisiones respondan a las leyes
dictadas por quienes, nuevamente por encargo de la
mayoría, tengan la misión de
hacerlas. Las leyes son el alma del Estado; y mientas sigan
vigentes, todos por igual han de someterse a ellas.
Rousseau, por su lado, precisa la necesidad de regresar
a las pequeñas agrupaciones sociales, es decir, reivindica
el regreso a la Ciudad-Estado. Consideraba que el pueblo soberano
no puede estar representado, que no puede delegar su autoridad ni
sus derechos a gobernarse. El pueblo debe gobernar por sí
mismo y directamente y, como supone que tal cosa sólo
puede lograrse en una sociedad lo bastante pequeña para
que todo el pueblo pueda concurrir a la Asamblea, vuelve otra vez
a la Ciudad-Estado como la única forma en que los
términos del contrato social pueden ser cumplidos
cabalmente. Y agrega Rousseau que "no basta con tener ciudadanos
y con protegerlos; es preciso además cuidar de su
subsistencia. Satisfacer las necesidades públicas es una
consecuencia evidente de la voluntad general y el tercer debate
esencial del gobierno" (Rousseau 1985, 34).
Rousseau estableció que la voluntad popular es el
único fundamento de la
organización política. Es defensor de la
soberanía popular que considera debe ser expresada en
Asambleas y niega la representación popular a la que
considera ha de llevar fatalmente al dominio de la
mayoría por los representantes populares.
El concepto de
sociedad civil en Rousseau indica además de la
condición política de los hombres asociados, el
carácter progresivo y civilizado del vivir social moderno,
contrapuesto a la sencillez del modo de vida natural de los
salvajes. Rousseau invierte la relación instituida por
Hobbes entre civilización y sociedad política:
mientras que para Hobbes a la institución del Estado sigue
el desarrollo de
la industriosidad humana, para Rousseau la historia de la
civilización precede y pone a la cabeza la
institución de los estados. La sociedad civil de Rousseau
resume primero lo económico y lo técnico y
finalmente político. Hobbes y Locke consideran la
disolución del Estado como un regreso al estado de
naturaleza, incluso identifica el estado de naturaleza con la
anarquía. Rousseau identifica el estado de naturaleza como
un estado histórico.
Según las premisas de Hobbes el soberano una vez
instituido puede gobernar como mejor le parezca. Y aun en el caso
de que traiciones la misión que le fue encomendada a saber
la paz y seguridad de todos no hay mecanismo legal que
esté capacitado para derrocarlo. La conducta abusiva
del soberano siempre traerá consigo menos males que los
producidos por una regresión al estado natural de guerra.
Precisa Hobbes que "es contrario a la razón alcanzar la
soberanía por la rebelión: porque a pesar de que se
alcanzara, es manifiesto que, conforme a la razón, no
puede esperarse que sea así, sino antes al contrario; y
porque al ganarla en esa forma, se enseña a otros a hacer
lo propio. Por consiguiente, la justicia, es decir, la
observancia del pacto, es una regla de razón en virtud de
la cual se nos prohíbe hacer cualquiera cosa susceptible
de destruir nuestra-vida: es, por lo tanto, una ley de
naturaleza" (Hobbes 1992, 121).
Para Rousseau el contrato es un órgano del
pueblo, y está, por ende, desprovisto de poder
independiente. El acto imaginario que da origen a una sociedad no
es ni siquiera remotamente semejante a un contrato, ya que los
derechos y libertades de los individuos carecen en absoluto de
existencia excepto en la medida en que los hombres son ya
miembros de un grupo. Toda el pensamiento de Rousseau se basa en
el hecho de que una comunidad de ciudadanos es única. Es
una asociación, no un agregado, una personalidad
moral y colectiva.
El orden social, según Rousseau, es un derecho
sagrado que sirve de base a todos los demás. Precisa que
se trata de encontrar una forma de asociación que de
protección a las personas y a los bienes de cada asociado,
y por la cual, uniéndose cada uno a todos, no obedezca
más que a sí mismo y quede tan libre como
antes.
Para Rousseau la sociedad deviene debido a la necesidad
de proteger la propiedad. Pero también porque al
convertirse en miembros de la sociedad, los hombres ganan
individualmente más de lo que ganarían
permaneciendo aislados. En este caso, la sociedad sustituye al
instinto por la justicia y da a las acciones de los hombres la
moralidad de que antes carecían.
La voluntad general representa un hecho único
respecto a una comunidad. Esto es que la comunidad tiene un bien
colectivo que no es lo mismo que los intereses privados de sus
miembros. En cierto sentido, vive su propia vida, realiza su
propio destino y sufre su propia suerte. Para Rousseau que el
estado o la ciudad es una persona moral cuya vida consiste en la
unión de sus miembros. Es en la comunidad donde los
hombres obtienen la libertad civil, que es un derecho moral y no
meramente la libertad natural.
Así como la naturaleza da a cada hombre un poder
absoluto sobre todos sus miembros, el pacto social da al cuerpo
político un poder absoluto sobre todos los suyos.
Señala Rousseau que cuando cada individuo enajena su
poder, sus bienes y su libertad por el pacto social hay que
convenir también que sólo el soberano es juez en
cuanto al uso que da la comunidad, pero el soberano, por su
parte, no puede imponer a los súbditos ninguna cadena
inútil para la comunidad.
Autor:
Ma. Elena Lavaud.
Ninoska Litchenka Arellano
Carlos Alberto Marcano
cmarcano[arroba]usb.ve