Indice
1.
Introducción
2. Estructura del
gobierno
3. Fuentes del derecho
Este sistema, es una
coalición del sistema
neoromanista, del common law de Estados Unidos y
de la tradición japonesa.
En un principio el Japón,
estaba regido por un conjunto de normas cuya
razón de ser derivaba tanto de los usos como de la moral, que
regulaba, en todas las circunstancias de la vida, la conducta que los
individuos debían observar en sus relaciones
recíprocas. Estas normas de
comportamiento
se llamaron giri.
El giri sustituyó al derecho y según los japoneses,
incluso a la moral. Se
observaba espontáneamente, no tanto porque correspondiera
una cierta concepción de la moral o del
deber, cuanto porque se incurría en la censura social, en
caso de inobservancia. Para un japonés constituiría
una vergüenza no respetar un giri. Un código
de honor, puramente consuetudinario, determinaba todos los
comportamientos, tal situación ha hecho, hasta
épocas recientes, inútil o molesta la
intervención del derecho, ya que para los japoneses la
idea de derecho sigue asociada con la noción de castigo y
ser citado a un juicio se considera una vergüenza, ello no
significa que los tribunales estén inactivos, pero la
parte más importante de su actividad la constituye la
función
conciliadora no la decisoria.
En 1868 el emperador Meiji, abolió el feudalismo que
venía rigiendo la nación,
y aplicó un programa de
modernización, consistente en la declaración
igualitaria tanto en las clases
sociales como de la misma nación
con las potencias de occidente, produciendo cambios de tipo
militar, industrial, político, económico u social,
lo cual marcaría el inicio hacia el Japón
moderno, culminando enun gobierno
constitucional en 1889.
La política
modernizadora del derecho surgió con el objeto de poner
fin a los tratados
comerciales desventajosos y desiguales para Japón, y
evitar que la influencia extranjera se convirtiera en un poder tutelar
sobre la vida pública, al estilo de lo que se observaba en
China.
Japón carecía de un sistema jurídico, por
ello opto por importarlo de occidente, procediéndose con
la contratación de juristas extranjeros, entre ellos
franceses, alemanes e ingleses, valiéndose de la tarea de
traducir los códigos franceses, promulgando un código
penal y un código de procedimientos
penales, de modelo
francés, lo cual tuvo lugar en el año de 1882.
Consecuentemente en 1890 entro en vigor una ley relativa a
la
organización judicial y un código de procedimientos
civiles, siguiendo el modelo
alemán. El código
civil japonés fue promulgado en 1898. Fue una
problemática adaptar ciertas nociones elementales de
derecho, extrañas para el pensamiento
japonés.
Una de las dificultades que surgieron de la elaboración de
nuevos códigos, consistió en traducir y adaptar
ciertas nociones del derecho, ajenas al pensamiento
japonés. También el de crear neologismos japoneses
adecuados para los futuros códigos.
En 1889 fue promulgada la primera Constitución, elaborada sobre el modelo
prusiana, la cual nunca fue enmendada. Sus características radicaban que todas las
atribuciones estaban centradas en la persona del
emperador, el cual fue legitimado como monarca absoluto, sagrado
y superior al gobierno, y que
la soberanía residía en el
emperador.
En 1898 entro en vigor el código
civil, orientándose al alemán y en materia
familiar hacia la tradición japonesa; y en 1907
comenzó a regir el código penal inspirado en el
código alemán
Posteriormente el País del sol naciente,
resplandeció internacionalmente, sosteniendo dos guerras, la
primera de ellas, con China en los
años de 1894 y la segunda con Rusia en 1904 a 1905, en
ambas salió victorioso, éxito
que le dio prestigio y gran fama, convirtiéndolo en una
potencia
mundial.
Al acontecer la Segunda Guerra
Mundial, Japón participó del lado de los
llamados países del Eje, teniendo como principal enemigo a
los Estados Unidos de
Norte América, durante el transcurso de largos
cinco años de lucha, Japón fue retrocediendo de las
islas que había tomado, hasta culminar con el estallidos
de las dos bombas
atómicas en Hiroshima y Nagasaki en 1945,
capitulándose de este modo la guerra.
Después de la rendición del Japón, en
septiembre de 1945 el ejercito de Estados Unidos, ocupó al
país, bajo la dirección del general Douglas McArthur,
asumiendo el control del
país y en 1946 impuso una Constitución de inspiración
norteamericana, en el cual lo hicieron renunciar en
términos absolutos al derecho de beligerancia,
obligándole a no mantener ejércitos en su
territorio, ni reconocer el derecho de beligerancia del Estado. Sin
embargo lo curioso, es que al haber sido impuesta, y se supone no
tiene respaldo popular por haber sido impuesta, hasta nuestros
días, no la han reformado en lo más
mínimo.
En la Constitución que les fue impuesta, dejaba al
emperador simplemente como un símbolo, hecho que era
totalmente diferente al régimen anterior, que el poder y la
soberanía radicaba en el emperador.
En estas circunstancias, se efectuaron importantes modificaciones
al derecho japonés, con influencia ya no solo romanista
sino también angloamericana. La promulgación de la
nueva Constitución de 1947, consta de once
capítulos y ciento tres artículos, de los cuales el
capítulo I trata sobre el emperador; el II, la renuncia a
la guerra, el
III, consagra lo referente a los derechos humanos,
la separación de poderes y el capítulo IV, del
poder judicial y
la forma de enmendar la Constitución.
Esta introdujo cambios significativos, en primer lugar, la
proclama que la soberanía reside en el pueblo y no en el
emperador, la renuncia a la guerra como derecho soberano de la
Nación, la Dieta es elegida por sufragio universal y es el
órgano supremo del poder del Estado, el
gabinete es responsable ante el electorado, crea un poder judicial de
estilo norteamericano; hace efectivas las dos cámaras de
la Dieta; establece el derecho de voto a todos los hombres y
mujeres por igual y garantiza los derechos humanos.
Se dieron vida a varias leyes
reglamentarias de la constitución, entre ellas la Ley de Casa
Imperial, la Ley del Parlamente, la Ley Orgánica del Poder
Judicial, Ley de Contraloría Estatal, etc.
A los códigos existentes en esos días no se le
hicieron modificaciones significativas, entre ellas al
Código Civil, solo se le hicieron cambios en los libros cuarto
y quinto, que se refieren a la familia y
las sucesiones,
eliminando usos japoneses como la discriminación de la mujer y la
preferencia del primogénito en caso de sucesión. En
cambio el
Código de Procedimientos Penales fue sustituido por el de
1948, que acerca esta materia a la
práctica norteamericana.
2. Estructura del
gobierno
Posee un sistema democrático, todos los
Ciudadanos tienen derecho de elegir y ser elegidos, el emperador
es el símbolo más importante de Japón y de
la unidad del pueblo, en quien reside el poder soberano.
Las funciones del
emperador, está la ratificación del Primer Ministro
que haya designado la Dieta, previo consejo y aprobación
del Gabinete, puede nombrar al presidente de la Corte Suprema;
promulgar leyes,
órdenes ministeriales y tratados;
convocar a la Dieta; disolver la cámara de representantes
y otras funciones
protocolarias, como son recibir embajadores, ministros y jefes de
Estado, el trono es dinástico y se hereda de padre a
hijo.
El poder
legislativo es representada por la Dieta, que es el
más alto órgano de poder del Estado y el
único que promulga las leyes, compuesta de dos
cámaras, la primera de Representantes, con 512 miembros,
con periodos de cuatro años, electos a través del
sufragio popular; y la segunda cámara, la de Consejeros,
integrada de 250 miembros, elegidos por un periodo de seis
años.
Las dos cámaras tienen casi el mismo poder, pero algunos
casos excepcionales, la decisión de la cámara de
Representantes prevalece sobre la de Consejeros.
El poder
Ejecutivo está depositado en el Gabinete, formado por
el Primer Ministro y por el Consejo de Ministros compuesto por
veinte miembros, este órgano será responsable ante
la Dieta. El Primer Ministro, tiene la facultad de nombrar a los
secretarios de Estado, y los puede destituir de manera
discrecional.
El Primer Ministro debe ser un civil, generalmente es el
presidente del partido mayoritario en el poder, y es designado de
entre los miembros de la Dieta, por ser una resolución de
esta y es ratificado por el emperador.
El Poder Judicial, es independiente de los otros poderes y goza
de autonomía, compuesto por la Corte Suprema, Tribunales
Superiores, Tribunales de Distrito, Tribunales Familiares y
Sumarios.
La Corte Suprema esta integrada por un magistrado presidente que
es elegido por el emperador y catorce magistrados, que son
nombrados por el Gabinete de una lista de personas que elabore la
Corte Suprema.
La Corte Suprema, es compuesta por tres salas, cada una formada
por cinco magistrados, funcionando en salas, pero existen casos
en los que la corte funciona en pleno como en los siguientes
casos:
– Casos de apelación relativos a un asunto constitucional
cundo no hay precedente en la Corte Suprema.
– Casos de apelación relacionada con un punto no
constitucional de ley en los cuales una sala ha encontrado
apropiado sobreseer un precedente de la Corte Suprema;
– Casos envidados por una sala porque se consideran de gran
importancia;
– Casos en los que la opinión de los jueces de la Sala han
terminado en empate.
La Corte Suprema determina en última instancia la
Constitucionalidad de cualquier ley, norma o reglamento.
El Tribunal Superior, es un órgano colegiado integrado por
tres jueces, y funciona como tribunal intermedio de
apelación, excepto cuando funciona como tribunal de
último recurso en asuntos civiles menores y cuando tiene
jurisdicción original en casos de insurrección,
así como en algunos casos administrativos.
Los Tribunales de Distrito, tiene jurisdicción original,
excepto cuando conocen de apelación sobre las decisiones
de los juzgados sumarios en asuntos civiles, estos tribunales
pueden estar integrados por uno o por tres jueces, según
la naturaleza del
caso.
Los Tribunales Familiares conocen de casos civiles, relacionados
con asuntos de carácter
doméstico y juveniles. El titular del tribunal es uno
sólo juez, pero la mayoría de los asuntos, primero
deben ser escuchados por un cómite de conciliación
formado por tres personas: un juez y dos comisionados de
conciliación que no necesitan ser abogados. Solo cuando no
se llega a un arreglo entre las partes se puede iniciar un
procedimiento
judicial.
Los Tribunales Sumarios ventilan casos menores, los cuales son
manejados por un solo juez; casi la mitad de los jueces de estos
tribunales no son abogados calificados, sino que se les nombra
para ese puesto después de haber trabajado varios
años dentro de la judicatura en puestos
menores.
La fuente más importante del derecho
japonés es la legislación, el sistema legal de
Japón se basa en primer lugar en el derecho codificado,
esto no significa que los criterios de la Corte carezcan de
importancia, por el contrario, los juzgados los respetan y los
siguen como una de las fuentes
primarias, ya que nuevas reglas de derecho surgen de los casos
resueltos por los jueces.
Las sentencias y decisiones de la Corte Suprema, así como
de otros tribunales menores son estudiados y comentados por los
litigantes y doctrinarios, esos comentarios son publicados en
obras legales e influyen en las resoluciones que dictan los
jueces. Las sentencias de la Corte son seleccionadas y publicadas
por una comisión de precedentes.
La costumbre, siempre que no sea contraria al orden
público, ni a la moral y puede
equipararse a la ley cuando la misma ley incluya los
supuestos.
En menor importancia también la doctrina es considerada
como fuente del derecho.
Es importante señalar que los japoneses prefieren arreglos
extrajudiciales para solucionar una controversia, ya que el
proceso
judicial presupone y admite disputas y para los grupos
tradicionales el litigio se considera como moralmente indebido,
por lo que las partes en conflicto
prefieren arreglar sus diferencias por medio de la
autocomposición y la conciliación, lo cual ha
tenido mucho éxito
en Japón.
La profesión legal, se regula a través de un
código ético que tomo como modelo los
cánones y éticas profesionales de la
asociación de la barra americana. Las medidas
disciplinarias de la profesión por dos años o la
expulsión definitiva de la barra. La ley sobre abogados
promulgado en 1949, amplia la autonomía de la barra, la
cual tiene el poder de admitir a sus miembros y tomar acciones
disciplinarias en contra de ellos, las personas que han sido
calificadas como abogados son aquellos que han pasado el examen
estatal para jueces, procuradores públicos y abogados,
además de haber terminado dos años de entrenamiento
práctivo.
El sistema japonés es un sistema jurídico, porque
esta formado por un conjunto de ordenamientos jurídicos
sistematizados y promulgados por una autoridad
competente y tienen aplicación en todos sus ámbitos
de validez; y el cual tiene eficacia en su
aplicación.
Autor:
Mtra. Claudia Niño Romo Chavez.
Axel Solórzano Constantino.