Indice
1.
Introducción
2. Antecedentes
Históricos
3. Estado
4.
Territorio
5. La
Población
6. El
Poder
7. El
gobierno
8.
Bibliografía
El Estado es la
organización política de un
país, es decir, la estructura de
poder que se
asienta sobre un determinado territorio y población. Poder, territorio y pueblo o
nación
son, por consiguiente, los elementos que conforman el concepto de
Estado, de tal manera que éste se identifica
indistintamente con cada uno de aquellos.
El poder puede definirse como la capacidad que tiene el aparato
institucional para imponer a la sociedad el
cumplimiento y la aceptación de las decisiones del
gobierno u
órgano ejecutivo del Estado. La teoría
jurídica moderna identifica poder, con soberanía o capacidad jurídica del
Estado. El territorio, espacio físico donde se ejerce el
poder, se encuentra claramente delimitado con respecto al de
otros Estados y coincide con los límites de
la soberanía. La nación o pueblo sobre el que
actúa el Estado es
una comunidad humana
que posee elementos culturales, vínculos
económicos, tradiciones e historia comunes, lo que
configura un espíritu solidario que, generalmente, es
anterior a la formación de la organización política. Ahora bien,
el Estado y la nación no siempre coinciden: hay Estados
plurinacionales (con varias nacionalidades), como la Unión
Soviética, y naciones repartidas entre varios Estados,
como es el caso del pueblo alemán.
El aparato estatal se compone de tres elementos organizativos
básicos: la
administración, las fuerzas armadas y la hacienda. La
administración es la organización
encargada de tomar las decisiones políticas
y hacerlas cumplir mediante una serie de órganos o
departamentos (gobierno, ministerios, secretarías de
Estado, gobiernos territoriales o regionales, policía,
seguridad
social, etc.). La función de
las fuerzas armadas es la de ejercer la defensa del Estado. El
mantenimiento
de todo el aparato estatal requiere la recaudación de
fondos económicos mediante la contribución de los
miembros de la sociedad, función que corresponde a la
hacienda.
Ningún poder político puede mantenerse durante
mucho tiempo mediante
el uso exclusivo de la fuerza. Lo que
legitima el poder del Estado es el derecho, orden jurídico
que regula el funcionamiento de las instituciones
y el cumplimiento de las leyes por las que
debe regirse la colectividad. Al mismo tiempo que lo legitima, el
derecho limita la acción del Estado, pues los valores
que informan el cuerpo jurídico emanan, de forma directa o
indirecta, del conjunto de la sociedad. Las normas
consuetudinarias, los códigos de leyes o, modernamente,
las constituciones políticas, definen los derechos y deberes de los
ciudadanos y las funciones y
límites del Estado. En los Estados liberales y
democráticos, las leyes son elaboradas o aprobadas por los
cuerpos legislativos, cuyos miembros, elegidos por la
ciudadanía, representan la soberanía nacional. La
ley se
sitúa por encima de todos los individuos, grupos e
instituciones. Tal es el significado de la expresión
"imperio de la ley".
El fallo sobre el cumplimiento o incumplimiento de las leyes y el
establecimiento de las penas previstas para castigar los delitos
corresponde al poder judicial,
ejercido en los tribunales.
El origen del Estado. En las sociedades
matriarcales, anteriores a la aparición de la familia
monogámica y de la propiedad
privada, el poder social se distribuía de forma escalonada
a partir de los consejos de ancianos y de las estructuras
tribales. Las relaciones entre los miembros de la sociedad eran
de tipo personal y la
cohesión del grupo se
basaba en prácticas religiosas y ritos sociales de tipo
tradicional.
El surgimiento de la agricultura y
la consiguiente distribución de la tierra
entre los miembros de la sociedad favoreció la
aparición de la propiedad privada, de los derechos
hereditarios y, por consiguiente, de la familia
patriarcal, en la que la descendencia debía asegurarse
mediante un sólido vínculo matrimonial de carácter
monogámico (la mujer
sólo podía tener un marido). Los primeros Estados,
en Egipto,
Mesopotamia,
China, la
India,
Mesoamérica, los Andes, etc., surgieron, por una parte,
como una delegación del poder social en una estructura
política capaz de asegurar el derecho de propiedad frente
a competidores internos (ladrones) o externos (invasores) y, por
otra, como una organización destinada a hacer posible la
realización de los trabajos colectivos (construcción de canales, presas, acequias,
etc.) necesarios para el conjunto de la comunidad.
Estos primeros Estados se caracterizaron por ejercer un poder
absoluto y teocrático, en el que los monarcas se
identificaban con la divinidad. Por consiguiente, el poder se
justificaba por su naturaleza
divina, y eran las creencias religiosas de los súbditos
las que lo sustentaban.
La primera experiencia política importante en el mundo
occidental se realizó en Grecia hacia
el siglo V a.C. La unidad política griega era la polis, o
ciudad-Estado, cuyo gobierno en ocasiones fue democrático;
los habitantes que conseguían la condición de
ciudadanos -de la que estaban excluidos los esclavos-
participaban en las instituciones políticas. Esta democracia
directa tuvo su más genuina expresión en
Atenas.
Para los filósofos griegos, el núcleo del
concepto de Estado se hallaba representado por la idea de poder y
sumisión. Platón, en
sus obras La república y Las leyes, expuso que la
soberanía política debía someterse a la ley
y que sólo un Estado en el que la ley fuera el soberano
absoluto, por encima de los gobernantes, podría hacer
felices y virtuosos a todos los ciudadanos. Platón
esbozó el modelo de una
ciudad-Estado ideal, en el que la ley ejercía una
función educadora tanto de los ciudadanos como del Estado.
Aristóteles distinguió varias
formas de
gobierno y de constitución, y admitió
límites al ejercicio del poder mediante el derecho y la
justicia.
La organización política de Roma fue
inicialmente similar a la griega; la civitas -ciudad- era el
centro de un territorio reducido y todos los ciudadanos
participaban en el gobierno de la misma. Con la expansión
del imperio y de las leyes generales promulgadas por Roma, se
respetaron las leyes particulares de los diferentes pueblos
sometidos. Marco Tullo Cicerón, orador y filósofo
romano, expuso que la justicia es un principio natural y tiene la
misión
de limitar el ejercicio del poder.
Los arquetipos políticos griegos y las ideas directrices
de Cicerón ejercieron una influencia decisiva en san
Agustín y en todos los seguidores de su doctrina. Para
san Agustín, el Estado está constituido por una
comunidad de hombres unida por la igualdad de
derechos y la comunidad de intereses: no puede existir Estado
alguno sin justicia. Sólo la iglesia,
modelo de la ciudad celeste, puede orientar la acción del
Estado hacia la paz y la justicia.
En el Medievo surgió como elemento nuevo la teoría
de que el poder emanaba del conjunto de la comunidad y, por
tanto, el rey o el emperador debían ser elegidos o
aceptados como tales por sus súbditos para que su
soberanía fuese legítima. Este enfoque,
según el cual el poder terrenal era autónomo con
respecto al orden divino, dio lugar al nacimiento de la doctrina
de un "pacto" que debía convenirse entre el soberano y los
súbditos, en el que se establecían las condiciones
del ejercicio del poder y las obligaciones
mutuas, con la finalidad de conseguir el bien común. La
ley humana, reflejo de la ley divina, debía apoyarse en la
razón. Santo Tomás de
Aquino reflejó esta concepción sobre el poder
en su obra Summa theologica.
El desarrollo del
Estado moderno. La concepción antropocéntrica del
mundo que adoptaron los renacentistas trajo consigo la
secularización de la política. Nicolás
Maquiavelo, en su
obra El
príncipe, abogó por un Estado secular fuerte,
capaz de hacer frente al poder temporal del papado. Según
Maquiavelo, el Estado tiene su propia razón que lo
guía: la razón de Estado, independiente de la
religión y
de la moral. El
Estado renacentista se caracterizó por las siguientes
notas: existencia de un poder independiente –con un
ejército, una hacienda y un burocracia a su
servicio-,
superación de la atomización política
medieval, base territorial amplia y separación entre el
Estado y la sociedad.
En el siglo XVI, Jean Bodin añadió a la idea de
independencia
del poder político la noción de soberanía:
el Estado es soberano y no ha de reconocer en el orden temporal
ninguna autoridad
superior, lo cual le conferirá una consistencia
jurídica. A este contenido racional, aportado por el Renacimiento,
se debe la aparición del Estado moderno, que se distingue
por estar constituido por una población amplia que
normalmente reúne características nacionales, asentada en un
territorio definido y regida por un poder soberano.
Desde el siglo XVI, el Estado ha conocido las siguientes
configuraciones: Estado autoritario, Estado absoluto, Estado
liberal, Estado socialista o comunista, Estado fascista y Estado
democrático.
La primera fase del Estado moderno se caracterizó por el
reforzamiento del poder real, aunque sus medios de
acción política se vieron limitados aún por
la privatización de los cargos
públicos. El ejemplo más conocido de Estado
autoritario fue el imperio hispánico de Felipe II. En el
proceso de
secularización y racionalización del poder, el
absolutismo
(siglos XVII y XVIII) supuso la definitiva desvinculación
del Estado con respecto a los poderes del imperio y el papado,
por una parte, y de la nobleza y las corporaciones urbanas, por
otra. La soberanía, capacidad de crear el derecho y de
imponer la obediencia a las leyes, quedó concentrada en el
Estado, identificado con el monarca absoluto. Luis XIV de
Francia fue el
máximo exponente del absolutismo monárquico.
El ascenso económico de la burguesía planteó
en la segunda mitad del siglo XVIII la necesidad de encontrar
fórmulas políticas que recogieran sus
planteamientos sobre la configuración de la sociedad y el
Estado: participación, igualdad jurídica,
libertades individuales y derecho de propiedad. Nuevas teorías
políticas contribuyeron a conformar la ideología de la burguesía
revolucionaria. Thomas Hobbes,
defensor aún del Estado absolutista, introdujo el
individualismo radical en el pensamiento
político y estableció las bases teóricas del
concepto moderno del contrato social,
que posteriormente sería desarrollado por Jean-Jacques
Rousseau.
John Locke
expuso el carácter natural del derecho a la vida y a la
propiedad y defendió una división de poderes
orientada a combatir el centralismo
absolutista. El barón de Montesquieu
definió la configuración clásica de esta
división de poderes en ejecutivo, legislativo y
judicial.
Los Estados contemporáneos. La revolución
francesa tuvo como consecuencia la creación de un
nuevo marco político adaptado a las transformaciones
económicas que estaba experimentando la sociedad con el
desarrollo del capitalismo.
Para garantizar las libertades individuales, la igualdad legal y
el derecho de propiedad, se limitaron las prerrogativas reales y
se sometió la actuación estatal al imperio de la
ley. Con el precedente de las constituciones Estadounidense y
francesa, pronto empezaron a surgir en los países europeos
y americanos textos constitucionales en los que se consagraba el
fraccionamiento del poder como garantía efectiva de los
derechos del individuo. La misión principal del Estado
liberal radicaba en la protección de las libertades
individuales y en el mantenimiento de un orden jurídico
que permitiese el libre juego de las
fuerzas sociales y económicas. Para cumplir esta
misión, el Estado se valía de los medios legales
que establecía la constitución.
El crecimiento del proletariado industrial y los conflictos
imperialistas entre las potencias europeas favorecieron el
deterioro y el descrédito de los regímenes
liberales desde finales del siglo XIX. El socialismo
utópico y, después, el anarquismo y el marxismo
negaron la legitimidad del Estado liberal y propusieron nuevos
modelos de
sociedad en los que el hombre
pudiera desarrollar plenamente sus capacidades.
Realizó el anarquismo una critica directa contra el
Estado, por considerarlo un instrumento de opresión de los
individuos. Los anarquistas mantenían que todo poder era
innecesario y nocivo, y propugnaban la sustitución de las
relaciones de dominio
establecidas a través de las instituciones estatales por
una colaboración libre entre individuos y colectividades.
Representantes destacados de las distintas corrientes anarquistas
fueron Max Stirner, Pierre-Joseph Proudhon, Mijaíl Bakunin
y Piotr Kropotkin.
Para Karl Marx,
Friedrich Engels y los marxistas posteriores, la igualdad
jurídica y las declaraciones formales de libertades en los
Estados liberales encubrían una desigualdad
económica y una situación de explotación de
unas clases
sociales por otras. El Estado capitalista era el medio de
opresión de la burguesía sobre el proletariado y
las demás clases populares. Según la teoría
del materialismo
histórico, el propio desarrollo del capitalismo y el
crecimiento del proletariado desembocarían en la
destrucción del Estado burgués y en su
sustitución por un Estado transitorio, la dictadura del
proletariado, que finalmente se extinguiría para dar paso
a la sociedad sin clases. La revolución
rusa, y posteriormente la china, la cubana y otras, trataron
de llevar a la práctica el Estado socialista o comunista
de la dictadura proletaria en sus diferentes
interpretaciones.
En la primera mitad del siglo XX, la crítica al Estado
liberal se desarrolló también a partir de las
ideologías fascistas, basadas en una concepción
radical del nacionalismo.
Tanto el fascismo italiano
como el nacionalsocialismo alemán defendieron los
intereses de la nación sobre la libertad de
los individuos. El Estado, encarnación del espíritu
nacional debía concentrar todas las energías
individuales con el fin de conseguir sus objetivos
últimos y trascendentales. Históricamente, el
fascismo constituyo una reacción contra el auge del
movimiento
obrero y el comunismo
internacional después de la revolución
rusa, y una justificación ideológica del imperialismo
para dos Estados que habían quedado al margen del reparto
del mundo por parte del resto de las potencias occidentales.
Después de la segunda guerra
mundial, dos sistemas
políticos y económicos se disputaron el poder sobre
el planeta. En el bloque socialista, disuelto entre 1989 y 1991,
los Estados mantuvieron sus características totalitarias,
basadas en el poder absoluto de un partido único
considerado intérprete de los intereses de la clase
trabajadora. En el bloque occidental, el Estado liberal se
consolidó mediante la adopción,
iniciada desde principios de
siglo, de diversos principios democráticos y sociales:
sufragio universal (antes era censitario, es decir, sólo
para las clases ricas), voto femenino, desarrollo de los servicios
públicos y sociales (Estado del bienestar),
intervención estatal en la economía, etc. Por
otra parte, la tradicional división de poderes se mantuvo
formalmente, pero el reforzamiento del poder
ejecutivo se generalizó en casi todos los
países. A fines de la década de 1990, la
globalización llevó a los Estados nacionales a
integrarse en mercados comunes
e instituciones de gobierno supranacionales.
En todas las sociedades humanas, la convivencia
pacífica es posible gracias a la existencia de un poder
político que se instituye sobre los intereses y voluntades
particulares. En Estado, organización que acapara este
poder en las civilizaciones desarrolladas, ha tendido a conseguir
el bien común mediante distintas formas de gobierno a lo
largo de la historia.
En nuestra opinión, es la organización
política soberana de una sociedad humana establecida en un
territorio determinado, bajo un régimen jurídico,
con independencia y autodeterminación, con órganos
de gobierno y de administración que persiguen determinados
fines mediante actividades concretas.
Análisis del concepto de estado.
Independientemente de las concepciones teóricas,
consideramos que el Estado es una realidad social, y a ella
corresponde una realidad jurídica, con
características específicas, que son:
- Es la organización política de una
sociedad humana que corresponde a un tiempo y espacio
determinados.- Una agrupación social humana, que viene a
ser la población; - Un territorio, que es la realidad
físico-geográfica; - Un orden jurídico;
- Soberanía, que implica independencia y
autodeterminación; y - Un gobierno.
- Una agrupación social humana, que viene a
- Su realidad está constituida por los
siguientes elementos:
Además de lo anterior, los autores coinciden en
que el Estado tiene fines y, aunque no son elementos que
lógicamente formen parte del concepto, sí son
constantes y, en última instancia, pueden identificarse
con el bien común, la felicidad de la sociedad, la
justicia social, etc.
Concepción del estado.
Para tratar el tema de la Administración
Pública Federal es necesario tener una ligera idea de
cómo la doctrina jurídica concibe al Estado. De una
manera general podemos decir que el Estado aparece como una
sociedad políticamente organizada y dirigida por el poder
soberano en un determinado territorio. La teoría
tradicional ha sostenido que el Estado tiene como elementos
esenciales para su formación: población, territorio
y poder soberano.
Otras doctrinas han afirmado que el Estado no está
reconocido por la Ley y que la
personalidad de aquél se manifiesta en órganos
típicamente diferenciados como pueden ser el Parlamento,
la Corona, etc.
Personalidad Del Estado.
Dado que no es
nuestro propósito tratar extensivamente el tema del Estado
sino el de la Administración Pública, es suficiente
saber que el Derecho Positivo
Mexicano reconoce la personalidad
del Estado, pues a éste y a otras entidades, la
Constitución Política del los Estados Unidos
Mexicanos les otorga personalidad jurídica con derechos y
obligaciones. La Suprema Corte de Justicia de la Nación,
máxima autoridad del Supremo Poder Judicial Federal, en el
decurso de su historia ha reconocido que el Estado Mexicano tiene
una doble personalidad. En su obra de Derecho
Administrativo, Gabino Fraga afirma que el Estado ostenta una
personalidad única y que cuando se habla de la
personalidad del Poder Ejecutivo, del Legislativo o del Judicial,
se trata de la misma personalidad del Estado, pero manifestada en
forma diferente.
Aunque la doctrina tradicional no reconoce que la
Administración Pública Federal tenga personalidad
jurídica, la realidad ha demostrado la necesidad de que
actúe con esa personalidad. La Administración
Pública es una persona
jurídica que comprende muchos órganos con
personalidad. En México se
reconoce personalidad no sólo a las Secretarías de
Estado, Departamentos Administrativos y demás dependencias
de la Administración Pública centralizada, sino
además, a las entidades de la Administración
Pública paraestatal.
La actividad del estado.
La actividad del Estado se origina en el conjunto de operaciones,
tareas y facultades para actuar –jurídicas, materiales y
técnicas-, que le corresponden como persona
jurídica de derecho
público y que realiza por medio de los órganos
que integran la Administración Pública, tanto
federal como local y municipal. Las actividades jurídicas
del Estado están encaminadas a la creación y
cumplimiento de la ley, las actividades materiales son
simplemente desplazamientos de la voluntad y las actividades
técnicas son las acciones y
aptitudes subordinadas a conocimientos técnicos,
prácticos, instrumentales y científicos, necesarios
para el ejercicio de una determinada actividad que capacitan al
hombre para
mejorar su bienestar.
El Estado es un producto
social, una obra humana que se integra a lo largo de un proceso
histórico, pletórico de luchas sociales y de
intensa transformación de los grupos.
Fines del estado.
La actividad general del Estado, es lo que debe hacerse de
acuerdo con el orden jurídico imperante en un
país.
El Estado es una obra colectiva y artificial, creada para ordenar
y servir a la sociedad. Su existencia se justifica por los fines
que históricamente se le viene asignando. El Estado existe
para realizar esos fines y se mantendrá en tanto se le
encomienden esas metas. Con su fuerza irresistible, no puede
prescindir de lo que es el alma de la organización
política, su principio vital, su motor interno: el
fin. Es la finalidad del Estado. Es la idea objetiva de un bien
superior, que no puedan realizar las comunidades menores, la que
aglutina las voluntades de los miembros de la sociedad para
constituirse en Estado.
El Estado es el ordenamiento total, es un determinado territorio,
y regulado por fines que son el resultado de un proceso
histórico.
La actividad del Estado, es decir, lo que el Estado debe hacer,
se define por el conjunto de normas que crean órganos,
fijan su funcionamiento y los fines que deben alcanzar. La
exigencia lógica
del Estado se precisa por los fines o propósitos que una
sociedad organizada le ha venido señalando de acuerdo con
su propia naturaleza.
"El Estado, dice Maurice Hauriou, no tiene el monopolio de
lo que es público, ni de utilidad
pública, ni del bien público, ni de los servicios
públicos, de tal suerte que el desarrollo de la vida
pública no significa necesariamente el desarrollo de la
administración del Estado.
El Estado y el derecho son medios, organizaciones o
instrumentos, hechos por los hombres y para los hombres. Para
asegurar sus fines la sociedad crea o reconoce el poder del
Estado y lo somete al derecho para hacerlo racional y
lógico. El Estado no es un organismo dotado de alma.
Porque no hay otro espíritu que el de los propios seres
humanos, ni hay otra voluntad que la voluntad de ellos. El Estado
puede definirse como una institución creadora de
instituciones.
Clasificación de la actividad del estado.
Siguiendo el derrotero señalado por la doctrina, podemos
mencionar las siguientes formas que asume la intervención
estatal, en cumplimiento de las políticas
económicas y políticas.
- Acción de ordenamiento. Alude al
establecimiento del orden jurídico nacional, tanto
federal como local. - Acción de regulación. El Estado influye
activamente en el mercado con
diversos instrumentos financieros. - Acción de sustitución. El Estado
protagonista del proceso económico o sea una
participación directa en organizaciones que producen
bienes y
servicios en el mercado. - Acción de orientación y coordinación. Plan Nacional
de Desarrollo y Planes particulares y específicos de
actividad económica. El Estado Rector de la
Economía Nacional.
El Estado en su doble carácter de gobierno y
administración concreta sus fines, cometidos o competencias en
sus órganos jurídicos que forman una estructura
especial.
Las funciones del Estado y los poderes públicos que le
corresponden, son potestades constitucionales que dividen,
lógica y políticamente, la acción del Estado
con fines democráticos y técnicos y evitan la
concentración de la fuerza estatal en una personal o
entidad.
Dos aspectos del bien del Estado: 1. La existencia del Estado
implica, a su vez, la defensa contra sus enemigos, que pueden
existir en su interior o en el exterior. 2. La
conservación del Estado supone el buen funcionamiento de
su máquina administrativa, y supone, además, la
existencia de una sana economía estatal.
La acción del Estado puede tener por
objeto:
- La reglamentación, la vigilancia y el control de
la actividad privada; - La ayuda a la iniciativa privada y a las empresas
privadas de interés
colectivo; - La creación y la gestión de servicios públicos;
y - La administración juzgando los conflictos, es
decir, lo que se denomina el contencioso
administrativo.
En el último tercio del siglo XX pueden
identificarse cuatro fines fundamentales del Estado, en los
cuales se pueden integrar la totalidad de sus actividades; en
primer lugar, los fines de la política general y orden
público; en segundo lugar, los fines de desarrollo
económico; en tercer lugar, los fines del desarrollo
social.
Tales son, considerados en su aspecto material, los principales
fines de la actividad administrativa: el de la economía,
el de la
educación y el de los valores
espirituales. Los elementos formales del bien público se
concretan en tres categorías: la necesidad de orden y de
paz; la necesidad de coordinación, que es también
orden, pero desde este especial punto de vista; y la necesidad de
ayuda, de aliento y eventualmente de suplencia de las actividades
privadas.
Doctrinas contemporáneas que determinan la
extensión de los fines del estado.
La extensión de las atribuciones del Estado guarda una
estrecha relación con las diversas tendencias o sistemas
sociales, que históricamente han surgido en el transcurso
de la evolución social.
En el Estado actual de este debate, se
precisan diversas tendencias que se disputan el lugar
preeminente. El liberalismo,
el socialismo y el comunismo con sus numerosas ramas y
desviaciones.
El liberalismo capitalista es la exaltación del hombre
como base del progreso social. En el ser humano existen elementos
propios y vigorosos para estimular el desarrollo social que se
debe concretar y proteger. Son esas fuerzas las que lo sostienen,
sin necesidad de intromisiones peligrosas que destruyan las
libertades fundamentales. Es el fortalecimiento de los intereses
que tiene a su cargo el Estado.
El Estado sólo se justifica por los servicios
públicos y por los fines sociales que tiene a su
cargo.
Las tendencias socialistas, modernas se sitúan desde la
organización democrática del Estado Federal, el
socialismo cristiano, o el socialismo integral o solidarista,
hasta las tendencias más radicales como el socialismo
planificado. El socialismo cuenta con numerosos sistemas,
doctrinas, opiniones, que organizan en formas muy complicadas la
acción del Estado moderno. El socialismo de actualidad se
nutre en los principios de un socialismo moderado, que se opone
al principio colectivista del comunismo, en sus dos corrientes
principales: la organización soviética y la
democracia popular china, apoyada en las grandes tesis del
marxismo, la concepción materialista de la historia y la
socialización de los instrumentos de
producción.
El liberalismo como sistema o
doctrina está liquidado o en proceso de su total
liquidación, porque ha llenado su misión
histórica y es una mera referencia a un sistema caduco en
la historia de las instituciones políticas y
económicas.
Liberalismo, desde los siglos XVIII y XIX a la fecha. Respecto al
valor
histórico del liberalismo, nada tenemos que objetar, pues
el liberalismo cumplió su misión gloriosa al
destruir en su época las formas arcaicas de la vida social
del Estado monárquico absolutista y despótico, que
amparaban intereses y prejuicios de otros tiempos.
Los defensores actuales del liberalismo sostienen que éste
es un sistema de principios universales y hasta eternos, los
cuales no podrán desaparecer, porque sobreviven en los
principios o verdades que toda sociedad juzga como invariable, y
agregan que muchos de los males de la era moderna, se deben al
olvido o negación de esos valores o ideales del viejo
liberalismo.
El orden de nuestros días es radicalmente diferente al
orden que gobernó al Estado liberal.
Las funciones del estado.
Los fines del Estado constituyen direcciones, metas,
propósitos o tendencias de carácter general que se
reconocen al Estado para su justificación y que consagran
en su legislación.
Las funciones del Estado son los medios o formas diversas que
adopta el derecho para realizar los fines del Estado.
El concepto de función, constituye la base de este
desarrollo: "La misma etimología de la palabra
función determina cumplidamente su concepto: proviene de
"Fungere", que significa hacer, cumplir, ejercitar, que a su vez
deriva de "Finire", por lo que dentro del campo de las relaciones
jurídicas de cualquier clase que ellas sean, la
función significará toda actuación por
razón del fin jurídico en su doble esfera de
privada y pública".
Las funciones del Estado tienen un apoyo lógico y
jurídico. Por medio de los fines se reconocen las etapas
para alcanzar una meta, por las funciones se consagran procedimientos de
la legislación que necesitan para su realización de
las tres funciones esenciales del Estado.
La doctrina clásica y la legislación positiva han
reconocido tres actividades esenciales del Estado para realizar
los fines, resultado del principio lógico-jurídico
de la división del trabajo aplicado a la teoría
constitucional.
- La función legislativa, que es la
función encaminada a establecer las normas
jurídicas generales. El Estado moderno es el creador del
orden jurídico nacional. - La función administrativa, que es la
función encaminada a regular la actividad concreta y
tutelar del Estado, bajo el orden jurídico. La ley debe
ser ejecutada particularizando su aplicación. En sentido
moderno el Estado es el promotor del desarrollo
económico y social de un país. - La función jurisdiccional, que es la actividad
del Estado encaminada a resolver las controversias, estatuir o
declarar el derecho. La superioridad del Poder Judicial en la
sociedad moderna, lo coloca como el órgano orientador de
la vida jurídica nacional.
La actividad del Estado se expresa en nuestra
constitución, artículo 49, en las tres funciones
clásicas, cuyos respectivos órganos ejercitan
partes del poder estatal, que es único, aunque las
funciones son múltiples y constituyen la forma de
ejercicio de las atribuciones.
La relación entre poder y función debemos pasar al
estudio de las funciones del Estado.
En puridad a cada poder debería corresponder una
función específica, es decir, al Poder
Legislativo le corresponde la función legislativa, al
Poder Ejecutivo la función Administrativa, y al Poder
Judicial la función jurisdiccional.
Al Poder Administrativo además de la función
administrativa, le corresponden otras actividades por ejemplo la
facultad reglamentaria, que en un acto de naturaleza legislativa;
las controversias en material fiscal,
agraria, obrera, que son actos materialmente
jurisdiccionales.
El Poder Judicial además de ejercer la función
jurisdiccional realiza otros actos no propiamente de esa
naturaleza, por ejemplo el nombramiento de su personal que es un
acto administrativo.
La actividad legislativa del estado.
El estado legislador: constituyente y ordinario
El estado moderno, a diferencia de otras épocas, se
caracteriza por ser el creador del derecho.
El poder constituyente del estado.
La función constituyente es la actividad fundamental del
Estado, encaminada a la creación, adición o reforma
de las normas constitucionales. Ella tiene por objeto la
formulación de normas jurídicas generales,
relativas a la organización y funcionamiento de los
órganos supremos del poder público, sus modos de
creación, sus relaciones y el régimen de
garantías que protejan al ciudadano en contra de los
abusos de las autoridades.
La actividad administrativa del estado.
La función administrativa.
Los fines del Estado señalan los propósitos
generales o metas por alcanzar que se incorporan a los textos
constitucionales y desarrolla la legislación
administrativa.
El poder del Estado, unitario y coactivo, desenvuelve su
actividad por medio de las funciones del mismo.
Las funciones del Estado comprenden a la función
legislativa que tiene como acto básico la ley, a la
función administrativa el acto administrativo y la
función jurisdiccional a la sentencia.
Concepto jurídico del estado.
El concepto del Estado no es completo si no lo referimos al
aspecto jurídico. El Estado se auto limita
sometiéndose al orden jurídico que lo estructura y
da forma a su actividad. El Estado es sujeto de derechos y
deberes, es persona jurídica, y en ese sentido es
también una corporación ordenada
jurídicamente. El sustrato de esa corporación lo
forman hombres que constituyen una unidad de asociación,
unidad que persigue los mismos fines y que perdura como unidad a
influjo o por efecto del poder que se forma dentro de la misma.
Esta personalidad jurídica del Estado no es una
ficción; es un hecho que consiste en que el ordenamiento
jurídico le atribuye derechos y deberes, derechos y
deberes que crean en el hombre la personalidad jurídica y
en los entes colectivos la personalidad moral.
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