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Ley de divorcio




Enviado por simpatikisima



    Indice
    1.
    Antecedentes

    2. Proyecto
    3. Posturas
    4. La experiencia en el resto del
    mundo

    5. Divorcio: discrepancias sobre efectos
    en los hijos

    1. Antecedentes

    Tras cuatro años de estancamiento en el Senado,
    el proyecto de
    ley de
    Matrimonio
    Civil o "ley de divorcio"
    volverá a la discusión pública luego que el
    gobierno y la
    oposición decidieran presentar indicaciones a esta
    iniciativa.
    La propuesta gubernamental, que ingresó el
    miércoles 13 de septiembre del 2001 a la Comisión
    de Constitución, Legislación y Justicia del
    Senado, perfeccionará la moción aprobada en 1997
    por la Cámara de Diputados y que desde entonces se
    encuentra "durmiendo" en el Senado.
    A su vez, la oposición -representada en este tema por el
    senador Sergio Diez (RN) y Hernán Larraín (UDI)-
    anunció que presentará indicaciones sustitutivas
    del proyecto una vez
    que el Ejecutivo entregue su propuesta.
    Si bien, el gobierno no le
    otorgó urgencia a este trámite, los integrantes de
    la comisión -Sergio Diez (RN), Juan Hamilton (DC),
    Andrés Chadwick (UDI) y los institucionales Marcos Aburto
    y Enrique Silva Cimma- se comprometieron a iniciar su estudio a
    partir de noviembre.
    En todo caso, el presidente de esta instancia, el senador Sergio
    Diez, advirtió que el despacho de la norma no sería
    antes de las elecciones parlamentarias de diciembre, sin embargo,
    aseguró que para fin de año la comisión ya
    habrá emitido un primer informe sobre el
    tema.
    Obtener una ley de divorcio es
    una de las principales promesas que hizo el Presidente Ricardo
    Lagos durante su campaña presidencial. Por ello es que La
    Moneda ha sostenido un largo proceso de
    conversaciones con la Iglesia
    Católica y ha cedido a las fuertes presiones ejercidas por
    parlamentarios oficialistas.
    Como resultado de estos tira y afloja, el Ejecuto
    flexibilizó varios puntos de la indicación
    sustitutiva que había dado a conocer el ministro de
    Justicia,
    José Antonio Gómez, el 31 de agosto del 2001, -la
    cual sustituía por completo el proyecto de ley de divorcio
    aprobado por la Cámara Baja en 1997-, y sólo le
    agregó algunos resguardos que modifican dicha
    moción.

    Un siglo de intentos
    Sin embargo, los intentos por legislar sobre este tema en
    Chile no son
    nada nuevo. De hecho, se remontan desde principios de
    siglo. En 1914, el diputado Alfredo Frigolett presentó un
    proyecto donde se estipulaba la creación de una ley de
    divorcio con disolución de vínculo, sin embargo, la
    iniciativa fue rechazada por 40 votos contra 14.
    En 1917, un grupo de
    radicales intentaron presentar un proyecto similar en el
    Congreso. La iniciativa descansó seis años en la
    Cámara hasta que se acordaron de su existencia. No
    obstante, la moción se descartó por 52 votos contra
    45.
    En 1927, 1933, 1964 y 1969 muchos honorables retomaron el tema e
    igualmente fracasaron. En 1971, diputados de la Izquierda
    Cristiana volvieron a la carga, pero nunca existió una
    votación al respecto, debido al cierre del Congreso en
    1973.
    Tras el retorno a la democracia, la
    Cámara de Diputados aprobó el 8 de septiembre de
    1997 un proyecto de ley de divorcio, cuyo contenido se
    basó en la propuesta elaborada en 1995 por los
    parlamentarios Isabel Allende,
    Patricio Walker, María Antonieta Saa y Sergio Elgueta
    entre otros. Sin embargo, desde esa fecha la iniciativa se
    encuentra sin tramitación en el Senado.

    2.
    Proyecto

    ¿Qué plantean el gobierno y la
    oposición?

    Al igual que la iniciativa aprobada por la Cámara
    de Diputados en 1997, el nuevo texto del
    gobierno acoge el divorcio con disolución de
    vínculo. Sin embargo, su eje principal es la
    protección al matrimonio y a
    los hijos, a través de un sistema de
    mediación, cuya finalidad es recomponer el
    vínculo.
    En tanto, la propuesta de la oposición -que cuenta con la
    confianza de la Iglesia
    Católica- no acepta el divorcio con disolución de
    vínculo, pero reconoce la posibilidad que tienen los
    contrayentes de vivir separados si la convivencia falla.
    Según esta indicación, al no establecer la
    disolución del vínculo, se mantienen los deberes y
    derechos entre
    los cónyuges, como por ejemplo: los derechos de herencia, los
    deberes de mantener a su cónyuge legítimo en caso
    de que sufra algún accidente invalidante y la
    opción de recomponer el matrimonio.
    A su vez, el proyecto de la derecha introduce la figura de
    "familia
    jurídicamente reconocida" cuando una persona separada
    convive con otra durante más de cinco años. La idea
    es reconocer que entre los convivientes se generan derechos y
    obligaciones
    que actualmente no están regulados por la ley.

    Plazos para el divorcio
    La modificación del gobierno retira el "divorcio abierto",
    el cual señalaba -en el proyecto aprobado en 1997- que
    cuando hay separación de común acuerdo entre los
    cónyuges autoriza que a los tres años de ruptura
    efectiva pueda decretarse el divorcio. Pero si la
    separación se produce por la voluntad unilateral de una de
    las partes, el divorcio vincular puede ser decretado por el juez
    a los cinco años de separación, contados desde que
    se constate el cese de la convivencia.
    Ahora, el gobierno mantiene el plazo de tres años para
    decretar el divorcio cuando hay acuerdo de separación en
    la pareja, y además, cuando se den causales como la
    violencia
    intrafamiliar, el maltrato o el abandono de deberes
    después que se inicia la separación provisoria.
    En el caso de que no exista acuerdo de divorcio entre los
    cónyuges, el Ejecutivo reduce a cuatro años el
    período para disolver el vínculo, desde el momento
    en que se constata la separación provisional.

    Causales de nulidad y divorcio
    Tanto la indicación del Ejecutivo como de la
    oposición elimina como causal de nulidad el incumplimiento
    oficial del Registro
    Civil por inhabilitación de testigos, y autoriza que
    cualquier oficial civil celebre el matrimonio.
    También, coinciden en agregar algunas causales de nulidad
    autorizadas por el Código
    de Derecho Canónico de la Iglesia Católica como por
    ejemplo, la falta de uso de razón o del suficiente juicio
    o discernimiento para comprender y comprometerse con los deberes
    esenciales del matrimonio.
    A su vez, se mantienen la bigamia, ser menor de 16 años,
    la incapacidad de expresarse con claridad por escrito o en forma
    verbal, el error en la identidad de
    uno de los contrayentes, la fuerza,
    incapacidades por parentesco y la incapacidad moral,
    relativa al matrimonio entre el cónyuge sobreviviente y el
    autor, cómplice o encubridor del homicidio del
    marido o la mujer.
    El gobierno, además, incorporó como causal de
    divorcio o nulidad la violencia
    intrafamiliar hacia el cónyuge, sus ascendientes o
    descendientes; cometer adulterio; abandonar injustificadamente el
    hogar común de manera permanente; faltar gravemente a los
    deberes de auxilio y protección entre los cónyuges
    o respecto de los hijos, o que uno de los cónyuges adopte
    una conducta que
    contradiga gravemente los fines del matrimonio.
    Si no hay responsabilidad de uno de los cónyuges en
    la ruptura, se podrá pedir el divorcio unilateralmente
    sólo argumentando que ha cesado la vida en común de
    manera permanente e irrevocable.

    Sistema de mediación
    En el proyecto del gobierno se incorpora un sistema de
    mediación durante la separación provisoria con
    diferentes orientaciones, entre ellas, la de orden religioso para
    quienes deseen buscar asesorías en ese ámbito.
    Además, los cónyuges podrán recurrir a
    sicólogos, asistentes sociales o mediadores ya sea para
    recomponer la relación o bien atenuar el impacto que tiene
    este hecho en los hijos.
    Para ello se abrirá un registro que
    exigirá determinados requisitos para ser mediador en la
    nueva ley de matrimonio civil.
    La propuesta gubernamental establece que sólo será
    obligatorio concurrir a una sesión cuando se trata de una
    separación definitiva o de una petición de
    divorcio, para verificar si es posible una reconciliación.
    De lo contrario, se sigue adelante con el procedimiento sea
    de nulidad o de divorcio.
    En tanto, la indicación opositora establece la
    obligatoriedad de las partes de asistir a un número
    determinado de sesiones de algún programa de
    orientación familiar, elegido por los propios
    cónyuges.

    Regulación
    La iniciativa, tanto del Ejecutivo como de la oposición,
    incluyen una estricta regulación de obligaciones y
    derechos de los cónyuges y los hijos durante las
    separaciones de hecho que puedan derivar en un juicio de nulidad
    o de divorcio.
    Por ejemplo, el destino de la casa patrimonial, la tuición
    de los hijos, los deberes de alimentos y el
    derecho a visitas.
    A su vez, la propuesta del gobierno distingue entre los
    matrimonios con y sin hijos para los efectos de regular la
    ruptura, en particular respecto de los tiempos fijados para las
    etapas del procedimiento.

    Prevención
    Asimismo, ambas iniciativas contemplan medidas preventivas para
    que un matrimonio perdure, como por ejemplo: aumenta la edad
    mínima de los contrayentes a 16 años (actualmente
    es de 14 años para el hombre y de
    12 años para la mujer).
    También, se mantiene la obligatoriedad para los menores de
    edad de contar con el consentimiento de los padres.El proyecto de
    la oposición establece, además, que los
    contrayentes asistan a algún curso de preparación
    matrimonial, sea en instituciones
    religiosas o civiles, salvo que ambas partes acuerden no
    realizarlo.

    Tribunales de la Familia
    El texto
    elaborado por la oposición establece la creación de
    los Tribunales de la Familia,
    para que allí se resuelvan las demandas de divorcio,
    nulidad matrimonial y separaciones de hecho, y los conflictos
    familiares que deriven de estas rupturas y casos de violencia
    intrafamiliar.
    Dicha iniciativa está detenida desde 1997 en el Congreso,
    reactivándose su discusión en junio del 2001,
    cuando el Ejecutivo envió una indicación a la
    Cámara Baja para corregir algunos aspectos de la propuesta
    inicial.
    Según el ministro de justicia, José Antonio
    Gómez, el gobierno espera que el proyecto de Matrimonio
    Civil y el de losTribunales de la Familia sean
    despachados de manera simultánea ya que se
    tramitarán en forma paralela.

    Tres finales posibles de un matrimonio
    Según la modificación que plantea el gobierno al
    proyecto de ley de Matrimonio Civil el procedimiento que se
    seguiría para regularizar el fin de un matrimonio es el
    siguiente:
    Primero, uno o ambos cónyuges presentan ante el tribunal
    una demanda de
    tuición de los hijos, regulación de visitas o
    petición de alimentos; o una
    denuncia por violencia
    intrafamiliar, con lo cual se establece la separación
    provisoria.
    Aquí, la pareja puede asistir voluntariamente a sesiones
    de mediación y se regulan las pensiones alimenticias, las
    visitas de los hijos y su tuición.
    Transcurrido dos años de separación provisoria, la
    pareja puede pedir la separación definitiva. En ese
    momento, comienza -en forma obligatoria- el proceso de
    mediación, el cual está a cargo de
    sicólogos, asistentes sociales o mediadores. La pareja
    puede elegir si desea darle una orientación religiosa o no
    a las sesiones.
    Cuando se obtiene la separación definitiva, los
    cónyuges tienen tres alternativas para definir su
    relación matrimonial:
    Mantener la condición de separado: La separación
    permanente puede ser requerida por cualquiera de los
    cónyuges y anotada en el Registro Civil.
    Esta condición no habilita a los separados para casarse de
    nuevo. Eso sí, se adquieren derechos permanentes en el
    ámbito patrimonial de los cónyuges y en
    relación con los hijos.
    Anular por causales debidamente acreditadas. Los cónyuges
    vuelven a ser solteros, por lo tanto, pueden volver a
    casarse.
    El divorcio con la disolución definitiva del
    vínculo matrimonial: En este caso, si hay acuerdo entre
    las partes, éste puede pedirse al tercer año de la
    separación provisoria o al año de tener la
    separación definitiva.
    Y si la decisión de divorciarse es unilateral, la
    solicitud se puede formular al segundo año de la
    separación definitiva, con lo cual se completan los cuatro
    años desde el momento en que se pidió la
    separación provisoria.
    Una vez disuelto el vínculo matrimonial los divorciados
    pueden contraer nuevas nupcias.

    ¿Cómo termina el matrimonio hoy?
    En Chile el
    matrimonio termina definitivamente sólo a través de
    dos causales:
    Por la muerte de
    uno de los cónyuges, que puede ser natural o a
    través de la declaración de muerte
    presunta.

    Por la declaración de Nulidad del matrimonio.
    La separación de hecho de los cónyuges, es decir
    cuando los cónyuges dejan de vivir juntos, no pone
    término al matrimonio, aunque pasen diez o más
    años se mantienen todos los derechos y obligaciones del
    matrimonio.
    Para solicitar la nulidad del matrimonio es indispensable que
    exista una causa que permita solicitarla.
    Las causales de nulidad son muy estrictas y difíciles de
    cumplir, lo que hace casi imposible anular el Matrimonio.
    La causal más conocida y utilizada es la incompetencia del
    Oficial del Registro Civil, esto es, que el Oficial que
    casó a la pareja no correspondía al domicilio de
    ninguno de ellos. A pesar de que es muy difícil que esto
    ocurra, es bastante utilizada porque los cónyuges se ponen
    de acuerdo en esto en el juicio que se tramita ante el Tribunal
    Civil.

    Para que pueda utilizarse esta causal se requiere:
    1.- El acuerdo de ambos cónyuges: este acuerdo debe ser
    voluntario, lo que significa que el marido no tiene medios legales
    para forzar a la mujer a que le
    de la nulidad y viceversa. En la práctica, los
    cónyuges utilizan mecanismos de presión
    como el dinero,
    bienes o
    incluso los propios hijos, pero no se puede recurrir a la
    justicia a solicitar la nulidad si no existe acuerdo.
    2.- Contratar a un abogado particular: porque los organismos que
    dan atención legal gratuita, no toman causas
    por nulidad de matrimonio.

    Consecuencias de la declaración de nulidad
    Si se cumple con los requisitos y el tribunal declara la nulidad
    del matrimonio las consecuencias son las siguientes:
    Los cónyuges vuelven a ser solteros.
    Se entiende que el matrimonio nunca existió, lo que
    significa que la mujer no tiene
    derecho a demandar a su ex-cónyuge por pensión de
    alimentos, ni tiene derecho a herencia si
    éste fallece.
    Además, se extinguen todos los derechos y deberes del
    matrimonio.
    Los hijos siguen siendo hijos del matrimonio, por lo tanto, ellos
    mantienen todos los derechos y obligaciones respecto de sus
    padres. Esto es: tuición, pensión de alimentos,
    visitas, herencia, etc.
    Se disuelve la sociedad
    conyugal.

    3. Posturas

    En contra del divorcio
    La Iglesia Católica
    El nuevo proyecto propuesto por el gobierno crea la posibilidad
    de eliminar definitivamente el vínculo, asumiendo que hubo
    un matrimonio y una separación. Este punto se enfrenta a
    la posición de la Iglesia Católica, la cual
    sólo acepta anular el matrimonio -sobre la base de
    causales muy restrictivas, es decir, establecer que nunca
    existió.
    Uno de los representantes de la Iglesia en las conversaciones
    para analizar el tema del divorcio con el gobierno, el abogado
    Jorge Morales, afirma que hay aspectos de la indicación
    gubernamental que valoran y con las que están de acuerdo,
    sin embargo también existen otras conclusiones que las
    consideran un retroceso como la opción -antes mencionada-,
    de disolver definitivamente el vínculo matrimonial.
    Según el profesional existe pleno acuerdo entre ambas
    partes en la necesidad de que en Chile se trate el tema de las
    rupturas matrimoniales, pero partiendo de la base de la
    indisolubilidad del vínculo cuando el enlace ha sido
    válido desde el punto de vista civil y religioso.
    "Si el matrimonio no tiene arreglo, la primera prioridad es la
    nulidad. La diferencia con el gobierno está en que
    nosotros le damos mucho más énfasis a la nulidad
    como solución de las rupturas porque ésta
    -enriquecida con otras causales más finas- da salida a
    gran parte de las demandas por quiebres en las relaciones",
    explicó el abogado.
    En su opinión, no es exacto decir que se necesita una ley
    de divorcio para solucionar el problema de las rupturas
    matrimoniales, pues "existen otros medios para
    atender los quiebres. Por eso hay que perfeccionar la ley de
    nulidades".
    A su vez, el represente de la Iglesia no consideró
    adecuada la inclusión de la violencia intrafamiliar como
    una factor para establecer la disolución del
    vínculo matrimonial. "Es un tema que se debe prevenir y
    regular mucho antes y que no tiene que ver ni con la nulidad ni
    el divorcio".

    Grupos conservadores de derecha
    Grupos
    conservadores de derecha han expresado su rechazo a una ley de
    divorcio, y han decidido defender a la familia y a la
    institución del matrimonio, participando en el debate
    nacional y haciendo frente a un corriente que – afirma- se
    expresa contraria a la familia. Además, pretenden dar
    apoyo y consejería permanente a parejas y familias que hoy
    enfrentan problemas.
    Entre estos grupos
    conservadores, que han anunciado su ofensiva en contra del
    divorcio, están: La Fundación "Casa de la Familia"
    y "Que Chile Viva". Este último iniciará su
    ofensiva en unas semanas más.
    Ambas agrupaciones surgieron como un desafío autoimpuesto
    de un grupo de
    laicos vinculados al movimiento
    Schoenstatt. "Que Chile Viva" recibió una sugerencia en
    tal sentido de manos del cardenal Francisco Javier
    Errázuriz.

    A favor del divorcio
    El gobierno
    Para el ministro de Justicia, José
    Antonio Gómez, hoy la nulidad del matrimonio sólo
    la pueden ejercer aquellos que tienen dinero, porque
    hay que pagar un abogado privado. Sin embargo, con las
    indicaciones al proyecto de Matrimonio Civil, esta facultad
    podrá ser ejercida por quienes quieran ya que aunque no
    tengan recursos van a
    poder ser
    atendidos por organismos normales.
    A su vez, la ministra del Servicio
    Nacional de la Mujer, Sernam, sostiene que tener una Ley de
    Divorcio en Chile tiene sentido en la medida en que protege a los
    más débiles y da una salida a una segunda
    oportunidad a las familias que fracasaron.
    La secretaria de Estado agrega
    que hoy se tiene una escapatoria, una válvula, que es la
    nulidad. Pero para que esa nulidad se haga efectiva tienen que
    estar de acuerdo las dos partes. Una Ley de Divorcio debe abrir
    la posibilidad a que, no estando de acuerdo las dos partes, sino
    una sola, haya un camino de salida.
    Adriana Delpiano destaca que la propuesta del gobierno
    está contemplada para que se determine con claridad el
    cumplimiento de la pensión para la pareja y los hijos o la
    regulación de las visitas y otras situaciones ligadas al
    tema. Pero también, una vez concluido el proceso de
    término del matrimonio, el tribunal podrá adoptar
    resoluciones que protejan al cónyuge que tenga una
    situación desmedrada, que generalmente es la mujer.
    La titular del Sernam sostiene que las dificultades en solucionar
    la separación de la pareja han afectado el interés
    por el matrimonio, cuya tasa ha bajado desde comienzos de la
    década del '80 de 7,5 por cada mil habitantes a 4,6 en
    1999.

    A su vez, la directora del Centro de Estudios para el
    Desarrollo de
    la Mujer, Ximena Valdés S., agrega otros datos basados en
    cifras del Instituto Nacional de Estadísticas, INE, que señalan lo
    siguiente:
    Las nulidades han aumentado, pasando del 3,6% de los matrimonios
    en 1980 al 9,9% en el 2000.
    La vida en común sin celebración de matrimonio de
    ninguna especie acapara cada día más la
    opción de pareja, en particular de los más
    jóvenes.
    La proporción de hogares con jefatura femenina
    representaba en 1970 el 20.3% del total y en 1992 el 25,3%.
    Como consecuencia de este proceso de
    des-institucionalización de la familia, cerca de la mitad
    de los hijos nace fuera del matrimonio, mientras en 1960 llegaban
    al 16% y en el '70 al 18,5%.

    Otras iglesias
    No todas la iglesias son contrarias a una ley de divorcio.
    Según la ley judía, el divorcio es un derecho que
    tienen todas las parejas y esta situación tiene
    orígenes bíblicos.
    Los Mormones consideran que el divorcio no es una
    situación deseable, pero muchas veces viene a salvar a las
    personas de situaciones desastrosas.
    Las Iglesias Evangélicas, en su gran mayoría
    están de acuerdo con que se legisle al respecto; Francisco
    Anabalón, obispo de la Iglesia Pentecostal
    Apostólica, ha declarado que aunque ellos no sean
    partidarios del divorcio, creen que "cuando una relación
    muere, se muere el matrimonio y éste se convierte en una
    caricatura. El divorcio no mata el matrimonio y, por lo tanto, es
    necesario que se dicte una ley para corregir falsedades y se siga
    un camino más sincero y real".

     

    Ante la pregunta: ¿Es partidario de una
    ley de divorcio? los parlamentarios respondieron lo
    siguiente:
    Apoya:
    RN: Carlos Vilches – Mariana Prochelle – Lily
    Pérez – Osvaldo Palma – Arturo Longton – Carlos
    Kuschel – Pablo Galilea.
    UDI: Manuel Rojas.
    PPD: Felipe Leterirel – Guido Guirardi – M. Antonieta Saa
    – Laura Soto –
    Eugenio Tuma – Guillermo Ceroni – Patricio Hales –
    Enrique Jaramillo – Víctor Barrueto – Antonio Leal
    – Aníbal Pérez – Nelson Avila – Sergio
    Bitar.
    PS: Sergio Aguiló – Alejandro Navarro – Isabel
    Allende – Juan Bustos – Carlos Montes – Pedro
    Muñoz – Jaime Naranjo – Fanny Pollarolo – Juan
    Pablo Letelier – Jaime Gazmuri – Ricardo
    Núñez – Carlos Ominami.
    DC: Homero
    Gutiérrez – Sergio Elgueta – Miguel
    Hernández – Víctor Reyes – Carlos Olivares
    – Edmundo Salas – Tomás Jocelyn Holt – Antonella
    Schiaraffia – María Rozas – Mario Acuña –
    Jorge Lavandero – Sergio Páez – Jorge Pizarro.
    PRSD: Iván Mesías.
    IND: Rosa González – Antonio Horvath.

    Rechaza:
    UDI: Jorge Ulloa – Carlos Recondo – Víctor
    Pérez – Jaime Orpis – Patricio Melero – Sergio
    Correa – J. Antonio Coloma – Gonzalo Ibañez –
    Claudio Alvarado -Marco Cariola – Andrés Chadwick
    – Sergio Fernández – Jovino Novoa – Francisco Prat
    – Beltrán Urenda.
    RN: Pía Guzmán – José García
    – René García – Haroldo Fossa – Sergio
    Romero.
    PPD: Leopoldo Sánchez.
    DC: Edmundo Villouta – Enrique Krauss – Rafael Arratia –
    Joaquín Palma – Sergio Velasco – Patricio Cornejo
    – Andrés Zaldívar.
    INST: Jorge Martínez B. – Julio Canessa.
    UCCP: M. Victoria Ovalle.

    Apoya con reparos:
    RN: Osvaldo Vega – Baldo Prokuriça – José
    Antonio Galilea – Alberto Espina – Ignacio Pérez
    W. -Mario Ríos.
    UDI: Juan Masferrer – Eduardo Díaz
    DC: Gabriel Ascencio – Luis Pareto – Ignacio Walker –
    Patricio Walker
    INST: Fernando Cordero.
    Rechaza con reparos:
    RN: Alberto Cardemil – Roberto Delmastro.
    UDI: Carlos Bombal.
    DC: Jaime Jiménez.

    4. La experiencia en el
    resto del mundo

    Luego que Irlanda, mediante un referéndum,
    aceptara el divorcio, Chile quedó como el único
    país occidental que no lo admite. A continuación,
    presentamos la experiencia de algunas naciones que se atrevieron
    a dar el sí al divorcio:

    Ecuador
    La primera instancia es la audiencia de conciliación, en
    donde la pareja tiene su última posibilidad de seguir
    juntos; si el divorcio es de mutuo consentimiento, viene un
    juicio que determinará los derechos de los
    cónyuges, la repartición de los bienes y la
    tuición de los hijos.
    La pensión alimenticia dependerá del estatus social
    y el padre deberá comprometerse a mantener la calidad de
    vida de sus hijos.
    Los divorciados deben esperar un año para volver a
    casarse. Aunque los ecuatorianos son una sociedad
    conservadora, cada vez más gente está conviviendo;
    las uniones de hecho también son reconocidas.

    Federación de Rusia
    La Iglesia no interviene en las separaciones. Los hijos se quedan
    con la madre y una corte especifica la obligación
    económica del padre. Lo normal es que dé cerca de
    un 15 por ciento de su sueldo a sus hijos hasta que éstos
    cumplan 18 años.

    Guatemala
    El divorcio garantiza la pensión alimenticia para hijos y
    madre, siempre y cuando esta última no trabaje. Si lo
    hace, sólo reciben pensión los hijos. Quienes se
    niegan a cumplir esto, deben pagarlo con prisión.
    Lo normal es que las partes lleguen a un acuerdo común,
    ante un notario, y luego dividan bienes.
    Sólo después de transcurridos dos años, la
    pareja afectada debe concurrir hasta el juez para que éste
    declare la separación legal. Los hijos reciben la
    pensión alimenticia hasta los 25 años, siempre que
    estudien y sean solteros. Guatemala es
    un país moralista y católico, por lo tanto busca la
    situación legal estable.

    Italia
    Aumentan las separaciones y divorcios entregando a las madres la
    tutoría de los hijos. Un estudio hecho por el organismo
    Instat reveló que la separación aumentó en
    comparación a los divorcios. El primero mostró un
    incremento del 4,1 por ciento y el segundo, 0,5 por ciento.
    De cada 10 mujeres, siete prefieren la separación,
    mientras que los hombres eligen una vía más
    definitiva, como el divorcio. La edad en que se presenta el
    malestar conyugal es entre los 38 y 44 años.
    En Italia, las
    crisis
    conyugales se presentan mayoritariamente en el norte, con 7,9
    divorcios por cada mil parejas y 5,9 separaciones cada mil
    parejas. En tanto, en el sur la cifra baja a 1,8 separaciones por
    mil habitantes y 0,8 divorcios por mil parejas.

    Francia

    Según cifras de Naciones Unidas,
    los divorcios aumentaron del 12 al 40 por ciento entre 1971 y
    1985. Las cifras más alarmantes dicen que hay un divorcio
    por cada dos matrimonios. Se sabe que el 58 por ciento de las
    parejas en instancias de divorcio no tiene hijos.
    El 68 por ciento de las divorciadas son profesionales. Ellas son
    las primeras en tomar la decisión de separarse.

    Estados Unidos
    Dicen que seis de cada siete matrimonios divorciados
    estadounidenses vuelven a separarse y que ocho de cada 10
    divorciados por segunda vez, lo hacen por tercera.
    Más del 50 por ciento rompe sus matrimonios, por eso
    muchos dicen que esta unión legal y sacramental ha vuelto
    a entrar en los corazones de los estadounidenses; de tanto
    fracaso se ha convertido en algo así como la moda de
    casarse por la iglesia y tener una pareja estable.
    Algunas universidades han hecho estudios que aseguran que muchos
    están de vuelta, incluso hay cátedras para superar
    la falta de comunicación. La imposibilidad de diálogo es
    la principal causa de separación.
    En 1998, se divorciaron un millón 135 mil
    parejas.

    Alemania
    Está en la lista de países que han duplicado los
    divorcios durante los últimos 14 años. Para esto
    hay que vivir separados por más de un año, y
    más de tres, en caso de que una de las partes no
    esté dispuesto a divorciarse. El tiempo puede ser
    más corto en caso de que haya existido violencia, alcoholismo o
    amantes de por medio.

    Otros sistemas
    Canadá
    Ha triplicado el número de divorcios. En este país,
    la legislación es provincial. La provincia de Ontario
    tiene una ley que permite el divorcio desde 1930; Quebec y
    Terranova, desde 1968.

    Suecia
    Mujer y hombre tienen
    los mismos derechos, obligaciones y oportunidades. En 1921 se
    imprimió el nuevo código
    del
    matrimonio que los equipara.
    En el libro Igualdad a la
    Sueca (escrito por Gunilla Fürst) se menciona que, a pesar
    de los avances, todavía no se espera que el hombre
    asuma igual que la mujer las responsabilidades domésticas
    del hogar; según encuestas, las
    suecas están descontentas con esta división del
    trabajo y por esta razón serían ellas las primeras
    en querer divorciarse.

    España
    En una de las últimas encuestas
    hechas por el Centro de Investigaciones
    Sociológicas se demostró que los jóvenes
    españoles, de 15 a 19 años, consideran que la
    familia es más importante que la amistad, trabajo,
    vivienda, educación, ocio o
    ganar dinero.
    Sólo la salud supera todo.
    A pesar de esto, en España el
    número de divorcios ha aumentado un 47 por ciento en los
    últimos siete años. Otro cambio en la
    estructura
    social clásica está dado por las familias con
    hijos, pero sin padre o madre.
    Los expertos también aseguran que las uniones de hecho son
    otra realidad en aumento y que no han desaparecido por la
    existencia del divorcio.

    Argentina
    Según datos de la
    legislación de familia, en los últimos años
    (1992-1997) aumentó el número de parejas
    convivientes, como así también los divorciados.
    Comenzaron a casarse menos y a convivir más, aunque la
    cantidad de solteros es bastante alta.
    A mayor edad disminuye el porcentaje de población unida. Los hombres tienen mayor
    presencia en la categoría de unidos después de los
    50 años, mientras que los jóvenes están
    dentro de las uniones consensuales.
    La proporción de divorciados es mayor entre las mujeres,
    sobre todo de 30 a 59 años. La mujer muestra una menor
    propensión a volver a casarse luego del divorcio; los
    hombres, no.

    Gran Bretaña
    Según cifras oficiales, en 1997 un poco más de la
    mitad de los casados eran menores de 16 años.
    Aproximadamente uno de cada 12 personas se divorcian.
    En 1997 se casaron 310 mil parejas, una de las cifras más
    bajas del siglo XX. Aumentaron los convivientes.

    India
    Por ser un país multirreligioso y multicultural, existen
    diversas leyes y normas. Sin
    embargo, hay también ciertas obligaciones para el marido,
    como mantener a la esposa más allá del estado del
    matrimonio. Incluso es un derecho que se extiende hacia padres
    indigentes o esposas solas divorciadas.
    No es posible saber un número de divorciados, como tampoco
    es fácil llegar a hacerlo, pues los tabúes sociales
    son tan grandes como la cantidad de trámites.

    México
    El código
    civil de este país establece como causales de
    divorcio: el adulterio, la propuesta del marido para prostituir a
    la esposa, violencia, inmoralidad que corrompa a hijos, enfermedades como sífilis,
    enajenación mental y el mutuo consentimiento, entre
    otros.
    Según cifras oficiales, en México, de
    cada 100 personas de 12 años y más, 53 están
    casadas o en unión libre, 39 permanecen solteras y ocho,
    viudas.

    Australia
    Existe la ley de 1975 que permite divorciarse a los matrimonios
    separados por más de un año. Estos aumentaron desde
    1976, pero declinaron en 1979.
    Las separaciones fluctúan entre 2,4 y 2,9 divorcios por
    mil personas. En 1998 hubo 12,4 divorcios por cada mil parejas
    casadas.

    Finlandia
    Junto a Suecia encabezan las estadísticas de divorcios en la Unión
    Europea.
    En 1998 se promulgó una nueva ley de matrimonio que
    facilita la disolución del vínculo conyugal al
    punto de que ya no se buscan culpables ni mecanismos obligatorios
    de reconciliación, como antes. Primero viene una solicitud
    de las partes, luego esperar seis meses y a continuación
    el divorcio.
    La nueva ley multiplicó el divorcio casi en 150 por
    ciento, aunque también se puede deber a que antes de
    casarse las parejas conviven muchos años hasta
    quizás llegar a la saturación.

    Noruega
    La ley de divorcio existe desde 1909, una de las más
    liberales de la época. Cada año se disuelven cerca
    de 9 mil 500 matrimonios; en 1998 hubo 9 mil 346, es decir, de
    cada mil matrimonios fueron disueltos 10,6.
    Oslo encabeza las estadísticas con una duración de
    12 años por matrimonio.

    5. Divorcio:
    discrepancias sobre efectos en los hijos

    Según una investigación del sicólogo
    irlandés Patrick Fagan, acérrimo defensor del
    matrimonio, miembro investigador de la fundación William
    H.G. Fitzgerald y de la Heritage Foundation en temas relacionados
    con la cultura y la
    familia, el divorcio está hiriendo de forma devastadora a
    la sociedad norteamericana, sobre todo las vidas de los
    hijos.
    El autor irlandés, quien además se
    desempeñó como subsecretario subrogante de Salud y Servicios
    Humanos en el gobierno de George Bush, señala que sus
    efectos son obvios en la vida familiar, asistencia a clases,
    estabilidad laboral, salud
    física y
    mental, consumo de
    drogas y
    criminalidad".
    "Muchos decían que no había diferencias entre los
    hijos de divorciados y los de familias estables, lo que es un
    gran error, porque se ha demostrado que hay diferencias entre
    ellos. Lo que muestra la
    investigación repetidamente es que a los
    niños
    les va mejor, incluso, cuando los padres están en problemas pero
    juntos, que cuando están separados", dice Fagan.
    En uno de sus libros,
    señala que los niños
    cuyos padres se han divorciado están cada vez más
    expuestos a ser víctimas de abusos y abandonos. Ellos
    muestran más problemas de salud, emocionales y de conducta, se da
    un porcentaje más alto de suicidios.
    De la misma opinión es la investigadora norteamericana
    Judith Wallerstein, quien en una investigación indica que,
    además, los hijos de familias divorciadas y vueltas a
    casar son más agresivos hacia sus padres y profesores,
    incurren en actividad sexual más prematura, hay más
    niños nacidos fuera del matrimonio y más divorcios
    en la adultez.

     

     

     

     

    Autor:

    Marlene del Carmen Rodriguez Almazabal

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