Lectura Realizada:
Un hipotético conflicto
Ley –
Justicia:
"¿prevalencia?"
Por: Roberto Marino Jiménez Cano.
Madrid (España),
15 de enero de 1998.
1. Redacte brevemente hasta ocho ideas principales que
haya encontrado en la lectura que
acaba de hacer.
- Se va a hablar de Ley, dejando
sentado que es una norma jurídica que regula la
convivencia social, es decir, que nos gobierna, está
sobre todos nosotros, rige nuestro comportamiento, y le debemos
obediencia. - Nos plantea el punto de vista de un iusnaturalista,
para el cual, el Derecho
positivo, debe obedecer al Derecho
natural. Para él, debería primar la Justicia
antes que el Derecho
positivo. - Por otro lado está la ideología
iuspositivista, que dice "La Ley es la
Ley", siendo
ésta, para ellos, la única herramienta que puede
dar solución a un problema jurídico, y le quita
toda oportunidad de juicio a la Justicia,
alegando, que no es cognoscible. - Plantean que el único Derecho "real",
sería el positivo, mientras que el Derecho
natural, lo ven más bien como Teoría Crítica del Derecho
positivo. Es decir, que impera el Derecho que es (Derecho
positivo), sobre el Derecho que debería ser
(Derecho
natural). - Basándose en el Derecho
natural como una Teoría Crítica del Derecho
positivo, es que se da inmediatamente un conflicto
entre Ley y Justicia. Es
en este punto, donde se plantea directamente, el roce o
diferencias conflictivas entra ambos conceptos. - Da por sentado que la única forma de calificar
al Derecho como justo, es que vaya de acuerdo a la Justicia, es
decir, obediente y velando por el cumplimiento de los Derechos
Humanos fundamentales. - Establece que las Leyes
Jurídicas de un Estado
democrático de Derecho, vela por el respeto a
estos Derechos
Humanos fundamentales, que el Derecho positivo de un
Estado de
esta índole, es siempre un Derecho justo, y que estando
allí, no es posible la existencia de una
confrontación Ley – Justicia. - Con respecto a lo expresado en el punto anterior,
hace la salvedad de cualquier otra forma política –
jurídica del Estado (no
un Estado
Democrático de Derecho), o de uno que diga serlo, mas no
lo cumple en la práctica.
2. ¿Cuál de todas estas ideas le
pareció un aporte fundamental a sus conocimientos y por
qué? Identifíquela por número.
— Es leyendo lo que se expresa en el punto h, que
comprendo, por qué se dice que los Estados
Democráticos de Derecho, basan sus Leyes
Jurídicas en el Derecho
natural, y que siempre velan por el respeto a los
Derechos
Humanos fundamentales. Hasta el momento, siempre había
visto este planteamiento, como una contradicción con la
realidad del mundo, ya que, por ejemplo, como es posible que en
Estados
Unidos, se permita la Pena de
muerte, siendo el derecho a la vida, un Derecho Humano
fundamental. Ahora comprendo que este enunciado, se refiere a
países Democráticos de Derecho, que lo sean
VERDADERAMENTE, lo que me lleva a sacar como conclusión,
no sólo que Los Estados Unidos no
es uno de ellos, sino que esa forma de Estado,
prácticamente no existe en ningún lugar.
— La idea expresada en el punto c, me resulta
clara, mas no estoy de acuerdo con la postura planteada por
los iuspositivistas. Ellos obvian el valor del
concepto de
Justicia, siendo éste, la base de Derecho. Las
Leyes
jurídicas se crean, entre otras cosas, para establecer
normas fijas,
que rijan el comportamiento de la sociedad,
atendiendo a una necesidad de existencia de la Justicia. Es
decir, una Ley está en una constitución, porque antes de que fuera
Derecho positivo (la Ley que es), alguien pensó, que
así debería ser (Derecho natural), es decir que
el Derecho positivo, nace de la búsqueda por proteger
los Derechos
Humanos fundamentales.- ¿Hay alguna de las ideas que no le convenza o le
resulte menos clara y por qué? Identifíquela
por número.— Con esta lectura,
me doy cuenta de la importancia de mantenerse siempre en el
punto neutro de las cosas, equilibrado, a igual distancia del
par de opuestos. Para analizar objetivamente el conflicto
entre Ley y Justicia, hay que estar en un punto neutral.
Cuando se neutralizan ambas partes, deja de existir el
conflicto.
Planteándolo para este tema específicamente, si
nos neutralizamos, caeremos en la cuenta, de que no hay
razón para el conflicto,
si la Justicia es la Causa, y el Derecho positivo es el
Efecto." Todo efecto tiene su causa, y toda causa, su
efecto… si bien existen muchos planos de causas y efectos,
dominando los superiores a los inferiores, aún
así, ninguno escapa totalmente a la Ley."Sólo cabría hacer cumplir, lo que en
un principio fue la Causa, y es que las Leyes
Jurídicas sean elaboradas de acuerdo a los Derechos
Humanos fundamentales, y luego de que esto sea
manifiesto, que sea la Ley positiva, sea la que solucione los
problemas
jurídicos.En el equilibrio
se encuentra la armonía entre las fuerzas. - ¿Cómo puede sacar provecho de lo
analizado? - ¿Qué más ha profundizado Ud. Por
su cuenta y relacionado con la
lectura?
— Analizando la postura de los iuspositivistas
extremos, veo la clásica postura del hombre, a no
creer en lo que no ve, siendo éste un punto de vista
indiscutiblemente materialista. Sólo por el hecho de que
la Justicia no se ve, no es tangible, no es cognoscible,
¿hemos de descartarla de nuestro Sistema Judicial,
incluso a la hora de formular nuevas normas
jurídicas? Porque no vemos a Dios como un cuerpo
físico, ¿hemos de pensar que no existe? O en otro
caso, muchas de las cosas importantes en nuestra vida, van
más allá de lo físico (metafísico),
como el amor de una
pareja a distancia, que nadie lo ve, pero nadie podría ser
capaz de decir que no existe, o que no es importante en la vida
de esas personas. Es a causa de esta forma de pensar, que a veces
uno observa, cómo el mundo se va deshumanizando, y se va
alejando más y más, de la verdadera Causa de
nuestra existencia aquí, que por cierto, con los ojos,
¡no se ve!
Autor:
Jorge Rodriguez
Panamá, 25 de Abril de 1998