La discriminación y su influencia en la violencia de género (República Dominicana) (página 3)
En el primer semestre del año 2016, se produjeron 1.4por cada 100,000 habitantes mujeres en el país. Para el "Distrito Judicial de Santiago, el nivel de incidencia fue de 2.5" (Observatorio Político Dominicano, 2016). Es alarmante la problemática a la que nos enfrentamos, pues estamos catalogados como provincia con más casos de feminicidios en el país. Esto regularmente se debe a la desigualdad de género que vive la nación y la creencia de supremacía que tiene el hombre sobre la mujer.
2.2.7.1.1 Feminicidio íntimo
Este feminicidio es distinguido mayormente como familiar, por la razón de que existe una relación entre la víctima y el agresor, es decir, una atadura de familiaridad o de intimidad, producto de una relación de pareja o un lazo sanguíneo. La acción de este feminicidio es propinarle la muerte a una mujer con quien sostiene o sostuvo una relación de pareja, como concubinato, matrimonio o noviazgo, o una relación familiar por consanguinidad.
En este feminicidio la característica principal es la relación que existe entre el agresor y su víctima, aún a pesar de que esta relación agrava el asesinato de la mujer, aún en nuestra legislación no se describe. En consecuencia, la persecución hacia el agresor por parte del Estado como ente sancionador se hace de acuerdo a las regulaciones que existen en el homicidio, el asesinato, parricidio o infanticidio.
Debido a la relación que existe entre el agresor y la víctima de este delito, debería ser considerado una agravante, pues el feminicidio arrastra un historial de violencia intrafamiliar, es decir, se muestra una conducta con un patrón violento, destruyendo la integridad de la víctima, constantemente, siendo recurrente y previo al feminicidio. Por tal razón, la investigación y la litigación del feminicidio es muy distinta al homicidio y de esto partimos para que sea reconocido como un ilícito penal individual.
2.2.7.1. 2 Feminicidio no íntimo
Este tipo de feminicidio engloba asesinatos de mujeres, ejecutados por hombres con quien la víctima no tuvo ningún tipo de relación íntima o parentesco consanguíneo. Normalmente estos hechos se dan en el ambiente laboral, de vecindad, clientela (este se da mayormente en las trabajadoras sexuales) y por ajustes de cuentas.
En este tipo de feminicidio, la incidencia de otros tipos de delitos en conjunto con este es muy común, en muchos de estos casos se da el robo y previo al asesinato de la mujer, también podemos ver violaciones sexuales y posteriormente el feminicidio. En consecuencia, podemos visualizar que, para el abordaje e investigación correcta de este tipo de feminicidio, debe implicarse no únicamente el asesinato de la mujer como tal, sino, que se debe añadir cualquier otro delito cometido subsecuentemente o previamente al feminicidio.
2.2.7.1.3 Feminicidio Conexo
Bajo el feminicidio no íntimo, podemos encontrar el feminicidio conexo que podemos definir como la muerte de mujeres, que se desarrolla en circunstancias en la que es asesinada una mujer que va en auxilio de otra mujer que está siendo agredida.
2.3 Glosario
A continuación se desglosarán la definicion de los diferentes términos básicos que se han expuesto en el presente trabajo.
2.3.1 Concepto de discriminación
Para poder explicar lo que es la discriminación de género debemos primero adentrarnos al ámbito general de los términos discriminación y género.
Según Jesús Rodríguez Zepeda la discriminación
es una conducta, culturalmente fundada, sistemática y socialmente
extendida, y desprecio contra una o un grupo de personas sobre la base
de un prejuicio negativo o un estigma relacionado o en la desventaja inmerecida
y tiene por efecto dañar sus derechos y libertades fundamentales.
Para Jaime Marchant la discriminación conceptualmente
es una conducta sistemáticamente injusta y desigual contra
un grupo humano determinado. Discriminar consiste en privarle a
un grupo humano de los mismos derechos que disfrutan otros.
Alexis Linares Pérez nos dice que la discriminación
social es un fenómeno que tiene varias formas de manifestarse
y de ellas las más resaltantes son el machismo y el racismo.
Veamos, sin embargo, lo que se entiende por violencia, pues
es éste un concepto sometido a muy diferentes interpretaciones.
La discriminación se define como ""todo trato desigual o distinto, cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en determinados criterios que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o trato de las personas." Partiendo de esto podemos concluir que es todo actuación o trato desigual, distinción o exclusión injustificada, que por ende altera la igualdad." (Castillo Lara, 2003, p. 8)
Un individuo puede ser discriminado en razón de su clase social, su color de piel, su religión, etnia, edad, discapacidad, nacionalidad, opinión política, entre otros.
La Organización de las Naciones Unidas tipifica la discriminación en la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la mujer, artículo uno (1), firmada y ratificada por nuestra nación, que reza lo siguiente:
La expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera. (Organización de las Naciones Unidas (ONU), 1979)
Es apropiado destacar el significado que nos presenta el artículo uno, anteriormente mencionado, el cual se refiere a las actuaciones que tengan como objetivo menoscabar o anular el goce de los derechos de la mujer.
Todo acto o práctica, independientemente de que haya sido atribuido a la forma de su crianza o su voluntad, se debe juzgar como discriminatoria, también las que provienen de estereotipos, que, a razón del género, raza, etnia o clase social, realizan una clasificación a las personas del nivel social que viven.
El maltrato a las mujeres sigue siendo una expresión de dominio ejecutado por el hombre, con el objetivo de demostrar su supremacía sobre ella. Por esta razón, nos atrevemos a decir que la violencia de género es un delito grava y que en nuestra sociedad existe la cultura de que cuando la mujer se empodere y denuncie a su marido, está sujeta a condenarse a sacrificio y resignarse ante los problemas que se ven en la relación.
El término discriminación se refiere al acto de hacer una distinción o segregación que atenta contra la igualdad de oportunidades. Normalmente se utiliza para referirse a la violación de la igualdad de derechos para los individuos por cuestión social, racial, religiosa, orientación sexual o por razón de género. Al tratarse de una elaboración social, el género es un concepto muy difuso. No sólo cambia con el tiempo, sino también de una cultura a otra y entre los diversos grupos dentro de una misma cultura. En consecuencia, las diferencias son una construcción social y no una característica esencial de individuos o grupos y, por lo tanto, las desigualdades y los desequilibrios de poder no son un resultado "natural" de las diferencias biológicas.
Al referirnos a la discriminación contra la mujer entendemos que es toda distinción, exclusión o restricción en el sexo que tenga por objeto o por resultado, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de un derecho por la mujer. La perspectiva de género en la Republica dominicana, se ha estudiado tímidamente; por lo que los desarrollos de los estudios sobre la mujer son muy escasos debido a la falta de una tradición investigativa en el país, que está todavía en proceso de construcción y muestra grandes debilidades.
"La Discriminación puede ser directa o indirecta; es directa si los tratamientos que irrazonablemente desfavorecen se efectúan explícitamente sobre las bases del criterio que define el tipo de persona que resulta discriminada, mientras que es indirecta cuando se usa un criterio no definitorio que, sin embargo, tiene el efecto de desfavorecer al grupo en cuestión. Aunque ambas pueden ser tanto deliberadas como inconsistentes" (Castillo Lara, 2003, p. 10)
Según nuestra Constitución la discriminación puede presentarse de varias formas
Género: Grupo al que pertenecen los seres humanos de cada sexo, entendidoeste desde un punto de vista sociocultural en lugar de exclusivamente biológico. La discriminación en razón del género, se vive a diario en nuestra patria, pues existe la sociedad en la que vivimos es patriarcal, colocando al hombre por encima de la mujer y a su vez menospreciando a esta.
Color:
"Así es como se ha llamado al grupo étnico al que pertenece un individuo en virtud de su herencia." (Castillo Lara, 2003, p. 10). Lamentablemente observamos la discriminación por razón del color de piel de manera habitual en nuestra provincia, pues entendemos que una persona por el color de su piel es socialmente inferior a las demás de color distinto.
Edad:
Es el tiempo que ha vivido una persona. La discriminación en estos casos se da cuando, se margina a una persona o se subestima su capacidad en razón de su edad. En nuestra sociedad no es tan frecuente la discriminación en consecuencia de la edad, pero si existen ciertos casos en el ámbito laboral.
Discapacidad:
Es la falta o limitación de alguna facultad física o mental que imposibilita o dificulta el desarrollo normal de la actividad de una persona. Esto se da bastante, pues mancillamos a las personas con alguna falta de capacidad, esto se ve frecuentemente en el ámbito escolar entre compañeros de clases.
Nacionalidad:
Es la pertenencia de una persona a cierto Estado o sociedad, con la cual se generan derechos y deberes recíprocos. En nuestra provincia se ve mucho este tipo de discriminación, en especial con los ciudadanos de la vecina República de Haití, quienes ingresan mayormente a la República Dominicana de manera ilegal, y aun también, se da con las personas que ingresan de manera legal a nuestro país.
Religión:
"Conjunto de creencias y dogmas acerca de la divinidad, de sentimientos, de veneración y temor hacia ella." (Castillo Lara, 2003, p. 11). Podemos observar que en nuestra sociedad se discrimina bastante a las personas en razón de su religión, especialmente a las personas practicantes del Islam, pues luego de los ataques al World Trade Center, el once (11) de septiembre del año dos mil uno (2001) unos islamistas radicalizados, pertenecientes al grupo terrorista Al Qaeda derribaron las Torres Gemelas en la ciudad de New York, añadiendo a esto, los recientes ataques por parte la organización terrorista Estado Islámico, estos se han visto discriminados y han sido objeto de todo tipo de agravios.
En nuestro país, parecería que, el problema
central respecto a los derechos legales de la mujer, más que la carencia
de legislaciones, es la falta de equidad en la aplicación de la normativa
y el poco reconocimiento de las leyes reformadas para proteger a las mujeres.
En los últimos años se ha avanzado en el reconocimiento y la aplicación de los derechos de las mujeres dominicanas y es evidente el aumento en la aparición de las mujeres en la vida pública. No obstante, todavía el patriarcado entre otros rasgos culturales, hace eco y refuerza los estereotipos y roles tradicionales de mujeres y hombres, invisibilizando y obstaculizando importantes aportes y progresos de la mujer dominicana para el desarrollo del país en todos los ámbitos de actuación.
En referencia a los avances señalados anteriormente cabe destacar que la República Dominicana ha mostrado su interés en la búsqueda de la equidad e igualdad de género y la democracia inclusiva haciéndose signataria de acuerdos internacionales que favorecen la situación de la mujer, algunos como Beijing, Cairo, CEDAW y Belem do Para. Asimismo, el país asumió el compromiso de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para el año 2015. En este sentido, la meta trazada para el objetivo de promover la equidad de género y la autonomía de la mujer: eliminar la disparidad de género en la educación primaria y secundaria, se podría decir que está cumplida en el país. No obstante, los avances en la cobertura educativa con equidad entre los sexos, y la preparación técnica y profesional femenina, no han garantizado la eliminación de las disparidades de género.
2.3.2 Concepto de Violencia
Antes de explicar lo que es la violencia de género, debemos abocarnos al concepto de violencia en su sentido más amplio y general.
La violencia es una acción directa o indirecta, concentrada o distribuida, destinada a hacer mal a una persona o a destruir ya sea su integridad física o psíquica, sus posesiones o sus participaciones simbólicas, es decir, es el ejercicio de la fuerza física con la finalidad de hacer daño o de causar perjuicio a las personas o a la propiedad; acción o conducta caracterizada por tender a causar mal corporal o por coartar por la fuerza la libertad personal. La violencia es el acto de lesionar, amenazar o controlar, despojar de libertad o socavar los derechos que posee un ser humano.
"La violencia constituye una expresión de prepotencia, de intimidación y un atentado contra la libertad y la dignidad de las personas basado en un ejercicio ilegítimo de poder." (López Hernández, 2009, p. 2)
Podríamos definir la violencia como una conducta practicada por una o más personas en contra de otros individuos, sometiéndoles- de manera intencional- a diferentes formas de abuso.
Los psicólogos declaran que la violencia "Abarca todos los actos mediante los cuales se discrimina, ignora, somete y subordina a las mujeres en los diferentes aspectos de su existencia. Es todo ataque material y simbólico que afecta su libertad, dignidad, seguridad, intimidad e integridad moral, y/o física." (Arthur Jiménez, 2010, p. 10). Esto da lugar a que se menoscabe y se denigre uno de los géneros, mayormente este es el femenino. En nuestro país se evidencia esta problemática, dejando a la mujer subordinada y sumisa al hombre.
La cultura dominicana, donde se proyecta al hombre como figura dominante crea una sociedad patriarcal, donde el hombre es quien toma las decisiones y domina en la sociedad. El patriarcado puede ser definido como "un sistema jerárquico de relaciones sociales, políticas y económicas que tomando como excusa una diferencia biológica sexual y su significado genérico, establece, reproduce y mantiene al hombre como parámetro de la humanidad, otorgándole una serie de privilegios e institucionalizando el dominio masculino sobre las mujeres." (Arthur Jiménez, 2010, p. 11)
La Oficina Nacional de Estadísticas explica que los asesinatos de mujeres no corresponden a hechos aislados, sino que tienen un patrón cultural que está enraizado en el patriarcado. El gran número de víctimas refleja el problema en el que estamos y la dimensión del mismo, lo cual debería generar políticas eficientes por parte del Estado
La violencia de género se empieza a enraizar en el hogar, con el deseo del hombre de colocarse jerárquicamente por encima de la mujer, discriminándola en razón de su género y propinando violencia contra la misma, ya sea física, psicológica o psíquica. La violencia en el hogar es ejercida dentro de los límites de la convivencia familiar, por parte de unos miembros contra otros. Esta se puede mostrar como "una manifestación de la necesidad de control y poder ejercido generalmente por los varones" (Arthur Jiménez, 2010, p. 15)
La violencia puede ser entendida como una acción que tiene como esencia un "abuso", en el que se lesionan los derechos inherentes e inalienables que nos corresponden como humanos. A pesar de estos conceptos, al referirse únicamente a la fuerza física, obviamos otros tipos de violencia, en las que esta no se esgrime, sino, que es ejercida socialmente o psicológicamente, como lo son la violencia emocional, invisible y simbólica. Estas afectan ciertos aspectos de nosotros como nuestra integridad y nuestra dignidad.
2.3.4 Concepto de género
Para conceptualizar lo que es género debemos considerar este como una interpretación diferente a las interpretaciones esencialistas de las identidades, que son masculina y femenina.
El género es "una forma de ordenamiento de la práctica social en la que la vida cotidiana está organizada alrededor del escenario productivo y reproductivo, con base en los procesos históricos, no en un conjunto fijo de determinantes biológicas. (Pola Zapico, 2003, p. 36)
El género no es algo con lo que nacemos, es algo con lo que nos identificamos a medida que vamos creciendo, esto se aprende por los mismos valores que son impregnados en nosotros por la sociedad en la que vivimos.
El género es "el sistema de funciones de mujeres y hombres y las relaciones entre ellos determinadas, no por biología, sino por el contexto social, político y económico. "El sexo biológico de una persona es un don natural, el género se construye"" (Castillo Lara, 2003, p. 13)
Podemos añadir que el género de facultades sociales que se hacen de hombres y mujeres. La personalidad de cada sujeto se da durante el desarrollo de la persona, desde la infancia hasta la adultez.
Es definido igualmente como "un conjunto de variables que explican cómo se construye en el proceso de socialización de las personas, su identidad masculina y femenina." (Escuela Nacional de la Judicatura, 2002, p. 36)
Nuestro comportamiento como miembros de la sociedad que habitamos construye lo que es nuestro género. La definición misma de género nos explica que este no se da a partir de lo biológico o lo natural, sino de lo social y cultural.
"Como señala Seyla benhabib, la existencia socio-histórica de los géneros que ella denomina el sistema género-sexo, es el modo esencial en que la realidad social se organiza, se divide simbólicamente y se vive empíricamente" (Castillo Lara, 2003, p. 14)
La primera confusión es la que se produce entre sexo y género. En los últimos tiempos, debido a la relevancia de algunos temas relacionados con mujeres, se han instalado en el lenguaje cotidiano, conceptos propios del feminismo académico (como el "genero"), o de la política feminista (como la "paridad"). Sin embargo, estos términos no siempre son bien utilizados y generan confusiones.
El sexo viene determinado por la naturaleza, una persona nace con sexo masculino o femenino, en cambio el género (varón, mujer) se aprende, puede ser educado, cambiado y manipulado. Se entiende por género la construcción social y cultural que define las diferentes características emocionales, afectivas, intelectuales, así como las comparaciones que cada sociedad asegura como propias y naturales de hombres y mujeres. Ejemplos de este englobamiento de comportamientos es pensar que las mujeres son habladoras, cariñosas y organizadas, y los hombres son activos, fuertes y emprendedores.
Capítulo III
Diseño Metodológico
3.1 Tipo de investigación
La investigación : Discriminación y su influencia en la violencia de género, en el distrito judicial de Santiago, República Dominicana, Año 2010-2016, se trata de una investigación a partir de diferentes literaturas que proporcionaron la información necesaria para el desarrollo de este.
3.2 Método de investigación
La perspectiva metodológica que se ha seguido en este estudio ha sido la cualitativa, descriptiva.
Se utilizó el método deductivo, ya que se partió de ideas generales, para obtener las conclusiones que se expondrán más adelante, con la ayuda de la teoría obtenida.
3.3 Técnicas de recolección de información
La recopilación y ficha de documentos constituye la técnica principal para obtener información. Se realizó con la investigación exhaustiva de libros, artículos académicos y demás publicaciones que están relacionados al tema.
No se realizó instrumento de recolección de datos , ni tampoco hubo una población especifica por la naturaleza del estudio, Cualitativo.
No se realizó, ni se utilizó instrumento de recolección de datos, ni tampoco hubo una población especifica por la naturaleza del estudio, Cualitativo.
Capítulo IV
4.1 Conclusiones
De acuerdo a la investigación realizada podemos decir
que la discriminación de género es una problemática
socio-jurídica, que ha afectado a la humanidad a lo largo del tiempo,
tanto en las sociedades antiguas como en las actuales, ya que hay
una marca de diferencia entre sexo y género, con el primero
se nace, es biológico mientras que el segundo es un conjunto de
atribuciones sociales y culturales; es decir que la sociedad misma es la que
le asigna los roles a hombres y mujeres en el entorno en el que
viven y se desarrollan. No Cabe duda de que la discriminación de género
incide en el incremento de la violencia de género debido a la distorsionada
realidad que la sociedad ha impregnado sobre el hombre como ente superior a
la mujer que debe ser sometida a la obediencia. Esta investigación aporta
a nuestra sociedad en la lucha contra los preceptos socio-culturales con el
fin de derribar las barreras que ha creado la desigualdad de género que
vivimos.
1er objetivo: Identificar las bases de la discriminación de género
Podemos determinar al finalizar esta investigación, que las bases de la discriminación son los motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional, origen social y género.
2do Determinar la influencia de la discriminación en la violencia de género
influye profundamente en el desarrollo de la personalidad, sea en el aspecto moral, intelectual o afectivo. Esto quiere decir que la desigualdad de género que existe en nuestro País hoy en día provoca o influye en la recurrencia de la violencia de género, pues al existir la discriminación del hombre hacia la mujer crea un estado de superioridad del hombre para con ella, dando esto lugar a que se desarrolle la violencia contra la mujer en razón única de su género.
3er objetivo: determinar las consecuencias de la violencia de género
Después de realizar esta investigación, podemos decir que las consecuencias emanadas de la violencia no conocen límites, y cada día lacera el seno de la familia dominicana, convirtiendo esto en una experiencia destructiva entre los miembros de la misma. La violencia de género puede representar para la víctima consecuencias tales como depresión, miedo, ansiedad, baja autoestima, vulnerabilidad, inseguridad y aislamiento. Muchas de estas víctimas, debido al control al que están sometidas por sus victimarios, tienden a negarse a aceptar lo ocurrido, incrementando esto las posibilidades de que la situación concluya en una tragedia.
4.2 Recomendaciones
Luego de haber realizado la investigación sobre La Discriminación y su influencia en la violencia de género en el Distrito Judicial de Santiago, año 2010-2016, se realizan las siguientes recomendaciones:
Al Estado, se debe impulsar la difusión masiva de las leyes, pues a pesar de que nadie puede alegar ignorancia ante la ley, este tipo de información debe estar orientada y destinada a los grupos vulnerables, con formas que impacten y asombren al entorno donde más se perciben los casos de discriminación y de violencia de género. Debiendo ejecutar campañas intensas en coordinación con activistas, juntas de vecinos, escuelas, de manera que sea la misma sociedad que se empodere en la difusión de un alto a esta situación.
A las autoridades, que se procure el seguimiento de denuncias donde existe riesgo de violencia, desplegando una labor de prevención del delito con mecanismos que sirvan para mitigar el riesgo de violencia de género hasta eliminarla.
A la sociedad, que aunemos esfuerzos por buscar la igualdad de género, aplicando de manera eficiente los designios que establece el artículo 39 de nuestra Constitución, implementando la equidad ante la ley, la no discriminación y el respeto por la diferencia y diversidad.
Referencias
acción en inconstitucionalidad intentada por la señora María Dolores Arias Flete (Suprema Corte de Justicia 29 de noviembre de 2000). Recuperado el 8 de Mayo de 2017, de https://tribunalconstitucional.gob.do/sites/default/files/iieijcpg/documentos/varios/V3DEC_Inconstitucionalidad_art_1463.pdf
Arthur Jiménez, J. (2010). Análisis Jurídico de la Incidencia de la Violencia de Género en el fenómeno social del Abuso Infantil en la República Dominicana. Tesis de Licenciatua en Derecho, Santo Domingo. Recuperado el 2 de mayo de 2017
Asúa, L. J. (2003). Lecciones de Derecho Penal. México D.F.: Acabados Editoriales Incorporados S.A.
Camila. (12 de Noviembre de 2012). Dificultades que pasan mujeres maltratadas para que apresen a sus agresores. (A. Ortega Hasbún, Entrevistador) Antena Latina. Antena Latina, Santo Domingo. Recuperado el 9 de Mayo de 2017, de https://www.youtube.com/watch?v=1Voy_kJAlPE
Castillo Lara, D. (2003). Discriminación de Género en la República Dominicana. Tesis de grado, Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra, Departamento de Ciencias Jurídicas, Santo Domingo. Recuperado el 3 de Mayo de 2017
Castillo Pallero, J., & Tejada Estevez, K. (2016). Proceso de partición de bienes de la Comunidad en las Uniones Consensuales o de Hecho, en la Primera sala Civil y Comercial del Distrito Juidicial de Santiago. Monográfico, Universidad Autónoma de Santo Domingo, Valverde. Recuperado el 26 de abril de 2017
Cedeño de Fernández, M. (7 de marzo de 2014). Principio II. Proyecto Código de Familia de la República Dominicana. Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (s.f.). Acceso a la jusitcia para mujeres víctimas de violencia en las américas. Recuperado el 3 de Mayo de 2017, de https://www.cidh.oas.org/women/Acceso07/cap2.htm
Congreso de la República Dominicana. (1955). Ley 4099 del 15 de abril de 1955 sobre descanso pre y post-natal. Santo Domingo.
Congreso de la República Dominicana. (1992). Codigo de Trabajo de la República Dominicana. Santo Domingo, República Dominicana. Recuperado el 4 de Mayo de 2017
Congreso de la República Dominicana. (27 de enero de 1997). Ley 24-97. Recuperado el 3 de mayo de 2017, de CONANI: http://conani.gob.do/transparencia/images/docs/base_legal/repdom-viol1_24_97.pdf
Congreso de la República Dominicana. (1997). Ley 24-97. Santo Domingo.
Congreso de la República Dominicana. (2007). Código Penal de la República Dominicana. Santo Domingo, Santo Domingo, República Dominicana: MAD.
Congreso de la República Dominicana. (2012). Código Civil de la República Dominicana. Santo Domingo.
Congreso de la República Dominicana. (2015). Constitución Pólitica de la República Dominicana (tercera ed.). Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana: Alfa y Omega. Recuperado el 20 de abril de 2017
Congreso de la República Dominicana. (2016). ey Orgánica para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres. Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana.
Escuela Nacional de la Judicatura. (2002). Aportes para la Construcción de una Jurisprudencia hacia la igualdad. Santo Domingo: Editora de Colores S.A.
Gómez, J. T. (3 de Enero de 2017). Cerró 2016 con 78 feminicidios en República Dominicana. Diario Digital.
Guzmán de los Santos, M. (2006). Violencia contra la mujer y violencia intrafamiliar en la República Dominicana desde un efoque legal y social (1-2). Gaceta judicial, 26-30.
La IX Conferencia Internacional Americana. (1948). Declaración americana de los derechos y deberes del hombre. Declaración, Bogotá. Recuperado el 5 de Mayo de 2017, de https://www.oas.org/dil/esp/Declaraci%C3%B3n_Americana_de_los_Derechos_y_Deberes_del_Hombre_1948.pdf
López Hernández, A. (2009). Documentación: Fundación Seminario de investigación para la Paz. Recuperado el 12 de Mayo de 2017, de Fundación Seminario de investigación para la Paz: www.seipaz.org/documentos/2009ALOPEZviolencia.pdf
Méndez, W. (11 de Julio de 2011). En 7 años han matado a 1,243 mujeres en RD. Listín Diario.
Observatorio Político Dominicano. (2016). República Dominicana registra 65 feminicidios en primer semestre del año 2016. Santo Domingo.
Oficina Nacional de Estadísticas. (2016). ONE: República Dominicana ocupa el tercer lugar regional en tasa anual de homicidios a mujeres.
Oficina Nacional de Estadísticias. (2014). Perfil Estadísticos Provinciales, Provincia Santiago. Santiago de los Caballeros.
ONU Mujeres. (febrero de 2016). Poner fin a la violencia contra las mujeres. Obtenido de ONU Mujeres: http://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/facts-and-figures#notes
Organización de las Naciones Unidas (ONU). (1979). Convención para la Eliminación de todas las Fromas de Discriminación contra la mujer. Convención. Recuperado el 4 de Mayo de 2017, de http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/sconvention.htm
Organización de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. París.
Organización de las Naciones Unidas. (1972). Resolución 3010 (XVII), 18 de diciembre de 1972 sobre Año Internacional de la Mujer. RESOLUCIONES APROBADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DURANTE EL 27° PERÍODO DE SESIONES, (pág. 73).
Organización de las Naciones Unidas. (1993). Declaración Sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Declaración. Recuperado el 8 de Mayo de 2017, de http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/ViolenceAgainstWomen.aspx
Organización de los Estados Americanos. (s.f.). Convención Interamericana para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra la Mujer "Convención de Belem Do Pará". Convención Interamericana. Recuperado el 3 de mayo de 2017, de http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.html
Pola Zapico, M. d. (2003). La mujer dominicana en la relación de pareja: Respuesta de la justicia en la Violencia de género. Santo Domingo: Editora Búho.
Procuraduría General de la República. (2014). Los feminicidios en la República Dominicana: Enero-Diciembre 2014. Santo Domingo.
Procuraduria General de la Republica. (22 de mayo de 2017). Portal de Estadisticas. Obtenido de Procuraduria General de la Republica: https://estadisticas.pgr.gob.do
Real Academia Española. (2004). Informe de la Real Academia Española sobre la expresión Violencia de género. Madrid.
Recurso de Amapro, Boletín judicial 1163 (Suprema Corte de Justicia 24 de Octubre de 2007). Recuperado el 3 de mayo de 2017, de http://www.poderjudicial.gob.do/consultas/consultas_sentencias/detalle_info_sentencias.aspx?ID=116330082
Resolución 1920-03 (Suprema Corte de Justicia 13 de noviembre de 2003).
Santana, R. (14 de marzo de 2011). Santiago supera la población del DN. Listín Diario. Recuperado el 2 de mayo de 2017, de http://listindiario.com/la-republica/2011/3/14/180921/Santiago-supera-la-poblacion-del-DN
Anexos
Dedicatoria
A Dios, mi creador, quien me ha dado la fuerza para continuar y me ha levantado cuando he caído, demostrándome que junto a él todo es posible.
A mis padres German García y Marcia Saint-Hilaire, porque son el vivo ejemplo de lucha incansable, integridad y honestidad. Por darme su amor incondicional y darme todo el apoyo necesario. Por siempre creer en que puedo lograr las metas que me propongo aun cuando todo se veía difícil y yo no creía en mí mismo, por hacerme fuerte e independiente, demostrándome que soy totalmente capaz de enfrentar mis mayores temores y vencer. Los amos con todo mi corazón.
A mi hermana Arlenis García, que a pesar nuestras eventuales diferencias, siempre ha estado apoyándome y aconsejándome, evidenciando que aun siendo la más pequeña, es la más fuerte y valiente.
A mi cuñado Antonio Ferreira, más que un amigo, me ha apoyado como un hermano, siempre aconsejándome, no solo celebrando juntos las bendiciones que nos da la vida, sino, estando hay también en los terribles momentos.
A mi prometida, Jhanna Arias, por ser la piedra angular que me ha sostenido estos últimos años en los momentos más críticos, dándome toda su comprensión y apoyo en lo que necesité, siempre estando disponible para ayudar y caminar conmigo hacia la meta.
Agradecimientos
A Dios en primer lugar por permitirme alcanzar una meta más de mi vida, y darme la fuerza y la dedicación que necesitaba para poder lograr este objetivo.
Agradezco de manera especial nuestro coordinador de monográfico Victor Juan De La Cruz Rosario, nuestra coordinadora de redacción María Evelin Galicia Hernández, por su dedicación y empeño empleado para que todo pudiera resultar como se esperaba, dedicándonos enteramente su apoyo y experiencia.
A mi familia por mostrar siempre su apoyo y su fe en mí, aun cuando las estadísticas mostraban un resultado diferente.
A mis profesores, porque cada uno de ellos fueron una parte vital para que yo pudiera alcanzar mi formación académica, lo cual me invade de felicidad.
A mis compañeros de estudio, Jhaina Castillo, Jhonny Hernández, Isabel Rosario, Damaris Cruz, Katherine Almonte, Fátima Cruz, José Rivera, Katherine Infante y Leomel García porque semestre tras semestre luchamos juntos por alcanzar nuestros sueños, convirtiéndonos en familia, ayudándome en todo lo que estaba a su alcance.
A Jhanna Arias, Por ser un soporte vital para mí, mostrándome con su ejemplo lo que es la dedicación y esfuerzo, apoyándome en cada uno de los momentos de estos últimos años.
Agradezco a la Universidad Autónoma de Santo Domingo, por formar la base y los valores que nos rigen como futuros profesionales competentes en la sociedad.
Especial reconocimiento merecen German García y Marcia Saint-Hilaire, mis padres, por darme el apoyo físico, moral, económico y emocional, que tanto me ayudó en este trayecto de mi vida, por brindarme su amor, su valiosa ayuda y sus sabios consejos. Con inmensurable aprecio a mis amigos y familiares que siempre me han dado su cariño, pero sobre todo paciencia y tolerancia en los momentos más duros.
Los conceptos emitidos en el presente trabajo monográfico,
son de exclusiva responsabilidad del sustentante de la mismo.
Autor:
Ariel Boanerges García Saint-Hilaire
ASESOR:
Victor Juan De La Cruz Rosario
COORDINADOR DE MONOGRÁFICO:
Victor Juan De la Cruz Rosario
República Dominicana
Universidad Autónoma de Santo Domingo
Recinto Santiago
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Informe final del Curso de Equivalencia de Optativo a la Tesis
de Grado para optar por el Título de Licenciatura en Derecho
Santiago, República Dominicana
Mayo, 2017.
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