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Accesibilidad en espacios educativos y recreativos, Guía de orientaciones (página 2)



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Se entiende por señalización, la indicación de lugares, actividades y/o
servicios por medio de gráficos o códigos sensoriales, cuyo objeto, de
acuerdo con Jiménez (2009, p. 25), es “informar sobre las demandas
reales de los usuarios, por lo que se evitará el exceso de información”,
de tal manera que se dé cumplimiento a su función de “informar,
preveniryorientar”,comoloplanteaGonzález(s.f.,p.20).Asimismo,se
recomienda que su ubicación esté “en un lugar fácilmente identificable
y accesible” (Flujas, 2006, p. 66, citado en González, s.f., p. 32).

Para asegurar la permanencia de las señales, se deberán fabricar con
materiales resistentes a las condiciones ambientales y de uso, fáciles
de cambiar, limpiar y reparar” (Jiménez, 2009), pues muchas de ellas,
al estar expuestas a la intemperie, se deterioran o sufren daños con
facilidad.

La señalización “tiene por objeto informar sobre las demandas reales
de los usuarios, por lo que se evitará el exceso de información. En
edificios y lugares de uso público, la información se dispondrá cerca a
la entrada o a los lugares de acceso” (Jiménez, 2009, p. 25); además
debe cumplir con la función de informar clara y oportunamente.
Con respecto al color

• Se recomienda usar colores básicos y hacer combinaciones de acuerdo
a lo que se quiere anunciar, de manera que facilite su lectura, no “usar
más de seis colores al tiempo” (Jiménez, 2009, p. 28).

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• Se deben tener en cuenta las claridades de los colores, la seguridad,
lasmedidasysuscódigos;alrespecto,“establecequeloscoloresbásicos
que se emplearán para señalar o indicar los diferentes materiales,
elementos, máquinas, equipos, etc., son los siguientes de acuerdo a su
clasificación:
• El color ROJO se emplea para señalar elementos y equipos
de protección contra el fuego, tales como extinguidores, hidrantes y
tuberías de alimentación de los mismos, cajas para mangueras, alarmas
y sus cajas accionadoras, asimismo puertas y escaleras de escape.
• El color AMARILLO se empleará para señalar zonas peligrosas
como color de fondo en avisos que indiquen precaución.

• El color VERDE esmeralda se emplea para señalar: seguridad,
equipos de primeros auxilios, botiquines, camillas, máscaras contra
gases, fondo de carteleras de seguridad e instrucciones de seguridad,
etc.

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• El color AZUL se empleará para indicar prevención.

• El color GRIS se emplea para pintar recipientes para basuras (para
mayor información sobre la organización de las basuras y el color
distintivo de los recipientes consultar política de reciclaje), retales y
desperdicios; soportes para elementos de aseo, armarios para ropas o
lockers.

• El color BLANCO se emplea para señalar: demarcación de zonas de
circulación; dirección o sentido de una circulación o vía; indicación
en el piso de recipientes de basura (un metro cuadrado por caneca);
rincones de salones y talleres (esquinera formando un triángulo de 40
centímetros de lado), etc.” (González, p. 37).

Es importante universalizar las interpretaciones de los colores para
comprender fácilmente las señales

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• El color de las puertas de ingreso y salida debe diferenciarse o resaltar
de las paredes, para evitar accidentes y facilitar el libre desplazamiento
a personas con visión baja y de todas las personas en general.

• Las franjas de orientación: “Los colores han de procurarse vivos. Serán
de pavimento no deslizante, o si es con cinta señalizadora igualmente
antideslizante. Las franjas ‘de orientación’ se colocarán a lo largo de
las circulaciones básicas, en grandes espacios abiertos” (González, p.
23); de manera que las personas que presentan baja visión puedan
desplazarse sin ningún inconveniente, y se brinde seguridad en el
desplazamiento de toda la población.
Con respecto a las medidas
• Las señalizaciones en la pared deben estar ubicadas a una altura de
1,40cma1,70cm(González,pp.15-16),conelfindequelainformación
registrada esté visible a la altura de todas las personas.

• Las señales táctiles de percepción manual deberán ubicarse a una
altura comprendida entre 70 cm y 120 cm, que permita cumplir la
función de ser percibidas por las extremidades superiores de las
personas.

• El tamaño de las letras será de 14 cm cuando el público esté ubicado
a 5 m de distancia, para facilitar la lectura.

• Los emisores de señales visuales y audibles que se coloquen
suspendidos, deberán estar a una altura superior a 2,10 m, para no
obstaculizar el desplazamiento de las personas, y se deben percibir
fácilmente.
Con respecto a los pisos

• Los pisos deben tener franjas texturizadas para el desplazamiento de
las personas con discapacidad visual.

• “Los vados (cruces) deben señalizarse con pavimento táctil de
alerta de acuerdo a lo establecido en la norma NTC 4144”
(González, p. 27), para brindar seguridad a todas las personas,
especialmente a las que presentan discapacidad visual.

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Con respecto a la seguridad

• Las señales de alarma deberán estar diseñadas y localizadas de manera
que sean perceptibles en forma visual y auditiva simultáneamente;
en caso de emergencia o evacuación del área se puede garantizar la
seguridad de toda la población.

• El lugar debe contar con señalización de emergencia, como ruta de
evacuación,salidadeemergencia,extintores,peligro,salida;demanera
que se brinde a toda la población la información necesaria en caso de
alguna emergencia.
Con respecto a los símbolos

• Usar símbolos universalmente reconocidos que señalicen el espacio,
para asegurar la fácil comprensión de las actividades correspondientes
al espacio señalizado.
Ejemplo.

• Implementar un mapa al ingreso del lugar con la información
necesaria para la ubicación de todas las personas; en Braille,
relieve y en lo posible con pictogramas.

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•“El símbolo internacional de acceso se colocará en toda edificación a
cuyas instalaciones puede entrar y usar sus servicios cualquier persona,
sin restricciones de índole alguna. También se colocará el símbolo en
ambientes exteriores, tales como parqueaderos, áreas de descanso y
otros lugares que ofrezcan las facilidades enunciadas” (González, s.f., p.
24); de esta manera, las personas en situación de discapacidad puedan
informarse acerca de los lugares accesibles.

• Las señales deben estar ubicadas en lugares estratégicos que
garanticen su fácil visualización, para que puedan cumplir su función
de informar a toda la población.

• Implementar el uso de pictogramas (gráficos) que identifiquen el tipo
de actividad que se realiza en cada uno de los espacios del lugar, para
facilitar la comprensión de personas que poseen códigos alfabéticos
convencionales como iletradas, con discapacidad cognitiva o autismo.

• Los baños deberán estar señalizados por el símbolo internacional de
accesibilidad. Es importante contar con la adecuación para garantizar
el acceso al servicio de personas con discapacidad física, y brindar
información de otros espacios adaptados en el lugar.
Otras señalizaciones

• “Para desarrollar la señalización se recurrirá simultáneamente a
diferentes formas de comunicación” (Jiménez, 2009, p. 25), a fin de
asegurar la comprensión de la información por parte del público, sin
importar su condición o situación.

• Se recomienda “indicar lugares donde se proporcione información,
asistencia, orientación y comunicación” (Jiménez, 2009), de manera
que todo el público tenga la posibilidad de acceder a cualquiera de los
servicios que presta el lugar.

• “Los pasamanos deben tener una señal sensible al tacto que indique
la proximidad de los límites de la escalera (NTC 4145)” (González, p.
27), y así dar mayor seguridad a personas con discapacidad visual
o baja visión.

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Referencias

Colombia. Congreso de la República (2005). Ley 982. Por la
cual se establecen normas tendientes a la equiparación de
oportunidades para las personas sordas y sordociegas y se dictan
otras disposiciones. Bogotá, Diario Oficial N.º 45.995 de 9 de
agosto de 2005. Recuperado de http://www.secretariasenado.gov.
co/senado/basedoc/ley/2005/ley_0982_2005_pr001.html

• Colombia.MinisteriodeAmbiente,ViviendayDesarrolloTerritorial
(2005). Decreto 1538. “Por el cual se reglamenta parcialmente la
Ley 361 de 1997”. Bogotá. Recuperado de http://www.cntv.org.co/
cntv_bop/basedoc/decreto/2005/decreto_1538_2005.html

• González Rodríguez, Norma (s.f.). Señalización para Puntos de
Atención y Servicio al Ciudadano: Especificaciones con base en
normas legales y técnicas. Departamento Nacional de Planeación
–DNP–, Programa Nacional de Servicio al Ciudadano –PNSC–.
Recuperado de http://www.servicioalciudadano.gov.co/LinkClick.
aspx?fileticket=RksFVTf1WqU%3D&tabid=40&language=es-
CO

• Jiménez P., John Richard (2009). Recomendaciones para la
accesibilidad de poblaciones con limitación visual, sorda y
sordociega, a espacios abiertos y cerrados. Recuperado de http://
portal.insor.gov.co/images/2011/AGOSTO/dcto_acc_esp%20pub.
pdf

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La puesta en marcha de las recomendaciones de las normas de
accesibilidad es posible si las instituciones y organizaciones las asumen
como un hecho de responsabilidad social, e implican movilización
en la sociedad en la medida en que se piensa en otras personas
que presentan una condición de discapacidad u otras características
como la talla baja; de igual manera, podemos encontrar personas en
situacionesdeenfermedad,mujeresgestantes,adultosmayoresyniños,
que requieren que los espacios estén pensados para posibilitarles el
desempeño autónomo. En este sentido,

Dado que las prácticas ciudadanas se aprenden, transforman,
y se consolidan en diversos espacios y escenarios, se reconoce
la necesidad de impulsar estrategias de formación para que la
comunidad en general fortalezca su capacidad de reflexión y
comprenda la realidad de personas con discapacidad.

UnodelosmecanismosestáenlaPlanificaciónSocial,fundamentada
en el principio de igualdad de derechos entre personas con y sin
discapacidad; significa que las necesidades de todo individuo son
de la misma importancia, y todos los recursos deben emplearse de
tal manera que garanticen una oportunidad igual de participación
a cada persona.

En ocasiones las sociedades se ocupan solo de las personas que
están en plena posesión de sus facultades físicas y mentales; deben
reconocer que, pese a los esfuerzos que se hagan en materia de
prevención,siemprehabráunnúmerodepersonasconalguna
discapacidad o situación de vulnerabilidad y se espera se

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comprometan en identificar y eliminar los obstáculos que limitan la
participación plena.

Con frecuencia las actitudes y los hábitos llevan a la exclusión de
las personas con discapacidad de la vida social y cultural. La gente
trata de evitar el contacto y la relación personal con ellas. Esto es
debido en gran medida a la ignorancia que persiste” (Discapacidad
Colombia, 2005).

Formación

• Es importante que el personal que labora en las instituciones tenga
conocimiento sobre diversas formas de comunicación verbal y no
verbal.

• Las entidades públicas y privadas que tengan por objeto la formación
y capacitación de profesionales deberán incluir en sus currículos temas
referentes a la atención a la diversidad.

• Brindar periódicamente talleres de formación, donde las temáticas
estén relacionadas con accesibilidad e inclusión social y con las
necesidades actuales de las personas, en pro de su participación con
autonomía en los servicios que oferta la institución.

• Actualizar la información referida a la normatividad vigente en
accesibilidad y su aplicación al contexto institucional.

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Corresponsabilidad

Las instituciones deberán:

• Coordinar y concretar con otros sectores, entidades e instituciones
para prestar un servicio de calidad a las personas en situación de
discapacidad.

• Articular, intercambiar y compartir experiencias, estrategias y
experticia con otras instituciones para fortalecerse mutuamente.

• Realizar procesos de transferencia de los conocimientos que se
adquieran con referencia a accesibilidad, inclusión y atención a la
diversidad entre el personal de la misma institución.

• Garantizar un mayor impacto de cultura inclusiva; todas las personas
y profesionales de la institución deberán apropiarse del tema de
accesibilidad, independientemente del rol que cumplan en este lugar.

• Generar estrategias que involucren a la familia y la comunidad en las
actividades y procesos que se lleven a cabo.
Gestión institucional

• El talento humano de una institución deberá velar por el trabajo
cooperativo y armónico, donde todas las personas se involucren y
trabajen en pro de un bien común.

• Crear una política de accesibilidad que conduzca al resultado
de acciones positivas que mejoren el ingreso, la permanencia, la
participación y la atención de las personas que asisten a los diferentes
espacios.

• Fomentar el respeto a la diferencia para crear una cultura inclusiva
que se refleje desde la institución.

• Evaluar permanentemente las acciones que se implementan a
nivel institucional para garantizar un mejoramiento continuo.

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• Equipar la institución con los apoyos y ayudas necesarios para
brindar atención pertinente a la diversidad de la población.

Recordemos: Dentro de la institución los cambios son constantes, el
mundo cambia todos los días y no podemos continuar en los esquemas
tradicionales. Estamos en un país diverso, ¿por qué aún no aceptamos
que cada ser humano también es diferente y pensamos en sus
necesidades para su plena participación y autonomía?
Referencias

• Abela, Jaime Andréu; Ortega Ruiz, José F. y Pérez Corbacho, Ana
María (2003). Sociología de la Discapacidad. Exclusión e Inclusión
socialdelosdiscapacitados.RevistadelMinisteriodeTrabajoyAsuntos
Sociales, 45, 77-106, España. Recuperado de http://www.empleo.gob.
es/es/publica/pub_electronicas/destacadas/revista/numeros/45/
estudio4.pdf

• Alcaldía de Medellín, Secretaría General (2009). Acuerdo número
86 de 2009. Por medio del cual se adopta la política pública en
discapacidad para el municipio de Medellín. Recuperado de http://
www.medellin.gov.co/irj/go/km/docs/wpccontent/Sites/Subportal%20
del%20Ciudadano/Bienestar%20y%20Desarrollo%20Social/
Secciones/Publicaciones/Documentos/2010/acuerdo%2086%20
2009.pdf

• Barton, L. (comp.) (1998). Discapacidad y Sociedad. Madrid: Ediciones
Morata.

• Colombia. Congreso de la República (1997). Ley 361 de 1997
(Reglamentada por el Decreto Nacional 734 de 2012, Reglamentada
parcialmente por el Decreto Nacional 1538 de 2005, Adicionada
por la Ley 1287 de 2009), por la cual se establecen mecanismos de
integración social de las personas con limitación y se dictan otras
disposiciones. Recuperado de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/
normas/Norma1.jsp?i=343

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• Colombia. Ministerio de Educación Nacional (2009). Decreto 366,
Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo
pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con
capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación
inclusiva. Recuperado de http://www.mineducacion.gov.co/1621/
article-182816.html

• Discapacidad Colombia (2005). Clasificación de barreras. Recuperado
de http://discapacidadcolombia.com/modules.php?name=Content&pa
=showpage&pid=49

• Naciones Unidas (2006). Convención sobre los derechos de las
personas con discapacidad. Recuperado de http://www.un.org/esa/
socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

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