VERIFICACION DE ESCRITURA
PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE ESCRITURA.
4-1 DEFINICIÓN DE LA VERIFICACIÓN DE LA ESCRITURA.
La verificación de escritura es el procedimiento, principal o incidental, que tiene por objeto, poner al tribunal en medida de estatuir sobre la sinceridad de un acto bajo firma privada, negado o desconocido, por aquel a quien se opone. Como ya hemos visto, entre el acto bajo firma privada y el acto auténtico hay diferencia en cuanto a la fuerza probante del uno y del otro, ya que en tal sentido, el artículo 1319 del Código Civil Dominicano dispone que el acto auténtico, tiene plena fe respecto de la convención que contiene entre las partes contratantes y …ver más…
Si el demandado comparece y reconoce la escritura no hay que seguir adelante el procedimiento. En este caso se dicta una sentencia en la cual se da acta del reconocimiento que se hace de la escritura o de la firma y todas las costas relativas al reconocimiento, quedan a cargo del demandante, conforme a la parte in fine del artículo 193 del Código de Procedimiento Civil.
4.5 JURISDICCIÓN COMPETENTE PARA CONOCER DE LA DEMANDA. PODERES DEL JUEZ.
En razón de la materia, el tribunal competente lo es el Juzgado de Primera Instancia, sea que se trate de demanda principal o incidental. Cuando un asunto se está conociendo por ante un Juzgado de Paz y surge el documento bajo firma privada negado o no reconocido, esta jurisdicción debe sobreseer hasta tanto el asunto se decida por ante el Juzgado de Primera Instancia. En efecto, el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil expresa lo siguiente: quot; Cuando alguna de las partes manifestaré su voluntad de inscribirse en falsedad, negaré algún escrito o declararé que no lo reconoce, el Juez de Paz le dará constancia de ello, rubricará el documento y remitirá la causa por ante los jueces que deban conocer de ellaquot;. La verificación de escritura, como todo medio de prueba se puede solicitar por primera vez en grado de apelación, pero quien haya reconocido la escritura en el primer grado no puede alegar desconocimiento o negarla en grado de