Resumen documental "la era de la estupidez"
Como es bien sabido, en el Concejo Municipal destacan la figura del Presidente, Vicepresidente y Secretario. Cada cual, tiene bien definidas sus competencias (artículos 34, 46, 47 y 53 del Código Municipal).
El tema de la sustitución del Presidente y Vicepresidente se encuentra regulado en el artículo 33 del Código Municipal, el cual señala que en ausencias temporales del Presidente, lo sustituye el Vicepresidente; mientras que en los casos que ambos falten, sustituye el regidor presente de mayor edad. En cuanto al regidor presente de