Operaciones No Gravadas Con Igv
INAFECTACIONES
No están gravadas con el impuesto entre otras las siguientes operaciones: • La exportación de bienes, la exportación de servicios, así como los contratos de construcción ejecutados en el exterior. Las operaciones consideradas como exportación de servicios están consideradas en el Apéndice V del Texto Único Ordenado de la ley del Impuesto General a las Ventas. • La transferencia de bienes que se realice como consecuencia de la reorganización de empresas. • La transferencia de bienes usados que efectúen las personas naturales o jurídicas que no realicen actividad empresarial, salvo que sean habituales en la realización de este tipo de operaciones. • El arrendamiento y …ver más…
• Las Comisiones, intereses y demás ingresos provenientes de créditos directos e indirectos otorgados por otras entidades que se encuentren supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones dedicadas exclusivamente a operar a favor de la micro y pequeña empresa. • Los intereses y comisiones provenientes de créditos de fomento otorgados directamente o mediante intermediarios financieros, por organismos internacionales o instituciones gubernamentales extranjeras.
EXONERACIONES
Se encuentran exoneradas del IGV hasta el 30 de junio de 2010 las operaciones contenidas en los Apéndices I y II del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.
El apéndice I contiene la importación y venta en el país de bienes de primera necesidad y algunos bienes necesarios para la agricultura, tecnología informática y determinados vehículos de transporte.
Asimismo se encuentra exonerada la primera venta de inmuebles que efectúen los constructores, siempre que el valor de venta no supere las 35 unidades impositivas tributarías.
El apéndice II contiene todos los servicios prestados en el país que están exonerados, y estos son: • Los servicios de crédito. • Servicio de transporte público