Informacion ad perpetuam
CONCEPTO
La Información ad-perpetuam es un Acto de jurisdicción voluntaria que tiene por objeto llevar a cabo una averiguación o prueba destinada a justificar algún hecho o acreditar un derecho para que en lo sucesivo conste inequívocamente.
~ ad perpétuam, o ~ ad perpétuam rei memóriam.
1. f. Der. La que se hace judicialmente y a prevención, para que algo conste en lo sucesivo.
HISTORIA
Festinación que los litigantes en el foro cuando para conservar la memoria de un hecho que les interesa promueven la información de testigos conocida con el nombre de información ad perpetuam. He aquí el punto de vista desde el que se deben contemplar el primero y parte del segundo tomos de mi Cuadro. Los restantes se han …ver más…
(LO ACREDITARAS CON LA PRUEBA TESTIMONIAL A CARGO DE 5 TESTIGOS Y LOS DESAHOGARAS A TRAVÉS DE UN INTERROGATORIO ).
4.- Que tu cliente carece de titulo de propiedad pero si tiene la posesión.
5.- Solicitar también un certificado de historia catastral del inmueble referido.
6.- Dicho juicio lo promoverás a través de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA ( todo asunto llevado en jurisdicción voluntaria se caracteriza por que no hay conflicto, en estE caso tu eres el poseedor y ya. No así en la prescripción que la ejercitas por la vía ordinaria civil en donde existe litigio pues tratas de quitar un derecho de propiedad a otra persona.
EL JUICIO
1.- Hacer solicitud de diligencias de información ad perpetum.
2.- El juez te admitirá la demanda.
a) Te reconocerá la personalidad.
b) Manda que se registre en el libro de gobierno.
c) MP y rentas les da a conocer que se ventila juicio y les pide la intervención.
d) Manda publicar un extracto de la solicitud en lugares públicos para ver si hay opositores.
3.- Se le notificara al administrador de RENTAS.
4.- Se le notificara al MP adscrito.
5.- Se manda publicar edictos.
6.- Una vez que se publicaron los edictos sin que se hayan presentado opositores se manda resibir la prueba TESTIMONIAL se señala fecha, se cita a los colindantes, al MP, al de rentas, y demas interesados.
7.- Se les notifica a todos los que intervendrán.
8.- Se llega la fecha del desahogo de la prueba testimonial y se