Historia del derecho patrio mexicano
¿Consentimiento informado o desinformado? El peligro de la medicina defensiva. El consentimiento informado (CI) implica una nueva cultura en el desarrollo de la relación clínica, en la que se exige un mayor respeto a las personas del que se tenía hasta ahora. El editorialista defiende la tesis de que el CI debe ser una garantía de la autonomía moral del paciente y no un expediente para eximir una responsabilidad jurídica. Este es el principio general en que se basa el CI, ético antes que jurídico.
¿Consentimiento informado o desinformado? El peligro de la medicina defensiva
M.A. Broggi Trias Med Clin (Barc) 1999; 112: 95-96 Empieza a ser de todos conocido que lo que se ha convenido en denominar consentimiento informado (CI) es …ver más…
Pero, precisamente para asegurar que sean realmente autónomas, debe existir, antes de cada actuación médica importante, una ocasión franca de que la voluntad del enfermo haya podido manifestarse con libertad, con toda la competencia de que sea capaz y con la información que precise para ello en aquel momento. Por tanto, los profesionales, ahora más que antes, debemos acostumbrarnos a detectar necesidades y a aumentar nuestra sensibilidad para adaptarnos a ellas. No puede aceptarse que la comodidad, la premura o torbellino de la medicina defensiva lleguen a engullir las necesidades del enfermo2, entre otras cosas porque esta actitud impide una correcta comprensión (que siempre debería ser esperada en un científico) del hecho clínico y, además, porque, en la práctica, crea insatisfacción personal; y los profesionales temerosos harían bien recordando que es precisamente la insatisfacción la que acaba generando más problemas. Un botón de muestra de la alerta que provoca esta confusión es el título de un artículo reciente en una revista jurídica de nuestro país: El consentimiento: ¿una garantía de la autonomía moral del paciente o un expediente para eximir de responsabilidad?3. Las prácticas que más evidencian el olvido, o el desprecio, del verdadero objetivo del CI en aras a un requisito puramente legal son, en primer lugar, el hecho de que la entrega de la información escrita sustituya a menudo al
auténtico diálogo y, en segundo lugar, el primar la