Higiene en la piel
1- Autonomía: Consiste en el principio de que a su beneficiario cuando lo va a cobrar no se le puede oponer los problemas que puede existir entre el emisor y el que está obligado a pagarlo.
2- Literalidad: Significa que su beneficiario debe exigir solamente el cobro de la cantidad indicada en el documento.
3- Incorporación: Significa que en el documento está incorporado un derecho que debe ejercer el beneficiario, y en consecuencia el