Fallo: “Municipalidad De La Capital C/Elertondo”.

1129 palabras 5 páginas
Les dejo el resumen del fallo...

Trabajo Práctico de
Derecho Politico.

Tema: Fallo: “Municipalidad de la Capital c/Elertondo”.

Alumnos: *Díaz Andrea Lorena D.N.I: 36015476

Profesora: Doctora Martha Helia Altabe de Lectora.

Materia: Derecho Politico.

Año: 2012

Fallo: Municipalidad de la Capital c/Elortondo.
Fallo: CSJN 33:162
Año: 1888

HECHOS: Se trata de la expropiación de una franja de terreno adyacente a la faja que constituiría la Avenida de Mayo. La Corte, partiendo el que el derecho de propiedad es uno de los más enérgicamente protegidos por la Constitución razón por la cual la facultad de expropiar es un privilegio,
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Que estas limitaciones, sino explicitas en la Constitución, surgen a la par que los principios fundamentales que ella consagra , de la naturaleza misma del derecho de expropiación, el cual no tiene otra base ni otro fundamento, que la necesidad i conveniencia sociales, y no puede por lo tanto. Extenderse más allá que lo que los fines supremos puedan reclamar, ni aplicarse por consiguiente, a bienes que el uso, el propósito o la obra pública tenida en vista, no re quieren como indispensable, ni a titulo simplemente del mayor valor resultante de una mejora publica cualquiera, a favor de las propiedades adyacentes, cuya compensación tiene su forma especial y distinta por la Constitución y por la práctica de todos los países libres, a saber, a saber: la cotización o contribución en dinero, proporcional y equitativa al beneficio recibido.

Razonamiento: Es elemental que nuestra organización constitucional la atribución que tienen y el deber en que se hallan tribunales de justicia de examinar las leyes en los casos concretos que se traen a su decisión, comparándolas, con el texto de la constitución, para averiguar si guardan o no conformidad con esta y abstenerse de aplicarlas si las encuentran en oposición con ellas.

Disidencia o concurrencia: No es dado a los Jueces juzgar de la justicia de las leyes, pueden bajo nuestro régimen constitucional juzgar de su constitucionalidad, pero no

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