Errores e Irregularidades Auditoria
* • Efectos en el "informe de auditoría". * • "Comunicación" a la dirección y, en su caso, a los organismos reguladores. 3. ÁMBITO DE LA NORMA La Norma técnica sobre Errores e Irregularidades es aplicable a: * • Auditoría de cuentas anuales. * • Todos aquellos otros trabajos de auditoría de cuentas sujetos a la Ley de Auditoría de Cuentas. Parece entenderse que la Norma técnica es aplicable a todos aquellos trabajos de "auditoría", bien se refieran a cuentas anuales, o bien se refieran a estados financieros, tanto de auditoría obligatoria como de auditoría voluntaria. En definitiva, debe interpretarse que abarca a cualquier trabajo de auditoría realizado por un auditor de cuentas habilitado al efecto, a través de la aplicación de procedimientos y pruebas con el alcance que estime necesarios y sin limitaciones inicialmente establecidas de ningún tipo, que tenga por finalidad la emisión de un informe de auditoría que contenga la opinión del auditor acerca de la fiabilidad o adecuación de las correspondientes cuentas anuales o estados financieros, pudiéndose conocer y valorar dicha información por terceros. Se deduce pues, que no entrarían en el ámbito de la Norma técnica aquellos trabajos de menor alcance denominados por la propia Ley y Reglamento de auditoría de cuentas, como "otros trabajos de revisión y