Doctrinas totalitarias
Si de la evaluación de riesgos se deduce la necesidad de adoptar medidas preventivas, se deberá: • Eliminar o reducir el riesgo, mediante medidas de prevención en el origen, organizativas, de protección colectiva, de protección individual o de formación e información a los trabajadores. • Controlar periódicamente las condiciones, la organización y los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores.,
De acuerdo con el artículo 33 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales, el empresario deberá consultar a los representantes de los trabajadores, o a los propios trabajadores en ausencia de representantes, acerca del procedimiento de evaluación a utilizar en la empresa o centro de trabajo. En cualquier caso, si existiera normativa específica de aplicación, el procedimiento de evaluación deberá ajustarse a las condiciones concretas establecidas en la misma.
La evaluación inicial de riesgos deberá hacerse en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la empresa, teniendo en cuenta: • a) Las condiciones de trabajo existentes o previstas
b) La posibilidad de que el trabajador que lo ocupe sea especialmente sensible, por sus características personales o estado biológico conocido, a alguna de dichas condiciones.
Deberán volver a evaluarse los puestos de trabajo que puedan verse afectados por: • a) La elección de equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, la