Diferencias Entre Monarquía Constitucional y Monarquía Parlamentaria
El factor que define a la Monarquía constitucional es el intento de someter a su titular al orden constitucional, dentro del marco del reconocimiento del Derecho como límite de los poderes públicos y la resistencia ofrecida por el Monarca a tal limitación. Aparece el principio de la división de poderes como la técnica para concretar jurídicamente la limitación del poder de los órganos del Estado, también del Monarca y su regulación constitucional.
Tal situación podría dar lugar a que la regulación constitucional reforzara la posición hegemónica del Rey, o bien esa regulación limitaba el poder regio en los casos en que se constatara la supremacía del Parlamento. En ambos casos, el referente constitucional era utilizado como elemento de legitimidad de la posición de aquel órgano que impusiera su supremacía.
Este fenómeno, también influye en la comprensión de la Monarquía constitucional y en la sistematización de sus distintas fases, y los criterios usados para distinguir este tipo monárquico de otros se basa más en factores políticos que en jurídicos.
Al Monarca se le sustrae definitivamente la titularidad de la soberanía en consecuencia del desarrollo del Estado constitucional, lo que da lugar a la pérdida de poder efectivo del Monarca sobre el resto de los órganos del Estado. Por lo que la tradicional teoría de la Monarquía constitucional, determina que ésta es concebida como una fase