Delitos ciberneticos
La demanda deberá estar acompañada de: 1. Cuando se actúa por medio de apoderado, el poder para iniciar el proceso 2. Si se trata de persona natural que no puede comparecer por sí misma, la prueba de la representación del demandante. 3. La prueba de la existencia y de la representación legal de las personas jurídicas privadas que figuren como demandantes o demandadas. 4. La copia del acto acusado con las constancias de su publicación, notificación o ejecución, según el caso. 5. Deberá acompañar el demandante el documento idóneo que acredite el carácter con que se presenta al proceso, cuando tenga la representación de otra persona, o cuando el derecho que reclama proviene de haberlo otro …ver más…
Si se hubiere pedido suspensión provisional se resolverá sobre ésta en el mismo auto sea de única o de dos instancias dictado por la sala, en tal caso la parte demandada una vez notificada podrá solicitar reposición en el primer extremo y apelación del segundo.
Nada impide que contra la admisión misma de la demanda, contenga o no suspensión provisional, podrá interponerse como recurso único la reposición, pero advirtiendo que en tal caso solo podrá cuestionarse dicha admisión. Aquí lo que no es posible es el manejo coetáneo de los recursos de reposición y apelación.
En los procesos electorales los recursos para el auto admisorio de la demanda son diferentes, si es de única instancia en los juzgados, tribunales o consejo de estado, tanto el admisorio como el que inadmite serán dictados por el sustanciador y el primero no tendrá ningún recurso y el segundo será suplicable frente al resto de magistrados; en los de doble instancia el admisorio no tendrá ningún recurso y el inadmisorio proferido por la sala podrá apelarse frente al consejo de estado. Esto si no contiene decisión de suspensión provisional.
LA DEMANDA Y SU CORRECCIÓN:
Del derecho a variar la demanda podrá hacerse uso por una sola vez, y se tendrá derecho a éste hasta el último minuto de la fijación en lista. También el actor tendrá derecho a adicionarla pero no podrá sustituir la totalidad de los demandantes ni demandados ni tampoco la totalidad de las pretensiones.