Cosa juzgada formal y material
Concepto
La cosa juzgada es el efecto de la sentencia, es decir sobre lo cual fue decidido el juicio. Lo que protege el derecho con el nombre de cosa juzgada es que la parte condenada no pueda oponer un nuevo juicio y también que la parte que ha sido beneficiada o ganadora pueda ejercer sus nuevos derechos u obrar con total libertad basándose en la sentencia ya emitida. En otras palabras significa “juicio dado sobre la litis”. Está legislada en el artículo 297 del CPC y de cierta forma en el 41 del CPP.
Importancia
Con esto se logra determinar que la voluntad del estado impregnada en la ley, es para el litigio; definitiva e inmutable. Como dice el autor Devis Echandia su razón de ser es ponerle fin a los …ver más…
De ella podemos decir que es la identificación de las acciones.
Efectos.-
Los efectos según Hernán Fabio López[7] son varios entre los cuales tenemos los siguientes:
• Salvo precisas excepciones legales, impide volver a plantear las mismas pretensiones ante la autoridad judicial.
• Lo decidido en sentencia no puede ser modificado ni siquiera por el mismo juez que la profirió; o sea, la sentencia es inmutable.
• Si la parte a cuyo cargo se ha impuesto una prestación se niega a satisfacerla, se puede acudir a la fuerza para obtener su cumplimiento.
Los efectos están en el articulo 295 del CPC.
Clases de Cosa Juzgada
Tenemos dos clases material y formal hablaremos primero de la formal. Cuando una sentencia queda ejecutoriada, esto es, cuando vencen los términos de notificación sin que se interpongan en su contra recurso alguno, o cuando habiéndose interpuesto este, es resuelto, la sentencia hace transito a la cosa juzgada formal, es decir, dentro del mismo proceso no puede ser desconocido lo resuelto en ella; pero mediante recurso extraordinario de revisión, o en juicio ordinario diferente en un caso permitido por la ley, es posible desconocer lo decidido. La sentencia esta ejecutoriada pero queda la posibilidad de hacerla ineficaz, bien mediante recurso extraordinario de revisión que veremos más adelante o adelantando otro juicio que permita volver sobre lo ya decidido cuando el