Codigo organico tributario
DE LOS MEDIOS DE EXTINCIÓN
Artículo 39. La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes:
1. Pago.
2. Compensación.
3. Confusión.
4. Remisión.
5. Declaratoria de incobrabilidad.
Parágrafo Primero: La obligación tributaria se extingue igualmente por prescripción, en los términos previstos en el Capítulo VI de este Título.
Parágrafo Segundo: Las leyes especiales tributarias pueden establecer otros medios de extinción de la obligación tributaria que ellas regulen. • Analisis: Este articulo expone las diferentes maneras en que se debe cumplir con la obligación tributaria.
Sección Primera
Del Pago
Artículo 40. El pago debe ser efectuado por los sujetos pasivos. También puede ser …ver más…
Tampoco será aplicable en los casos a que se refieren los artículos 45, 46 y 47 de este Código. • Analisis: La administración tributario adecua las obligaciones tributarias en diferentes componentes los cuales imputan el pago de acuerdo a la deuda que exista
Artículo 46. Las prórrogas y demás facilidades para el pago de obligaciones no vencidas, podrán ser acordadas con carácter excepcional en casos particulares.
A tal fin, los interesados deberán presentar solicitud al menos quince (15) días hábiles antes del vencimiento del plazo para el pago y sólo podrán ser concedidas cuando a juicio de la Administración Tributaria se justifiquen las causas que impiden el cumplimiento normal de la obligación.
La Administración Tributaria deberá responder dentro de los diez (10) hábiles a la presentación de la solicitud.
La decisión denegatoria no admitirá recurso alguno. En ningún caso podrá interpretarse que la falta de pronunciamiento de la Administración Tributaria implica la concesión de la prórroga o facilidad solicitada.
Las prórrogas y demás facilidades que se concedan causarán intereses sobre los montos financiados los cuales serán equivalentes a la tasa máxima activa bancaria vigente al momento de la suscripción del convenio. Si durante la vigencia del convenio, se produce una variación de diez por ciento (10%) o más entre la tasa utilizada en el convenio y la tasa máxima bancaria vigente, se procederá al ajuste de las cuotas restantes utilizando la