Aportes para la psicología por hermann von helmholtz
Impuesto a las utilidades de las empresas, personas físicas con actividades lucrativas.
HECHO GENERADOR
Percepción de rentas en dinero o especie, continuas u ocasionales de fuente costarricense.
CONTRIBUYENTES
➢ Empresas públicas o privadas con negocios lucrativos en el país. ➢ Personas jurídicas, sociedades de hecho, actividades profesionales. ➢ Sucursales, agencias que operen en Costa Rica, de personas que residan fuera del país (todo tipo de oficina, fábrica, edificio, plantación, negocio o explotación minera, forestal, agropecuaria, almacén, etc..). ➢ Fideicomisos, sucesiones. ➢ Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. ➢ Cualquier persona física …ver más…
➢ Herencias y legados. ➢ Premios de loterías nacionales o donaciones.
GASTOS DEDUCIBLES.
➢ Costo de bienes y servicios vendidos (compra de bienes y servicios para revender, materias primas, partes, piezas, combustibles, fuerza motriz, lubricantes, explotaciones agropecuarias). ➢ Sueldos, sobresueldos, bonificaciones, gratificaciones, regalías, aguinaldos, obsequios, servicios personales, siempre y cuando se hayan realizado las retenciones. ➢ Se puede deducir otra cantidad igual cuando se contrate personas con discapacidad. (Modificaciones a planta física también). ➢ Seguros. ➢ Intereses y gastos financieros relacionados con la obtención de rentas gravadas (no forman parte los dividendos o intereses más altos que el sistema bancario nacional), Cuando los intereses sumen un 50 % o más de la renta líquida debe completarse un formulario especial (Renta neta menos ingresos por intereses más gastos por intereses). ➢ Deudas incobrables, siempre que sean del giro habitual del negocio y se hayan agotados las vías legales. ➢ Depreciaciones de activos y sus mejoras, según métodos permitidos por la ley. Cuando se vendan bienes por un valor diferente al valor en libros, la ganancia o la pérdida serán consideradas como ganancia gravable o pérdida deducible. ➢ Animales de cría y leche podrán depreciarse según autorización de Tributación