Analisis foda
2.2 L icencias y R eg istros req ueridos d) R eg istro en la Cá mara de Comercio D e acuerd o con el artículo 3 8 4 d el C ó d igo d e C omercio, es obligatorio que tod o comerciante y/o socied ad mercantil se registre en la C ámara d e C omercio e Ind ustria correspond iente al municipio en el cual funcionará la nuev a empresa. S in este registro, las alcald ías no autoriz an el permiso d e operació n. Pero, ad emás, al registrarse, la empresa forma parte d e la base d e d atos d e la localid ad , lo cual es ú til para establecer contactos comerciales. S egú n el capital suscrito por la empresa, d e acuerd o a la siguiente tabla:
P ag ará Capital A utoriz ado
D esde L . 1 .0 0 L . 2 0 0 ,0 0 1 .0 0 L . 4 0 0 ,0 0 1 .0 0 L . 7 0 0 ,0 0 1 .0 0
Hasta L . 2 0 0 ,0 0 0 .0 0 L . 4 0 0 ,0 0 0 .0 0 L . 7 0 0 ,0 0 0 .0 0 E n ad elante
L . 5 9 0 .0 0 L . 8 5 0 .0 0 L . 1 ,8 0 0 .0 0 L . 3 ,0 0 0 .0 0
L os registros se renov arán obligatoriamente tod os los añ os terminad os en cero (0 ) y cinco (5 ). T rá mites: Presentar en la v entanilla d e atenció n al pú blico: 1 . S olicitud d e registro d ebid amente completad a 2 . E scritura original 3 . F otocopia d el R T N 4 . R ecibo d e pago por el registro. Afiliación a la Cámara de Comercio (opcional) Aunque este paso no es obligatorio, al afiliarse a la Cámara de Comercio el empresario contará con una mayor