Administracion Tributaria
El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo, y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
El hecho imponible ocurre desde el momento que se manifiesta la intención ante el fisco nacional.
Aspecto del Hecho Imponible: Material, personal, espacial, temporal y la cuantía.
1. ELEMENTO MATERIAL: Identifica a quien va dirigida y con qué objeto se ejecuta cada Ley, Este elemento se encuentra en la presente Ley en el Art. 1, que establece “Las transmisiones gratuitas de derecho por causa de muerte o por acto entre vivos serán gravadas con el impuesto a que se refiere la presente Ley en los términos y condiciones que en ellas se …ver más…
Artículo 27. Son responsables directos en calidad de agentes de retención o de percepción, las personas designadas por la ley o por la Administración previa autorización legal, que por sus funciones públicas o por razón de sus actividades privadas, intervengan en actos u operaciones en los cuales deban efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente. Los agentes de retención o de percepción que lo sean por razón de sus actividades privadas, no tendrán el carácter de funcionarios públicos. Efectuada la retención o percepción, el agente es el único responsable ante el Fisco por el importe retenido o percibido. De no realizar la retención o percepción, responderá solidariamente con el contribuyente. El agente es responsable ante el contribuyente por las retenciones efectuadas sin normas legales o reglamentarias que las autoricen. Si el agente enteró a la Administración lo retenido, el contribuyente podrá solicitar de la Administración Tributaria el reintegro o la compensación correspondiente. Parágrafo Primero: Se considerarán como no efectuados los egresos y gastos objeto de retención, cuando el pagador de los mismos no haya retenido y enterado el impuesto correspondiente conforme a los plazos que establezca la ley o su reglamento, salvo que demuestre haber efectuado efectivamente dicho egreso o gasto. Parágrafo Segundo: Las entidades de carácter público que revistan forma pública o privada, serán responsables de los