Actuario Judicial
Y DILIGENCIAS ACTUARIALES.
ACTUARIO JUDICIAL
Eduardo Pallares lo define como: “El funcionario judicial que tiene a su cargo hacer notificaciones, practicar embargos, efectuar lanzamientos y hacer requerimientos, entre otros actos”. Dentro del Poder Judicial, son los funcionarios judiciales investidos de fe pública, que se encargan de comunicar a las partes en un juicio, las resoluciones que dictan los jueces o magistrados en los procedimientos que se tramitan ante ellos. Así mismo, se encargan de dar cumplimiento a las órdenes de los jueces o magistrados que tienen que llevarse a cabo fuera de las instalaciones de los Juzgados o Tribunales. Se dice que los actuarios están investidos de fe …ver más…
6.- EMBARGO.- Retención o apoderamiento que se hace de los bienes del deudor que se efectúa en el procedimiento ejecutivo o en ejecución de una sentencia, a fin de, que con ellos o con el producto de su venta, se garantice o satisfaga la incumplida obligación a favor del acreedor.
7.- EMPLAZAMIENTO.- El llamamiento o convocatoria que se hace a una persona por orden de un juez, para que comparezca en el tribunal dentro del término que se le designe, con el objeto de poder defenderse de los cargos que se le hacen, oponerse a la demanda , usar de su derecho o cumplir lo que se le ordene. La diferencia principal entre emplazamiento y citación reside en que ésta señala día y hora para presentarse ante la autoridad judicial, mientras el emplazamiento no fija sino el plazo hasta el cual es lícito acudir al llamamiento del tribunal.
8.- ESTRADOS.- Salas de tribunales, donde jueces y magistrados celebran sus sesiones, oyen a los litigantes y sentencian. Lugar de un juzgado, de audiencia o del Tribunal Supremo donde, para conocimiento general, se colocan edictos de citación, emplazamiento o notificación dirigidos a litigantes en rebeldía o a interesados que carecen de representación en las causas.
9.- FE PÚBLICA.- Veracidad, confianza, o autoridad legítima atribuida a