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La lógica jurídica para el ejercicio de la profesión de abogado



  1. La
    lógica jurídica
  2. Pensamiento jurídico

ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE
01

La lógica
jurídica

  • 1) EXPLIQUE LA IMPORTANCIA QUE TIENE LA
    LÓGICA JURÍDICA PARA EL EJERCICIO DE LA
    PROFESIÓN DE ABOGADO.

Su importancia extraordinaria es teórica y
práctica poliádicas que sirve para el ejercicio de
la profesión de Abogado.

  • Identifica la norma jurídica en el universo
    de normas.

  • Conoce, identifica y diferencia rigurosamente las
    formas de conocimiento jurídico.

  • Identifica y diferencia la regulación
    jurídica de la relación
    jurídica.

  • Efectúa inferencias jurídicas
    correctas.

  • Formula, así como interpreta rigurosa y
    eficientemente las proposiciones jurídicas.

  • Identifica con precisión los componentes del
    juicio jurídico y el sentido de la imputación
    jurídica.

  • Efectúa la argumentación la
    argumentación jurídica a la luz de la
    logicidad.

  • Asume destreza mental para evitar paralogismos y
    detectar oportunamente las falacias.

"El abogado debe tener presente que es un servidor de la
justicia y un colaborador de su administración, porque la
ética al igual que el derecho rigen conductas humanas, no
está integrada por principios etéreos".

  • 2) DENTRO DEL UNIVERSO NORMATIVO, LA PALABRA
    NORMA TIENE VARIOS SIGNIFICADOS, INCLUYENDO AQUÉL QUE
    SE REFIERE A LA NORMA JURÍDICA: ESTABLEZCA LA
    DIFERENCIA QUE EXISTE ENTRE EL CONCEPTO DE NORMA COMÚN
    Y NORMA JURÍDICA.

NORMA COMUN

NORMA
JURÍDICA

  • Son frontera vagas y de suma
    heterogeneidad.

  • La palabra expresa una
    regulación.

  • La ley es un tipo de prescripción
    estatal.

  • Su característica es general y
    abstracta.

  • Son reglas de comportamiento.

  • Son de naturaleza eminentemente
    prescriptiva.

  • Regulan relaciones interactivas de las
    personas naturales entre sí.

  • Prevén obligaciones, prohibiciones,
    permisiones y dispensas.

  • 3) CON LA FINALIDAD DE FIJAR DE MANERA CLARA
    Y OBJETIVA LOS ALCANCES DEL TÉRMINO "NORMA", ELABORE
    UN MAPA CONCEPTUAL DE LAS CLASES DE NORMA QUE
    CONOCE.

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  • 4) DENTRO DEL UNIVERSO NORMATIVO, UBIQUE LA
    "NORMA JURÍDICA" Y SEÑALANDO SUS
    CARACTERÍSTICAS, EXPLIQUE EN QUE SE DIFERENCIA DE LAS
    NORMAS COMUNES.

NORMA JURÍDICA:

Este tipo de norma es de naturaleza eminentemente
prescriptiva: ordena,prohíbe, permite, dispensa, declara y
establece determinado comportamiento humano. La norma
jurídica puede ser interna y interestatal,
Heterónoma y Autónoma.

En las características de la norma
jurídica, encontraremos que algunas de ellas son comunes,
lo que significa que no todas son específicas de
estas:

  • a) Heterónoma: Está
    referida al hecho de que la norma jurídica se formula,
    se aprueba y se pone en vigencia para el Estado, ya sea como
    una Ley o Decreto Legislativo.

  • b) Jerarquía Normativa: Significa
    que la norma jurídica se encuentra integrando un
    sistema jurídico. Su sistematización se
    encuentra formando una pirámide jurídica
    según Hans Kelsen.

  • c) Conllevan coercibilidad y coacción
    estatal:
    En las normas jurídicas la libertad
    y voluntad de la obligada no cuenta. Ellas deben cumplirse
    quiérase o no. La diferencia con la norma moral
    está en su imperatividad y coerción.

  • d) Bilateralidad: Consiste en que la
    función relacional de esta sólo puede tener un
    lugar entre personas naturales o jurídicas,
    necesariamente situadas en polos opuestos y vinculados entre
    si por la norma jurídica que se les conoce como
    sujetos de la regulación jurídica.

  • e) Coimplicancia: Consiste en que
    determina, genera una imputación prescriptiva que
    simultáneamente establece un doble vínculo de
    sentido contrapuesto y reciproco entre los sujetos de la
    regulación jurídica.

  • f) Eminentemente prescriptiva: Toda
    norma jurídica prescribe un tipo de conducta es decir
    obligaciones, permisiones, prohibiciones; Independientemente
    de la voluntad de los sujetos de la regulación
    jurídica.

  • g) Teológica: Está
    característica está referida a la finalidad que
    persigue la norma jurídica, que generalmente son fines
    trascendentales para el hombre y la sociedad, como
    instrumento de progreso y solidaridad, generando condiciones
    para la existencia de la paz, la convivencia, el desarrollo y
    la seguridad colectiva.

  • h) Correlación entre el estado y la
    norma jurídica:
    El estado constituye el sistema de
    normas jurídicas y establece los órganos
    encargados de emitirla. En la frase. El estado se debe a
    derecho y el derecho se debe al estado. Constituye la mejor
    forma de graficar esta correlación, entre estado y
    norma jurídica.

  • i) Requiere implementación para su
    aplicación:
    El derecho tiene como finalidad
    mantener la paz social o restablecer la cuando esta es
    quebrantada. Por ello el decreto debe contar con los
    mecanismos necesarios para hacer posible la convivencia
    social a través del cumplimiento coercitivo de la
    norma jurídica.

  • j) La norma jurídica es referente de
    la Ley, pero se relaciona con ella:
    Norma jurídica
    es el contenido de la ley por resultar inconcebible una ley
    sin contenido normativo. La ley es una de las formas en que
    se expresa la norma.

  • 5) ELABORE UN MAPA CONCEPTUAL O CUADRO
    SINÓPTICO DE LA CLASIFICACIÓN DE LA NORMA
    JURÍDICA.

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  • 6) EXPLIQUE CUÁL ES LA ESTRUCTURA DE
    LA NORMA JURÍDICA.

  • A) ESTRUCTURA EXTERNA DE LA NORMA
    JURÍDICA

La norma jurídica se expresa através del
lenguaje técnico ya sea verbal o escrito. Está
constituida por el lenguaje oral o escrito, a través de la
cual se expresa la proposición jurídica, que debe
ser utilizada correctamente, de aquel que se aluda al lenguaje
técnico o jurídico, porque en aquellos conceptos
adquieren una dimensión y significado
distintos.

  • B) LA ESTRUCTURA INTERNA DE LA NORMA
    JURÍDICA

Es el contenido prescriptivo de aquella. Este contenido
prescriptivo está constituido por las formas del
pensamiento jurídico.

  • 1. El Concepto
    Jurídico:

Se expresa mediante la palabra. Con él se forma
el juicio jurídico que determina el sentido completo de la
imputación jurídica.

  • 2. El Juicio Jurídico:

Se expresa mediante la proposición
jurídica. es la parte que nos permite descubrir el
supuesto jurídico (hipótesis jurídica),
la imputación jurídica y la consecuencia
jurídica.

  • 3. Función de la imputación
    jurídica:

Es la de instituir la
regulación jurídica de las relaciones
sociales, que se sustenta en la dialogicidad reciproca de la
norma jurídica.

AUTOEVALUACION Nº
1

  • 1. La palabra "norma", ¿incluye
    también a la norma jurídica? .Cualquiera fuera
    su respuesta, fundaméntela.

A mi parecer una norma es una regla que debe ser
respetada y que permite ajustar ciertas conductas o
actividades, (pero no hay sanción). En el ámbito
del derecho, una norma es un precepto jurídico.
Ósea que se relaciona con las reglas de comportamiento
humano. (en está hay sanción).

  • 2. Las normas consuetudinarias pueden cumplir
    las siguientes funciones:

  • a) Como fuente de derecho

  • b) Conservar la paz social

  • c) Como costumbre jurídica

  • d) Evitar el conflicto

  • 3. La norma jurídica es:

  • a) Voluntaria

  • b) Consensual

  • c) Coactiva

  • d) Obligatoria

  • 4. Las normas religiosas son:

  • a) Teónomas

  • b) Impuestas por el estado

  • c) Voluntarias

  • d) Consensuales

  • 5. La norma jurídica se clasifica
    por:

  • a) El operador deóntico

  • b) Por la hipótesis
    jurídica

  • c) Por la consecuencia
    jurídica

  • d) Por la prescripción
    jurídica

  • 6. La norma jurídica obligatoria
    determina:

  • a) Una permisión

  • b) Una facultad

  • c) Una obligación

  • d) Un procedimiento

  • 7. La norma jurídica
    prohibitiva

  • a) Niega una acción

  • b) Impone un "no hacer"

  • c) Impone una obligación

  • d) Una permisión

ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE Nº
2

Pensamiento
jurídico

  • 1. DEFINA LO QUE ENTIENDE POR PENSAMIENTO
    JURÍDICO Y ENUMERE LAS FORMAS DEL PENSAMIENTO
    JURÍDICO QUE CONOCE.

El pensamiento jurídico es un uso corrosivo de la
razón, pero que paradójicamente, revaloriza al
individuo, porque hace que este deba formar su propia
opinión sobre el mundo y las cosas, sólo con un
instrumento: su razón.

Con esta razón, el hombre debe poner en examen y
someter a análisis a la autoridad, la historia, las
costumbres, las formas sociales, la organización de las
diferentes comunidades culturales, las relaciones
jurídicas y su legitimidad, etc. Una vez analizado y
sometido al censor de la razón, los hombres por fin
podrán decidir, racionalmente, el futuro que quieren
tener. El hombre por fin deja de guiarse sólo por el
pasado y vuelca su mirada en el futuro, decide con
relación a este futuro racional, sin mayores trabas y
ataduras.

Esta razón con que pudieran decidir el futuro
debía responder a un principio de universalización,
que plasmara el elemento de la generalidad como esencial para el
desarrollo de la sociedad moderna, se puede decir así que
"Los pensadores de la modernidad percibieron con claridad la
vocación universalizante de las nuevas ideas. Kant,
quizá el teórico más importante del nuevo
Estado de Derecho, planteó la necesidad de generalidad
como elemento fundamental de la nueva ética que
debía fundar la sociedad moderna: "obra de manera que tus
actos puedan obedecer a una ley general, decía Kant,
"instaura la razón como Tribunal Supremo, ante el cual
deben juzgarse todos los actos y todas las formas sociales; y
esta razón es universal porque es parte de la naturaleza
humana, más allá de sus diferencias
circunstanciales." Esto lleva a pensar a Kant en un Derecho
universal.

Las formas de pensamiento: Las tres formas
básicas del pensamiento, como son: el concepto, la
proposición y el razonamiento.

Concepto:

La forma de pensamiento más simple es el
concepto, los conceptos no brotan espontáneos en la mente,
sino que son el resultado de una serie de operaciones que el
sujeto conscientemente debe ejecutar
(reflexión).

El concepto es la representación mental
(pensamiento) de las notas que se consideran como
características de un objeto o de una serie de
objetos.

  • El concepto por ser pensamiento, es conocimiento
    intelectual de algo.

  • El concepto por ser una representación
    intelectual, es diferente de las imágenes, las cuales
    son representaciones sensibles.

  • El concepto no lleva en sí las notas
    características del objeto, sino que su contenido se
    constituye por las representaciones mentales de
    ellas.

  • El concepto contiene la representación de las
    notas que se juzgan indispensables para que algo se considere
    como tal objeto.

  • El concepto es diferente de su expresión
    gramatical, ya que alguien puede pensar un concepto y
    reservárselo, no expresarlo.

En el concepto hay dos aspectos: el cualitativo y el
cuantitativo. El estudio de estos aspectos pone al descubierto
las dos propiedades del concepto: la comprensión y la
extensión.

La Comprensión consiste en la nota o conjunto de
notas características de un objeto o de una clase de
objeto.

La Extensión de un concepto es la clase de los
individuos determinada por la comprensión del propio
concepto.

  • La extensión debe entenderse como objeto
    lógico, es decir, como una clase.

  • Al aumentar una nota (características) la
    extensión disminuye.

El término es la expresión del concepto,
la función que tiene es para expresar la
comprensión y otro para expresar la
extensión.

Proposición

  • La proposición es algo de lo que es posible
    afirmar como verdadero o falso

  • Es un pensamiento que siempre es verdadero o
    falso.

  • Es una afirmación.

Ejemplos de proposición:

El foro romano es una obra de arte.

Arquímedes descubrió varias leyes de
física.

Enunciado: Es la expresión
lingüística de una proposición ejemplo:
mañana lloverá.

El enunciado es de naturaleza lingüística,
su estudio pertenece a la gramática o a la
lingüística.

Elementos de la proposición:

·        
Dos conceptos objetivos (sujeto y predicado)

·        
Un concepto funcional que se llama cópula y que se expresa
por el verbo ser.

Ejemplo:

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Entre las distintas interpretaciones que se realizan al
verbo ser, las principales son las siguientes: igualdad,
pertenencia, inclusión, predicación y
atribución existencial.

Razonamiento:

El razonamiento es un pensamiento en el sentido
estricto, es una cadena de dos o más proposiciones
relacionadas de tal manera que una de ellas se deriva de las
demás.

Ejemplo: Ningún león toma
café

Todos los leones son feroces

Algunos seres que son feroces no toman
café

De las proposiciones que integran un razonamiento, dos
se llaman premisas, la última será la
conclusión, es decir las premisas sirven de apoyo a la
conclusión.

Para identificar la conclusión puede ir ligado de
las siguientes palabras: por consiguiente, por ende, luego, por
lo tanto, podemos inferir.

Para identificar a las premisas éstas van ligadas
a los siguientes términos: ya que, en tanto, puesto que,
porque.

Un razonamiento es válido cuando su forma es
válida, la forma es válida cuando no es posible que
haya un razonamiento de esa forma con premisas verdaderas y
conclusión falsa.

Clases de razonamiento:

·        
Razonamientos ciertos y probables.

·        
Razonamientos simples y compuestos.

·        
Razonamientos deductivos e inductivos.

Es decir estas operaciones mentales básicas,
van hacer la base de nuestra materia de 
argumentación jurídica, que desde mi punto de vista
particular, está muy relacionado con la forma de
estructurar una sentencia o un laudo, primero mis resultandos,
considerandos y mis resolutivos, es decir, premisa mayor, premisa
menor y mis conclusiones.

  • 2. ELABORE UN MAPA CONCEPTUAL O CUADRO
    SINÓPTICO DE LA CLASIFICACIÓN DEL CONCEPTO
    JURÍDICO Y PONGA EJEMPLOS DE CADA UNA.

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  • 3. LA NORMA JURÍDICA TIENE UNA DOBLE
    ESTRUCTURA: A) ESTRUCTURA EXTERNA Y B) ESTRUCTURA INTERNA.
    CON EJEMPLOS, EXPLIQUE EN QUÉ CONSISTE LA ESTRUCTURA
    INTERNA DE LA NORMA JURÍDICA.

ESTRUCTURA INTERNA DE LA NORMA
JURÍDICA

Es el contenido prescriptivo de aquella. Este contenido
prescriptivo esta, constituido a la vez, por las formas de
pensamiento jurídico: concepto jurídico, juicio
jurídico e inferencia jurídica.

  • 4. CITE CUATRO EJEMPLOS DE NORMA
    JURÍDICA Y UBIQUE EL OPERADOR DEÓNTICO EN CADA
    UNA DE ELLAS.

  • 5. REDACTE UN RESUMEN DE LO QUE ENTIENDE POR
    INFERENCIA JURÍDICA Y DE COMO OPERA ÉSTA EN LA
    LÓGICA JURÍDICA.

En términos rigurosos, se admite que la
lógica formal no se ocupa de inferencias sino de
implicaciones. Semejante distinción pone de presente la
necesidad de precisar los contenidos y las extensiones de los
conceptos de inferencia e implicación, así como la
conveniencia de establecer el género próximo y la
diferencia específica de otras operaciones
ilegítimamente identificadas como especies inferenciales.
Todo lo cual propende por facilitar decir qué es
exactamente 'inferencia', y qué suerte de compromiso
estructural guarda con ella la lógica formal en general y
la lógica jurídica en particular.

La inferencia es, sin duda, una operación mental,
un movimiento del intelecto que persigue, con base en
determinados datos, alcanzar una conclusión o
consecuencia. Se trata de una tarea pesquisitoria; quien la
ejecuta busca "sacar" del examen de un hecho o proposición
otro hecho o proposición que se "sigue" o "deriva" de
aquél. Inferir quiere decir que una conclusión que
es inferida es afirmada. Dada la proposición p,
podemos inferir por lo tanto q. La expresión "por 10tanto"
marca la diferencia entre inferir e implicar, y también la
diferencia entre inferencia y los conocimientos inmediatos
derivados de percepciones, recuerdos o procesos asociativos. Por
ejemplo, identificar un rostro en medio de la multitud, recordar
el nombre de una tonada o saber por el tacto el tipo de calibre
de un proyectil no son nociones accedidas al entendimiento por
los mecanismos de la implicación o mediante los
procedimientos de la inferencia. En cambio, mirar la hora en un
reloj y pensar: "son las seis de la mañana en
Barranquilla, por lo tanto son las dos de la tarde en
Moscú" es un típico caso de inferencia.

Por contraste con la inferencia, la implicación
no es la operación en tal de un sujeto cognoscente que
persigue una consecuencia lógica, sino una relación
que rige entre dos proposiciones dadas independientemente de que
una mente pueda percatarse o no de esa relación. A
desemejanza de la inferencia, que es una conectiva que se escribe
entre enunciados que son nombres de hechos, la implicación
se escribe entre nombres de enunciados y carece por ello de
contenido Empírico factual.

  • 6. PRECISE LO QUE ENTIENDE POR
    ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Y EXPLIQUE A QUE SE
    LLAMA CONTEXTO DE DESCUBRIMIENTO Y CONTEXTO DE
    JUSTIFICACIÓN.

ARGUMENTACION JURIDICA

El trabajo argumentativo reclama, de modo necesario,
realizar amplias reflexiones sobre el lenguaje, que es el
instrumento cotidiano de cualquier persona que se relacione con
la materia jurídica, y de modo particular de los
juzgadores. No puede existir una buena argumentación si no
se tiene un adecuado manejo del lenguaje y de una teoría
básica de los alcances de la retórica, entendida
ésta como una teoría de la argumentación. De
ahí que resulte de trascendental importancia destruir el
concepto peyorativo que aún pesa sobre la retórica
aún en los círculos de profesionistas. La
Retórica es, ante todo, una teoría de la
argumentación.

CONTEXTO DE DESCUBRIMIENTO

En el que importa la producción de una
hipótesis o de una teoría, el hallazgo y
formulación de una idea, la invención de un
concepto, todo relacionado con las circunstancias personales,
psicológicas, sociológicas, políticas y
hasta económicas o tecnológicas que pudiesen haber
gravitado (caído) en la gestación del
descubrimiento o influido en su aparición (campo de la
psicología y de la sociología).

CONTEXTO DE JUSTIFICACIÓN

Que aborda cuestiones de validación: como saber
si el descubrimiento realizado, es auténtico o no, si la
creencia es verdadera o falsa, si una teoría es
justificable, si las evidencias apoyan nuestras afirmaciones o si
realmente se ha incrementado el conocimiento disponible (campo de
la teoría del conocimiento y de la
lógica).

  • 7. EXPLIQUE CUALES SON LAS TÉCNICAS
    ARGUMENTATIVAS.

a) Argumento Deductivo

Los argumentos deductivos, correctamente formulados, son
aquellos en los cuales la verdad de sus premisas garantiza la
verdad de sus conclusiones.

Si en el ajedrez no hay factores aleatorios, entonces el
ajedrez es un juego de pura destreza. En el ajedrez no hay
factores aleatorios. Por lo tanto, el ajedrez es un juego de pura
destreza.

Los argumentos deductivos ofrecen certeza, pero
sólo si sus premisas son también ciertas. Aunque no
siempre es fácil, hay que tratar de partir de premisas
fiables. Las formas deductivas ofrecen una manera efectiva de
organizar un texto argumentativo.

b) Argumento por
Ejemplificación

Es el argumento en el que se pasa de un caso particular
a una generalización. A partir del caso se busca mostrar
la estructura o la ley que este revela.

Los plagios no se limitan únicamente a la
literatura, como muchos podrían creer. El mundo de las
ideas está lleno de ellos, lo están la
política, los negocios, las panaderías, los
periódicos.

c) Argumento por analogía

Es un argumento que se funda en la semejanza de dos
estructuras. Su forma más general es A es a B como C es a
D. Las partes puestas en relación en la analogía
pertenecen a campos diferentes. Podemos interpretar la
metáfora como una analogía condensada, resultante
de la fusión de elementos que se comparan en una
analogía.

Menem vuelve a proponer la pena de muerte para los
narcotraficantes. ¿Por qué no mañana para
los torturadores, para los terroristas, para los corruptores de
menores, para los especuladores? Ejemplares de todas estas
especies abundan en la Argentina y contra todas ellas existe un
resentimiento popular explicable. Explotarlo es lo
demagógico y lo que podría generar una nueva
carnicería.

(En esta última frase observamos la
metàfora que sirve como argumento).E. GOLIGORSKY, La
Vanguardia, 1988.

d) Argumento por definición

Su uso argumentativo se observa claramente cuando se
selecciona una entre varias definiciones de un mismo
concepto.

Ejemplo:

Se mata a un culpable para enviar una severa advertencia
a los que pudieran delinquir, y para salvaguardar a los
inocentes.

Lo que quiere decir que se usa aun hombre no como fin
sino como medio.

Se lo usa, se usa su vida, como un telegrama. No lo
hacen de otro modo los terroristas, que asesinan a cualquiera no
por odio personal, sino para enviar un mensaje al cuerpo social,
y por eso se les llama terroristas, es decir, individuos que
hacen política no a través de la persuasión
sino a través del terror.

La pena de muerte como advertencia es un ejemplo de
terrorismo de estado, de terrorismo sancionado por
ley.

e)Argumento ad personam

Invalida una argumentación desacreditando a la
persona que la sostiene o a su pensamiento. Se basa, la
mayoría de las veces, en exigir al adversario que sus
actos se correspondan con sus palabras. Se emplea para refutar. X
afirma A. El hecho de que X sostenga A motiva el rechazo de
A.

No es casual que los conspicuos procesistas,
ideólogos y dinamizadores de la dictadura pidan hoy, por
televisión y con mucho rating, la pena de muerte. Llevan
la muerte en el alma.

f) Argumento causal

Trata de explicar cómo la causa conduce al
efecto. Esto no siempre resulta sencillo. Cualquiera de dos
hechos correlacionados puede causar el otro; las causas pueden
ser complejas.

La pena de muerte es ineficaz porque en los
países en los que existe no ha diminuido el número
de delitos.

g) Argumento por autoridad

Se apoya en mostrar la verdad de la conclusión
sobre la base de las cualidades dela persona del enunciador: X
sostiene A. El hecho de que lo sostenga X es suficiente para
proponer valorar A. Sin embargo, confiar en otros resulta, en
ocasiones, arriesgado. Debemos valorar la credibilidad de la
fuente.

Organizaciones de derechos humanos dicen que algunos
presos son maltratados en México. Por lo tanto, algunos
presos son maltratados en México.

h) Regla general

Una regla general es una creencia o un supuesto
más o menos aceptado ycompartido por la comunidad a la que
pertenece el escritor. Es otro elementoimportante en el
razonamiento argumentativo (como sucede en el ejemplo
quepresentamos a continuación "La ley de
extranjería en España").La regla general puede
aparecer explicitada en el texto, pero a menudo
estáimplícita en la argumentación: dado que
es un dato compartido por escritor ylector, no es necesario
explicitarlo.No obstante, si la información que el
escritor omite -porque considera que es unaregla general- resulta
ser una creencia muy minoritaria, o completamentesubjetiva, el
lector notará que existe un vacío, que hay que dar
un salto en laargumentación. Cuanto menos compartida sea
la regla general más difícil serà queel
argumento convenza al lector. Las argumentaciones anteriores
resultaránaceptables en la medida en que el lector
dé por válidas las reglas generales en lasque se
fundamenta el razonamiento.

  • 8. HAGA UN RESUMEN DE LA CITICA QUE FERNANDO
    CARBONELL LAZO, EN EL TEXTO BASE, HACE DE LA TEORÍA DE
    PERLEMAN.

  • 9. EXPLIQUE LO QUE ENTIENDE POR
    DEMOSTRACIÓN JURÍDICA Y CUÁL ES SU
    ESTRUCTURA.

  • 10. EXPLIQUE LO QUE ENTIENDE POR
    REFUTACIÓN JURÍDICA Y CUÁL ES SU
    ESTRUCTURA

AUTOEVALUACION Nº
2

  • 1. El concepto jurídico es:

  • a) La inferencia jurídica

  • b) El juicio jurídico

  • c) El operador deóntico

  • d) Una forma del pensamiento

  • 2. Las formas del pensamiento jurídico
    son:

  • a) La hipótesis
    jurídica

  • b) La consecuencia jurídica

  • c) El concepto jurídica y el juicio
    jurídico

  • d) La inferencia jurídica

  • 3. El concepto jurídico se
    clasifica:

  • a) Según su extensión

  • b) Según su cabida

  • c) Según el grado de
    extensión

  • d) Según su contenido

  • 4. La estructura interna de la norma
    jurídica esta constituida por:

  • a) Los sujetos de la regulación
    jurídica

  • b) La hipótesis
    jurídica

  • c) El objeto de la regulación
    jurídica

  • d) El operador deóntico y la
    consecuencia jurídica

  • 5. La inferencia jurídica es:

  • a) Una forma del pensamiento
    jurídico

  • b) El concepto jurídico

  • c) La premisa mayor

  • d) La premisa menor

  • 6. El operador deóntico es:

  • a) El que determina el sentido de la
    imputación jurídica

  • b) El que determina la hipótesis
    jurídica

  • c) La estructura externa de la norma

  • d) La consecuencia jurídica

  • 7. Explique en que consiste la
    argumentación jurídica y si ella está
    ligada o no a la oratoria forense.

  • 8. La demostración tiene las siguientes
    acepciones-.

  • a) Jurídica

  • b) Lógica

  • c) Abstracta

  • d) Empírica

  • 9. La estructura lógica de la
    demostración es la siguiente:

  • a) Tesis y fundamento

  • b) Procedimiento y conclusión

  • c) Antítesis

  • d) Silogismo

  • 10. La refutación es:

  • a) Argumentar

  • b) Demostrar la falsedad o invalidez de una
    tesis

  • c) Contradecir

 

 

Autor:

Efmamj Chambilla Carazas

 

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