- Introducción
- Presentación
- Resumen
- Bases
legales - Tráfico de niños y
niñas - Conductas de los tratantes
- Peores
formas de trabajo infantil - Proyecto Regional de Prevención de la
Trata y Tráfico de Niños,
Niñas - Conclusiones
- Interbibliografía
Introducción
El presente trabajo trata sobre el tráfico de
niñas ,niños que es una violación a los
derechos humanos que atenta a la dignidad del
niño, niña y que se desarrollo bajo una
relación de poder, donde los más vulnerables
son los niños y niñas, ejerciéndose sobre
ellos una dominación.
El tráfico de niños y niñas es
un delito, que se produce, para diversos fines ya sea
para explotación laboral,
compra venta de
órganos, violencia sexual/ comercial en sus tres
formas (sometimiento a
la prostitución, pornografía y turismo sexual)
y compra – venta de niños bajo la figura de
adopción.
Presentación
El presente trabajo sobre el tráfico de
niños y niñas se realizó con el fin de
concientizar a las personas que el tráfico de menores es
un acto de delincuencia que hoy en la actualidad se está
cometiendo
En el Perú debe de realizarse un proyecto que se
realizó en otros países para reducir la tasa de
tráfico de menores
Resumen
El tráfico de menores es el tercer
delito más grave, común e internacional
después del tráfico de órganos y armas en
nuestro país es el delito más común, el
tráfico de menores es penado y hay ley, a un así
sigue viendo dicho delito La trata infantil, sea ésta
dentro de un país, entre países o entre
continentes, está estrechamente relacionada con la demanda
de mano de obra barata, dócil y maleable en algunos
sectores y de algunos empleadores. Cuando existe la trata
infantil, las condiciones de trabajo y el tratamiento al que son
sometidos los niños violan en gran medida sus derechos
humanos.
En todos estos lugares hay el
tráfico de menores :
Europa occidental y los países
bálticosoriente medio y áfrica
septentrionalAméricas y el caribe
Europa oriental
Asia central y la cei
Asia sudoriental
Asia meridional
Australia, lejano oriente y el
pacíficoÁfrica
CONDUCTAS DE LOS TRATANTES:
La captación, entendida como la forma de
reclutamiento o contacto entre la víctima y el
tratante;
El transporte y traslado, entendidos como
el desplazamiento del entorno o comunidad de origen de la
"víctima" al entorno donde se producirá la
explotación.
MEDIOS QUE EMPLEAN EL O LOS TRATANTES
La amenaza;
Uso de la fuerza u otras formas de
coacción;El rapto;
El fraude;
El engaño;
El abuso de poder;
El abuso de una situación de
vulnerabilidad;
OBJETIVOS DE TRAFICO DE NIÑOS
Finalidad | Sectores | |
Explotación laboral | Fábricas, ladrilleras, minas Trabajo | |
Explotación Sexual | Prostitución Forzada Pornografía Pedofilia Turismo Matrimonios serviles | |
Explotación Militar | Soldados cautivos Niños soldados | |
Servidumbre | Mendicidad Prácticas religiosas y | |
Prácticas esclavistas | Trabajo doméstico, embarazos forzados, | |
Esclavitud cllásica | El estatus o condición de una persona sobre |
Modalidades de la Trata de
personas
Según el lugar o los lugares donde ocurre la
trata de personas podemos clasificarla de la siguiente
manera:
1. Trata interna
2. Trata internacional
3. Trata Mixta
Bases
legales
"Artículo 153.- Tráfico de
niños
El que retiene o traslada de un lugar a otro a un menor
de edad o a una persona incapaz de valerse por sí misma,
empleando violencia, amenaza, engaño u otro acto
fraudulento, con la Finalidad de obtener ventaja económica
o explotar social o económicamente a la víctima,
será reprimido con pena privativa de libertad no menor de
cuatro ni mayor de 10 años, e
Inhabilitación conforme al artículo 36,
incisos 1, 2, 4 y 5.
"Artículo 153.- Tráfico de niños
agravado por la cualidad del agente
El funcionario o servidor público y los
directivos de las entidades privadas, vinculados especial o
genéricamente con menores o personas incapaces que,
abusando de su cargo, los retiene o traslada arbitrariamente de
un lugar, será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de cinco ni mayor de doce años e
inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1,
2, 4 y 5.
Si comete el hecho con la finalidad de obtener ventaja
económica o explotar social o económicamente a la
víctima, será reprimido con pena será
privativa de libertad no menor de diez ni mayor de veinte
años, e inhabilitación conforme al artículo
36, incisos 1, 2, 4 y 5".
"Artículo 168.- Coacción
laboral
Será reprimido con pena privativa de libertad no
mayor de dos años el que obliga a otro, mediante violencia
o amenaza, a realizar cualquiera de los actos
siguientes:
Integrar o no un sindicato;
Prestar trabajo personal sin la correspondiente
retribución;Trabajar sin las condiciones de seguridad e higiene
industriales determinadas por la autoridad.
La misma pena se aplicará al que incumple las
resoluciones consentidas o ejecutoriadas dictadas por la
autoridad competente; y al que disminuye o distorsiona la
producción, simula causales para el cierre del centro de
trabajo o abandona éste para extinguir las relaciones
laborales"
"Artículo 179.- Favorecimiento a la
prostitución
. El que promueveo favorece la prostitución de
otra persona, será reprimido con pena privativa de
libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años. La pena
será no menor de cinco ni mayor de doce años
cuando:
1. La víctima es menor de dieciocho
años.
2. El autor emplea violencia, engaño, abuso de
autoridad, o cualquier medio de intimidación.
3. La víctima se encuentra privada de
discernimiento por cualquier causa.
4. El autor es pariente dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad, o es cónyuge,
concubino, adoptante, tutor o curador o tiene al agraviado a su
cuidado por cualquier motivo.
5. La víctima ha sido desarraigada de su
domicilio habitual con la finalidad de prostituirla o está
en situación de abandono o de extrema necesidad
económica.
6. El autor haya hecho del proxenetismo su oficio o modo
de vida.
7. Si el agente actúa como integrante de una
organización delictiva o banda".
"Artículo 179º-
Usuario-cliente
El que, mediante una prestación económica
o ventaja de cualquier naturaleza tiene acceso carnal por
vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos
análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por
alguna de las dos primera vías con una persona de catorce
y menor de 18 años, será reprimido con pena
privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de seis
años".
"Artículo 180º.-
Rufianismo
El que explota la ganancia obtenida por una persona que
ejerce la prostitución será reprimido con pena
privativa de libertad no menor de tres ni mayor de ocho
años.
Si la víctima tiene entre catorce y menos de
dieciocho, la pena será no menor de seis ni mayor de diez
años.
Si la víctima tiene menos de catorce años,
o es cónyuge, conviviente, descendiente, hijo adoptivo,
hijo de su cónyuge o de su conviviente o si está a
su cuidado, la pena será no menor de ocho ni mayor de doce
años".
"Artículo 181º-A.- Turismo Sexual
Infantil
El que promueve, publicita, favorece o facilita el
turismo sexual, a través de cualquier medio escrito
,folleto, impreso, visual, audible, electrónico,
magnético o a través de Internet, con el objeto de
ofrecer relaciones sexuales de carácter comercial de
personas de catorce y menos de dieciocho años de edad
será reprimido con pena privativa de libertad no menor de
dos ni mayor de seis años.
Si la víctima es menor de 14 años, el
agente, será reprimido con pena privativa de la libertad
no menor de seis ni mayor de ocho años.
El agente también será sancionado con
inhabilitación conforme alartículo 36 incisos 1),
2), 4) y 5).
Será no menor de ocho ni mayor de diez
años de pena privativa de la libertad cuando ha sido
cometido por autoridad pública, sus ascendientes, maestro
o persona que ha tenido a su cuidado por cualquier título
a la víctima."
"Artículo 182º-A.- Publicación en
los medios de comunicación sobre delitos de libertad
sexual a menores
Los gerentes o responsables de las publicaciones o
ediciones a transmitirse a través de los medios de
comunicación masivos que publiciten la prostitución
infantil, el turismo sexual infantil o la trata de menores de 18
años de edad serán reprimidos con pena privativa de
la libertad no menor de cuatro ni mayor de seis
años.
El agente también será sancionado con
inhabilitación conforme al inciso 4º del
artículo 36º y con trescientos sesenta días
multa."
"Artículo 183º.- Pornografía
Infantil
El que posee, promueve, fabrica, distribuye, exhibe,
ofrece, comercializa o publica, importa o exporta por cualquier
medio incluido la Internet, objetos, libros, escritos,
imágenes visuales o auditivas, o realiza
espectáculos en vivo de carácter
pornográfico, en los cuales se utilice a personas de
catorce y menos dieciocho años de edad, será
sancionado con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni
mayor de seis años y con ciento veinte a trescientos
sesenta y cinco días multa.
Cuando el menor tenga menos de catorce años de
edad la pena será no menor de seis ni mayor de ocho
años y con ciento cincuenta a trescientos sesenta y cinco
días multa
Si la víctima se encuentra en alguna de las
condiciones previstas en el último párrafo del
artículo 173, o si el agente actúa en calidad de
integrante de una organización dedicada a la
pornografía infantil la pena privativa de libertad
será no menor de ocho ni mayor de doce
años.
De ser el caso, el agente será inhabilitado
conforme al Artículo 36, incisos 1), 2), 4) y 5
(6)
Tráfico de
niños y niñas
La trata de personas es el tercer delito más
común y grave a nivel internacional, después del
tráfico de órganos y de armas. La
Organización Internacional para las Migraciones -OIM- hace
referencia a 2 millones de víctimas de este crimen en el
mundo. Por su parte, el Departamento de Estado de los Estados
Unidos de América considera que cada año, entre
600.000 a 800.000 personas pasan a engrosar las (1)
listas
El tráfico de niños no es reciente, hace
mucho que existe y está aumentando en todos los
continentes y culturas. Sin embargo, actualmente, se tiene la
firme voluntad de tomar medidas para combatirlo y lograr que
desaparezca rápidamente. El tráfico de niños
se perfila como un problema mundial; prácticamente todos
los países se ven afectados por esta violación
atroz de los derechos del niño (2)
El tráfico de niños es una de
las formas de trata de personas, es una práctica
de secuestro, desaparición y ocultamiento
de la identidad de niños, muchas veces
mediante partos clandestinos y adopciones
ilegales. Es una práctica utilizada por mafias para su
financiación.
La trata de mujeres y niñas ocurre con frecuencia
en el mundo entero. La discriminación contra la mujer hace
que las niñas corran mayor riesgo que los niños de
ser víctimas de los tratantes.
Por lo general, las niñas son objeto de este
tráfico debido al trabajo que pueden realizar.
(3)
Diariamente, en diversos puntos del mundo, hay
niños y niñas que son comprados, vendidos y
transportados lejos de sus hogares. La trata de seres humanos es
un negocio multimillonario que continúa creciendo en el
mundo a pesar de los intentos por frenarlo.
El tráfico de niños es una de las
violaciones más graves de los derechos humanos en el mundo
de hoy y aparece en todos los países. Cada año,
cientos de miles de niños son pasados de contrabando a
través de fronteras y vendidos como si fueran objetos y no
sujetos de derecho. Sin derecho a la educación, a la
salud, a crecer dentro de una familia estos niños son
explotados por adultos mientras que su desarrollo físico y
emocional y su posibilidad de sobrevivir son amenazados
(4)
La trata infantil, sea ésta dentro
de un país, entre países o entre continentes,
está estrechamente relacionada con la demanda de mano de
obra barata, dócil y maleable en algunos sectores y de
algunos empleadores. Cuando existe la trata infantil, las
condiciones de trabajo y el tratamiento al que son sometidos los
niños violan en gran medida sus derechos humanos. Estas
condiciones están caracterizadas por ambientes
inaceptables (las formas incuestionablemente peores formas de
trabajo infantil) o por trabajos peligrosos para la salud y el
desarrollo de los niños (trabajos peligrosos que
también forman parte de las peores formas). Estas formas
van desde el trabajo como jockey de camellos, el trabajo en
régimen de servidumbre, el trabajo infantil
doméstico, la explotación sexual comercial y la
prostitución, el tráfico de drogas, la
utilización de niños en conflictos armados, y otras
formas explotadoras y prácticas similares a la esclavitud
en el sector industrial.
El Programa Internacional para la
Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la OIT
colabora con los gobiernos, las organizaciones de empleadores y
de trabajadores, y las ONG para luchar contra la trata infantil
en el contexto de la situación y realidades de cada
país y región. El IPEC tiene en cuenta las
especificidades regionales y subregionales de las causas de la
vulnerabilidad de los niños, mecanismos y rutas utilizadas
por los traficantes de niños, y la naturaleza de la
explotación, así como los contextos culturales y
jurídicos.
A través de la aprobación en
2006 del Plan de acción mundial contra las peores formas
de trabajo infantil de la OIT, todos los 183 Estados Miembros de
la OIT se han comprometido a eliminar todas las peores formas de
trabajo infantil para 2016, incluyendo la trata infantil.
(5)
Europa occidental y los países
Bálticos
El tráfico en Europa occidental es una variante
de la pauta dictada por la demanda de mano de obra barata y la
oferta de las familias por necesidad, principalmente, en el caso
del comercio sexual que crea un gran mercado de niños y
jóvenes a quienes se engatusa con promesas de ingresos e
independencia económica. En Europa septentrional, hay un
clara pauta del tráfico entre los Estados Bálticos
más pobres y las ricas ciudades de Escandinavia, lo que
traduce lazos históricos y geográficos que siguen
las rutas del comercio y el intercambio marítimos e
itinerarios tradicionales. Los niños objeto de
tráfico se destinan a la mendicidad, la venta callejera,
puestos que no requieren calificación, y el comercio
sexual.
ORIENTE MEDIO Y AFRICA SEPTENTRIONAL
Los principales factores del tráfico en ambas
regiones son la demanda de mano de obra y el comercio sexual. La
discriminación por cuestiones de género, que
caracteriza la oferta, es idéntica en las dos regiones,
pero las fuentes de la demanda varían. Las niñas y
los niños objeto de tráfico se destinan al servicio
doméstico y el comercio sexual. A los niños
también se les utiliza como camel kids (camelleros) pero,
en general, trabajan como mano de obra no cualificada.
AMERICAS Y EL CARIBE
En esta región recién comienza a
detectarse el tráfico de niños. La mayor parte
está relacionada con el turismo; se lleva a los
niños a las zonas turísticas para que trabajen en
ocupaciones relacionadas con el turismo. Se ha informado que el
crimen organizado, ya se trate de traficantes de droga o de
contrabandistas, también participa en el tráfico.
Los niños se destinan al trabajo temporal, a puestos del
sector de servicios, al servicio doméstico, o bien se les
utiliza para el transporte de drogas o el comercio
sexual
EUROPA ORIENTAL
En el tráfico desde Europa central se conjugan
una serie de pautas dictadas por la demanda de mano de obra
barata y la oferta de las familias por necesidad. Las sociedades
que desfallecen, la agudización de la indigencia, el
aumento del desempleo, los conflictos armados y las expectativas
de una vida mejor convierten a niños, jóvenes y
adultos en presa fácil de los traficantes. Las fronteras
abiertas y el funcionamiento de rutas y redes del crimen entran
en juego junto con la migración regular.
Los niños objeto de tráfico se explotan
como mano de obra no cualificada, en el sector del
espectáculo y en el comercio sexual. Algunos son obligados
a cometer delitos menores.
ASIA CENTRAL Y LA CEI
La trata entre los países de esta región y
hacia otros países obedece al desfallecimiento de las
sociedades en plena depresión económica y
dislocación social, y a la participación de la
delincuencia a pequeña escala. Los niños objeto de
tráfico, y en particular las adolescentes, se destinan al
sector de servicios, al sector de espectáculos y, sobre
todo, al comercio sexual, la pornografía y la oferta de
esposas por correspondencia.
ASIA SUDORIENTAL
En esta región predomina el tráfico de las
zonas rurales a las zonas urbanas y de países pobres a
países más ricos, fenómeno que traduce el
crecimiento de la industria del sexo y de la
transformación de niños y mujeres en simples
mercancías. Los niños objeto de tráfico se
destinan principalmente al comercio sexual pero también a
una amplia gama de servicios, a los sectores agrícola e
industrial, así como a la venta y la mendicidad
callejeras. Las jóvenes objeto de tráfico
también se destinan al servicio doméstico y la
oferta de esposas por correspondencia
ASIA MERIDIONAL
En Asia meridional, el tráfico es una
prolongación del gravísimo problema del trabajo
infantil, siendo la pobreza, las familias y la ignorancia los
principales factores de la vulnerabilidad de los niños a
la explotación. Estos factores también caracterizan
la índole del tráfico que gira en torno a la
decepción, la esclavitud por deudas y la injusticia
económica. Los niños objetos de tráfico se
destinan al comercio sexual, las fábricas de alfombras y
prendas de vestir, la venta y la mendicidad callejera, proyectos
de construcción, plantaciones de té, la industria
manufacturera o la fabricación de ladrillos. Los
jovencitos son empleados como jinetes de camellos de carrera. En
algunos países, los niños son explotados por
miembros de las fuerzas armadas en calidad de sirvientes o
combatientes.
AUSTRALIA, LEJANO ORIENTE Y EL
PACÍFICO
En general, los países de esta región son
países ricos con barriadas pobres y el tráfico de
niños y adultos se caracteriza por la emigración
generada por la demanda de mano de obra barata del país de
destino y, principalmente, para el comercio sexual.
Paralelamente, la yuxtaposición del estilo de vida de los
ricos y el estilo de vida de los pobres da lugar a transacciones
"pseudo-comerciales" como la oferta de esposas por
correspondencia y las actividades de los sindicatos del crimen
organizado. Los niños objeto del tráfico
también son utilizados como mano de obra no cualificada,
en el comercio sexual y en la oferta de esposas e "hijos" por
correspondencia.
ÁFRICA
El motivo principal del tráfico en África
reside en el abuso de la tradición de confiar los
niños a la familia ampliada o a otras personas para que se
ocupen de ellos cuando sus padres no pueden hacerlo. Los
conflictos armados también han contribuido al
tráfico, no sólo porque agravan la vulnerabilidad
de los niños, sino también porque son secuestrados
y explotados por las milicias. Los niños objeto de
tráfico se destinan al servicio doméstico, empresas
familiares, comercio sexual, plantaciones, minas y canteras, o
cualquier otro trabajo. También se los lleva a zonas de
conflicto armado para que trabajen con las milicias.
Conductas de los
tratantes
La captación, entendida como la forma de
reclutamiento o contacto entre la víctima y el
tratante;
El transporte y traslado, entendidos como el
desplazamiento del entorno o comunidad de origen de la
"víctima" al entorno donde se producirá la
explotación. Tal como lo señala la
Organización Internacional para las Migraciones- OIM16 de
Colombia, lo que importa resaltar es el "desarraigo de la
comunidad de origen" La acogida y recepción, entendidas
como la llegada de la "víctima" al entorno de
explotación donde el "tratante" ejerce diversas formas de
control o coerción sobre ella (6)
MEDIOS QUE EMPLEAN EL O LOS TRATANTES
La amenaza;
Uso de la fuerza u otras formas de
coacción;El rapto;
El fraude;
El engaño;
El abuso de poder;
El abuso de una situación de vulnerabilidad;
y,
Concesión o recepción de pagos o
beneficios para obtener el consentimiento de una persona que
tenga autoridad sobre otra.
OBJETIVOS DE TRAFICO DE NIÑOS
Finalidad | Sectores | |
Explotación laboral | Fábricas, ladrilleras, minas Trabajo | |
Explotación Sexual | Prostitución Forzada Pornografía Pedofilia Turismo Matrimonios serviles | |
Explotación Militar | Soldados cautivos Niños soldados | |
Servidumbre | Mendicidad Prácticas religiosas y | |
Prácticas esclavistas | Trabajo doméstico, embarazos forzados, | |
Esclavitud cllásica | El estatus o condición de una persona sobre |
Peores formas de
trabajo infantil
El artículo 3 del Convenio 182 de la OIT sobre la
prohibición de las peores formas de trabajo infantil
considera que la expresión "las peores formas de trabajo
infantil" abarca
Todas las formas de esclavitud o las
prácticas análogas a la esclavitud, como la
venta y el tráfico de niños, la servidumbre por
deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso
u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u
obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos
armados;La utilización, el reclutamiento o la oferta
de niños para la prostitución, la
producción de pornografía o actuaciones
pornográficas;La utilización, el reclutamiento o la oferta
de niños para la realización de actividades
ilícitas, en particular la producción y el
tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los
tratados internacionales pertinentes; y,El trabajo que, por su naturaleza o por las
condiciones en que se lleva a cabo, es probable que
dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los
niños
Trabajo forzoso:
El artículo 2 del Convenio 29 de la OIT sobre
trabajo forzoso lo define como "todo trabajo o servicio exigido a
un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el
cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente". El trabajo
forzoso no puede ser equiparado con la idea de salarios bajos o
insuficientes condiciones de trabajo, pudiendo advertirse los
siguientes elementos:
a) Trabajo o servicio bajo amenaza de pena;
b) Trabajo involuntario; y,
c) Abuso de una posición de
vulnerabilidad.
Una situación de trabajo forzado está
determinada por la naturaleza de la relación existente
entre una persona y un empleador, y no por la actividad realizada
en sí misma
Formas de explotación y abuso sexual
infantil.
La Convención sobre los Derechos del Niño
considera como formas de explotación y abuso
sexuales:
a) La incitación o la coacción para que un
niño y adolescente se dedique a cualquier actividad sexual
ilegal;
b) La explotación del niño y adolescente
en la prostitución u otras prácticas sexuales
ilegales; y,
c) La explotación del niño y adolescente
en espectáculos o materiales
pornográficos
Asimismo, establece que los Estados Partes
tomarán todas las medidas de carácter bilateral,
multilateral que sean necesarias para impedir el secuestro, la
venta o la trata de niños, para cualquier fin o en
cualquier forma, así como protegerlos contra todas las
demás formas de explotación que sean perjudiciales
para cualquier aspecto de su bienestar
Prostitución Infantil
El Protocolo Facultativo de la Convención sobre
los Derechos del Niño relativo a la venta de niños,
la prostitución Infantil y la utilización de
Niños en pornografía (2000) lo define como "la
utilización de un niño en actividades sexuales a
cambio de remuneración o de cualquier otra
retribución".
Utilización de niños en
pornografía.
El Protocolo Facultativo de la Convención sobre
los Derechos del Niño relativo a la venta de niños,
la prostitución Infantil y la utilización de
Niños en pornografía (2000) lo define como "toda
representación por cualquier medio, de un niño
dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o
simuladas o toda representación de las partes genitales de
un niño con fines primordialmente sexuales".
Tráfico de órganos y tejidos
humanos
Es una forma de comerciar con los cuerpos de las
personas. Y para las organizaciones de delincuentes constituye un
modo de hacer lucrativos negocios. Incluye no sólo la
extirpación y venta de partes del cuerpo humano, sino
también la colaboración en el transporte, la
importación o exportación y la
conservación.
Un trasplanté de órgano o tejido humano es
ilegal cuando los traficantes profesionales presionan a una
persona o la obligan a donar un riñón, por ejemplo,
aprovechando sus dificultades económicas, y ofrecen dicho
órgano a un precio atractivo. Así es también
cuando dichos traficantes profesionales chantajean a una persona
o extirpan partes del cuerpo de una persona difunta sin que
ésta haya aceptado en vida la donación de sus
órganos.
Modalidades de la Trata de
personas
Según el lugar o los lugares donde ocurre la
trata de personas podemos clasificarla de la siguiente
manera:
4. Trata interna. El reclutamiento,
traslado y la explotación de la víctima ocurren
al interior de un mismo país. Es la
comercialización de personas para destinarlas a cubrir
la demanda dentro del territorio nacional5. Trata internacional. Implica el cruce
de fronteras. El reclutamiento ocurre en un país de
origen y la situación de explotación ocurre en
otro (s) país (es) de destino. En algunos casos, este
traslado implica el paso por varios países. Es la
comercialización de personas para destinarlas a cubrir
una demanda fuera del territorio nacional6. Trata Mixta. Combina el
carácter interno y el internacional. Ocurre cuando el
caso empieza como trata interna para luego convertirse en
internacional, al cruzar por lo menos una frontera y
continuar con la situación de
explotación
Proyecto Regional
de Prevención de la Trata y Tráfico de
Niños, Niñas
BOLIVIA – COLOMBIA – EL SALVADOR
– PARAGUAY(1)
Descripción del Proyecto
El Proyecto Piloto Regional de Prevención de la
Trata y Tráfico de Niños, Niñas y
Adolescentes y Refuerzos de Conocimientos en Salud Sexual y
Reproductiva (Marzo 2006 – Agosto 2007), ha tenido como objetivo
general contribuir a mejorar los niveles de información,
educación y conocimiento de poblaciones vulnerables de los
países beneficiarios sobre el respeto a los derechos
humanos en el área de la trata y tráfico de
personas y sobre temas vinculados a esta temática, que
incluyen la violencia doméstica, y la salud sexual y
reproductiva.
La población objetivo del proyecto ha sido la
población escolar entre 10 a 14 años de ambos
sexos, perteneciente a los dos últimos años de
educación primaria y los dos primeros de
secundaria.
Como Organismo Ejecutor del Proyecto, la Oficina
Regional para los Países de la Comunidad Andina de la OIM
en Lima, ha coordinado el programa con los Puntos Focales de
Trata de la OIM en los países participantes: Bolivia,
Colombia y El Salvador, a excepción de Paraguay, donde la
coordinación se hizo a través de la Oficina
Regional para el Cono Sur de América Latina en Buenos
Aires, Argentina
En cada país se ha coordinado, además, con
el despacho de la Primera Dama de la República de
Paraguay, la Consejería Presidencial de Programas
Especiales de la Presidencia en Colombia, el Consejo Nacional
Contra la Trata y Tráfico de Personas en Bolivia, y la
Secretaría Nacional de la Familia en El Salvador; siendo
la contraparte del proyecto los Ministerios de Educación
de cada país, y en Colombia, la Secretaría de
Educación de Palmira.
La ejecución de las actividades programadas por
el Proyecto estuvo a cargo de Organizaciones no Gubernamentales
-ONG's-, especializadas y con experiencia en los temas de la
trata de personas, la capacitación, y el trabajo con
niños y adolescentes. Siendo seleccionadas las
siguientes:
Pro@dolescentes, en Bolivia;
Fundación Leones Educando, en
Colombia;Fundación Nuevos Tiempo, en El Salvador,
y;GLOBAL…Infancia, en Paraguay.
Zonas de intervención
Cada país tuvo la libertad de elegir las zonas de
intervención bajo ciertos pará- metros
señalados en el Plan de Operación Anual del
proyecto.
Bolivia desarrolló el proyecto en 15 colegios
de las ciudades de El Alto y La Paz, que pertenecen al
Departamento de La Paz. Se puso énfasis en las zonas
periurbanas y marginales.Colombia escogió el Municipio de Palmira del
Valle del Cauca, en el que participaron 27 instituciones
educativas.Paraguay desarrolló el proyecto en las
ciudades de Asunción, Itapúa,
Encarnación y Caaguazú, donde participaron
inicialmente 10 instituciones educativas.El Salvador desarrolló el proyecto a nivel
nacional, en tres zonas y ocho departamentos:Zona Occidental, en los departamentos de
Santa Ana, Ahuachapán, Sonsonete;Zona Oriental, en San Miguel, La Unión
y Usulután;Zona Central, en San Salvador y La Libertad;
participando un total de 33 centros educativos.
Acto de lanzamiento del proyecto
Bolivia: En coordinación con la Mesa
Interinstitucional del proyecto, se realizó un Evento de
Lanzamiento del Proyecto en el Colegio Adrián Castillo de
la ciudad de El Alto. Estuvieron presentes Autoridades
Nacionales: la Ministra de Justicia, el representante del
Ministro de Educación, el Coordinador Nacional del Consejo
Nacional contra la Trata y Tráfico de Personas;
representantes de la Misión OIM Bolivia; representante de
la Embajada de EEUU; Autoridades Escolares; Representantes de la
comunidad: Juntas vecinales, Juntas Escolares; Maestros/as y
alumnos/as de los colegios seleccionados, e instituciones
estatales involucradas en la problemática. Hubo amplia
cobertura de los medios de comunicación.
Colombia: En coordinación con la
Secretaría de Educación de Palmira, se
realizó el evento de lanzamiento público en octubre
de 2006. A dicho evento asistieron representantes de La
Gobernación del Valle del Cauca, la Alcaldía
Municipal de Palmira, los representantes del Comité
Interinstitucional de Lucha contra la Trata de Personas en lo
seccional, y representantes de la Consejería de Programas
Especiales y la OIM. Hubo cobertura de los medios de
comunicación
El Salvador. El Evento de Lanzamiento del
Proyecto, fue presidido por autoridades del Ministerio de
Educación, Secretaria Nacional de la Familia y la OIM. Es
de destacar que, como en muy pocas ocasiones, se contó con
la participación en pleno de todos los miembros del
Comité Nacional Contra la Trata de Personas, que
está conformado por siete Ministerios y cinco
instituciones de carácter social. Hubo amplia cobertura de
los medios de comunicación
Paraguay: El acto de Lanzamiento del Proyecto
tuvo lugar con la presencia de la Primera Dama de la
Nación, el Representante del BID en Paraguay, la Ministra
de Educación y Cultura, la Ministra de la Mujer, la
Ministra de la Niñez y la Adolescencia, el Ministro de
Salud y Bienestar Social, la Ministra de Repatriados y
Refugiados. Asistieron unas 200 personas, mayoritariamente del
sector educación (destinatarios de las acciones del
proyecto y autoridades educativas de distintos lugares del
país y otros actores del sector), miembros de la Mesa
Interinstitucional para la Prevención y el Combate de la
Trata de Personas en la República del Paraguay, medios de
prensa (canal 9, canal 13, canal 4, radios de Asunción,
diario ABC, diario Ultima Hora).
En este evento se informó sobre el proyecto, los
objetivos, resultados y actividades de capacitación,
diseminación de la información, actividades
teatrales para la difusión y sensibilización.
Asimismo, se informó sobre el concurso de la obra teatral
y el premio al que se haría acreedor el colegio
ganador.
Conclusiones
Este trabajo ha intentado reunir lo que
sabemos acerca del tráfico de niños y niñas
que hoy en la actualidad se está cometiendo con más
frecuencia no solamente en nuestro país sino que este tipo
de delincuencia se está cometiendo a nivel internacional
según mi pensar no solo debe de ver una pena privativa de
la libertad por un cierto tiempo sino que debe de ser cadena
perpetua tanto os traficantes como los que lo permiten la
delincuencia no solo es robar , matar sino que también es
una delincuencia muy grava el trafico niños para vender
sus órgano , abuso sexual , tráfico de
órganos .
Las niñas son más expuestas
este tipo de delincuencia ya que solo las quieren como un objeto
sexual hoy en la actualidad la trata de menores ya son captadas
por las redes sociales que están expuestos cada vez
más los menores
Así como el proyecto que se muestra
como ejemplo debe de realizar algo similar aquí en el
Perú para prevenir desde un inicio, capacitaciones a los
padres , menores , adolescentes pata que este tipo de
delincuencia disminuya en nuestro país
Interbibliografía
1) http://www.oimperu.org/docs/proyecto-regional.pd
2) http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—dgreports/—dcomm/documents/publication/dwcms_080708.pdf
3) http://www.iin.oea.org/IIN/cad/sim/pdf/mod2/Folleto%20tr%C3%A1fico%20ni%C3%B1os.pdf
4) http://es.wikipedia.org/wiki/Tr%C3%A1fico_de_ni%C3%B1os
5) http://www.ilo.org/ipec/areas/Traffickingofchildren/lang–es/index.htm
Autor:
Lesly Carolina Valencia
Hilasaca
UNIVERSIDAD ANDINA NESTOR CACERES
VELÁSQUEZ
Facultad de ciencias de la Salud
Cap. ENFERMERIA
CURSO: ETICA
DOCENTE: Mg. LILIANA CHAVEZ
VELASQUEZ
CICLO: IV Semestre
PUNO – PERU
2013