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Gestión Urbanística




Enviado por alvaro coutino



Partes: 1, 2

  1. Prólogo
  2. Hippodamus de Mileto
  3. Leyes
    de Indias
  4. Ensanches Urbanos
  5. Plan
    Especial de Reforma Interior – PERI

PRÓLOGO

La Planificación es una propuesta
sobre el futuro, que incluye acciones y metas previstas, asimismo
proporciona un esquema de la situación y el conjunto de
actividades formales o tácticas que se deben realizar para
el correcto desarrollo de una estrategia.

La formulación de un plan
estratégico conlleva el diseño de una serie de
actuaciones que pretenden transformar el estado actual en una
realidad considerada de importancia decisiva. En los casos que se
presentan en los siguientes ensayos se muestra cómo se
intentaron superar los efectos de crisis económica o
problemas urbanísticos, sociales, psicológicos,
históricos y políticos, promoviendo el crecimiento
integral de las distintas ciudades y manteniendo importantes
valores sociales y la armonía ecológica.

Entre los conceptos o ideas comunes que se
presentan en los diferentes proyectos, se encuentran: Barrios
peatonales, crecimiento a lo largo de las líneas de
transporte y comunicaciones, usos mixtos de

los suelos, fortalecimiento de la
participación ciudadana, acceso a la vivienda, ensanche de
las calles, áreas verdes, renovación urbana, ahorro
energético, proveer de una diversidad de viviendas,
espacios abiertos de gran calidad, preservar hábitats
ecológicamente frágiles entre otras.

Los complejos problemas compartidos por
ciudades alrededor del mundo, son evidencia del impacto del
crecimiento urbano descontrolado, aumento de la congestión
del tráfico y del tiempo de viaje al trabajo,
contaminación del aire, consumo ineficiente de
energía y mayor dependencia de petróleo,
pérdida de espacios abiertos, entorno natural, desigual en
la distribución de recursos económicos, y la
pérdida del sentido de comunidad.

La sustentabilidad de la comunidad requiere
que haya una transición desde un crecimiento urbano mal
gestionado, hacia prácticas de planificación de
suelos que originen y mantengan una infraestructura eficiente,
aseguren vecindarios íntimos y sentido de comunidad, y
conserven sistemas naturales.

Esta recopilación de historia y
teoría urbanística provee una introducción y
descripción de los principios y proyectos exitosos de
planificación urbana en diferentes partes del mundo en los
que se han aplicado modelos innovadores de gestión y como
resultado se ha logrado re orientar el rumbo de una ciudad o una
sociedad entera.

La evolución de las necesidades, de
las formas de pensar y actuar, de los vínculos sociales,
el desarrollo de nuevas tecnologías, el cambio de
naturaleza y escala de los desafíos colectivos dan lugar a
nuevas e innovadoras ideas de urbanismo activo, reflexivo,
precavido, participativo, flexible, heterogéneo, abierto y
multisensorial que enriquecen la urbanidad de un determinado
lugar, tal como se analiza a continuación.

"El Plan procede de adentro a afuera; el
exterior es el resultado del interior". (Le Corbusier)

CAPÍTULO I

HISTORIA Y TEORÍA DEL
PLANEAMIENTO

GRUPO # 1

Marielos Siguí

Edgar Bartlett

TEMA DESARROLLADO:

Hippodamus de
Mileto

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HIPPODAMUS DE MILETO

Desde el principio de las sociedades, se
vio la necesidad de dar un ordenamiento a la conformación
de las edificaciones dentro de las mismas de manera que
cumplieran con un orden específico. En sociedades tan
antiguas como Egipto y en Oriente, se hicieron disposiciones
según la ubicación de las estrellas o en
adoración a sus dioses. Cuando la antigua Grecia estaba en
su apogeo, se dispusieron las ciudades de una manera más
ordenada, e Hippodamus considerado el padre del urbanismo
diseño, construyó varias ciudades.

Nacido en Mileto Antigua Grecia, en el
año de 480 A.C., recordado por Aristóteles en sus
pasajes, considerado en precursor del urbanismo
atribuyéndole ser el inventor de la división
regular de la ciudad, que consiste en plano ortogonal, llamado
plano Hipodamico. Es el tipo de planeamiento urbanístico
que organiza una ciudad mediante el diseño de sus calles
en ángulo recto, creando manzanas (cuadras)
rectangulares.

Estos planes de organización se
caracterizaban por un diseño de calles rectilíneas
y largas que se cruzaban en ángulo recto. Es un plano
equirrectangular, en cuadrícula o en damero. Hippodamus
utiliza este concepto en la reconstrucción de su propia
ciudad Mileto (Anexo 1). Creó tres barrios principales de
viviendas, estas zonas residenciales estaban separadas por las
profundas bahías donde creó dos puertos y una zona
baja que dedicó a los edificios públicos y al
ágora principal (llamada del Sur). El puerto abierto,
comercial, estaba enmarcado por el teatro apoyado en las
pendientes de la colina y por el santuario de Atenea y el estadio
al sur. El otro puerto, el militar, tenía como
patrón a Apolo Délfico al que se le rendía
culto en un santuario cercano. La bahía se completaba con
dársenas y almacenes (Anexo 2).

Mileto se convierte como la ciudad
emblematica, que utiliza una nueva forma de urbanizmo racional,
que Divide la ciudad en sectores según sus funciones: el
aspecto político, el religioso, económico,
deportivo y residencial. Estos espacios se comunican en forma
fluida.

El Pireo (Anexo 3)se constituyó por
Mileto como ciudad hacia el año 450 a. C., momento en que
su puerto ya estaba al servicio de la ciudad de Atenas. Entre los
años 461 y 457 a. C. se construyeron las murallas que
unían a las dos ciudades, los "Muros Largos"1, proveyendo
una conexión segura hasta el mar egeo, incluso en la
época de la cosecha.

Parte de la ciudad contava con el monte de
Muniquia, era una colina de 86 m de altura, del conjunto de El
Pireo en la que había un fuerte. Desde esta colina
fortificada se dominaba la entrada de los puertos de Falero y de
El Pireo. Al pie del montículo se encontraba el puerto del
mismo nombre, el moderno Turcolimani o Microlimani, el más
pequeño de los puertos de El Pireo, en el lado occidental
de la bahía del Falero.

Base de la flota de guerra ateniense, El
Pireo es un lugar muy rocoso con tres puerto naturales," fue
durante cierto tiempo (siglos V-IV a. C.) el asentamiento
comercial más grande de Grecia"2 y, como tal, un lugar
cosmopolita con una población extranjera residente
estimada en unas 5.000-6.000 personas en su apogeo. Siendo con
diferencia el mayor de demografia de Atenas, tenía una
población con reputación de ser más
democrática que la de la propia Atenas. A diferencia de
Atenas, era una ciudad planificada. Se conservan pocas trazas de
su plano original, aunque las excavaciones señalan un
estructura en retícula de calles anchas (8 m) y estrechas
(5 m).

Apoyándose en la tradición en
el concepto hipodamico, los romanos adoptan y propagan las ideas
urbanísticas de Grecia. El Imperio buscó trazados
regulares geométricos o, en su defecto, composiciones
arquitectónicas. Un buen ejemplo es la propia ciudad de
Roma(Anexo 4).

Se trazaba una cuadrícula regular en
la que se distinguía el decumanus y el cardo, sus dos
arterias principales. En su cruce se encontraba el foro. Los
campamentos militares respondían a esta
disposición. Los principios urbanísticos de los
romanos giraban entorno a la geometría y a la
subordinación de partes a una idea centras; en las
ciudades creadas se manifiesta el orden y la
disciplina.

La romana es una civilización de
carácter marcadamente urbano, un termino acuñado
por ellos derivado de Urbs, "ciudad". Y eran eminentemente
prácticos. Este hecho del desarrollo tan marcado de su
vida en sociedad como ciudadanos, marca a sus ciudades de una
morfología y unas dotaciones características y
particulares. La solución eficiente a problemas reales era
e la premisa para su desarrollo urbanístico.

La fundacion de las ciudades partia de dos
ideas principales:

1.- El ombligo de la Ciudad o "umbilicus"
urbis, lugar mágico, donde lo humano se unia al centro de
la tierra y a los dioses. Este punto era el centro de toda
ciudad, desde el cual se toman las medidas. Desde alli parten a
los cuatro puntos cardinales los ejes Cardo y Decumano. El cardo
eje norte-sur, y el decumano (doce manos, por las posiciones del
sol a lo largo del día) este-oeste. A partir de estos ejes
crecerá la:

2.- Retícula, una retícula de
calles que irán definiendo el espacio urbano. Es una
retícula bastante más contundente que la de las
ciudades griegas, pues si bien, estas suelen adaptarse al medio,
los romanos se imponen al mismo con rontundidad. En el centro de
esta retícula, coincidiendo con el cruce de los ejes, se
situa, del mismo modo que en el modelo griego el agora, el foro,
centro de la vida social romana(Anexo 5).

Al principio el foro, era tan solo un
mercado que se situaba fuera de la ciudad, generalmente al lado
de sus puertas y no pasaba de ser, en el mejor de los casos, una
pequeña zona porticada. Con posterioridad, a medida que la
ciudad romana debe resolver cada vez relaciones más
complejas entre sus ciudadanos (relaciones políticas y
comerciales, principalmente) el foro se ubica en el centro de la
urbe, a la manera del ágora griega.

Ciudades de trazado
ortogonal

"Las ciudades que se acogen al plano
hipodámico son de muy diferentes épocas y se
construyeron así por diversos motivos. Algunas de las
más destacadas son"3:

• Manhattan: es una isla y uno de los
cinco distritos metropolitanos de Nueva York (Anexo 6)

• Barcelona: es la segunda ciudad
más importante de España. La parte ortogonal se
corresponde con el ensanche. Los edificios poseen chaflanes para
una óptima visibilidad y se atraviesan con una calle
diagonal para facilitar los trayectos.(Anexo 7)

• Algunas ciudades del Antiguo Egipto:
muchas ciudades cercanas al Nilo se formaron con calles paralelas
a este, cruzadas por otras perpendiculares que desembocan en
él, casi siempre formando ángulos rectos. Hubo
muchas planificadas así; algunas de ellas son Abusir, Abu
Gurab, Bet Jalaf, Giza, Menfis y Tebas.(Anexo 8)

• Lima: capital de Perú y
ciudad más grande y poblada del país. Su plano
ortogonal se creó después de la colonización
española. Este es el mapa de Lima en 1750:

• Babilonia: antiguo reino localizado
en la región mesopotámica. Otras ciudades de
Mesopotamia también tenían trazado
ortogonal.

ANEXOS

IMÁGENES DE PROYECTOS BASADOS EN
PLANOS HIPODAMICOS

Anexo 1 – Ciudad de
Mileto

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Anexo 2 – Maqueta de
Mileto

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Anexo 3 – Puerto Pireo

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Anexo 4 – Cuidad de Roma

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Anexo 5 – Centro de Roma

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Anexo 6 – Manhattan Anexo 7 –
Barcelona

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Anexo 8 – Ciudad de Antiguo
Egipto

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BIBLIOGRAFÍA

http://es.wikiped ia.org/wiki/M
uros_Largos


http://www.absolutgrecia.com/el-pireo/

• http://ma
riacvg.wordpress.com/2010/10/04/e1-pla
no-de-trazado-hipodamico/

GRUPO # 2

Anelisa Reyes Villagrán Mauricio
Acuña Alvaro Coutiño

TEMA DESARROLLADO:

Leyes de
Indias

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LEYES DE INDIAS

Fue la legislación promulgada por
los monarcas españoles para regular la vida social, la
vida política y económica entre los pobladores de
la Monarquía Hispánica en la etapa de la
conquista.

Poco tiempo después de la llegada de
los primeros conquistadores a América, la Corona
española dicta las llamadas "Leyes de Burgos", leyes que
fueron sancionadas en 1512, y que surgieron por la
preocupación de la Corona Española por los
constantes maltratos a los indígenas de parte de los
conquistadores, de acuerdo a los informes que rendían los
padres dominicos.

Las leyes de Burgos fueron las primeras
leyes que la Monarquía Hispánica aplicó en
América para organizar su conquista. La causa de su
promulgación era el problema jurídico que se hab
ía generado por la conquista y colonización de las
Indias (Nuevo Mundo) en donde las leyes de la Corona
Española no podían aplicarse.

Se trata de una serie de ordenanzas para un
mejor tratamiento de los problemas del indio y la propiedad de
los títulos de dominio sobre América. Las leyes de
Burgos concluyeron que el Rey de España tenía un
dominio pleno sobre el Nuevo Mundo, pero sin derecho a explotar
al indio; ya que este era un hombre libre y podía tener
propiedades, pero como era súbdito debía trabajar a
favor de la Corona a través de los conquistadores
españoles asentados allí.

Las ordenanzas recogieron las conclusiones
adoptadas por una junta de teólogos y juristas, conocida
como Junta de Burgos, que se había reunido como respuesta
a las denuncias por las condiciones sociales de los
indígenas. Dicha junta concluyó con una serie de
principios como:

• Los indios son libres.

• Los Reyes Católicos son
señores de los indios por su compromiso evangelizador. Se
sigue la tradición medieval en el sentido de que lo
primero es la evangelización del indio y esa premisa
superior justifica otros posibles males.

• Se podía obligar a los indios
a trabajar con tal de que el trabajo fuese tolerable y el salario
justo, aunque se podía pagar en especie y no en
dinero

• Se justifica la guerra si los indios
se negaban a ser cristianizados; y para ello se creó la
institución de Requerimiento. Dicha Institución
anunciaba y autorizaba por mandato divino la conquista de las
tierras y sometimiento de aquellos pueblos indigenas que se
negaran a ser evangelizados. Por medio de este pregón
estandarizado el conquistador debía informar a los
indígenas de que Dios, creador de los primeros hombres,
había elegido a San Pedro y a sus sucesores de Roma como
monarcas del mundo, superiores en autoridad a todos los
príncipes de la Tierra. El Papa Alejandro VI, había
conferido la posesión de los indios al rey de Castilla.
Por consiguiente, los indios recibían la orden de
reconocer su autoridad y quedar como sus súbditos libres,
cristianos. Toda negativa o toda tardanza en aceptar estas
demandas entrañarían la guerra inmediata (Guerra
Justa), haciéndoles reos de muerte o de
esclavización como rebeldes. La lectura terminaba con la
amenaza de tomar los bienes de los indígenas, y de
esclavizar a sus mujeres e hijos, y hacerles todos los
daños que pudieran si no cumplían con este mandato
o requerimiento. Una conquista sólo estaba justificada si
los indios se negaban a ser evangelizados.

El rey Fernando "El Católico"
encargó a Juan López de Palacios Rubios y a
Matías de Paz miembros de la junta para que fijasen su
posición en dichos tratados:

La Junta de 1512 se caracterizó,
pues, por dos planteamientos jurídico-teológicos
enfrentados:

• Uno incidía en la
supremacía de lo espiritual hasta invalidar el derecho
natural: los paganos podían, por tanto, ser sometidos a la
fuerza pues el pecado original hace que el hombre pierda sus
derec hos.

• El segundo, insistía que no
se podían quitar al hombre sus atributos naturales, de
derecho político, de propiedad y de determinación
cultural, que siempre le acompañan. En ese sentido
había una independencia de lo sobrenatural con respecto a
lo natural, y en consecuencia el pecado no invalidaría los
derechos del hombre.

Se especuló con diversas soluciones,
incluso partidarios de este segundo planteamiento defendieron que
se daban causas para una guerra justa contra los indios, para
así imponer el dominio español. Se sostenía,
en definitiva, que hacer la guerra a los indios era justo porque
se trataba de mejorar su situación, al menos la
espiritual.

Dicha controversia se resolvió con
un compromiso recogido en las Leyes de Burgos, que
mantenían el trabajo forzoso de los indios, si bien
limitándolo y humanizándolo algo.

Cabe anotar que la aplicación de las
Famosas Leyes de Burgos fracasó, cómo se
demostró posteriormente con la aniquilación de
numerosos pueblos indigenas del nuevo mundo o de las Antillas
Españolas.

Por un desconocimiento verdadero de la
Historia, por una malintencionada tergiversación de la
misma, en España y en América, conocen mal las
Leyes de Indias. En demasiadas ocasiones se ha tenido en cuenta
la indiscutible e inevitable explotación del hombre por el
hombre, y se ha obviado el elemento principal que son las leyes
con que Isabel I de Castilla puso las bases para la
protección de sus súbditos de la Nueva
España.

Esa protección que ordena que, por
el mismo delito, sea más castigado el español que
el indio. Esas Leyes que sientan las bases de todo un cuerpo
legislativo que no ha sido copiado por ninguna otra nación
colonizadora. Las Leyes de Indias comprenden cédulas,
órdenes, provisiones, autos, resoluciones, sentencias y
cartas, que obligan a que el Rey confirme cualquier
disposición dictada por otra persona u organismo en el
nuevo mundo.

Si bien el fin religioso es una de las
preocupaciones principales de la Corona, no es menos cierto el
riguroso respeto por el orden y la forma de vivir de los indios,
siempre que no estuvieran en rigurosa contradicción con
los principios básicos de la legislación
española.

Las primeras disposiciones, precedente del
cuerpo de las Leyes, son las Capitulaciones de las que es
portador Colón, por las que se concede a los navegantes
una serie de derechos y se les sujeta a ciertas obligaciones; los
derechos condicionales, sujetos al éxito de la empresa y a
la conducta del descubridor; y señala el castigo
correspondiente en caso de que no se sujete a lo
pactado.

A partir de 1526 se añade un
conjunto de disposiciones sobre el buen trato a los indios, lo
que eleva a las

Capitulaciones a la categoría de
fuentes jurídicas

Estas disposiciones giran sobre la licitud
o no de las Encomiendas; al respecto, Carlos I reúne
juntas de teólogos y juristas, de las cuales surgen en
1542 las Leyes Nuevas, y prohíben las dichas Encomiendas.
No sin sublevaciones, como la de Gonzalo Pizarro en Perú y
que le costó la condena a muerte. Isabel de Castilla
rogaba en su testamento que sus indiecitos fuesen tratados por
igual que sus súbditos españoles, ya que al
emprender el descubrimiento se había tenido en mira ganar
almas para el cielo, y no esclavos para la tierra.

Así, la voluntad de los reyes
católicos era que ningún Adelantado, gobernador de
cualquier estado, dignidad o calidad, en época de paz o de
guerra, no tome indios para tenerlos como esclavos. Y ordenaron a
los encargados de hacer justician en el nuevo mundo de castigar
con todo el peso de la ley aquellos que no cumplan con lo
pactado.

El obispo dominico Bartolomé de las
Casas, levantó un debate en torno al maltrato a los
indígenas con el sistema de las encomiendas, por lo que el
Emperador Carlos V convocó a una junta de juristas a fin
de resolver la controversia. De esta junta surgieron las llamadas
Leyes Nuevas, en 1542, que ponían a los indígenas
bajo la protección de la Corona.

Las Leyes de Indias constituyen finalmente
una recopilación de las distintas normas legales vigentes
en los reinos de Indias, realizada durante el reinado de Carlos
II. Básicamente estas eran la unión de las Leyes de
Burgos, las Leyes Nuevas y las Ordenanzas de Alfaro.

Fueron promulgadas mediante real
cédula el 18 de mayo de 1680, y su texto resume los
principios políticos, que ocupara gran parte de
Latinoamérica y Europa.

Ley 1: Refiere a los asuntos religiosos,
tales como el regio patronato, la organización de la
Iglesia, la cultura y la enseñanza.

Ley 2: Trata la estructura del gobierno
indiano con especial referencia a las funciones y competencia del
Consejo de Indias y las audiencias.

Ley 3: Resume los deberes, competencia,
atribuciones y funciones de virreyes, gobernadores y
militares.

Ley 4 Concierne al descubrimiento y la
conquista territorial. Fija las normas de población,
reparto de tierras, obras públicas y
minería.

Ley 5 Legisla sobre diversos aspectos del
derecho público, jurisdicción, funciones,
competencia y atribuciones de los alcaldes, corregidores y
demás funcionarios menores.

Ley 6 Trata la situación de los
indígenas, su condición social, el régimen
de encomiendas, tributos, etc.

Ley 7 Resume los aspectos vinculados con la
acción policial y de la moralidad
pública

Ley 8 Legisla sobre la organización
rentística y financiera.

Ley 9 Refiere a la organización
comercial indiana y a los medios de regularla, con especial
referencia a la Casa de

Contratación

A continuación detallamos algunas de
las leyes que consideramos se relacionan directamente con los
principios que generaron el urbanismo en aquella época y
que están escritas en Real Ordenanza Expendida por Felipe
II en San Lorenzo del escorial el 3 de mayo de 1576.

Ordenanzas para descubrimientos,
poblaciones y pacificaciones

(Copia Textual)

Artículo 110. Habiendo hecho el
descubrimiento y elegido la provincia, comarca y tierra que se
hubiere de poblar, y los sitios de los lugares donde se han de
hacer las nuevas poblaciones y tomándose el asiento de
ellas, los que fueren a cumplirlo, ejecuten en la forma
siguiente:

Eligiendo el lugar donde se ha de hacer la
población, el cuela mandamos que sea de los que estuvieren
vacantes, y que por disposición nuestra se puede tomar sin
perjuicio de los indios y naturales, o con su libre
consentimiento, se haga la planta del lugar, repartiéndola
por sus plazas, calles y solares, a cordel y regla, comenzando
desde la plaza mayor y de allí sacando las calles y
caminos principales, y dejando tanto compás abierto, que
aunque la población vaya en crecimiento, se pueda siempre
proseguir en la misma forma, y habiendo disposición en el
ciclo y lugar que se escogiere para poblado, se haga la planta en
la forma siguiente:

Artículo 111. Habiendo hecho la
elección del sitio en donde se ha de hacer la
población, que como está dicho, ha de ser en
lugares levantados a donde haya sanidad y fortaleza, y fertilidad
y acopio de tierras de labor y pasto, leña y madera, y
materiales, aguas dulces, gente natural, acarretos, entrada y
salida, que esté descubierto de viento norte, siendo en
costa, téngase consideración al puerto, y que no
tenga el mar al mediodía, ni al poniente; si fuera
posible, no tenga cerca de sí, lagunas ni pantanos en que
se críen animales venenosos y corrupción de aire y
agua.

Artículo 112. La plaza mayor, de
donde se ha de comenzar la población, siendo en costa de
mar, debe hacerse al desembarcadero del puerto, y siendo en lugar
mediterráneo, en medio de la población. La plaza,
sea en cuadro, procurando que por lo menos tenga de largo una vez
y media de su ancho, porque este tamaño es el me jor para
las fiestas de a caballo y cualquiera otras que se vayan a
hacer.

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Artículo 113. La grandeza de la
plaza sea proporcionada a la cantidad de los vecinos, teniendo en
consideración que en las poblaciones de indios, como son
nuevas, se van, y es con intento de que han de ir en aumento y
por eso, la plaza será teniendo en cuenta que la
población habrá de crecer. La plaza no será
menor de 200 pies en ancho y 300 pies en largo, ni mayor de 800
pies en largo y 300 en ancho. De mediana y de buena
proporción es de 600 pies de largo y 400 de
ancho.

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Artículo 114. De la plaza salgan
cuatro cales principales; una por medio de cada costado la plaza,
y dos calles por cada esquina de la plaza.

Las cuatro esquinas de la plaza miren a los
cuatro vientos principales, porque de esta manera, saliendo las
calles de la plaza, no están expuestas a los cuatro
vientos principales, que serían de mucho
inconveniente.

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Artículo 115. Toda la plaza, a la
redonda, y las cuatro calles principales que de ella salen,
tengan portales, porque son de mucha comodidad para los tratantes
que aquí suelen concurrir. Las ocho calles que salen de la
plaza por las cuatro esquinas, lleguen libres a la plaza, sin
encontrarse con los portales, retrayéndolas, de manera que
hagan acera derecha con la calle de la plaza.

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Artículo 116. Las calles, en lugares
fríos, sean anchas, y en los calientes, angostas; pero
para la defensa, donde haya caballos, son mejores
anchas.

Artículo 117. Las calles se prosigan
desde la plaza mayor, de manera que aunque la población
venga en mucho crecimiento, no vengan a dar en algún
inconveniente que sea de afear lo que se hubiere edificado, o
perjudique su defensa y comodidad.

Artículo 118. A trechos de la
población, se vayan formando plazas menores en buena
proporción a donde se han de edificar los templos de la
iglesia mayor, parroquias y monasterios, de manera que todo se
reparta en buena proporción por la doctrina.

Artículo 119. Para el templo de la
iglesia mayor, siendo la población en costa, se edifique
en parte que en saliendo de la mar, se vea, y su fábrica
que en parte sea como defensa del mismo puerto.

Artículo 120. Para el templo de la
iglesia mayor, parroquias o monasterios, se señalen
solares, los primeros después de la plaza, y sean en isla
entera, de manera que ningún edificio se le arrime, sino
el perteneciente a su comodidad y ornato.

Artículo 121. Señálese
luego sitio y lugar para la casa Real del Concejo, y Cabildo y
Aduana Atarasana, junto al mismo puerto y templo, de manera que
e3n un tiempo de necesidad, se puedan favorecer las unas y las
otras. El hospital para pobres y enfermos de enfermedad que sea
contagiosa, se pongan junto al templo y por claustro de
él. Para los enfermos de enfermedades contagiosas, se
ponga el hospital en parte que ningún viento
dañoso, pasando por él, vaya a herir a la
demás población, y si se edificare en lugar
levantado sería mejor.

Artículo 122. El sitio y solares
para carnicerías, pescaderías, tenerías y
otras cosas que causen inmundicias, se de n en parte que con
facilidad se puedan conservar sin ellas.

Artículo 123. Las poblaciones que se
hicieren fuera del puerto del mar, en lugres
mediterráneos, si pudieren ser en riberas de río
navegable, será de mucha comodidad y procúrese que
en la ribera q ue quede más baja que la población,
se pongan todos los edificios que causen inmundicias.

Artículo 124. El templo, en lugares
mediterráneos, no se ponga en la plaza, sino distante de
ella, y en parte que esté separado de otros edificios,
para que de todas partes sea visto, porque se puede ornar mejor,
y tenga más autoridad. Se ha de procurar que sea algo
levantado del suelo, de manera que se haya de entrar en él
por gradas, y cerca de él, entre la plaza mayor, se
edifiquen las casas reales y del Concejo y Aduana, y no de manera
que den embarazo al templo, sino que lo autoricen. El hospital de
los pobres, que no fueren de enfermedad contagiosa,
colóquese a la parte del cierzo, con comodidad suya, de
manera que goce del mediodía.

Artículo 125. La misma planta se
guarde en cualquier lugar mediterráneo, en que no haya
ribera, pero sí cuidando que haya las demás
comodidades que se refieren y son menester.

Artículo 126. En la plaza, no se den
solares para particulares, inmediatos a la fábrica de la
iglesia, Casas Reales y propias de la ciudad. Edifíquense
en ellos, antes que nada, tiendas y casas para tratantes, para lo
cual contribuyan todos los pobladores y se imponga algún
moderado derecho sobre las mercaderías, para que se
edifiquen.

Artículo 127. Los demás
solares se repartan, por suerte, a los pobladores, y los que
restaren, queden para nos, para hacer merced de ellos a los que
después fueren a poblar, o lo que nuestra merced fuere, y
para que asiente mejor, llévese siempre hecha la planta de
la población que se hubiere de hacer

Artículo 128. Habiéndose
hecho la planta de la población y repartimiento de
solares, cada uno de los pobladores asiente en el suyo su toldo,
si lo tuviere, para lo cual los capitanes persuadan de que los
lleven, y si no tuvieren, hagan su rancho de materiales que con
facilidad pueden conseguir, y hagan también, con la mayor
presteza que pudieran, alguna palizada o trinchera, en cerca de
la plaza de manera que no puedan recibir daño de los
indios naturales.

Artículo 129. Señálese
ejido a la población, en tan competente cantidad que
aunque la población vaya en mucho crecimiento, siempre
quede bastante espacio a donde la gente pueda salir a recrearse y
salir los ganados sin que hagan daño.

Artículo 130. Confinando los ejidos,
se señalen dehesas para los bueyes de labor, y para los
caballos, y para los ganados de las carnicerías y para el
número ordinario de ganados de los pobladores, que por
ordenanza, han de tener en alguna buena cantidad, y los restantes
se señalen en tierras de labor, de que se hagan suertes en
la cantidad que se ofreciere, de manera que sean tantas, como los
solares que puede haber en la población, y si hubiere
tierras de regadío, se hagan de ellas suertes y se
repartan en la misma proporción a los primeros pobladores,
y los demás queden para nos, para que hagamos merced a los
que después fueren a poblar.

Artículo 131. En las siembras de
labor repartidas luego, inmediatamente siembren los pobladores
todas las semillas que llevaren y pudieren haber y para lo cual
conviene que vayan muy proveídos, y a la dehesa lleven
todo el ganado que pudieren juntar, para que se comience a crear
y multiplicar.

Artículo 132. Habiendo sembrado los
pobladores y acomodado el ganado en tanta cantidad y con tan
buena diligencia que espera tener abundancia de comida, comiencen
con mucho cuidado y valor a fundar sus casas,
edificándolas con buenos cimientos y paredes, para lo cual
vayan apercibidos de todos los materiales y herramientas que
puedan haber menester para edificar con brevedad y a poco
costo.

Artículo 133. Cuando dispongan los
solares y edificios que en ellos se hicieren, háganlo de
manera que en las habitaciones de ellos, se pueda gozar de los
aires del medio día, por ser los mejores y
dispónganse los edificios de las casas de toda la
población, generalmente de manera que sirvan de defensa y
fuerza contra los que quisieren atacarla, y cada casa en
particular, la laven de manera que pueden tener en ella sus
caballos y bestias de servicio con patios y corrales y en la
mayor anchura que fuere posible, para la salud y para la
limpieza.

Artículo 134. Procuren, cuando fuere
posible, que los edificios sean de una sola forma, para el ornato
de la población.

Artículo 135. Los fieles ejecutores
y alarifes, y las personas que par ella imputare el gobernador,
tenga cuidado de andar viendo cómo se cumple esto, y para
que los pobladores se den priesa en la labor de sus edificios
para que se acabe con brevedad la población.

Artículo 136. Si los naturales no
recibieren bien la fundación de la población se les
dé a entender cómo se quiere poblar allí, no
para hacerles algún mal, ni tomarles sus haciendas, sino
para tomar amistad con ellos, y enseñarlos a vivir
prácticamente y mostrarles a conocer a Dios,
enseñarles Su ley, por la cual se salvarán,
dándoles a entender, por medio de los religiosos y
clérigos, y personas que para ello diputare el gobernador,
y por buenas lenguas, y procurando por todos los medios buenos
posibles, que la población se haga con su paz y
consentimiento, y si todavía no lo consintieren,
habiéndoles requerido por los muchos medios, diversas
veces, los pobladores hagan su población si tomar de lo
que fuere particular de los indios y sin hacerles más
daños del que fuere menester para defensa de los
pobladores y para que la población no se
estorbe.

Artículo 137. Entretanto que la
nueva población se acabe, los pobladores, en cuanto fuere
posible, procuren evitar la comunicación y trato con los
indios, y de no ir a sus pueblos y divertirse, derramarse por la
tierra, ni que los indios entren en el circuito de la
población hasta tenerla hecha y puesta en defensa y las
casas estén de manera que cuando los indios las vean, les
causen admiración, para que entiendan que los
españoles pueblan allí de asiento y no de paso, y
los teman, para no osar ofenderlos y los respeten, para desear su
amistad. En comenzándose a hacer la población, el
gobernador reparta lagunas personas que se ocupen en sembrar y
cultivar la tierra de pan y legumbres, de que luego se puedan
socorrer para sus mantenimientos y que l os ganados que metiere,
se apacenten donde estén seguros y no hagan daño en
la heredad y casa de los indios, para que asimismo de los
susodichos ganados, se pueda servir, socorrer y sustentar la
población.

La importancia, independientemente del
carácter obligatorio que como ley tuvo, se mide por la
supervivencia y agradable formad e vida que se observa en
nuestras ciudades menores, hasta donde la evolución
mecanicista no ha destruido ola magnífica estructura de
barrios conformada a una sociedad un tanto estacionaria, sin
grandes alardes de progresista y hacia lo cual, en buenos
términos, tienden algunas recomendaciones actuales. La
súper manzana de habitación, sin circulación
de vehículos en el interior, por dimensión,
número de habitantes y formas de agrupamiento sin
segregaciones, es una interpretación actual del sistema de
barrios pregonado en la Cédula.

El ancho de las calles prevenido en el
artículo 116 tiene valor actual en los sitios en que no se
demande duna circulación interna de vehículos y
así se propone especialmente ahora en que la diferencia de
circulaciones sólo para peatones, se hace
necesaria.

De gran importancia resulta el
artículo 118, pues la formación de plazas menores,
a pequeñas distancias, crea la autonomía de los
barrios ya que en ellas vuelve a encontrar el templo que para la
época, es autoridad; al mencionar la doctrina, se implica
la educación básica de la época, pues no hay
que olvidar que al menos en idea, la conquista española se
hizo para ganar almas par la religión verdadera. La
información parroquial desde el púlpito
servía de medio de información. En la plaza la
fuente de agua, los comercios abrigados bajo sus portales y
lagares anexos, la escuela parroquial y el uso mismo de la plaza
en actos cívicos y paseos dominicales, que todavía
vemos en los poblados de nuestro territorio, demuestran la fuerte
tradición que a través de formas grandemente
experimentadas impuestas con origen en las leyes de Indias, ha
perdurado hasta nuestros días.

Los artículos siguientes sugieren
aparte de orden, una tendencia lo que ahora decimos "zonificar"
ya que precisan dónde y cómo habrán de
levantarse a partir de la plaza, el templo, los comercios, las
casas reales, los hospitales, según sirvan a contagiosos o
no, naturalmente dentro de las ideas sanitarias de la
época; los oficios que causen inmundicias aguas abajo para
que el paso de desechos no afecte a la
población.

Previene la localización levantada y
aislada del templo y cómo los otros edificios
habrán de darle autoridad y ornato, llevando
anticipadamente la planta de la población, que
habrá de edificarse con presteza y materiales
sólidos.

Muy importante para nuestro sistema agrario
resulta la real ordenanza de dotar a cada poblado de un campo de
cultivo y dehesa y satisfecho ese punto se dote a la
población de un ejido en "competente cantidad".

Insiste en que las casas sean de buenos
materiales y orientadas hacia el sur (esto se entiende en el
hemisferio norte), para tener buen soleamiento, sugiriendo que
cada habitación tenga sus anexos complementarios sin
causar incomodidad; para la defensa se sugiere la continuidad, de
manera que puedan auxiliarse entre sí en caso de ataque,
lo que hace que entre nosotros, la solución de casas
aisladas, no tenga valor tradicional.

En los dos últimos artículos
transcritos, previene el comportamiento para con los naturales,
para quienes recomienda no hacerles "más daño del
que fuere menester para defensa de los pobladores" recomendando
también procuren evitar la comunicación y trato con
los indios entretanto la nueva población no se acabe, pero
no crea circunscripciones ni segregaciones, mucho menos
extinción.

GRUPO # 3

Arquitecto Juan Luis Montes

Arquitecto Erwin Giovanni
González

TEMAS DESARROLLADOS:

Ensanches
Urbanos

Monografias.com

ENSANCHES URBANOS

Monografias.com

El Ensanche es un planteamiento
urbanístico realizado fuera del casco antiguo de las
ciudades debido a la falta de suelo urbanizable. Lo que lleva a
realizar estos ensanches es el crecimiento demográfico y
con él el aumento de la demanda de vivienda realizada
tanto por la burguesía como por la clase trabajadora en
los núcleos urbanos industrializados desde mediados del
siglo XIX hasta mediados del siglo XX. Los ensanches más
importantes y que sirvieron de ejemplo a otras ciudades fueron
los de Madrid y Barcelona, en los dos casos se planificaron con
planos en cuadrícula prestando especial atención a
la calidad de vida.

La revolución agraria, la
revolución industrial, las mejoras alimenticias y
sanitarias, la revolución demográfica y los grandes
excedentes de población, los éxodos rurales y las
transformaciones sociales, la revolución de los
transportes, el ferrocarril, todos son grandes acontecimientos
que hacen del siglo XIX un siglo de innovaciones profundas que
conjugadas entre si darán lugar a la tercera
revolución urbana de la historia.

Surgen ciudades nuevas también
crecen y se transforman ciudades de larga tradición hasta
provocar un extraordinario avance del proceso de
urbanización .

La población europea experimenta un
rápido crecimiento a lo largo del S.XIX. La ciudad jugara
un papel muy importante y decisivo en la modernización
económica. El aumento de la población fue muy
importante pero también lo fue su transformación
física, crecerá en superficie pero también
cambiara toda su estructura interna: surgen las instalaciones
fabriles, se derriban las murallas, se construyen paseos de ronda
o bulevares; pavimentación de las calles, alcantarillado,
se mejora la distribución de aguas, el alumbrado
eléctrico sustituye al de gas; respecto a la vivienda , su
escasez se convirtió en gran problemas desde la segunda
mitad del siglo XIX, la ciudad debía dar cobijo a miles de
habitantes procedentes sobre todo del mundo rural. El derribo de
la murallas y la expansión de la ciudad más
allá de las mismas, dieron paso a la realización de
un ensanche de la población.

En realidad en España la
construcción de ensanches planificados se había
iniciado en algunas ciudades durante el s. XVIII con la
creación de extramuros de iniciativa estatal. Pero los
ensanches españoles se contabilizaron a partir
de

Partes: 1, 2

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