El profesor
italiano Paolo Pittaro (1978), siguiendo tambien esta
tónica considera que el estudio de la Victimología
es de carácter multidimensional, teniendo un
contenido amplio, tanto del contexto de la antropología cultural, de la sociología, de lo religioso-espiritual,
psicológico y jurídico.
Rodrigo Ramírez dice que la Victimología
es considerada desde cierto punto de vista, como disciplina
autónoma, incluyendo en su estudio a las victimas como
personas naturales y también jurídicas.
Brunon Holyst, hace una distinción entre
Victimología general y Victimología
penal.
1.2.1. Victimología General
La Victimología es una disciplina
autónoma, que no puede estar restringida a ser un capitulo
de la criminología, porque abarca aspectos
jurídicos y sociales que rebasan el ámbito del
delito y el
criminológico.
B. Mendelson (1963), quien señala que el estudio
de la victima y el delincuente debe orientarse a formar parte de
una nueva ciencia
denominada Victimología, separada y paralela al estudio
criminológico. Además manifiesta que la
Victimología no se limita al estudio del delito de la
victima, sino a toda categoría de victimas.
Como conclusión deducimos de esta sumaria
revisión, que la perspectiva del estudio
victimológico rebasa el aborde criminológico,
interesando también al derecho penal y a
otras disciplinas que se preocupan por la asistencia de la
victima que requiere ayuda, por lo que se justificaría su
autonomía. Es imposible desconocer que el hecho de ser
victima, sea como consecuencia de un evento criminal o de una
acción
no delictiva, genera problemas
psicológicos, sociales, económico, de salud, entre otros, que debe
afrontar la persona
agraviada, y que trasciende el ámbito
criminológico, penal y penitenciario.
1.2.2. Victimología penal
Es prácticamente la temática que abordan
criminólogos y penalistas preocupados en el problema
victimológico.
Desde este punto de vista, el objetivo de la
victimología es desarrollar, a través del estudio
en profundidad de la victima, un conjunto de reglas generales y
de principios
comunes que contribuyan al progreso y evolución de las ciencias
criminológicas y jurídicas, facilitando la
comprensión del fenómeno criminal, de la dinámica criminógena y de la
personalidad del delincuente.
La Victimología penal abarca los siguientes
caracteres:
El estudio del papel desempeñado por las
victimas en el desencadenamiento del hecho
criminal.La indagación de los temores profundamente
sentidos en determinados grupos sociales a la
victimizaciónLa problemática de la asistencia
jurídica, moral y terapéutica a las
victimasEl examen de la criminalidad real, a través
de los informes facilitados por las victimas de delitos no
perseguidosLa importancia de la victima dentro de los
mecanismos de reacción de la justicia punitiva y de
determinación de las penas.
Víctima,
Victimología y Criminología
La relación que existe entre victima-autor, en la
eclosión del evento delictivo, es importante para la
criminología. De igual manera las vinculaciones de la
victima con el sistema penal,
sea como denunciante o parte civil.
Desde la perspectiva criminológica, son
importantes algunas formas de relación entre victima y
victimario, que tienen especial incidencia en el fenómeno
delictivo. En estos casos desde el punto de vista
victimológico, nos interesa el grado en que la potencial
victima favorece o incentiva el desencadenamiento del acto
criminal.
2.1. Tipos de Víctima
Hans Von Hentig (1948), describió trece tipos de
víctimas en su obra "The Criminal and his
Victim", constituyendo una tipología muy amplia, en
la que se aprecian factores psicológicos, sociales y
biológicos.
Benigno Di Tulio decía que:" el comportamiento
de la víctima puede tener particular importancia en las
relaciones de la criminogénesis, por cuanto de ello pueden
partir estímulos capaces de reforzar y desencadenar el
impulso y las fuerzas crimino impelentes".
Existen las siguientes clasificaciones:
a.) Clasificación según B.
Mendelsohn:
a.1.)Victima completamente inocente o ideal.- es aquella
que nada ha hecho o nada ha aportado para desencadenar el
crimen.
a.2.)Victima de culpabilidad
menor o por ignorancia.- el delito ocurre por un acto poco
reflexivo de la victima que no prevé el riesgo.
a.3.)Victima voluntaria.- el autor distingue las
siguientes modalidades
*Los que cometen suicidio
hechandose a la suerte.
*El suicidio por adhesión
*Caso de eutanasia, la
victima implora que se le ayude a morir.
*La pareja criminal
a.4.)Víctima más culpable que el
infractor.- distingue dos variantes
*V. Provocadora.- aquella que por su conducta incita
al autor a cometer el hecho criminal.
*V. Por imprudencia.- se determina el hecho
por falta de cuidado de la victima. Por ejemplo: dejar un
automóvil mal cerrado.
a.5.)Victima culpable.- considera 3
variedades
*Victima-Infractor, como en el caso de legítima
defensa
*Victima simulante, que denuncia y logra imputar un
hecho criminal con el objeto de que la justicia
cometa un error.
*Victima imaginaria, no existe infracción, pero
se denuncia por hecho imaginario.
b.) Clasificación de Fattah
b.1.) Victima provocadora: 2 subgrupos
*Tipo pasivo.- victima por negligencia o imprudencia
favorecedora del crimen, incitando indirectamente al
delincuente.
*Tipo activo.- en este caso la victima desempeña
un rol más relevante. Tiene 2 variantes:
– victima consciente: incita a la acción como
agente provocador
– victima no consciente: no incita al acto pero la
provoca por sus acciones
conscientes o incoscientes
b.2.) Victima participante.- se presenta en la fase de
ejecución del hecho
c.) Clasificación de Shafer:
Victima sin relación con el criminal.- las
que no tienen ningún nexo con el victimarioVictimas provocativas o provocadoras.- el acto
delictivo se realiza como efecto de la incitación que
origina la potencial victima sobre el futuro ofensor haciendo
algo en su contraVictimas precipitadas.- son victimas potenciales que
sin efectuar nada en contra del futuro criminal, lo incitan o
inducen con su particular forma de conducta.Victimas biológicamente débiles.-
aquellas cuya constitución, o situación
física o estado mental induce en el potencial
victimario la idea del acto criminal.Victimas socialmente débiles.- aquellas no
bien vistas por la sociedadVictimas auto-victimas.- se victimizan así
mismas.Victimas políticas.- victimas resultantes a
causa de sus ideas políticas.
2.2. Víctimas de interés
criminológico
a.) Victima provocadora
Se dividen en:
a.1. victima provocadora por acto delictivo contra el
potencial agresor.- se produce una reacción de venganza en
el futuro agresor al ser agraviado por un hecho criminal de la
victima potencial.
a.2. victima provocadora por acto amenazante contra el
futuro agresor.- el caso mas notorio se da en la agresión
ilegitima que origina una legítima defensa.
a.3 victima provocadora por situación pasional.-
los casos más típicos serian la infidelidad en las
relaciones afectivas
a.4. victima provocadora por trato humillante, vejatorio
o agresivo contra el potencial agresor.- incluye gran cantidad de
situaciones provocadoras, debidas a la forma de trato previo de
la futura victima que propicia una reacción delictiva en
su contra.
b.) Victima precipitadota o
propiciadora
Se refiere a la victima que incita o propicia
indirectamente con su forma de comportamiento, sin desearlo, la
realización del acto criminal. Según el criterio de
Shafer se trata de personas que sin hacer nada en contra del
potencial delincuente, lo instigan, atraen o inducen con su modo
de ser o su conducta particular para la ejecución de un
acto delictivo en su contra.
Pueden ser:
b.1. victima propiciadora por imprudencia o
negligencia.- el comportamiento negligente, descuidado o
imprudente de ciertas personas, es una condición que puede
favorecer o facilitar un hecho delictivo en su
agravio.
En los delitos de
tráfico automotor que origina lesiones muerte de un
volumen
importante de personas, la conducta de la victima juega un papel
notorio. Sobre todo por la imprudencia al cruzar las calles muy
transitadas por vehículos automores.
De igual manera el deambular en estado de
ebriedad o drogados, sobre todo en altas horas de la noche,
propicia el ser objeto de atracos o de atentados sexuales,
etc.
b.2. victima facilitadota por insinuación
aparente.- en determinados casos la forma de comportamiento que
se aprecia como insinuante o estimulante de ciertas conductas
puede motivar el acto delictivo.
Por ejemplo en los delitos
sexuales, la insinuación real o aparente de algunas
jóvenes puede desencadenar actos de violencia
sexual en su agravio; así mismo las mujeres que caminan
solas por lugares no muy seguros o
asilados, vistiendo atuendos escasos o que muestran determinadas
partes de su anatomía, pueden
exacerbar el impulso sexual de un agresor potencial.
b.3. victimas facilitadota por actitud
personal
especial.- debido a sus particularidades personales,
probablemente se hallan más propensas a ser
víctimas.
c.) Victima simulada
Es aquella que exagera ciertos hechos,
atribuyéndole carácter delictuoso o bien imagina
ser victima de hechos inexistentes.
Tenemos:
c.1. victima simulada parcial.- son casos de supuestas
victimas que debido a ciertos actos no delictivos las califica
como delictivas, considerándose victima de tales
hechos
c.2. victima simulada absoluta.- se trata de supuestas
victimas, que sin que exista nada en su agravio imaginan haber
sido objeto de un acto criminal.
Dennos Chapman, nos dice que: "la victima es algunas
veces la causa de la infracción, y en todos los casos, el
delito no puede ser bien comprendido sin tomarla en
cuenta".
2.3. Victima entre victima y victimario.- también
se debe tener en cuenta que una variable importante en el estudio
victima-autor, es el hecho de que ambos se conocieran o no en la
etapa previa al evento criminal. En muchos casos existe alguna
forma de contacto interpersonal de diversa temporalidad y
característica, antes del delito, entre el agente y
agraviado.
De diversos estudios se desprende, que en
múltiples casos de homicidio,
amenaza, delitos sexuales, chantaje, etc., hay algún grado
de relación o contacto anterior de la victima con el autor
del acto criminal. Es precisamente, debido a las
características de este tipo de interrelación
pre-criminal, que se dan circunstancias muy variadas en la que a
veces el agraviado actúa provocando, o en todo caso
precipitando el evento delictivo. En otras situaciones no existe
conocimiento
entre ellos o la relación es sol circunstancial, como en
muchos delitos de hurto y robo, entre otros, pero que debido al
elemento precipitador de la victima, el agente llega a iniciar o
consumar el acto criminal.
En estos casos juega también un papel importante
el tipo de percepción
social que el posible criminal tiene de la potencial
victima.
En algunos datos de la
victimologia relativa a los delitos de homicidio y
lesiones, el grado de relación entre victima y autor
es de una incidencia significativa en un número importante
de estos hechos. Marvin Wolfgang, en su investigación sobre los homicidios,
encontró que de 588 de estos delitos estudiados en
Filadelfia (U.S.A.), hubo un 26% que fueron precipitados por la
victima (1959). Según Ellis y Gullo cierto tipo de
homicidios es consecuencia de circunstancias frustantes mas el
contacto repetido del homicidio con personas a las que considera
muy frustantes.
En la victimologia de los delitos sexuales el grado de
conocimiento previo entre agresor y victima tambien tiene
especial incidencia. Asimismo se considera que en los hechos no
necesariamente se aprecian condiciones físicas especiales
en las agraviadas de estos delitos. Quizá la actitud o el
comportamiento que denote una señal erotizante sexual sea
lo más importante, lo que va a incidir precisamente en la
percepción social del agente sobre la victima.
Desde otro punto de vista, la victimologia
contemporánea no solo centra su atención en las victimas individuales o
personas naturales, sino tambien en las colectivas y personas
jurídicas o instituciones
diversas (estatales, privadas, internacionales). En estos casos
el tipo de relación autor-victima resulta más
difícil de precisar; asimismo en estas victimas colectivas
llamada indiscriminada en la clasificación de G. Gulotta.
Algunas de las acciones criminales que las atacan son los delitos
de cuello blanco, que inciden en la colectividad general y las
instituciones estatales, como el contrabando,
fraudes, delitos ecológicos, la falsa publicidad de
productos
farmacéuticos y alimenticios.
López Rey plantea la tesis de que
las victimas son más numerosas en la criminalidad no
convencional que la delincuencia
común. Sobre todo en los delitos económicos y de
abuso de poder
político. Al respecto afirma que la victimización
es extensa en los grandes fraudes fiscales y evasiones de
capital a
menudo perpetrados por personas pertenecientes a grupos
sociales dirigentes que suelen presumir de patriotismo o de
firme adhesión a la ley y el
orden.
Victimologia y Sistema Penal.
En el tema de la victima no escapa al interés del
Derecho Penal, cuando en la caracterización de
determinados delitos, así como la graduación de la
pena, se deben tambien delinear ciertas condiciones del
agraviado, sea en función de
su actuación antes o durante del acto delictivo, asi como
del sexo, edad,
parentesco u otra índole.
victima como denunciante.- la victima en su papel de
denunciante, lo que va a originar la investigación
policial y subsecuentemente, la participación de la
maquinaria judicial para procesar al supuesto delincuente y
aplicarle una sanción penal si se prueba su
autoría.
Kaiser señala que según algunos estudios,
en función de edades, si bien las personas jóvenes
están mas representadas entre victimas, son menos
propensos a denunciar que los mayores. Sin embargo, el problema
mas significativo es que del alto volumen de eventos
criminales que producen victimas, solo un porcentaje que
oscilaría entre un 33 a 49 por ciento de ellos
serían objetote denuncia ante la instancia policial,
según encuestas
efectuadas en Estados Unidos
entre 1967 y 1979. Esto significa que mas de la mitad de los
delitos ocurridos no llegan a ser denunciados.
En estados Unidos, del total de delitos denunciados, que
ya es bajo, solo un 20% de los mismos terminó con el
arresto del denunciado. Esto significa que el 80% de denuncias no
pasaron del mero registro
policial
Del 20% de los que fueron habidos por la policía,
solo un 42% fue a juicio. Estos hechos desalentadores para la
victima nos muestran fríamente que menos del 5% de los
delitos probablemente cometidos llegarían a juicio, en el
mejor de los casos, esto es considerado la mitad de los eventos
criminales como denunciados.
Delitos cometidos | Delitos denunciados | Arrestados por la policía | Llegan a juicio |
100 casos | 50 casos | 20% de 50 denunciados = 10 | 42% de 10 arrestados= menos de 5 |
2.4.2 La victima en el proceso
penal
a.) La victima como parte del proceso
penal
No obstante que la legislación procesal penal
considera a la victima como parte del proceso, teniendo derecho
además a una reparación civil que se debe
señalar en la sentencia, sin embargo la victima no tiene
ningún papel protagónico en el proceso, por ello ya
los abolicionistas, entre otros estudiosos, han venido
señalando que en el proceso penal moderno,
prácticamente la victima ha sido expropiada de su conflicto,
quedando relegado que se halla centrado en el delincuente y
el
Estado.
Manuel López Rey dice que: "la victima de la
criminalidad y no el delincuente, requiere primaria
atención por parte de la policía criminal y de los
sistemas
penales"
El desarrollo del
Derecho
procesal penal se ha centrado en afirmar una serie de
garantías y protecciones al imputado, sin embargo la
victima, como señala Jaume Solé Riera, recibe de
facto la peor parte del proceso penal
Garcia Pablos de Molina nos dice que la victima del
delito a padecido un secular abandono, tanto en el ámbito
del derecho penal como en la política criminal, la
política
social y la propia criminología.
Autor:
Juan Cornejo Calva
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |