Violación de los derechos civiles y políticos durante las dictaduras de Pinochet y Fidel Castro
Los derechos humanos y el pacto de los derechos civiles y
políticos
Violación de los derechos civiles y políticos en
chile durante la dictadura de augusto pinochet
Violación de los derechos civiles y políticos en
cuba durante la dictadura de fidel castro
Conclusiones
Bibliografía- Anexo
Análisis de la violación de
los derechos civiles
y políticos durante las dictaduras de Augusto Pinochet en
Chile y de Fidel Castro
en Cuba
Introducción
Los Derechos Humanos
desde hace mucho tiempo han
sido motivo de diversos estudios, pero en la misma medida las
realidades en las que se hace necesario ejecutarlos han sido
también estudiadas. En este marco de indagación el
ejercicio que a continuación se presenta quiere ser tan
solo un aporte mínimo a la difícil labor de la
comprensión de las acciones
humanas y al esfuerzo que desde ellas se hace por preservar la
vida humana de una manera digna. Este documento se
centrará en un análisis de la violación de los
Derechos Civiles y Políticos en las dictaduras de chile y
cuba, a partir
de un acercamiento histórico que nos dote de elemento con
los cuales poder
comprender cuales fueron las razones que posibilitaron y
posibilitan la sistemática violación de los
derechos humanos, para finalmente a partir de este ejercicio de
análisis apuntar algunas preguntas respecto al futuro de
Latinoamérica en el contexto del siglo
XXI.
Los Derechos
Humanos y el pacto de los Derechos civiles y
políticos
Hablar de los derechos humanos es hablar sin duda alguna de
uno de los más grandes logros de la humanidad pero
también es hablar de uno de los más grandes retos
que ha tenido y sigue teniendo la humanidad en términos de
justicia e
igualdad. Los
derechos humanos han recorrido un largo camino, y este camino
puede rastrearse por diversas fuentes, no
obstante, el objetivo de
este texto exige
mostrar algunos pasos claves y una cierta orientación en
el recuento que de los derecho humanos se hace en este
momento.
Es común que cuando se habla de los derechos humanos se
hable sobre todo de la declaración universal de los
derechos humanos hecha por las Naciones Unidas
el diez de Diciembre de 1948, en la que se estipulan y mediante
la que se difunden los derechos humanos que hoy conocemos, y bajo
los cuales la humanidad espera asegurar ciertas condiciones
imprescindibles para que la vida de todo ser humano sea digna.
Ahora bien, llegar a este punto fue un proceso de
varios años en los que se fueron delimitando y exigiendo
ciertas libertades que se reconocieron como propias del hombre, y que
no deberían estar sujetas a un determinado Estado, les
eran propias al hombre por ser tal. Así fue como en siglo
XVI se reconoce en los Países Bajos la libertad de
religión,
lo mismo que ocurriría en Francia en
1598 con el edicto de Nantes. Ya en fechas más recientes
la declaración de los derechos de Virginia y la
declaración de independencia
de los Estados Unidos en
1776, consolidan junto con la declaración de los derechos
del hombre y del ciudadano promulgada en la revolución
francesa de 1789, un capítulo de la historia que se creía
permitiría un mejor caminar de la humanidad hacia la
justicia y hacia la igualdad.
Empero, será la historia la que dará cuenta de
cómo los derechos, fruto del mayor esfuerzo de varias
generaciones, se presentarán como herramientas
muy limitadas para conseguir lo que ellos promulgaban. No hemos
de olvidar, pues, que luego de la revolución
Francesa vino una etapa oscura fruto de la misma
revolución, la etapa del terror revolucionario, en la que
se haría tan famosa la guillotina, como punto
cúlmen de la persecución a los que otrora fueron
opresores de las personas que con la revolución
nacían al mundo como hombres y mujeres libres. La
declaración de los derechos del hombre y del ciudadano del
26 de agosto de 1789 planteó en su artículo 1: "Los
hombres nacen y permanecen libres en iguales en derechos. Las
distinciones sociales solo pueden fundarse en la utilidad
común". En su artículo 11 dirá: "La libre
comunicación de los pensamientos y de
opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre.
Todo ciudadano puede hablar, escribir, imprimir libremente, con
la salvedad de responder del abuso de esta libertad en los casos
determinados por la ley"; y en su
artículo 12 dictará: "la garantía de los
derechos del hombre y del ciudadano necesita una fuerza
publica; esta fuerza es instituida para el beneficio de todos y
no para la utilidad particular de aquellos a quienes está
confiada". Estos tres artículos[1]son
apenas representativos del espíritu de los 17
artículos que componen tal declaración, lo que nos
permite preguntarnos ¿qué sucede entonces entre lo
que se declara y lo que se ejecuta?, ¿por qué
algunos derechos no se cumplen? y ¿qué debe suceder
para que se cumplan los derechos?
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