Indice
1. La
Teoría De La Justicia En Rawls
2. La prioridad de la justicia como
imparcialidad
3. La "posición original" , el
"velo de la ignorancia", la "sociedad bien ordenada", el
"equilibrio reflexivo".
4. Los principios de la
justicia
1. La Teoría
De La Justicia En
Rawls
El autor presenta una teoría
de la justicia que lleva a un alto nivel de abstracción el
concepto del
contrato social
en el que se reemplaza el pacto de la sociedad a un
esquema en que una sociedad justa no
esta sometida a la negociación política ni al
calculo de interés
social.
Rawls se opone a la teoría utilitarista clásica e
institucionalista de la justicia en la que la moral es
contractual y afirma que al ser las primeras virtudes humanas ;la
verdad y la justicia no pueden ser transables.
Es un filosofo basado en la moral de
kant, rousseau y
looke.
La justicia hemos afirmado se la considera como la primera de las
virtudes de la sociedad; cada uno tiene el derecho de
inviolabilidad basado en el principio de la justicia que, ni
siquiera el bienestar de la sociedad puede oponerse.
Respecto a los principios de la
justicia social estos proveen de un mecanismo que establece
derechos y
deberes en las instituciones
básicas de la sociedad y definen el reparto equitativo
entre beneficios y cargas de la cooperación social.
El rol de los principios de la
justicia social ayudan a determinar los deberes y derechos de los individuos
que, al tener concepciones diferentes de justicia , reconocen un
denominador comun en ellos. Pero no solo este denominar
común es el único requisito para una comunidad viable,
existen otros problemas
sociales como los de coordinación, eficacia y
estabilidad que se deben analizar en torno a la
justicia y no solamente su papel
distributivo dentro de la sociedad.
Para determinar el objeto de la justicia analizaremos los
principios de la justicia social que están esencialmente
dirigidos a las desigualdades de la sociedad a través de
sus diferentes instituciones
como la propiedad
privada, la familia, la
competencia
mercantil, etc.; que contiene varias posiciones sociales con
diferentes expectativas de vida, determinadas en parte por las
circunstancias económico sociales y por el sistema
político
Estos principios se basan en la justa asignación de
deberes y derechos fundamentales así como de las
oportunidades económicas y las condiciones sociales en la
diferentes gamas de la sociedad.
La investigación del autor enfoca el problema
de la justicia tratando de formular una concepción de
justicia para la estructura
básica de la sociedad concebida como un sistema bien
ordenado y aislado a otras sociedades ; y
evalúa los aspectos distributivos de esa estructura
básica y de cooperación social. El autor concibe
también a la justicia como un ideal social.
Aristóteles ya concebía a la
justicia como la acción de abstenerse de la pleonexia, es
decir de obtener ventaja apoderarse de lo que le pertenece a otro
,sus propiedades, su empleo ,etc.;
o negarle a una persona lo que le
es debido; son estos derechos que derivan de instituciones
sociales.
2. La prioridad de la
justicia como imparcialidad
El autor, considera la justicia como imparcialidad, en
donde los principios fundamentales se pactan en una
situación inicial que es justa y de igualdad como
condición de la asociación de los individuos.
Esta posición inicial de igualdad
corresponde al estado de
naturaleza en
la teoría tradicional del contrato social,
por ello se afirma que rawls llevo a un nivel de
abstracción la teoría del contrato social
encontrada en locke, rousseau y
kant.
Este estado de
naturaleza es
hipotético en donde nadie sabe cual es su lugar en la
sociedad ni su distribución de ventajas y capacidades
naturales, estas se escogen tras el velo de la ignorancia; y al
ser todos iguales los principios de la justicia se pactaran de
manera justa, y las instituciones sociales actuarían con
leyes
equitativas.
El aceptar este hecho proporcionaría la base para una
aceptación publica de los correspondientes principios de
la justicia.
La justicia como imparcialidad es un ejemplo de la
teoría contractual en donde ciertos principios serian
aceptados de manera racional en una situación inicial bien
definida en donde la división correcta de ventajas tiene
que hacerse conforme a principios aceptables para todas las
partes.
Sin embargo la teoría de la justicia no es una
teoría contractual completa, por que no incluye principios
para todas las virtudes solo se ocupa de la justicia.
3. La "posición
original" , el "velo de la ignorancia", la "sociedad bien
ordenada", el "equilibrio
reflexivo".
La posición original es el status quo inicial que
asegura que los acuerdos fundamentales sean imparciales.
Surge la interrogante de que principios seria racional adoptarlos
dada la situación contractual. El ejemplo que ilustra
mejor el tema es el de un hombre rico
que pediría se declare injusto algo que afecte sus
intereses, y en sentido contrario el hombre
pobre; para evitar la escojencia de cual principio primaria la
teoría imagina una situación en la que todos
están desprovistos de esta información.
De esta manera se llega al velo de la ignorancia de un modo
natural, que se concibe como la capacidad de colocarse en la
posición original en donde los grupos son
iguales en tanto son personas morales, de acuerdo a cierto
procedimiento
argumentando en favor de los principios de la justicia .
Como afirma rawls, el equilibrio
reflexivo se da entre los principios y juicios que coinciden;
ajustatandolos mediante juicios reflexivos.
El utilitarismo clásico
El autor tiene como propósito elaborar una teoría
que represente una opción frente al utilitarismo
clásico.
El bienestar de la sociedad se formaría a partir de la
satisfacción de los sistemas de
deseos de los muchos individuos que la conforman, es decir
realizar en la mayor medida el sistema general de deseos al que
se llega a partir de los deseos de sus diferentes miembros.
Llegamos así al concepto del
principio de utilidad en que
una sociedad esta ordenada cuando sus instituciones maximizan el
equilibrio neto de satisfacción.
La justicia social es el principio de prudencia racional aplicado
a una concepción colectiva del bienestar del grupo.
El autor interpreta el principio de utilidad en su
forma clásica, concebida como la satisfacción del
deseo racional. Para el utilitarismo la distribución correcta en cada caso es la
que produce la máxima satisfacción.
El utilitarismo por tanto no considera la distinción entre
personas, el concepto de cooperación social es
consecuencia de extender a la sociedad el principio de
elección del individuo esta extensión es valida
para todas las personas que se funden en una sola; por medio de
hechos imaginativos del espectador imparcial.
La justicia como imparcialidad demuestra que los principios que
se escogen son originados en la posición
original
Algunos contrastes relacionados
Se concluye que en una sociedad justa las libertades son un hecho
y la justicia asegura los derechos ,y estos no están
sujetos a los intereses políticos.
La doctrina contractual acepta la prioridad de la justicia sin
embargo para el utilitarismo las convicciones de la prioridad de
la justicia , se explican como una ilusión socialmente
útil.
El autor afirma que para el utilitarismo la sociedad hace
extensivo el principio de elección por cada hombre , la
justicia como imparcialidad por ser una visión contractual
supone que los principios de justicia son el resultado del
acuerdo original.
Por que habría de pensarse que los principios que regulan
una asociación de hombres sean una extensión del
principio de elección por un solo hombre.
El utilitarismo es una teoria teologica y la justcia como
imparcialidad no, es una teoria deontologica.
4. Los principios de la
justicia
La teoría de la justicia puede dividirse en dos
partes: la interpretación de la situación inicial y
los principios formulados; y el razonamiento para determinar cual
de estos principios se adoptara.
Para las instituciones hay dos principios y para los individuos
hay varios.
Instituciones y justicia formal
El objeto primario de la los principios de la justicia social es
la estructura básica de la sociedad, en donde las
instituciones
sociales se rigen por un esquema de cooperación.
Existe una clara diferencia entre instituciones e individuos con
respecto a los principios de cada uno, las instituciones son un
sistema publico de reglas que definen cargos y posiciones con sus
derechos y deberes, poderes e inmunidades, etc. ejemplo de ello
son el mercado,
parlamento, sistemas de
propiedad,
etc. una institución requiere de un acuerdo publico con
reglas que la defienden y que son conocidas por todos o se supone
que todos las aceptan, por ello que los principios de la justicia
son escogidos a condición de que han de ser
públicos como condición natural en la teoría
contractual.
Existe una diferenciación entre las reglas constitutivas
de una institución y las estrategias de
las mismas para propósitos particulares. idealmente las
reglas deben ser establecidas para que los hombres sean guiados
por sus intereses predominantes , de manera que promuevan fines
socialmente deseables, la conducta de los
individuos al ser guiada hacia la justicia social aun no prevista
por ellos , es una coordinación a la que smith llamo obra de
la mano invisible.
La justicia formal es la
administración imparcial de las leyes e
instituciones que se aplican de forma igualitaria, es decir la
obediencia al sistema, es el imperio del derecho que apoya las
expectativas legitimas.
Dos principios de la justicia (en los que existe
relación directa con la posición original)
Primero: cada persona ha de
tener un derecho igual al esquema mas extenso de libertades
básicas que sea compatible con un esquema semejante de
libertades para los demás.
Segundo: las desigualdades sociales y económicas
habrán de ser conformadas de modo tal que a la vez se
espere razonablemente que sean ventajosas para todos y se
vinculen a empleos y cargos asequibles para todos.
Ambos principios se aplican a la estructura básica de la
sociedad y rigen a la asignación de derechos y deberes
regulando la distribución de las ventajas
económicas y sociales.
Para su formulación el autor explica que la estructura
social se puede dividir en dos partes en donde el primer
principio se aplica a la parte social que define y asegura las
libertades básicas (libertad
política,
de expresión y reunión, de conciencia y
pensamiento,
de persona que comprende la libertad
frente a la opresión psicológica, agresión
física; el
derecho a la propiedad personal y a la
libertad respecto al arresto arbitrario).
El segundo principio se aplica a los aspectos que establecen
desigualdades económicas y sociales como la
distribución de ingreso y riqueza que no tiene que ser
igual para todos pero si ventajosa, y de las instituciones que
usan su autoridad y
responsabilidad para definirlas, en donde estos
mandos deben ser accesibles a todos, y el beneficio sea igual a
pesar de las desigualdades planteadas.
El primer principio tiene prioridad sobre el segundo, por que al
ser transgredidas las libertades básicas no pueden
justificarse ni compensarse con mayores beneficios sociales y
económicos, tampoco son absolutas por que pueden entran en
conflicto
entre si, forman un sistema que es para todos.
El primer principio requiere que las reglas que definen las
libertades básicas se apliquen equitativamente y que
permitan la mayor extensión de libertad compatible con la
de todos.
Estos principios al referirse a las personas las considera como
representativas de la sociedad con diversas posiciones sociales
dentro de la estructura básica. ambos principios no se
aplican a individuos particulares o a la distribución de
bienes
particulares.
Los principios llevan al planteamiento del concepto de
la justicia como:
Todos los valores
sociales-libertades y oportunidad, ingreso y riqueza, así
como las bases del respeto a
sí mismo –habrán de ser distribuidos
igualitariamente a menos que una distribución desigual de
alguno o de todos estos valores
redunde en una ventaja para todos.
En donde la injusticia seria aquellas desigualdades que no
benefician a todos.
La justicia no impone restricciones al tipo de desigualdades que
son permisibles , simplemente exige que se mejore la
posición de cada uno.
El principio de la diferencia
El autor ilustra el tema planteando que existen 2 hombres, uno
que inicia su vida como miembro de la clase empresarial y el otro
en la clase de obrero no calificado, el que tendrá mejores
perspectivas será el primero. Que es lo que justifica
ello? Para el principio de la diferencia solo es justificable si
la diferencia de expectativas funciona en beneficio del de peores
expectativas, es decir el segundo. dado el principio de libertad
y de asequibilidad de puestos, las mayores perspectivas otorgadas
a los empresarios actúan como estímulos para
mejorar las expectativas de la clase laboral,
originándose un esquema perfectamente justo.
Pero al descender las expectativas de los primeros
ocasionaría que desciendan también la de los menos
aventajados, por ello se afirma que el esquema es injusto cuando
una o mas de las mayores expectativas son excesivas y se violan
otros principios como el de la justa igualdad de
oportunidades.
Existe una relación estrecha entre el principio de la
diferencia y de la eficiencia en un
esquema perfectamente justo.
La suposición que las desigualdades están
encadenadas esto es si una ventaja aumenta las expectativas de la
posición mas baja, entonces aumenta la de todas las
posiciones intermedias. Es decir ningún eslabón se
mueve libremente sin la conexión en cadena con respecto a
las expectativas que deben maximizarse de los menos
aventajados.
El autor desarrolla el segundo principio de justicia enfatizando
que pueden servir de base para la doctrina de economía
política. además estos principios tienen
valores de la
comunidad
inmersos en si. en el análisis de tema de las porciones
distributivas explica los preceptos comunes de la justicia tema
del segundo principio y finalmente en este capitulo, se analiza
el perfeccionismo e intuicionismo como teorías
de la justicia distributiva.
El concepto de justicia en la economía
política
Los principios de la justicia son conceptos de economía
política como el bienestar económico, sin
embargo este termino de "bienestar" hace referencia a un concepto
moral
implícito utilitario; por tanto el autor escoge el termino
"elección social" e incluye el de bien publico.
La relación es estrecha entre la legislación
económico –social que determina la estructura de la
sociedad. por lo que la elección del sistema
económico debe ser hecha sobre bases morales, políticas
y económicas, y la economía
política debe investigar este problema.
La teoría de la justicia presupone una teoría del
bien, sin embargo la doctrina contractual establece limites al
concepto del bien, derivados de la prioridad de la justicia sobre
la eficiencia, y de
la prioridad de la libertad sobre las ventajas económicas
y sociales. La justicia como imparcialidad no depende de estos
deseos e intereses presentes en la teoría contractual. el
ideal de la justicia se basa en fomentar tal virtud y combatir
los deseos y aspiraciones incompatibles con ella. Es
perfeccionista por que establece un idéala de la persona
que limita la búsqueda de los deseos existentes.
Por tanto esta teoría, se opone al utilitarismo
conjuntamente con el perfeccionismo y es anticontractual.
La posición original hace posible la unanimidad; la
decisión de uno es de todos y sirve para los juicios de
los ciudadanos de una sociedad bien ordenada y regulada por los
principios de la justicia; esto llevaría a pensar que esa
unanimidad conduce al idealismo
propio del contractualismo pero no, ese consenso es parte de la
posición original y representa un limite a tales
argumentos, tiene afinidad con en idealismo por
su relación con kant.
Consideraciones acerca de sistemas económicos
Se analizan los problemas
morales de economía política como el tema del
ahorro, la
tributación . La propiedad, etc.el problema ético
presupone estas consideraciones sobre estos hechos por que el
ciudadano intenta organizar sus juicios referentes a la justicia
de las instituciones económicas.
Tanto e sistema de libre mercado como el
socialista tienen sus diferencias respecto a la función de
precios,
distribución, propiedad de los medios de
producción entre otros, lo que analiza la
teoría de la justicia no es si un sistema es mas optimo
que otro, ella da los lineamientos de un sistema económico
justo que admita variaciones. Sin embargo el esquema general
descrito utiliza el mercado, obtiene las ventajas de la
eficiencia y protege la libertad de elección de
ocupación con las implicancias de las injusticias que se
presentan y desde luego lo mismo ocurre en el socialismo.
Las instituciones básicas para una justicia
distributiva
El principal problema de esta justicia es elegir el sistema
social en el cual la distribución sea justa. esta
estructuración ha de componerse de instituciones políticas
legales que establezcan procesos
económicos sociales justos.
Existen varias instituciones de apoyo que al respecto trata el
autor, como el de la renta total de los menos favorecidos sea tal
que maximice sus expectativas a largo plazo . Otra rama es la
distribución (todo esto bajo una óptica
de un estado democrático en donde se permite la propiedad
privada del capital y de
los recursos
naturales), su tarea es conservar una justicia aproximada de
las porciones distributivas mediante la tributación y los
ajustes necesarios de la propiedad con el fin de corregir
gradualmente la distribución de riqueza y prevenir las
concentraciones de poder que se
oponen a la equidad de la libertad política y de la justa
igualdad de oportunidades.
El objeto de la función
distributiva no es maximizar el balance neto de la
satisfacción, sino de establecer instituciones
básicas juntases problema de los utilitarios es la
utilidad individual, y no del a teoría contractual.
La teoría del a justicia no favorece por si misma a
cualquiera de los regímenes sea de mercado o socialista
sin embargo el régimen liberal socialista se adapta
faciliten a los dos principios de la justicia enunciados con
anterioridad, que suponen un limite a la fuerza de
la
motivación social y altruista. el autor deja en claro
que una sociedad en que todos pueden obtener un máximo de
bienestar , donde no surgen demandas conflictivas va mas
allá de la justicia, esta sociedad ideal no es de interés
para el estudio.
El problema de la justicia entre generaciones
Surge del contexto de que si el sistema social global, la
economía competitiva junto con las instituciones
básicas, puede estructurarse a fin de que satisfaga los
principios de la justicia.
La respuesta depende del mínimo social que se fije. y esto
se conecta con el custionamiento de que, si la generación
presente esta obligada a respetar las demandas de sus
antepasados.
Este mínimo social ha de aplicar el principio de
diferencia en la que las perspectivas de los menos favorecidos se
extienda a las generaciones futuras.
Cada generación debe a parte de mantener sus instituciones
justas que se han establecido, realizar una acumulación de
capital real
definido por un principio de ahorro justo
que se realiza como retribución a lo que se recibe de las
anteriores y aporta a las venideras para que disfruten una
sociedad mas justa.
Ahora bien, esta afirmación tiene sus limitantes por que
el principio del ahorro justo no puede ser adoptado
democráticamente en su totalidad; como nadie sabe a que
generación pertenece, el problema es considerado de manera
individual para la teoría contractual y surge la
posición original que representa todas las generaciones,
respecto a que lo que le toca a todos concierne a todos.
Así una sociedad cumple con su obligación de
justicia al mantener instituciones justas y conservar su base
material., Los principios justos de ahorro como afirma el autor;
se aplican a lo que una sociedad debe ahorrar como principio de
justicia.
Ninguna generación tiene mayores derechos que otra. Las
personas que la conforman tienen un esquema de cooperación
en un momento dado en donde el principio de justicia regula la
cooperación de ellos.
Se exige el ahorro como condición de conseguir
instituciones justas .la relación del principio del ahorro
justo con los dos principios de la justicia radica en los menos
aventajados de cada generación. Limitando así el
principio de diferencia. Las personas en diferentes generaciones
tienen diversas obligaciones y
deberes sujetas a la posición original.
La preferencia en el tiempo
Para la teoría contractual la preferencia en el tiempo es
irracional por que la posición original rechaza tratar a
la justicia en beneficio de las generaciones presentes o pasadas;
de esta manera al elegir un principio económico no se
prefiere un tiempo
preciso.
De esta manera el principio de ahorro (concebido el ahorro justo
como capital, maquinaria, conocimiento,
cultura,
tecnologías y practicas que hacen posible las
instituciones justas y la libertad); no debe estar afectado por
la preferencia del tiempo , el fundamento es la posición
original que con el velo de la ignorancia no consideraran
ventajas frente al tiempo como base para la elección
social.
A diferencia del principio de igualdad, la preferencia en el
tiempo no tiene una referencia ética
intrinsica, se expone para expresar las consecuencias del
criterio de utilidad.
Otros casos de prioridad
El principio del ahorro justo impone un limite sobre la
proporción de acumulación, cada generación
logra conseguir instituciones justas y un valor justo de
libertad; pero tiene un limite con respecto a otorgar a las
generaciones futuras estos logros.
La prioridad de la igualdad de oportunidades como en el caso de
la prioridad de la libertad, significa que debemos recurrir a las
oportunidades dadas a aquellos con menores
probabilidades.
Principios de la justicia para las instituciones
Primer principio
Cada persona ha de tener un derecho igual al mas extenso sistema
total de libertades básicas compatibles con un sistema
similar de libertad para todos.
Segundo principio
Las desigualdades económicas y sociales han de ser
estructuradas de manera que sean para:
A)mayor beneficio de los menos aventajados, de acuerdo con un
principio de ahorro justo, y
B)unidos a los cargos y las funciones
asequibles a todos, en condiciones de justa igualdad de
oportunidades.
Primera norma de prioridad (la prioridad de la
libertad)
Los principios de la justicia han de ser clasificados en un orden
lexicografico, y por tanto, las libertades básicas solo
pueden ser restringidas en favor de la libertad. Hay dos
casos:
A)una libertad menos extensa debe reforzar el sistema total de
libertades compartido por todos;
B)una libertad menor que la libertad igual debe ser aceptable
para los que tiene una libertad menor.
Segunda norma de prioridad (la prioridad de la justicia
sobre la eficiencia y el bienestar)
El segundo principio de la justicia lexicograficamente anterior
al principio de la eficiencia,y al de maximizar la suma de
ventajas la igualdad de oportunidades es anterior al principio de
la diferencia. hay dos casos:
A)la desigualdad de oportunidades debe aumentar las oportunidades
de aquellos que tengan menos;
B)una cantidad excesiva de ahorro debe, de acuerdo con un examen
previo, mitigar el peso de aquellos que soportan esta carga.
Nota: los puntos 3 y 5 pueden ser leídos in extensu en
el trabajo
enviado por María Elena Cabrera quien hace un
explicación preliminar de tema asignado.
Autor:
Ma. Elena Lavaud.
Ninoska Litchenka Arellano
Carlos Alberto Marcano