- Disposiciones
transitorias - Elaboración
y presentación de los proyectos - Organización
de los proyectos - El
problema - Marco
teórico - Marco
metodológico - Recursos
- Consideraciones
finales - Servicio
comunitario
De acuerdo con la Ley de Servicio
Comunitario del Estudiante de Educación
Superior, con respecto a los proyectos se
tiene:
TITULO IVDE LOS PROYECTOS
De
los proyectos
Artículo 21. Los proyectos
deberán ser elaborados respondiendo a las necesidades de
las comunidades, ofreciendo soluciones de
manera metodológica, tomando en consideración los
planes de desarrollo
municipal, estadal y nacional.
Iniciativa de Proyectos
Artículo 22. La presentación
de los proyectos ante las instituciones
de educación
superior podrá ser iniciativa de:
El Ministerio de Educación
SuperiorLas instituciones de educación
superiorLos estudiantes de educación
superiorLas asociaciones gremiales
Las instituciones públicas
Las instituciones privadas
Las comunidades organizadas
De los requisitos para la presentación
y aprobación de los proyectos
Artículo 23. Los proyectos
deberán ser presentados por escrito, y el planteamiento del
problema, deberá incluir la necesidad detectada en la
comunidad, la
justificación, los objetivos
generales y el enfoque metodológico, sin menoscabo de los
requisitos adicionales que pueda solicitar la institución
de educación superior en su reglamento.Todo proyecto de
servicio comunitario requiere ser aprobado por la
institución de educación superior
correspondiente.
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS
Primera: A partir de la entrada en
vigencia de esta Ley, las instituciones de educación
superior evaluarán los proyectos de acción
social o comunitaria que estén desarrollando los
estudiantes de educación superior, los cuales por sus
características puedan convalidarse al servicio
comunitario previsto en esta Ley.
LOS PROYECTOS DE ACCIÓN SOCIAL O
COMUNITARIA DESARROLLADOS POR LOS ESTUDIANTES PARA SU
CONVALIDACIÓN CON EL SERVICIO COMUNITARIO, SE
REGIRÁN POR LA SIGUIENTE NORMATIVA DE LA UNIVERSIDAD
JOSÉ ANTONIO PÁEZ:
ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE
LOS PROYECTOS
PARTE I
FUNDAMENTOS GENERALES
Las normas
desarrolladas en este material establecen las condiciones,
procedimientos
y criterios exigidos por la Universidad José Antonio
Páez, para la elaboración y presentación de
los proyectos ante la Coordinación de Servicio Comunitario.El
Proyecto se concibe como la aplicación, extensión o
la profundización de los conocimientos adquiridos en la
carrera correspondiente; consisten en el estudio sistematizado de
un problema teórico o práctico, o un esfuerzo de
creación que demuestre el dominio en el
área de la carrera para ser aplicado a una
problemática comunitaria.En los proyectos realizados como
estudios de investigación, el estudiante deberá
demostrar su capacidad para aplicar métodos y
técnicas de investigación, adecuados
al caso, según las particularidades y objetivos de cada
Facultad, procesar información, organizar y presentar el
material, y llegar a resultados que signifiquen una
contribución a la solución de un problema
comunitario.Pueden ser: de la autoría personal e
individual del estudiante o la conformación de un equipo
de bachilleres; en la medida de lo posible que sean originales e
inéditos (producido directamente por su autor o autores,
sin ser copia, imitación o traducción de otra. Así como escrito
y no publicado). Si parten de trabajos ya realizados,
deberán incluir nuevos aportes o criterios novedosos.Los
estudiantes deben preparar su proyecto con la asesoría de
un tutor designado por la Coordinación de Servicio
Comunitario. Sin embargo, tanto la selección
del tema, como la conceptualización, diseño
y ejecución del trabajo en
todas sus partes, son de entera y personal responsabilidad de los estudiantes.
Página siguiente |