- Discriminación
- Discriminación positiva y
negativa - Desarrollo de leyes contra la
discriminación - Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre - Tipos de
discriminación - Artículos
periodísticos relacionados con el tema
Discriminación
Si buscamos en el diccionario la
palabra discriminación su definición
sería la siguiente: acción
de separar, diferenciar una cosa de otra, pero, vista desde un
punto de vista social, la discriminación es el acto
de hacer una distinción, es un acto de abuso e injusticia
que viola el derecho de la igualdad de
oportunidades. La discriminación como tal, no es tolerada en
ninguna sociedad
democrática y no debería existir. Esta palabra se
utiliza de muchas formas, por ejemplo la discriminación estadística. Fuera de todo contexto, es la
capacidad de discernir las cualidades y reconocer las diferencias
entre las cosas (objetos, animales o
personas). Normalmente, se refiere a la violación de la
igualdad de los derechos para los individuos
y la vida social.
Discriminación positiva y
negativa
La discriminación se denomina positiva
cuando:
- Observa las diferencias entre grupos de
individuos en respuesta a sus problemas o
necesidades para poder darles
solución; - Favorece a un grupo de
individuos de acuerdo a sus características y/o
circunstancias sin perjudicar de ninguna manera a otro(s).
§ La
discriminación se denomina negativa cuando:
- Realiza un prejuicio
con base en diferencias o consideraciones subjetivas; en
oposición a las basadas en las observaciones
científicas. - Realiza una acción perjudicial hacia un grupo en
específico, basándose en dichos prejuicios.
Lo anterior representa el concepto
más común de discriminación en general. Este
artículo desarrolla dicho significado:
discriminación social, racial, religiosa,
orientación sexual o por razón de sexo, la
cual se define aquí tomando una parte del artículo
1º de la Convención Internacional sobre la
Eliminación de todas las formas de Discriminación
Racial, parafraseándola de manera inductiva como:
«La distinción, exclusión,
restricción o preferencia basada en motivos varios
(sexo, raza,
religión,
condición social…) cuyo propósito o resultado sea
anular o disminuir el reconocimiento, preferencia o ejercicio, en
iguales condiciones, de los derechos humanos
y libertades fundamentales en la política, la economía, la sociedad, la cultura o
cualquier otra esfera de la vida pública.»
Desarrollo de
leyes contra
la discriminación
La mayoría de los países tienen leyes, tratados
internacionales e incluso artículos en la constitución dedicados a combatir la
discriminación.
A nivel internacional
Declaración Universal de los Derechos
Humanos:
Art. 1º: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales
en dignidad y
derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros."
Art. 2º: " 1º Toda persona tiene
todos los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción alguna de raza,
color, sexo,
idioma, religión, opinión política o de
cualquier otra índole, origen nacional o social,
posición económica, nacimiento o cualquier otra
condición.
2º Además no se hará distinción
alguna fundada en la condición política,
jurídica o internacional del país o territorio de
cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata
de un país independiente como de un territorio bajo
administración fiduciaria, no
autónomo o sometido a cualquier otra limitación de
soberanía."
Art. 7º: " Todos son iguales ante la ley y tienen, sin
distinción, derecho a igual protección de la ley.
Todos tienen derecho a igual protección contra toda
discriminación que infrinja esta Declaración y
contra toda provocación a tal discriminación."
Art. 26º: " 2º La educación
tendrá por objeto el pleno desarrollo de
la
personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los
derechos humanos y a las libertades fundamentales;
favorecerá la comprensión, la tolerancia y la
amistad entre
todas las naciones y todos los grupos étnicos o
religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades
de las Naciones Unidas
para el mantenimiento
de la paz."
Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
Art. 3º: " Derecho de libertad
religiosa y de culto: Toda persona tiene el derecho de profesar
libremente una creencia religiosa y de manifestarla y practicarla
en público y en privado."
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