Indice
1.
Introducción
2. El uti possidetis
3. La cuestión de
límites
4. Con la República de
Bolivia
5. Tensión en las
relaciones
6. Empréstitos
extranjeros, sangre y luto en el Chaco.
7. Las negociaciones
diplomáticas.
8. Consideraciones
finales
9.
Bibliografía
A lo largo del discurrir de las páginas del
presente trabajo, será analizado el principio sostenido
por la República del Paraguay en
incontables ocasiones, defendiendo el territorio que
históricamente le correspondió ante potencias
extranjeras, primero para lograr la consolidación de la
independencia
nacional ante los embates anexionistas tanto de la
Confederación Argentina como
del Imperio del Brasil, luego
ante los intereses mezquinos e insaciable necesidad de
expansión y predominio mundial.
Y fue esa incansable e insaciable necesidad de
expansión del gran imperio dominador de la época,
que usando como tenaza a los gigantes del Plata, fue agotando a
la floreciente economía del Paraguay, la
cual, le hacía sombra erigiéndose en la potencia del
Hemisferio Sur.
Históricamente el Paraguay defendió su
territorio aplicando el principio del uti possidetis, pero
lamentablemente, la barbarie pudo más que la razón,
pues hasta nuestros días, la República del Paraguay
jamás contó con una hábil diplomacia capaz
de hacer primar la tesis
paraguaya por sobre los sables.
Nuestro país, pues, fue saqueado, desmembrado,
diezmado y humillado por naciones hermanas que, pisoteando cuanto
tratado internacional se haya firmado con el Paraguay y,
respondiendo a intereses ingleses, hace un siglo se convirtieron
en los sepultureros del vasto territorio superior en recursos e
infraestructura.
Ya dentro del siglo veinte, aún cuando el
Paraguay se reconstruía sobre sus cenizas, nuevamente
intereses anglosajones en el Plata inician un conflicto
"casualmente", de límites
con la hermana República de Bolivia y,
estalla una conflagración absurda como todas,
tiñendo de sangre el
desierto chaqueño.
Como se dijo al principio, el presente trabajo, pretende
hacer una revisión histórica del principio
sostenido por el Paraguay en cuanto a límites con sus
vecinos se refiere.
Uti possidetis, ita posessionis, voz latina que denota
"como poseéis, así poseáis", la cual, tiende
a mantener las situaciones actuales hasta la decisión que
corresponde en un conflicto de
límites.
Según el Derecho
Romano, la posesión es el poder que
el hombre
ejerce sobre una cosa corporal, hecha abstracción de la
cuestión de saber si se tiene derecho o no a ejercerlo. La
posesión romana contiene, por consiguiente, dos elementos,
a saber, la voluntad del hombre
(animus) y una cosa sometida a ésta voluntad (corpus), es
decir, que requiere del señorío real y efectivo del
hombre sobre
la cosa.
El sentido de la fórmula analizada, es
rectilíneo, pues se refiere siempre al hecho material de
la posesión. El uti possidetis, es pues, la
posesión mansa y pacífica, independientemente de
cualquier otro título; es la base natural para delimitar
entre los Estados las tierras que real y efectivamente
ocupan.
No se confunde con la ocupación, la cual, tiene
por elemento básico un territorio considerado res nullius.
Por el contrario, el uti possidetis juris, constituye una
contradicción en sí mismo, desde el momento en que
juris se refiere a título dominial.
Algunos publicistas hispanoamericanos, llaman uti
possidetis juris a una posesión virtual que se deriva de
la Bula de Alejandro VI y de los tratados que se
celebraron entre España y
Portugal delimitando sus posesiones en América, desde el de Tordesillas hasta el
de San Idelfonso.
Y, mientras España
tomaba posesión efectiva del Perú, México,
Tierra Firme,
Río de la Plata, y otras tierras, Portugal se
adueñaba del Brasil, y
más tarde, de casi toda América
meridional, sin hacer caso de la Bula Papal, ni de los tratados
mencionados.
Ésta ocupación territorial lusitana, se
debía a que Portugal rechazaba el uti possidetis virtual,
aplicando el principio romano de la posesión
material.
El uti possidetis en la época de la
emancipación de las colonias españolas, era la
posesión natural de España, lo que España
poseía real y efectivamente, con cualquier título o
sin título alguno, no lo que España tenía
derecho de poseer y no poseía.
La tesis del uti
possidetis, fue siempre sostenida por el Paraguay, el cual
ocupó de forma pacífica, ininterrumpida y
efectivamente las tierras de las Misiones, el Chaco Boreal y,
parte de Matto Grosso hasta el río Yguazu, que luego en
sucesivas modificaciones administrativas y conflictos
armados fue perdiendo.
Los límites primitivos y sus
desmembraciones.
Para el análisis de los límites primitivos,
debemos remontarnos a los antecedentes coloniales, donde
sucesivas modificaciones administrativas introducidas por la
Corona Española, y los pactos internacionales de
ésta con la de Portugal, fueron reduciendo el territorio
de la Provincia del Paraguay, la cual, durante la conquista
constituía un dominio bi
– oceánico, mono oceánico durante la colonia
y a oceánico al tiempo de la
independencia.
Los límites primitivos de la Provincia del
Paraguay, eran fijados en la Capitulación de Don Pedro de
Mendoza, cuyas tierras se extendían hacia el norte hasta
el sur de la Guyanas (línea del Ecuador), al
oeste hasta las tierras de Almagro y Pizarro y a
continuación de éstas, tenía doscientas
leguas de costas sobre el Océano
Pacífico.
Hacia el sur, la Capitulación se extendía
hasta el paralelo 36°57’09", límite austral de
las doscientas leguas sobre el Pacífico, por
último, al este lindaba con el Atlántico y la
línea de Tordesillas.
En el año de mil quinientos sesenta, a
raíz de un litigio surgido entre Ñufrio de
Chávez y Andrés Manso sobre la propiedad de
la orilla derecha del Río Guapay, comprendida entre
éste y el Río Parapití, surgió la
primera desmembración de la Provincia del Paraguay.
Éste terreno se desmembró con el nombre de Santa
Cruz, cuyo límite con éste era el Río
Parapití.
La segunda desmembración se produjo en el
año de mil quinientos sesenta y nueve, cuando algunos de
los territorios de la Provincia fueron excluidos de la
Capitulación de Juan Ortíz de Zárate, cuyo
territorio al norte fue limitado hasta el paralelo
06°20’00", quedando excluida la Amazonia de los
territorios de la Provincia del Paraguay y, al oeste, la
región de Cuyo, pasó a la Gobernación de
Chile.
En el año de mil seiscientos diecisiete, tuvo
lugar la tercera desmembración, cuando el Gobernador
Hernando Arias de Saavedra, solicitó al rey que las
ciudades que conformaban el Guaira, Villarrica, Santiago de Xeres
y Ciudad Real, formaran una gobernación aparte, con el fin
de que contasen con recursos propios
ante las incursiones de los bandeirantes paulistas; pero, ante
ésta solicitud, prevaleció el parecer del Virrey
del Perú, quien propugnó que Asunción
formara parte de las tres ciudades citadas, conformando
así la Gobernación del Guairá o Paraguay,
desmembrándose de ésta la Gobernación de
Buenos Aires,
que en ese entonces estaba conformadas por Concepción del
Bermejo, Corrientes y Santa Fe, siendo el límite entre las
dos gobernaciones una línea que dividía la tierra
entre el Pilcomayo y el Bermejo en dos partes iguales, hasta ocho
leguas antes de llegar al río Paraguay; y entre
Asunción y Corrientes, el Río
Paraná.
La cuarta desmembración durante la colonia, se
produjo en el año de mil setecientos setenta y siete, tras
el Tratado de San Idelfonso, el cual legitimaba las
transposiciones de la Línea de Tordesillas por parte de
los bandeirantes paulistas, legalizándolas por medio del
mencionado tratado, el cual dividía al Paraguay con la
provincia portuguesa del Brasil por medio de los ríos
Yguazú, Paraná, Ygurey, Corrientes, Paraguay y
Jaurú.
En éste sentido, la República del
Paraguay, después de ser la provincia gigante de las
indias, pasó a ser, al tiempo de su
independencia de la Corona Española, en mil ochocientos
once, una República mediterránea, rodeada por los
gigantes del Plata – Argentina y
Brasil -, quienes de una u otra forma, siempre asediaron las
fronteras del Paraguay, hasta llegar a la primera "guerra total"
de la historia,
aún siendo reconocida la tesis del uti
possidetis
Pero, de las constantes turbaciones de los
límites de la República del Paraguay, nos
ocuparemos caso por caso y, en qué momento el Paraguay
esgrimió la doctrina del uti possidetis.
Con la República Argentina
Por el año de mil ochocientos once, el uti
possidetis del Paraguay estaba constituido por la zona del Chaco,
desde el Bermejo hasta Bahía Negra y por los treinta
pueblos de las Misiones ubicados en la banda izquierda del
Bermejo, los cuales, fueron segregados de él por
algún tiempo, se le añadieron nuevamente en los
últimos años del siglo XVIII, límites que
nunca fueron turbados por la Gobernación de Buenos
Aires.
El Real Despacho del veintidós de agosto del
año de mil setecientos ochenta y tres, nombra Gobernador
Intendente de la Provincia de Paraguay a Don Pedro Melo de
Portugal y añade los trece pueblos de las Misiones. En el
año de mil ochocientos tres, los trece pueblos y otros
diecisiete, situados entre el Paraná y el Uruguay,
fueron constituidos en un solo gobierno; pero,
por Real Provisión del año de mil ochocientos seis,
Don Bernardo de Velazco se constituyó Gobernador del
Paraguay y de los treinta pueblos de los indios guaraníes
y tapes de las Misiones.
De manera que el Paraguay, al declararse independiente
de en mil ochocientos diez, por la disolución del
Virreinato del Río de la Plata, estaba constituido
territorialmente por Asunción, el país de su
asiento, el Chaco y los treinta pueblos de las
Misiones.
En el año de mil ochocientos diez, siendo
Tomás de Rocamora el Gobernador de la Provincia de
Misiones, firmó el acta de reconocimiento de la revolución
de mayo y de la Junta de Gobierno Buenos
Aires. Pero los cabildantes, corregidores y caciques de los
pueblos de Cosme, San Ignacio Guazú, Santa Rosa y
Santiago, no firmaron, señalando que no entendían
el significado del nuevo gobierno de Buenos Aires. En realidad,
fueron influenciados por el subdelegado del Gobierno de
Asunción, el Coronel Espínola, quien los
convenció de que estaban más ligados a
Asunción que a Buenos Aires. Así comenzó la
disputa por los territorios misioneros entre Asunción y
Buenos Aires.
El Gobierno de Buenos Aires reconoció el uti
possidetis paraguayo mediante el Tratado del doce de octubre de
mil ochocientos once, donde incluso caía bajo el dominio del
Paraguay el pueblo de Candelaria.
El Tratado del doce de octubre de mil ochocientos
once
El Tratado del doce de octubre, fue el primer
instrumento internacional firmado por la República del
Paraguay, el mismo constituye un Tratado de comercio,
límites y alianza, que, al cabo de laboriosas gestiones,
en la mencionada fecha se firmó la Convención que
articuló los acuerdos "convenientes a la unión y
común felicidad de ambas provincias y demás
confederadas".
Los tres primeros artículos reglaron las
cuestiones económicas en un todo de acuerdo con las
pretensiones del Paraguay.
El artículo cuarto expresaba que "los
límites de ésta Provincia del Paraguay en la forma
en que actualmente se hallan, encargándose
consiguientemente su gobierno de custodiar el departamento de
Candelaria", hasta tanto el Congreso General estableciera la
demarcación territorial.
A pesar de lo establecido en el tratado,
reconocióse la jurisdicción paraguaya en los
partidos de Pedro González y Candelaria, – cuyos
límites eran al norte el río Paraná, al
oeste el estero del Yverá, al sur, la Sierra Grande de las
Misiones y al este el río Yguazú-.
El límite entre el Paraguay y la Argentina, era
pues, la Sierra Grande de las Misiones. El mencionado Tratado no
fue ratificado por la Junta de Buenos Aires
Durante el gobierno del Dr. Francia, no se
mantuvo ninguna relación diplomática con Buenos
Aires, pero aún con el férreo auto aislamiento del
Paraguay por parte del Dr. Francia,
éste hacía conocer sus puntos de vista sobre los
derechos
territoriales del Paraguay de manera indirecta, pues, lo
hacía a través de la correspondencia con sus
comandantes de frontera, quienes a su vez, daban a conocer copias
a los pocos comerciantes que ingresaban al Paraguay.
En esa correspondencia, el dictador reivindicaba los
límites del país, afirmando que el Paraguay
tenía derechos sobre todo el
Chaco, hasta el río Jaurú y hasta la isla del Atajo
al sur y, sobre las Misiones hasta el río Uruguay. Esas
reivindicaciones eran respaldadas por varios fuertes y se
procedió a la ocupación permanente de las Misiones
al sur del Paraná. La violación de la soberanía nacional en tiempos de Francia,
aparejaba una terrible sanción.
Al asumir Don Carlos Antonio López los designios
de la república, envió a un comisionado para
comunicar la ratificación de la independencia, el Gobierno
de Buenos Aires se negó a hacerlo, por "poderosos e
invencibles motivos", manteniéndose el statu quo en las
relaciones entre el Paraguay y Buenos Aires.
Posteriormente, se firmó en Asunción un
tratado de límites que nunca ratificado por Buenos Aires,
que a su vez, tenía interés
por todo el Chaco, desmembrando de esa manera, la mitad del
territorio paraguayo, siempre la Argentina demostró una
actitud hostil
en cuanto a los límites con la República del
Paraguay.
El diecisiete de julio del año de mil ochocientos
cincuenta y dos, en Asunción, durante un solemne e
histórico acontecimiento, Juan Ramón
Derqui firmó un documento que ponía fin a cuarenta
y un años de incesantes hostigamientos y reanudaba los
lazos de amistad entre las
dos naciones del Plata; decía Derqui: "En virtud de los
plenos poderes que me ha conferido el Excelentísimo
señor Gobernador y Capitán General de la Provincia
de Entre Ríos, encargado de las relaciones exteriores de
la Confederación Argentina y actual Director Provisorio de
la misma, Brigadier Don Juan José de Urquiza, reconozco en
nombre de la expresada Confederación Argentina, la
independencia y la soberanía de la República del
Paraguay como un hecho consumado, competentemente comunicado al
Gobierno Argentino en demanda de su
reconocimiento; hallándose, además, establecidos
los límites territoriales entre ambos Estados. Declaro en
nombre y por orden del Excelentísimo Director, que si bien
éste reconocimiento ha de ser llevado al conocimiento
del próximo Congreso General de la Confederación
Argentina, será en el concepto de un
hecho practicado con la adhesión de los Gobiernos
Provisionales que lo encargan de representar a la Nación;
tomando sobre sí el mismo Magistrado Supremo la responsabilidad de instruir de todo ello al
mencionado Congreso General, sosteniendo su justicia,
ventajas e importancia; declarando, por tanto, que la
República del Paraguay está en el derecho de
ejercer todas las grandes prerrogativas que son inherentes a su
independencia y soberanía nacional".
Los albores de la mutilación
En el año de mil ochocientos sesenta y tres, el
nuevo mandatario de la Confederación Argentina –
Mitre – dirigió un mensaje al novel Presidente de la
República del Paraguay, el Gral. Francisco Solano
López, – quien asumía ésta investidura en
mil ochocientos sesenta y dos, al igual que Mitre -,
indicándole que desearía iniciar una negociación para el arreglo definitivo de
la cuestión de límites. El gobernante paraguayo
aceptó tal proposición.
El Gral. López propuso a Mitre que las
negociaciones se lleven a cabo en Asunción, a lo que Mitre
respondió que debían llevarse adelante en Buenos
Aires, a lo que López respondió con su
negación, la Confederación declinó de llevar
a cabo las negociaciones, nombróse entonces como
plenipotenciario de límites por parte de la
Confederación a José Mármol.
Todo éste contacto epistolar a nada condujo, pues
ni Mármol vino al Paraguay, ni se pudo arreglar
pacíficamente la cuestión de límites, a
pesar del ambiente
aparentemente tranquilo en que se perfilaba, desatándose
posteriormente la Guerra contra
la Triple Alianza.
Desatado el catastrófico conflicto armado contra
el Paraguay, éste heroicamente y hasta el fin
defendió la integridad territorial y la independencia de
la República.
Tras el fin de la contienda, los aliados se propusieron
terminar su empresa,
aniquilar el Paraguay, desmembrarlo territorialmente y terminar
de saquearlo, la República Argentina siempre sostuvo la
idea anexionista de "tragarse" la "Provincia Rebelde del
Paraguay", pretendiendo toda posesión del Paraguay,
después del año diez, desde la margen derecha del
río Pilcomayo hasta Bahía Negra, es decir, toda la
Villa Occidental, pero el Brasil le salió al paso
postergando ésta pretensión.
Con respecto a las pretensiones argentinas
Bartolomé Mitre, profundo conocedor de la historia Americana,
sostenía que su país sería ampliamente
beneficiado con el territorio comprendido entre el Bermejo y el
Pilcomayo, tierra
ésta que nunca poseyó.
Tras arduas negociaciones, intrigas, tejes y manejes,
finalmente en el año de mil ochocientos setenta y seis, se
procedió a la firma del Tratado de paz, amistad y
límites entre el Paraguay y la Argentina, conocido como el
Tratado Machaín – Irigoyen, en éste Tratado,
se concedía todo territorio comprendido entre el Bermejo y
el Pilcomayo y se sometía los territorios comprendidos
entre el río Pilcomayo y el río Verde al arbitraje de los
Estados
Unidos, desistiendo la Argentina sus pretensiones sobre los
territorios situados entre el río Verde y Bahía
Negra.
Durante la ocupación del Paraguay, todos los
archivos
fueron saqueados por las fuerzas aliadas, pese a esto – las
escasas pruebas -, el
Paraguay envió un emisario a Washington para defender los
derechos de la República, el emisario fue Benjamín
Aceval, por parte de la Argentina participó en las
negociaciones su Ministro Plenipotenciario
García.
Casi toda la prueba se basó sobre los territorios
al sur del Pilcomayo, inclusive demostró mejor derecho
sobre las Misiones, territorio cedido a la Argentina en el
Tratado Machaín – Irigoyen, todo éste pobre
alegato desestimó las pruebas
argentinas.
En éstas condiciones, el presidente de los
Estado Unidos
de América, Mr. Rutheford B. Hayes, dictó su fallo
el doce de noviembre del año de mil ochocientos setenta y
siete con éstas palabras: "Hago saber que yo, Rotheford B.
Hayes, Presidente de los Estados Unidos de
América, habiendo tomado en debida consideración
las referidas exposiciones y documentos, vengo
a decidir por la presente que la expresada República del
Paraguay, tiene legal y justo título a dicho territorio
situado entre los ríos Pilcomayo y Verde, así como
a la Villa Occidental, comprendida dentro de
él".
Después de éste fallo, el Paraguay
tomó posesión efectiva del territorio acordado el
catorce de mayo del año de mil ochocientos setenta y
nueve, ante las tropas paraguayas y argentinas formadas, fueron
saludadas las banderas de ambas naciones con sendas salvas de
veintiún cañonazos.
La mutilación estaba consumada, por el mencionado
tratado que daba finalización a la guerra con la
Argentina, ésta nos había arrancado la parte del
Chaco que va desde el Bermejo hasta el Pilcomayo, área que
abarca una superficie de setenta y cinco mil ciento diez
kilómetros cuadrados, aparte de los territorios de las
Misiones, los cuales históricamente dependieron de
Asunción, siendo reconocidos por el tratado del doce de
octubre del mil ochocientos once, el cual fue pisoteado por los
vencedores. Así culmina el Capítulo de
límites con la Argentina.
Con la República Federativa del
Brasil
Las cuestiones limítrofes con la República
Federativa del Brasil, son de larga data, pues ellas empiezan con
el Tratado de Tordesillas, ya que Portugal ambicionaba con un
férreo espíritu anexionista parte de los
territorios de la Provincia del Río de la Plata, como se
dijo en líneas anteriores.
También, como ya se dijo, Portugal ponía
en práctica el uti possidetis activo, por medio de las
ocupaciones de sus bandeirantes paulistas, lo cual dio fruto al
Tratado de San Idelfonso en el año de mil setecientos
setenta y siete.
Pero pese a los compromisos firmados con la corona
española, los lusitanos, continuaron la ocupación
de tierras de aquella, llegando a fundar al sur del río
Jaurú y al oeste del río Paraguay los fuertes de
Coimbra y Albuquerque, haciendo caso omiso a las protestas de la
Provincia del Paraguay.
En el año de mil ochocientos doce, los
portugueses del Brasil se apoderaron del Fuerte Borbón,
actualmente Fuerte Olimpo, posesión paraguaya en el Chaco,
lo cual se demuestra con los innumerables archivos donde
constaba que Asunción desde la fundación de dicho
fuerte, siempre había enviado víveres, trasladando
hacienda, etc., ante éste hecho, la Junta Superior
Gubernativa, a través del comandante de Villa Real de la
Concepción, intimó a los portugueses que abandonen
la posesión chaqueña.
Los invasores se negaron a abandonar el fuerte, por lo
que se convocó una reunión de la Junta, el cabildo,
los oficiales del cuartel, entre otros, para iniciar una
expedición hacia la Villa Occidental y desalojar a los
lusitanos que permanecían en el lugar, con una declarada
actitud
hostil.
Entonces, los reunidos iniciaron la campaña para
la retoma del Fuerte Borbón solicitando donativos de parte
de los integrantes de la Junta, a de costear los gastos de la
expedición.
La expedición partió rumbo al Fuerte
Borbón al mando de Fernando de la Mora, haciendo escala en Villa
Real de la Concepción, donde fue informado que fuerzas
nacionales salidas de esa ciudad, retomaron el fuerte ocupado por
los portugueses, reincorporándose para siempre al
territorio nacional.
En el año de mil ochocientos cuarenta y cuatro,
el enviado del Imperio del Brasil, José Antonio Pimenta
Bueno, firmó con la República del Paraguay, un
tratado de alianza, comercio,
navegación y límites, con respecto a éstos
últimos, las partes contratantes se comprometieron a
nombrar comisarios que examinen y reconozcan los límites
indicados por el Tratado de San Idelfonso del primero de octubre
del año de mil setecientos setenta y siete, a fin de
establecer límites definitivos entre ambos pueblos, Don
Pedro II se negó a ratificar dicho tratado, pues
caducó el Tratado de San Idelfonso por medio de la paz de
Badajoz.
En vista a la respuesta del Emperador del Brasil, Don
Carlos A. López, envió en carácter
de Ministro Plenipotenciario a Juan Andrés Gelly para
gestionar otro tratado en Río de Janeiro.
El Brasil pretendía, proyecto de
tratado de límites mediante, que la frontera con el
Imperio siga el cauce del Paraná, desde la boca del
Yguazú hasta el Salto del Guairá, la Sierra del
Mbaracayú y la del Amambay, hasta las vertientes del
río Blanco hasta su confluencia con la margen izquierda
del río Paraguay, quedando neutral el territorio entre
éste río y el Apa, no pudiendo ser ocupado por
ninguno de los Estados contratantes en una distancia superior a
dos leguas del río Blanco.
Decía el mismo proyecto, en
cuanto al Chaco, que "la línea divisoria de los
territorios de ambas partes contratantes sería el arroyo
Negro, que desagua en el río Paraguay un poco más
arriba de Fuerte Olimpo".
El plenipotenciario paraguayo, renunciaba el derecho al
litoral que se extendía desde bahía Negra hasta el
río Jaurú, usurpado por los portugueses durante la
colonia, siempre y cuando con ésta propuesta se redujeran
las pretensiones brasileñas sobre la Región
Oriental.
Inexplicablemente Gelly proponía la
neutralización de la zona litigiosa situada entre el
Blanco y el Apa, cediendo el terreno situado entre el Ivinheima y
el Ygatimí, ofreciendo la zona situada entre éste y
la cordillera del Mbaracayú, por suerte, el Emperador
consideró inaceptable la neutralización de dichos
territorios.
El mil ochocientos cincuenta, cuando aún quedaba
pendiente un arreglo de límites la zona del Pan de
Azúcar,
tropas brasileñas invadieron de éste cerro, pese a
los esfuerzos diplomáticos llevados a cabo, el Paraguay
tuvo que enviar tropas para expulsar a los invasores y, la
Argentina estaba decidida a reincorporar al Paraguay y
reconstruir el Virreinato del Río de la Plata, idea que
inquietaba al Imperio, fue en éstas circunstancias que
firmó un tratado de mutua asistencia en caso de
hostilidades de la Confederación.
En mil ochocientos cincuenta y dos, el Paraguay
proponía otra vez la misma línea del Salto del
Guairá al río Blanco, con la neutralización
del territorio situado entre éste y el Apa; nuevamente fue
rechazada tal propuesta. En mil ochocientos cincuenta y tres, el
Imperio dio un ultimátum al Gobierno paraguayo,
intimándolo a que reconozca la margen derecha del Apa,
pretensión por demás exagerada e
inaceptable.
En mil ochocientos cincuenta y cinco, se expulsó
a los brasileños que habían ingresado
clandestinamente a la zona de Salinas, originando un inpasse con
el Brasil y un apresto bélico de las dos naciones,
fortificándose Humaitá en espera de la escuadra
Imperial, enviada por Don Pedro II, quien se sintió
ofendido por tal expulsión.
La escuadra al mando del Almirante Ferreira
d’Oliveira – quien tenía la misión de
obtener del Paraguay una amplia satisfacción por la ofensa
recibida y al mismo tiempo un tratado de navegación y si
fuera posible de límites -, fondeó en Tres Bocas y
solicitó permiso para continuar hasta Asunción,
pues venía en misión
diplomática, recibió permiso de continuar con
sólo un buque y que la escuadra, se retire de aguas
territoriales paraguayas, siendo finalmente finiquitado el
impasse, luego de algunas negociaciones.
Al verse subsanado tal acontecimiento, se
procedió a las negociaciones sobre límites. Tales
negociaciones fueron encaradas por Ferreira d’Oliveira y el
general Francisco Solano López.
El proyecto expuesto por el negociador imperial, sentaba
como única base para cuestiones limítrofes el uti
possidetis, estableciendo como límites el río
Paraná, el río Ygatimí, la cordillera del
Amambay, el río Apa y el río Paraguay, aplicando
las pretensiones brasileñas de forma
unilateral.
El Paraguay nunca hizo efectiva la posesión, sin
embargo, el Brasil, sosteniendo la misma tesis que el Portugal
– la de ocupación efectiva y no virtual -,
ocupó esa zona, de modo que no había lugar al uti
possidetis pasivo; no se suscribió tratado alguno con
respecto a los límites; empero fueron firmados tratados de
comercio y libre navegación entre los Plenipotenciarios de
las partes contratantes.
Los tratados de López – Ferreira
d’Oliveira, produjeron gran indignación en
Río de Janeiro, se consideró que el Almirante
había sido burlado, pues, la concesión paraguaya
era una limosna denigrante para la dignidad del Imperio, por lo
que el Emperador se negó a ratificar los
tratados.
Finalmente, fue enviado José Berges a la capital del
Imperio, siendo destacado por parte del Brasil José
María da Silva Paranhos y, tras arduas negociaciones, fue
mantenido el statu quo de seis años sobre los territorios
litigiosos.
El mil ochocientos sesenta y dos, vencía el plazo
acordado para solucionar el conflicto sobre límites que se
había acordado luego de las negociaciones entre Berges y
Paranhos, pese a esto, el Imperio se mostró reticente a
dar nuevamente inicio a las negociaciones, muy por el contrario,
burló el statu quo sostenido hasta le fecha, fundando en
la zona litigiosa las colonias de Miranda y Dourados.
El Brasil, mantenía la tesis de que todo
sería arreglado por el uti possidetis, pero por otro lado,
seguía quebrando el statu quo ingresando sin prisa, pero
sin pausa al territorio litigioso.
El gobierno Imperial, se sentía mortificado por
los reveses diplomáticos sufridos con el Paraguay, pues
consideraba una indignante afrenta la expulsión del
Ministro Pereira Leal y el fracaso de la misión Ferreira
d’Oliveira, desatando el espíritu belicoso del
Brasil
Esa agresividad fue denotada de manera inocultable en
las palabras del diputado Amaro da Silveira: " la guerra, que es
una calamidad, será un mal, pero entiendo también
que es un gran medio para que hagamos valer nuestros derechos…
Por consiguiente, para no renunciar a lo que es nuestro, para
sostener nuestra dignidad, no debemos retroceder ante este
medio"
Como se dijo en su momento, se desató el
conflicto armado contra el Brasil, la Argentina y el Uruguay, el
cual asoló el territorio nacional.
Consumada la aplastante victoria de las fuerzas aliadas,
se inició la negociación con ellas por separado, pues
los gigantes de América, aliados para la contienda, luego
de ella, estuvieron al borde de la guerra por sus pretensiones
desmedidas.
El Paraguay, finalmente firmó el tratado de paz,
comercio, navegación y límites, el cual, lo
suscribieron el Plenipotenciario brasileño – el
Barón de Cotegipe – y Carlos Loizaga por parte de la
República del Paraguay, quien suplantó al Ministro
de relaciones Exteriores – José Falcón -,
quien poseía un gran conocimiento y
capacidad para sostener una discusión histórico
– jurídica con respecto al uti possidetis
paraguayo.
Loizaga firmó el tratado que consagraba las
estipulaciones del Tratado de la Triple Alianza sin
variación alguna, perdiendo todo territorio comprendido
entre el río Ygurey hasta la cordillera del
Mbaracayú, territorios al norte del río Blanco
hasta el río Apa, arrancando de la heredad nacional una
superficie total de sesenta y dos mil trescientos veinticinco
kilómetros cuadrados.
Con éste tratado, se puso fin a la guerra con el
Brasil, que a lo largo de cinco años en alianza con la
Argentina, desangró sin piedad el suelo paraguayo
y, de no haber terminado la contienda, el Imperio contaba
aún con dos millones de negros para seguir la
campaña contra el Paraguay.
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