- Asiento y
minas - Lista preliminar de
gobernadores de Potosí
1545-1561 - Villa
Imperial - Fuentes Documentales
y Bibliográficas
ANTECEDENTES
a capitulación era un documento por el cual el
monarca autorizaba o delegaba en algunas autoridades para
suscribir un convenio con un particular, donde en ella se
estipulaba las condiciones, plazo de realización,
beneficios para cada una de las dos partes contratantes, franquicias,
régimen jurídico a instaurar en la región
objeto de la capitulación, etc. Por las "Ordenanzas de
nuevos descubrimientos" (1573) Felipe II volvió a
centralizar en el Consejo de Indias la conclusión de
capitulaciones. En el Perú, la más insigne fue la
suscrita el 26 de julio de 1529 en Toledo entre Carlos V y
Francisco Pizarro para la conquista y
colonización del Tawantinsuyu; en Charcas, los
descubrimientos no parecen haberse hecho en base a
capitulaciones, sino, o bien las realizaron tenientes de los
gobernadores (casos de Anzúrez, Chávez…), o bien
la base jurídica con que actuaron fue directamente un
nombramiento otorgado por el Virrey (casos de los gobernadores
crúcenos). La Audiencia (1563) recibió desde sus
primeras Ordenanzas la potestad de conceder entradas de
descubrimiento y conquista (Barnadas,2002:t.I,435).
Por lo tanto las autoridades indianas -personas o
instituciones–
que ejercían función
pública por delegación del soberano, estaban
legalmente autorizados a despachar documentos a
nombre del rey. Por supuesto la autoridad
delegada no podía por propia iniciativa emitir una
disposición. Necesitaba de una previa autorización
real que pueda expresar concretamente al individuo,
funcionario o institución en cuestión.
La primera referencia que se tiene sobre la
Capitulación de Potosí, nos proporciona don Pedro
Vicente Cañete ([
1787] ,1952:327) en su obra
"Guía Histórica de Potosí", quien transcribe
parte de la Capitulación. Asevera que el origen de la
Capitulación nace el 7 de noviembre de 1561,
elevándole al asiento y minas de Potosí a la
categoría de Villa Imperial de Potosí, la
exención o autonomía de la jurisdicción de
la Audiencia de La Plata, asignándole ciertas
prerrogativas en lo administrativo y político y finalmente
un Gobierno propio.
Haciendo referencia una Cédula Real dada en Valladolid el
18 de agosto de 1559 y a otra dada en Gante el 23 de julio del
mismo año, que respalda la legalidad de
la Capitulación. Manifiesta que se insertó en
Supremo Despacho de 21 de noviembre de 1561 y se halla copiado en
los libros de
Cabildo por testimonio autorizado en 24 de junio de 1563, por
Juan de Vergara, escribano público, por ausencia de
Alonso de Santa Ana, propietario de Cabildo.
Luego, en 1907, Juan W. Chacón
(Chacón,1907:3) Director de "La Revista
Nacional" de la ciudad de La Paz, con el título "Real
Cédula de fundación y título de la Villa
Imperial de Potosí" publica una Provisión Real
dada por don Francisco de Toledo en 16 de febrero de 1570
reconociendo en forma oficial la Capitulación de 1561,
disponiendo que toda autoridad de las provincias del Perú
y de la ciudad de La Plata "guarden y cumplan la dicha
capitulación". En esta Provisión Real está
inserta en testimonio parte de la Capitulación extendida
por el Escribano Juan García de Nogal en 24 de enero 1570;
según el documento, Rodrigo de Esquivel Procurador de la
Villa Imperial de Potosí, asegura que el asiento y minas
de Potosí "había capitulado con el conde de Nieva
visorrey… y sirvió por ello a S.M. con setenta y nueve
mil pesos".
Luego para el centenario del grito libertario de
Potosí de 1910, Braulio Pinto (Pinto,1910:24) Director del
"Álbum Centenario de Potosí", reproduce la
Provisión Real bajo el mismo título, incluyendo el
pregón que se hizo en 23 de mayo de 1570 por el Escribano
Melchor de Vitoria, para que los vecinos y la población entera conozca del título
que ostentaba Potosí y nadie pretenda ignorar de
ello.
El Centro de Estudios de Potosí en "Monografía
del Departamento de Potosí-Bolivia" de
1892 y Modesto Omiste en "Obras Escogidas" de 1941, con el
título "Gobierno propio"; explican la forma como
Potosí se independizó de la ciudad de La Plata,
confirmando la capitulación de 21 de noviembre de
1561.
Los notables historiógrafos
bolivianos: Armando Alba y Gunnar
Mendoza, editores de las obras de Cañete y de Arzans,
respectivamente; proporcionan valiosa información en estas obras sobre el tema,
con sus notas respectivas y comentarios; al igual que Mario
Chacón, Carlos Serrano, Alberto Crespo y Valentín
Abecia, en sus respetivas obras.
ASIENTO
Y MINAS
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