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La Cosa Juzgada (Chile)



Partes: 1, 2

    1. Concepto
    2. Antecedentes
    3. Fundamentos
    4. Naturaleza
    5. Relación entre
      proceso y Cosa Juzgada
    6. Relación entre
      Cosa juzgada y Preclusión
    7. Relación
      entre Cosa Juzgada y Jurisdicción
    8. Clasificación
    9. Eficacia de
      la Cosa juzgada
    10. Efectos
    11. Límites
      de la Cosa Juzgada
    12. La Cosa
      Juzgada en el Derecho Chileno
    13. Conclusión
    14. Bibliografía

    Introducción

    En el presente trabajo se
    desarrollará el tema de La Cosa Juzgada, sus antecedentes,
    fundamentos y aplicación en el Derecho Chileno. Se
    mostrará cual es su relevancia en la Legislación
    Nacional, además de explicar aspectos referidos a su
    naturaleza y
    efectos.

    La Cosa Juzgada

    Concepto:

    Este concepto proviene
    del latín res iudicata, y es el efecto de una
    sentencia judicial cuando no existen medios de
    impugnación que permitan modificarla y que se traduce en
    el respeto y
    subordinación a lo decidido en un juicio. Por ello se le
    define también como la fuerza que
    atribuye el derecho a los resultados del proceso.
    Habitualmente se utiliza como medio de defensa frente a una nueva
    demanda.

    Según La Roche es la autoridad y
    eficacia que
    adquiere una sentencia por haber precluido, sea por
    consumación o por falta de actividad oportuna de los
    recursos que
    contra ella concede la ley.

    Hugo Pereira la define como: El efecto de las sentencia
    definitivas, interlocutorias firmes o ejecutoriadas, para aquel
    en cuyo favor se le haya declarado un derecho en juicio pueda
    pedir el cumplimiento o ejecución de lo
    resuelto.

    Couture, sin embargo también hace una
    definición de Cosa Juzgada al decir que es "la autoridad y
    eficacia de las sentencias firmes o ejecutoriadas que importan su
    ininpugnabilidad, inmutabilidad y eventualmente su
    coercibilidad

    Antecedentes

    El origen de la cosa Juzgada se encuentra en el derecho
    romano, como la figura de la excepción de cosa juzgada
    (exeptio rei iudicatae). Los romanos la justificaron con
    razones prácticas de utilidad
    social.

    Fundamentos

    Dentro de los motivos que han fundamentado la existencia
    de la institución de la cosa juzgada se encuentran los
    siguientes:

    Certeza jurídica: La Cosa Juzgada
    pretende satisfacer la necesidad de certeza de las situaciones,
    que toda sociedad
    requiere; mientras que la necesidad de Justicia se
    pretende satisfacer a través de los Recursos
    Judiciales.

    Estabilidad de los Derechos: Con la
    Cosa Juzgada se pretende asegurar la estabilidad y certidumbre de
    los derechos que las sentencias reconocen o declaran. Permite la
    inmutabilidad de los derechos adquiridos en virtud de las
    sentencias.

    Separación de poderes: La Cosa
    Juzgada reconoce el principio de separación de poderes, al
    impedir a los órganos de los demás poderes alterar
    o modificar los resultados del ejercicio de la función
    jurisdiccional, reiniciando un proceso ya
    terminado.

    Partes: 1, 2

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