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El deber de la verdad, de la justicia y del amor al otro




Enviado por jaimemontoya



    1. Objetivos
    2. Reflexiones en base al
      tema
    3. El deber de la verdad, de la
      justicia y del amor al otro
    4. Principios que rigen las
      relaciones interpersonales
    5. El deber y derecho a la
      verdad
    6. La verdad es el fundamento de
      toda vida moral
    7. La verdad en las
      palabras es una virtud social
    8. Pensar la verdad, obrar la
      verdad, decir la verdad
    9. Modos de hablar que se alejan de
      la verdad
    10. El deber de
      justicia
    11. Objeto de la justicia: sus
      condiciones y sus límites
    12. Definición de
      justicia
    13. Carácter de su
      obligación
    14. Clases de
      justicia
    15. El deber del amor:
      relación entre justicia y amor
    16. Los derechos humanos y su
      proclamación
    17. Observancia y eficacia de
      los derechos humanos
    18. Conclusión
    19. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    Me da mucho gusto poder
    presentar este trabajo
    primeramente como una recopilación detallada de los
    elementos más importantes del tema "El deber de la
    verdad, de la justicia y del amor al otro".
    Asimismo, en
    este reporte damos a conocer un enfoque global de cada tema pero
    a la vez, aplicable de forma fácil a la vida personal de cada
    uno.

    Como bien lo sabemos, es necesario e importante que
    todos tengamos muy claro en nuestras mentes cada uno de los
    conceptos aquí presentados, ya que son aspectos
    fundamentales para nuestra convivencia en sociedad.

    La verdad, la justicia y el amor al
    otro son tres ingredientes que no deben faltar en nuestras vidas,
    ya que cuando alguno de esos elementos faltan en una persona,
    ésta se convierte en un ser infeliz y a la vez perturba la
    vida de otros.

    Debido a que los seres humanos somos por naturaleza
    social, es muy conveniente que recibamos el mejor provecho de los
    conceptos que presentaremos para llegar a tener una convivencia
    armónica y llena de felicidad.

    OBJETIVOS

    Objetivo general

    Darnos cuenta de la importancia y significado de la
    verdad, de la justicia y del amor al otro, para alcanzar un
    desarrollo
    social con más valores y
    lleno de paz y armonía.

    Objetivos
    específicos

    1. Comprender la diferencia entre individualismo,
    colectivismo y "la esfera del entre".

    2. Conocer los principios que
    rigen las relaciones
    interpersonales.

    3. Saber nuestros deberes y nuestro derecho a la
    verdad.

    4. Interpretar correctamente el deber de la
    justicia.

    5. Comprender la relación entre justicia y
    amor.

    6. Conocer acerca de los derechos humanos
    y su proclamación.

    REFLEXIONES EN BASE AL TEMA

    Acerca de la
    verdad

    "Entonces conocerán la
    verdad
    , y la verdad los hará libres" (Juan
    8:32)

    "Porque ninguna mentira procede de la
    verdad
    " (1 Juan 2:21)

    Acerca de la
    justicia

    "La igualdad entre los hombres se
    vincula a la dignidad de la
    persona y a los derechos que de ésta
    se derivan" (Catecismo de la Iglesia
    Católica)

    "Es preciso satisfacer ante todo las
    exigencias de la justicia, de modo que no se ofrezca como
    ayuda de caridad lo que ya se debe a título de justicia"
    (San Juan Crisóstomo)

    Acerca del amor

    "No hay amor más grande que
    el que se demuestra cuando una persona da la vida por los amigos"
    (Juan 15:13)

    "Si entregara a los pobres hasta el
    último bien terrenal que poseyera, si me quemaran vivo por
    predicar el evangelio y no tuviera amor, de nada me
    serviría" (1 Corintios 13:3)

    EL
    DEBER DE LA VERDAD, DE LA JUSTICIA Y DEL AMOR AL
    OTRO

    La verdad, la justicia y el amor a los demás no
    son simplemente una alternativa o una opción más
    que se nos presenta, sino que por el contrario, tal como lo dice
    el tema, SON UN DEBER.

    Como seres humanos somos seres sociales. El desarrollo
    pleno de nuestra personalidad
    puede darse solamente en sociedad. Pero si queremos tener una
    convivencia social placentera, llena de armonía y de paz,
    necesitamos ser responsables en el cumplimiento de nuestros
    deberes y tratar a los demás tal como queremos que los
    demás nos traten a nosotros. Tres factores indispensables
    para una convivencia social agradable son la verdad, la justicia
    y el amor.

    El orden y el desarrollo social dependerá del
    cumplimiento responsable de las personas de todos y cada uno de
    sus deberes, para gozar igualmente de los derechos que le
    corresponden, pero como hemos venido diciendo, no será
    posible alcanzar esto si no ponemos en práctica los
    principios de la verdad, la justicia y el amor a los
    demás.

    Existen tres actitudes y
    posiciones que el hombre
    puede llegar a tener en cuanto al modo de entender el orden
    social, las cuales son:

    a) El individualismo.

    Sostiene que el hombre tiene
    sus propios fines individuales, dejando de lado a las
    demás personas y sin interesarse por el bien de los
    demás.

    Este enfoque está centrado en el "YO", de manera
    que no tiene apertura a los demás y tiene por tanto un
    sentido individualista, pues no hay apertura a los
    demás.

    Por supuesto que según este punto de vista, no
    significa que el hombre esté aislado, sino que aunque
    esté viviendo dentro de la sociedad, el hombre se enfoca y
    centraliza en sus propios intereses sin pensar el bien de los
    demás.

    Con esto se llega a buscar un progreso personal y una
    prosperidad individual pero se cae en el egoísmo y en el
    desinterés por los demás, siendo por ello una
    concepción reduccionista del ser humano.

    b) El colectivismo.

    El colectivismo es lo contrario al literal que acabamos
    de analizar, pues según este enfoque, el hombre ya no es
    individualista sino lo contrario, se convierte en
    colectivista.

    Aunque el dejar de lado el individualismo es algo
    positivo, no es correcto inclinarse por el colectivismo, pues al
    hacer esto, el hombre se reduce al conjunto de sus relaciones
    sociales, perdiendo su autonomía y su propia
    sustancia.

    Con el colectivismo, se pierde la visión personal
    que a cada uno nos corresponde, cayendo en el error de pensar que
    el todo del hombre son sus relaciones sociales, lo cual
    lógicamente no sería una posición
    adecuada.

    c) La esfera del "entre".

    Esta posición sí es correcta porque
    proporciona una visión interpersonal y
    dialógica.

    En la esfera del "entre" se muestra una
    apertura del hombre hacia el otro a tal grado de interesarse,
    preocuparse y cuidarse del otro e incluso, llegar a morir por
    otro.

    Se habla también acá de una "existencia
    dialógica", donde a pesar que estamos concientes que somos
    seres autónomos e individuales, mostramos interés
    por los demás, tanto por sus logros como por sus
    necesidades, de manera que somos capaces de felicitar a otro por
    sus logros y de ayudar o solidarizarnos ante las necesidades de
    nuestros semejantes.

    Acá vemos también ese sentido de
    unión que hace de la convivencia social algo realmente
    gratificante y agradable.

    En esto se pone también de manifiesto que tenemos
    responsabilidades y deberes éticos ante los demás,
    tales como la justicia, el amor, la libertad y el
    respeto a la
    verdad.

    PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS RELACIONES
    INTERPERSONALES

    Si queremos mantener buenas relaciones interpersonales o
    relaciones sociales adecuadas, necesitamos poner en
    práctica ciertas reglas o principios básicos y
    fundamentales de convivencia.

    Hay muchísimos elementos que podemos tomar en
    consideración si queremos mantener relaciones
    interpersonales adecuadas, pero existen aspectos que tienen mucha
    más importancia que otros para conseguir este fin. A
    continuación presentamos los principios indispensables
    para tener relaciones interpersonales que favorezcan y permitan
    una mejor convivencia social:

    1. Principio de verdad.

    Para todos resulta realmente desagradable que alguien
    nos mienta. La mentira es una de las cosas que más nos
    disgusta y nos desagrada.

    De nada serviría el diálogo si
    no se pusiera en práctica el principio de la verdad,
    razón por la cual afirmamos que la verdad es uno de los
    principales fundamentos en las relaciones interpersonales y
    sociales.

    Si no se practica la verdad, la convivencia entre los
    hombres llegaría a ser desordenada y no
    correspondería adecuadamente a la dignidad
    humana.

    El mundo jamás llegaría a tener orden ni
    paz si no se practicara la verdad.

    La mentira no puede justificarse en ninguna manera, ya
    que la verdad es un principio para las relaciones
    interpersonales. La mentira no se puede admitir como medio
    legítimo para alcanzar los propios fines, pues todos
    merecemos y nos sentimos complacidos cuando los demás son
    sinceros con nosotros y nos hablan poniendo en práctica el
    principio de la verdad.

    2. Principio de justicia.

    Este principio sirve para la construcción y práctica del orden.
    Si respetamos los derechos de los demás y cumplimos con
    las obligaciones
    que nos corresponden, llegaremos a tener una buena convivencia
    social.

    Al hablar de justicia, siempre encontraremos dos
    elementos que interaccionan a cada momento: LOS DERECHOS Y LAS
    OBLIGACIONES O DEBERES.

    Antes de exigir nuestros derechos tenemos que
    reflexionar en el grado de cumplimiento que hemos tenido de
    nuestros deberes.

    Algo que también es de gran importancia en este
    tema de la justicia es el principio de igualdad de
    todos los hombres ante Dios y ante las leyes humanas. No
    se puede ofrecer mayor o menor justicia en base a la
    situación económica, política y social,
    pues ante Dios y ante los hombres gozamos del principio de
    igualdad, donde no se debe tener preferencias injustas de
    ningún tipo.

    3. Principio de amor.

    Podemos afirmar que el amor es una constante
    vivificadora.
    En el amor se manifiesta el perdón, la
    comprensión, la solidaridad, etc.
    Con esto se deja fuera todo tipo de rencor y resentimiento hacia
    otros. Es por ello que se dice que lo que no puede ser
    alcanzado por la justicia, debe ser obtenido por el
    amor.

    Gracias a este principio, se deja fuera todo tipo de
    odio y de temor, permitiendo una convivencia social con bases
    sólidas y duraderas.

    El amor es definitivamente el pilar fundamental de la
    buena convivencia, pues con ello mostramos verdadero
    interés por las necesidades de los demás y
    respetamos sus derechos, haciéndolos valer por amor y no
    simplemente como una mera obligación.

    4. Principio de libertad.

    Este principio es muy importante debido a que todos los
    hombres tenemos derecho a la propia responsabilidad y dirección de nuestras acciones. Si
    esto no fuera así, estaríamos destruyendo al hombre
    como persona, convirtiéndolo en una máquina
    programada para hacer algo pero sin verdaderamente
    decidirlo.

    EL DEBER Y DERECHO A LA
    VERDAD

    La verdad no es solamente un deber ni tampoco es
    solamente un derecho, sino ambos: DERECHO Y DEBER. Tenemos
    derecho a que las personas nos hablen con la verdad y al mismo
    tiempo tenemos
    la responsabilidad de hablarles a los demás con la
    verdad.

    El diálogo y la
    comunicación sería infructuoso e ilógico
    si lo que dijéramos las personas fueran solamente
    mentiras. El diálogo dejaría de ser un beneficio y
    se convertiría en un problema.

    La dimensión comunitaria y social de la verdad es
    indispensable en nuestra sociedad y en el desarrollo de las
    personas.

    Todos aceptamos que la verdad es una virtud, y admiramos
    a aquellos personajes que a pesar de las amenazas e incluso de
    la muerte,
    siempre se mantuvieron firmes a la verdad, como podemos mencionar
    a Jesús, Sócrates,
    Galileo Galilei,
    etc.

    LA
    VERDAD ES EL FUNDAMENTO DE TODA VIDA MORAL

    No podemos hablar de una vida moral si se
    deja de lado la verdad.

    La misma libertad aparece subordinada a la verdad porque
    si usáramos nuestra libertad contra la verdad,
    tendríamos como resultado desorden y
    destrucción.

    Se puede hablar de una persona con buenos principios y
    valores sólo cuando pone en práctica y dice la
    verdad.

    LA VERDAD EN LAS PALABRAS ES UNA VIRTUD
    SOCIAL

    Las palabras deben ser utilizadas como un
    vehículo de la verdad y del amor. Esa es la forma correcta
    e ideal en la que se deben comunicar los hombres.

    La palabra es en medio número uno de comunicación, pero resulta completamente
    destruido e infructífero cuando se usa en contra de los
    principios de la verdad.

    Comportarse de forma leal y conforme a la verdad es en
    definitiva, una virtud social.

    La mentira es por tanto un desorden, tal como lo es la
    falsedad.

    Es cierto que a veces hay verdades que no nos pueden ser
    reveladas o que hay cosas que no las podemos saber o no nos
    sería conveniente comunicarlas a otros, pero lo que
    sí es cierto es que todos tenemos estricto derecho a que
    nadie nos mienta o que falsee la palabra.

    PENSAR LA VERDAD, OBRAR LA VERDAD Y DECIR LA
    VERDAD

    Pensar la verdad, obrar la verdad y decir la verdad es
    definitivamente una obligación moral y algo que debe
    captar toda nuestra atención y respeto.

    A continuación analizaremos el significado de
    pensar la verdad, obrar la verdad y decir la verdad:

    a) Pensar la verdad.

    Es nuestra responsabilidad buscar la verdad y evitar
    todo tipo de engaño. Es una misión
    fundamental de nuestro espíritu el abrazar con amor la
    verdad.

    En primer lugar, para pensar la verdad, necesitamos ser
    veraces y sinceros con nosotros mismos.

    Quizá tengamos el concepto que el
    engaño puede darse únicamente hacia los
    demás, pero esto no es cierto, pues podemos estarnos
    engañando a nosotros mismos cuando voluntariamente
    queremos creer o hacer creer lo que sabemos que no es cierto,
    mintiéndonos a nosotros mismos y provocando un derrumbe
    moral en nuestra persona y en la sociedad.

    b) Obrar la verdad.

    Las obras y acciones son el mejor medio de demostrar lo
    que realmente creemos y lo que somos internamente.

    Obrar la verdad implica cumplir lo que hemos prometido y
    ser fiel a la palabra dada.

    c) Decir la verdad.

    Hablar con veracidad es una obligación ética que
    todos tenemos hacia las demás personas.

    Cuando decimos la verdad al hablar, estamos cumpliendo
    con nuestra responsabilidad de respeto y amor hacia Dios, hacia
    los demás y hacia nosotros mismos.

    MODOS DE HABLAR QUE SE ALEJAN DE LA
    VERDAD

    Aunque no es algo ideal, lamentablemente existen formas
    que se alejan de la verdad cuando hablamos, tal como lo
    mencionamos a continuación:

    a) La mentira.

    Podemos definir mentira como decir lo que está
    en contra de lo que se piensa o en contra de la
    mente.

    La mentira se refiere entonces a discursos o
    argumentaciones que están en contra de lo que se piensa y
    que tienen por tanto la intención de engañar,
    faltando al amor y a la justicia.

    b) La reserva o restricción
    mental.

    Cuando hablamos podemos decir la verdad de forma
    parcial, omitiendo parte de lo que pensamos, haciendo reservas
    para encubrir o disimular la verdad. Esta es una
    restricción voluntaria con el objetivo de
    encubrir la completa verdad. Esto es lo que se conoce como
    restricción mental.

    La reserva o restricción mental puede ser de dos
    clases:

    1. Pura o estricta.

    Cuando nada de lo que se dice, simulando la verdad o
    encubriéndola, corresponde a lo que está en la
    mente. Esto se da con frecuencia cuando alguien dice "no haber
    visto nada" cuando lo que en verdad está haciendo es
    ocultando lo sucedido, o cuando alguien le dice a otra persona
    que "si llaman por teléfono, diga que no estoy".

    2. Lata o en sentido amplio.

    Cuando lo que se dice, sólo en parte corresponde
    a lo que se piensa, por ejemplo, cuando alguien nos dice que si
    podemos ir a algún lugar mañana y le respondemos
    que "mañana estaré ocupado", cuando quizá
    solamente por la mañana estaremos ocupados y tendremos la
    tarde libre.

    c) Mentira piadosa.

    Llamada también "mentira blanca", es la que se
    dice por compasión o para no causar mayores problemas,
    delatar a otro, etc. Con esto se estaría diciendo algo que
    no corresponde a lo que está en el pensamiento y
    por tanto, se falta a la justicia y a la
    moral.

    d) Mentira jocosa.

    Es aquella que se dice en broma entre amigos o grupos
    sociales. Esto no es inmoral porque no induce a engaño
    ni se falta a la justicia, porque las personas a quienes se les
    dice esto saben que es un tipo de juego. La
    misma valoración tienen las hipérboles,
    exageraciones como figuras retóricas, etc.

    e) La publicidad.

    Los medios masivos
    de comunicación nos llenan de propaganda y
    publicidad incluso a veces utilizando mensajes
    subliminales o con la utilización inmoderada del
    recurso femenino.

    Cuando en la publicidad hay engaño se cae en la
    mentira, que es inmoral. Pero si la publicidad no induce a
    engaño, no es inmoral.

    EL DEBER DE JUSTICIA

    Además del deber y principio de la verdad,
    encontramos el principio de justicia y específicamente el
    deber de justicia.

    Para tener una sociedad organizada y ordenada
    convenientemente, necesitamos fundamentarnos en la
    justicia.

    OBJETO DE LA JUSTICIA: SUS CONDICIONES Y
    SUS LÍMITES

    Existen ciertas condiciones para que algo sea objeto de
    justicia. Dos condiciones son las que deben entrar para que haya
    deber de justicia:

    1. Algo exigible: "Tú me
    debes".

    2. Algo determinable: "Me debes
    tal cosa a la cual yo tengo derecho".

    Entre los objetos de justicia encontramos:

    1. Cosas materiales: dinero
    (impuestos),
    tierras, objetos, productos,
    etc.

    2. Servicios:
    horas de trabajo, seguridad,
    transporte,
    orden, etc.

    3. Beneficios de carácter espiritual: honores,
    méritos, privilegios, etc.

    4. Derechos individuales: pertenencias,
    etc.

    Sin embargo, las condiciones para que exista el deber de
    justicia hay también ciertos límites:
    cuando una cosa no puede ser exigida ni es determinable en su
    calidad,
    cantidad y extensión, no entrará en el campo de la
    justicia, tal como en el caso de la limosna, los regalos que se
    dan (gratuitamente), etc.

    DEFINICIÓN DE JUSTICIA

    Justicia es "la voluntad constante y
    permanente de dar a cada uno lo suyo",
    según Ulpiano,
    que fue un romano que vivió en el siglo segundo. Dar a
    cada uno lo suyo significa darle a cada uno aquello a lo que
    tiene derecho.

    CARÁCTER DE SU
    OBLIGACIÓN

    El deber de justicia se puede dar de dos
    clases:

    1. Una igualdad estricta.

    Por ejemplo en el intercambio de bienes, en la
    compra y venta y en el
    salario.

    2. Una igualdad proporcional o
    relativa.

    Es según el aporte que dan individuos y grupos a la
    obtención del bien común. Por ejemplo en el caso de
    los honores y cargos, impuestos, participación en
    servicios prestados por el Estado,
    etc. En estos casos, la obligación es sólo
    proporcional.

    CLASES DE JUSTICIA

    La justicia puede clasificarse como comunitaria y
    particular,
    tal como lo veremos a
    continuación:

    1. Justicia comunitaria.

    Se refiere a bienes frente a la comunidad y su
    bien común, y puede ser:

    a) Legal: frente al bien común del
    Estado.

    b) Social: frente al bien común de
    los grupos sociales, asociaciones, etc. Esto exige también
    el fruto de la cooperación, o del bienestar obtenido,
    según el aporte que cada uno haya hecho.

    c) Internacional: frente al bien
    común de la comunidad internacional.

    2. Justicia particular.

    Se refiere al bien de individuos o grupos particulares y
    puede ser:

    a) Distributiva: el Estado atiende a los
    derechos de individuos o grupos particulares, distribuyendo de
    forma justa, las ayudas, honores, privilegios, etc.

    b) Conmutativa o recíproca: cuando
    los individuos establecen contratos
    particulares entre sí.

    JUSTICIA LEGAL

    Mira por el bien común del Estado o Sociedad
    Política. Se regula mediante la Constitución y cada uno de los
    códigos de la nación.

    La justicia legal obliga a los legisladores a crear
    leyes justas sin intereses de partido o de grupo, y a la
    vez obliga a los ciudadanos a cumplir con las leyes
    establecidas.

    JUSTICIA SOCIAL

    Se refiere al bien común social y
    económico de los grupos sociales que se encuentran
    organizados en grupos, sindicatos,
    clases, cooperativas,
    etc.

    La justicia social está regulada por
    códigos laborales así como por estatutos y
    convenios internos de las empresas.

    Quienes se encuentran obligados a dar cumplimiento a la
    justicia social son los patrones y empresarios, especialmente en
    lo referente al salario justo, pero también obliga a los
    obreros a realizar un trabajo honesto y responsable, sin
    exigencias irrazonables de remuneración.

    JUSTICIA INTERNACIONAL

    Va enfocado al bien común internacional y se
    opone a todo aquello que perjudique el bienestar de las naciones,
    es decir contra el narcotráfico, la piratería aérea o cualquier tipo de
    piratería, torturas, secuestros, violaciones,
    etc.

    La justicia internacional se encuentra regulada por el
    derecho
    internacional, convenios internacionales, etc.

    Esto obliga a las naciones suscritas a convenios de
    justicia internacional, a dar pleno cumplimiento a lo que han
    acordado.

    JUSTICIA DISTRIBUTIVA

    Busca el bien particular de los grupos e individuos que
    tienen derecho a participar, según igualdad proporcional,
    en el bien común, cuando se distribuyen cargas
    impositivas, cargos, privilegios, honores, etc.

    Se incumple cuando las autoridades públicas no
    guardan la proporción en la distribución de las cargas impositivas y
    del servicio
    militar, o cuando hay partidismo y preferencias en la
    provisión de los cargos públicos y en la
    distribución de honores y ayudas procedentes de fondos
    públicos. Se tiene el deber de evitar dar privilegios que
    no estén justificados.

    JUSTICIA CONMUTATIVA

    Se le llama también justicia contractual y
    se refiere a servicios y derechos que son debidos a otro, como en
    el caso de la compra-venta y en el salario.

    Este tipo de justicia se regula a través de
    contratos, que pueden ser escritos o sólo de
    palabra.

    EL DEBER DEL AMOR: RELACIÓN ENTRE JUSTICIA
    Y AMOR

    El amor tiene una especial relación con la
    justicia, pues la perfecciona. Si no amamos sinceramente, no
    atendemos a los derechos del prójimo y por tanto no
    practicamos la justicia.

    Hemos visto que tenemos un deber, responsabilidad u
    obligación con respecto a la verdad y a la justicia. Pero
    ahora nace la pregunta: ¿amar es sólo una
    opción o también un deber? Para responder a esto,
    tomemos consideración de los siguientes
    aspectos:

    1) El amor no es exigible (excepto en el contrato
    matrimonial).

    2) Aunque el amor no es exigible, tampoco es simplemente
    opcional o facultativo, sino que es un deber, tal como en
    la Biblia se nos dice "ama a tu prójimo como a ti
    mismo"
    .

    3) No siempre es posible diferenciar a cabalidad ente el
    amor y la justicia.

    4) Nunca la justicia cubrirá las exigencias ni
    todo el campo del amor, pues el amor puede llegar al
    heroísmo y aun al sacrificio de sí mismo o a
    entregar la vida por amor a otro, lo cual no lo contempla la
    justicia.

    5) El amor nos permite conocer más clara y
    adecuadamente los derechos del prójimo, por lo cual
    afirmamos que sin amor, la justicia permanece fría y no
    progresa.

    LOS DERECHOS HUMANOS Y SU
    PROCLAMACIÓN

    Al hablar de la justicia, que es animada por el amor,
    aparecen los derechos humanos.

    Los derechos humanos le corresponden a toda persona
    partiendo del hecho que hemos sido creados por Dios.

    En cuanto al aspecto jurídico o base legal que
    protege o garantiza el respeto y defensa de los derechos humanos,
    encontramos el ordenamiento interno de las naciones así
    como también el ordenamiento internacional.

    ORDENAMIENTO JURÍDICO INTERNO DE LOS
    DERECHOS HUMANOS DE LOS PAÍSES O
    ESTADOS

    Entre los derechos fundamentales aparecen el derecho a
    la vida y el derecho a la exhibición personal
    ("habeas
    corpus").

    Las legislaciones jurídicas internas de los
    países deben promover la igualdad política para dar
    origen a una creciente igualdad económica de los hombres y
    al acceso a grandes concentraciones económicas.

    ORDENAMIENTO JURÍDICO DE LOS DERECHOS
    HUMANOS EN EL NIVEL INTERNACIONAL

    Existen tratados
    internacionales reconocidos por muchos países a nivel
    mundial que sirven para que las naciones o Estados reconozcan por
    igual a todos los individuos y que respeten el derecho a la vida,
    la libertad, la propiedad, la
    nacionalidad,
    la religión,
    que no hagan discriminación racial, etc.

    Por ejemplo, para proporcionar un ordenamiento
    jurídico internacional de derechos humanos, en 1948 se
    proclama en la ONU una
    DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, que aunque
    no tiene un carácter jurídicamente obligatorio,
    tiene un gran carácter moral para cada país.
    Ahí se establece que toda persona tiene derecho a la vida,
    la libertad y seguridad de su persona, al reconocimiento de su
    personalidad jurídica, a la igualdad ante la ley, a
    garantías judiciales en los procesos
    penales, a buscar asilo, a tener una nacionalidad,
    a la propiedad, a la libertad de pensamiento, de conciencia, de
    religión, de opinión, de expresión, de
    reunión, de asociación pacífica, a la
    seguridad
    social, al trabajo en condiciones justas y satisfactorias, a
    fundar sindicatos y a sindicalizarse para la defensa de sus
    intereses, a un nivel de vida y educación adecuados,
    a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a
    gozar de las artes y a participar en el progreso
    científico y en los beneficios que de él resulten,
    etc.

    De la misma forma se han ido formando muchas organizaciones y
    convenios entre países para proteger y garantizar el
    respeto y de los derechos humanos de todas las
    personas.

    OBSERVANCIA Y EFICACIA DE LOS
    DERECHOS HUMANOS

    a) Derecho interno.

    En los países democráticos, la eficacia de
    los derechos humanos se ve reflejada en su legislación y
    en especial en la Constitución.

    Lamentablemente a veces las Constituciones pierden
    eficacia en cuanto a los derechos humanos debido a razones tales
    como:

    1) Instalación de regímenes de fuerza (por
    golpe de
    estado)

    2) División sólo teórica de
    poderes, quedando el Poder Judicial al
    arbitrio del Poder
    Ejecutivo.

    3) El terrorismo y
    subversión, que viola los derechos humanos.

    4) La pérdida del valor y
    dignidad de la persona.

    Las anomalías antes mencionadas pueden corregirse
    mediante la existencia de un Procurador de los Derechos Humanos y
    oficinas o secretarías de derechos humanos a nivel
    gubernamental.

    b) Derecho internacional.

    En lo referente a la Declaración Universal de los
    Derechos Humanos de 1948, no puede producirse obligatoriedad
    jurídica y su vinculación es moral.

    Uno de los mayores obstáculos para la eficacia de
    los derechos humanos a nivel internacional es que su
    aplicación está sometida a la jurisdicción
    interna de las naciones, las cuales gozan de soberanía. Lo ideal es que los derechos
    humanos formen parte de la jurisdicción interna de los
    Estados.

    CONCLUSIÓN

    Hemos encontrado muchas conclusiones respecto a todo lo
    mencionado en las páginas anteriores, pero daremos a
    conocer acá las conclusiones básicas a las que se
    puede llegar luego de este trabajo.

    En cuanto a la verdad, hemos aprendido que su
    importancia es muy grande para el buen desarrollo social y
    comunitario, siendo la verdad una obligación que todos
    tenemos para con los demás y para con nosotros
    mismos.

    La justicia es también un pilar para la buena
    convivencia social, pues mediante el respeto de los derechos de
    los demás y el cumplimiento de nuestros deberes y
    obligaciones, tendremos mayor tranquilidad y nos sentiremos
    satisfechos al sentir que se nos está respetando y
    también porque estaremos respetando a las demás
    personas.

    El amor es también algo que no puede faltar para
    que verdaderamente exista una buena convivencia social. La
    justicia sin amor no estaría completa, y el amor nos lleva
    a decir la verdad a nuestros semejantes, de manera que con el
    amor llegamos a aplicar correctamente tanto la verdad como la
    justicia.

    También hemos aprendido del enorme valor e
    importancia que tiene el respeto y aplicación de los
    derechos humanos en todos los países del mundo, pues a
    través de ello habrá mayor igualdad y justicia para
    todos y tendremos un mundo mejor donde haya mayor paz y
    tranquilidad para todos.

    BIBLIOGRAFÍA

    * Una moral para los jóvenes (con aplicaciones
    pedagógicas). Daniel Enrique Morales Urbina. Universidad
    Mesoamericana. Páginas 169-192.

    * La Santa Biblia. Versión Reina-Valera 1960,
    versión Latinoamericana y versión Biblia al
    Día.

    * Catecismo de la Iglesia Católica.

    Nombre Completo:
    Jaime Oswaldo Montoya
    Guzmán.

    Fecha de nacimiento: 16 de
    julio de 1986.

    Centro de Estudios: Universidad
    Católica de Occidente (UNICO).

    Nivel de Estudios: Ciclo III en
    la universidad.

    Carrera: Ingeniería en Sistemas
    Informáticos.

    Correo
    electrónico:

    Sitio web
    personal: http://jaimemontoya.googlepages.com

     

    Jaime Oswaldo Montoya Guzmán

    Asignatura: Ética Social

    UNIVERSIDAD CATÓLICA DE OCCIDENTE

    FACULTAD DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

    Fecha de entrega: Lunes, 19 de septiembre de
    2005.

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