- Consideraciones
generales - Diferencias y similitudes entre
conceptos - Aspectos a considerar para
conocer el Patrimonio Cultural - Metodología para abordar
el inventario de Bienes Culturales - Difusión de la
información - Balance general sobre la
situación del inventario - Fuentes
consultadas
Hacer una revisión sobre lo que son y han sido
los procesos de
inventario
para el
conocimiento del patrimonio cultural de una nación
es una tarea difícil por los aspectos que ella en si misma
implica. No obstante, y en vista de las circunstancias, ha tocado
analizar una serie de documentos
resultados de la labor de registro del
patrimonio cultural. Tarea ésta que ha permitido, entre
otras cosas, establecer o más bien reconocer las
diferentes formas de trabajo que
pueden implementarse en distintas naciones que persiguen un mismo
fin: conocer lo que se tiene.
Actualmente, la mayoría de los países,
ante la necesidad de conocer, valorar y conservar los restos del
pasado que conforman el Patrimonio Cultural han establecido un
sin fin de reglamentos, convenios y demás normativas que
estimulan y, en muchos casos obligan, la realización de
proyectos de
inventario que vayan en pro del conocimiento
del legado patrimonial con que cuenta cada localidad.
En tal sentido, países como España y
Venezuela
realizan labores de inventario de los bienes
culturales que poseen con el objeto de sentar bases para su
estudio y promover el acercamiento del hombre a su
medio, es decir, para hacer del conocimiento de la ciudadanía en general la importancia que
tienen los bienes materiales e
inmateriales que hoy forman parte de nuestro acervo.
Dicho inventario enfocado en la posibilidad de
reorientar las intervenciones que sobre los Bienes de Interés
Cultural se realizan, conlleva a su vez, a la realización
de catálogos específicos para el mejor conocimiento
de todo cuanto es significativo para la comunidad.
Prueba de ello son los innumerables catálogos
específicos, de los monumentos existentes en cada
localidad, que en España muy particularmente, se han
publicado y que en Venezuela actualmente se están
desarrollando.
Con estos documentos se pretende entender el significado
de lo protegido bajo una normativa específica y a la vez
encauzar las actuaciones necesarias para el mantenimiento
del bien.
Queda claro, que el fin de los inventarios no es
meramente administrativo sino que más bien persigue
transmitir a las generaciones venideras los valores
que nos fueron legados y
constituyen, además una herramienta para el inicio de
investigaciones que desde el punto de vista
científico se puedan ejecutar posteriormente.
Para abordar el tema del inventario se ha querido, ante
todo, establecer o más bien aclarar para nosotros mismos,
algunos conceptos que se consideran prioritarios a los fines de
evaluar las tareas realizadas con relación al proceso de
conocimiento del patrimonio cultural, entre estos conceptos
mencionaremos en primer lugar, el concepto mismo de
patrimonio cultural y en segundo lugar, nos aproximaremos a las
nociones de Inventario, Catalogación y
Registro.
1.a.- Patrimonio Cultural
Patrimonio noción asociada al paso del tiempo.
Concepto muy extenso que incluye bienes materiales e
inmateriales.
En las lecturas realizadas se han observado diferentes
formas de denominación del término patrimonio
cultural.
Algunos autores hablan de patrimonio histórico,
otros de patrimonio artístico o patrimonio
histórico – artístico y algunos de patrimonio
cultural. Se presta a confusión tantas denominaciones. Sin
embargo, debido a la amplitud que en si misma engloba la palabra
cultura se
optó por utilizar el término de patrimonio
cultural, puesto que se considera que con esta
denominación se amplía la visión de los
bienes que conforman el legado patrimonial. Pues, si bien es
cierto que las creaciones artísticas forman parte del
patrimonio y que los monumentos escriben parte de la historia, también lo
es el hecho de que las costumbres o tradiciones son aspectos
importantes del patrimonio vivo de una comunidad, y estas
manifestaciones con cierto carácter histórico por su
permanencia a través del tiempo, son un componente activo
del legado patrimonial de cualquier nación.
Por tal razón, es importante considerar las
palabras de José L., Alvárez A., (1989) cuando
afirma, que el interés cultural de un bien no deriva de la
importancia que posee como testimonio histórico;
ésta puede ser una de las causas que contribuyen a su
interés cultural, pero muchas veces su interés
cultural se deriva también de sus valores
artísticos, de pensamiento o
influencia, y para nada de las circunstancias estrictamente
históricas de ese bien. Por lo que, los fenómenos
presentes en un bien considerado testimonio del desarrollo de
las diferentes manifestaciones culturales, movimientos u estilos
presentes en nuestra historia se pueden inscribir perfectamente
dentro de una denominación tan amplia como la de cultura.
Ya que, efectivamente hay tres aspectos predominantes en ese
conjunto de bienes que son el valor
histórico, el artístico y el cultural. En este
sentido, se opta por un solo término, el más
comprensivo de todos: el de patrimonio cultural.
En definitiva, asumimos el concepto que la UNESCO en su
conferencia
mundial sobre políticas
culturales llevada a cabo en México en
1982 estableció: "El patrimonio cultural de un pueblo
comprende las obras de sus artistas, arquitectos, músicos,
escritores y sabios, así como las creaciones
anónimas, surgidas del alma popular,
y el conjunto de valores que dan sentido a la vida, es decir, las
obras materiales y no materiales que expresan la creatividad de
ese pueblo; la lengua, los
ritos, las creencias, los lugares y monumentos históricos,
la literatura,
las obras de arte y los
archivos y
bibliotecas".
Se afirma, entonces, que el patrimonio cultural es el
conjunto de bienes de considerable valor acumulados por una
sociedad a lo
largo de su existencia. Bienes que deben ser protegidos,
difundidos y conservados como expresión de una cultura
propia, o lo que es lo mismo, como expresión de la
identidad
cultural de una localidad.
1.b.- Inventario
Según el Diccionario de
la Real Lengua Española (2001) Inventario "es el
asiento de los bienes y demás cosas pertenecientes a una
persona o
comunidad, hecho con orden y distinción. Papel o
instrumento en que están escritas dichas
cosas".
Es el primer instrumento de conocimiento, descripción y protección preventiva.
En muchos casos es conocido como "un instrumento básico
de control para la
planificación de una correcta y eficaz
política
de protección y difusión del patrimonio
cultural". (Actas, 1990).
Según se señala en el manual de
Normalización documental de museos (1986),
"la finalidad del inventario general es identificar un objeto
cualquiera del museo a conocer los fondos del establecimiento con
independencia
de su significación científica o artística
dentro de las colecciones".
El inventario permite la localización, control e
información sobre el patrimonio,
además de una ordenación previa estableciendo
clasificaciones de los bienes objeto de estudio facilitando, a su
vez, la realización de cuantos catálogos y
demás registros sobre
patrimonio sean necesarios para su conocimiento y plena
protección y difusión.
Es una herramienta que permite desarrollar estrategias de
gestión
para actuar en torno al
patrimonio cultural.
"El inventario constituye un instrumento fundamental
toda vez que permite conocer, cualitativa y cuantitativamente,
los bienes que integran el patrimonio de la nación y
posibilita el diseño
y planificación de las políticas, normativas y
acciones
respectivas" (IPC, 1997: 8).
En líneas generales, el inventario puede
considerarse como una herramienta para la gestión
patrimonial sobre los bienes culturales, ya que a la hora de
definir las funciones de esa
gestión, se debe considerar la identificación,
recuperación y agrupación de objetos y colecciones,
así como la documentación de los bienes culturales:
estudios, conservación, difusión, exposición
pública e interpretación o
explicación.
1.c.- Catalogación
Catalogar, según el Diccionario de la Lengua
Española, se refiere a apuntar, registrar ordenadamente
libros,
manuscritos, etc., formando catálogo de ellos. Por otra
parte, también hace referencia a la memoria,
inventario o lista de personas, cosas o sucesos, puestos en
orden.
En el Manual de Normalización documental de
Museos (1986), se señala que la catalogación "es
dar a conocer los objetos del museo en relación con el
cuadro artístico, arqueológico o histórico
del territorio o comarca a que alcanza su área de acción,
y que convenga a las necesidades docentes y
científicas del mismo. Tiene por finalidad documentar y
estudiar los fondos asignados al museo y los depositados en el
mismo en relación con su marco artístico,
histórico, arqueológico, científico o
técnico".
Asimismo, Jorge Benavides Solís en el Diccionario
razonado de bienes culturales (1999), señala que "es el
instrumento administrativo y científico en el que se
inscriben de forma individual los bienes objetos de tutela, los actos
jurídicos que les afecten, el régimen de
protección aplicable, las actuaciones a la que son
sometidos y los resultados de los estudios realizados sobre
ellos" (p. 36). Definición ésta, bastante
aceptable a los fines de la difusión del patrimonio
cultural.
En síntesis,
la catalogación es un instrumento de agrupación o
recopilación de conocimientos sobre una serie de bienes,
objetos, ámbitos o actividades dotadas de una cierta
homogenización, al mismo tiempo que es una herramienta
para el legislador y el administrador
para atribuir a aquellos bienes un régimen jurídico
también homogéneo.
Es además, un listado especializado y razonado de
elementos u objetos a proteger, clasificados generalmente por
fichas, las
cuales contienen los datos e informes
pertinentes que los caracterizan, valoran y muestran como un bien
comunitario de merecido reconocimiento.
1.d.- Registro
La palabra registrar se refiere a mirar, examinar
algo con cuidado y diligencia. Manifestar o declarar
mercancías, géneros o bienes para que sean
examinados o anotados. Contabilizar, enumerar los casos
reiterados de alguna cosa o suceso. (Diccionario de la Lengua
Española, 2001, Tomo II)
Por su parte la palabra registro en su acepción
más amplia hace referencia al conjunto de datos
relacionados entre sí, que constituyen una unidad de
información en una base de datos,
y como bien lo reseña Jorge Benavides (1999), tiene por
objeto la anotación e inscripción de los actos que
afecten a la identificación y localización de los
bienes integrantes del patrimonio histórico (p. 157).
En definitiva es el asiento legal sobre los bienes que conforman
el patrimonio cultural.
2.- Diferencias y
similitudes entre estos conceptos
Inventario | Catalogación | Registro |
El inventario es:
| La catalogación es:
| El registro se refiere al:
|
En el Diccionario razonado de bienes culturales de Jorge
Benavides Solís (1999), se reseña que "el
Inventario y el catálogo son instrumentos que en el
diccionario parten de un mismo punto: una relación
individualizada de bienes y, según el número de sus
componentes de conformación (desarrollo), adquieren
características propias diferenciables. El primero tiene
una exclusiva connotación contable y, el segundo
está enriquecido con la caracterización (tan
extensa cuanto se quiera) de esos bienes; aquel tiene una
función
(inventario) y el catálogo puede ser
multifinalitario". (p. 108).
Como puede observarse el inventario, el catálogo
y el registro son tres procesos de investigación
diferentes y relacionados entre sí.
En orden de procesos se tiene que iniciar el
conocimiento de los bienes con el registro, considerado el primer
paso para señalar la existencia legal de un bien; en
segundo lugar, estaría el inventario como proceso de
conocimiento y estudio general de un bien y por último
tendríamos la catalogación que estaría
referida a estudios puntuales sobre los bienes patrimoniales
declarados o no legalmente. Este proceso genera una cadena de
conocimiento para la colectividad en general, y como resultado
podemos tener bases de datos,
los expedientes patrimoniales, los catálogos de monumentos
o de las manifestaciones culturales de nuestros países y
las publicaciones en página
web.
3.- Aspectos a
considerar para conocer el Patrimonio Cultural
a.- ¿Qué inventariar?, ¿Por
qué inventariar? y ¿Para qué
inventariar?
La labor de inventario del patrimonio cultural, dirigida
al conocimiento de todos aquellos bienes legados por nuestros
antepasados está antecedida por una serie de interrogantes
que en cierta medida, lo que pretenden es definir el inicio de un
proceso de esta índole. En tal sentido, el qué
inventariar estará sujeto a todo aquello que por
referencia oral u escrita presente una característica o
importancia particular para la comunidad en la cual se
encuentra.
La información que del inventario se obtenga
será para el conocimiento de la colectividad sobre lo que
se tiene, y permitirá la realización de los
estudios pertinentes que para la conservación de estos
bienes es necesaria. En este sentido, es necesario recordar
algunas ideas sobre lo que son los bienes culturales y sus
distintas formas de adscripción o propiedad.
a.1.- Bienes culturales
Entendemos, a los fines de este estudio, que los bienes
culturales son todos aquellos bienes materiales e inmateriales
que conforman el patrimonio cultural. Es decir, tanto los muebles
como los inmuebles, de interés artístico,
histórico, paleontológico, arqueológico,
etnográfico, científico o técnico;
también el patrimonio documental y bibliográfico,
los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los
sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor
artístico, histórico o antropológico y que
por su significación e importancia justifican su
preservación por parte del Estado y la
colectividad en general
i.- Bienes de titularidad estatal
El estado cumpliendo con las normativas establecidas
tiene la obligación de inventariar todos los bienes
culturales que conforman el patrimonio histórico –
artístico para su protección y
salvaguarda.
En tal sentido, los bienes incluidos en el Inventario
General son aquellos que según dice la ley integran el
patrimonio histórico español
sin ser declarados Bienes de Interés Cultural pero con una
singular relevancia, por ser de notable valor histórico,
arqueológico, científico, artístico,
técnico o cultural.
ii.- Bienes de la Iglesia
Cuando nos referimos a este patrimonio cultural hablamos
de los bienes culturales que la Iglesia,
pueblo de Dios, creó, recibió, conservó y
sigue utilizando para el culto, la evangelización y la
difusión de la cultura. Nos referimos también a
esos bienes culturales que hoy día son testimonio y prueba
de fe, creación artística de los hombres del pasado
y huellas históricas de los avances sociales y las
manifestaciones culturales de nuestras comunidades; a los
monumentos, catedrales, monasterios, santuarios, templos,
archivos, retablos, esculturas, pinturas, utensilios de culto y
otros objetos destinados al culto católico y a la enseñanza del pueblo.
Entendiendo que este patrimonio, aunque de propiedad
jurídica propia y diferenciada, como son las
diócesis, parroquias, casas religiosas, cofradías,
instituto de vida consagrada o sociedades de
vida apostólica, debe su existencia y permanencia a la
comunidad general. Pues, para ella y en muchos casos por ella,
fue concebido y hoy día se mantiene.
Según se pudo conocer es obligatorio para la
Iglesia la realización del inventario de los bienes que
posee con el fin de conocerlos y protegerlos. A tal efecto
existen los convenios de ámbito estatal Iglesia/Estado y
los convenios/acuerdos con las comunidades autónomas.
Acuerdos que establecen entre las funciones de la Iglesia y el
Gobierno la
supervisión conjunta de los programas de
intervenciones y presupuestos,
así como la fijación de los criterios de
catalogación e inventarios de archivos, bibliotecas,
museos y en general del patrimonio
histórico-artístico mueble e inmueble de la Iglesia
católica, inventario a realizarse en el marco de la
normativa vigente.
Ahora bien, existen un sin fin de convenios, acuerdos y
normativas que obligan a la Iglesia y al gobierno a realizar la
labor del inventario, pero ¿en realidad se cumplen las
reglas de juego?,
¿Hasta qué punto la Iglesia permite llegue el
conocimiento de su patrimonio?, ¿El Gobierno o los
responsables directos del inventario han podido cubrir tal
tarea?. Creo que la actividad es bastante compleja, tanto para
el Estado como
para la Iglesia, habría que ver si de aquí en
adelante, aprovechando los avances
tecnológicos y la amplitud de las mentalidades, se
puede acceder con mayor precisión y confianza a este
patrimonio en específico.
iii.- Bienes de pertenencia privada
El patrimonio cultural en manos de un ente
público, un ente privado o un particular con derecho de
propiedad legal, no está exento de ser del
conocimiento del ciudadano común. Pues, los bienes
culturales, además del valor intrínseco que poseen,
representan un conjunto de valores para la historia y la
identidad de la comunidad o sociedad en la cual están
insertos.
Por tanto, éstos representan un carácter
de dimensión social ineludible que convoca tanto la
actuación pública como la privada en torno a
intereses comunes que en sí lo que promueven es la
preservación del patrimonio cultural a lo largo del
tiempo; en este orden de ideas el propietario privado se
considera como un depositario o custodio del bien herencia cultural
de la comunidad y no como el dueño total y absoluto de los
bienes culturales que son huella o testimonio de las
manifestaciones culturales de toda una colectividad.
En el caso de los Bienes declarados de Interés
Cultural, el propietario debe consentir y facilitar su
inspección por parte de los organismos competentes a
efecto de garantizar la conservación o el mantenimiento de
los mismos.
Por lo anteriormente expuesto, se considera que el
inventario de los bienes pertenecientes a particulares, tal vez
se vea limitado al interés de los propietarios, sin
embargo las normativas vigentes, obliga la realización del
inventario para su posterior conocimiento y
difusión.
iv.- Bienes desaparecidos
¿Qué ocurre con estos bienes?
¿Dónde iniciar un inventario sobre estos bienes?
¿Para qué serviría un inventario de lo
desaparecido? ¿Tal vez para definir estrategias en los
proyectos de
investigación arqueológica? ¿Cómo
saber que tal o cual cosa existió en un determinado lugar?
¿Acaso sería un inventario documental? Si
realizamos este inventario ¿cómo lo daríamos
a conocer para que éste sea por lo menos un referente para
los investigadores arqueológicos?
En general, saber de la existencia de un testimonio del
pasado es realmente interesante. Por lo que resultaría de
mucha utilidad contar
con un mínimo de referencia oral, documental,
gráfica o de cualquier tipo que ayude a reconocer y
recrear parte de la historia de una ciudad.
Por tal motivo, se considera que el inventario de
aquellos bienes, que por alguna razón han desaparecido,
debe realizarse mediante investigaciones documentales y de
tradición oral que permitan ubicar la mayor
información posible sobre esos monumentos e iniciar
así el proceso investigativo desde un punto más
específico.
v.- Bienes ubicados fuera del
país
Con relación a esta categoría
habría que decir que la mayoría de las veces han
sido extraídos de forma ilegal de su lugar de origen, y en
su mayoría son piezas arqueológicas que han sido
encontradas en excavaciones realizadas por extranjeros. En este
sentido, nos atrevemos a citar un caso particular de una
colección de numerosos objetos arqueológicos
venezolanos, que se encuentra hoy día en Estados Unidos,
de la cual se tiene razón por un arqueólogo
venezolano que se doctoraba en ese país, y quien propuso
al Instituto del Patrimonio Cultural de Venezuela la
realización de un proyecto de
inventario para que por lo menos en Venezuela se supiera
qué contenía la colección, cómo se
encontró y por qué está en ese
país.
4.- Metodología para abordar el inventario de
Bienes Culturales
a.- Desarrollo de los instrumentos para la
recolección de la información
a.1.- Manuales
Los manuales o instructivos que inducen la
recolección de la información permiten realizar un
trabajo ordenado y sistemático. Estas normativas ayudan a
obtener resultados fiables o confiables para la
realización de los posteriores estudio de
catalogación.
En el caso español se ha podido detectar que las
normas de
cumplimentación para la recolección de la
información son bastante sencillas, lo que quiere decir
que están limitadas a detectar datos muy puntuales o
específicos para el inventario general del patrimonio
cultural mueble.
En el caso específico de los bienes inmuebles
pudimos conocer, que no existe un inventario general. Sólo
están registrados, en una base de datos, los inmuebles
declarados Bien de Interés Cultural.
a.2.- Fichas
Reflejan las líneas que deben guiarnos en la
clasificación y estructuración de la
información para la identificación clara del bien
objeto del inventario. No es un resumen de la información
disponible sobre el bien patrimonial, es un instrumento resumido
para la recopilación de la información que se
quiere obtener.
Es una guía para la identificación y
localización de cuanta información complementaria
existe del bien en su expediente.
Está dividida en diferentes campos con el fin de
no obviar ningún dato sobre el bien que se
inventaría.
La ficha que se utiliza para el inventario del
Patrimonio Histórico Español, está
diseñada con el propósito específico de
recabar la mayor información posible de la exigida en el
reglamento sobre los bienes culturales. Se refiere, según
se señala en las normas de cumplimentación,
"solamente a datos descriptivos, ya que los de
situación jurídica y los de carácter
administrativo son objeto de tratamiento independiente. Posee
campos que deben ser respondidos por obligatoriedad y otros que
son opcionales". Para nosotros esta ficha es bastante
sencilla y demasiado resumida, pues son pocos los datos que a
través de la misma se pueden obtener para plantear
posteriores estudios sobre los bienes culturales.
a.3.- Bases de Datos
Archivo técnico con la estructura
adecuada para reflejar las características de cada uno de
los bienes inventariados.
La sistematización de la información es un
recurso de fácil acceso para el manejo y la gestión
patrimonial. Es una herramienta que permite y facilita la
difusión de la información digitalizada, ya sea a
través del Internet o de otros recursos como el
CD en
módulos especializados o en módulos
temáticos.
b.- Fases de trabajo
La ejecución de un proyecto de inventario exige
la
organización y coordinación de la forma de abordaje del
mismo. Esto permitirá no obviar tareas o lugares a visitar
para la ubicación de los bienes culturales objetos de
estudio. En tal sentido, hemos podido observar que se tienen
siempre presente tres fases inmediatas para esta actividad, a
saber:
b.1.- Trabajo de campo
Definida en tiempo y espacio de acuerdo a la cantidad de
bienes a registrar. Incluye la identificación,
definición y localización de los elementos y
conjuntos a
inventariar, lo que supone un reconocimiento exhaustivo previo de
los bienes culturales que posteriormente permitirá la
selección de un amplio espectro para la
valoración patrimonial.
b.2.- Investigación
documental
Permite la ubicación de información
gráfica, fotográfica y documental o de cualquier
tipo, referida al bien o a los bienes objetos de estudio.
Así como, analizar lo previamente identificado en el trabajo de
campo basándose en parámetros valorativos;
clasificar los bienes según su adscripción
tipológica y en definitiva atribuirle su valor
patrimonial.
b.3.- Automatización de la
información
Está referido al proceso de
sistematización de la información y
digitalización de imágenes
en las bases de datos diseñadas para tal fin.
Los recursos tecnológicos son de fácil
uso, por lo que no necesitan contar permanentemente con personal
especializado difícil de conseguir y de elevado costo.
Además, los datos sistematizados se pueden utilizar para
la organización de los catálogos, el
estudio puntual de un bien y la gestión general. Puede
permitir la difusión multimedia,
así como la vigilancia de los procesos de
conservación y restauración. Asimismo, conforma un
sistema para la
transmisión en red de datos e
imágenes de los bienes culturales inventariados, permite
actualizar constantemente los datos del patrimonio nacional y los
investigadores pueden ubicar información sobre aquellos
bienes que les interesen.
5.- Difusión de
la información
a.- Información restringida
Difundir en su totalidad la información sobre los
bienes culturales que conforman el patrimonio cultural de una
nación no es posible, debido a los saqueos, robos u otros
daños que pueda incentivar en las personas el conocer el
valor de un objeto o bien en particular.
A tal efecto, los especialistas o responsables de los
inventarios definen criterios para la publicación de la
información; considerando que sólo es necesario
para el conocimiento por parte de la comunidad del patrimonio
cultural la denominación del bien y algunos elementos
generales como materia,
técnica y otros datos, dejando como parte de la
información restringida el nombre del propietario, la
ubicación exacta, el valor económico que el bien
pueda representar, a fin de evitar el robo o deterioro al que
pueda estar expuesto el patrimonio cultural en nuestros
días.
b.- Nivel de acceso del público
general
El público general interesado en conocer el
patrimonio cultural tiene dos opciones, una es la
publicación digitalizada a través del Internet la
cual es bastante restringida; y la otra es visitando cada uno de
los monumentos existentes.
No obstante, hay que aclarar que muchos organismos
tienen planteado limitar al público sólo a conocer
aquello que se cree conveniente con el objeto de evitar el
deterioro y desaparición del patrimonio cultural de una
nación.
Tal como se observa nos parece oportuno el criterio
hasta ahora manejado puesto que, a pesar de ser importante que la
ciudadanía conozca el patrimonio cultural de su
país, ésta no está del todo concientizada
para contribuir en un cien por cien en la preservación del
mismo.
En este sentido, se considera que la difusión de
la información sobre los bienes culturales debe ser
restringida tanto en las publicaciones digitales como en las
publicaciones impresas.
c.- Publicaciones digitales
El avance de la tecnología hoy
día es una herramienta de difícil rechazo, por lo
que resulta de mucho interés la realización de
publicaciones digitales sobre el patrimonio cultural para
la
educación de la población en la conservación del
patrimonio. Estas publicaciones pueden manejarse con la
intención de cautivar a niños y
jóvenes quienes serán, el día de
mañana, los responsables del cuidado del legado
patrimonial. A tal efecto, se cree oportuno el diseño de
CD’s educativos para niños en edad de la
enseñanza general básica y media, y en general la
difusión de la mayor información posible en
Internet.
6.- Balance
general sobre la situación del
inventario
La revisión de catálogos, documentos y
bibliografía en
general sobre el inventario del patrimonio cultural, se ha podido
conocer que la Ley de Patrimonio Histórico Español,
señala en su articulado la realización total del
inventario de los bienes muebles e inmuebles del país. Lo
que ha permitido establecer diferentes convenios entre el Estado
y las Comunidades Autónomas, a fin de realizar esta labor
bajo la asesoría del Servicio de
Inventario adscrito a la Subdirección de Patrimonio
Histórico.
No obstante, dada la riqueza patrimonial con la que
cuenta ese país ha sido imposible la culminación
total del inventario, porque siempre van apareciendo nuevos
bienes de singular relevancia o de notable valor
histórico-artístico.
Ante esta situación hay que tener en cuenta que
la elaboración del inventario no ha sido tarea
fácil, primero por la inversión de recursos económicos que
implica y segundo porque no se cuenta con personal suficiente
destinado a esta labor.
Queda claro, para nosotros, que para España el
Inventario de bienes culturales es un instrumento de absoluta
trascendencia para la defensa del Patrimonio
Histórico-Artístico, sin embargo la inmensa
cantidad de elementos patrimoniales que posee este país
hace casi imposible las medidas efectivas de conocimiento y
difusión del mismo.
Por todo ello, el legislador patrimonial ha establecido
una serie de normativas, reglamentos o decretos entre los que
señalan: se proceda a la formalización inmediata
del inventario general del tesoro artístico nacional, para
lo cual serviría como base los catálogos
monumentales existentes, los ficheros de arte antiguo y la
notificación por parte de los particulares poseedores de
bienes patrimoniales.
Pese a estar señalado en todos y cada uno de los
decretos que desde 1911 hasta 1985 se han emitido, esta labor no
se ha cumplido, pues no todos los particulares han podido
participar en la formalización del inventario y no todas
las comunidades autónomas están dispuestas a cubrir
presupuestariamente tan costosa labor.
En el caso venezolano, el Instituto del Patrimonio
Cultural (IPC) creado por mandato de ley el 18 de octubre de
1994, según lo establecido en el artículo 10,
numeral 9 de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio
Cultural, tiene entre sus atribuciones realizar el inventario de
los bienes culturales de la nación. Atendiendo su mandato
inició, mediante el Proyecto Nacional de Inventario, desde
hace aproximadamente 10 años el proceso de
identificación de los valores patrimoniales existentes en
el país. Proyecto que responde al objetivo de
conocer y diagnosticar las condiciones en que se encuentran las
manifestaciones culturales tangibles e intangibles de Venezuela.
Labor que por las mismas razones del caso español no se ha
podido concluir.
7.- Fuentes
consultadas
ALVAREZ A., José L. (1989). Estudios sobre el
patrimonio histórico español y la ley de 25 de
junio de 1985. Madrid:
Editorial CIVITAS, S.A.
ASOCIACIÓN DE CONGRESOS DE CONSERVACIÓN Y
RESTAURACIÓN DE BIENES CULTURALES. Actas del XIII Congreso
de Conservación y restauración de Bienes
Culturales. Lleida, del 18 al 22 de octubre de 2000.
BENAVIDES SOLÍS , J (1999) Diccionario razonado
de bienes culturales. España.
C. S. I. COMISIÓN DEL PATRIMONIO, COLEGIO OFICIAL
DE ARQUITECTOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA CASTELLÓN.
(s/f). La catalogación del patrimonio
arquitectónico en Castellón.
COMISIÓN EPISCOPAL PARA EL PATRIMONIO CULTURAL DE
LA IGLESIA. (2001). Código
del Patrimonio Cultural de la Iglesia. Madrid: Editorial
EDICE.
DÍAZ PADRÓN, Matías. (1975). Museo
del Prado (I): Catálogo de pinturas Escuela Flamenca,
siglo XVII. Madrid: Patronato Nacional de Museos.
DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN /
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y EDUCACIÓN. (1991). Patrimonio
Histórico de Aragón: Inventario
arqueológico. Calamocha.
GARCÍA G., Miguel A. y Puente S., Miguel A.
(1989). Inventario del Patrimonio Artístico y
Monumental de Catambria. Diputación Regional de
Catambria. Tomo I.
GAYA N., Juan A. (1961). La arquitectura
española en sus monumentos desaparecidos. Madrid:
Espasa-Calpe, S.A.
GÓMEZ G., Miguel. (1995). Patrimonio cultural de
Linares: Bases para un inventario. Editorial: Taller de
Historia.
IGNACEN BORAN, Damián. (1991). Diccionario del
Patrimonio Cultural de la Iglesia. Madrid: Ediciones Encuentro.
1era. Edición.
INSTITUTO DEL PATRIMONIO CULTURAL. (1997). Proyecto
Inventario Nacional del Patrimonio Cultural. Plataforma
Conceptual.
JUNTA DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE CULTURA
/ INSTITUTO ANDALUZ DEL PATRIMONIO HISTÓRICO. (1996)
Cuadernos: Catalogación del Patrimonio
Histórico.
MINISTERIO DE CULTURA / DIRECCIÓN GENERAL DE
BELLAS ARTES Y
ARCHIVOS / CENTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN ARTÍTICA,
ARQUEOLÓGICA Y ETNOLÓGICA. (1984). Monumentos
españoles. Catálogo de los declarados
Histórico-Artístico 1844-1953. Tomos I al IV.
Madrid: Tercera edición.
MINISTERIO DE CULTURA, DIRECCIÓN GENERAL DE
BELLAS ARTES Y ARCHIVOS. (1987). Monumentos Españoles:
Catálogo de los Declarados
Histórico-Artísticos 1954-1964. Tomos I al
IV.
MINISTERIO DE CULTURA, INSTITUTO DE CONSERVACIÓN
Y RESTAURACIÓN DE BIENES CULTURALES. (1989). Inventario
artístico de Cáceres y su provincia. Tomos I y
II.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA /
DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES.
(1996). Normalización documental de museos: Elementos para
una aplicación informática de gestión
museográfica.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA,
DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN Y
COMUNICACIÓN CULTURAL. (1998). Normativa sobre el
patrimonio histórico cultural. Madrid: Colección
Análisis y Documentos.
PÉREZ S., Alfonso E. (1977). Museo del Prado
(III). Catálogo de dibujos.
Dibujos españoles s. XVIII. Madrid: Patronato Nacional de
Museos.
PETSCHEN, Santiago. (1996). Europa, Iglesia y
Patronato. Madrid: Biblioteca de
Autores Cristianos.
REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. (2001). Diccionario de la
Lengua Española. España: Vigésima segunda
edición.
RIBOT G., Luis A. (2002). El patrimonio
histórico-artístico español. Madrid:
España Nuevo Milenio.
Autor:
Alesia Martínez
Licenciada en Artes