Monografias.com > Arte y Cultura
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Estudio y elaboración de inventarios del patrimonio cultural




Enviado por Nireibi Herrera



    1. Consideraciones
      generales
    2. Diferencias y similitudes entre
      conceptos
    3. Aspectos a considerar para
      conocer el Patrimonio Cultural
    4. Metodología para abordar
      el inventario de Bienes Culturales
    5. Difusión de la
      información
    6. Balance general sobre la
      situación del inventario
    7. Fuentes
      consultadas

    Introducción

    Hacer una revisión sobre lo que son y han sido
    los procesos de
    inventario
    para el
    conocimiento del patrimonio cultural de una nación
    es una tarea difícil por los aspectos que ella en si misma
    implica. No obstante, y en vista de las circunstancias, ha tocado
    analizar una serie de documentos
    resultados de la labor de registro del
    patrimonio cultural. Tarea ésta que ha permitido, entre
    otras cosas, establecer o más bien reconocer las
    diferentes formas de trabajo que
    pueden implementarse en distintas naciones que persiguen un mismo
    fin: conocer lo que se tiene.

    Actualmente, la mayoría de los países,
    ante la necesidad de conocer, valorar y conservar los restos del
    pasado que conforman el Patrimonio Cultural han establecido un
    sin fin de reglamentos, convenios y demás normativas que
    estimulan y, en muchos casos obligan, la realización de
    proyectos de
    inventario que vayan en pro del conocimiento
    del legado patrimonial con que cuenta cada localidad.

    En tal sentido, países como España y
    Venezuela
    realizan labores de inventario de los bienes
    culturales que poseen con el objeto de sentar bases para su
    estudio y promover el acercamiento del hombre a su
    medio, es decir, para hacer del conocimiento de la ciudadanía en general la importancia que
    tienen los bienes materiales e
    inmateriales que hoy forman parte de nuestro acervo.

    Dicho inventario enfocado en la posibilidad de
    reorientar las intervenciones que sobre los Bienes de Interés
    Cultural se realizan, conlleva a su vez, a la realización
    de catálogos específicos para el mejor conocimiento
    de todo cuanto es significativo para la comunidad.

    Prueba de ello son los innumerables catálogos
    específicos, de los monumentos existentes en cada
    localidad, que en España muy particularmente, se han
    publicado y que en Venezuela actualmente se están
    desarrollando.

    Con estos documentos se pretende entender el significado
    de lo protegido bajo una normativa específica y a la vez
    encauzar las actuaciones necesarias para el mantenimiento
    del bien.

    Queda claro, que el fin de los inventarios no es
    meramente administrativo sino que más bien persigue
    transmitir a las generaciones venideras los valores
    que nos fueron legados y
    constituyen, además una herramienta para el inicio de
    investigaciones que desde el punto de vista
    científico se puedan ejecutar posteriormente.

    1.- Consideraciones
    generales

    Para abordar el tema del inventario se ha querido, ante
    todo, establecer o más bien aclarar para nosotros mismos,
    algunos conceptos que se consideran prioritarios a los fines de
    evaluar las tareas realizadas con relación al proceso de
    conocimiento del patrimonio cultural, entre estos conceptos
    mencionaremos en primer lugar, el concepto mismo de
    patrimonio cultural y en segundo lugar, nos aproximaremos a las
    nociones de Inventario, Catalogación y
    Registro.

    1.a.- Patrimonio Cultural

    Patrimonio noción asociada al paso del tiempo.

    Concepto muy extenso que incluye bienes materiales e
    inmateriales.

    En las lecturas realizadas se han observado diferentes
    formas de denominación del término patrimonio
    cultural.

    Algunos autores hablan de patrimonio histórico,
    otros de patrimonio artístico o patrimonio
    histórico – artístico y algunos de patrimonio
    cultural. Se presta a confusión tantas denominaciones. Sin
    embargo, debido a la amplitud que en si misma engloba la palabra
    cultura se
    optó por utilizar el término de patrimonio
    cultural, puesto que se considera que con esta
    denominación se amplía la visión de los
    bienes que conforman el legado patrimonial. Pues, si bien es
    cierto que las creaciones artísticas forman parte del
    patrimonio y que los monumentos escriben parte de la historia, también lo
    es el hecho de que las costumbres o tradiciones son aspectos
    importantes del patrimonio vivo de una comunidad, y estas
    manifestaciones con cierto carácter histórico por su
    permanencia a través del tiempo, son un componente activo
    del legado patrimonial de cualquier nación.

    Por tal razón, es importante considerar las
    palabras de José L., Alvárez A., (1989) cuando
    afirma, que el interés cultural de un bien no deriva de la
    importancia que posee como testimonio histórico;
    ésta puede ser una de las causas que contribuyen a su
    interés cultural, pero muchas veces su interés
    cultural se deriva también de sus valores
    artísticos, de pensamiento o
    influencia, y para nada de las circunstancias estrictamente
    históricas de ese bien. Por lo que, los fenómenos
    presentes en un bien considerado testimonio del desarrollo de
    las diferentes manifestaciones culturales, movimientos u estilos
    presentes en nuestra historia se pueden inscribir perfectamente
    dentro de una denominación tan amplia como la de cultura.
    Ya que, efectivamente hay tres aspectos predominantes en ese
    conjunto de bienes que son el valor
    histórico, el artístico y el cultural. En este
    sentido, se opta por un solo término, el más
    comprensivo de todos: el de patrimonio cultural.

    En definitiva, asumimos el concepto que la UNESCO en su
    conferencia
    mundial sobre políticas
    culturales llevada a cabo en México en
    1982 estableció: "El patrimonio cultural de un pueblo
    comprende las obras de sus artistas, arquitectos, músicos,
    escritores y sabios, así como las creaciones
    anónimas, surgidas del alma popular,
    y el conjunto de valores que dan sentido a la vida, es decir, las
    obras materiales y no materiales que expresan la creatividad de
    ese pueblo; la lengua, los
    ritos, las creencias, los lugares y monumentos históricos,
    la literatura,
    las obras de arte y los
    archivos y
    bibliotecas"
    .

    Se afirma, entonces, que el patrimonio cultural es el
    conjunto de bienes de considerable valor acumulados por una
    sociedad a lo
    largo de su existencia. Bienes que deben ser protegidos,
    difundidos y conservados como expresión de una cultura
    propia, o lo que es lo mismo, como expresión de la
    identidad
    cultural de una localidad.

    1.b.- Inventario

    Según el Diccionario de
    la Real Lengua Española (2001) Inventario "es el
    asiento de los bienes y demás cosas pertenecientes a una
    persona o
    comunidad, hecho con orden y distinción. Papel o
    instrumento en que están escritas dichas
    cosas".

    Es el primer instrumento de conocimiento, descripción y protección preventiva.
    En muchos casos es conocido como "un instrumento básico
    de control para la
    planificación de una correcta y eficaz
    política
    de protección y difusión del patrimonio
    cultural"
    . (Actas, 1990).

    Según se señala en el manual de
    Normalización documental de museos (1986),
    "la finalidad del inventario general es identificar un objeto
    cualquiera del museo a conocer los fondos del establecimiento con
    independencia
    de su significación científica o artística
    dentro de las colecciones".

    El inventario permite la localización, control e
    información sobre el patrimonio,
    además de una ordenación previa estableciendo
    clasificaciones de los bienes objeto de estudio facilitando, a su
    vez, la realización de cuantos catálogos y
    demás registros sobre
    patrimonio sean necesarios para su conocimiento y plena
    protección y difusión.

    Es una herramienta que permite desarrollar estrategias de
    gestión
    para actuar en torno al
    patrimonio cultural.

    "El inventario constituye un instrumento fundamental
    toda vez que permite conocer, cualitativa y cuantitativamente,
    los bienes que integran el patrimonio de la nación y
    posibilita el diseño
    y planificación de las políticas, normativas y
    acciones
    respectivas" (IPC, 1997: 8).

    En líneas generales, el inventario puede
    considerarse como una herramienta para la gestión
    patrimonial sobre los bienes culturales, ya que a la hora de
    definir las funciones de esa
    gestión, se debe considerar la identificación,
    recuperación y agrupación de objetos y colecciones,
    así como la documentación de los bienes culturales:
    estudios, conservación, difusión, exposición
    pública e interpretación o
    explicación.

    1.c.- Catalogación

    Catalogar, según el Diccionario de la Lengua
    Española, se refiere a apuntar, registrar ordenadamente
    libros,
    manuscritos, etc., formando catálogo de ellos. Por otra
    parte, también hace referencia a la memoria,
    inventario o lista de personas, cosas o sucesos, puestos en
    orden.

    En el Manual de Normalización documental de
    Museos (1986), se señala que la catalogación "es
    dar a conocer los objetos del museo en relación con el
    cuadro artístico, arqueológico o histórico
    del territorio o comarca a que alcanza su área de acción,
    y que convenga a las necesidades docentes y
    científicas del mismo. Tiene por finalidad documentar y
    estudiar los fondos asignados al museo y los depositados en el
    mismo en relación con su marco artístico,
    histórico, arqueológico, científico o
    técnico".

    Asimismo, Jorge Benavides Solís en el Diccionario
    razonado de bienes culturales (1999), señala que "es el
    instrumento administrativo y científico en el que se
    inscriben de forma individual los bienes objetos de tutela, los actos
    jurídicos que les afecten, el régimen de
    protección aplicable, las actuaciones a la que son
    sometidos y los resultados de los estudios realizados sobre
    ellos"
    (p. 36). Definición ésta, bastante
    aceptable a los fines de la difusión del patrimonio
    cultural.

    En síntesis,
    la catalogación es un instrumento de agrupación o
    recopilación de conocimientos sobre una serie de bienes,
    objetos, ámbitos o actividades dotadas de una cierta
    homogenización, al mismo tiempo que es una herramienta
    para el legislador y el administrador
    para atribuir a aquellos bienes un régimen jurídico
    también homogéneo.

    Es además, un listado especializado y razonado de
    elementos u objetos a proteger, clasificados generalmente por
    fichas, las
    cuales contienen los datos e informes
    pertinentes que los caracterizan, valoran y muestran como un bien
    comunitario de merecido reconocimiento.

    1.d.- Registro

    La palabra registrar se refiere a mirar, examinar
    algo con cuidado y diligencia
    . Manifestar o declarar
    mercancías, géneros o bienes para que sean
    examinados o anotados. Contabilizar, enumerar los casos
    reiterados de alguna cosa o suceso.
    (Diccionario de la Lengua
    Española, 2001, Tomo II)

    Por su parte la palabra registro en su acepción
    más amplia hace referencia al conjunto de datos
    relacionados entre sí, que constituyen una unidad de
    información en una base de datos,
    y como bien lo reseña Jorge Benavides (1999), tiene por
    objeto la anotación e inscripción de los actos que
    afecten a la identificación y localización de los
    bienes integrantes del patrimonio histórico
    (p. 157).
    En definitiva es el asiento legal sobre los bienes que conforman
    el patrimonio cultural.

    2.- Diferencias y
    similitudes entre estos conceptos

    Inventario

    Catalogación

    Registro

    El inventario es:

    • Identificación
    • Localización
    • Descripción
    • Clasificación
    • Valoración
    • Protección
    • Realización estudios
      especializados
    • Documento referencial
    • Herramienta de gestión
    • Certificación de la existencia de
      algo

    La catalogación es:

    • Documentación
    • Estudios
    • Promoción
    • Es un instrumento que no requiere conservar
      físicamente el objeto para aumentar el
      conocimiento sobre el mismo

    El registro se refiere al:

    • Asentamiento legal y administrativo de los
      bienes

    En el Diccionario razonado de bienes culturales de Jorge
    Benavides Solís (1999), se reseña que "el
    Inventario y el catálogo son instrumentos que en el
    diccionario parten de un mismo punto: una relación
    individualizada de bienes y, según el número de sus
    componentes de conformación (desarrollo), adquieren
    características propias diferenciables. El primero tiene
    una exclusiva connotación contable y, el segundo
    está enriquecido con la caracterización (tan
    extensa cuanto se quiera) de esos bienes; aquel tiene una
    función
    (inventario) y el catálogo puede ser
    multifinalitario"
    . (p. 108).

    Como puede observarse el inventario, el catálogo
    y el registro son tres procesos de investigación
    diferentes y relacionados entre sí.

    En orden de procesos se tiene que iniciar el
    conocimiento de los bienes con el registro, considerado el primer
    paso para señalar la existencia legal de un bien; en
    segundo lugar, estaría el inventario como proceso de
    conocimiento y estudio general de un bien y por último
    tendríamos la catalogación que estaría
    referida a estudios puntuales sobre los bienes patrimoniales
    declarados o no legalmente. Este proceso genera una cadena de
    conocimiento para la colectividad en general, y como resultado
    podemos tener bases de datos,
    los expedientes patrimoniales, los catálogos de monumentos
    o de las manifestaciones culturales de nuestros países y
    las publicaciones en página
    web.

    3.- Aspectos a
    considerar para conocer el Patrimonio Cultural

    a.- ¿Qué inventariar?, ¿Por
    qué inventariar? y ¿Para qué
    inventariar?

    La labor de inventario del patrimonio cultural, dirigida
    al conocimiento de todos aquellos bienes legados por nuestros
    antepasados está antecedida por una serie de interrogantes
    que en cierta medida, lo que pretenden es definir el inicio de un
    proceso de esta índole. En tal sentido, el qué
    inventariar estará sujeto a todo aquello que por
    referencia oral u escrita presente una característica o
    importancia particular para la comunidad en la cual se
    encuentra.

    La información que del inventario se obtenga
    será para el conocimiento de la colectividad sobre lo que
    se tiene, y permitirá la realización de los
    estudios pertinentes que para la conservación de estos
    bienes es necesaria. En este sentido, es necesario recordar
    algunas ideas sobre lo que son los bienes culturales y sus
    distintas formas de adscripción o propiedad.

    a.1.- Bienes culturales

    Entendemos, a los fines de este estudio, que los bienes
    culturales son todos aquellos bienes materiales e inmateriales
    que conforman el patrimonio cultural. Es decir, tanto los muebles
    como los inmuebles, de interés artístico,
    histórico, paleontológico, arqueológico,
    etnográfico, científico o técnico;
    también el patrimonio documental y bibliográfico,
    los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los
    sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor
    artístico, histórico o antropológico y que
    por su significación e importancia justifican su
    preservación por parte del Estado y la
    colectividad en general

    i.- Bienes de titularidad estatal

    El estado cumpliendo con las normativas establecidas
    tiene la obligación de inventariar todos los bienes
    culturales que conforman el patrimonio histórico –
    artístico para su protección y
    salvaguarda.

    En tal sentido, los bienes incluidos en el Inventario
    General son aquellos que según dice la ley integran el
    patrimonio histórico español
    sin ser declarados Bienes de Interés Cultural pero con una
    singular relevancia, por ser de notable valor histórico,
    arqueológico, científico, artístico,
    técnico o cultural.

    ii.- Bienes de la Iglesia

    Cuando nos referimos a este patrimonio cultural hablamos
    de los bienes culturales que la Iglesia,
    pueblo de Dios, creó, recibió, conservó y
    sigue utilizando para el culto, la evangelización y la
    difusión de la cultura. Nos referimos también a
    esos bienes culturales que hoy día son testimonio y prueba
    de fe, creación artística de los hombres del pasado
    y huellas históricas de los avances sociales y las
    manifestaciones culturales de nuestras comunidades; a los
    monumentos, catedrales, monasterios, santuarios, templos,
    archivos, retablos, esculturas, pinturas, utensilios de culto y
    otros objetos destinados al culto católico y a la enseñanza del pueblo.

    Entendiendo que este patrimonio, aunque de propiedad
    jurídica propia y diferenciada, como son las
    diócesis, parroquias, casas religiosas, cofradías,
    instituto de vida consagrada o sociedades de
    vida apostólica, debe su existencia y permanencia a la
    comunidad general. Pues, para ella y en muchos casos por ella,
    fue concebido y hoy día se mantiene.

    Según se pudo conocer es obligatorio para la
    Iglesia la realización del inventario de los bienes que
    posee con el fin de conocerlos y protegerlos. A tal efecto
    existen los convenios de ámbito estatal Iglesia/Estado y
    los convenios/acuerdos con las comunidades autónomas.
    Acuerdos que establecen entre las funciones de la Iglesia y el
    Gobierno la
    supervisión conjunta de los programas de
    intervenciones y presupuestos,
    así como la fijación de los criterios de
    catalogación e inventarios de archivos, bibliotecas,
    museos y en general del patrimonio
    histórico-artístico mueble e inmueble de la Iglesia
    católica, inventario a realizarse en el marco de la
    normativa vigente.

    Ahora bien, existen un sin fin de convenios, acuerdos y
    normativas que obligan a la Iglesia y al gobierno a realizar la
    labor del inventario, pero ¿en realidad se cumplen las
    reglas de juego?,
    ¿Hasta qué punto la Iglesia permite llegue el
    conocimiento de su patrimonio?, ¿El Gobierno o los
    responsables directos del inventario han podido cubrir tal
    tarea?. Creo que la actividad es bastante compleja, tanto para
    el Estado como
    para la Iglesia, habría que ver si de aquí en
    adelante, aprovechando los avances
    tecnológicos y la amplitud de las mentalidades, se
    puede acceder con mayor precisión y confianza a este
    patrimonio en específico.

    iii.- Bienes de pertenencia privada

    El patrimonio cultural en manos de un ente
    público, un ente privado o un particular con derecho de
    propiedad legal, no está exento de ser del
    conocimiento del ciudadano común. Pues, los bienes
    culturales, además del valor intrínseco que poseen,
    representan un conjunto de valores para la historia y la
    identidad de la comunidad o sociedad en la cual están
    insertos.

    Por tanto, éstos representan un carácter
    de dimensión social ineludible que convoca tanto la
    actuación pública como la privada en torno a
    intereses comunes que en sí lo que promueven es la
    preservación del patrimonio cultural a lo largo del
    tiempo; en este orden de ideas el propietario privado se
    considera como un depositario o custodio del bien herencia cultural
    de la comunidad y no como el dueño total y absoluto de los
    bienes culturales que son huella o testimonio de las
    manifestaciones culturales de toda una colectividad.

    En el caso de los Bienes declarados de Interés
    Cultural, el propietario debe consentir y facilitar su
    inspección por parte de los organismos competentes a
    efecto de garantizar la conservación o el mantenimiento de
    los mismos.

    Por lo anteriormente expuesto, se considera que el
    inventario de los bienes pertenecientes a particulares, tal vez
    se vea limitado al interés de los propietarios, sin
    embargo las normativas vigentes, obliga la realización del
    inventario para su posterior conocimiento y
    difusión.

    iv.- Bienes desaparecidos

    ¿Qué ocurre con estos bienes?
    ¿Dónde iniciar un inventario sobre estos bienes?
    ¿Para qué serviría un inventario de lo
    desaparecido? ¿Tal vez para definir estrategias en los
    proyectos de
    investigación arqueológica? ¿Cómo
    saber que tal o cual cosa existió en un determinado lugar?
    ¿Acaso sería un inventario documental? Si
    realizamos este inventario ¿cómo lo daríamos
    a conocer para que éste sea por lo menos un referente para
    los investigadores arqueológicos?

    En general, saber de la existencia de un testimonio del
    pasado es realmente interesante. Por lo que resultaría de
    mucha utilidad contar
    con un mínimo de referencia oral, documental,
    gráfica o de cualquier tipo que ayude a reconocer y
    recrear parte de la historia de una ciudad.

    Por tal motivo, se considera que el inventario de
    aquellos bienes, que por alguna razón han desaparecido,
    debe realizarse mediante investigaciones documentales y de
    tradición oral que permitan ubicar la mayor
    información posible sobre esos monumentos e iniciar
    así el proceso investigativo desde un punto más
    específico.

    v.- Bienes ubicados fuera del
    país

    Con relación a esta categoría
    habría que decir que la mayoría de las veces han
    sido extraídos de forma ilegal de su lugar de origen, y en
    su mayoría son piezas arqueológicas que han sido
    encontradas en excavaciones realizadas por extranjeros. En este
    sentido, nos atrevemos a citar un caso particular de una
    colección de numerosos objetos arqueológicos
    venezolanos, que se encuentra hoy día en Estados Unidos,
    de la cual se tiene razón por un arqueólogo
    venezolano que se doctoraba en ese país, y quien propuso
    al Instituto del Patrimonio Cultural de Venezuela la
    realización de un proyecto de
    inventario para que por lo menos en Venezuela se supiera
    qué contenía la colección, cómo se
    encontró y por qué está en ese
    país.

    4.- Metodología para abordar el inventario de
    Bienes Culturales

    a.- Desarrollo de los instrumentos para la
    recolección de la información

    a.1.- Manuales

    Los manuales o instructivos que inducen la
    recolección de la información permiten realizar un
    trabajo ordenado y sistemático. Estas normativas ayudan a
    obtener resultados fiables o confiables para la
    realización de los posteriores estudio de
    catalogación.

    En el caso español se ha podido detectar que las
    normas de
    cumplimentación para la recolección de la
    información son bastante sencillas, lo que quiere decir
    que están limitadas a detectar datos muy puntuales o
    específicos para el inventario general del patrimonio
    cultural mueble.

    En el caso específico de los bienes inmuebles
    pudimos conocer, que no existe un inventario general. Sólo
    están registrados, en una base de datos, los inmuebles
    declarados Bien de Interés Cultural.

    a.2.- Fichas

    Reflejan las líneas que deben guiarnos en la
    clasificación y estructuración de la
    información para la identificación clara del bien
    objeto del inventario. No es un resumen de la información
    disponible sobre el bien patrimonial, es un instrumento resumido
    para la recopilación de la información que se
    quiere obtener.

    Es una guía para la identificación y
    localización de cuanta información complementaria
    existe del bien en su expediente.

    Está dividida en diferentes campos con el fin de
    no obviar ningún dato sobre el bien que se
    inventaría.

    La ficha que se utiliza para el inventario del
    Patrimonio Histórico Español, está
    diseñada con el propósito específico de
    recabar la mayor información posible de la exigida en el
    reglamento sobre los bienes culturales. Se refiere, según
    se señala en las normas de cumplimentación,
    "solamente a datos descriptivos, ya que los de
    situación jurídica y los de carácter
    administrativo son objeto de tratamiento independiente. Posee
    campos que deben ser respondidos por obligatoriedad y otros que
    son opcionales".
    Para nosotros esta ficha es bastante
    sencilla y demasiado resumida, pues son pocos los datos que a
    través de la misma se pueden obtener para plantear
    posteriores estudios sobre los bienes culturales.

    a.3.- Bases de Datos

    Archivo técnico con la estructura
    adecuada para reflejar las características de cada uno de
    los bienes inventariados.

    La sistematización de la información es un
    recurso de fácil acceso para el manejo y la gestión
    patrimonial. Es una herramienta que permite y facilita la
    difusión de la información digitalizada, ya sea a
    través del Internet o de otros recursos como el
    CD en
    módulos especializados o en módulos
    temáticos.

    b.- Fases de trabajo

    La ejecución de un proyecto de inventario exige
    la
    organización y coordinación de la forma de abordaje del
    mismo. Esto permitirá no obviar tareas o lugares a visitar
    para la ubicación de los bienes culturales objetos de
    estudio. En tal sentido, hemos podido observar que se tienen
    siempre presente tres fases inmediatas para esta actividad, a
    saber:

    b.1.- Trabajo de campo

    Definida en tiempo y espacio de acuerdo a la cantidad de
    bienes a registrar. Incluye la identificación,
    definición y localización de los elementos y
    conjuntos a
    inventariar, lo que supone un reconocimiento exhaustivo previo de
    los bienes culturales que posteriormente permitirá la
    selección de un amplio espectro para la
    valoración patrimonial.

    b.2.- Investigación
    documental

    Permite la ubicación de información
    gráfica, fotográfica y documental o de cualquier
    tipo, referida al bien o a los bienes objetos de estudio.
    Así como, analizar lo previamente identificado en el trabajo de
    campo basándose en parámetros valorativos;
    clasificar los bienes según su adscripción
    tipológica y en definitiva atribuirle su valor
    patrimonial.

    b.3.- Automatización de la
    información

    Está referido al proceso de
    sistematización de la información y
    digitalización de imágenes
    en las bases de datos diseñadas para tal fin.

    Los recursos tecnológicos son de fácil
    uso, por lo que no necesitan contar permanentemente con personal
    especializado difícil de conseguir y de elevado costo.
    Además, los datos sistematizados se pueden utilizar para
    la organización de los catálogos, el
    estudio puntual de un bien y la gestión general. Puede
    permitir la difusión multimedia,
    así como la vigilancia de los procesos de
    conservación y restauración. Asimismo, conforma un
    sistema para la
    transmisión en red de datos e
    imágenes de los bienes culturales inventariados, permite
    actualizar constantemente los datos del patrimonio nacional y los
    investigadores pueden ubicar información sobre aquellos
    bienes que les interesen.

    5.- Difusión de
    la información

    a.- Información restringida

    Difundir en su totalidad la información sobre los
    bienes culturales que conforman el patrimonio cultural de una
    nación no es posible, debido a los saqueos, robos u otros
    daños que pueda incentivar en las personas el conocer el
    valor de un objeto o bien en particular.

    A tal efecto, los especialistas o responsables de los
    inventarios definen criterios para la publicación de la
    información; considerando que sólo es necesario
    para el conocimiento por parte de la comunidad del patrimonio
    cultural la denominación del bien y algunos elementos
    generales como materia,
    técnica y otros datos, dejando como parte de la
    información restringida el nombre del propietario, la
    ubicación exacta, el valor económico que el bien
    pueda representar, a fin de evitar el robo o deterioro al que
    pueda estar expuesto el patrimonio cultural en nuestros
    días.

    b.- Nivel de acceso del público
    general

    El público general interesado en conocer el
    patrimonio cultural tiene dos opciones, una es la
    publicación digitalizada a través del Internet la
    cual es bastante restringida; y la otra es visitando cada uno de
    los monumentos existentes.

    No obstante, hay que aclarar que muchos organismos
    tienen planteado limitar al público sólo a conocer
    aquello que se cree conveniente con el objeto de evitar el
    deterioro y desaparición del patrimonio cultural de una
    nación.

    Tal como se observa nos parece oportuno el criterio
    hasta ahora manejado puesto que, a pesar de ser importante que la
    ciudadanía conozca el patrimonio cultural de su
    país, ésta no está del todo concientizada
    para contribuir en un cien por cien en la preservación del
    mismo.

    En este sentido, se considera que la difusión de
    la información sobre los bienes culturales debe ser
    restringida tanto en las publicaciones digitales como en las
    publicaciones impresas.

    c.- Publicaciones digitales

    El avance de la tecnología hoy
    día es una herramienta de difícil rechazo, por lo
    que resulta de mucho interés la realización de
    publicaciones digitales sobre el patrimonio cultural para
    la
    educación de la población en la conservación del
    patrimonio. Estas publicaciones pueden manejarse con la
    intención de cautivar a niños y
    jóvenes quienes serán, el día de
    mañana, los responsables del cuidado del legado
    patrimonial. A tal efecto, se cree oportuno el diseño de
    CD’s educativos para niños en edad de la
    enseñanza general básica y media, y en general la
    difusión de la mayor información posible en
    Internet.

    6.- Balance
    general sobre la situación del
    inventario

    La revisión de catálogos, documentos y
    bibliografía en
    general sobre el inventario del patrimonio cultural, se ha podido
    conocer que la Ley de Patrimonio Histórico Español,
    señala en su articulado la realización total del
    inventario de los bienes muebles e inmuebles del país. Lo
    que ha permitido establecer diferentes convenios entre el Estado
    y las Comunidades Autónomas, a fin de realizar esta labor
    bajo la asesoría del Servicio de
    Inventario adscrito a la Subdirección de Patrimonio
    Histórico.

    No obstante, dada la riqueza patrimonial con la que
    cuenta ese país ha sido imposible la culminación
    total del inventario, porque siempre van apareciendo nuevos
    bienes de singular relevancia o de notable valor
    histórico-artístico.

    Ante esta situación hay que tener en cuenta que
    la elaboración del inventario no ha sido tarea
    fácil, primero por la inversión de recursos económicos que
    implica y segundo porque no se cuenta con personal suficiente
    destinado a esta labor.

    Queda claro, para nosotros, que para España el
    Inventario de bienes culturales es un instrumento de absoluta
    trascendencia para la defensa del Patrimonio
    Histórico-Artístico, sin embargo la inmensa
    cantidad de elementos patrimoniales que posee este país
    hace casi imposible las medidas efectivas de conocimiento y
    difusión del mismo.

    Por todo ello, el legislador patrimonial ha establecido
    una serie de normativas, reglamentos o decretos entre los que
    señalan: se proceda a la formalización inmediata
    del inventario general del tesoro artístico nacional, para
    lo cual serviría como base los catálogos
    monumentales existentes, los ficheros de arte antiguo y la
    notificación por parte de los particulares poseedores de
    bienes patrimoniales.

    Pese a estar señalado en todos y cada uno de los
    decretos que desde 1911 hasta 1985 se han emitido, esta labor no
    se ha cumplido, pues no todos los particulares han podido
    participar en la formalización del inventario y no todas
    las comunidades autónomas están dispuestas a cubrir
    presupuestariamente tan costosa labor.

    En el caso venezolano, el Instituto del Patrimonio
    Cultural (IPC) creado por mandato de ley el 18 de octubre de
    1994, según lo establecido en el artículo 10,
    numeral 9 de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio
    Cultural, tiene entre sus atribuciones realizar el inventario de
    los bienes culturales de la nación. Atendiendo su mandato
    inició, mediante el Proyecto Nacional de Inventario, desde
    hace aproximadamente 10 años el proceso de
    identificación de los valores patrimoniales existentes en
    el país. Proyecto que responde al objetivo de
    conocer y diagnosticar las condiciones en que se encuentran las
    manifestaciones culturales tangibles e intangibles de Venezuela.
    Labor que por las mismas razones del caso español no se ha
    podido concluir.

    7.- Fuentes
    consultadas

    ALVAREZ A., José L. (1989). Estudios sobre el
    patrimonio histórico español y la ley de 25 de
    junio de 1985. Madrid:
    Editorial CIVITAS, S.A.

    ASOCIACIÓN DE CONGRESOS DE CONSERVACIÓN Y
    RESTAURACIÓN DE BIENES CULTURALES. Actas del XIII Congreso
    de Conservación y restauración de Bienes
    Culturales. Lleida, del 18 al 22 de octubre de 2000.

    BENAVIDES SOLÍS , J (1999) Diccionario razonado
    de bienes culturales. España.

    C. S. I. COMISIÓN DEL PATRIMONIO, COLEGIO OFICIAL
    DE ARQUITECTOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA CASTELLÓN.
    (s/f). La catalogación del patrimonio
    arquitectónico en Castellón.

    COMISIÓN EPISCOPAL PARA EL PATRIMONIO CULTURAL DE
    LA IGLESIA. (2001). Código
    del Patrimonio Cultural de la Iglesia. Madrid: Editorial
    EDICE.

    DÍAZ PADRÓN, Matías. (1975). Museo
    del Prado (I): Catálogo de pinturas Escuela Flamenca,
    siglo XVII. Madrid: Patronato Nacional de Museos.

    DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN /
    DEPARTAMENTO DE CULTURA Y EDUCACIÓN. (1991). Patrimonio
    Histórico de Aragón: Inventario
    arqueológico. Calamocha.

    GARCÍA G., Miguel A. y Puente S., Miguel A.
    (1989). Inventario del Patrimonio Artístico y
    Monumental de Catambria
    . Diputación Regional de
    Catambria. Tomo I.

    GAYA N., Juan A. (1961). La arquitectura
    española en sus monumentos desaparecidos. Madrid:
    Espasa-Calpe, S.A.

    GÓMEZ G., Miguel. (1995). Patrimonio cultural de
    Linares: Bases para un inventario. Editorial: Taller de
    Historia.

    IGNACEN BORAN, Damián. (1991). Diccionario del
    Patrimonio Cultural de la Iglesia. Madrid: Ediciones Encuentro.
    1era. Edición.

    INSTITUTO DEL PATRIMONIO CULTURAL. (1997). Proyecto
    Inventario Nacional del Patrimonio Cultural. Plataforma
    Conceptual.

    JUNTA DE ANDALUCÍA, CONSEJERÍA DE CULTURA
    / INSTITUTO ANDALUZ DEL PATRIMONIO HISTÓRICO. (1996)
    Cuadernos: Catalogación del Patrimonio
    Histórico.

    MINISTERIO DE CULTURA / DIRECCIÓN GENERAL DE
    BELLAS ARTES Y
    ARCHIVOS / CENTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN ARTÍTICA,
    ARQUEOLÓGICA Y ETNOLÓGICA. (1984). Monumentos
    españoles. Catálogo de los declarados
    Histórico-Artístico 1844-1953. Tomos I al IV.
    Madrid: Tercera edición.

    MINISTERIO DE CULTURA, DIRECCIÓN GENERAL DE
    BELLAS ARTES Y ARCHIVOS. (1987). Monumentos Españoles:
    Catálogo de los Declarados
    Histórico-Artísticos 1954-1964. Tomos I al
    IV.

    MINISTERIO DE CULTURA, INSTITUTO DE CONSERVACIÓN
    Y RESTAURACIÓN DE BIENES CULTURALES. (1989). Inventario
    artístico de Cáceres y su provincia. Tomos I y
    II.

    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA /
    DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES.
    (1996). Normalización documental de museos: Elementos para
    una aplicación informática de gestión
    museográfica.

    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA,
    DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN Y
    COMUNICACIÓN CULTURAL. (1998). Normativa sobre el
    patrimonio histórico cultural. Madrid: Colección
    Análisis y Documentos.

    PÉREZ S., Alfonso E. (1977). Museo del Prado
    (III). Catálogo de dibujos.
    Dibujos españoles s. XVIII. Madrid: Patronato Nacional de
    Museos.

    PETSCHEN, Santiago. (1996). Europa, Iglesia y
    Patronato. Madrid: Biblioteca de
    Autores Cristianos.

    REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. (2001). Diccionario de la
    Lengua Española. España: Vigésima segunda
    edición.

    RIBOT G., Luis A. (2002). El patrimonio
    histórico-artístico español. Madrid:
    España Nuevo Milenio.

     

     

     

    Autor:

    Alesia Martínez

    Licenciada en Artes

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter