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Las Transformaciones Territoriales Fronterizas según la Concepción Ideológica de la Frontera




Enviado por ampa-lt



    Una versión de este
    artículo fué publicado en el Boletín
    Geográfico 21.

    Dpto. de Geografía.Fac. de
    Humanidades.
    Universidad
    Nacional del Comahue. Neuquén 2001.

    1. El concepto de Territorio y
      territorialidad
    2. El concepto de
      norma
    3. Las normas en el
      lugar
    4. El Estado: territorio y
      soberanía
    5. El proceso de
      integración binacional
    6. Estrategia territorial del
      Estado bajo la concepción de frontera
      cerrada
    7. La transición hacia un uso
      integrado: la frontera abierta
    8. Del "área de frontera" a la
      " región fronteriza"
    9. Consideraciones
      finales
    10. Notas
    11. Bibliografía

    Introducción

    El  uso de los espacios fronterizos  en el
    marco de procesos de
    integración fisica y complementación
    económica tienen su propia particularidad. Ella deviene de
    la condición de contener una frontera. Los
    procesos de integración entre dos o más naciones
    tienen la peculiaridad de poner en evidencia las contradicciones
    derivadas de las
    diversas racionalidades que orientaron las estrategias
    territoriales del Estado
    nacional: en épocas  en que la frontera era concebida
    como una divisoria rígida y cerrada  y, en la
    actualidad, en que se la concibe como deseable y necesariamente
    flexible a los efectos de la integración.

    Una y otra racionalidad determinaron un uso territorial
    fronterizo diferente. En el caso de la concepción de
    frontera cerrada,  las acciones sobre
    la frontera se limitaron al control de la
    circulación en general, por cuestiones de seguridad y
    soberanía.

    En consecuencia la idea de integración era
    pensada hacia adentro del país, es decir integrar las
    áreas periféricas con los centros urbanos
    más importantes.  Ello explica -en gran parte- la
    escasa infraestructura vial, de comunicaciones
    y edilicias en los pasos fronterizos, comparada -por
    ejemplo-  con la modernización actual de los mismos
    pasos en el marco del proceso de
    integración entre Argentina y Chile.

    Hasta  mediados de la década del '80
    predominó la idea de frontera de tensión  por
    ello las políticas
    territoriales fronterizas adoptaron la forma espacial de
    áreas de frontera  y/o zonas de seguridad, en los
    bordes de los límites
    fronterizos.

    Este trabajo
    intenta mostrar y demostrar la espacialización territorial
    de las estrategias del Estado según la concepción
    ideológica de frontera. Los recortes territoriales
    denominados "área de frontera" y "región
    fronteriza",  serían la resultante espacial de la
    concepción de frontera cerrada en el primer caso y la de
    frontera abierta en el segundo.

    Cada una de estas perspectivas  conduce a un uso y
    organización fronteriza
    particular.

     El recorte territorial seleccionado para el
    análisis incluye la provincia del
    Neuquén y las Regiones VIII y IX de Chile; se toma como
    caso de estudio la provincia del Neuquén. El
    período analizado comprende desde 1991, año 
    de creación del Comité de Frontera "Región
    de Los Lagos", hasta el año 1995, cuando culmina la
    gestión
    político-administrativa del gobernador
    provincial.

    Dichos recortes se fundamentan en dos hechos: en el
    primer caso,  las jurisdicciones
    político-administrativas citadas constituyen un
    sub-comité a los efectos de la integración. Ello
    significa que en conjunto promueven acciones según las
    particularidades e intereses que las vinculan. En el segundo
    caso, el proceso analizado se institucionaliza en la
    región cuando se crea dicho Comité, como un
    mecanismo para el logro de la integración con Chile y,
    aunque el proceso no finaliza en  1995,  en ese
    año se produce un cambio de
    gestión política, lo que
    supone un cambio de estrategia
    territorial en torno a la
    integración.

     Durante el período `91-`95, la
    gestión de gobierno
    provincial estuvo dirigida a institucionalizar el proceso de
    integración en la región  -es decir, a dar el
    marco legal e institucional en la fase inicial de dicho proceso-
    por lo que su participación y rol en ese período ha
    sido fundacional en primer término y luego gestor de las
    acciones junto a las demás instituciones
    participantes. La nueva gestión de gobierno encuentra un
    proceso en marcha, y el rol que le cabe es continuarlo bajo la
    misma lógica,
    aunque -y éste es el cambio que suponemos- define sus
    propias políticas territoriales.

    No obstante la selección,
    ambos límites no fueron estrictos, ya que las acciones los
    trascienden. En consecuencia, y a los efectos de la mejor
    comprensión del tema , cuando fue necesario se
    avanzó más allá de lo propuesto
    inicialmente.

     El desarrollo de
    esta investigación -abordada desde la
    perspectiva geográfica- dio como resultado colocarnos
    frente a otro problema asociado y directamente relacionado con la
    frontera y sobre el que hay que buscar nuevas teorías: me refiero al concepto de
    soberanía. El mismo constituye un problema ya que los
    procesos de integración conducen a una transferencia
    gradual de soberanía, tal como se la concibe desde la
    formación de los Estados modernos.  Estado y
    soberanía son dos conceptos tradicionalmente asociados y
    junto a ellos también está ligado el 
    territorio,  que es  el soporte físico  con
    límites  determinados que define el ámbito
    dentro del cual el Estado es
    soberano.  A su vez,  la soberanía 
    permanece muy unida a la frontera y aquí es donde emerge
    la contradicción ya que,  los procesos de
    integración demandan fronteras flexibles.

    Ha sido a través del analisis de las normas que
    regulan la circulación interfronteriza la que ha puesto en
    evidencia dicha contradicción. Las normas son el aspecto
    central ha ser modificado para dar lugar a la fluidez de la
    circulación.
     

    El concepto de
    Territorio y territorialidad *

      Previo al
    desarrollo del tema creemos conveniente definir y explicar el
    esquema conceptual utilizado desde nuestra perspectiva
    disciplinar, para abordar el objeto de estudio propuesto.
    Espacio, tiempo,
    territorio, territorialidad y normas son conceptos claves para
    comprender las transformaciones territoriales fronterizas
    según las concepciones ideológicas vigentes en cada
    época.

    El espacio geográfico es espacio social,
    producido por el hombre en
    función
    de sus necesidades e intereses. Las acciones humanas realizadas
    sobre la superficie de la Tierra
    producen modificaciones que quedan registradas en el
    espacio.

    La realidad histórica nos muestra que se ha
    pasado de un espacio en estado natural, sin intervención
    humana, hacia un espacio absolutamente social es decir apropiado
    por el hombre y
    usado, transformado, artificializado, aun cuando esa
    apropiación sea intelectual (pensemos en el
    conocimiento de los recursos
    potenciales de lugares, obtenido a través de la información proporcionada por los satélites).

    Un espacio geográfico concreto en un
    momento dado y con límites precisos, conforma un
    territorio. El mismo es un área delimitada sobre la que se
    ejerce una acción
    de apropiación. Joan Eugeni Sánchez sostiene que
    "si pensamos que, a través de la acción humana, se
    puede dar forma a un territorio, podemos considerar el proceso de
    producción del espacio social como un
    proceso de territorialización" (1). Es decir, la
    territorialidad  igual que el espacio,  también
    es socialmente construida.

    En este sentido, se puede afirmar que dicho proceso
    implica "la afirmación de la influencia o el control sobre
    un área geográfica por parte de una
    organización o un individuo en
    nombre de la
    organización"(2). La delimitación
    cumple la función de demarcación del ámbito
    de acción para "afectar, influenciar y controlar personas,
    fenómenos y relaciones"(3). Ello da lugar a operaciones sobre
    el territorio según lógicas establecidas que
    definen acciones, es decir lógicas que contienen una
    intencionalidad, y que son, por lo tanto,  no
    neutrales.

    A esta afirmación nos conduce Sack cuando
    sostiene que "la territorialidad forma el telón de fondo
    de las relaciones
    humanas espaciales y las concepciones del espacio.

    La territorialidad apunta al hecho de que las relaciones
    espaciales humanas no son neutrales … ellas son el resultado de
    la influencia y el poder, siendo
    la territorialidad la primera forma espacial que adopta el
    poder" (4). Entonces, territorio
    implica posesión, uso y control. La posesión
    está definida por un límite preciso: cuando
    hablamos de territorio nacional necesariamente debe existir una
    línea demarcatoria sobre la que se ejerce el derecho
    inherente al ser Estado-Nación.

    Esa línea es una forma simbólica de
    comunicar a los demás la posesión de una
    porción de la superficie terrestre, ya que ella no es
    tangible ni observable en el territorio, pero existe. Y como tal
    circunscribe el territorio donde el Estado ejerce su
    soberanía. Pero ella no es frontera. El límite es
    una línea y, por lo tanto, no puede ser habitada. Por el
    contrario, la frontera, que ocupa una franja y constituye un
    área, sí lo está y de hecho hay una variedad
    de situaciones, que van desde las no habitadas o escasamente
    habitadas, hasta las muy pobladas en las que se desarrollan
    actividades de intercambio muy intensas (5)

    Taylor afirma -desde la Geografía
    Política- que la región de frontera 
    está orientada hacia afuera pues es una zona de contacto,
    mientras que la línea de demarcación está
    orientada hacia adentro, porque define un límite
    territorial de separación.

    Volviendo a Sack,  se puede decir que la
    territorialidad es una estrategia espacial. Entonces, la
    regulación y control de las actividades, del acceso a la
    tierra, de la
    circulación, de la distribución y localización de los
    sistemas de
    objetos,  requiere de normas que vinculen los objetos y las
    acciones.

    Como estrategia espacial, la territorialidad involucra
    una forma de clasificación por áreas, de acuerdo a
    su especificidad, sobre la que recae también un conjunto
    de normas específicas. Podemos considerar  las
    divisiones en el  interior de un territorio, como mecanismos
    de actuación territorial encaminados a la
    organización y control del mismo. En este sentido es que
    se percibe la frontera como un área en la que confluyen
    acciones ligadas a los procesos de localización,
    movilidad, división, jerarquización y
    funcionalización espacial y acciones que tratan de incidir
    en el territorio de manera que éste se articule
    coherentemente con los objetivos
    globales. En el caso que se analiza estos objetivos globales son
    los que imponen los procesos de integración.
     

    El concepto de
    norma

    Los conceptos incorporados hasta aquí
    -espacio, tiempo, territorio, territorialidad- nos conducen al
    tratamiento de las normas -que constituyen la base de toda
    organización territorial-  como categoría que
    los articula.  El proceso que estamos analizando -generador
    de cambios territoriales- demanda la
    producción de nuevas normas que lo acompañen, pues
    las normas existentes fueron producidas para atender una
    organización territorial fronteriza bajo una lógica
    diferente.

    Por definición una norma expresa lo que una cosa
    debe ser [es el "debe ser"] es decir, expresa la obligatoriedad
    de una acción. Desde el punto de vista jurídico,
    una norma indica una regla de conducta, un
    precepto, una ley. Una norma
    fundamental es el precepto fundante de la validez y la unidad de
    todo un orden normativo; es condición esencial para que un
    conjunto de normas constituya un orden, un sistema, es decir
    que todas ellas puedan ser referidas a una única norma que
    las fundamente, unifique y coordine en sus respectivos
    ámbitos de validez (6)

    Una norma jurídica es la significación
    lógica creada según ciertos procedimientos
    instituidos por una comunidad
    jurídica. Como manifestación unificada de la
    voluntad de esa comunidad, formalmente expresada a través
    de sus órganos e instancias productoras, regula la 
    acción humana en un tiempo y lugar definidos. Así
    prescribe a los individuos, frente a determinadas circunstancias
    condicionantes, deberes y facultades, y establece sanciones
    coactivas cuando éstos no sean cumplidos (7)

    Este concepto de norma tiene su fundamento
    filosófico, ya que desde esa perspectiva una ley es una
    norma que expresa obligatoriedad, sea jurídica o moral o ambas
    al mismo tiempo. El fundamento de esa obligatoriedad puede
    hallarse en la voluntad arbitraria, en el consenso de una
    sociedad o en
    las exigencias de la razón (8). Se aprecia que una
    norma,  entonces,  tiene carácter arbitral derivado de un interés,  por lo que constituye un
    acto de voluntad, detrás del cual existe una
    intencionalidad.

    Si el espacio es el conjunto indisociable de sistemas de
    objetos y sistemas de acciones, el tratamiento de las normas es
    esencial ya que constituyen el nexo o bien la mediación
    entre ambos sistemas. La ejecución de las normas entonces,
    define contenidos territoriales, y ellas remiten al tema central
    de la territorialidad y la acción del Estado en su
    condición constitutiva.

    En el contexto mundial actual es la primacía de
    las normas y la política la que define la racionalidad
    hegemónica, es decir la racionalidad del mercado y de las
    instituciones mundiales (FMI, Banco Mundial,
    etc.). Esas normas conducen a una regulación global,
    tendiente a modernizar los lugares según esa racionalidad.
    En ese movimiento,  el Estado,  a través
    de su acción normatizadora,  media entre ambas
    esferas en procura de eliminar los obstáculos que impidan
    el establecimiento de capitales. Recordemos que la
    soberanía de los Estados no descansa sólo en el
    dominio
    territorial:  también es fundamental en su
    relación con los Estados vecinos el grado de desarrollo de
    su economía.

    Por esta razón,  la modernización de
    las normas aparece en el momento actual como uno de los
    mecanismos para eliminar fricciones. Y esa modernización
    se orienta hacia el logro de una mayor fluidez, de una más
    rápida circulación. Esta es una de las tendencias
    actuales; paralelamente,  aparece otra tendencia a la
    uniformización o unificación de normas
    regulatorias, al menos en la frontera, evidenciándose
    nuevamente ese doble movimiento global y  local. Milton
    Santos nos habla de la dialéctica entre la necesidad de
    fluidez y la necesidad de la norma (9).
     

    Las normas en el
    lugar

    La sociedad está siempre
    espacializándose  entonces  la
    espacialización es un momento de la inserción
    territorial de los procesos sociales. Consecuentemente, es
    lícito afirmar que las normas, producidas por la sociedad
    y  resultado de la acción humana, 
    también se espacializan.

    Ellas quedan registradas territorialmente en el proceso
    de construcción del espacio, a través
    de los objetos que crean y las acciones del hombre contenidas en
    esos objetos. De este modo,  normas y objetos se presentan y
    actúan como un conjunto indisociable.

    Estas normas constituyen formas inmateriales que, 
    al materializarse en objetos geográficos, como
    decíamos, adquieren su dimensión espacio-temporal y
    definen la dinámica social.

    Por su atributo de organizadora y reguladora, ellas
    preceden al sistema de acciones de la sociedad a la vez que son
    generadas por ellas.

    Dado que su función es organizar y regular el uso
    del territorio, es fundamental para nuestra investigación
    el análisis de las normas que rigen la frontera y las que
    regulan el proceso de integración, porque las
    transformaciones que dan origen a una nueva organización
    territorial giran en torno al uso del territorio, bajo otra
    lógica -la lógica de la fluidez y la
    circulación- que trae como consecuencia la necesidad de
    normas funcionales a esa nueva lógica.
     

    El Estado: territorio y
    soberanía

    El Estado cumple un papel relevante
    en la apropiación, el uso, el control y la
    regulación del territorio. Si aceptamos junto con
    Sánchez  que el intercambio económico
    está en la base de la conquista, apropiación y
    colonización de otros territorios, se pone en evidencia
    que el Estado es la unidad de gestión más
    dinámica que participa de un gran juego que
    tiene lugar a escala
    mundial (10)

    Así,  el Estado,  dentro de sus
    fronteras y bajo una perspectiva que Taylor denomina
    "hacia adentro", resguarda sus derechos territoriales y su
    nacionalidad a
    la vez que establece vínculos con la sociedad civil y
    las actividades económicas existentes dentro de su
    territorio. Por otro lado,  desde una perspectiva "hacia
    afuera" establece compromisos geopolíticos con otros
    Estados o alianzas de Estados (11), dentro del sistema
    interestatal del cual forma parte.

    Es decir el Estado opera en ambas esferas.

    Ambas perspectivas se vinculan con lo que Gottmann
    denomina las dos funciones
    básicas  del Estado territorial: seguridad y
    oportunidad. La primera se relaciona con los orígenes del
    sistema interestatal (siglo XVIII) y la segunda, con el mercado
    mundial. La perspectiva "hacia adentro",  relacionada
    con  la seguridad,  no depende exclusivamente del
    reconocimiento de la soberanía de los Estados: 
    también "requiere estar al mismo nivel que los Estados
    vecinos en términos económicos" (12)

    En este sentido,  la búsqueda de incrementar
    la acumulación de riquezas en el territorio llevó a
    la aplicación de políticas de desarrollo en torno a
    la economía, y con ello la búsqueda de una
    posición en la economía-mundo. Desde la perspectiva
    "hacia fuera",  el territorio aparece como la plataforma
    para entablar relaciones
    internacionales y la soberanía le da legitimidad, pero
    sólo si es reconocida por los otros Estados en el marco y
    según las normas del sistema interestatal. La
    soberanía sólo es reconocida si el Estado tiene
    pleno y efectivo control del territorio, es decir seguridad
    interior y oportunidades económicas.

    El significado moderno de territorio está ligado
    con el concepto legal de soberanía; cada Estado es
    soberano en su territorio y ello le otorga legitimidad ante los
    otros Estados y capacidad internacional en la
    economía-mundo. Componentes necesarios de la
    soberanía de los territorios son las líneas de
    frontera, ya que la soberanía debe tener límites.
    "Un mundo de Estados soberanos es un mundo dividido por
    líneas fronterizas" (13). Desde nuestra
    perspectiva, tal como venimos afirmando, la línea que el
    autor denomina fronteriza es para nosotros el límite
    perimetral de un territorio, en tanto que la frontera es un
    área.

    La existencia del Estado es imprescindible en la
    economía-mundo, ya que existen muchos Estados pero una
    sola economía, por lo que cada fragmento de ella tiene
    relación con un Estado soberano particular.

    También la soberanía guarda
    relación con el poder que ejerce el Estado, única
    institución que tiene el poder formal sobre un territorio
    soberano, pero un poder que tiene su fundamento -en sentido
    general- en la base material generada por la acumulación
    de capital en su
    territorio, es decir generada por las condiciones que ofrece el
    Estado -a las empresas
    transnacionales- para la acumulación del
    capital.

    Según Giddens (14), un aspecto de la
    naturaleza
    dialéctica de la mundialización es el "tira y
    afloje" entre las tendencias hacia la centralización inherente a la reflexividad
    del sistema de Estados por un lado, y la soberanía de
    Estados particulares por otro  -reflexividad entendida como
    la examinación constante de las prácticas sociales
    y su reformulación a la luz de nueva
    información sobre esas prácticas, que de esa manera
    alteran su carácter constituyente-. La acción
    concertada entre países disminuye la soberanía
    individual de la nación
    implicada en algunos aspectos;  sin embargo, al combinar su
    poder aumenta su influencia dentro del sistema de
    Estados.

    El proceso de integración que se analiza se mueve
    en las dos esferas mencionadas al principio: una,  interna,
    que  establece vínculos con la sociedad civil y las
    actividades económicas en función de la
    integración física y la
    complementación económica, sin descuidar los
    derechos territoriales y su nacionalidad.
    La esfera externa establece compromisos geopolíticos
    binacionales de acuerdo mutuo. El Estado,  a través
    de sus instituciones,  comanda este doble
    movimiento.

    Para interpretar el rol del Estado en ambas esferas es
    preciso verlo en términos del "control coordinado que
    ejerce sobre determinadas áreas territoriales"
    (15).En este caso, 
    sobre la frontera, ya que le compete directamente al Estado
    ejercer el control  por cuestiones de
    soberanía.

    Desde esta perspectiva es fundamental analizar la
    acción del Estado en el marco del proceso de
    integración, pues a través de las instituciones que
    atienden la frontera  regula el uso y control de la misma
    por medio de normas específicas.

    Es decir define una estrategia espacial,  y con
    ella,  un principio de organización territorial
    fronteriza. La delimitación de áreas de frontera,
    las normas que la rigen y la organización territorial
    resultante son la expresión concreta de dicha
    estrategia.
     

    El proceso de
    integración binacional

    En términos
    generales la integración puede asumir diversas formas y
    grados según el alcance. Esta puede ser económica,
    cultural, física, regional. En el caso de Neuquén
    estamos ante una proceso de integración física en
    marcha, que puede o no culminar en situación de integración
    económica. De hecho se está ante un proceso de
    integración física y en este sentido se orientan
    las múltiples acciones que derivan en el dictado de normas
    y en la elaboración de proyectos
    tendientes al logro de la integración física y
    cooperación económica y con ello la
    redefinición de un nuevo uso del territorio.

    El marco legal que sostiene al proceso que se analiza
    quedó formalizado con la firma del Tratado de Paz y
    Amistad
    concertado entre Chile y Argentina en 1984. Posteriormente fue
    aprobado por Ley 23.172 ,  norma fundamental sobre la que se
    inició el nuevo proceso de integración y en 
    la que se materializa el impulso político dado por ambos
    Estados.

    Con ello una nueva norma se incorporó al
    territorio, como instrumento legal para cumplir la función
    de regular y normar la organización territorial, bajo esta
    nueva lógica. En el marco de esta normativa -y mucho antes
    de crearse el Comité de Frontera "Región de los
    Lagos"- comenzaron las acciones que luego serían
    continuadas por esta institución como veremos.

    Si bien es cierto que la iniciativa  está
    expresada en sentido amplio -ya que plantea la
    intensificación económica e integración
    física- las acciones previstas en el mismo Tratado remiten
    estrictamente a lograr resultados en materia de
    integración. Ello hace que la frontera adquiera
    relevancia, como ámbito necesario para tal fin  y que
    en relación al movimiento global  de
    integración binacional, es condición para 
    alcanzar  el  objetivo entre
    ambas naciones. De allí que el efecto inmediato de las
    acciones se localice en la frontera. Si bien el objetivo e
    interés de los respectivos gobiernos -para las partes de
    ambos países- es lograr la integración regional, es
    decir vincular  un área integrada por provincias y
    regiones y construir una nueva región, las acciones que
    gestionan dicho proceso se espacializan en el subespacio
    fronterizo. Estos, además,  tienen la particularidad
    de ser ámbitos de aplicación de regímenes
    jurídicos especiales y de políticas de frontera que
    exceden lo exclusivamente económico. Por su
    condición de frontera entonces  y su función
    primordial, han sido tradicionalmente los espacios más
    sensibles a los cambios operados a nivel nacional, tanto
    políticos como económicos.
    Como frontera de integración es posible -y de hecho
    así ocurre como se verá- diseñar acciones y
    normas sobre la base de la especificidad propia del área
    de frontera, es decir no sólo según las formas
    naturales y el contenido técnico de las mismas sino
    también por su contenido normativo. La aparición
    del Comité de Frontera, como forma jurídica que
    atiende los aspectos típicamente fronterizos, es una
    manifestación de la especificidad de la frontera en
    este  nuevo esquema. De hecho el Comité cuenta con
    una jurisdicción propia y las normas que lo rigen tienden
    a unificarse en todo el ámbito de su
    jurisdicción.

    El cambio de estrategia espacial está expresado
    en la norma fundamental y va acompañado del cambio de
    concepción de frontera que dicho proceso requiere, la
    misma debe ser concebida como frontera de unión y
    apertura, como se dijo anteriormente, abandonándose la
    concepción de frontera como algo rígido a
    desarrollar e integrar sólo "hacia adentro". Este cambio
    de concepción de frontera es una condición para la
    integración, aunque ello no implica el abandono de una
    política de integración también hacia
    adentro.

    La integración constituye un proceso que induce
    necesariamente a transformaciones territoriales, ya que
    "integrar" significa dar unidad a algo. En ese sentido
    "integración física" significa unir
    físicamente dos territorios nacionales que constituyen
    unidades físico políticas separadas, organizadas
    bajo una lógica nacional. Sería conveniente
    referirnos al uso de estos territorios por parte del Estado,
    según la ideología que domina la frontera, pues de
    ella depende la función asignada -sea de 
    separación o unión -,  y con ello comprender
    la organización territorial  según cada 
    perspectiva.
     

    Estrategia territorial
    del Estado bajo la concepción de frontera
    cerrada

      En función de la
    soberanía, la frontera rígida -de
    separación, oposición y diferenciación-
    cumplió el rol de gestar y consolidar el hecho
    nacional,  durante el largo tiempo que va desde la
    formación de los Estados-Naciones (en el caso
    latinoamericano) hasta el inicio de los años '80 (para el
    caso argentino). El Estado nacional,  bajo esa lógica
    y  a través de las instituciones públicas de
    injerencia en la frontera, definió políticas
    territoriales de regulación y control fronterizos. En este
    sentido,  la estrategia política en la
    dimensión espacial del Estado fue delimitar una zona, que
    denominó  "Zona de Seguridad de Fronteras" (Ley
    15385, 1944). Ellas fueron concebidas como potencialmente
    conflictivas desde el punto de vista geopolítico, por ello
    el Estado interviene en la defensa y seguridad  de las
    mismas.

    El propósito inmediato fue "argentinizar" esas
    porciones territoriales y por esa vía resguardar su
    soberanía y la integración física, bajo la
    perspectiva nacional "hacia adentro" de la que nos habla
    Taylor (16). Sobre ellas
    ejerció un riguroso poder de policía especialmente
    sobre la radicación extranjera, sea de capital o personas,
    en particular las provenientes de países
    limítrofes, como también la inhibición al
    acceso a la propiedad
    inmobiliaria (17). Por ejemplo se
    establece que los argentinos naturalizados y extranjeros
    originarios de países limítrofes o no
    limítrofes deben solicitar autorización para la
    adquisición de bienes
    inmuebles de naturaleza rural y para la explotación de
    permisos y concesiones en la zona de seguridad,  y cumplir
    con requisitos para la aprobación del pedido según
    la categoría a la que pertenezcan.

    La norma establece que en los departamentos
    Lácar, Los Lagos y Collón Curá -de la
    provincia del Neuquén- se requiere un año en
    ejercicio de la ciudadanía cuando el solicitante es
    naturalizado proveniente de países no limítrofes o
    limítrofes no colindantes (18). Para los originarios de
    país limítrofe colindante se requieren cinco
    años y  los  extranjeros originarios de
    países no limítrofe o limítrofe no
    colindante, deben tener  cinco años de residencia
    permanente en el país. Por último a los 
    extranjeros de país limítrofe colindante se les
    exige  veinte años de residencia permanente.
    Nótese que este requisito limita el acceso de las inversiones en
    inmuebles y explotaciones,  ya que pocos serían 
    los extranjeros inversionistas que cuenten con tantos años
    de residencia permanente, en especial a partir del inicio del
    proceso de integración en el año 1984. 
    (cartograma  Nro. 4)

    En los departamentos Chos Malal, Huiliches, Minas,
    Picunches, Aluminé, Ñorquín, Zapala,
    Pehuenches y Loncopué es más permisible el acceso a
    la propiedad y al uso del suelo. Así
    lo demuestran los requisitos de ejercicio de ciudadanía y
    de residencia permanente. Para el caso de los extranjeros de
    país limítrofe, colindante con la propiedad que se
    desea adquirir, los veinte años de residencia permanente
    que se requieren para el grupo de
    departamentos anteriores, en éstos se reduce a ocho
    años.

    Quedan exceptuados de este requisito todas las
    localidades urbanas del segundo grupo de departamentos y del
    departamento Collón Curá del primer grupo. Quiere
    decir que, cualquiera sea el origen y condición de
    colindancia de los extranjeros o naturalizados, pueden adquirir
    inmuebles para cualquier uso en las ciudades de las zonas de
    seguridad, no así en las zonas denominadas
    rurales.

    También se exceptúan los contratos
    atípicos de transferencia de derechos
    reales de uso y habitación de inmuebles destinados a
    la actividad  turistica.

    Esta estrategia que señalamos y que proviene del
    año 1944, fue ratificada por la Ley 12.913 del año
    1951, lo que indica la continuación de la 
    misma.

    A partir de 1970 con base en la misma concepción
    de áreas potencialmente conflictivas, se generaron nuevas
    normas y acciones para lograr la seguridad a través del
    desarrollo. En ese sentido se crearon nueve "áreas de
    frontera" dentro de las "zona de frontera" del país,
    definidas como las áreas más críticas, "que
    por su situación y características especiales,
    requieren la promoción prioritaria de su desarrollo"
    (art.3, Ley 18.575/70).

    Con  este esquema de "áreas de frontera" el
    Estado nuevamente  pone en evidencia su estrategia
    integracionista "hacia adentro", sostenida por la lógica
    del potencial conflicto. Por
    eso, las acciones que recayeron sobre estas áreas
    tenían como finalidad desarrollar
    económicamente  aquellas porciones territoriales
    limítrofes, poco pobladas debido al aislamiento y al
    escaso desarrollo
    económico. Por esta vía,  el Estado
    buscaba asegurar  el control de todo el territorio
    para  consolidar la seguridad.

    En general,  estas políticas quedaron 
    en el  nivel del discurso y la
    retórica, con un fuerte contenido ideológico pero
    sin sustento práctico, excepto en un tramo del gobierno de
    facto del período 1975-1983 bajo la doctrina de la
    seguridad nacional que caracterizó a ese proceso
    político. Según Lidia Sejas (op. cit.), los
    recursos económicos e institucionales aplicados para
    lograr el objetivo fueron de poca relevancia y los resultados
    fueron magros.

    Aquella  política de frontera fue de corta
    duración (1970-1986); no obstante,  perduró la
    lógica de integración a través del
    desarrollo,  ya que en el año 1987 se delimitan
    nuevas jurisdicciones territoriales para el régimen de
    área de fronteras (Decreto 1182/87) y en 1988 por medio de
    la decisión expresa en la Ley de Defensa Nacional
    23.554/88,  se privilegia el uso del territorio a ciudadanos
    argentinos. Lo llamativo es que el país ya había
    iniciado su proceso de integración con Chile vía un
    Tratado de Paz y Amistad, que como se ha dicho, se propuso
    intensificar los vínculos entre ambas naciones.
     

    La transición hacia
    un uso integrado: la frontera abierta

    Iniciado el
    proceso de integración que se analiza,  la frontera
    asume un nuevo rol y la lógica que acompaña a este
    proceso concibe una frontera de unión y apertura, 
    que adquiere relevancia porque condiciona la integración
    -como ya dijéramos. Es decir, una frontera cerrada,
    rígida, de oposición,  contradice la propia
    lógica de integración. Integrar es unir, al menos
    desde la perspectiva del uso territorial,  y ello implica
    adecuarse a una nueva lógica, una lógica de
    apertura que permita interacciones fronterizas más fluidas
    y flexibles.

    Algunas acciones ejecutadas en  1994
    señalarían el inicio de la marcha hacia el logro de
    esos objetivos. Un ejemplo de ello sería la
    derogación del citado decreto 1182 , con lo cual se
    liberan del control de radicación importantes porciones
    territoriales.

    Además se procedió a la unificación
    de los límites de las áreas de frontera y zona de
    seguridad, con lo cual una de las instituciones de control deja
    de  cumplir sus funciones en estos ámbitos. Al mismo
    tiempo se procede a reducir los límites del área de
    frontera (Decreto 887) circunscripta en nuestra unidad de
    análisis al sector noroeste de Neuquén  que se
    denomina área de frontera Chos Malal, conformada por
    partes de los  departamentos  Picunches,
    Loncopué, Ñorquín, Minas y Chos Malal, como
    se aprecia en el cartograma Nro. 2. Se mantienen las facultades
    de competencia de la
    Superintendencia Nacional de Fronteras como institución de
    control fronterizo. Dos años más tarde,  se
    disuelve dicha institución, y en consecuencia,  las
    áreas de frontera para el desarrollo pasan a depender del
    Ministerio de Economía de la Nación (19).

    En todo este proceso de cambios, esta
    transformación puede considerarse sustantiva.
    Efectivamente, la existencia de esa norma regulatoria (Res.
    1182), de aplicación en casi la totalidad del territorio
    neuquino, fue opuesta al movimiento de apertura e
    integración física. Ello se pone en evidencia
    cuando comparamos los objetivos del Tratado de Paz y
    Amistad,  por un lado,  y los objetivos de la
    Resolución 1182 por otro. El primero fomenta la
    integración física mientras  que el segundo
    -llamativamente- resguarda porciones territoriales más
    amplias según se puede apreciar en el cartograma
    correspondiente.

    Desde las normas se mantuvo el control del uso del
    territorio fronterizo y de la adquisición de bienes
    localizados en esos ámbitos. Las modificaciones normativas
    acordes al requerimiento del proceso de integración en
    este aspecto, giraron en torno a la desburocratización del
    trámite de solicitud de autorización,
    manteniéndose el espíritu de preservación de
    lo nacional en dichos subespacios, según se desprende del
    análisis comparativo entre las normas actuales y las
    derogadas.

    Ello se aprecia en las últimas disposiciones,
    cuyo objetivo está dirigido a acelerar los trámites
    de autorización de radicación a través de la
    implementación del "trámite abreviado", pero
    manteniendo mecanismos restrictivos para el uso del
    territorio (20).

    Para flexibilizar esa norma se determinó el grado
    de argentinización alcanzado en cada zona de seguridad,
    teniendo en cuenta el volumen de
    población de cada  departamento
    asentado en las zonas de seguridad y en comparación con la
    población de las regiones chilenas colindantes.

    Esto,  con el fin de establecer el grado de
    presión
    demográfica de dicha población y las
    interinfluencias resultantes del grado de desarrollo
    socioeconómico relativo entre la zona de seguridad y la de
    aquel país (21)(22). Esto permite pensar la
    persistente relación entre frontera y  seguridad o
    -en términos más generales-  entre frontera y
    geopolítica.

    En síntesis,
    podría decirse que la organización espacial
    fronteriza resultante de la lógica de frontera cerrada se
    modeló sobre la base de relaciones unidireccionales: desde
    la frontera al resto del país, o desde los centros
    hegemónicos regionales o nacionales hacia la frontera, sin
    trascenderla. Bajo esta lógica se comprende la
    insuficiencia de pasos equipados y aún el cierre de otros
    que permitían una fluida relación
    interfronteriza.
      Si analizamos el proceso de modernización o
    adecuación normativa a las exigencias del proceso que se
    analiza, nuevamente se pone en evidencia las contradicicones que
    dicho cambio de concepción produce.  Esto
    también permite poner al descubierto la multiplicidad de
    instituciones e intereses que recaen y  atienden  la
    frontera.

    Así podemos citar, entre otros, el Ministerio de
    Defensa de la Nación, quien a través de la
    Superintendencia Nacional de Fronteras -Comisión Nacional
    de Zonas de Seguridad- emite las normas de seguridad, control y
    uso del territorio fronterizo por cuestiones de soberanía,
    preservándolos para el uso nacional por medio de
    mecanismos selectivos, como hemos señalado
    precedentemente. Al mismo tiempo,  la Cancillería
    tiene injerencia en la frontera ya que a ella le compete la
    aprobación de las acciones vinculadas a la
    integración fronteriza, en el marco del proceso global de
    integración. Del mismo modo,  el Ministerio del
    Interior  regula la circulación de personas a
    través de la oficina de
    Migraciones.

    Son precisamente estas transformaciones del cuerpo
    normativo y las contradicciones que genera, los ritmos de
    concreción de esas acciones y la existencia de un espacio
    previamente orga-nizado,  lo que da especificidad al proceso
    de integración cuando las acciones recaen en los
    ámbitos fronterizos. La nueva lógica de frontera
    abierta exige de una nueva organización territorial
    -funcional al proceso global de integración-, que se
    construye sobre un territorio fronterizo previamente organizado
    bajo la lógica de fronteras cerradas, funcionando hacia
    adentro del país.

    En ese encuentro se producen fricciones y
    contradicciones,  ya que a nivel global se propone la
    integración pero en el nivel regional -provincial o local-
    desde la norma que regula la frontera se persiste en la defensa
    nacional y la integridad territorial.  La dinámica de
    este "conflicto" es la que da origen y concreta la nueva
    organización territorial y  lo que moviliza el
    proceso social de organización espacial.
     

    Del "área de
    frontera" a la " región fronteriza"

    En nuestra
    área de estudio, el proceso de apertura se concretó
    en 1991 cuando se firmó el acta de constitución del Comité de Frontera
    Región de Los Lagos, en presencia del presidente de
    Argentina, los ministros de Relaciones Exteriores de ambas
    naciones,  los cónsules regionales de Argentina y
    Chile, los  gobernadores de las provincias
    patagónicas y los intendentes de las regiones chilenas
    integrantes de la región. (cartograma Nro. 3)

    Con ello quedó definida una nueva región
    para la integración, en el marco del proceso de
    integración binacional.  La región fronteriza
    así definida es concebida desde una perspectiva
    económica y política, cuya particularidad es la de
    ser objeto de uso de ambas naciones es decir, las
    políticas que recaen sobre ella y la función
    asignada son de origen bi-nacional.

    La relevancia que adquiere este tipo de región
    -en relación al movimiento de integración- conduce
    a que la región predomine por sobre las áreas de
    frontera, las que han sido definidas ahora por su posición
    geográfica, es decir, por su situación de
    colindancia con el país trasandino.

    El predominio de la región se pone en evidencia
    en los objetivos asignados al Comité de Frontera, ya que
    su función es promover y agilizar la concreción de
    todas las acciones tendientes a profundizar la integración
    subregional y fronteriza. Para ello cuenta con una
    jurisdicción propia de alcance regional, a los fines de la
    integración, comprendida por las provincias
    patagónicas argentinas de Neuquén, Río Negro
    y Chubut y las Regiones VIII, IX, X y XI de Chile 
    (cartograma Nro.1).

    Para poder operar con mayor agilidad, el Comité
    de Frontera se subdividió en dos subcomités:
    uno,  integrado por las provincias de Río Negro y
    Chubut y las regiones chilenas X y XI;  y el segundo, 
    por la provincia de Neuquén y las regiones VIII y
    IX.

    La nueva lógica que acompaña al proceso
    -expresada explícitamente en la norma fundamental que lo
    regula -  parte de la eliminación de la hipótesis de conflicto y arrastra con ello
    necesariamente un cambio en la concepción de frontera. En
    efecto, se trata de un acuerdo de Paz y Amistad que establece
    relaciones amistosas que la frontera no debe obstaculizar,
    según establece la norma.

    Desde esta perspectiva, las acciones en torno al
    objetivo de la integración se direccionaron en primer
    término al acondicionamiento de los pasos fronterizos,
    considerados desde esta lógica como funcionalmente
    deficientes. El equipamiento de servicio de
    los pasos priorizados, las obras de infraestructura vial, la
    búsqueda de agilizar la circulación fronteriza y de
    asegurar la apertura permanente, constituyen una expresión
    de aquel cambio de lógica.

    En general, se pudo apreciar a través del
    análisis de las actas de funcionamiento del Comité
    que éste busca generar nuevas normas para el
    tránsito de personas, mercaderías y
    vehículos. Esto refleja la existencia de un control muy
    burocrático en el sentido del doble control a ambos lados
    de la frontera. La búsqueda de la unificación de
    normas de control tiende, precisamente, a facilitar la fluidez.
    La modificación de estas normas es la más lenta,
    debido a la diversidad de instituciones que participan de la
    regulación del tránsito fronterizo: la Aduana, las
    instituciones que regulan lasmigraciones, el transporte, la
    seguridad interior, detrás de las cuales hay un aparato
    estatal todavía fuertemente burocratizado.

    Por otra parte, la construcción de
    infraestructura vial y el equipamiento edilicio y de
    comunicaciones no sólo surgen como propuestas sino que son
    los emprendimientos que efectivamente están cambiando la
    fisonomía de la frontera y con esto la función de
    facilitar el acceso a los pasos fronterizos.

    El objetivo primordial  sobre este espacio es
    homogeneizar el uso del territorio a través de su
    integración física. El proceso parte, en primer
    término, del acondicionamiento de las vías de
    comunicación preexistentes para crear
    nuevas condiciones de circulación, según hemos
    apreciado.

    Las inversiones públicas de ambos países
    en la región, en el marco del Plan Maestro de
    Pasos Fronterizos, así lo demuestran. Las inversiones
    recayeron prioritariamente en los pasos Cardenal Samoré y
    Pino Hachado, que comunica con las Regiones Chilenas X, IX y VIII
    respectivamente. El último de los pasos, 
    efectivamente,  se pavimentó del lado argentino
    casi  totalmente pero aún no se culminó la
    obra del lado chileno.

    Asegurar la accesibilidad permanente de los pasos
    implica inversiones no sólo en la pavimentación de
    caminos de acceso a la frontera y secundarios, sino
    también en la construcción de puentes, enripiado de
    caminos y calzadas, culminación de empalmes, movimiento de
    suelos, alambrado
    delimitador de ruta, alcantarillado (obras ya ejecutadas y
    algunas aún en ejecución, al año 1995) para
    incorporar así al territorio una infraestructura vial
    más eficiente. Las obras sobre el río Malleo y el
    rediseño del tramo vial permitieron -por ejemplo-  un
    mejor acceso al paso Tromen desde Neuquén.

    La red vial y férrea
    priorizada guarda estrecha relación con la rentabilidad
    y  está asociada con el uso integrado de los recursos
    más valiosos. Sin embargo, también se convierte en
    la clave para la circulación de mercancías, ya que
    permite la vinculación interoceánica
    Atlántico-Pacífico a través del proyectado
    corredor bioceánico. Según puede apreciarse en el
    cartograma Nro. 5 , al trascender el ámbito fronterizo,
    dichos pasos permiten la conexión portuaria
    Talcahuano,   sobre el Pacífico, con el puerto
    San Antonio
    Este sobre el Atlántico o bien Ingeniero White -si
    éste fuera priorizado- todos a través del paso Pino
    Hachado.

    Por el paso Cardenal Samoré, el área
    más cercana de vinculación portuaria comprende la
    provincia de Neuquén desde Pino Hachado hacia el Sur, con
    el puerto de Corral en la provincia de Valdivia (X
    Región), permitiendo también la eventual
    vinculación interoceánica con el puerto rionegrino,
    por el sur.

    También obliga a dotar al lugar de sistemas
    técnicos funcionales a la circulación, tales como
    sistemas informáticos de control fronterizo, sistemas de
    enlaces de comunicación telefónicos internacional y
    sistemas radioeléctricos interfronterizos. En agosto del
    año 1996, se produjo el primer llamado a licitación
    internacional para informatizar los puestos fronterizos
    argentinos, en el contexto de la modernización del
    sistema de
    información (23).

    Respecto de los sistemas radioeléctricos
    interfronterizos, desde 1994 los pasos fronterizos habilitados -a
    excepción de Hua Hum- cuentan con sistema de
    intercomunicación por radio en
    frecuencia VHF (24)  lo que permite la
    vinculación entre los puestos de control interfronterizo.
    A través del sistema de radio de alta frecuencia HF los
    puestos fronterizos argentinos están conectados con sus
    respectivas cabeceras localizadas en la provincia del
    Neuquén y ellas con la central nacional de
    Gendarmería localizada en Buenos
    Aires.  Este sistema también permite la
    comunicación vía correo
    electrónico entre las cabeceras y la central.
    (cartograma Nro. 5)

    Asimismo,  se ha incorporado el sistema de enlace
    telefónico en todas las localidades y parajes del
    ámbito cordillerano, con capacidad de comunicación
    internacional (25).
    Para complementar a los sistemas de comunicación
    mencionados, la circulación de correspondencia
    también se ha adecuado a las nuevas exigencias.
    Así,  el tráfico de correspondencia -que antes
    se limitaba al tráfico entre la ciudad de
    Neuquén  y la ciudad de Temuco en forma
    directa-  desde mediados de 1995 se amplió a las
    Regiones VIII, IX y X (26). Existen otras dos empresas
    de correo privado que continúan manteniendo el
    tráfico a Chile vía Buenos Aires-Santiago y de
    allí a su destino final.
     

    Consideraciones
    finales

    No obstante las transformaciones
    señaladas en primer término,  no caben dudas
    de que es la creación de una nueva región la que
    señala el  cambio más profundo asociado a la
    integración. Si bajo la lógica de frontera cerrada
    la estrategia espacial se concretó en recortes
    territoriales denominados "áreas de frontera", bajo la
    nueva lógica,  la "región" constituye un nuevo
    recorte territorial a los efectos de la integración. La
    Región de los Lagos, efectivamente, tiene límites
    precisos, cuenta con una jurisdicción propia, genera
    acciones desde el Comité de Frontera tendientes a agilizar
    el proceso de integración.

    En segundo término,  aparece como sustantiva
    la modernización de algunas normas, aquellas que
    efectivamente constituían un obstáculo a la
    integración.

    En efecto, ellas fueron creadas para resguardar el
    subespacio fronterizo, desde una perspectiva de
    integración hacia adentro del país. Entonces, ante
    el cambio de lógica para el uso del territorio fronterizo
    necesariamente deben cambiar las normas preexistentes. Ambos
    aspectos -el acondicionamiento de los pasos fronterizos y la
    modernización normativa- están estrechamente
    unidos, ya que el uso está regulado por la norma, que como
    ya hemos afirmado, en esencia es organizacional.

    Este cambio de lógica en el uso del territorio
    condujo a un cambio en las relaciones y vinculaciones entre los
    agentes económicos, las instituciones de gestión
    político-administrativa, de orden nacional, provincial y
    municipal, entre las instituciones civiles -cámaras
    empresariales en general- y aún entre las instituciones
    educativas como las universidades, todas ellas ahora vinculadas
    en torno al logro de los objetivos que propone el proceso de
    integración.

    A  partir de allí,  los recursos
    existentes se revalorizan para el uso compartido y,  en su
    conjunto,  el territorio se organiza en función de la
    circulación y la fluidez. Así lo demuestran las
    perspectivas de vinculación interoceánicas, la
    infraestructura vial y edilicia efectivamente construida, la
    modernización de las normas -al menos de aquellas de
    más fácil modificación en el corto
    plazo.
    En síntesis la estrategia espacial del Estado en estos
    espacios en particular, ha sido la de seleccionar
    taxonómicamente áreas que denominó de
    frontera y/o de seguridad -como ya hemos dicho-. Estos son
    mecanismos llevados a cabo para controlar e influenciar a
    personas, vehículos, mercancías que circulan por la
    frontera. En épocas de predominio de la ideología
    del conflicto, el control  e influencia  del Estado
    estuvo dirigido a  restringir la localización de
    extranjeros en áreas de frontera (la rigidez de las 
    normas de residencia así lo demuestran) y controlar 
    la movilidad espacial  de personas  y
    mercancías.

    De igual manera la acción de crear divisiones
    territoriales como las citadas, establece nuevas
    jerarquías funcionales desde el momento en que se les
    otorga la función de consolidar demográfica y
    económicamente la frontera. El hecho de haber sido
    consideradas áreas de prioridad para el desarrollo
    elevó a esas áreas a un rango de mayor
    jerarquía, aunque esta acción haya quedado
    sólo en el discurso. Esto  demuestra  que
    el  territorio puede ser manipulado.

    En los últimos tiempos se requiere  una
    concepción de frontera asociada a los procesos de
    integración. Su característica principal -como se
    ha visto- es  que ella es diametralmente opuesta a la
    anterior.

    Ha transcurrido casi una  década  desde
    que se inció el proceso entre Argentina y Chile. Las
    acciones en torno a la integración son muy  activas;
    se incrementan las obras de infraestructura de circulación
    a ambos lados de los pasos fronterizos; se realizan convenios y
    acuerdos comerciales; se ha construído el gasoducto desde
    la cuenca neuquina  hacia la región colindante. 
    Sin embargo las normas que regulan la circulación
    aún no han sido modificadas. Sólo han cambiado
    algunas
    -como hemos señalado-. Ello significa que la
    movilidad  no es ágil, ni fluída,  ni
    flexible.

    La hipótesis que
    guió nuestra investigación precisamente
    señalaba el interrogante sobre la nueva
    organización territorial, funcional al proceso de
    integración. Concluimos en que efectivamente la
    Región de los Lagos tiende a ser funcional a dicho
    proceso, aunque -como hemos señalado en el desarrollo de
    la investigación– el proceso es lento, en especial en los
    aspectos relacionados con la modernización normativa y la
    complementación económica. Por ello afirmamos que
    tiende a ser funcional.

    Si la lógica de frontera cerrada generó
    una organización territorial basada en relaciones
    unidireccionales, la nueva lógica está generando
    una organización basada en relaciones multidireccionales,
    desde la Región de los Lagos hacia el interior de ambos
    países y desde allí hacia el resto del
    mundo.

    Como resultado de la investigación,
    emergió un aspecto que merece ser investigado en
    profundidad, ya que constituye aún un tema que -en
    apariencia- contradice en general a los procesos de
    integración.  Nos referimos al concepto de
    soberanía. Ella aún está muy relacionada con
    el límite, la frontera, la seguridad y la integridad
    territorial, pero sobre todo a la defensa de la soberanía
    a partir de la frontera. El cambio en la concepción de
    frontera,  debería ir también
    acompañada de un cambio de concepción de
    soberanía.
     

    Notas

    (1)  Santos, M. 1991,
    p.6.

    (2)  Sack, R.D.
    1986.

    (3) 
    Sack,op.cit.

    (4)  Op. cit. p.
    5.

    (5)  Martín, R.,
    1992.

    (6)  Ossorio, M.
    1994.

    (7)  Ossorio,
    op.cit.

    (8)  Ferrater Mora,
    1958.

    (9)  Santos, M.
    1996.

    (10)  Sanchez, J.E.
    1992.

    (11)  Guiddens, 1994,
    p. 75.

    (12)  Taylor, P.J. op.
    cit. p. 147.

    (13)  Ut supra, p.
    153.

    (14)  Giddens, A.
    op.cit., p.46.

    (15)  Ut supra, p.
    62.

    (16)  Taylor, P. 1994,
    p.144 y sig.

    (17)  Sejas, L.1991,
    p. 63.

    (18)   La norma
    denomina colindantes a los provenientes de países cuya
    ubicación geográfica es colindante con la del
    inmueble al que pretenden acceder. No colindantes son aquellos
    provenientes de países cuya ubicación
    geográfica no es colindante con la del
    inmueble.

    (19)   Decreto
    Nro. 483 del 2/5/1996.

    (20) 
    Res.205/95.

    (21)  Res. 205/95
    SNF.

    (22)  La norma no hace
    referencia al caso específico de Chile; en general,
    plantea el tema para los países limítrofes. Dado
    que el estudio involucra a dicho país, la interpretación y aplicación de la
    norma se hace para el caso que se analiza, es decir se reemplaza
    "país limítrofe" por "región
    chilena".

    (23)  Diario La
    Razón, 28/8/1996.

    (24)  "Very high
    frecuency:" "muy alta frecuencia".

    (25)  Ibíd
    empresa
    privada Telefónica de Argentina.

    (26)  Ibíd
    empresa Correo Argentino.

    Bibliografía

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    Filosofía". Buenos Aires. Ed. Sudamericana.
    1958.

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    España.
    Alianza editorial. 1994.

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    ed. Sao Paulo. Brasil.  Editora Hucitec.1991.

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    e tempo  razao e emacao".Sao Paulo. Editora
    Hucitec.1996.

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    integración fronteriza con los países
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    Latinoamericana. Informe Base.
    CFI. Buenos Aires. Julio de 1991.

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    Economía-Mundo, Estado-Nación y Localidad". Madrid.
    España. Trama
    Editorial. 1994.
    Fuentes

    Diario La Razón: 28/8/1996. Buenos Aires.
    Argentina.
    Decreto 483, 2/5/96; 1182/87; 887/94.
    Resolución 205/1996. Superintendencia Nacional de
    Fronteras.
    Ley 15.385/1944; 12.913/51; 18.575/70; 23.554/888.

    Alicia
    Laurín        

    Mgter en Ciencias
    Sociales Aplicadas – U.N.C. – Argentina

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