- NIC (Normas Internacionales de
Contabilidad) - NIIF (Normas Internacionales
de Información Financieras) - DNA (Declaración de
Normas de Auditoría) - Conclusión
- Bibliografía
Actualmente la economía crece a
pasos agigantados, y muchas empresas llegan a
convertirse en verdaderos "titanes industriales". Esto ha
originado que debido a la necesidad de controlar el cabal
desenvolvimiento de las actividades financieras de las empresas,
se han diseñado una serie de normativas y procedimientos a
seguir son la finalidad de velar tanto por el correcto
funcionamiento de las actividades económicas como por la
transparencia de sus cifras.
En este sentido, se han diseñado un conjunto de
normativas que velan de que esto se cumpla (las NIC, las NIIF y
las DNA), las cuales se encargan de áreas particulares del
ámbito contable.
NIC
(Normas
Internacionales de Contabilidad)
Estas normas han sido producto de
grandes estudios y esfuerzos de diferentes entidades educativas,
financieras y profesionales del área contable a nivel
mundial, para estandarizar la información financiera presentada en los
estados
financieros.
Las NIC, como se le conoce popularmente, son un conjunto
de normas o leyes que
establecen la información que deben presentarse en los
estados financieros y la forma en que esa información debe
aparecer, en dichos estados. Las NIC no son leyes físicas
o naturales que esperaban su descubrimiento, sino más bien
normas que el hombre, de
acuerdo sus experiencias comerciales, ha considerado de
importancias en la presentación de la información
financiera.
Son normas de alta calidad,
orientadas al inversor, cuyo objetivo es
reflejar la esencia económica de las operaciones del
negocio, y presentar una imagen fiel de la
situación financiera de una empresa. Las
NIC, son emitidas por el International Accounting Standards Board
(anterior International Accounting Standards Committee). Hasta la
fecha, se han emitido 41 normas, de las que 34 están en
vigor en la actualidad, junto con 30 interpretaciones.
Todo empieza en los estados unidos de
América, cuando nace el APB-Accounting
Principles Board (consejo de principios de
contabilidad), este consejo emitió los primeros
enunciados que guiaron la forma de presentar la
información financiera. Pero fue desplazado porque estaba
formado por profesionales que trabajaban en bancos, industrias,
compañías públicas y privadas, por lo que su
participación en la elaboración de las normas era
una forma de beneficiar su entidades donde laboraban.
Luego surge el fasb-financial accounting Standard board
(consejo de normas de contabilidad
financiera), este comité logro (aun esta en vigencia
en EE.UU., donde se fundó) gran incidencia en la
profesión contable. Emitió unos sinnúmeros
de normas que transformaron la forma de ver y presentar las
informaciones. A sus integrantes se les prohibía trabajan
en organizaciones
con fines de lucro y si así lo decidían tenia que
abandonar el comité fasb. Solo podían laborar en
instituciones
educativas como maestros. Conjuntamente con los cambios que
introdujo el fasb, se crearon varios organismos, comité y
publicaciones de difusión de la profesión contable:
aaa-american accounting association (asociación americana
de contabilidad), arb-accounting research bulletin
(boletín de estudios contable, asb-auditing Standard board
(consejo de normas de auditoria, aicpa-american institute of
certified public accountants (instituto americano de contadores
públicos), entre otros.
Al paso de los años las actividades comerciales
se fueron internacionalizando y así mismo la
información contable. Es decir un empresario con
su negocio en América, estaba haciendo negocios con
un colega japonés. Esta situación empezó a
repercutir en la forma en que las personas de diferentes
países veían los estados financieros, es con esta
problemática que surgen las normas internacionales de
contabilidad, siendo su principal objetivo "la uniformidad en la
presentación de las informaciones en los estados
financieros", sin importar la nacionalidad
de quien los estuvieres leyendo interpretando.
Es en 1973 cuando nace el IASC-International Accounting
Standard Committee (comité de normas internacionales de
contabilidad) por convenio de organismos profesionales de
diferentes países: Australia, Canadá, estados
unidos, México,
Holanda, Japón y
otros, cuyos organismos es el responsable de emitir las NIC. Este
comité tiene su sede en Londres, Europa y se
aceptación es cada día mayor en todo los
países del mundo.
El éxito
de las NIC esta dado porque las normas se han adaptado a las
necesidades de los países, sin intervenir en las normas
internas de cada uno de ellos. Esto así por las normas del
FASB respondía a las actividades de su país,
Estados Unidos, por lo que era en muchas ocasiones difícil
de aplicar en países sub.-desarrollados como el nuestro.
En ese sentido el instituto de contadores de la república
Dominicana en fecha 14 del mes septiembre de 1999 emite una
resolución donde indica que la Republica
Dominicana se incorpora a las normas internacionales de
contabilidad y auditoria a partir del 1 de enero y 30 de junio
del 2000 respectivamente. Insertando a nuestro país en el
Isaac.
El comité de normas internacionales de
contabilidad esta consiente que debe seguir trabajando para que
se incorporen los demás países a las NIC. Porque a
parte de su aceptación en país más poderoso
del mundo, no ha acogido las NIC como sus normas de
presentación de la información financiera, sino que
sigue utilizando los Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptado o PCGA. Esta situación
provoca que en muchos países, se utilicen tanto las NIC,
como los PCGA. Por la siguiente razón, por ejemplo un
país se acogió a las NIC, pero cuenta con un gran
número de empresas estadounidenses, por lo tanto deben
preparar esos estados financieros de acuerdo a los PCGA y no como
NIC.
Situación que se espera que termine en lo
próximos años, ya que como son muchos los
países que están bajo las NIC (la Unión
Europea se incorporo recientemente) y cada día
serán menos los que sigan utilizando los
PCGA.
Conjuntamente con los cambios que introdujo el Fasb, se
crearon varios organismos, comités y publicaciones de
difusión de la profesión contable:
- AAA: American Accounting Association
(Asociación Americana de Contabilidad) - ARB: Accounting Research Bulletin (boletín de
estudios contables) - ASB: Auditing Standard Board (consejo de normas de
auditoria) - AICPA: American Institute of Certified Public
Accountants (instituto americano de contadores
públicos)
Al paso de los años las actividades comerciales
se fueron internacionalizando y así mismo la
información contable. Es decir un empresario con su
negocio en América, estaba haciendo negocios con un colega
japonés. Esta situación empezó a repercutir
en la forma en que las personas de diferentes países
veían los estados financieros, es con esta
problemática que surgen las Normas Internacionales de
Contabilidad (NIC), siendo su principal objetivo:
"la uniformidad en la
presentación de las informaciones en los estados
financieros", sin importar la nacionalidad
de quien los estuvieres leyendo interpretando".
La I.A.S.C. International Accounting Standard Committee
(Comité de Normas Internacionales de Contabilidad) fue
fundada en junio de 1973 como resultado de un acuerdo por los
cuerpos de la contabilidad de Australia, Canadá, Francia,
Alemania,
Japón, México, los Países Bajos, el Reino
Unido y la Irlanda y los Estados Unidos, y estos países
constituyeron el Comité de IASC en aquella época.
Las actividades profesionales internacionales de los cuerpos de
la contabilidad fueron organizadas bajo la Federación
Internacional de los Contables (IFAC) en 1977.
En 1981, IASC e IFAC convinieron que IASC tendría
autonomía completa y completa en fijar estándares
internacionales de la contabilidad y en documentos de
discusión que publican en ediciones internacionales de la
contabilidad. En el mismo tiempo, todos
los miembros de IFAC se hicieron miembros de IASC. Este
acoplamiento de la calidad de miembro fue continuado en mayo de
2000 en que la constitución de IASC fue cambiada como
parte de la reorganización de IASC. La cronología
siguiente hasta junio de 1998 es tomada de un artículo
"IASC – 25 años de evolución, trabajo en equipo
y mejora", por David Cairns, secretario general anterior de
IASC, publicado en la penetración de IASC, en junio de
1998. La información se ha suplido para los
acontecimientos entre junio de 1998 y de 1° de abril de 2001,
cuando el IASB asumió su papel.
En el año 2001 los administradores anuncian a
miembros del Comité Internacional la búsqueda para
que la legislación de los presentes de la Comisión
de las Comunidades Europeas de los miembros de consejo consultivo
de IAS requiera el uso de los estándares de IASC para
todas las compañías mencionadas no más
adelante de 2005 administradores traen la nueva estructura en
el efecto, el 1 de abril de 2001 – IASB asumen la responsabilidad de fijar estándares de la
contabilidad, señalada los estándares de
divulgación financieros internacionales 2000.
Las reuniones de SIC abiertas en el comité
público de Basilea expresan la ayuda para IASs y para que
los esfuerzos armonicen el lanzamiento del concepto del SEC
de la contabilidad internacionalmente con respecto al uso de los
estándares internacionales de la contabilidad en los EUA.
Como parte de un programa de la
reestructuración, el Comité de IASC aprueba una
nueva constitución IOSCO recomendando que sus miembros
permitan que los emisores multinacionales utilicen 30
estándares de IASC en las ofrendas
fronterizas.
David Tweedie nombrado como primer presidente de los
miembros reestructurados del Comité de IASC anuncia la
búsqueda para los nuevos miembros del Consejo – sobre 200
usos está el tablero recibido de IASC aprueba cambios
limitados a IAS 12, IAS 19 y el personal de IAS
39 (y estándares relacionados) IASC publica la dirección de la puesta en práctica
en la agricultura de
IAS 39 IAS 41 aprobada en la reunión pasada del
Comité de IASC 1999
1993: La India
substituye Corea a bordo de IOSCO conviene la lista de los
estándares de la base y endosa comparabilidad de las
declaraciones del flujo de liquidez de IAS 7 y las mejoras
proyectan terminado con la aprobación de IASs revisado
diez
1992: Primera delegación va a
República Popular de China
1991: La primera conferencia de
IASC de la penetración de los esta'ndar-standard-setters
(organizados conjuntamente con HONORARIO y FASB) IASC, de la
actualización de IASC y del esquema de la
suscripción de las publicaciones lanzó
estándares internacionales de las ayudas del plan de
FASB
1990: La declaración del intento en la
comparabilidad de la Comisión de las Comunidades Europeas
de los estados financieros ensambla a grupo
consultivo y agrupa al Comité como el financiamiento
externo del observador
1989: Presidente Hermann Nordemann discute que
los mejores intereses de Europa sean servidos por la
armonización internacional y la mayor implicación
en el marco de IASC para la preparación y la
presentación de la pauta aprobada del sector
público de los estados financieros.
1988: Jordania, Corea y la federación
nórdica substituyen México, Nigeria y Taiwán
en los instrumentos financieros del Comité proyectando
conjuntamente con el Comité canadiense los
estándares de la contabilidad que IASC publica.
1987: La comparabilidad IOSCO comienza proyecto
ensamblando a grupo consultivo y apoya la comparabilidad del
primer IASC volumen
encuadernado del proyecto de estándares internacionales de
la contabilidad.
1986: Los analistas financieros integran
conferencia común del Comité con la Bolsa de
Acciones de
Nueva York y la Asociación internacional en la
globalización de mercados
financieros
1985: El foro de la OCDE en la
armonización IASC de la contabilidad responde a las
ofertas multinacionales del prospecto del SEC
1984: Taiwán integra la reunión
formal del Comité con los EUA.
1983: Italia se integra
al Comité.
1982: Comisiones mutuas de IASC/IFAC – el
Comité se amplió a 13 países más
cuatro otras organizaciones con un interés en
la divulgación financiera.
1981: El grupo consultivo formó visitas al
grupo de trabajo
nacional de los estandar-standard-setters en los impuestos
diferidos instalados en los Países Bajos, el Reino Unido y
los EUA.
1980: Los papeles de discusión en grupo de
funcionamiento intergubernamental son publicados por las Naciones Unidas y
su divulgación satisface por primera vez – documento de la
posición de los presentes de IASC sobre la
cooperación de integración del resto del mundo.
1979: IASC satisface a grupo de funcionamiento de
la OCDE en estándares de la contabilidad
1978: Nigeria y Sudáfrica se integran al
Comité
1977: Comité ampliado a 11 países –
la IASC continúa siendo autónoma pero con la
relación cercana con IFAC
1976: Un grupo de diez presidentes de bancos
deciden trabajar con IASC, y financia proyecto de IASC, sobre los
estados financieros de los bancos
1974: El primer bosquejo de la exposición
publicó los primeros miembros asociados (Bélgica,
la India, Israel, Nueva
Zelanda, Pakistán y Zimbabwe) IAS 1 de las políticas
de contabilidad.
1973: IASC formó – la reunión
inaugural el 29 de junio, Londres
El éxito de las NIC esta dado porque las normas
se han adaptado a las necesidades de los países, sin
intervenir en las normas internas de cada uno de
ellos.
El comité de Normas Internacionales de
Contabilidad esta consiente que debe seguir trabajando para que
se incorporen los demás países a las NIC. Porque a
parte de su aceptación, el país más poderoso
del mundo, no ha acogido las NIC como sus normas de
presentación de la información financiera, sino que
sigue utilizando los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptado o PCGA. Esta situación provoca que en muchos
países, se utilicen tanto las NIC, como los PCGA. Por la
siguiente razón, por ejemplo un país se
acogió a las NIC, pero cuenta con un gran número de
empresas estadounidenses, por lo tanto deben preparar esos
estados financieros de acuerdo a los PCGA y no como
NIC.
Situación que se espera que termine en lo
próximos años, ya que como son muchos los
países que están bajo las NIC (la Unión
Europea se incorporo recientemente) y cada día
serán menos los que sigan utilizando los PCGA.
Elaboración de las Normas
Internacionales de Contabilidad
Tanto los Representantes en el Consejo, como las
organizaciones profesionales Miembros, los componentes del Grupo
Consultivo y otras organizaciones e individuos, así como
el personal del IASC, son invitados a remitir sugerencias sobre
asuntos que puedan ser tratados en las
Normas Internacionales de Contabilidad.
El procedimiento
seguido asegura que las Normas Internacionales de Contabilidad
son regulaciones de alta calidad, que exigen seguir
prácticas contables apropiadas para cada circunstancia
económica en particular. Este procedimiento también
garantiza, mediante las consultas realizadas al Grupo Consultivo,
a las Organizaciones Miembros del IASC, a los organismos
reguladores contables y a otros grupos e
individuos interesados, que las Normas Internacionales de
Contabilidad son aceptables para los usuarios y elaboradores de
los estados financieros.
El proceso de
elaboración de una Norma Internacional de Contabilidad es
como sigue:
Primer paso: el Consejo establece un
Comité Especial, presidido por un Representante en el
Consejo, que usualmente incluye otros representantes de las
organizaciones profesionales contables de, al menos, otros tres
países. Estos Comités Especiales pueden
también incluir a representantes de otras organizaciones,
de las representadas en el Consejo o en el Grupo Consultivo, o
bien que sean expertos en el tema a tratar.
Segundo paso: el Comité Especial
identifica y revisa todos los problemas
contables asociados al tema elegido, y considera la
aplicación del Marco Conceptual para la Preparación
y Presentación de Estados Financieros, elaborado por el
IASC, a la resolución de tales problemas. El Comité
Especial estudia, asimismo, las normativas y prácticas
contables, ya sean nacionales o regionales, existentes en ese
momento, considerando los diferentes tratamientos contables que
pueden ser apropiados, según las variadas circunstancias.
Una vez que ha considerado los problemas implicados en el tema,
el Comité Especial puede enviar un Resumen del Punto al
Consejo del IASC.
Tercer paso: tras haber recibido los comentarios
del Consejo sobre el Resumen del Punto, si los hubiere, el
Comité Especial normalmente prepara y publica un Borrador
de Declaración de Principios u otro documento de
discusión. El propósito de tal Borrador es el
establecimiento de los principios contables que formarán
las bases de la preparación del Proyecto de Norma, si bien
también se describen el mismo las soluciones
alternativas consideradas, así como las razones por las
que se recomienda su aceptación o rechazo. Se invita a las
partes interesadas a realizar comentarios, a lo largo del periodo
de exposición pública, que suele ser de alrededor
de tres meses. En los casos de revisión de una Norma
Internacional de Contabilidad existente, el Consejo puede dar
instrucciones al Comité Especial para que prepare
directamente un Proyecto de Norma, sin publicar previamente un
Borrador de Declaración de Principios.
Cuarto paso: el Comité Especial revisan
los comentarios recibidos sobre el Borrador de Declaración
de Principios y por lo general acuerda una versión final
de la Declaración de Principios, que se remite al Consejo
para su aprobación y uso como base para la
preparación de un Proyecto de Norma Internacional de
Contabilidad. Esta versión final de la Declaración
de Principios está disponible para el público que
la solicite, pero no es objeto de una publicación
formal.
Quinto paso: el Comité Especial prepara un
borrador de Proyecto de Norma, para su aprobación por
parte del Consejo. Tras su revisión, y contando con la
aprobación de al menos las dos terceras partes del
Consejo, el Proyecto de Norma es objeto de publicación. Se
invita a realizar comentarios a todas las partes interesadas,
durante el periodo de exposición pública, que dura
como mínimo un mes, y normalmente se extiende entre uno y
tres meses.
Sexto paso: por último, el Comité
Especial revisa los comentarios y prepara un borrador de Norma
Internacional de Contabilidad para que sea revisado por el
Consejo. Tras la revisión pertinente, y contando con la
aprobación de al menos los tres cuartos del Consejo, se
procede a publicar la Norma definitiva.
A lo largo de todo este proceso, el Consejo puede
decidir que las dificultades de la materia que se
está considerando hacen necesaria una consulta adicional,
o que pueden resolverse mejor emitiendo, para recibir
comentarios, un Documento de Discusión o un Documento de
Problemas. Puede ser también necesario emitir más
de un Proyecto de Norma, antes de aprobar una Norma Internacional
de Contabilidad. De forma excepcional, el Consejo puede, en el
caso de problemas relativamente menores, no establecer ni operar
mediante el nombramiento de un Comité Especial, pero
siempre publica un Proyecto de Norma antes de aprobar una Norma
definitiva.
¿Por
qué es necesario que existan normas contables
únicas?
Porque la falta de uniformidad impide a los inversores,
analistas y otros usuarios comparar fácilmente los
informes
financieros de empresas que operan en diferentes países,
aunque sea dentro del mismo sector.
¿Quiénes
están obligados a adaptarse a las Normas Internacionales
de Contabilidad?
El Consejo Europeo aprobó el Reglamento de
aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad,
que requiere que los grupos cotizados, incluyendo bancos y
compañías de seguros, preparen
sus estados financieros consolidados correspondientes a
ejercicios que comiencen en el año 2005 con Normas
Internacionales de Contabilidad. Los estados miembros de la
Unión Europea tienen la potestad de extender los
requisitos de este Reglamento a compañías no
cotizadas y a los estados financieros individuales.
¿Cuándo se puede
empezar a aplicar las Normas Internacionales de
Contabilidad?
Ahora es el momento de adecuar la contabilidad
empresarial porque conseguirá una mayor transparencia y
comparabilidad de la información que se utiliza en
nuestros mercados
financieros, lo que a la larga será una ventaja
competitiva para su empresa. No debe
esperar a la fecha límite para iniciar la fase de planificación de la adaptación,
porque aunque la exigencia de presentar las cuentas anuales
según las normas internacionales se fija a partir de 2005,
estas incluirán información comparativa por lo que,
al menos a efectos internos, será necesario adelantar un
año la adopción
de las NIC.
¿Afectará el
proceso de adaptación sólo al departamento de
contabilidad de la
empresa?
No, a parte de conllevar consecuencias sobre los
resultados y sobre el patrimonio de
las compañías, el proceso de adaptación
afectará a la práctica totalidad de los
departamentos de su empresa, siendo necesario preparar sus
recursos
humanos y tecnológicos. Por tanto, es importante que
todos sean conscientes del proceso de adaptación y
entiendan la importancia y el alcance de un cambio
fundamental en la forma en que su empresa medirá sus
resultados y se presentará al mundo exterior.
¿Cuánto tiempo se
necesitará una empresa para adaptarse a las Normas
Internacionales de Contabilidad?
La adaptación a las Normas Contables
Internacionales es un proceso paulatino, no un acontecimiento
aislado, que tardará varios años en implantarse por
completo.
¿Cómo repercute en
la percepción que el mercado tiene de
la empresa que los estados financieros se adapten a las Normas
Internacionales de contabilidad?
Los mercados siempre ansían información
financiera de gran calidad y mayor transparencia, y para ello, a
parte de introducir dos nuevos estados financieros, el estado de
flujos de efectivo, y el estado de
cambios en el patrimonio- las Normas Internacionales de
Contabilidad suelen requerir un desglose de la información
y datos financieros
más importante que el solicitado por la mayoría de
las normas nacionales. Estos desgloses también
ayudarán a los organismos reguladores e inversores a
entender el negocio.
Las Normas Internacionales de Información
Financiera aplicables en la Unión Europea para los
ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2005 son las
siguientes:
Para ver el cuadro seleccione la
opción "Descargar" del menú superior
La
Aplicación de las NIC en Venezuela
Aun en conocimiento
de la necesidad de la aplicación de las NIC en nuestro
país el directorio ampliado de la Federación de
Colegios de Contadores Públicos de Venezuela
anunció para Marzo del 2004 que se iniciaría el
proceso de adaptación a las nuevas normas internacionales
de contabilidad (NIC’s-IFRS), manifestando que dicho
proceso podría demorar hasta el 2007 para implantarse en
todo el espectro empresarial venezolano.
Venezuela actualmente se encuentra en ese proceso de
adaptación de las 41 Normas Internacionales de
Contabilidad (NIC’s-IFRS), con sus respectivas 31
interpretaciones como Principios de Contabilidad de
Aceptación General (PCAG).
Este anuncio fue realizado conjuntamente por el
presidente de la Federación de Colegios de Contadores
Públicos de Venezuela (FCCPV), Oswaldo Rodríguez, y
el presidente del Instituto Venezolano de Ejecutivos de Finanzas
(IVEF), acompañados por Rafael Dugarte, secretario de
Estudio e Investigaciones
de la FCCPV; el presidente del Colegio de Contadores
Públicos del estado Miranda, Manuel Bujan, y Francisco V.
Debera, vicepresidente del Comité de Normas Contables y
Financieras del IVEF, en rueda de prensa realizada
para tal efecto el día 10 de marzo del 2.004
Tal decisión fue acordada por el directorio de la
Federación de Colegios de Contadores Públicos de
Venezuela (FCCPV) y la misma fue el resultado de un año de
intenso trabajo interinstitucional entre el Comité
Permanente de Principios de Contabilidad de la FCCPV y el
Comité Normas Contables y Financieras del IVEF hasta esta
fecha, al cual se le sumaron posteriormente otras instituciones
como las Superintendencias de Seguros y de Bancos, la
Comisión Nacional de Valores (CNV),
la Bolsa de
Valores de Caracas (BVC) y El Consejo Empresarial Venezolano
de Auditoría (CEVA), entre otras importantes
organizaciones públicas y privadas.
Para establecer y lograr todos estos objetivos se
organizó distintos comités establecerán el
cronograma de actividades a ser realizadas para actualizar al
gremio contable, promover la adaptación de los pensums
universitarios al cambio de legislación, e informar
convenientemente a los ejecutivos de finanzas de las empresas
(iniciando con aquellas que cotizan en los mercados de capitales)
y avanzar a los restantes sectores empresariales, incluyendo
aquellos que tienen legislaciones que impactan en la
presentación de sus estados financieros, como son la
banca y las
empresas de seguros, concluyendo con el de la pequeña y
mediana industrial (PYME). Se estima
que el cronograma estará elaborado para finales de mayo de
2005 y que la adaptación total de las empresas al nuevo
sistema contable
podría estar completa para el año 2007.
La adopción de las Normas Internacionales de
Contabilidad contribuirá a mejorar la percepción
internacional de Venezuela y las empresas venezolanas como
receptoras de inversiones,
al hacer mucho más sencilla para la revisión de
inversionistas extranjeros la presentación de los estados
financieros de nuestras empresas. Con todo ello, se espera que el
cambio se constituya en una ventaja comparativa que mejore la
posición de las empresas venezolanas en el complejo mundo
de la globalización económica
actual.
Actualmente, todas las sociedades que
cotizan en bolsa en la Unión Europea están
elaborando sus estados financieros con las normas internacionales
y ya para este año 2005 está establecido como
límite de tiempo para su total establecimiento (aunque
algunos países han solicitado un mayor lapso hasta el
2007). La idea es la comparabilidad de las cuentas financieras de
las sociedades, establecimientos financieros y empresas de
seguros, que constituyen el factor esencial de integración
de los mercados financieros, lo que facilitará la comercialización de valores inmobiliarios,
fusiones y
adquisiciones transfronterizas así como operaciones de
financiación.
Los mismos títulos de una sociedad son a
menudo detentados por varios inversores de múltiples
nacionalidades, por lo que parece lógico obligar a las
sociedades a publicar sus estados financieros de acuerdo a un
grupo de normas internacionalmente aceptadas.
En fin, la adopción de estas normas
permitirá a Venezuela crear las condiciones para un
mercado de
capitales integrado y eficaz aumentando la comparabilidad de
las cuentas en el mercado para la competencia y la
circulación de capitales y evitar así la costosa
tarea de tener que traducir las mismas cuentas a diferentes
normas internacionales.
Normas
Internacionales de Contabilidad (NIC)
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Interpretaciones del
Comité Permanente de Interpretación
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NIIF (Normas
Internacionales de Información
Financieras)
La globalización e integración de los
mercados hace necesaria una armonización en la
información financiera que las entidades de los diferentes
países proporcionan a sus inversores, analistas y a
cualquier tercero interesado. Por tanto, el objetivo perseguido
con la aplicación de un único grupo de normas para
todas las entidades que coticen en un mercado, es la
obtención de un grado apropiado de comparabilidad de los
estados financieros, así como un aumento de la
transparencia de la información.
Con este propósito, en 1995 se firmó un
acuerdo entre el IASC (International Accounting Standards
Committee), actual IASB, y la IOSCO (Organización Internacional de los
Organismos Rectores de las Bolsas), por el que se
comprometían a revisar todas las Normas Internacionales de
Contabilidad (NIC), al objeto de que se pudieran utilizar por las
entidades que cotizan en las bolsas. Consecuentemente, en el
Consejo Europeo de Lisboa celebrado en el año 2000, se
puso de relieve la
necesidad de acelerar la potenciación del mercado interior
de servicios
financieros y se fijó la fecha del 2005 para la
implantación de las NIC, actualmente denominadas Normas
Internacionales de Información Financiera.
Con esta finalidad, el 19 de julio de 2002 se
aprobó el Reglamento de la UE relativo a la
aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad.
El citado Reglamento exige que, a partir del 1 de enero de 2005 a
más tardar, todas las entidades que coticen en un mercado
regulado de la UE, así como aquéllas que
estén preparando su admisión a cotización en
esos mercados, elaboren sus cuentas consolidadas basándose
en las NIC.
El IASB
(International Accounting Standards Board)
Las Normas Internacionales de Contabilidad han
tomado cada vez mayor aceptación en todo el mundo, un caso
particular es lo sucedido con la UE quien adopto las NIIF, las
cuales satisfacen las necesidades expuestas, cuyo objetivo
fundamental es el poseer una estrategia
contable centrada.
Dicha armonización tiene como eje
principal el IASC actualmente el IASB, quien ha venido
desarrollando un proceso de estandarización de las normas
internacionales de contabilidad en mejoramiento continuo,
depurando inconsistencias y buscando coherencia entre las normas
y su estructura.
En la actualidad es común escuchar
sobre las normas internacionales de contabilidad, ya que la
internacionalización de los negocios exige disponer de
información financiera comparable, en donde las empresas
amplíen las miras de sus negocios mas allá de las
fronteras, generando así una interrelación con
otras entidades de los demás países y esto causa la
necesidad de adquisición de conocimientos de un lenguaje
contable común, el cual permita comparar los resultados y
valorar la gestión. De acuerdo a esto, en el
año 1973 se creó un Comité llamado el IASC
(International Accounting Standards Committee), este
Comité fue creado como un organismo de carácter profesional, es decir privado y de
ámbito mundial, mediante "Un acuerdo realizado por
organizaciones profesionales de nueve países. Una de sus
objetivos fundamentales, expresamente señalados en su
constitución, era "formular y publicar buscando el
interés publico, normas contables que sean observadas en
la presentación de los Estados Financieros, así
como promover su aceptación y observancia en todo el
mundo".
Este Comité fue el encargado de emitir las
IAS (International Accounting Standards) conocidos
comúnmente como las NIC (Normas internacionales de
Contabilidad) las cuales han desarrollado un papel muy importante
puesto que son aceptadas cada vez y con mayor frecuencia por las
Empresas, Organizaciones, mercados de valores y
países.
El IASC tiene que garantizar que sus normas son
usadas correctamente, puesto que, no solo es necesario contar con
unas buenas normas, si no que sean rigurosamente
aplicadas.
La declaración del IASC del año 2.000,
hace un replanteamiento de los objetivos de este organismo,
orientándose al privilegio de la información para
los participantes en el mercado de capitales, en la
búsqueda de una información financiera clara,
transparente y comparable, permitiendo la toma de
decisiones a los diferentes agentes involucrados.
De acuerdo a este replanteamiento en abril 1 del 2.001
nace el IASB, esta es una organización privada con sede en
Londres, que depende de (Internacional Accounting Committee
Foundatiion). En el transcurso de la transformación
del IASC por el IASB surgieron cambios en su estructura donde el
IASB dispuso adoptar como normas las emitidas por el IASC (NIC),
hasta tanto las mismas se modifiquen o reformulen. Las NIC
cambian su denominación por International
Financial Reporting Standards (IFRS),
en castellano se
denominan Normas internacionales de Información Financiera
(NIIF).
El cambio más importante está en
que se pasa de un esquema de preparación y
presentación de estados financieros (apalancado en el
mantenimiento
del capital y en
el reconocimiento de ingresos) a otro
esquema, completamente diferente, de medición y presentación de reportes
sobre el desempeño financiero (centrado en la
utilidad o
ingresos provenientes de diversos tipos de
transacciones).
- Desarrollar estándares contables de calidad,
comprensibles y de cumplimiento forzoso, que requieran
información de alta calidad, transparente y comparable
dentro de los estados financieros para ayudar a los
participantes en los mercados globales de capital y otros
usuarios de la información contable en la toma de
decisiones económicas. - Cooperar activamente con los emisores locales de
estándares de contabilidad con el fin de lograr la
convergencia definitiva de normas contables en todo el
mundo.
- Emitir IFRS, para lo cual debe publicar un borrador
para exposición pública, análisis y comentarios de sus proyectos
principales, sometidos a una audiencia
pública. - Realizar pruebas de
campo en economías desarrolladas y emergentes para el
aseguramiento de que los estándares sean
prácticos y aplicables en todos los
ambientes. - Discreción total en la agenda técnica y
sus proyectos.
La estructura del IASB tiene las siguientes
características principales: la Fundación IASC es
una organización independiente que tiene dos cuerpos
principales, los Fideicomisarios (Trustees) y el IASB;
así como también un Consejo Asesor (Standards
Advisory Counsil – SAC) y un Comité de
interpretaciones (International Financial Reporting
Interpretations Commitee – IFRIC ). Los
fideicomisarios de la Fundación IASC designan los miembros
del IASB, vigilan su trabajo y obtienen los fondos necesarios
para el funcionamiento de la entidad, mientras que el IASB tiene
la única responsabilidad de emitir estándares de
contabilidad.
El IFRIC anteriormente Standing Interptretations
Committee (SIC), revisa y emite interpretaciones de los IFRS
y el Marco Conceptual del IASB que presenta tratamientos
inaceptables y ambiguos con el propósito de lograr
consenso en el manejo contable de estas. El SAC asesora al IASB
en su agenda y prioridades, informa los puntos de vista de las
organizaciones en el Consejo sobre los proyectos de
emisión de estándares, aconsejar al IASB y a los
fideicomisarios.
Para el año 2.005 han surgido relevantes
cambios en el ambiente
contable para aquellos usuarios de la información
financiera, este año gran cantidad de empresas europeas
optaron por hacer cambios en su estructura contable de acuerdo al
reglamento 1606/2.003 se trata de 7.000 u 8.000 empresas
domiciliadas en los 25 estados de la Unión Europea (UE).
Según lo dicho anteriormente la Comisión Europea ha
realizado un reglamento; el cual obliga a incorporar en las
normas de los países, adoptar el y uso de las NIIF
emitidas por el IASB siempre y cuando estas sean aprobadas por
dicho Comité.
Esta adopción tiene como objetivo
fomentar un mercado único en la UE, para la
información consolidada en la economía
bursátil y poder
así eliminar las barreras que dificultan la movilidad de
ciudadanos y capitales en el centro de esta.
De acuerdo a todo lo expuesto por la IASB;
esté posee una agenda muy amplia puesto que se encuentra
comprometida en el desarrollo de
normas de calidad. En el número de enero de 2.005 de la
publicación Insight (IASB 2.005, 7) se indican los
siguientes proyectos y fechas de desarrollo
previstas:
1. Diversas modificaciones en la NIC 39 que se
espera se conviertan en norma en 2.005.
2. Proyecto cuyo borrador se espera en el
2.005.
- Consolidación y entidades para
propósitos especiales. - Normas contables para PYMES.
3. Varios proyectos en colaboración con
las FASB, se espera que los borradores se emitan en el
2.005.
4. Además existe una agenda de temas que
están en fase de investigación, y que podrían
incorporarse a la agenda activa cuando el IASB y el SAC lo
decidan. En ella se encuentran los siguientes
temas:
- Objetivos de
medición - Industrias extractivas
- Mejoras de las normas sobre instrumentos
financieros. - Activos intangibles.
- Entidades de inversión.
- Negocios conjuntos.
- Arrendamientos.
- Informe de
Gestión.
Con el fin de fomentar la aproximación
internacional, el 21 de enero del 2.005 el IASB ha llegado a un
acuerdo con el emisor de normas japonesas (ASBJ-
Acounting Standards Board of Japón), a fin de
reducir las diferencias entre sus respectivas
normas.
NIIF
(Normas Internacionales de Información
Financiera)
Las Normas Internacionales de Información
Financiera (antes Normas Internacionales de Contabilidad),
emitidas por el International Accounting Standars Boards (IASB),
basan su utilidad en la presentación de información
consolidadas en los Estados Financieros.
Las NIIF aparecen como consecuencia del Comercio
Internacional mediante la Globalización de la
Economía, en la cual intervienen la práctica de
Importación y Exportación de Bienes y
Servicios, los mismos se fueron aplicando hasta llegar a la
inversión directa de otros países extranjeros
promoviendo así el cambio fundamental hacia la practica
internacional de los negocios.
En vista de esto, se determina la aplicación del
proceso de la Armonización Contable con el afán de
contribuir a la construcción de parámetros
normativos, que pretenden regular las actividades
económicas de las naciones, estas normas intervienen
dentro del sector social, educativo, empresarial, ambiental,
entre otros, con el propósito de dar a conocer el grado de
afectación de estos aspectos dentro de la
globalización que se vienen desarrollando y la
armonización con otros miembros reguladores del aspecto
contable.
Debido al desarrollo
económico y a la globalización, la unión
europea se enfrenta a la decisión de adaptar los
estándares internacionales de contabilidad el cual busca
eliminar las incompatibilidades entre las NIIF con las directivas
para que sean acordes al marco europeo se regula la Auditoria, se
modifica el Código
del Comercio y el
Plan General de Contabilidad, teniendo en cuenta las
recomendaciones de las directivas en cuanto a las sociedades y al
manejo de las Cuentas Anuales Consolidadas e Individuales, esto
según el tamaño de las empresas y si son cotizadas
o no en bolsa de valores; trabajo delegado a los organismos
normalizadores como el ICAC, el Banco Español y
el Ministerio de Hacienda.
Esta adaptación genera unos cambios en el
desarrollo de la practica contable, entre estos tenemos la
utilización de diferentes métodos de
valoración según la finalidad de los estados
financieros, que es brindar información relevante y por
consiguiente real y verificable de manera que sea útil a
las necesidades de los usuarios, siendo complementada con la
elaboración de las notas que constituyen la memoria en
la cual se encuentra toda la información cualitativa y
cuantitativa necesaria para comprender las Cuentas Anuales y que
además sirve de base para elaborar el Informe de
gestión en donde se evalúa el cumplimiento de las
políticas de crecimiento y expansión, de recursos humanos,
de medio
ambiente, de inversión, de control
interno entre otras, de los objetivos a corto y mediano plazo
y a su vez los riesgos a los
que estos se encuentran expuestos.
- Las NIIF favorecerán una información
financiera de mayor calidad y transparencia, su mayor
flexibilidad, que dará un mayor protagonismo al
enjuiciamiento para dar solución a los problemas
contables, es decir la aplicación del valor
razonable, o el posible incremento de la actividad
litigiosa. - La calidad de las NIIF es una condición
necesaria para cumplir con los objetivos de la adecuada
aplicación, solo de este modo tiene sentido su
condición de bien público susceptible de
protección jurídica. - Imponer el cumplimiento efectivo de la norma y
garantizar la calidad del trabajo de los auditores, cuyo papel
es esencial para la credibilidad de la información
financiera. - Hacer uso adecuado de la metodología y la aplicación en la
praxis
diaria.
Normas emitidas por el Consejo de Normas
Internacionales de Contabilidad IASB (International Accounting
Standards Board)
Estas Normas versan sobre los siguientes
temas:
NIIF 1: Adopción por primera vez de las Normas
Internacionales de Información Financiera:
Especifica como las Entidades deben llevar a cabo la
transición hacia la adopción de las NIIF para la
presentación de sus Estados Financieros.
NIIF 2: Pagos basados en acciones:
Requiere que una Entidad reconozca las transacciones de
pagos basados en acciones en sus Estados Financieros, incluyendo
las transacciones con sus empleados o con terceras partes a ser
liquidadas en efectivo, otros activos, o por
instrumentos de patrimonio de la entidad. Estas transacciones
incluyen la emisión de acciones para el pago u opciones de
acciones dadas a los empleados, directores y altos ejecutivos de
la entidad como parte de su compensación o para el pago a
proveedores
tales como los de servicios.
NIIF 3: Combinaciones de negocio:
Requiere que todas las combinaciones de negocios sean
contabilizadas de acuerdo con el método de
compra como también la identificación del
adquiriente como la persona que
obtiene el control sobre la
otra parte incluida en la combinación o el negocio. Define
la forma en que debe medirse el costo de la
combinación (activos, pasivos, patrimonio y el criterio de
reconocimiento inicial a la fecha de la
adquisición.
NIIF 4: Contratos de
seguros:
Tiene como objetivos establecer mejoras limitadas para
la contabilización de los contratos de seguros
(asegurador), es decir revelar información sobre aquellos
contratos de seguros.
NIIF 5: Activos no corrientes mantenidos para la
venta y
operaciones interrumpidas:
Define aquellos activos que cumplen con el criterio para
ser clasificados como mantenidos para la venta y su
medición al más bajo, entre su valor neto y su
valor razonable menos los costos para su
venta y la depreciación al cese del activo, y los
activos que cumplen con el criterio para ser clasificados como
mantenidos para la venta y su presentación de forma
separada en el cuerpo del balance de situación y los
resultados de las operaciones descontinuadas, los cuales deben
ser presentados de forma separada en el estado de los
resultados.
NIIF 6: Exploración y evaluación
de los recursos minerales:
Define la exploración y evaluación de los
recursos minerales, participaciones en el capital de las cooperativas,
derecha de emisión (contaminación), determinación de si
un acuerdo es, o contiene, un arrendamiento, derecho por
intereses en fondos de desmantelamiento, restauración y
rehabilitación medioambiental.
Las NIIF y los Estados
Financieros
Los Estados Financieros son los documentos que deben
preparar la empresa al determinar el ejercicio contable, con el
fin de conocer la situación financiera y los resultados
económicos obtenidos en las actividades de su empresa a lo
largo de un período.
La información presentada en los estados
financieros interesa a:
- La administración, para la toma de
decisiones, después de conocer el rendimiento,
crecimiento y desarrollo de la empresa durante un periodo
determinado. - Los propietarios para conocer el progreso financiero
del negocio y la rentabilidad
de sus aportes. - Los acreedores, para conocer la liquidez de la
empresa y la garantía de cumplimiento de sus obligaciones. - El estado, para determinar si el pago de los
impuestos y contribuciones esta correctamente
liquidado.
Los estados financieros básicos son:
- El balance general
- El estado de resultados
- El estado de cambios en el patrimonio
- El estado de cambios en la situación
financiera - El estado de flujos de efectivo
Las NIIF no imponen ningún formato para los
estados financieros principales, aunque en algunas de ellas se
incluyen sugerencias de presentación. Esta ausencia puede
ser chocante por el contraste que supone con las rígidas
normas de presentación del PGC. En efecto, las normas
internacionales hablan de información a revelar en
general, y en muy pocas ocasiones disponen que los valores de
algunas partidas deben aparecer, de forma obligada, en el cuerpo
principal de los estados financieros. Esto da una gran libertad a la
empresa que las utilice para planificar la apariencia externa de
los estados financieros, y puede reducir la comparabilidad entre
empresas.
No obstante, el problema de la comparabilidad se ha
resuelto con un contenido mínimo del balance de
situación, del estado de
resultados y del estado de flujo de
efectivo. Las empresas suelen seguir esos formatos
mínimos, e incluir información de desglose en las
notas, en forma de cuadros complementarios.
Las NIIF están diseñadas pensando en
empresas grandes, con relevancia en el entorno económico y
proyección internacional. No obstante, muchos
países han adoptado directamente o han adaptado las normas
internacionales para ser aplicadas por sus empresas, con independencia
del tamaño o la relevancia.
Para establecer alguna distinción en razón
de la importancia de la empresa en el entorno económico en
el que se mueve, hay algunas normas que son particularmente
aplicables a empresas cotizadas en bolsa, porque aportan
información especialmente útil para los inversores.
Es el caso de las que tratan de la presentación de
información por segmentos y de las ganancias por acción.
La información segmentada es necesaria para
entender, de forma separada, los componentes de la
situación financiera, los resultados y los flujos de
efectivo de empresas complejas, que desarrollan actividades
diferentes u operan en mercados geográficos muy
diferenciados. Esta es la situación normal de los grupos
que presentan cuentas consolidadas.
En la normativa IASB, la empresa debe definir primero
qué criterio de segmentación principal utiliza para su
gestión (por actividades o por mercados), y dar
información detallada de los activos, pasivos, gastos e ingresos
de cada segmento que haya identificado, así como las
inversiones realizadas en cada segmento y las bases para la
fijación de precios
inter-segmentos.
Además de desglosar información sobre los
segmentos en el formato principal, las empresas deben informar
acerca de los segmentos utilizando el formato secundario (si, por
ejemplo, el principal son las actividades, el secundario
serán los mercados geográficos), si bien esta
información es mucho menos detallada, ya que basta con
revelar los ingresos, el importe en libros de los
activos y las inversiones en el periodo referidos a cada uno de
los segmentos.
El objetivo que se persigue con el detalle que aporta la
segmentación es informar al usuario de los estados
financieros de las cifras más importantes de la empresa
desglosados por los componentes más relevantes del
negocio, a fin de que pueda percibir cómo se generan los
ingresos, los gastos y los resultados en los mismos, para que
pueda comprender los riesgos que tienen y su papel en la
configuración de las cifras generales que conforman los
estados financieros de toda la entidad.
Con ello no sólo comprenderá mejor la
gestación de las cifras, sino que podrá
proyectarlas para evaluar la capacidad y el rendimiento futuro de
la
Organización.
DNA
(Declaración de Normas de
Auditoría)
Las DNA comprenden un conjunto de normas (13 en total),
que van a ser los lineamientos por los cuales los contadores
profesionales que realicen actividades de auditoría se van
a regir.
Cada una de ellas toca un punto en especial del proceso
de auditoria, permitiendo al contador realizar sus actividades de
manera óptima y eficazmente.
Estas son:
DNA 01: Papeles de Trabajo
DNA 02: Solicitud de información al
abogado del cliente
DNA 03: Manifestaciones de la Gerencia
DNA 04: El informe de control interno
DNA 05: Efecto de la función
de auditoria Interna en el alcance del examen del contador
público independiente
DNA 06: Planificación y
supervisión
DNA 07: Transacciones entre partes
relacionadas
DNA 08: Comunicación entre el auditor predecesor y
el sucesor
DNA 09: Procedimientos analíticos de
revisión
DNA 10: Evidencia comprobatoria
DNA 11: El dictamen del contador público
independiente sobre los estados financieros
DNA 12: Control de
calidad en el Ejercicio Profesional
DNA 13: El Examen de la Información
Financiera Prospectiva
El Contador Público debe preparar y conservar
papeles de trabajo. La forma y contenido de los mismos debe ser
diseñada para llenar las circunstancias de un trabajo en
particular. La información contenida en los papeles de
trabajo constituye el registro
principal del trabajo que el Contador Público ha hecho y
las conclusiones a que ha llegado sobre asuntos
importantes.
Funciones y naturaleza de
los papeles de trabajo
Los papeles de trabajo sirven principalmente
para:
a) Proporcionar la base principal para el dictamen del
Contador Público, incluyendo su manifestación sobre
el cumplimiento de las normas relativas a la ejecución del
trabajo que están implícitas en la referencia en su
dictamen a las normas de auditoría de aceptación
general.
b) Ayudar al Contador Público a conducir y a
supervisar el
trabajo.
Los papeles de trabajo son registros
elaborados por el Contador Público que demuestran los
procedimientos aplicados, las pruebas realizadas, la
información obtenida, y las conclusiones pertinentes a que
ha llegado en el trabajo.
Ejemplos de los papeles de trabajo son los programas de
auditoría, análisis, memorandos,
certificación y confirmación obtenidas de la
gerencia y
terceros, extractos de documentos de la compañía,
cédulas y comentarios preparados y obtenidos por el
Contador Público. Los papeles de trabajo pueden
también estar en forma de datos archivados en cintas u
otros medios,
siempre y cuando la legislación vigente lo
permita.
Los factores que afectan el juicio del Contador
Público sobre la cantidad, tipo y contenido de los papeles
de trabajo, para un trabajo en particular incluyen a) la
naturaleza del trabajo, b) la naturaleza del Informe del Contador
Público, c) la naturaleza de los estados financieros,
cédulas y otra información sobre la cual el
Contador Público está informado, d) la naturaleza y
condición de los registros del cliente, e) el
grado de confianza sobre el control interno contable, y f) la
necesidad en circunstancias particulares de supervisión y revisión del
trabajo.
Contenido de los papeles de trabajo
La cantidad, tipo y contenido de los papeles de trabajo,
varía con las circunstancias, pero éstos deben ser
suficientes para mostrar que los registros contables concuerdan
con los estados financieros y otra información dada y que
las normas aplicables al trabajo de campo han sido cumplidas.
Normalmente los papeles de trabajo deben incluir documentación que muestre:
a) Que el trabajo ha sido adecuadamente planificado y
supervisado, indicando el cumplimiento de la primera norma
relativa a la ejecución del trabajo.
b) Que el sistema de control interno contable ha sido
estudiado y evaluado hasta el grado necesario para determinar si,
y hasta qué grado, otros procedimientos de auditoria deben
ser restringidos.
c) La evidencia de auditoria, los procedimientos de
auditoría aplicados, y las pruebas realizadas han
proporcionado suficiente material evidencial para dar una base
razonable para una opinión.
Propiedad y custodia de los papeles de
trabajo
Los papeles de trabajo son propiedad del
Contador Público. El derecho de
propiedad del Contador Público, sin embargo,
está sujeto a limitaciones de ética
vinculadas a la relación confidencial con los clientes, de
acuerdo con el Código de Ética Profesional y lo
previsto en el Art. 11 de la Ley de Ejercicio
de Contaduría Pública.
Los papeles de trabajo, sólo podrán ser
puestos a la disposición de un Contador Público,
independiente sucesor o cualquier otra persona debidamente
autorizada por el cliente. También previo requerimiento
por escrito de algún organismo competente autorizado por
las leyes. En ambos casos, el Contador Público
independiente, responsable del trabajo mantendrá el debido
control sobre dichos papeles, bien personalmente o por medio de
un miembro del personal de su firma.
Ciertos papeles de trabajo del Contador Público
pueden algunas veces servir como fuente de referencia útil
a su cliente, pero los papeles de trabajo no deben considerarse
como parte de, o sustituto para, los registros contables del
cliente.
El Contador Público debe adoptar procedimientos
razonables para la custodia segura de sus papeles de trabajo y
debe retenerlos durante un período suficiente para llenar
las necesidades de su profesión y para satisfacer
cualquier requisito legal pertinente de retención de
registros.
DNA 02: Solicitud de información
al abogado del cliente
Esta declaración proporciona una guía de
los procedimientos que un contador público debe considerar
para identificar litigios, demandas y otras reclamaciones o
contingencias de tipo legal, y para satisfacerse así mismo
de la forma en que éstos se contabilizan y revelan cuando
está llevando a cabo un examen de acuerdo con normas de
auditoria de aceptación general.
La Gerencia de la empresa es la responsable de adoptar
políticas y procedimientos para identificar, evaluar y
registrar los litigios, demandas y otras reclamaciones o
contingencias de tipo legal, como base para la preparación
de estados financieros de acuerdo con principios de contabilidad
de aceptación general.
Consideraciones de auditoría
Con respecto a litigios, demandas y otras reclamaciones
o contingencias de tipo legal, el contador público
deberá obtener evidencia suficiente sobre los siguientes
asuntos:
a) La existencia de una condición,
situación o conjunto de situaciones que den lugar a una
incertidumbre, respecto a una posible pérdida proveniente
de litigios, demandas y otras reclamaciones o contingencias de
tipo legal.
b) El período en el cual se presentó la
causa que originó la acción legal.
c) El grado de probabilidad de
un resultado desfavorable.
d) El monto o límites de
las pérdidas potenciales.
Procedimientos de auditoría
En vista de que las situaciones o condiciones que deben
ser consideradas al contabilizar e informar sobre litigios,
demandas y reclamaciones de tipo legal, son materia de
conocimiento directa y control de la Gerencia, esta es la fuente
primordial de información de esos asuntos. En
consecuencia, los procedimientos de auditoria respecto a
litigios, demandas y otras reclamaciones de tipo legal
deberán incluir lo siguiente:
a) Investigar y discutir con la Gerencia las
políticas y procedimientos adoptados para identificar,
evaluar y contabilizar los litigios, demandas y otras
reclamaciones de tipo legal;
b) Obtener de la Gerencia una descripción y evaluación de los
litigios, demandas y otras reclamaciones de tipo legal que
existían a la fecha de cierre del balance
general que se audita y aquellos existentes durante el
periodo comprendido entre la fecha del balance general y la fecha
en que se proporciona la información, identificando
aquellos asuntos enviados al abogado.
Asimismo, obtener de la gerencia, normalmente por
escrito, la aseveración de que se han revelado todos los
asuntos que necesitan ser revelados de acuerdo con los Principios
de Contabilidad de Aceptación General.
c) Examinar los documentos en poder del cliente
referentes a litigios, demandas y otras reclamaciones de tipo
legal, incluyendo correspondencia y facturas de
abogados;
d) Obtener la certificación escrita de la
Gerencia, de que se han revelado todas las demandas no
introducidas, que según el abogado tienen probabilidades
de formalizarse y deban revelarse de acuerdo con los Principios
de Contabilidad de Aceptación General, Igualmente el
contador público con autorización previa del
cliente, deberá informar al abogado que el cliente le ha
dado esta certificación. Esta manifestación puede
incluirla el cliente en la carta en la
cual solícita la información al abogado, o bien el
contador público puede hacerlo en carta por
separada.
Normalmente, un contador público no posee
conocimientos legales suficientes, para evaluar la
información sobre aspectos legales que le proporciona la
Gerencia. En consecuencia, el contador público
deberá solicitar a la Gerencia del cliente que
envíe una carta a los abogados a quienes ha consultado
respecto a litigios, demandas y otras reclamaciones de tipo
legal, para que informen por escrito al contador público
acerca de los asuntos que le hayan sido confiados.
El examen del contador público normalmente
incluye ciertos procedimientos llevados a cabo para distintos
propósitos, que también pudieran revelar litigios,
demandas u otras reclamaciones de tipo legal. Ejemplos de esos
procedimientos son:
a) Lectura de las
actas de la junta directiva, asamblea de accionistas, consejo de
administración y otros comités,
celebradas durante el periodo que se está examinando hasta
la fecha del dictamen.
b) Lectura de contratos, convenios de préstamos,
de arrendamiento y correspondencia con las autoridades fiscales u
otras entidades gubernamentales, así como otros
dictámenes similares.
c) Obtención de información de las
confirmaciones bancarias referentes a garantías
otorgadas.
d) Inspección de otra documentación que
ampare posibles garantías otorgadas por el
cliente.
Solicitud de información al abogado del
cliente
La carta solicitando información del abogado del
cliente es el medio principal para corroborar la
información dada por la Gerencia referente a litigios,
demandas y otras reclamaciones de tipo legal. El contador
público podrá obtener evidencia del departamento
legal de la empresa o de su abogado interno. Sin embargo,
cualquier evidencia obtenida del abogado interno no sustituye a
aquella que rehúse dar el abogado externo.
No será necesaria preguntar sobre asuntos que no
se consideran de importancia, siempre y cuando tanto el cliente,
como el contador público, hayan llegado a un acuerdo sobre
los limites de importancia para estos
propósitos.
La respuesta del abogado debe también cubrir el
periodo comprendido entre la fecha del balance y la fecha
estimada de finalización del trabajo del contador publico
en las oficinas del cliente.
Limitaciones en el alcance de la respuestas del
abogado
El abogado puede limitar su respuesta a los asuntos que
ha dado considerable atención en forma de consulta legal o
representación. Igualmente un abogado puede limitarse a
responder sobre aquellos asuntos que se consideren importantes ya
sea individual o colectivamente, que afecten alas estados
financieros, siempre y cuando tanto el abogado como el contador
público, hayan llegado a un entendimiento respecto a los
limites de la importancia relativa para este efecto.
La negativa del abogado para proporcionar la
información requerida en una carta o verbalmente se
considerará como una limitación en el alcance del
examen del auditor, suficiente para impedir la expresión
de una opinión sin salvedades.
La respuesta del abogado y el procedimiento aquí
establecido, provee al contador público con suficiente
evidencia para quedar satisfecho con respecto al registro e
información sobre litigios, demandas y otras reclamaciones
de tipo legal pendientes que pudieran surgir. El contador publico
obtiene suficiente evidencia para quedar satisfecho respecto a la
información de aquellas reclamaciones no entabladas y
otras reclamaciones de tipo legal que requieran ser reveladas en
los estados financieros.
Otras limitaciones en las respuestas de los
abogados
Un abogado puede verse imposibilitado de responder
debido a incertidumbre en relación al resultado de un
evento futuro, que no es susceptible de una estimación
razonable. Si el efecto de ese asunto en los estados financieros
fuese importante, normalmente, el contador público
concluirá que no puede expresar una opinión sin
salvedades.
A continuación presentan, a manera ilustrativa,
formas para facilitar la obtención y evaluación de
la información que suministran los abogados en
relación a litigios, demandas y otras reclamaciones o
contingencias de tipo legal.
Ejemplo:
Carta ilustrativa de Solicitud de Información al
Abogado en caso de que el Cliente nos remita a éste para
que prepare la relación de litigios.
MEMBRETE DEL | |
Nombre y dirección del abogado Estimado(s) señor(es): | Fecha
|
Con relación al examen de nuestros
estados financieros (consolidados) al (fecha del balance) y por
el (periodo) terminado en esa fecha, favor enviar a nuestro(s)
contador(es) público(s), (nombre y dirección del
(los) contador(es) público(s)), una lista que describa y
evalúe litigios, demandas y otras reclamaciones de tipo
legal, pendientes o en potencia para las
cuales haya(n) dedicado tiempo significativo para atenderlos,
bien sea en forma de consultas legales o de representación
ante los tribunales. Su respuesta debería incluir asuntos
que existían a la fecha del balance y durante el perlado
comprendido entre esa fecha y la de su respuesta a nuestro(s)
auditor(es). Su respuesta debería Incluir, pero no
está limitada a lo siguiente:
1. Una descripción de los litigios de
naturaleza judicial o extrajudicial en que se encuentre
involucrada la Compañía. Por favor incluya una
descripción del caso o los casos a la fecha y la
acción que la Compañía piensa llevar a cabo,
por ejemplo, proceder judicialmente o buscar un arreglo
extrajudicial.
2. Una evaluación sobre la posibilidad de una
sentencia desfavorable y una estimación, si es posible
hacerla, del monto de la pérdida potencial.
3. Una descripción de las reclamaciones
posibles o contingencias que usted(es) considere(n) puedan ser
entabladas en el futuro, inclusive reclamaciones de Impuesto sobre la
Renta, Impuestos Municipales u otros impuestos. Favor indicar
montos, de ser posible, y otros detalles
relacionados.
4. Detalles de cualquier contrato
negociado o en proceso de negociación que pueda afectar los estados
financieros de la Compañía.
5. Cualquier otro convenio que afecta directa o
indirectamente la situación financiera de la
Compañía.
Favor indicar si existe alguna limitación en
su respuesta y las razones para ello.
DNA 03: Manifestaciones de la
Gerencia
Durante el examen de los estados financieros, la
gerencia hace muchas manifestaciones al contador público,
tanto en forma verbal como escrita, ya sea en respuesta a alguna
solicitud o por medio de los estados financieros. Estas
manifestaciones verbales o escritas son parte de la evidencia que
el contador público obtiene, pero no sustituyen la
aplicación de otros procedimientos de auditoria necesarios
para respaldar su opinión sobre los estados financieros.
Las manifestaciones escritas de la gerencia normalmente confirman
las informaciones dadas al contador público en forma
verbal, documentan la veracidad de dichas manifestaciones, y
reducen la posibilidad de malas interpretaciones de los asuntos
relacionados con las mismas.
El contador público debe obtener manifestaciones
escritas de la gerencia sobre sus conocimientos de la entidad
examinada o intenciones en diversos asuntos, cuando considere que
son necesarias para complementar sus procedimientos de auditoria,
específicamente diseñados para satisfacerse de las
manifestaciones verbales o escritas recibidas de la
gerencia.
Hay casos en los que se solicitan manifestaciones
escritas, pero que, sin embargo, se hace difícil la
comprobación de las mismas con la aplicación de
procedimientos de auditoría, distintos a la simple
indagación.
Por ejemplo, cuando un cliente planea descontinuar una
línea del negocio, el contador público puede
encontrarse imposibilitado de confirmar por medio de otros
procedimientos esta intención o plan; por lo tanto,
deberá obtener una manifestación escrita para
documentar esa intención de la gerencia. Otro ejemplo
seria un proyecto de la gerencia a ser ejecutado en el futuro. A
menos que el examen del contador público revele evidencia
en contrario, su confianza sobre la veracidad de las
manifestaciones de la gerencia, se considera
razonable.
Limitaciones en el alcance
La negativa de la gerencia de proporcionar al contador
público manifestaciones por escrito, que considera
esenciales, constituye una limitación en el alcance de su
examen. Además, el contador público deberá
evaluar los efectos de la negativa de la gerencia y su
posición para confiar en otras manifestaciones
escritas.
Si el contador público se ve imposibilitado de
aplicar procedimientos que considera necesarios en las
circunstancias, en relación con un asunto importante en
los estados financieros, aun cuando haya recibido manifestaciones
de la gerencia relativas al mismo, existe una limitación
en el alcance de su examen, y debe hacer una salvedad en su
dictamen o abstenerse de opinar.
Cuando el contador público no obtenga de la
gerencia una manifestación escrita sobre asuntos de
importancia en los estados financieros o de decisiones
relacionadas con las actividades financieras y operacionales,
deberá emitir su dictamen con una abstención de
opinión. Cuando el contador público haya obtenido,
por medio de otros procedimientos, evidencia de los asuntos sobre
los que solícita manifestación escrita,
expresará una opinión con salvedad. A
continuación se presenta un modelo de esta
salvedad:
Modelo de una carta de manifestaciones
La siguiente carta se presenta para efectos de ilustración o ejemplo solamente. Las
manifestaciones por escrito deberán estar basadas en las
circunstancias del compromiso, la naturaleza y bases de
presentación de los estados financieros
examinados.
Para evitar malas interpretaciones sobre el significado
de ciertas manifestaciones que deben ser dadas por escrito por la
gerencia, el contador público podrá explicar al
cliente el significada de ellas y pedirle que las incluya en la
carta.
(MEMBRETE DE LA | ||
Fecha | ||
(fecha del dictamen del contador |
| |
Señores (Al contador público) |
Estimados señores:
En relación con el examen de (identificar los
estados financieros y la entidad auditada) del (periodo de la
auditoría) con el propósito de expresar su
opinión acerca de si los estados financieros presentan
razonablemente la posición financiera, resultado de las
operaciones, y cambios en la situación financiera de
(nombre del cliente) de conformidad con los principios de
contabilidad de aceptación general, les confirmamos las
siguientes manifestaciones que, a nuestro mejor saber y entender,
les hicimos en el curso de su examen:
1. Somas responsables de la presentación
razonable en las estados financieros de la situación
financiera, los resultados de operaciones y cambias en la
situación financiera de (nombre de la
compañía), conforme a principios de contabilidad de
aceptación general, aplicados en forma
uniforme.
2. Hemos puesto a su disposición todos los
registros financieros y sus correspondientes
soportes.
3. Todas las actas correspondientes a las sesiones de
la Junta Directiva, Comité Ejecutivo y Asambleas
Ordinarias y Extraordinarias de la compañía, que se
relacionan con tales estados financieros, y cualquier otra
información relevante, han sido puestos a
disposición de ustedes para su
consideración.
4. No tenemos conocimiento de ninguna cuenta,
transacción o compromiso importante, que no esté
suficientemente documentado y debidamente asentado en los
registros contables que sirvieron de base para la
preparación de los estados financieros.
5. No tenemos conocimiento de: (a) ninguna
irregularidad en la cual se haya visto involucrado algún
empleado de nivel gerencial, o de otro nivel que haya
desempeñado un papel importante en relación con el
sistema de control interno contable de (nombre de la
compañía), (b) otras irregularidades en la cual
hubieran podido participar otros empleados, que pudieran haber
tenido un efecto importante sobre tales estados financieros, (c)
ninguna violación o posible violación de leyes o
reglamentos cuyo efecto debió ser evaluado para determinar
la necesidad de revelarlos en los estados financieros o como una
base para registrar un pasivo contingente.
6. No hemos recibido ninguna comunicación de
organismos gubernamentales o de terceros, ni sabemos de su
existencia, en relación con el incumplimiento por parte de
(nombre de la compañía), de regulaciones y normas a
las que está sujeta la
compañía.
7. No hay inexactitudes en la presentación de
la información financiera que pudieran tener efecto
significativo sobre los citados estados
financieras.
8. La compañía ha cumplido
oportunamente con todos sus compromisos contractuales que
eventualmente pudieran tener alguna consecuencia de importancia
en caso de su incumplimiento.
9. Los estados financieros al (fecha) comprenden el
monto de dinero en
efectivo y todas las cuentas bancarias de la
compañía, así como todos los otros bienes y
activos de la misma, de cuya existencia tenemos conocimiento. La
compañía dispone de títulos de propiedad
sobre sus activas, y cualquier gravamen de importancia sobre los
mismos se refleja adecuadamente en los estados financieros o en
las notas explicativas correspondientes.
10. Los documentos y cuentas por
cobrar con un importe total de (monto) al (fecha),
representan saldos a carga de deudores de la
compañía, por ventas u otros
cargos efectuadas con anterioridad a esa fecha a en la misma, y
no están sujetos a ningún descuenta, a
excepción de los normales que se aplican en caso de pagos
anticipados. Estas documentas y cuentas por cobrar no incluyen
saldos cuya exigibilidad se extienda a más de un
año. La estimación de (manta) para cuentas de cobro
dudoso es suficiente para absorber cualquier pérdida que
se origine por falta de cobro de los documentos y cuentas por
cobrar.
11. Los inventarios al
(fecha) ascienden a (monto) y han sido estimados en su valor
más bajo del costo o del mercado, siendo determinado el
costo sobre la base de (último en entrar, primero en
salir: LIFO; primera en entrar, primero en salir: FIFO; u otra
base uniforme con el año anterior). Además, se han
registrado en libros las provisiones necesarias para reducir el
imparte de las existencias sin movimiento,
dañadas, obsoletas o descontinuadas, a los precias que
estimamos poder realizarlas. Las compromisos adquiridas por
compras futuras
son por cantidades que no exceden las necesidades que se
prevén en el futuro inmediato ni a precios superiores al
valor de mercado.
Se fijaron las cantidades en existencia según
los correspondientes inventarios de la compañía,
que se ajustaran en base a los inventarios debidamente revisadas
y supervisadas por nuestro personal competente.
El pasivo por los artículos incluidos en las
existencias, ha sido asentado como tal en los libros para el
(fecha), y todas las mercancías facturadas a los clientes
para la mencionada fecha han sido excluidas del inventario.
12. Se han incluido en los referidos estados
financieros de (fecha) todas las obligaciones de la
compañía, de cuya existencia se tiene conocimiento.
La compañía no conoce de otros pasivos importantes
o de ganancias o pérdidas eventuales que deban ser
registrados o revelados en los estados financieros. Tampoco el
Departamento Jurídico de la compañía tiene
conocimiento de juicios o litigios potenciales que debieron haber
sido tomados en Cuenta y reflejados en los aludidos estados
financieros tal como lo requieren los principios de contabilidad
de aceptación general.
13. Los estados financieros y sus notas explicativas
incluyen toda la información que se consideró
necesaria para reflejar razonablemente la posición
financiera y los resultados de las operaciones de la
compañía, de conformidad con principios de
contabilidad de aceptación general, así como
aquellos requerimientos que deben ser incluidos en dichos estados
financieros de acuerdo con las leyes y reglamentos del
país sobre la materia, ya los cuales está sujeta la
compañía.
14. Para la fecha de la firma de esta carta, no
tenemos información sobre algún hecho o
acontecimiento que pudiera incidir de manera destacada en los
estados financieros o sobre afirmaciones contenidas en las notas
explicativas a los mismos, por lo que respecta al año
finalizado el (fecha), o que, aun cuando no hubiera afectado
tales estados financieros o notas, haya podido originar
algún cambio de importancia en la situación
financiera o en los resultados de las operaciones de la
compañía.
(Nombre del funcionario ejecutivo y su
titulo).
(Nombre del funcionario financiero y su
titulo).
Carta complementaria
Cuando se considera apropiado llevar a cabo una
revisión de eventos
posteriores, la carta de manifestaciones de la gerencia debe
actualizarse para cubrir los eventos posteriores a la fecha de la
carta anterior, siempre y cuando los mismos se consideren
importantes. Tal actualización debe hacerse obteniendo de
la gerencia una carta confirmatoria de la original. Es suficiente
solicitarle que actualice sus manifestaciones mediante referencia
a la carta original y nos informe por escrito de cualquier evento
posterior importante, silo hubiere. La segunda carta debe ser
firmada por las mismas personas que firmaron la
primera.
Tal carta puede presentarse en el siguiente
formato:
(MEMBRETE DE LA | |
Fecha | |
Señores (Al contador público) |
Estimados señores:
Con fecha (fecha de la carta original) les
confirmamos por escrito cierta información y opiniones que
expresáramos a ustedes, con respecto a los estados
financieros de (nombre de la compañía) al (fecha) a
ser incluidos en (identifique el informe). Les confirmamos que,
según nuestro conocimiento y entender, las manifestaciones
incluidas en tal carta son aún correctas al (fecha de esta
carta) y no tenemos conocimiento de que con posterioridad hayan
ocurrido eventos o transacciones (indique aquí cualquier
excepción) que pudieran afectar significativamente los
estados financieros por el año que terminó el
(fecha). Asimismo, no tenemos conocimiento de ninguna
situación o hecho desde (fecha de la carta anterior) que,
aunque no haya tenido efecto sobre tales estados financieros,
haya causado o pudiera provocar algún cambio
significativo, adverso o de otra naturaleza, en la
posición financiera o resultados de operación de la
compañía.
(Nombre del funcionario ejecutivo y su
titulo)
(Nombre del funcionario financiero y
su título)
DNA 04: El informe de control
interno
Este pronunciamiento versa sobre el contenido y
presentación del informe, por medio del cual el Contador
Público comunica a la Gerencia de la entidad cuyos estados
financieros examina, las debilidades importantes que hayan
llamado su atención durante el estudio y evaluación
del Control Interno, realizado sobre bases selectivas, con la
finalidad de determinar el alcance de las pruebas de
auditoría, y no para expresar una opinión sobre el
mismo.
El titulo "Informe de Control Interno’, se usa a
lo largo de este pronunciamiento. En la práctica
profesional, en nuestro país se utilizan
títulos como "Carta a la Gerencia","Carta de
Recomendaciones" u otra similar para informes con el mismo
objetivo.
Antecedentes
La Publicación Técnica N0 1
sobre Normas de Auditoria de Aceptación General expresa en
la segunda norma de auditoria referente a la organización
y ejecución del trabajo, que:
"El Contador Público debe
efectuar un estudio y evaluación del Control Interno
existente como base para determinar la extensión de los
procedimientos de auditoría que va a
aplicar".
El estudio de Control Interno tiene por finalidad
obtener un conocimiento de cómo está conformado
éste; no sólo desde el punto de vista de las normas
y procedimientos establecidos por la
administración de la entidad auditada, sino
también cómo opera en la
práctica.
En el Informe de Control interno el Contador
Público debe describir el carácter del examen
efectuado, su alcance y gradado responsabilidad que, como
consecuencia de él asume. Esta descripción puede
hacerse a través de una carta de presentación o
formando parte integral del informe. El formato de la carta de
presentación es opcional. Un modelo que se sugiere es el
siguiente:
Fecha | |
| Señores Junta Directiva |
| XYZ, CA. Ciudad, |
Como parte de nuestro examen de los estados
financieros de (nombre de la entidad), por el año que
terminó el (fechado cierre), hemos efectuado un estudio y
evaluación del sistema de control interno contable de la
Compañía, tal como lo requieren las normas de
auditoria de aceptación general.
Dicho estudio y evaluación no
constituyó una revisión detallada del sistema de
control interno, fue hecho en base a pruebas selectivas con la
finalidad de determinar la naturaleza, oportunidad y
extensión de los procedimientos de auditoria necesarios
para expresar una opinión sobre los estados financieros
auditados, por lo que no necesariamente revelará todas las
debilidades Importantes que puedan existir en el
sistema.
El Control Interno contable tiene como finalidad
garantizar en forma razonable no absoluta, la salvaguarda de los
activos y confiabilidad de la información financiera: dado
que la efectividad de los procedimientos de control puede verse
afectada por interpretaciones erróneas, descuidos, juicios
equivocados y otros factores.
En las páginas siguientes indicamos las
debilidades importantes que llamaron nuestra atención al
realizar el estudio y evaluación del control interno.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaratoria o
explicación adicional que ustedes
requieran.
Atentamente,
(Firma del Contador Público
encargado)
(Nombre del Contador Público
encargado)
Destinatario
De presentarse situaciones irregulares que denoten
incumplimiento por parte de la Gerencia de los procedimientos de
control establecidos, la carta deberá dirigirse a un nivel
superior, tal como la Asamblea de Accionistas, Asamblea de
Socios, etc.
En entidades de organización compleja, el
Contador Público podrá, dividir el informe entre
los distintos niveles directivos, en base a la evaluación
de su contenido y conocimiento de la organización. Cuando
esto ocurra, asuntos que no son importantes para la Gerencia se
informan por separado a los niveles inferiores de la
organización. Una síntesis
de estos asuntos será incluida en el informe dirigido a la
Gerencia, por el cual se le comunica los aspectos de mayor
relevancia de control interno u otras áreas que no son de
incumbencia directa de los niveles inferiores.
Firma
El informe debe llevar el nombre y la firma del contador
público encargado de la auditoría.
Observaciones y recomendaciones
Alcance
Cualquiera que sea el área de la observación indicada cada una de ellas debe
contener lo siguiente:
a) Descripción de la deficiencia
encontrada.
b) Causas del problema.
c) Consecuencia de la debilidad encontrada, y de ser
posible su cuantificación.
d) Correctivo adecuado según las
circunstancias.
e) Cualquier otro punto que el Contador Público
considere pertinente.
Lo importante es que el Contador Público
deberá considerar, en base a su juicio profesional, y de
conformidad con las características particulares de la
entidad, tales como tamaño de la organización,
capacidad del personal y condiciones de operaciones,
cuáles han de ser los aspectos sujetos a
comunicación.
Forma de presentación
El auditor puede comunicar las debilidades encontradas
por escrito o en forma verbal, siendo la forma escrita la
deseada. La
comunicación verbal será empleada cuando la
poca importancia relativa de las debilidades encontradas,
así lo justifiquen.
La redacción de las observaciones
podría realizarse señalando en principio la
recomendación, y en segundo término la debilidad
involucrada, o viceversa. Cualquiera de ambas formas
podría ser empleada con iguales resultados,
teniéndose presente que lo importante es el lenguaje
utilizado por el Contador Público, ya que silos informes
de control interno deben aconsejar cambios en el funcionamiento
del control interno, el Contador Público deberá
seleccionar cuidadosamente las palabras que utilice en su
informe, para que la Gerencia comprenda sus
recomendaciones.
Ejemplo N° 1: por áreas
operativas.
En este modelo las observaciones se presentan por
áreas operativas, colocando primero la debilidad y a
continuación la sugerencia.
Cuentas por pagar
1. Debe centralizarse la recepción de la
documentación relacionada con las obligaciones de
pago
Observamos que en el área de cuentas por pagar
no existe una organización donde se centralice la
recepción y distribución de toda la
documentación relacionada con las obligaciones de la
empresa, lo cual podría originar, lo
siguiente:
a) Un registro incompleto de las
obligaciones.
b) Un control inadecuado en la recepción de
las facturas, lo cual nos permite conocer la antigüedad de
las mismas.
c) Que los proveedores no reciban el pago
oportuno.
A fin de evitar estas situaciones, recomendamos que
la recepción de la documentación relacionada con
las obligaciones, sea centralizada a través de una
organización específica.
Ejemplo N° 2: por Rubros de
Balance.
En este modelo, las observaciones se presentan siguiendo
el orden de los rubros del balance, colocando primero la
recomendación y luego la debilidad.
Efectivo
Es conveniente que el funcionario encargado para la
aprobación de los desembolsos cumpla con este registro, a
fin de dejar constancia de la autorización de la
Gerencia.
En nuestra revisión observamos casos en que
las respectivas órdenes de pago no tenían evidencia
escrita (firma) de su aprobación.
Sugerimos que se notifique alas bancos, de una manera
periódica los nombres de los firmantes
retirados.
Obtuvimos información de los bancos que nos
confirmaron sobre las firmas autorizadas vigentes; en las cuales
encontramos personas que ya no trabajan en la
empresa.
Propiedades. planta y equipo
Es conveniente que los activos fijos de
la empresa se encuentren razonablemente cubiertos por
pólizas de seguros para evitar así, posibles
pérdidas no recuperables.
En nuestra revisión notamos que los montos de
la cobertura no cubren razonablemente el valor según
libros de los activos fijos.
DNA 05: Efecto de la función de
auditoria interna en el alcance del examen del contador
público independiente
El Contador Público Independiente puede
considerar el trabajo de los auditores internos al determinar el
alcance, naturaleza y oportunidad de sus procedimientos de
auditoría y así mismo, utilizar la ayuda de
éstos para la realización de su trabajo. Sin
embargo, el trabajo del auditor interno no puede sustituir al
trabajo del Contador Público Independiente.
Dentro de los diversos trabajos que el auditor interno
hace para la entidad auditada, se incluye el estudio y
evaluación del control interno, la revisión de
procedimientos para mejorar la eficiencia, y el
hacer investigaciones especiales, bien como parte de sus
obligaciones normales o a petición de la Gerencia. Esta
declaración es aplicable al trabajo del auditor interno
cuando efectúa un estudio y evaluación del control
interno u otros trabajos como parte de sus obligaciones normales,
o en los casos que realiza trabajos para el Contador
Público Independiente.
Cuando los auditores internos estudian y evalúan
el control interno o realizan pruebas sustantivas de las
transacciones y de saldos, están cumpliendo una labor
especial de control. Para efectos de este pronunciamiento, el
concepto de auditor no es aplicable a aquellas personas a las
que, si bien se les da este titulo, no ejercen las funciones propias
del auditor interno, ni persiguen los objetivos que se han
señalado a éstos. Sin embargo, si aplica a personas
con otros títulos que realizan estas funciones.
El trabajo de los auditores internos puede ser un factor
en la determinación de la naturaleza, oportunidad y
extensión de los procedimientos del Contador
Público Independiente. Cuando el Contador Público
Independiente decide utilizar el trabajo de los auditores
Internos como parte de sus propios procedimientos, deberá
evaluar la independencia y competencia de los auditores internos,
así como el trabajo por ellos realizado.
Independencia y competencia de los auditores
internos
Cuando se evalúe la competencia de los auditores
internos, el Contador Público Independiente debe
investigar todas las cualidades del personal de auditoria
interna, tales como su instrucción profesional,
experiencia en trabajos anteriores, etc., así como los
métodos utilizados por el cliente en la
contratación, entrenamiento y
supervisión de su personal de auditoría
interna. También puede servir al Contador
Público Independiente para evaluar la competencia de los
auditores internos, revisar sus informes y papeles de trabajo, la
suficiencia de la documentación, su capacidad para
resolver problemas e implementar métodos de auditoria y
analizar si es adecuada la supervisión a todos los niveles
del equipo de auditoría interna.
Evaluación del trabajo do los auditores
internos
El Contador Público Independiente debe evaluar
las conclusiones de los auditores internos en lo referente a la
efectividad del sistema contable, a través de la
revisión y comprobación de su trabajo. Al realizar
su evaluación, el Contador Público Independiente
debe considerar factores tales como lo apropiado del alcance del
trabajo, la suficiencia de los programas y papeles de trabajo y
que sus informes se correspondan con los resultados obtenidos,
igualmente deberá revisar, por pruebas selectivas, los
documentos que evidencien la labor realizada por los auditores
internos. La extensión de estas pruebas variará de
acuerdo con las circunstancias y el tipo e importancia relativa
de las transacciones.
Estas pruebas selectivas pueden realizarse bien sea, a
través de la revisión de transacciones o saldos
incluidos en el examen de los auditores internos, o por
transacciones o saldos de la misma naturaleza diferentes a las
examinadas por los auditores internos. Posteriormente el Cantador
Público Independiente deberá comparar los
resultados de sus pruebas con los resultados del trabajo de los
auditores internos y llegar a sus propias
conclusiones.
Participación directa de los auditores
internos en el trabajo del contador pública
independiente
El Contador Público independiente puede utilizar
a los auditores internos para que le asistan directamente en la
realización de pruebas sustantivas o de cumplimiento, bajo
su supervisión. Para ello, el Contador Público
Independiente considerará su competencia e independencia,
supervisará y verificará su trabajo en la medida
apropiada, así como evaluará sus
conclusiones.
Juicio profesional
El Contador Público Independiente es responsable
del dictamen sobre los estados financieros, y por lo tanto, debe
aplicar su juicio o criterio profesional sobre la efectividad del
control interno contable, la suficiencia de las pruebas
realizadas, la importancia relativa de las transacciones,
así como otros aspectos que afecten el proceso de
obtención y evaluación de la evidencia. Todo ello
debe tomarse en consideración cuando el Contador
Público Independiente utiliza el trabajo de los auditores
internos para la determinación de la naturaleza,
oportunidad y alcance de sus propios procedimientos, o cuando
participen directamente en la realización de su
trabajo.
DNA 06: Planificación
y supervisión
La primera norma de ejecución del trabajo
establece que el trabajo de auditoría debe ser planificado
adecuadamente y debe ejercerse una supervisión apropiada
sobre los auditores asistentes si los hubiere.
La presente declaración proporciona
orientación al auditor independiente para que haga su
examen de acuerdo con normas de auditoría de
aceptación general, respecto a las consideraciones y
procedimientos aplicables a la planificación y
supervisión, incluyendo la preparación de un
programa de auditoria, la obtención del conocimiento del
negocio de la entidad, y el manejo de las diferentes opiniones de
los principales funcionarios y empleados de la empresa. La
planificación y supervisión continúan
durante todo el examen, y los procedimientos relativos con
frecuencia se mantienen durante el mismo.
El Contador Público que tiene la responsabilidad
final del examen puede delegar parte de la planificación y
supervisión en otro miembro de la firma. Para efectos de
esta declaración, (a) se designa como auditores asistentes
al personal de la firma distinto del Contador Público que
tiene la responsabilidad final del examen, y (b) el
término auditor se refiere tanto al Contador
Público que tiene la responsabilidad final así como
a los asistentes.
Planificación
La planificación de una auditoría requiere
del desarrollo de una estrategia general para la
conducción, el alcance y los resultados esperados en el
examen. La naturaleza, extensión y oportunidades de la
planificación de la entidad varían con el
tamaño y la complejidad, la experiencia que se tenga y
el
conocimiento del negocio de la entidad, cuyas cuentas va a
examinar el Contador Público, será desde luego
anterior a la revisión de las cuentas en si. Para
planificar el examen, el auditor deberá conocer, entre
otros los siguientes aspectos:
- Los asuntos que se relacionen con el negocio de la
entidad y la industria en
que opera. - Las políticas y procedimientos
contables. - La confianza que se espere depositar en los controles
internos contables. - Las estimaciones preliminares de los niveles de
importancia relativa. - Las partidas de los estados financieros que
probablemente requerirán de ajuste. - Las condiciones que puedan requerir la
ampliación o modificación de las pruebas de
auditoria; condiciones tales como la posibilidad de errores o
irregularidades importantes o la existencia de transacciones
con partes relacionadas. - La naturaleza de los informes que se espere emitir
(por ejemplo, un informe sobre estados financieros consolidados
o de consolidación, informes especiales sobre el
cumplimiento de estipulaciones contractuales).
Si el auditor tiene ya un buen conocimiento del negocio
o compañía porque ha hecho la auditoría
correspondiente a los ejercicios anteriores; esta planeación
previa a la ejecución misma de la auditoria, se
reducirá a la revisión de las circunstancias
actuales en comparación con la que ya son de su
conocimiento, lo que le pondrá en aptitud de poder
proceder desde luego ala aplicación de los procedimientos
de la auditoría.
Conocimiento del negocio
El Contador Público debe adquirir un nivel de
conocimiento del negocio de la entidad que le permita planificar
y ejecutar su examen de acuerdo con las normas de auditoria de
aceptación general. Ese nivel de conocimiento debe
permitirle adquirir un entendimiento de los acontecimientos,
transacciones y prácticas que, a su juicio, puedan tener
un efecto significativo en los estados financieros. El nivel de
conocimiento que comúnmente posee la gerencia con respecto
a la administración del negocio de la entidad, es
sustancialmente mayor que aquel que obtiene el Contador
Público al efectuar su examen. El conocimiento del negocio
de la entidad ayuda al Contador Público a:
- Identificar áreas que puedan requerir
consideración especial. - Evaluar las condiciones bajo las cuales se produzca,
procese, revise y acumule la información contable dentro
de la organización. - Evaluar la razonabilidad de estimaciones, tales como
la valuación de Inventarios, la depreciación, las
estimaciones para cuentas de cobro dudoso y el porcentaje de
terminación en contratos a largo plazo. - Evaluar la razonabilidad de las declaraciones de la
gerencia. - Hacer juicios respecto a lo apropiado de los
principios de contabilidad que se han aplicado y lo adecuado de
las revelaciones.
Supervisión
La supervisión implica dirigir los esfuerzos de
los asistentes que participan en lograr los objetivos del examen,
y determinar si se lograron esos objetivos. Los elementos de la
supervisión incluyen, dar instrucciones a los asistentes,
mantenerse informado de los problemas importantes que se
encuentren, revisar el trabajo hecho, y manejar las diferencias
de opinión entre personal de la firma. El grado de
supervisión apropiado en una situación determinada
depende de muchos factores, incluyendo la complejidad del asunto
particular y la capacitación de las personas que hacen el
trabajo.
Información a los asistentes
Los asistentes deben ser informados de sus
responsabilidades y de los objetivos de los procedimientos que
han de ejecutar. Deben ser informados de los asuntos que puedan
afectar la naturaleza, la extensión y la oportunidad de
los procedimientos que han de aplicar, tales como la naturaleza
del negocio de la entidad en lo que se relacione con su
asignación y los posibles problemas de contabilidad y
auditoria. El Contador Público que tiene la
responsabilidad final del examen debe instruir a los asistentes
para que hagan de su conocimiento los aspectos significativos de
contabilidad y auditoría que surjan durante el examen,
para que pueda él evaluar su importancia.
Revisión del trabajo
El trabajo que haga cada asistente debe ser revisado
para determinar si fue ejecutado adecuadamente y para evaluar
silos resultados son consistentes con las conclusiones que se van
a presentar en el dictamen del Contador
Público.
El Contador Público que tiene la responsabilidad
final del examen y sus asistentes deben conocerlos procedimientos
que han de seguirse cuando existan diferencias de opinión
con relación a aspectos de contabilidad y auditoria entre
el personal de la firma, que participa en el examen. Esos
procedimientos deben permitir al asistente que documente su
desacuerdo con las conclusiones alcanzadas si, después de
hacer las consultas apropiadas, considera necesario desvincularse
de la resolución dada al asunto. En esta situación,
debe también documentarse la base de la resolución
final.
DNA 07: Transacciones entre partes
relacionadas
Esta declaración tiene por objeto definir lo que
constituyen transacciones entre partes relacionadas, facilitar al
contador público orientación y guías en
relación con los procedimientos de auditoría que
debe considerar para identificar dichas transacciones,
satisfacerse de su esencia, de su registro apropiado, y
finalmente, establecer el alcance y la forma de su
revelación en los estados financieros examinados de
acuerdo con las normas de auditoría de aceptación
general.
Definición de "transacciones entre partes
relacionadas"
Para efectos de esta declaración se consideran
partes relacionadas, cuando se encuentran presentes
vínculos o condiciones que ocasionan, en forma directa o
indirecta, que una de las partes pueda influir significativamente
a la otra en sus políticas de operación o en la
consecución de sus objetivos e intereses, y que tiene
poder para interferir en el desarrollo de una actuación
completamente libre e independiente. Constituyen ejemplos de
partes relacionadas, las transacciones o vínculos
entre:
- Una empresa y sus filiales o subsidiarias, asociadas,
accionistas, gerencia, propietarios principales, y miembros de
los familiares inmediatos de accionistas y
ejecutivos. - Empresas filiales o subsidiarias de una matriz
común. - Empresas que tienen uno o varios accionistas o
propietarios principales comunes. - Empresas que registran su inversión por el
método de participación patrimonial. - Una empresa y la organización sindical, caja
de ahorros, fondos en fideicomiso,
inversiones de sus empleados y obreros cuando intervienen en la
administración de dichas actividades o
fondos. - Empresas con ejecutivos o gerencias comunes. Por
ejemplo, presidente y/u otros miembros de la Junta
Directiva. - Empresas o personas con las cuales existen contratos
o convenios que representan volúmenes significativos en
las operaciones de una de ellas. Por ejemplo, el tener un solo
cliente, proveedor, distribuidor, financista.
Las operaciones se consideran también
transacciones entre partes relacionadas aun cuando no se les
dé ningún reconocimiento contable. Por ejemplo, una
entidad puede proporcionar servicios sin costo a una parte
relacionada.
DNA 08: Comunicación
entre el auditor predecesor y el sucesor
Esta declaración proporciona una guía a
ser utilizada entre el auditor predecesor y su sucesor, cuando un
cambio de auditores ha ocurrido, o está en proceso. El
término "auditor predecesor" se refiere a un auditor que
ha renunciado a un trabajo de auditoria o al que se le ha
notificado que sus servicios han terminado. El término
"auditor sucesor" se refiere a un auditor que ha aceptado un
trabajo de auditoría o un auditor que ha sido invitado a
hacer una propuesta para un trabajo de auditoria. Esta
declaración es aplicable siempre que un auditor
independiente ha sido contratado o está por ser contratado
para hacer el examen de los estados financieros de acuerdo con
normas de auditoria generalmente aceptadas.
El auditor sucesor, generalmente deberá iniciar
las comunicaciones. La comunicación
podrá ser oral o escrita, pero el auditor predecesor y el
sucesor deberán guardar, con la confidencialidad que el
casa requiera, la información que crucen entre si. Esta
obligación es necesaria aun cuando el auditor sucesor
acepte o no el trabajo.
Comunicaciones anteriores a la aceptación del
trabajo por el auditor sucesor
Es un procedimiento necesario el efectuar preguntas por
el auditor sucesor, en vista de que éstas podrán
proporcionar al mismo, la información que la ayude en la
decisión de aceptar o no el trabajo. El auditor sucesor
deberá tener en mente que además de otras cosas, el
auditor predecesor y el cliente pueden haber tenido desacuerdos
acerca de principios de contabilidad, procedimientos de auditoria
o asuntos relacionados importantes.
El auditor sucesor deberá explicar a su cliente
en perspectiva la necesidad de hacer preguntas al auditor
predecesor y deberá obtener el permiso para hacerlo.
Excepto por lo establecido en el código de ética
profesional, a un auditor le está prohibido revelar
información confidencial obtenida en el curso de una
auditoría, a menos que el cliente lo permita. Por lo
tanto, el auditor sucesor deberá pedir a su cliente en
perspectiva que autorice al auditor predecesor a que responda en
su totalidad las preguntas del sucesor. Si el cliente en
perspectiva rehúsa responder o imita las respuestas del
auditor predecesor, el auditor sucesor deberá preguntar
las causas y considerar las implicaciones que este aspecto pueda
tener en la aceptación de su trabajo.
El auditor sucesor deberá hacer preguntas
especificas y razonables al auditor predecesor acerca de asuntos
que aquél crea lo ayudarán en la aceptación
o no del trabajo. Sus preguntas deberán incluir aspectos
especificos a cerca, además de otras cosas, de hechos que
puedan recaer sobre la integridad de la gerencia, sobre
desacuerdos con principios de contabilidad, procedimientos de
auditoria u otros asuntos Importantes y sobre su entendimiento de
las razones para el cambio de auditores.
El auditor predecesor deberá responder pronta y
totalmente sobre hechos conocidos por él, a las preguntas
razonablemente efectuadas por su sucesor. Sin embargo, si
él decide, debido a circunstancias no usuales tales como
litigios, no dar respuestas completas a las preguntas,
deberá indicar que sus repuestas son limitadas. Si el
auditor sucesor recibe una respuesta limitada, deberá
considerar sus implicaciones para decir si acepta o no el
trabajo.
Otras comunicaciones
Cuando un auditor sucede a otro, el sucesor
deberá obtener evidencia suficiente competente para
proporcionar bases razonables para expresar su opinión
sobre los estados financieros que él se ha comprometido a
examinar, así como la consistencia de la aplicación
de los principios de contabilidad aplicables en el año con
los del año anterior. Lo anterior será efectuado
por la aplicación apropiada de procedimientos de
auditoría a las cuentas de balance al principio del
periodo sujeto a examen y en algunos casos a las operaciones de
períodos anteriores. El examen del auditor sucesor se le
facilitará:
- Haciendo preguntas especificas al auditor predecesor,
acerca de asuntos que el sucesor cree podrán afectar la
forma de llevar a cabo su examen, tales como áreas de
auditoria que han requerido una excesiva cantidad de tiempo o
problemas suscitados por las condiciones del sistema de
contabilidad y registro. - Revisión de los papeles de trabajo del auditor
predecesor. Para efectos de su dictamen, sin embargo, el
auditor sucesor no deberá hacer referencia al dictamen o
trabajo hecho por el auditor predecesor, como base en parte,
para su propia opinión.
El auditor sucesor deberá pedir al cliente que
autorice una revisión de los papeles de trabajo del
auditor predecesor. Es una costumbre que en tales circunstancias
el auditor predecesor esté disponible a las consultas del
auditor sucesor y facilite la revisión de algunos de sus
papeles de trabajo. El auditor predecesor y el sucesor
deberán estar de acuerdo sobre los papeles que
podrán estar disponibles para su revisión y sobre
aquellos que podrán ser copiados. Comúnmente el
auditor predecesor deberá permitir a su sucesor la
revisión de papeles de trabajo relativos a asuntos de
importancia y de continuidad en la contabilidad, tales como los
análisis en papeles de trabajo de las cuentas del balance
general, circulantes y a largo plazo y aquellos relativos a
contingencias. Sin embargo, pueden existir razones que hagan al
auditor predecesor decidir no permitir una revisión de sus
papeles de trabajo. Además, cuando más de un
auditor sucesor se está considerando para la
aceptación de un trabajo de auditoria, el auditor
predecesor no deberá estar disponible o facilitar sus
papeles de trabajo, hasta que el sucesor haya aceptado el
trabajo.
DNA 09: Procedimientos
analíticos de revisión
Esta Declaración se aplica a los procedimientos
analíticos de revisión en un examen efectuado de
acuerdo con las normas de auditoría de aceptación
general. Proporciona una guía para la consideración
del auditor cuando aplica tales procedimientos, pero no
específica los procedimientos de revisión
analítica que se requieren en esta
Declaración.
Los procedimientos analíticos de revisión
corresponden a pruebas sustantivas de la información
financiera hecha por un estudio y comparación de las
relaciones entre los datos. El grado de confianza del auditor en
las pruebas sustantivas puede derivarse de las pruebas de detalle
de las transacciones y saldos, de los procedimientos de
revisión analítica, o de la combinación de
ambos. Tal decisión dependerá de cómo juzgue
el auditor la efectividad y eficiencia esperadas de los tipos de
procedimientos respectivos.
Una premisa básica que soporta la
aplicación de los procedimientos de revisión
analítica específica que el auditor puede
razonablemente esperar que existan y que continúen, en la
ausencia de condiciones conocidas que lo impidieran, ciertas
relaciones entre la información. La aplicación de
las procedimientos analíticos de revisión pueden
indicar la necesidad de procedimientos adicionales o indicar la
disminución del alcance de otros procedimientos de
auditoria.
Cuando los procedimientos analíticos de
revisión identifican fluctuaciones que no se esperaban, o
la ausencia de fluctuaciones cuando éstas se esperaban u
otras partidas que aparezcan anormales, el auditor deberá
investigarías si considera que son indicativas de hechos
que tengan un efecto importante en su examen.
Oportunidad y objetivos de los procedimientos
analíticos de revisión
La oportunidad en la aplicación de los
procedimientos analíticos de revisión
variará de acuerdo a los objetivos del auditor. Los
procedimientos analíticos de revisión pueden
llevarse a cabo en diferentes etapas del examen, tales
como:
a) En la etapa inicial de la planeación, para
ayudar en la determinación de la naturaleza, alcance, y
oportunidad de otros procedimientos de auditoría,
identificando, entre otras cosas, hechos importantes que deban
tomarse en cuenta durante el examen;
b) Durante el transcurso del examen, junto con otros
procedimientos aplicados por el auditor a elementos individuales
de la información financiera;
c) A la terminación del examen o cerca de la
misma, como una revisión general de la información
financiera.
Naturaleza de los procedimientos analíticos de
revisión
Los procedimientos analíticos de revisión
comprenden lo siguiente:
a) Cotejo de la información financiera con la
información comparable del año o años
anteriores;
b) Comparación de la información
financiera con los resultados proyectados (por ejemplo, presupuesto y
pronósticos);
c) Estudio de las relaciones de los elementos de la
información financiera que se esperaría de acuerdo
a un patrón predecible, basado en la experiencia de la
entidad;
d) Comparación de la información
financiera con información semejante relacionada a la
industria en que opera la entidad;
e) Estudio de las relaciones de la información
financiera con la información no financiera
importante.
Varios métodos pueden utilizarse para llevar a
cabo estos procedimientos. Estos pueden hacerse utilizando cifras
monetarias, unidades, razones, o porcentajes. Los métodos
seleccionados por el auditor forman parte de su juicio
profesional.
DNA 10: Evidencia
comprobatoria
Esta norma relativa a la ejecución del trabajo
expresa: "Se debe obtener una evidencia comprobatoria suficiente
y competente por medio de la inspección,
observación, indagación, y confirmación, con
objeto de tener una base razonable para emitir una opinión
sobre los estados financieros que se examinan".
La mayoría del trabajo del contador
público al formarse una opinión sobre los estados
financieros, consiste en obtener y evaluar el material de
evidencia relacionado con las aseveraciones de dichos estados
financieros. El grado de validez de tal evidencia, para efectos
de la auditoria, descansa en el juicio del auditor; en este
respecto, la evidencia de auditoria difiere de la evidencia
legal, la cual se encuentra circunscrita a reglas rígidas.
La influencia del material de evidencia sobre el auditor
varía substancialmente a medida que éste va
formando su opinión sobre los estados financieros que
está examinando. La pertinencia de la evidencia, su
objetividad, oportunidad y la existencia de otro material que
corrobore las conclusiones a las cuales conduce, descansa en su
adecuabilidad.
Naturaleza de la evidencia
comprobatoria
La evidencia comprobatoria que soporta los estados
financieros consiste de la Información contable
allí contenida y de toda la información disponible
que la corrobore.
Los libros de primera entrada, el mayor general y los
auxiliares, los correspondientes manuales de
contabilidad y los registros informales y memoranda como las
hojas de trabajo que soportan la distribución de costos,
cálculos y reconciliaciones, constituyen la evidencia de
soporte de los estados financieros. La Información
contable, por si misma, no puede considerarse soporte suficiente
de los estados financieros; además, sin la adecuada
atención a la propiedad y exactitud de la
información contable allí contenida, no
podría soportarse una opinión sobre los estados
financieros.
La evidencia comprobatoria que corrobora las
aseveraciones incluye la documentación como: cheques,
facturas, contratos y actas de reuniones; confirmaciones y otras
representaciones escritas de personas calificadas; la
Información obtenida por el auditor en indagaciones,
observaciones, inspecciones y exámenes físicos y de
otra información preparada por, o disponible para, el
auditor, que le permite llegar a una conclusión a
través de razonamientos lógicos.
El auditor prueba la información contable por
medio de análisis y revisión, reproduciendo los
pasos seguidos en el proceso contable y elaborando las hojas de
trabajo, recalculando las aplicaciones pertinentes y haciendo las
reconciliaciones necesarias. En unos registros contables bien
concebidos y llevados cuidadosamente, existe una confianza
interna, que surge de los procedimientos existentes, que
constituye una evidencia persuasiva de que los estados
financieros si presentan la situación financiera,
resultados de las operaciones y cambios en la posición
financiera de conformidad con los principios de contabilidad de
aceptación general.
El material en forma de documentos, que soporta los
asientos hechos en las cuentas y las aseveraciones de los estados
financieros, se encuentra normalmente en los archivos de la
compañía y está disponible para el examen
del auditor. Tanto dentro como fuera de la organización de
la compañía existe personal calificado a quien el
auditor puede dirigirse. Los activos que llenen una
expresión física, se encuentran
disponibles para la Inspección del auditor. Pueden
observarse las actividades del personal de la
compañía; a medida que las observa, ciertos
aspectos, como por ejemplo: las condiciones del control interno,
le permiten llegar a conclusiones con respecto a la validez de
varias aseveraciones de los estados financieros.
Competencia de la evidencia
comprobatoria.
Para ser adecuada, la evidencia tiene que ser
válida y relevante. La validez de una evidencia depende en
tal grado de las circunstancias bajo las cuales se obtiene, que
las generalizaciones acerca de la confiabilidad de varios tipos
de evidencia, están sujetas a importantes excepciones. Si
se acepta la posibilidad de importantes excepciones, son de
cierta utilidad las siguientes presunciones, que no son
mutuamente excluyentes:
- Cuando el material de evidencia puede obtenerse de
fuentes
independientes, fuera de la entidad, proporcionan una mayor
confiabilidad, que si se obtiene únicamente dentro de la
misma. - Cuando la información contable y los estados
financieros se producen bajo condiciones satisfactorias de
control interno, resultan más confiables que cuando se
producen bajo condiciones poco satisfactorias. - El conocimiento directo del auditor independiente,
obtenido a través de exámenes físicos,
observación, cálculos e inspección, es
más convincente que la información obtenida
indirectamente.
Suficiencia de la evidencia
comprobatoria
El objetivo del auditor independiente es obtener
suficiente y competente evidencia comprobatoria que le
proporcione una base razonable para formarse una opinión.
La cantidad y clases de la evidencia requerida para soportar una
opinión, son extremos que debe determinar el auditor
aplicando su juicio profesional, después de un cuidadoso
estudio de las circunstancias en cada caso particular. En la gran
mayoría de las veces, encuentra necesario confiar en
evidencia que es más persuasiva que convincente. Tanto las
aseveraciones Individuales de los estados financieros, como la
afirmación general de que en conjunto presentan la
posición financiera, resultados de las operaciones y
cambios en su posición financiera de conformidad con los
principios de contabilidad de aceptación general, son de
tal naturaleza que inclusive un auditor experimentado pocas veces
se encuentra totalmente convencido de todos los aspectos de los
estados financieros que está examinando.
Típicamente un auditor trabaja dentro de
límites económicos; su opinión, para ser
económicamente útil, debe formarse dentro de un
razonable lapso de tiempo y a un costo también razonable.
El auditor debe decidir, una vez más, aplicando su juicio
profesional, si la evidencia comprobatoria que tiene disponible,
dentro de los límites de tiempo y costo, es suficiente
para justificar la expresión de una
opinión.
Como regla de orientación, debe existir una
relación lógica
entre el costo de obtener la evidencia y la utilidad de la
información obtenida. Al determinar la utilidad de la
evidencia, debe darse la debida consideración al riesgo relativo.
Sin embargo, la dificultad y el gasto involucrado para probar una
partida en particular, no constituye, por sI mismo, una base
válida para omitir la prueba.
Evaluación de la evidencia
comprobatoria
Al evaluar la evidencia, el auditor debe considerar si
han logrado los objetivos específicos de la auditoria.
Debe ser minucioso en la búsqueda del material de
evidencia, e imparcial en su evaluación. Al diseñar
procedimientos de auditoría para obtener una evidencia
competente, debe reconocer la posibilidad de que los estados
financieros pueden que no sean presentados de conformidad con los
principios de contabilidad de aceptación general. Al
formar su opinión, el auditor debe tomar en
consideración la evidencia relevante, bien corrobore o
contradiga las aseveraciones de los estados financieros. Si tiene
una duda sustancial sobre cualquier aseveración
importante, debe abstenerse de formar una opinión hasta
que haya obtenido la evidencia comprobatoria suficiente y
competente que le elimine aquella duda, o debe expresar una
opinión con salvedades, o abstenerse de opinar.
DNA 11: El dictamen del contador público
independiente sobre los estados financieros (*)
Aspectos generales
El dictamen estándar de auditoria. Estructura
del Dictamen
Destinatario. Salutación
Fecha del dictamen
DNA N0 11 —Ejemplo N 1. Modelo de
Dictamen cuando se presenten las Cifras Históricas con las
Cifras Actualizadas en un solo Estado Financiero
Tipos de opiniones
Variantes de la forma Estándar de
Dictamen
Opinión basada en parte en el dictamen de otro
auditor
Dictamen del (de los) Contador(es)
Público(s) Independiente(s)
Falta de consistencia
Falta de evidencia y limitación en el alcance
del trabajo
Ejemplo de dictamen con salvedad- Falta de evidencia
suficiente
Auditorias limitadas
Opinión adversa
Ejemplo de dictamen con opinión
adversa
Abstención de opinión
Ejemplo de abstención de opinión por
limitación en el alcance del trabajo
Opiniones parciales
DNA 12: Control de calidad en el Ejercicio
Profesional (*)
Políticas y procedimientos sobre el control de
calidad Generales de una Organización o firma de
Contadores Públicos
Objetivos del control de calidad
Dirección
Supervisión
Revisión
DNA 13: El Examen de la Información
Financiera Prospectiva (*)
La certeza de CPI respecto a la información
financiera prospectiva
Evaluación, uso de Información
Financiera. Factibilidad.
Capacidad y conocimiento del contador público
independiente.
Razonabilidad del periodo de tiempo.
Procedimientos. Naturaleza, alcance y
oportunidad.
Presentación. Revelación de
Información financiera prospectiva.
Informe. Modelos.
Opinión: adversa. Salvedades. Retiro del
trabajo
(*)Para ver el texto completo
seleccione la opción "Descargar" del menú
superior
Debido a la globalización; es un hecho
que para las empresas es urgente el análisis de la
estandarización contable, así como el óptimo
desenvolvimiento de sus actividades de auditoría; puesto
que la información financiera es trascendental para la
toma de decisiones de sus diferentes
usuarios.
Un aspecto importante en la adopción o
adaptación de las Normas Internacionales de Contabilidad
es crear conciencia que el
cambio no es solamente en lo técnico, sino que va a
generar un impacto económico.
Los aspectos claves de los sistemas
contables han avanzado de una manera asombrosa ya que las
normas internacionales que han sido emitidas y modificadas con
posterioridad a 1997, permitiendo que el proceso cada vez posea
un carácter evolutivo; dentro de esta evolución el
IASB cobra el papel más importante; ya que como
órgano privado ha tomado mas confianza dentro del sector
financiero.
Se debe tener en cuenta que antes de implementar
o adoptar cualquiera de estos procedimientos es necesario que se
analicen, puesto que no es lo mismo un país con mercado
bursátil, que un país dónde su
economía este basada en un gran porcentaje de Pymes,
así como los índices económicos son
erráticos.
Por otro lado es evidente la ventaja que
traerá consigo el correcto apego a todas estas normativas,
trayendo como resultado un "transparente" ejercicio
económico, a la vez que se permite la unificación
de criterios a escala
global.
Régimen Jurídico de la Contabilidad
Venezolana, Enero 2005.
www.icac.mineco.es/icali/icali.htm
www.icac.mineco.es/icali/icali.htm
http://europa.eu.int/eur-lex/es/archive/2003/l_26120031013es.html
Torres, Sara
Colatosti, Rut
Martínez, Matías
UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT
AUDITORIA ADMINISTRATIVA 2
Caracas, 14 de Junio de 2005