La razón por la cual estudiamos el tema del
Maltrato Infantil, es que desde años anteriores ha
existido y nos pareció de mucha importancia, ya que la
sociedad
antiguamente no le daba la debida atención, sin embargo, en nuestros tiempos
ha despertado gran interés
y/o preocupación en la sociedad ayudar a los niños
que han sufrido algún tipo de maltrato.
Con el paso del tiempo esta
situación se incrementa, por esa razón este tema a
objeto de dilucidar las causas que originan estos maltratos y
buscar las formas de cómo ayudar a estos niños que
han sufrido algún tipo de maltrato.
El maltrato
infantil es uno de los hechos que más afecta el
desarrollo
físico — mental de un
niño.
Si se analiza esta situación se puede observar
que el maltrato físico y psicológico es muy
común en la sociedad; y que ambos están
íntimamente ligados, ya que cuando se maltrata a un
niño físicamente se altera su estabilidad
psicológica. Consecuencia de ello puede ser: el miedo, las
culpas y los sentimientos de inseguridad.
Muchas veces este daño
sobre los menores es realizado por sus padres, o por familiares
cercanos y otras veces por terceras personas.
Entonces, ¿Será justo que estos menores
estén bajo la patria
potestad de padres que no son capaces de brindarles un
ambiente de
tranquilidad y armonía donde puedan desarrollarse? Por
esta razón y muchas otras se hace necesario estudiar a
fondo la relación que existe entre el maltrato infantil, y
los padres y/o familiares que ejercen la patria
potestad.
Mediante el estudio de un caso específico, en
donde se evidencie el maltrato infantil efectuado por los padres
y/o familiares, se explicará qué procedimiento
legal pueda aplicarse a las personas que incurran en él, y
las sanciones que castigan este hecho.
Es importante mencionar que los niños son el
futuro del país; son ellos los que estarán
encargados de desarrollarlo y para ello requieren de una adecuada
salud física y
psicológica, a fin de evitar que se transformen en
individuos inseguros, sin educación y en el
peor de los casos: trastornados.
1.1 PLANTEAMIENTO DEL
PROBLEMA.
El maltrato infantil ha causado gran impacto en nuestra
sociedad, debido a la influencia negativa sobre algunos menores,
generalmente dicha agresión es generada por los padres,
familiares o terceras personas, muy cercanas a estos. Estos
daños influyen de una manera u otra en la conducta del
niño, lo que determina un desempeño negativo de estos en la sociedad.
Estos maltratos influyen directamente en el niño, y no se
lo olvidarán de ello por el resto de su vida.
La pregunta es: ¿se justifica que los padres que
realizan estos tipos de actos sean merecedores de tenerlos bajo
su tutela?, Teniendo
en sus manos la patria potestad (que es simplemente la
encomendación de la protección de los niños
a sus padres). Por lo anteriormente expresado, se
realizará un estudio serio y profundo del procedimiento
utilizado para la solución de este problema que nos afecta
a todos.
Actualmente en nuestro país, el Código
Civil y la Ley
Orgánica para Protección del Niño y del
Adolescente, establecen que la patria potestad de los hijos
corresponde al padre y a la madre, todo dependiendo del
interés superior del niño. Los hijos cualesquiera
que sea su estado, edad,
y condición deben honrar y respetar a su padre y a su
madre. En caso de muerte o
ausencia de uno de los padres, el otro continuará
ejerciendo solo la patria potestad.
En la actualidad, la prensa, radio y la
televisión, como medios
importantes de comunicación, han enfocado de una manera
alarmante una serie de casos, donde se observa, con gran
incidencia, el maltrato realizado a menores por sus padres o por
un tercero, donde no sólo se ven maltratados
físicamente, sino también violados sus derechos como: cuando los
mandan a trabajar para conseguir un sustento económico,
siendo en todo caso, los padres quienes tienen esa responsabilidad.
Podemos estimar que a lo largo de muchos años se
presentaban casos de maltrato infantil, sólo que no se
mostraban a la luz
pública, por ello los medios de
comunicación no manejan cifras estadísticas exactas. No llegando a
sí, a la verdadera gravedad del problema.
Esta investigación pretende demostrar los
motivos que originan el maltrato en los niños y las
consecuencias que podrían tener a corto y largo plazo, ya
que sabemos que en nuestra sociedad existen padres que pretenden
dar una buena educación a sus hijos
disciplinándolos de una manera incorrecta ó
también en muchos casos el padre no cumple ningún
propósito disciplinario, mas bien, sirve de escape para su
propia ira, sentimientos frustración y
desdicha.
Algunas personas desconocen las características
de un maltrato, sea psicológico, físico y/o
abuso sexual,
asimismo, las razones por las cuales los padres maltratan a sus
hijos. La mayoría de las personas no saben a dónde
recurrir para dar ayuda a un niño que ha sido maltratado y
mucho menos cómo se le puede ayudar al padre agresor.
Creemos que esto refleja la desinformación que existe
sobre las instituciones
encargadas de estos casos.
Es importante demostrar que un niño presenta
características cuando ha sido maltratado y que como
niño también tiene derechos para defenderse,
sólo que por ignorancia la mayoría de las personas
no saben de estos derechos.
Todo niño maltratado necesita ayuda, y aún
más el padre que agrede a su hijo.
Es de vital importancia que el padre reconozca la
situación que vive y que acepte la ayuda que se le puede
dar, para así establecer un cambio en su
vida y en la manera de cómo conducir una buena
educación para sus hijos.
El primer paso en toda intervención es el
conocimiento. Qué tanto se conoce acerca de este
problema. Por ello la importancia de que la sociedad se informe acerca
del maltrato infantil y sus consecuencias.
Esto permite no solo la educación de los
padres sobre este hecho, sino también que tomen medidas
para ayudar ó para no maltratar a los hijos.
"Todo tipo de maltrato tiene consecuencias a largo
plazo."
Pero puede que no solo sean consecuencias a largo plazo,
sino que pueden presentarse también a corto plazo; una de
ellas puede ser que el niño presente un comportamiento
y/o actitudes muy
distintas al de cualquier otro, en el caso de golpes y
agresión física puede provocar consecuencias al
instante (moretones y fracturas). A largo plazo pudiera darse dos
situaciones: estos niños en el futuro pueden ser padres de
familia que
maltraten a sus hijos o por lo contrario pueden ser padres de
familia que por haber sido maltratados, no les gustaría
que sus hijos sufrieran lo mismo.
1.2 OBJETIVOS DE
LA INVESTIGACIÓN.
1.2.2 OBJETIVO
GENERAL:
- Analizar el estudio de un caso, en donde se evidencie
el maltrato infantil.
1.2.3 OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
- Conocer la causa que genera el maltrato
infantil. - Saber qué consecuencias tienen los
niños que han sido maltratados en el paso del tiempo en
el ámbito psicológico, físico y
emocional. - Dar a conocer algunas instituciones en las que se
puede recurrir en busca de ayuda para un niño que ha
sido maltratado. - Que los padres le den una buena educación a
sus hijos sin tener que recurrir a la agresión, ya que
puede tener consecuencias en el futuro. - Abarcar soluciones
de ayuda para aquellas personas que conviven con un niño
que ha sido maltratado. - Establecer el procedimiento legal que se le aplica a
las personas que incurren en el maltrato infantil. - Determinar las sanciones correspondientes que se
aplican a las personas que incurren en el delito del
maltrato infantil.
1.3 JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DEL
ESTUDIO.
La importancia de la investigación se centra en
el número de denuncias, que cada año se presentan
por este hecho, el cual no escapa a la realidad económica,
política y
social que actualmente vive nuestro país.
En la evolución de esta investigación
podrá observarse la relevancia social que tiene el
problema del Maltrato Infantil dentro de la sociedad, por ser
precisamente esa población, los forjadores del futuro. De
allí la importancia de que esa nueva generación se
levante con normas y valores
claramente definidos, es decir, basados en el respeto, lealtad
y justicia.
Esperamos que esta investigación pueda crear
conciencia en
cada una de estas personas, que de una u otra forma han recurrido
en el maltrato a niños, de la misma manera, sean
beneficiados niños, que se encuentran con padres y/o
familiares que por razones variadas no están en
condiciones de su criaza.
2.1 ANTECEDENTES DE LA
INVESTIGACIÓN.
El maltrato a los niños es un hecho muy
frecuente. El más conocido de ellos es el maltrato o
castigo físico, que consiste en hacer uso de la fuerza de un
adulto para golpear, patear, empujar o darle correazos al
niño; generalmente se hace con la intención de
corregir su conducta o asustarlo para obtener su obediencia.
También cuando se le abandona, se le descuida o se le deja
que crezca sin guía ni atención, cuando se le
insulta o se le somete a vergüenza y humillaciones, cuando
se abusa sexualmente de él, se está incurriendo en
el maltrato infantil. Así mismo el niño es
maltratado socialmente, si no se le da la posibilidad de
estudiar, recibir atención médica, recrearse,
participar en diferentes manifestaciones culturales y
beneficiarse de los programas
sociales que tiene el Estado. La
vida de un niño maltratado puede ser una vida en peligro
de muerte.
Los maltratos físicos y psicológicos son
los más comunes dentro de la sociedad. Siempre se
encuentran ligados ya que cuando se maltrata físicamente a
un menor, en él quedan incertidumbres acerca del porque
del maltrato y comienzan a imaginar que no lo quieren o
simplemente comienza a sentirse como un ser sin importancia
dentro de su casa. También puede haber solamente maltratos
psicológicos, sin que este presente necesariamente el
maltrato físico.
El maltrato físico ocasiona en los niños
moretones, quemaduras, marcas de
correas, incluso fracturas o daños de órganos
internos que requieren intervenciones quirúrgicas de
emergencias. Si la violencia del
maltrato es extrema el niño puede morir. Todas las formas
de maltrato tienen graves consecuencias en la conducta del
niño y lejos de corregirlos, influyen negativamente en su
conducta donde: "un grito atemoriza al niño, un golpe lo
hiere, pero una palabra de estima le da confianza y seguridad".
Un niño maltratado generalmente presentará
las siguientes características:
- No se sentirá querido, ni aceptado, ni
útil - Se volverá agresivo, sumiso o ambas cosas a la
vez. - Tendrá una imagen negativa
de sí mismo y de los demás. - Aprenderá que para educar es necesario
agredir. - No obedecerá al adulto por respeto o por
cariño sino por miedo. - Perderá su capacidad para aprender, para amar
y tener confianza en sí mismo y en el mundo que lo
rodea.
"El maltrato al niño no lo
corrige, ni lo enseña a respetar sino a temer a los
adultos".
CONSECUENCIAS LEGALES DEL MALTRATO
INFANTIL.
(PATRIA POTESTAD).
Las consecuencias legales del maltrato infantil se
pueden referir particularmente hacia el ejercicio de la patria
potestad; pero antes, es conveniente indicar las principales
relaciones jurídicas entre padres e hijos, de las cuales
la patria potestad es la más importante.
- Nombre civil: los padres pasan al hijo sus apellidos
y les colocan sus nombres. - Honra y respeto: los hijos deben honrar y respetar a
sus padres cualquiera que sea su estado civil, edad o
condición. - Obligación alimentaría: los padres
están en la obligación de mantener, educar e
instruir a sus hijos menores, así como también
satisfacer sus necesidades. Recíprocamente los hijos
están en la obligación de asistir y suministrar
alimento cuando los padres así lo requieran. - Derechos sucesorales: los padres tienen derecho de
suceder a sus hijos que son llamados por la ley y
viceversa. - Patria potestad: los hijos menores de edad no
emancipados están bajo la patria potestad de sus padres,
salvo en casos excepcionales. - Visitas: el padre y la madre incluso, cuando no
ejerzan la patria potestad, tienen derecho de visitar a su hijo
menor de edad. - Funeral y sepultura: los padres tienen derecho de
disponer de los funerales y sepultura de los hijos en la medida
en que ellos mismos no lo hayan hecho ni exista otra persona con
derecho preferente a tal efecto (por ejemplo el
cónyuge), y la inversa con las mismas
salvedades.
Como se observa, todas las relaciones indicadas son e
directos de la paternidad y de la filiación. Dichas
relaciones existen incluso cuando los padres no ejercen la patria
potestad de los hijos.
Patria Potestad: Es el régimen de
protección de los menores no emancipados, donde la
protección de estos, está encomendada a sus padres.
Igualmente podemos definirlo como el conjunto de derechos,
deberes y poderes de los padres sobre la persona y bienes de los
hijos menores no emancipados. Se define como un régimen de
protección y no como un régimen de incapaces porque
la patria potestad, además de subsanar la incapacidad de
hijo, provee el gobierno de su
persona.
ANTECEDENTES
HISTÓRICOS.
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE
LA PATRIA POTESTAD.
La patria potestad ha evolucionado a través del
tiempo distinguiéndose:
a.-) La patria potestad en el Derecho
Romano:
Se diferencia de la nuestra en:
- Naturaleza: en una forma primitiva la patria potestad
era un derecho ilimitado de su titular (el padre) sobre la
persona y los Nenes del hilo; en lo personal el
padre tenía el derecho a la vida y muerte del hijo; en
lo patrimonial el hijo tenía la capacidad para adquirir
o tener bienes, todo cuanto adquiría entraba al patrimonio
del padre. - Duración: la patria potestad era para siempre,
no terminaba por razón de la edad. Sin embargo, se
permitía que el hijo se saliera de la patria potestad
del padre con su consentimiento y en vida de este. - Titularidad: el titular de la patria potestad no
necesariamente era del padre, podría serlo otro
ascendiente, siempre que fiera varón, la madre no
tenía potestad sobre el hijo.
b.-) La patria potestad en la edad
media:
En los países de Derecho Escrito se
conservó la patria potestad romana, pero esta finalizaba
cuando el hijo cumplía la mayoría de edad. En los
países de Derecho Consuetudinario, la patria potestad se
extinguía con la mayoría de edad del hijo,
correspondía al padre y a la madre, el hijo bajo la patria
potestad tenía su propio patrimonio, administrado por el
padre. El poder judicial
ejercía cierto control en el
ejercido de la patria potestad.
En la edad media la patria potestad se perfila como una
autoridad de
protección.
c.-) La patria potestad en el Derecho intermedio
Francés:
- La patria potestad se extingue con la mayoría
de edad del hijo. - El padre no tenía derecho a
desheredar. - Para que el padre dé el consentimiento para
que su h contraiga matrimonio
siempre que éste sea menor de 21
años.
d.-) La patria potestad en el Código
Napoleónico:
Su idea es que la patria potestad es una
institución de protección.
Restableció el consentimiento del padre para que
el hijo contraiga matrimonio siempre que este sea menor de 21
años.
e.-) La patria potestad en el siglo XIX:
Aparece la privación de la patria potestad por el
incumplimiento grave de los deberes. Se desarrolla el control
judicial sobre la patria potestad. Se consolida la idea de que
las facultades paternas encuentran su causa y su límite en
sus propios deberes paternos.
Principios Fundamentales De La Patria
Potestad En Nuestro Derecho.
a.-) La patria potestad es Únicamente un
régimen de protección al menor:
La protección del hijo por patria potestad
está regulada para satisfacer intereses individuales del
hijo, de terceros, de los padres. La patria potestad está
organizada exclusivamente para proteger los intereses personales,
individuales y patrimoniales del hijo, y protege el
interés de que los menores sean educados y vigilados para
que no causen daños a terceros. La protección del
hijo representa para el padre un interés moral tutelado
por la ley. La patria potestad tiene como finalidad la
protección del hijo. La patria potestad se fundamenta en
los deberes paternos que están establecidos en intereses
propios del hijo.
Para el cumplimiento de estos deberes la patria potestad
confiere al padre, facultades que son consideradas como poderes
frente al hijo, estas son:
- Guardas: Conjunto de poderes sobre la persona y moral
del hijo. - Representación: Poder de
celebrar negocios
jurídicos en nombre del hijo. - Otras facultades diversas: designación de un
tutor o señalar personas para constituir el concejo de
tutela. - La patria potestad es obligatoria: Los padres
correspondientes están obligados a asumirla, no existe
ninguna excusa para que el padre se libre de esta
obligación. - Es personal e intransferible: Es el régimen
que ofrece mayores garantías para la protección
de los menores. - Es indisponible: El ejercicio de la patria potestad
no puede ser atribuido, modificado, regulado ni extinguido por
la sola voluntad privada.
La Patria Potestad es un oficio gratuito, privado y
familiar. El padre y la madre deben ser privados de la patria
potestad cuando no sean manifiestamente idóneos para
realizar esa función.
b.-) La patria potestad sólo se aplica a los
menores no emancipados: Si el hijo muere, se emancipa o llega a
la mayoría de edad la patria potestad cesa. Si la persona
necesita de protección, la misma puede encomendarse a sus
padres.
c-) La patria potestad es el régimen que ofrece
mayores garantías para la protección de los menores
no emancipados porque cuentan con el concurso de los protectores
naturales de estos.
d.-) La patria potestad es un régimen de
protección de derecho común para los menores no
emancipados. La patria potestad debe ejercerse personalmente por
el padre o la madre. La patria potestad provee toda la
protección que requiere el menor en su persona o
bienes.
2.2 Bases Teóricas.
Según Yrene Padrón (UBA 1994) en su
trabajo
"Mientras exista un niño que sufra".
…La historia de la humanidad
esta llena de torturas aplicadas a los niños, no
sólo ha sido amenazada en su salud y en su existencia
por lógicas razones de higiene, sino
también por la agresividad adulta.
Luego del reconocimiento de los Derechos del
Niño, y la noción de protección de la
infancia en
peligro, ha disminuido la natalidad y mortandad in por causas
naturales y ha creado, de manera ligera, conciencia en nuestra
sociedad.
Los niños maltratados pueden tener diferentes
características según el tipo de maltrato que
presenten.
Regularmente esta condición los lleva a diversas
conductas y dificultades para comunicarse con los demás,
por tanto, burlan disciplinas e inducen en los adultos
sentimientos de rabia y el deseo de actuar agresivamente contra
ellos.
Por supuesto cuando se entiende a un niño hay
más posibilidades de maltratarlo, por lo tanto cuando el
adulto actúa con rabia sobre él, estará
propenso al maltrato.
Según la Enciclopedia Didáctica Océano en su
capítulo acerca del maltrato infantil.
… Un niño no sólo puede ser
maltratado físicamente; una forma de maltrato infantil
muy común es obligarlos a trabajar; explotarlos de tal
forma que dejen a un lado su infancia, sus sueños, sus
juguetes, su
espíritu de niño, su alegría, entre otras;
Para empezar una vida triste llena de amarguras.
Hay que tomar en cuenta que la mayoría de las
veces los niños son explotados por sus propios padres que
buscan enriquecerse y satisfacer sus necesidades a costa de
ellos, sin tomar en cuenta que son niños y que tienen
derecho a disfrutar su infancia, a jugar, a reír, a
sentirse protegidos, a sentirse queridos.
Las consecuencias de obligar a los niños a
trabajar no son solamente psicológicas. El niño al
incorporarse al medio del trabajo deja a un lado sus estudios,
siendo la educación uno de los factores más
importantes para la formación del menor o de la persona en
sí; y por ello su futuro se verá afectado y el
día de mañana será una persona sin
estabilidad económica que brindarle a su familia, sin
cultura, sin
educación y sin principios.
Según el Ministerio de la Familia en
el folleto "Educa a tus hijos sin maltratarlos".
… Muchos padres maltratan a sus hijos, porque
están convencidos que actuar así es lo mejor para
sus hijos y, además, esa es su responsabilidad como
padre.
Muchas veces al dirigirnos a nuestros hijos repetimos
actitudes, palabras o acciones que
no son buenas y que aprendimos de pequeños:
A los padres no les gusta maltratar pero no saben que
hacer para educar mejor a sus hijos; piensan que a ellos
también les dieron palo y no salieron malos. Pero se
olvidan del dolor, la tristeza y la rabia con la que aprendieron
a ser mejores.
El sufrimiento no es una condición necesaria para
el aprendizaje es
posible aprender con alegría.
Con frecuencia las personas que maltratan a los
niños, también fueron maltratadas, esto es muy
visto en nuestra sociedad.
Por ello es preciso destacar que los padres antes de
actuar por impulso, rabia o ira y descargar la agresividad en el
niño, tienen que detenerse y pensar bien lo que en
realidad va hacer. Un ambiente familiar en armonía donde
se expresen los sentimientos y las ideas sin agredir ni ser
agredido, es la mejor manera de prevenir el maltrato.
Según la Enciclopedia Microsoft
Encarta 2000 en su capítulo acerca del maltrato
infantil.
… El maltrato infantil es el uso intencionado de
la fuerza física u omisión de cuidado por parte de
los padres o tutores que tienen como consecuencia heridas,
mutilación o incluso la muerte del
niño.
El término maltrato infantil abarca una amplia
gama de acciones que causan daño físico, emocional
o mental en niños de cualquier edad. Sin embargo, el tipo
de maltrato infligido varía con la edad de los
niños. Los malos tratos en bebés y niños en
edad preescolar
suelen producir fracturas, quemaduras y heridas intencionadas. En
casi todos los casos de acoso sexual
el agresor suele ser un hombre y la
víctima una niña en edad escolar o adolescente. Sin
embargo, en los últimos tiempos está aumentando el
número de niños varones en edad preescolar que
sufren este tipo de maltrato.
Tal vez el tipo más común de malos tratos
es el abandono, es decir, el daño físico o
emocional a causa de deficiencias en la alimentación, el
vestido, el alojamiento, la asistencia médica o la
educación por parte de los padres o tutores. Una forma
común de abandono entre los niños es la sub. –
alimentación, que conlleva a un desarrollo deficiente e
incluso la muerte.
Los estudios han revelado que la mayor parte de los
padres que abusan de sus hijos, habían sufrido ellos
también la misma situación por parte de sus
progenitores. Algunos investigadores afirman que este tipo de
padres presentan una personalidad
infantil, mientras que otros opinan que éstos esperan de
forma poco realista que sus necesidades psicológicas sean
cubiertas por sus hijos y que al no ver cumplidas estas
expectativas experimentan un gran estrés y
se vuelven violentos en las relaciones con sus hijos, es decir,
violencia
intrafamiliar. A pesar de este enfoque
psicopatológico, pocos padres de este tipo pueden ser
considerados verdaderos sicóticos o psicópatas,
dado que en otras facetas de la vida funcionan sin distorsiones
sociales o psicológicas.
Casos de malos tratos se dan en todos los grupos
religiosos, étnicos y raciales, y en todas las
áreas geográficas. La gran mayoría de los
casos de maltrato infantil se dan en las familias con menos
recursos, tal vez
debido a las faltas de
oportunidades educativas para poder manejar las frustraciones
emocionales y económicas.
Violencia intrafamiliar, actos violentos cometidos en el
hogar entre miembros de una familia. En la década de 1970
las feministas analizaron el alcance de la violencia
intrafamiliar (considerada como un fenómeno exclusivamente
masculino) y crearon centros de acogida y de ayuda para las
mujeres maltratadas y para sus hijos. La violencia intrafamiliar
también está relacionada con los niños
maltratados (muchas veces, aunque no siempre, por abuso sexual) y
con acciones verbales y psicológicos que pueden ser
cometidos tanto por mujeres como por hombres.
2.2.1 Bases Legales.
Para la realización de este trabajo de
investigación se revisará la Constitución Nacional de la
República Bolivariana de Venezuela, el
Código Civil y la Ley Orgánica de Protección
al Niño y el Adolescente para saber las normas
jurídicas que rigen este problema. Se consultaron los
siguientes artículos en la Constitución
Nacional:
Artículo 56: Toda persona tiene derecho a un
nombre propio, al apellido del padre y de la madre y a conocer la
identidad de
los mismos. El Estado garantizara el derecho de investigar la
maternidad y la paternidad.
Toda persona tiene derecho a ser inscrita gratuitamente
en el registro civil
después de su nacimiento y a obtener documentos
públicos que comprueben su identidad biológica, de
conformidad con la ley. Estas no contendrán mención
alguna que califique la filiación.
Artículo 75: El Estado protegerá a las
familias como asociación natural de la sociedad y como
espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas.
Las relaciones familiares se basan en la comprensión mutua
y el respeto recíproco entre sus integrantes. El estado
garantizara la protección a la madre, al padre o a quienes
ejerzan la jefatura de la familia.
Los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a vivir, ser criados o criadas y a desarrollarse
en el seno de su familia de origen. Cuando ello sea imposible o
contrario a su interés superior, tendrá derecho a
una familia sustituta, de conformidad con la ley. La adopción
tiene efectos similares a la filiación y se establece
siempre en beneficio del adoptado o la adoptada, de conformidad
con la ley. La adopción internacional es subsidiaria de la
nacional.
Artículo 76: La maternidad y la paternidad son
protegidas integralmente, sea cual fuere el estado civil de la
madre o del padre. Las parejas tienen derecho a decidir libre y
responsablemente el número de hijos o hijas que deseen
concebir y a disponer de la información y de los medios que les
aseguren el ejercicio de este derecho. El Estado
garantizará asistencia y protección integral a la
maternidad, en general a partir del momento de la
concepción, durante el embarazo, el
parto y el
puerperio, y asegurará servicios de
planificación
familiar integral basados en valores éticos y
científicos.
El padre y la madre tienen el deber compartido e
irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus
hijos o hijas, y éstos o éstas tienen el deber de
asistidos o asistirlas cuando aquel o aquella no puedan hacerlo
por sí mismos o por sí mismas. La ley
establecerá las medidas necesarias y adecuadas para
garantizar la efectividad de la obligación
alimentaría.
Artículo 78: Los niños, las niñas y
adolescentes son sujetos plenos de derechos y estarán
protegidos por la legislación, órganos y tribunales
especializados, Tos cuales respetarán, garantizarán
y desarrollarán los contenidos de esta
Constitución, la Convención sobre los Derechos del
Niño y demás tratados
internacionales que en esta materia haya
suscrito y ratificado la República. El Estado, las
familias y la sociedad asegurarán, con prioridad absoluta,
protección integral, para lo cual se tomará en
cuenta su interés superior en las decisiones y acciones
que les conciernan. El Estado promoverá su
incorporación progresiva a la ciudadanía activa y creará un
sistema rector
nacional para la protección integral de los niños,
niñas y adolescentes.
Artículo 83: La salud es un derecho social
fundamental, obligación del Estado, que lo
garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado
promoverá y desarrollará políticas
orientadas a elevar la calidad de
vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios.
Todas las personas tienen derecho a la protección de la
salud, así como el deber de participar activamente en su
promoción y defensa, y el de cumplir con
las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de
conformidad con los tratados y
convenios internacionales suscritos y ratificados por la
República.
También fueron consultados los artículos
del Código Civil, Título VII "De La Patria
Potestad" Libro Primero
que fueron los siguientes:
Artículo 261: Los hijos, cualesquiera que sean su
estado, edad y condición, deben honrar y respectar a su
padre y a su madre, y si son menores está bajo la potestad
de éstos.
Durante el matrimonio, la patria potestad sobre los
hijos comunes corresponde, de derecho, al padre y a la madre,
quienes la ejercerán conjuntamente, en interés y
beneficio de los menores y de la familia.
En los casos de divorcio,
separación judicial de cuerpos o anulación del
matrimonio, se aplicarán las disposiciones
correspondientes del Título IV "Del matrimonio" Libro
Primero del presente Código.
La patria potestad de los hijos concebidos y nacido
fiera del matrimonio corresponde conjuntamente al padre y a la
madre cuando la filiación hubiese sido establecida
simultáneamente respecto de ambos.
En los demás casos, la patria potestad
corresponde al primero que haya reconocido o establecido
legalmente su maternidad o paternidad; pero el otro progenitor
que lo reconozca posteriormente, compartirá el ejercicio
de la misma, probando que el hijo goza, en relación con
él, de la posesión de estado.
El juez competente del domicilio del hijo podrá
también conferir el ejercicio conjunto de la patria
potestad al progenitor que no lo tenga por la ley cuando
ésta haya reconocido voluntariamente al hijo y tal
ejercicio se revela como justo, y en beneficios de los intereses
del menor y de la familia, según las
circunstancias.
Artículo 262: En caso de muerte del padre o de la
madre que ejerza la patria potestad, si se hallare alguno de
ellos sometido a tutela de entredicho, deber haber sido declarado
ausente, de no estar presente o cuando por cualquier motivo se
encuentra impedido para cumplir con ella, el otro progenitor
asumirá o continuará ejerciendo solo la patria
potestad; pero si había sido privada de la misma por
sentencia o decisión judicial, no podrá hacerlo
sino después de que haya sido autorizado o rehabilitado
por el mismo tribunal.
Artículo 263: El padre o la madre menor de edad
ejerce la patria potestad sobre sus hijos, pero la
administración de los bienes de éstos y su
representación en los actos civiles se regirá por
lo dispuesto en el artículo 277.
Artículo 277: Cuando uno de los progenitores que
ejerzan la patria potestad es menor de edad, esté sometido
a curatela de inhabilitado o no supiere leer ni escribir, el otro
ejercerá solo la administración y representación de
los bienes e intereses de los hijos, previa autorización
judicial.
Si ambos progenitores son menores o están sujetos
a curatela de inhabilitados o no supieran leer ni escribir, el
Juez competente nombrará un curador especial que se
encargue de la administración de los bienes de los hijos y
ejerza su representación en los actos civiles. El Juez
procederá de oficio en este último caso, por
denuncia de quien tenga conocimiento
de tal situación o a petición del representante del
Ministerio Público.
Y también fueron consultados los artículos
de la Ley Orgánica Para La Protección del
Niño y del Adolescente (L. O. P. N. A.), que fueron los
siguientes:
Artículo 2°. Definición de Niño
y Adolescente. Se entiende por niño toda persona con menos
de doce años de edad. Se entiende por adolescente toda
persona con doce años o más y menos de dieciocho
años de edad.
Si existe duda acerca de sí una persona es
niño o adolescente se presumirá niño, hasta
prueba en contrario. Si existen dudas acerca de sí una
persona es adolescente o mayor de dieciocho años, se le
presumirá adolescente, hasta prueba en
contrario.
Artículo 3°. Principio de Igualdad y no
Discriminación. Las disposiciones de esta
Ley se aplicaran por igual a todos los niños y
adolescente, sin discriminación alguna lindada en motivos de
raza, color, sexo, edad,
idioma, pensamiento,
conciencia, religión, creencias,
cultura, opinión política o de otra índole,
posición económica, origen social, ético o
nacional, discapacidad,
enfermedad, nacimiento o cualquier otra condición del
niño o adolescente, de sus padres, representantes o
responsables, o de sus familiares.
Artículo 10. Niños y Adolescentes Sujetos
de Derechos. Todos los niños y adolescentes son sujetos de
derecho; en consecuencia, gozan de todos los derechos y
garantías consagrados a favor de las personas en el
ordenamiento jurídico, específicamente aquellos
consagrados en la convención sobre los derechos del
Niño.
Artículo 15. Derecho a la Vida. Todos los
niños y adolescentes tienen derecho a la vida. El Estado
debe garantizar este derecho mediante políticas
públicas dirigidas a asegurar la sobrevivencia y el
desarrollo integral de todos los niños y
adolescentes.
Artículo 16. Derecho a un Nombre y a una Nacionalidad.
Todos los niños y adolescentes tienen derecho a un nombre
y a una nacionalidad.
Artículo 32. Derecho a la Integridad Personal.
Todos los niños y adolescente tienen derecho a la
integridad personal. Este derecho comprende la integridad
física, síquica y moral.
Párrafo Primero: Los niños y adolescentes
no pueden ser sometidos a torturas, ni a otras penas o tratos
crueles, inhumanos o degradantes.
Párrafo Segundo: El Estado, la familia y la
sociedad deben proteger a todos los niños y adolescente
contra cualquier forma de explotación, maltratos,
torturas, abusos o negligencias que afectan su integridad
personal. El Estado debe garantizar programas gratuitos de
asistencias y atención integral a los niños y
adolescentes que hayan sufrido lesiones a su integridad
personal.
Artículo 33. Derecho a ser Protegidos contra
Abusos y explotación Sexual. Todos los niños y
adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra cualquier
forma de abusos y explotación sexual. El Estado
garantizará programas permanentes y gratuitos de
asistencia y atención integral a los niños y
adolescentes que hayan sido víctimas de abuso o
explotación sexual.
Artículo 352. Privación de la Patria
Potestad. El padre o la madre o ambos pueden ser privados de la
patria potestad respecto de sus hijos cuando:
a.-) Los maltraten física, mental o
moralmente;
b.-) Los expongan a cualquier situación de
riesgo o
amenaza a los derechos fundamentales del hijo;
c.-) Incumplan los deberes inherentes a la patria
potestad;
d.-) Traten de corromperlos o prostituirlos o fueren
conniventes en su corrupción
o prostitución.
e.-) Abusen de ellos sexualmente o los expongan a la
explotación sexual;
f.-) Sean dependientes de sustancias alcohólicas,
estupefacientes o psicotrópicas u otras formas graves de
fármaco dependencia que pudieran comprometer la salud, la
seguridad o moralidad de
los hijos, aun cuando estos hechos no acarreen sanción
penal para su autor;
g.-) Sean condenados por hechos punibles cometidos
contra el hijo;
h.-) Sean declarados entredichos;
i.-) Se nieguen a prestarle alimentos;
j.-) Inciten, faciliten o permitan que el hijo ejecute
actos que atente contra su integridad física, mental o
moral.
El juez atenderá a la gravedad,
reiteración, arbitrariedad y habitualidad de los
hechos.
2.3 Definición de
Términos.
Adolescente: Es el periodo de transición entre un
niño y un adulto.
Emancipación: Es un acto jurídico, en el
cual el menor se encuentra provisto de la dirección de su persona y de una capacidad
limitada o parcial en lo que se refiere a la
administración de su patrimonio. El matrimonio, constituye
la fuente de la emancipación.
Maltrato Infantil: es el uso intencionado de la fuerza
física u omisión de cuidado por parte de los padres
o tutores que tienen como consecuencia heridas, mutilación
o incluso la muerte del niño.
Maltrato: Tratar mal, Hacer daño, atropellar,
molestar.
Niño: Edad y período de la vida humana que
comprende desde el nacimiento hasta la adolescencia.
Patria Potestad: Los hijos menores de edad no
emancipados están bajo la patria potestad de sus padres,
salvo en casos excepcionales. Conjunto de derecho y de deberes
que al padre y, en su caso, a la madre corresponde en cuanto a
las personas y bienes de sus hijos menores de edad y no
emancipado.
Tutela: Autoridad conferida por la ley para cuidar de
los bienes de un menor.
CAPITULO III. MARCO METODOLÓGICO.
3.1 Metodología Utilizada.
Al momento de realizar la investigación, es
importante tener en cuenta el tipo de investigación del
estudio que se realizará.
Según la naturaleza del
problema podemos decir que el trabajo será descriptivo –
explicativo; descriptivo porque describe algunas
características fundamentales de conjunto
homogéneos de fenómenos, utilizando criterios
temáticos para destacar los elementos esenciales de su
naturaleza. Con éstas se pueden tener
características de la realidad estudiada, y explicativa
porque su objetivo primordial es conocer porque suceden ciertos
hechos, a través de la delimitación de las
relaciones casuales existentes o, al menos, de las condiciones en
que ellos se producen.
Por lo mismo, la investigación pretende sacar las
características, él ¿por qué? Se
producen y lo más importante cuales serán las
consecuencias que traen el problema, es decir, todo lo referente
al maltrato infantil y a las consecuencias que producen este
hecho.
Para seleccionar la muestra se
utilizará la técnica del muestreo
intencional, porque aquí el investigador selecciona los
elementos que a su juicio no son representativos de la
población, lo cual exige un conocimiento previo de la
misma; y la técnica del muestreo aleatorio simple (o al
azar) porque con esta, la muestra representativa se obtiene a
través de azar, es decir, cada uno de los individuos de
una población tiene la misma probabilidad de
ser elegido.
Con las técnicas
de muestreo anteriormente expresadas se procederá a
resolver y sacar una conclusión acerca de nuestro
problema, para esto utilizará la muestra con la mayor
cantidad de aquellas características peculiares que
corresponde a toda la población.
La información verbal se revisará
sistemáticamente, juzgando su calidad y el
grado de confianza que merece cada una y seleccionando aquellas
que pueden incluirse en el informe de investigación,
aquellas que deberán corregirse o modificarse en algo y
las que tengan graves deficiencias serán
excluidas.
Técnicas de análisis de datos:
Según Sabino (1992) analizar significa
"descomponer un todo de sus partes constitutivas para profundizar
el conocimiento de cada una de ellas".
En esta investigación se hará un
análisis cualitativo. Este se efectuará cotejando
los datos que se refieren a un mismo aspecto y tratando de
evaluar la fiabilidad de cada información.
Si los datos, al ser comparados no atrojan ninguna
discrepancia seria, y si cubren todos los aspectos previamente
requeridos, habrá que tratar de expresar lo que ellos nos
dicen, redactando una nota donde se sinteticen los
hallazgos.
Igualmente el análisis será descriptivo ya
que se representarán en forma detallada y precisa los
datos que se obtengan, y estos serán comparados entre
sí. A través de esta comparación y
utilizando criterios sistemáticos se podrán obtener
características de la realidad estudiada.
3.2 Tipo De Investigación.
La población es la totalidad del fenómeno
a estudiar donde sus unidades poseen una(s)
característica(s) en común, la cual es estudiada
para sacar los datos de la investigación. Según
Busot (1993), población "es el conjunto de elementos o
eventos a
fines, en una o más características tomadas como
una totalidad y sobre la cual se generalizan las conclusiones de
una investigación" (p. 130).
En este caso, la población ha estudiar
será los niños maltratados, personas que incurran
en el delito del maltrato infantil y de todas las instituciones
encargadas en controlar y velar por todos aquellos niños
que estén en peligro en lo que a maltrato se refiere, en
el Estado Bolívar.
Al mismo tiempo Tamayo y Tamayo (1993) definen a la
muestra como "el subconjunto perteneciente a la población
total que se va a estudiar. Es la parte representativa de la
población que se investiga". (p. 150):
La nota peculiar en esta investigación
será el estudio profundizado y exhaustivo de un caso
específico, lo que nos permitirá obtener un
conocimiento amplio y detallado del problema.
Se basa en la idea que si estudiamos con atención
cualquier unidad (muestra) de un cierto universo
(población), estaremos en condiciones de tener una
perspectiva que orientará provechosamente a la
solución de nuestro problema.
Técnicas de recolección
de datos:
Las técnicas de recolección de datos
representan las herramientas
de trabajo necesarias que van a permitir recoger
información y verificar los objetivos
planteados.
Sabino (1992) dice que las técnicas de
recolección de datos pueden ser "cualquier recurso de que
se vale el investigador para acercarse a los fenómenos y
extraer de ellos información." (p. 143).
En esta investigación se utilizará como
técnica de recolección de datos, la observación y la
entrevista.
La observación se define según Sabino
(1992) como "el uso sistemático de nuestros sentidos, en
búsqueda de los datos que necesitamos para resolver un
problema de investigación." (p. 146).
Otra técnica a utilizar es la entrevista,
que desde el punto de vista general, es una forma
específica de interacción social. Aquí el
investigador se sitúa frente al o los investigados y le
formulan preguntas, a partir de cuyas respuestas habrán de
surgir los datos de interés y necesarios para conseguir
una conclusión. Aquí se establece un dialogo
necesario.
Aquí se entrevistarán a personas
encargadas del Instituto Nacional de Asistencia al Menor (I. N.
A. M.) y sus dos dependencias: La Casa Hogar (para Hembras) y La
Casa Taller (para varones), Abogados y demás personas que
consideremos necesarias para obtener
información.
A continuación se presentarán los tipos de
procedimientos
que serán utilizados.
En cuanto a las técnicas de recolección de
datos, el procedimiento utilizado tanto para la entrevista como
para la observación es el siguiente: La forma para
realizar la observación será antes que todo, la
presencia de los integrantes del grupo y
será realizada a través de nuestros sentidos, que
con ellos obtendremos respuestas al problema que se nos presentan
en dicha investigación, al realizar la observación
los hechos van hacer percibidos directamente, es decir, que nos
colocará ante la situación estudiada tal como se da
naturalmente y estudiaremos un caso especifico, en donde se
evidencie el maltrato infantil.
Y luego con los datos obtenidos realizaremos el registro
de la observación con la descripción detallada.
En cuanto a la entrevista el procedimiento a utilizar es
que aquí el investigador se sitúa frente a los
investigados y les formulan preguntas. A partir de las respuestas
del entrevistado se obtendrán datos de sumo interés
para llegar a una conclusión de la
investigación.
Todo este proceso se
realizara a través de un diálogo y
se colocarán en el registro, los datos tanto del
entrevistador como del entrevistado y luego las preguntas que se
realicen se colocarán con sus respectivas
respuestas.
A continuación se presentarán modelos de
registros de
la observación y la entrevista.
OBSERVACIÓN.
Membrete:
___________________________________________________________
Nombre:
_____________________________________________________________
Sexo: _______________________
Profesión:
____________________________________________________________
Numero de casos estudiados:
_____________________
Objetivos observados: realizar el estudio de un caso, en
donde se evidencie el maltrato infantil.
Fecha: 10 / 06 …al… 15 / O6.
Nombre de los autores: Floraixa Páez,
Ángel Avilez, Yentzy Ruiz, Maria
Rodríguez,
William Araujo.
REGISTRO DE
OBSERVACIÓN.
DESCRIPCIÓN DETALLADA.
_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
ENTREVISTA.
Nombre del entrevistador: Nombre del
entrevistado:
_______________________________ _______________________________
Edad: __________________________ Edad:
_________________________
Sexo: __________________________ Sexo:
__________________________
Fecha: _________________________ Profesión:
______________________
Hora: __________________________
Lugar: _________________________
_______________________________
1. ¿Son frecuentes las denuncias que se hacen
sobre el maltrato hacia el niño menor?
____________________________________________________________________
2. Aproximadamente ¿Cuántos niños
llegan en indicio de maltrato al centro de atención
mensualmente?
____________________________________________________________________
3. Normalmente ¿Quiénes son los
responsables de que estos niños (menores) llegan
maltratados a los centros de atención?
____________________________________________________________________
4. ¿Quiénes están capacitados para
hacer una denuncia de esta índole?
____________________________________________________________________
5. ¿Adónde es más recomendable
asistir, al querer denunciar a un maltratado, a las autoridades o
directamente al centro de atención?
____________________________________________________________________
Estadísticas.
1. Área: Salud y Bienestar.
Según la sociedad Venezolana de Pediatría
de cada (1000) niños nacidos (25) mueren. Para
1995.
Nacidos = 1000 100%
Muertos = 25 2,5%
Sobreviven = 975 97,5%
2. Área: Educación y
Desarrollo.
- Derecho a la educación:
- Abandono Escotar = (1) de cada (3) niños que
ingresa al primer grado no logra culminar el noveno
grado.
Según Datos de Antonio Luis Cárdenas,
Ministerio de Educación. Datos para el año
1995.
3. Crianza y Cuidado del Niño:
- Cobertura del programa de
hogares y multihogares.
Total Multihogares = 4.545.
Niños Atendidos = 136.000
Total Hogares de cuidado diario 24.000
Niños Atendidos = 112.000
Según datos de Mercedes Pulido. Ministerio de la
Familia para 1995.
4. Área de Protección.
Muertes Violentas de Niños, niñas y
jóvenes.
Un 67,6% de las muertes se producen en
Caracas.
Un 32,3% en el resto del País.
Los más expuestos son los jóvenes entre 16
y 17 años (61% de los casos).
Causantes desconocidos de las muertes =
46,15%
Delincuencia: 42,84%
Organismos de Seguridad: 9,61%
5. Niños Trabajadores:
Total estimados de niños deja calle en todo el
país: 5000.
Total en Caracas: 500
Varones: 97%
Hembras: 3%
59% tienen entre 12 y 15 años. 19% son
analfabetas. (Según datos de UNICEF 1995)
6. Niños Maltratados.
El maltrato físico continúa siendo una
práctica frecuente en muchos hogares de Venezuela,
según un informe de UNICEF. Esta practica abarca el 7 de
la población. El derecho más maltratado es el
más irrespetado.
7. Abuso Sexual.
- El 79,7% de los ataques se producen en el hogar o en
sitios considerados seguros por la
victima - En el 65% de los casos el agresor es un familiar o
persona allegada. - Sólo en el 55% de los casos se efectúa
denuncia ante las autoridades policiales.
(Datos de AVESA, asociación Venezolana de
Educación Sexual Alternativa 1995)
A lo largo del desarrollo de este trabajo de
investigación, pudimos apreciar lo grave de la
problemática actual, en cuanto al maltrato físico y
mental del niño y el adolescente. Es por ello que hemos
querido llegar a cada uno de los lectores, hasta el fondo de sus
sentimientos, a través de la presentación de un
problema real tratado como caso esquemático en este
trabajo, con la única intención de ejemplificar los
aspectos que tratamos en esta investigación De lo
anteriormente escrito, pudimos apreciar el grado de influencia
que tienen los padres y familiares, cercanos en el maltrato
físico y mental de los niños, y a través del
ejemplo pudimos aprender de forma legal de atacar este tipo de
flagelos, así como también los tipos de castigos
aplicables en estos casos.
Por otra parte, pudimos aprender cuales son las
instituciones a las que les compete este tipo de problemas, y
cuales son los resultados que se obtienen luego de tratar a estos
niños con problemas; En la mayoría de los casos
"IRREPARABLES". Es lamentable que en un país como el
nuestro, existan problemas de educación y subdesarrollo,
que conllevan a los padres o a los que desempeñen la
patria potestad a ocasionar con sus acciones este tipo de
maltrato; ya que la mayoría de los casos al final se
detecta como principal causa de maltrato a los niños, "los
padres o familiares con muy bajo nivel educativo y con
resentimientos morales", de una data anterior al nacimiento de
los niños no deseados o planificados con juicio y criterio
de los padres responsables.
Para finalizar queremos dejar una interrogante en el
aire para
despertar la inquietud de todos los venezolanos preocupados por
el progreso de nuestro País. ¿Cómo
Comenzamos A Atacar El Problema Del Maltrato infantil Educando A
Los Padres O Representantes O Castigando A Los Que Cometen Los
Abusos A Través De Las Instituciones Dedicadas A Hacer
Estos Seguimientos Y Estudios. ¿Acaso Debemos Evitar La
Procreación De Niños No Planificados Con Criterio
De Responsabilidad Paterna?
RECOMENDACIONES.
Crear al nivel de parroquia, instituciones que
estén pendientes de cualquier irregularidad,
anomalía o abusos que pudiera generar en la
relación entre padres y menores en un momento determinado.
Tratar psicológicamente y psiquiátricamente al
menor objeto de abusos físico, psíquico, moral y
sexual hasta lograr su salud integral.
Fomentar entre los menores e incluirlos a estudiar
carreras técnicas cortas las cuales serian dictadas por
instituciones creadas a tal fin, que fueron muy sensibles a estas
problemáticas tal es el caso del "Colegio Jesús
Obrero" en Catia, Caracas. Prestarle ayuda tanto
psicológica como moral al adulto que fue maltratado cuando
niño.
Prestar ayuda medica al menor, que debido al maltrato
físicos le haya quedado marcas, hematomas, cicatrices,
quemaduras, cortadas, desnutrición; esta ayuda medica
vendría dada por un equipo medico
multidisciplinaría, compuesto de psiquíatras,
traumatólogos, nutricionistas, los cuales los trataran
hasta que queden en condiciones normales. Tratar
médicamente a los niños que nazcan con
malformaciones físicas congénitas evidentes, tales
como labios leporinos, deformaciones en el rostro,
etc.
Darle apoyo económico y moral a la iglesia
Católica, la cual ha demostrado a lo largo de los
años y en todo el mundo que ha sido bastión en la
protección a la infancia incluyendo la indígena.
Llevar hasta el nivel de parroquia, escuelas rurales,
municipales, estatales públicas y privadas el conocimiento
de la Ley Orgánica de Protección al Niño y
al Adolescente.
Garantizar a los menores, todos los derechos
fundamentales de la infancia reconocidos por la
convención, tales como de supervivencia, al desarrollo, a
la protección, a la participación. Crear en los
galenos (pediatras) la curiosidad sana de intuir en sus
pacientes, cualquier rasgo o señal que ha sido maltratado
en cualquiera de sus formas, y en el caso de que se compruebe o
sospeche, el maltrato propiciar el ligamento y solución al
problema.
Crear al nivel de parroquia, en los módulos
asistenciales, en iglesias, escuelas para padres. Fomentar el
control de la natalidad, tanto en el sector pobre como pudiente,
ya que deben tener solo los hijos que pueden ser amados. Fomentar
cabildos abiertos en los barrios, donde los niños, padres
y representantes, puedan expresar libremente sus ideas y
opiniones, tendientes a la solución de este
problema.
Fomentar el compartir, pueden ser días de campo
en familias propiciados por el Estado. Hacer del conocimiento de
los padres (ambos o de las madres) que existen instituciones del
Estados, abiertas a escuchar sus problemas y planteamientos, con
respecto del maltrato in a titulo gratuito.
Hacer del conocimiento de los niños y
adolescentes, la existencia de organismos tales como: Los
tribunales de menores, de fiscalías de menores, abiertos a recibir
sus problemas y planteamientos, a titulo gratuito, y sin tener
que ser acompañados de ningún adulto.
Ley Orgánica Para La Protección Del
Niño Y Del Adolescente Con Sus Exposición De Motivos (2000).
Enciclopedia Didáctica Océano.
Fundación oficina
nacional de denuncias del niño maltratado filial sucre.
II seminario sobre
maltrato del menor (1992). Folleto.
CAMPOS José. El síndrome del niño
maltratado. Folleto.
GUTIÉRREZ José Vicente. Oficina nacional
de denuncia del niño maltratado. El maltrato infantil,
mareo legal. Trabajo.
GARAY Juan (2000). La Nueva Constitución.
Librería Ciafré. Constitución Nacional De
La Republica Bolivariana De Venezuela.
MÁRQUEZ Rómulo Perdomo (1996).
Metodología De La Investigación Jurídica.
Universidad
De Los Andes. Concejo De Publicaciones. Mérida –
Venezuela.
MONTERO Maritza Y HOCHMAN Elena (1996).
Investigación Documental Técnicas Y
Procedimientos. Ediciones Panapo. Caracas –
Venezuela.
CECODAP (1995). Folleto Somos Noticia.
Situación De Los Derechos De Los Niños,
Niñas Y Jóvenes De Venezuela Resumen Del
Informe.
Código Civil (1994). Biblioteca
De La Legislación. Editorial El Giro.
EGG Ezequiel Ander (1983). Técnicas De
Investigación Social. Ediciones Hvmanitas. Buenos Aires
– Argentina
PADÓN Yrene (UBA 1994). En Su Trabajo "Mientras
Exista Un Niño Que Sufra".
Enciclopedia Microsoft Encarta 2000.
Autor:
Br. Ángel Avilez
Estudiante de Derecho
Ciudad Bolívar – Venezuela
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD GRAN MARISCAL DE AYACUCHO
FACULTAD DE DERECHO
ESCUELA DE DERECHO