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La Seguridad Jurídica en el Derecho Tributario




Enviado por guillermo_metlich



    La seguridad es el contexto dentro del cual se toman las
    decisiones individuales y las interacciones de los actores
    sociales, para ellos, es la expectativa de que el marco legal es
    y será confiable, estable y predecible. Para que
    así sea, es indispensable que las decisiones de los
    actores políticos se tomen según el sentido
    lógico de la norma y no según la lógica
    de la discrecionalidad.

    "La palabra seguridad proviene de securitas, la
    cual deriva del adjetivo securus (de secura) que,
    significa estar libre de cuidados. En sentido amplio, la palabra,
    seguridad indica la situación de estar alguien seguro frente a
    un peligro".

    Debemos de considerar que ese sentimiento de seguridad
    frente a las posibles contingencias que se presentan en sociedad, por
    la naturaleza
    misma de las características de cualquier sociedad, debe
    ser procurada por el ente rector de las relaciones que dentro de
    ese marco de colectividad pueden llegar a darse.

    El Estado, como
    ente rector de las relaciones en sociedad, no sólo
    establece los lineamientos y normas a seguir,
    sino que en un sentido más amplio tiene la
    obligación de establecer "seguridad jurídica al
    ejercer su poder de
    imperio.

    "La seguridad jurídica es la garantía dada
    al individuo de
    que su persona, sus
    bienes y sus
    derechos no
    serán objeto de ataques violentos o que, si éstos
    llegarán a producirse, le serán asegurados por la
    sociedad, protección y reparación.

    Dicho en otras palabras, la seguridad jurídica es
    la certeza que tiene el individuo de que su situación
    jurídica no será modificada más que por
    procedimientos
    regulares, establecidos previamente".

    El hombre posee
    una serie de derechos que le han sido reconocidos por el Estado
    desde el nacimiento de esta figura de organización social. La finalidad
    última del Estado es asegurar los medios para
    que las personas que habitan dentro de su territorio gocen de la
    estabilidad y la seguridad de que sus facultades, posesiones y su
    persona, no podrán ser violentados sino por procedimientos
    regulares, establecidos dentro de un sistema de
    derecho positivo vigente, general, heterónomo y
    equitativo.

    "La seguridad jurídica es uno de los bienes
    más preciados que el Estado garantiza. En alguna medida,
    una de las principales justificaciones de la existencia del
    Estado ha sido precisamente que, mediante el monopolio de
    la violencia,
    asegura la existencia de la sociedad y la paz interior. No
    sólo esto, sino que la observancia general de las normas
    jurídicas y mandatos de autoridad
    permiten que los individuos se muevan dentro de un marco legal
    con igual libertad y
    autonomía y que realicen sus planes de vida. De ahí
    la pretensión de obligatoriedad inexorable que caracteriza
    a un ordenamiento jurídico".

    A fin de que los miembros de una sociedad logren el tan
    añorado "bien común" es absolutamente necesario el
    establecimiento de un marco legal sólido y de una
    convicción real de sus integrantes por vivir en completa
    observancia de sus disposiciones, es por esto que la "seguridad
    jurídica" plena es un sueño imposible para las
    sociedades
    modernas.

    Es posible lograr un orden aceptable y una seguridad
    jurídica palpable en aspectos del Estado más
    específicos, para que en su conjunto logremos el
    establecimiento de una sociedad más justa y segura para
    sus integrantes.

    En efecto no podemos dejar de lado la necesidad de
    establecer "seguridad jurídica" en uno de los objetivos
    primordiales del Estado, como es la captación de recursos para la
    realización de sus fines, el derecho
    tributario.

    El Dr. Raúl Rodríguez Vidal señala
    que "…es inaplazable plantear que la seguridad
    jurídica debe darse también a través del
    derecho tributario, por lo que si entendemos por ordenamiento
    financiero el conjunto de normas que disciplinan la actividad
    financiera del Estado y, por tanto, también la actividad
    tributaria, lo primero que hay que apuntar es que tal
    ordenamiento público constituirá un sistema de
    seguridad jurídica formal; luego entonces, podemos afirmar
    que la imposición, es una actuación pública
    sujeta a reglas y limites establecidos por el derecho, por lo que
    pagar impuestos,
    será una de las principales manifestaciones de la
    sujeción al Estado".

    Las imposiciones del Estado en materia
    tributaria, como todas las materias, se encuentran sujetas a las
    normas relativas que establecen límites y
    directrices a seguir para en su caso, afectar la esfera
    jurídica de los gobernados en un plano de legalidad que
    le otorgue plena seguridad de que dicha afectación se
    encuentra ajustada a Derecho y tiene como fundamento
    máximo los principio Constitucionales que rigen una
    sociedad determinada.

    Todo gobernado tiene la ineludible obligación de
    contribuir al gasto
    público a través de sus contribuciones que son
    el principal medio de sostenimiento del Estado, "Sin embargo
    vemos con preocupación como la legislación fiscal es
    compleja, imprecisa y algunas ocasiones arbitraria, siendo
    modificada constantemente, donde el papel del fisco se
    circunscribe únicamente a fines evidentemente
    recaudatorios, generando en el contribuyente incertidumbre e
    inseguridad
    jurídica; dejándole además, el sabor de un
    trato injusto al no tomar en cuenta su personal
    capacidad económica, es el caso en este sexenio
    gubernamental federal de los constantes reclamos
    recíprocos entre congreso de la unión y ejecutivo
    federal, sobre los saldos de la llamada "nueva hacienda
    distributiva".

    Esta ineficiente cultura
    contributiva a la que se someten los países en desarrollo
    como lo es México,
    exige el establecimiento de nuevos mecanismos para la salvaguarda
    de los derechos fundamentales, ya que a través de un
    sistema
    tributario que tenga como principal característica la
    de procurar la seguridad jurídica tributaria, se puede
    lograr un desarrollo significativo y sostenido.

    Asimismo, no podemos pasar por alto que un aspecto
    importantísimo de la seguridad jurídica tributaria
    es el establecimiento de los medios de defensa a favor de los
    contribuyentes en caso de presentarse controversias con el Fisco,
    tema al que el Lic. Rodrigo Muñoz Serafín
    manifiesta que "en efecto, muchas veces se ha discutido que la
    complejidad de las disposiciones fiscales y el laberinto procesal
    en que se han convertido los recursos administrativos, deviene en
    la necesidad de incurrir en altos costos para la
    defensa de los intereses de los contribuyentes, mismos que en
    muchas ocasiones obligan a éstos a aceptar una
    resolución fiscal sin controvertirla, pues es menos
    oneroso aceptarlas y pagarlas, que ejercer su derecho de ser
    oído y
    vencido en juicio.

    La seguridad jurídica exige el reconocimiento de
    la persona y de la soberanía del pueblo, pero también
    de la supremacía constitucional, de la división
    entre los poderes constituidos, del poder judicial independiente
    y de la
    administración sometida a la ley, de la
    representación política y la
    oposición y del control del
    poder.

    Bibliografía

    Arrioja Vizcaíno, Adolfo, Derecho
    Fiscal,
    Edit. Themis, México 2001.

    Magaloni, Beatriz, La Desobediencia Civil en la
    Democracia
    Social,
    Edit. ITAM, México 1990.

    Muñoz Serafín, Rodrigo, Comentarios a
    las facultades conferidas a la Procuraduría Federal del
    Contribuyente,
    Ponencia, Durango, Dgo., 2004.

    Nuevo Diccionario
    Jurídico Mexicano, Tomo P-Z; México
    Porrúa/ U.N.A.M., 2001.

    Rodríguez Vidal, Raúl, Cometarios en
    Torno al
    Ombudsman Fiscal,
    Ponencia, Durango, Dgo., 2004.

    Elaborado por:

    Lic. José Guillermo Metlich de la
    Peña

    Abogado

    Abril de 2005

    UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COAHUILA

    FACULTAD DE CONTADURÍA Y
    ADMINISTRACIÓN

    MAESTRÍA EN DERECHO FISCAL Y
    ADMINISTRATIVO

    SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN

    DRA. SARA ORANDAIN

    TORREÓN, COAHULA, MÉXICO

    ABRIL DE 2005

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