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Derecho Procesal Constitucional




Enviado por alarconflores



    1.- Cual es la dimensión del derecho
    constitucional:

    estudia la estructura
    fundamental y organización política de la
    nación,
    la libertad y
    poderes del estado, para
    que impere la legalidad y no
    la voluntad exclusiva de los gobernantes. Su dimensión
    emergen de sus fuentes que
    son: la ley, la jurisprudencia, la doctrina y el derecho
    comparado.

    2.- Cuales son los principios
    constitucionales:

    se desarrollan con arreglo a los principios judicial del
    proceso,
    gratuidad en la actuación del demandante, economía,
    inmediación y socialización procesal.

    3.- Cuales la esencia del derecho
    procesal constitucional:

    es cuando se dictan normas que
    regulan los procesos, cuya
    finalidad es la solución de conflictos
    constitucionales, la protección de los derechos fundamentales de la
    persona y el
    cumplimiento de normas o de actos administrativos se basa en la
    constitución.

    4.- Aspectos doctrinarios y legales de la
    acción: aspectos doctrinario.-

    es para exigir y proteger a las personas sus derechos
    constitucionales, cuando son amenazados o violados por cualquier
    autoridad,
    funcionario o persona particular. Aspecto legales.- se interpone
    ante el juez de primera instancia en lo civil del lugar de donde
    se produce la amenaza o el acto violatorio del derecho
    constitucional.

    5.- Cuales son los aspectos doctrinarios y legales de
    la acción
    de habeas corpus:

    el aspecto doctrinario, es una garantía destinada
    a proteger el derecho a la libertad y seguridad
    personal. La
    persona amenazada o afectada en su libertad la recupera
    plenamente o que sea puesto a disposición del juez, busca
    evitar que una persona sufra detenciones injustas. Aspectos
    legales.- el juez que conoce la acción de habeas corpus
    tiene un día de plazo para declarar la acción:
    improcedente, infundad o fundad.

    6.- Aspectos referidos a la práctica
    (acción de amparo):

    son garantías constitucionales vitales que tiene
    el estado de
    derecho. Establece el derecho vulnerado, naturaleza
    jurídica procesal, sumario, breve, defiende DC.

    7.- Aspectos referidos a la práctica
    (acción habeas corpus):

    es cuando se atenta contra libertad de la persona, son
    garantías constitucionales, protege a la
    familia.

    8.- Constitución política del
    estado:

    principios rectores.- persona humana, familia, justicia,
    trabajo.

    Derechos fundamentales de la persona humana.- a
    la vida; igualdad ante
    la ley; libertad de conciencia y
    religión;
    libertad de información, opinión,
    expresión y difusión del pensamiento;
    solicitar sin expresión de causa la información que
    requiera; a lo servicios
    informáticos, computarizados o no; al honor y buena
    reputación; libertad a la creación intelectual, a
    la inviolabilidad del domicilio; al secreto y a la inviolabilidad
    de sus comunicaciones
    y documentos
    privados; elegir su lugar de residencia; reuniones pacificas,
    locales públicos o privados; asociarse a diversas formas
    de organización; contratar con fines lícitos;
    trabajar libremente; a la propiedad y
    herencia; a
    participar en forma individual o asociada; mantener reserva sobre
    sus convicciones políticas
    o religiosas; a su identidad
    étnica y cultural; a formular peticiones individual o
    colectiva; a su nacionalidad;
    a la paz y tranquilidad; a la legitima defensa; a la libertad y
    seguridad personal.

    De las garantías constitucionales.- la
    acción de habeas corpus; la acción de amparo; la
    acción de habeas data.

    Tribunal constitucional.- es el órgano de
    control de la
    constitucionalidad, es autónomo e independiente de los
    demás órganos y se encuentra sometido solo a la
    constitución y su ley orgánica.

    Principio y derechos de la función
    jurisdiccional
    .- derechos de la función
    jurisdiccional, no existe ni puede establecerse
    jurisdicción alguna con excepción de a militar y la
    arbitral, ninguna autoridad puede interferir en el ejercicio de
    sus funciones,
    tampoco puede dejar sin efectos resoluciones; principios: unidad;
    inaplicabilidad; no ser penado sin proceso judicial; no ser
    condenado en ausencia; no ser privado del derecho de defensa; de
    información; de formular análisis y criticas de resoluciones; de
    régimen penitenciario sea de
    rehabilitación.

    Estructura del estado.- poder
    ejecutivo; poder
    legislativo; poder judicial;
    poder
    electoral.

    9.- Concepto sobre justicia
    constitucional:

    es la defensa de la persona humana y el respeto de su
    dignidad que
    son el fin supremo de la sociedad y del
    estado.

    10.- Ampliación del carácter y contenido de habeas corpus
    (nueva tipología):

    el análisis y contenido de un expediente es
    plantear un recurso constitucional, haciendo un petitorio, con
    fundamentos de hecho y de derecho. En el petitorio, se hace
    pedido de garantía solicitando la libertad de la
    retención ilegal, en el fundamento de hechos se narra todo
    el acontecimiento del caso. En el fundamento de derecho.- se
    emplea la constitución 93 Art. 2; 139; 200.

    11.- Habeas corpus reparador:

    cuando se produce privación arbitraria o ilegal,
    promueve la reposición de la libertad de la persona
    detenida indebidamente.

    12.- Habeas corpus restringido:

    cuando la libertad física es objeto de
    molestia y perturbaciones ejemplo: vigilancia domiciliaria
    justificada.

    13.- Habeas corpus correctivo:

    Cuando se producen actos e agravamiento ilegal en las
    condiciones en las que se cumplan las penas privativas de la
    libertad.

    14.- Habeas corpus preventivo:

    cuando existe amenaza que afecte su libertad o amenaza
    en proceso de ejecución.

    15.- Habeas corpus traslativo:

    para denunciar mora en el proceso judicial y cuando se
    mantenga indebidamente la privación de
    libertad.

    16.- Habeas corpus instructivo:

    cuando no es posible ubicar el paradero de una persona
    detenida-desaparecida.

    17.-Habeas corpus innovativo:

    cuando a cesado la amenaza o la violación de la
    libertad personal, se solicita la intervención
    jurisdiccional, para que no se repita en el futuro.

    18.- Habeas corpus conexo:

    cuando se presenta situaciones no previstas en otros
    tipos de habeas corpus.

    19.- Procedencia del habeas corpus (con
    ejemplos):

    esta ley promulgada el 7 de diciembre de 1982 es
    acción de garantía porque repone las cosas al
    estado anterior a la violación o amenaza de
    violación de un derecho constitucional, sea por
    acción u omisión, si el agresor es el estado o
    funcionario publico su defensa esta a cargo del procurador
    general y debe ser denunciado ante el ministerio publico;
    ejemplo: amenaza contra la libertad de conciencia y creencia; ser
    maltratado o amenazado para hacer declaraciones; ser detenido sin
    orden judicial, salvo en caso de flagrante delito.

    20.- Comentario sobre la ley orgánica del
    tribunal constitucional y sus modificaciones:

    que tiene facultad de plantear la acción de
    inconstitucionalidad los que pueden plantear esta acción
    el presidente de la nación,
    el fiscal de la
    nación, el defensor del pueblo, 25% de congresista; cinco
    mil ciudadanos; los presidentes regionales; los alcaldes
    provinciales y los colegios profesionales. Modificaciones.- su
    cede la ciudad de arequipa y puede tener Art. 1, sesiones en
    cualquier lugar de la republica; art4 el quórum del
    tribunal constitucional era de 6 votos a hora es 5 votos; Art. 26
    la acción de inconstitucionalidad era una norma-ahora es
    una norma con rango de ley; Art. 32 admitida a tramite, el
    tribunal corre traslado de la demanda-ahora
    legitimación pasiva y corresponsabilidad de
    poderes del estado.

    21.- Concepto y evolución de las garantías
    constitucionales:

    garantiza primacía de la carta magna y
    vigencia efectiva de nuestros derechos, la ley 28237, contiene el
    primer código
    procesal constitucional en la historia del Perú, de
    ahí la importancia de iniciar una campaña de
    difusión y educación, sobre los
    alcances en la ciudadanía, el nuevo CPC posee un titulo
    preliminar y trece títulos de desarrollo,
    incluso temas de jurisdicción internacional, así la
    ley permitirá mayor minuciosidad en el desarrollo de
    habeas corpus, para lograr mayor eficacia, sin
    duda se ha dado un paso trascendental para preservar el estado
    social y democrático de derecho.

    22.- Marco conceptual de las garantías
    constitucionales:

    están constituidas por el conjunto de
    categorías conceptuales incorporadas en la
    constitución nombres que se ha dado a esta nueva rama
    procesal jurisdicción, defensa, control, justicia,
    garantía, derecho procesal constitucional y
    revisión judicial.

    23.- Comentario sobre punto de intersección
    entre teoría
    del proceso y derecho constitucional: el derecho
    constitucional.- es obrar o exigir todo lo que la ley o autoridad
    establece, con un conjunto de principios y normas, que lo forma
    la sociedad humana; el proceso.- es la secuencia de un acto
    jurídico para proteger nuestros derechos constitucionales
    reponiendo las cosas al estado anterior a la violación o
    amenaza de un derecho o disponiendo el cumplimiento de un mandato
    legal o de un acto administrativo.

    24.- Análisis y comentario sobre un expediente
    de acción de garantía (amparo o habeas
    corpus):

    se hace por escrito o verbalmente ante un a entidad
    competente para que proteja a la persona que ha sido vulnerado de
    sus derechos fundamentales-constitucionales, y recupere lo mas
    pronto posible su calidad como
    tal.

    25.- Derecho procesal constitucional:

    jurisdicción constitucional.- la función
    jurisdiccional surge por que los derechos son directamente
    protegidos por la constitución resuelve conflictos
    constitucionales, se encarga el tribunal constitucional, cuando
    se trate de normas con rango e ley y el poder judicial cuando se
    trate de normas administrativas; condiciones de la
    acción.- es el derecho de acudir al órgano
    jurisdiccional del estado a fin de solicitar la tutela de
    nuestros derechos, no toda persona puede pedir la
    inconstitucionalidad de las leyes solo lo
    pueden hacer los órganos legitimados por la
    constitución.

    26.- Análisis y comentario sobre lo dispuesto
    en el Art. 51 de la constitución política del
    estado: la constitución prevalece sobre toda norma, la
    ley sobre las normas de inferior jerarquía y así
    sucesivamente, la publicidad es
    esencial para la vigencia de toda norma del estado.
    Análisis comentario.- el tribunal constitucional garantiza
    la primacía de la constitución sobre cualquier
    norma que la contravenga, cuando deniegan las acciones de:
    acción de amparo, habeas corpus, habeas data y la
    acción de cumplimiento, toda la resolución que
    declara inconstitucional de una norma debe ser publicada en el
    diario oficial el peruano y produce efectos generales desde el
    día siguiente de su publicación.

    27.- Enfoque panorámico del derecho procesal
    constitucional:

    proteger los principios rectores de derecho
    constitucional y función jurisdiccional, que se encuentren
    emanados en la constitución. Aplicándola y
    haciéndola cumplir en toda sus dimensiones, así
    mismo protegiendo las garantías constitucionales y otros
    referidos a proteger a la persona, familia, trabajo,
    justicia.

    28.- Comentario doctrinario sobre el proceso
    (piero calamandrei-davis echeandia): uniformidad, armonía,
    garantiza los derechos de interés
    público. PAZ SOCIAL Y ARMONIA SOCIAL.

    Dr. LUIS ALFREDO ALARCON FLORES

    (Estudiante de maestría en derecho penal en
    la UNFV)

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