John Rawls
- Elementos
básicos - Los poderes de los ciudadanos
y su representación - Constructivismo
político - Tres ideas
fundamentales - Prioridad de lo justo e ideas
del bien - La idea de la razón
pública - La estructura básica
como objeto
El Contrato Social
de Rosseau ha sido la doctrina por la cual las relaciones en
sociedad se
han regido. De su teoría
se deriva libertad,
igualdad y
fraternidad como símbolo de unidad e identificación
nacional. Pero John Rawls busca en su propuesta que la justicia vaya
más allá de la libertad social, busca una justicia
equitativa dentro de una sociedad desigual cuyo método de
impartición de justicia produce precisamente eso, la
injusticia, a la cual Rawls pretende encasillar dentro de
un pensamiento
superior al concepto de
utilitarismo. Si bien es cierto que la equidad en la
justicia está garantizada por la ley,
también es cierto que la sociedad de nuestro país
no está educada para llevar a cabo estos principios y
mucho menos las instituciones
de justicia, por que visto está que el principal
obstáculo para llevar a buen término la propuesta
de Rawls es la corrupción.
Las sociedades
contemporáneas con un régimen democrático de
gobierno
supuestamente basan su convivencia en la tolerancia y el
respeto a las
diferentes doctrinas religiosas, morales, étnicas y
lingüísticas. Sin embargo, la doctrina política tiene la
responsabilidad de establecer normas que
incluyan todas las filosofías de manera que no socaven la
integridad de ninguna de ellas. Por lo anterior el liberalismo
político verá su trabajo cada
vez más complicado debido principalmente a la
globalización, ya que este proceso es
irreversible y excluyente, volvemos entonces a la pregunta
fundamental del liberalismo político, ¿cómo
establecer un sistema
equitativo de la justicia dentro de un proceso económico
cuyo principal producto es la
desigualdad? Podemos proyectar que el concepto de
regímenes democráticos cambiará
sustancialmente su contenido paralelamente al concepto de
soberanía, ya que la democracia se
sustenta en la soberanía de los pueblos y esta
soberanía está cada vez más minimizada
dentro del contexto político mundial. Rawls sustenta
demasiado su propuesta en las cuestiones políticas
fundamentales, pero ¿cuáles son las cuestiones
políticas fundamentales para cada nación
que integra un Estado-región?
En la ex-Yugoslavia, vimos con pesar que la religión fue el
principal obstáculo para continuar con un contrato social
de respeto y tolerancia tal y como lo deseaba Rosseau,
también era un claro ejemplo de la justicia equitativa y
del liberalismo político como lo propone Rawls. Pero las
doctrinas religiosas son las que han llevado a la humanidad a las
peores guerras de las
que se tengan memoria, por
supuesto que sus intereses serán defendidos hasta la
muerte y justificadas ya sea en nombre de Dios, Alá,
Buda, el Dalai Lama o Juan Diego, cualquiera que sea su icono de
idolatría. En el mundo occidental, la lucha será
entre católicos y protestantes. En ambos casos, los
intereses de grupo y los
intereses de clase
serán los opositores. Las reformas a las doctrinas
religiosas que se han llevado a cabo a partir de la traducción de la Biblia por Martín
Luthero, separaron al mundo occidental en dos partes; la primera
que siguió bajo la dominación ideológica del
Vaticano, mientras que la reformista cambió su
ideología de aceptación del
autosacrificio por la aceptación de que la búsqueda
de una vida mejor no tenía por que ser sancionada por
Dios. Podemos identificar en ambos casos las tendencias de
gobierno que cada una lleva. La primera con un órgano de
control
centralizado, impositivo, oligárquico y excluyente en
donde los viles mortales no tienen los medios para
comunicarse con Dios y lo tienen que hacer por medio de otras
personas quienes si tienen la gracia para hablar con Dios.
En el segundo caso, la facultad de hablar con Dios es
otorgada a cada uno y no dependen de alguien que les castigue o
sancione por su osadía de comunicarse con Dios.
Dentro de la visión vaticana esto se considera como un
desastre, puesto que la mitad del mundo católico que
aportaba recur$o$ cambió el destino de los mismos. Pero al
interior de la filosofía protestante, esta
liberación religiosa es al mismo tiempo una
liberación tanto del pensamiento como de las acciones. No
tenemos otra interpretación más objetiva al
pensamiento liberal del ser humano. Pero en sí, las
reformas fueron por cambios en las formas de
gobierno. Si pudiéramos hacer una comparación,
podríamos decir que el proceso de globalización actual se asemeja al proceso
de modernización de los modos de
producción. Entonces la globalización que tanto
nos asusta no es un elemento nuevo dentro de la evolución social. Más aún, me
atrevo a decir que es un proceso que se ha presentado y se
presentará a lo largo de la historia del hombre y que
inició con la invención del trabajo puesto que de
ahí surge la clasificación del mismo, la
estratificación de la sociedad y el establecimiento de los
liderazgos y grupos de
poder aunque
no se hubieran entendido como tales.
Pero volviendo a Rawls, analizando su teoría
interpretamos que la democracia no significa libertad. No hay
nada más falso. Por lo tanto el liberalismo
político no será un fin que buscar como medio de
convivencia armoniosa, sino una adecuación de las
circunstancias políticas, económicas, sociales,
religiosas, étnicas y hasta sexistas de una época
particular. Rawls realiza su trabajo en los años
80’s, cuando el imperialismo
capitalista se encuentra saliendo de la crisis mundial
del petróleo y los sistemas
económicos mundiales están en plena crisis.
Particularmente en nuestro país salíamos de un
régimen de gobierno totalitario y lo que se
consideró como el último gobierno de la revolución, para entrar en una etapa de
adecuación de la economía que nos
envolvía y expulsaba de los mercados
mundiales.
¿Podemos hablar de los fundamentos de la justicia
política en una sociedad democrática, cuando no
entendemos aún lo que es la democracia? Rawls establece
tajantemente que …"la política de una sociedad
democrática siempre está marcada por una diversidad
de doctrinas religiosas, filosóficas y morales opuestas
entre sí e irreconciliables"… Rawls indica que
…"cada persona tiene
igual derecho a exigir un esquema de derechos y libertades
básicas"…
…"Las desigualdades sociales y económicas
solo se justifican por dos condiciones: en primer lugar
estarán relacionadas con puestos y cargos abiertos a todos
en condiciones de justa igualdad de oportunidades; en segundo
lugar, estas posiciones y estos cargos deberán ejercerse
en el máximo beneficio de los integrantes de la sociedad
menos privilegiados"…
Las propuestas de Rawls atienden más a la
República de Platón
que a los principios de igualdad de Marx. Pero en
ninguno de los enunciados anteriores las condiciones
mínimas de desarrollo social
permiten estos supuestos dada la competencia y
naturaleza del
ser humano. Sobre todo por que está en completa
oposición con Hobbes, ya que
el ser humano buscará por propia naturaleza dominar
tanto su entorno ecosistémico como social.
La democracia pasa de ser un sistema de gobierno a ser un
método de control y evaluación
de gobierno. Ahora, si dirigimos nuestro estudio hacia la
sociedad
civil, sus intereses y proyectos, vemos
que los gobiernos incapaces de enfrentar los procesos
económicos mundiales sufren una migración
que aleja sus programas de todo
objetivo
productivo, lo cual los hace más débiles y
vulnerables ante las potencias capitalistas. Rawls nuevamente
dice…"sus integrantes ingresan a ella sólo por
nacimiento y salen de ella sólo al morir".
¿Entonces esta migración que representa? Vemos en
el anterior periodo de gobierno de Bush que una mexicana era la
Secretaria del Tesoro de los Estados Unidos.
¿Se cumple entonces la propuesta de Rawls?
Quizá se refiere a que los ciudadanos aceptan de facto
las normas de orden social en la cual están contenidas las
normas de cada uno de los grupos que la integran. Pero entonces
estará sustentada en el orden moral que se
traslada al orden político si son aplicables
universalmente a todos los ciudadanos, lo cual nos empuja hacia
una sociedad justa en la cual la cooperación se establece
por un tiempo indeterminado. Nace la cooperación social
entendida como el bien común. Derivado de ello, las
instituciones de gobierno y las organizaciones
sociales conviven en actividades coordinadas bajo condiciones de
cooperación equitativas. De esta forma, la reciprocidad se
establece como principio altruista mediante el cual la sociedad y
justicia equitativa de Rawls pueden existir. Pero
¿llegaremos a la posición original?.
Para alcanzarla, se deben eliminar las ventajas dentro de las
negociaciones que rigen la economía. ¿Quizá
Rawls nos está acercando al comunismo? Define
así un desarrollo
hipotético de sociedad y no un desarrollo
histórico, puesto que el desempeño de unos no puede ser copado y
mucho menos ignorado ante la incapacidad de otros. ¿En
donde queda entonces el esfuerzo intelectual del pensamiento
libre?. ¿Su puede establecer una sociedad
contemporánea cuyos principios fundamentales de
convivencia no reconocen el desarrollo individual? Rawls
establece que …"toda asociación tiene fines
determinados, no así las sociedades
democráticas"… De acuerdo a Max Webber,
la
organización tiene por finalidad establecer los
métodos de
control de la sociedad hacia la cual esté dirigida.
Entonces ¿la democracia tiene una finalidad o no la tiene?
La democracia sustenta como principio fundamental la organización política y la justicia
equitativa, la convivencia armoniosa y el desarrollo social y
humano de sus miembros. Sin embargo es presa de las ambiciones de
sus lideres y los intereses de clase más que de sociedad o
grupo. En nuestro país crecimos con la imagen de una
persona superpudiente alrededor de la cual giran los destinos de
todos nosotros y aún más, de nuestra descendencia.
Como podemos entonces implantar el pensamiento rawlsiano en una
cultura
política de sumisión y cuya comprensión
sólo es posible con la identificación de esa imagen
dominante. Además, la historia política de este
país se desarrolló a través del caciquismo,
que hasta la fecha está presente disfrazado en sectores de
organización o control a través del cual, el
país es repartido a cada grupo de estos caciques de
acuerdo de su potencial de acción
militar en su inicio, ahora transformado ese potencial en
presión
económica que puede provocar levantamientos sociales.
LOS
PODERES DE LOS CIUDADANOS Y SU REPRESENTACIÓN
¿Puede haber justicia y equidad social sin tolerancia?
La garantía de equidad debe contemplar la diversidad de
pensamientos e intereses presentes en cada estrato de la
clasificación social. De nueva cuenta, Rawls pretende
hacer una clasificación de la sociedad en razonables e
irrazonables. Pero ¿cuál es el parámetro por
medio del cual comprendemos cada una? Debemos considerar una
reforma al contrato social para comprender esta teoría
rawlsiana. Según nuestro controvertido autor,
…"las personas razonables no las motiva el bien general
como tal, sino el deseo mismo de que hay un mundo social en que
ellas, como ciudadanos libres e iguales, puedan cooperar con los
demás en términos que todos puedan
aceptar"…entonces el grado de pensamiento razonables
estará sujeto a la aprobación de los demás
miembros de la sociedad. Ahora, es tajante al igual cuando dice
que …"las personas son irrazonables en el mismo aspecto
básico cuando planean comprometerse en esquemas de
cooperación, pero no están dispuestos a honrar, ni
siquiera a proponer, excepto como una simulación
pública necesaria, ningún principio general o
normas para especificar los términos justos de la
cooperación"…¿es irrazonable obtener
algún beneficio correspondiente al esfuerzo de nuestro
trabajo?
Más importante que la calificación de la
sociedad a nuestros pensamientos, la calidad moral del
individuo
recae en las consecuencias de sus actos. Pero nuevamente la moral va en
relación con los intereses que se persigan. En su
Teoría de la justicia, Rawls deforma la moral y lo justo,
ya que en su afán de encontrar un método de
convivencia armoniosa y equitativa, suplanta lo justo
supeditando su legitimidad a la aceptación moral de los
actos; entonces ¿en donde queda el pensamiento racional o
razonable del hombre en sociedad?. En otras palabras, lo
razonable implica el interés de
más de dos personas, merma el beneficio individual y lo
encontramos en el ámbito público. Lo racional
representa el beneficio de uno solo y por lo tanto no es
considerado como moral dentro de la concepción equitativa
de la justicia en la Teoría de la justicia de Rawls, ya
que no es de reconocimiento universal. La historia del hombre nos
indica que todas estas consideraciones, que bien pueden ser
calificadas como justas y equitativas, no se han podido implantar
en dos mil años de historia contemporánea, por lo
tanto la posición original de Rawls es un mero idealismo del
cual se pueden obtener supuestos valorativos, pero solo eso,
supuestos.
Dejemos ahora la calificación y clasificación de
la sociedad. Veamos su derivación en la sociedad
política, que implica sanciones coercitivas dada la
existencia de un órgano de gobierno restrictivo, cuyas
instituciones están abiertas al escrutinio público.
Mediante esta dualidad, la sociedad civil acepta al gobierno en
tanto que éste cumpla con los objetivos que
la sociedad demanda. Su
desarrollo ha llevado a la instauración de sistemas de
gobierno acordes a las características propias de cada
sociedad, las cuales son tan variables como
naciones han experimentado cambios en ellos. En cualquier caso,
una sociedad ordenada estará regida por orden en la
concepción pública de la justicia la cual debe
cumplir con tres principios fundamentales:
- El reconocimiento y la aceptación de los principios
públicos de la justicia. - Creencias generales por medio de las cuales se aceptan
estos principios. Su relación y funcionamiento con el
orden social. - Justificación plena y aceptada de las sanciones y la
cualidad de órgano restrictivo, como es el
Estado.
Si se cumplen estos puntos, los enfrentamientos entre sociedad
civil y Estado serán para acordar la legitimación de las normas de conducta en cuyas
libertades implican las obligaciones
de ambas partes, así como las sanciones correspondientes,
lo cual les otorga autonomía y que se puede interpretar
como un contrato social cuyo principal producto son los derechos
y libertades del hombre y del gobierno.
Así, la aceptación pública de los
principios de justicia que llevados a su máxima
aplicación pueden hacer realidad la posición
original de Rawls, serán más estables ante la
vulnerabilidad que representa el pluralismo social,
étnico, religioso y filosófico que componen cada
sociedad. Pero que ésta interpretación
política del orden civil sea la mejor para llegar a la
sociedad armoniosa no garantiza de ninguna forma la factibilidad de
su aplicación.
El constructivismo
político implica la acción política de la
sociedad y representa un punto de vista de la estructura y
el contenido de la doctrina política. En el converge el
pensamiento libre, ya sea razonable o racional, los valores
fundamentales del hombre y los poderes del Estado otorgados por
la sociedad. Todos ellos contenidos dentro de las normas de orden
reconocidas por todos los actores políticos.
La primera y fundamental característica del
constructivismo la representa la autonomía como regulador
permanente, siempre y cuando esta autonomía se base en la
razón práctica que prescribe los valores
morales y políticos. ¿Por que la razón
práctica? Por que a partir de ella se inicia la
reflexión filosófica del pensamiento positivo, el
cual es el inicio la realidad total que se compone del
intuicionismo racional, que establece el marco público de
pensamiento suficiente para que el concepto de juicio se aplique
y llegue e conclusiones fundamentales en la razón y la
evidencia para que nuestro punto de vista sea objetivo con el
punto de vista público. Llegamos entonces al
constructivismo como coyuntura del pensamiento
racional independiente de la teoría.
Desde sus partes integrales,
vemos que el constructivismo político lleva inherente el
pensamiento individual por encima del pensamiento social.
Entonces no tiene cabida la posición original de Rawls y
si el constructivismo político es la norma en la sociedad
contemporánea, ¿cómo encontrar una
teoría que se considere justa y equitativa que sea
aplicable en nuestros tiempos? El constructivismo atiende
más a las causalidades que las casualidades,
dada la naturaleza del ser humano de cambiar constante y
permanentemente su entorno. Los hechos se vinculan entre
sí derivados de circunstancias creadas por ciudadanos
tanto racionales como razonables en un supuesto sistema justo de
cooperación. En sí, el constructivismo
político nos da toda la justificación y
explicación acerca de sus principios y juicios, entendidos
estos últimos como la interpretación de la realidad
de acuerdo al punto de vista individual, es decir, de acuerdo al
pensamiento racional.
Dentro del liberalismo político que conlleva la
libertad y diversidad de pensamiento, la mayoría de
ciudadanos atenderán al pensamiento razonable por lo cual
los juicios morales supuestamente serán positivos y
acordes a las necesidades de la sociedad. Esto podría ser
el inicio de la posición original, que llevada al
máximo en una sociedad justa y equitativa puede ordenar el
pensamiento y determinar las tendencias filosóficas
imperantes.
Rawls inicia esta parte con la identificación de un
consenso traslapado. Pretende hacer de la justicia un
método equitativo repartiendo dentro de la sociedad las
responsabilidades de participar en un orden controlado por el
Estado, aduciendo que dicha sociedad tiene la facultad de crear
los mecanismos necesarios para que el Estado tenga los medios
para actuar por el bien de la sociedad. Entonces su concepto
traslapado no es otra cosa que la justificación de la
existencia del Estado por medio de sus instituciones y el control
que ejerce sobre la sociedad. Al repartir las responsabilidades y
por supuesto montar en organismos y grupos
sociales las responsabilidades de las instituciones incapaces
de enfrentar sus responsabilidades, según Rawls, se crean
grupos de hombres políticos dentro de sociedades
democráticas. Pero a lo largo de este ensayo hemos
argumentado que la democracia no es sinónimo de
justicia y tampoco de equidad. La justicia imparcial tampoco
representa libertad de pensamiento. Puede coadyuvar a mejorar las
relaciones entre los diversos grupos existentes dentro de la
sociedad, pero ello no garantiza que la justicia sea respetada ni
mucho menos acatada si en verdad el pensamiento libre fuera el
sustento del comportamiento
del hombre en sociedad.
El mejor argumento que Rawls propone es la aceptación
general de las leyes por parte
de la sociedad, la cual tiene distintas doctrinas de
comportamiento y su concepción del bien es en exceso
particular para defender que una sociedad democrática es
justa. Un régimen democrático se ostenta como
constitucional y tiene básicamente dos
características:
- Es una relación de varios grupos sociales en la
que se entra al nacer y se sale solo al morir. - El poder político siempre será coercitivo
respaldado por los órganos de represión del
gobierno dentro de los cuales incluimos al propio sistema de
impartición de justicia y todos sus elementos como son
los ministerios públicos, los secretarios
de acuerdo, dictaminadores, proyectistas y por supuesto
jueces y magistrados.
Si la justicia fuera en verdad imparcial, la
impartición de justicia y los métodos para
seleccionar a quienes llevarán a cabo esta labor
serían procesos abiertos al escrutinio público. Sin
embargo, el hecho de que en nuestro país el sistema de
impartición de justicia se encontrara supeditado al
Poder
Ejecutivo trastocó a la Constitución en su más profunda
justificación como es la separación y el equilibrio de
poderes. Aunado a esto, todos sabemos que no hay nada peor que
tener asuntos con las agencias del ministerio público.
Hemos sido testigos de que el verdadero poder para equilibrar la
justicia y su sistema de impartición es la
organización de la sociedad civil. Pero hasta aquí
tenemos dificultades, ya que la libertad de pensamiento o el
pensamiento del liberalismo político atendiendo a Hobbes
que nos dice que el hombre es
un animal político y siempre lo será mientras viva
en sociedad, hacen que la equidad de la justicia se complique
debido al pensamiento racional y razonable, que no tienen la
misma finalidad y por consecuencia tampoco tendrán los
mismos intereses.
Para lograr el mayor orden posible, debemos encontrar la forma
de conciliar todos los intereses y doctrinas políticas,
religiosas y todas aquellas que influyan en el pensamiento del
ser humano, para lo cual se crearon las Constituciones como forma
de reconocimiento a la existencia del Estado como órgano
rector del bienestar y la sana convivencia social. Así
también se legitimó el uso de la represión
por parte del Estado y el porqué de que a algunos
ciudadanos se les excluyera de estas sanciones, como son los
diputados, los senadores y todo aquel servidor
público cuyas funciones sean
inherentes al cuidado del bienestar social. Rawls atribuye a la
Constitución como el medio por el cual se puede lograr el
liberalismo político, pues en ella se encuentra
supuestamente el ideal de justicia reconocido por todos los
ciudadanos. Pero para que la Constitución sea la
convergencia entre sociedad y Estado por medio del liberalismo
político, es necesario contar con dos elementos
primordiales:
- Las divergencias en cuanto a la justicia deben poder ser
resueltas mediante valores
políticos y su representación. - Estos valores políticos deben ser superiores a todos
los valores morales en lid.
Pero ¿qué peso tiene en verdad la
representación social como medio de solución de
conflictos,
cuando el Estado debe desatender algunos valores para atender a
otros? Las acciones del Estado deben encontrarse al alcance de
todos los actores tanto políticos como no políticos
mediante los canales adecuados. Según Rawls, la existencia
de instituciones es parte de la imparcialidad de la justicia,
pero en verdad las instituciones ¿son justas e
imparciales?. Se supone que las instituciones son justas e
imparciales en la medida en que considera dentro de sus ideales
los principios de la razón práctica, ya que el
sentido de justicia de los ciudadanos es superior a las
tendencias normales de la injusticia. La estabilidad se
fundamenta entonces en que todos los ciudadanos acepten los
preceptos razonables y racionales desde el punto de vista liberal
político dirigido a la razón pública. Lo
importante no es en sí que se atiendan los conceptos de
estabilidad, justicia e imparcialidad de todos los ciudadanos,
sino encontrar la manera de actuar en concordancia a todas ellas
y que las sanciones aplicadas en caso necesario sean aceptadas
generalmente. El liberalismo político debe atender esta
diversidad como marco de las instituciones. El pluralismo no es
un obstáculo sino el marco en el que deben actuar las
instituciones aceptando todas las doctrinas sociales, aún
las irracionales, inconciliables en incluso las violentas. Este
es un principio de la democracia como justificación de la
equidad, ya que la justicia debe presentarse independiente a
todas ellas equilibrando todos los puntos de vista y los valores
morales y políticos. Pero la sociedad solo se puede
entender a través de su modus vivendi como dice
Rawls. Por esta razón las instituciones deben estar cerca
de los grupos más numerosos, ya que si estos forman la
mayoría social serán también el medio de
justificación de las acciones del Estado puesto que tiene
los medios para hacer que converjan todos los puntos de vista de
los ciudadanos.
Pero cuando el pensamiento individual es traslapado, la
expectativa de encontrar un consenso estable se vuelve igual de
lejana que la justicia misma. Los intereses individuales o de
grupo no encuentran respuesta en las instituciones por más
que el Estado quiera contener las situaciones. Tan simple como
recordar Sarajevo en los años de 1990 a 2000. Los
intereses civiles y religiosos derrumbaron la estabilidad
política y no bastó ningún consenso,
ningún argumento de convergencia fue suficiente. La
irracionalidad de las doctrinas sociales superaron o mejor dicho,
para entenderlo de acuerdo a nuestro texto,
traslaparon la capacidad del Estado y no solo del Estado
yugoslavo, sino de otros estados que buscaron una solución
imparcial al conflicto. El
desorden y la incapacidad hasta de la O.N.U. llegó a tal
grado, que la unificación nacional quedó
desintegrada y la separación racial, étnica,
religiosa, política y de justicia fue la medida de
entendimiento imparcial dentro de la región, por que no
solo fue Yugoslavia, también Checoslovaquia y algunas
otras naciones.
Los mas cercano que tenemos a una justicia imparcial dentro de
un Estado democrático, es la libertad de pensamiento ya
que la libertad de acción siempre estará limitada
por el equilibrio de intereses dentro de la denominada
razón pública. Pero la razón pública
no sólo es la aceptación de una cooperación
social justa, sino el respeto por la pluralidad de los valores
políticos. Rawls menciona que "…no existen
suficientes fuerzas políticas, sociales o
psicológicas para lograr un consenso traslapado, ni para
hacer que el consenso sea estable"… en lo que estoy de
acuerdo, por que los principios liberales acerca de la justicia
deben atender al modus vivendi y por lo tanto la
pluralidad siempre será el factor de conciliación
política. Esto nos dice que la mayoría de los
ciudadanos no ven a la justicia como algo incorporado a su
modus vivendi, no tienen conexión con ella y sus
principios les son ajenos, viven dentro de un Estado que
según Rawls solo pueden salir de éste con la
muerte, en el
cual aceptan la Constitución sin comprenderla y más
aún, sin saber que son parte de ella en lo que compete a
la soberanía aunque se defienda la aceptación
universal legítima de su contenido político y
jurídico.
Pero las disyuntivas sociales quedan en segundo lugar ante las
disyuntivas políticas. La falta de consenso
político impide la cohesión del pensamiento libre,
por lo cual la legislación que debe abarcar todos los
temas esenciales e importantes de la sociedad no será
capaz de solucionar los conflictos y por lo tanto, por más
que se mencione el Estado democrático, su
Constitución no será suficiente para mantener el
equilibrio y mucho menos la equidad y la imparcialidad de la
justicia, que quedará al margen de los grupos de poder que
desconocen el modus vivendi de la sociedad.
PRIORIDAD DE LO JUSTO E IDEAS DEL BIEN
A pesar de lo que dice Rawls al inicio de esta parte del
texto, lo justo no tiene el mismo significado que el bien. Si
bien es cierto que no podemos separar ambos conceptos cuando se
busca el equilibrio y la justicia, también es cierto que
la prioridad en alguno de estos determinará la prioridad
de atención. La cualidad de justo o bien es un
asunto de perspectiva y dentro de la justicia se deforma en un
asunto de proyectiva. ¿Se puede comprender el exceso de
ingresos de la
parte minoritaria de la población ante la aberrante distancia en
cuanto a la cantidad de ingresos de la mayor parte de la
sociedad, de los desposeídos? Las doctrinas
políticas siempre serán parciales así como
la interpretación de la justicia sin importar a quien se
beneficie. Sin embargo, una de las características del
Estado es precisamente provocar la aceptación de la
desigualdad como una forma de bien común ante la
incapacidad de sus instituciones de dar respuesta favorable a las
demandas sociales, de esta forma se obtiene una sociedad
política ordenada cuyos valores morales son acordes a su
situación social y política sometiendo así
las carencias de atención a la aceptación de lo
justo controlando las variantes que pueden ser:
- Las capacidades intelectuales del individuo.
- Las capacidades físicas.
- Sus valores morales.
- Preferencias políticas, religiosas, etc.
Cada una de ellas se explica por sí sola y parece
simple en una primera percepción. Pero en verdad son elementos
indispensables para la clasificación de la sociedad y
representan una información que bien podríamos
comparar con una radiografía de la sociedad, puesto que
nos identifica la proyección de lo que considera como
bien de acuerdo a sus capacidades y habilidades.
Enseguida, Rawls dice …"la justicia como imparcialidad
rechaza la idea de comparar y llevar al máximo el
bienestar en materia de
justicia política…lo que se contrapone con la
propuesta general de su teoría ya que la justicia
imparcial es el objetivo de toda sociedad política. En
sí la equidad tiene como restricción que las
reclamaciones se promuevan sobre aspectos particulares cuando las
incapacidades de atención del Estado son generales, lo que
implica la creación de una estructura enorme y en la
mayoría de los casos insuficiente para atender estas
demandas en instituciones específicas y de esta manera
separar y clasificar las inconformidades. Por muy fuerte y grave
que sea un reclamo individual nunca será lo
suficientemente grande como para implicar un desequilibrio en el
orden social y político. Lo importante aquí es que
este supuesto ya ha sido entendido por la sociedad y la
convergencia de actores políticos que aprovechan esta
situación, han hecho de la misma la bandera
política perfecta para crear el desequilibrio
político suficiente y sobre todo eficiente ante lo cual el
Estado debe crear los mecanismos de defensa y en último de
los casos de represión.
Ante la caótica situación que se presenta y en
la que todos los individuos ven reflejado el potencial rechazo a
sus demandas debido a la inequidad en la justicia, no se puede
permanecer con un pensamiento neutral y mucho menos abstenerse de
comprender que la justicia se aleja cada vez más de la
realidad social. El concepto de neutralidad debe ser la norma
aplicable por los miembros del sistema de impartición y
administración de justicia del Estado. Pero
si el Estado encuentra los canales adecuados para deformar un
reclamo legitimo de la sociedad, tendrá que cambiar los
valores morales sobre los cuales justifica su existencia. La
neutralidad implica para el Estado:
- Que debe asegurar la igualdad de oportunidades para que el
bien común sea aplicable a todos los ciudadanos. - Que el Estado no deberá favorecer ninguna doctrina
particular. - Lo faculta a cancelar cualquier doctrina política
que violente la sana convivencia política.
El significado de la neutralidad del Estado puede acercarnos a
una justicia imparcial sin abandonar el pensamiento liberal ya
que es una razón suficiente para mantener el orden
político. Rawls hace una distinción interesante
entre liberalismo político y liberalismo comprensivo. El
primero nos dice que la armonía en la sociedad representa
la forma de consenso requerida para que se obtenga la
imparcialidad y la equidad en la justicia, atendiendo a valores
morales y políticos reconocidos y acatados por todos. El
segundo promueve el reconocimiento a las sanciones
correspondientes cuando las condiciones por las que sea posible
el primero sean violentadas. Pero el liberalismo político
tiene dentro de sus finalidades, acercar a la sociedad al
reconocimiento de que el desacuerdo con las disposiciones de
orden social no es un elemento que vaya en contra del acuerdo
general, sino el hecho de crear situaciones que socaven este
orden es lo que se debe castigar. Coincidimos entonces con la
teoría de Berlin cuando enuncia que el ser humano tiene
diversos tipos de libertades y por consecuencia también
tendrá diversos tipos de sanciones, que en este caso
sería adjudicarle una culpa por intención y una
culpa por hecho. El estado ha cambiado su forma de
protección hacia la ciudadanía. La ha hecho partícipe
del cuidado social y además ha logrado que participe en la
captación de recursos
especiales para atender las carencias de atención del
Estado en aspectos específicos de lo que representa el
bien común. Sin embargo, aún no ha insertado en la
conciencia social
su capacidad de movilización y decisión en las
determinaciones de justicia y equidad, por lo que la sociedad
civil y la sociedad política han creado sus propios medios
para alcanzar este derecho. El concepto de justicia se ha
transformado al margen del reconocimiento del Estado y por lo
tanto, no puede ser una sociedad privada en la
interpretación específica, es una sociedad
política y como tal ha demandado atención y
recurrido a todos los medios disponibles para manifestarse.
Aunque los diversos grupos no manifiesten la misma doctrina
social, pueden converger con la misma doctrina política
del bien y esto es suficiente para mantener el equilibrio
político público y buscar entonces una
finalidad común. Para que la justicia sea imparcial, debe
impedir ser superada por las doctrinas políticas ya que
los principios de una concepción liberal justa se basa en
los ideales políticos que normalmente pesan más que
otros valores.
Se enuncia que la razón pública es propia de un
pueblo democrático puesto que es la razón de los
ciudadanos. El Congreso es la tribuna donde se expresan
públicamente intereses privados no en el entendido de
bienes
materiales,
sino como bienes públicos a los que tiene derecho todo
individuo integrante de una sociedad. Por lo tanto, es en el
Congreso donde se harán las reformas a la
Constitución puesto que en ella se encuentran las
libertades y restricción de los ciudadanos. Lo que se debe
analizar de la razón pública y sus espacios de
expresión es que si las limitantes que impone crean o
restringen los valores políticos y sociales del individuo,
ya que el liberalismo político implica el derecho a la
expresión pública dentro de los márgenes
permisibles lo que representa una evaluación del
liberalismo político comprensible. La razón
pública es una representación del Contrato Social
de Rosseau. La diferencia con los Estados contemporáneos
radica en que ahora está plenamente identificada una
sociedad civil con capacidad de crear sus propios medios dentro
de un pensamiento político liberal y comprensible. La
razón pública refuerza los valores morales y los
derechos, libertades y oportunidades sociales en un
régimen democrático así como también
adopta las directrices y criterios de razón
pública, para aplicar las normas de conducta con los
elementos constitucionales que consideran los principios
fundamentales de la estructura
social así como los derechos y libertades
básicas de la ciudadanía.
Pero aún arriba de la razón pública se
encuentran las leyes que en el Estado democrático son
cuando menos aceptadas por todos, ya que no todos las acatan. La
interpretación de la ley es donde radica la
problemática de la parcialidad o imparcialidad de la
justicia. No hay mayor ley que la Constitución, por
supuesto en el mundo occidental. Sin embargo su
interpretación está sujeta en la mayoría de
los casos a la presión de la equidad y no a la
imparcialidad. Son dos conceptos distintos que se confunden en su
interpretación. Es interesante el análisis que Rawls hace de las enmiendas en
la Constitución de los Estados Unidos, pero dada la
naturaleza de su interpretación no es aplicable a México. La
Constitución de los Estados Unidos está basada en
el sistema anglosajón de justicia, en México el
estado de derecho se sustenta en el sistema romano, su
análisis es distinto al que propone Rawls por lo que
omitiremos esta parte.
LA
ESTRUCTURA BÁSICA COMO OBJETO
La estructura básica está integrada por las
formas de propiedad, la
organización de la economía y la naturaleza
familiar. En otras palabras, la estructura básica de la
Constitución y sus libertades está formada por los
elementos fundamentales de la seguridad social.
Según Rawls, el contrato social es hipotético
igual que su posición original, la cual es una
interpretación contemporánea del trabajo de
Rosseau. Ambas propuestas intentan conciliar las normas y los
actos del individuo en sociedad mediante la impartición de
una justicia equitativa, o como Rawls identifica con sus
definiciones complicadas, mediante una justicia como
imparcialidad. Básicamente ambas teorías
son aplicables en el momento histórico para el que fueron
redactadas, pero las interpretaciones que de ellas se hacen
varían de acuerdo a los intereses políticos
prevalecientes. Para el utilitarismo no importa el número
de individuos ni las instituciones así como tampoco la
relación justa o injusta entre ambas partes, la
fundamental es la viabilidad de los objetivos aún cuando
los efectos sean negativos para la sociedad. Las instituciones
deben adecuar su funcionamiento y replantear sus objetivos para
cumplir con las exigencias que impone una estructura basada en el
utilitarismo. Pero para el libertarismo, el Estado tiene
funciones mínimas especificas como la protección
contra la violación a las libertades de la estructura
básica, ya que un Estado con amplios poderes puede violar
los derechos de los individuos. Pero este libertarismo es
más utópico aún que el Contrato Social y la
posición original, ya que se propone su existencia a
partir de una situación …"perfectamente justa
con una moralidad
permisible y sin violar derecho alguno"… La
única forma reconocida de violación de los derechos
del individuo es por actos deliberados de los individuos, por
error o por ignorancia. Pero el deseo natural del ser humano
cuando es un animal político –tal parece que a Rawls
se le olvidaron las enseñanzas de Hobbes- es el de dominar
a sus congéneres, entonces esta justificación de
error e ignorancia la podemos interpretar como la naturaleza del
individuo y por lo tanto deja de ser ignorancia o error puesto
que tiene un origen consciente y un objetivo determinado. El
libertarismo no es en sí un pacto ni tampoco un acuerdo,
es el establecimiento de una ley que regula la actividad
política del individuo en sociedad y otorga a aquellos que
la respetan la calidad de ciudadanos y con ello son merecedores
de la protección social, política y
económica. En todo caso, con errores o sin ellos, con
ignorancia o conocimiento
de los actos, reconocer y acatar las normas de justicia
equitativa o imparcial o como quiera llamarles Rawls, se
convierte en un hecho de orden moral antes que político,
puesto que representa la protección hacia el grupo social.
Pero veamos ahora la justicia desde el punto de vista de seguridad
social. En ella está representada la actividad del
Estado como garante de la equidad o imparcialidad de la justicia.
Las relaciones entre individuos e instituciones deben tener una
comunicación ágil y sencilla si se
quiere cumplir el objetivo para el cual fueron creadas las
segundas mediante la congregación de los primeros. Lo que
se busca en realidad es una división del trabajo cuyas
labores sean plenamente reconocidas por cada una de las partes y
cuyo resultado sea satisfacer los deseos y aspiraciones que ya
existen, así como provocar deseos y aspiraciones futuras
que perfeccionen el Contrato Social o la Posición
Original. Esta es la garantía de la imparcialidad o la
equidad en la justicia, el cumplimiento de las responsabilidades
que salvo muertes o accidentes se
verá interrumpido el ciclo laboral. En lo
que no estoy de acuerdo es en el velo de la ignorancia, ya
que si la estructura social está proyectada para que cada
parte de la sociedad cumpla con su parte de la división
del trabajo, no es posible que no reconozca las capacidades y
potencialidades de su grupo. Si así fuera
estuviésemos bajo el dominio de los
imprevistos cuando el proyecto es
lograr un orden los más estable posible. La libertad se
interpreta de dos formas básicas:
- Mediante la razón se controlan los intereses
individuales y superiores de los ciudadanos en un pensamiento
razonable y racional que expresa autonomía. - Las limitaciones en los intereses individuales implica la
sana convivencia y se supone que el interés colectivo es
superior al interés individual y así es como se
comprende el orden social.
Pero la libertad de las instituciones es muy diferente. La
libertad es igualdad y oportunidad para todos. Las desigualdades
son ajustadas en relación con las igualdades y esto
conserva el valor de las
libertades individuales e institucionales. En otras palabras e
interpretando esta teoría con la experiencia de nuestro
país, quiere decir que no importa que existan
desposeídos o marginados de los beneficios que otorgan las
instituciones si es la mayoría quienes gozan
de la igualdad de las libertades y los beneficios que ello
otorga. Entonces la estructura básica no está
conformada por todos los grupos sociales por que de antemano nos
dice que estará justificada la desatención de
grupos determinados, sacrificados por el bien de otros más
cercanos a la justicia y la imparcialidad.
Rawls justifica esta situación que es inaceptable para
la propuesta original de su teoría, adjudicando un valor
moral positivo a los ajustes que se tienen que hacer en
las relaciones de la justicia y las libertades. Pero no es
necesario encontrar una justificación política o
moral de las inequidades, ya que la doctrina libertarista de
Locke así como el determinismo establecen que las
circunstancias particulares de cada etapa histórica del
hombre en sociedad son las que originan los ajustes en la
justicia y la libertad, provocando orden y desorden en una
sucesión interminable de hechos.
Pero la libertad al igual que los otros derechos y libertades
tiene prioridades. En el caso de la libertad individual su
prioridad será la satisfacción de los deseos
inmediatos, para la libertad colectiva, su prioridad será
acoplar las potencialidades de los ciudadanos a los conceptos de
igualdad e imparcialidad de oportunidades. Pero Rawls vuelve a
justificar más que a plantear la probidad de su
teoría, mediante el establecimiento de la posibilidad de
encontrar libertades que sean aplicables universalmente y que
denomina el objetivo inicial cuando bien podemos
entenderlo como el bien común que Max Webber nos
enseñó. Hemos aprendido desde Platón y
Aristóteles que la libertad está
determinada por la historia y que la democracia ha sido
relacionada con la libertad desde que ellos propusieron una forma
de gobierno que estuviera relacionada y sustentada por el pueblo.
Entonces las libertades no son condicionantes de desarrollo, sino
que el desarrollo ha condicionado las libertades del hombre en
sociedad. La libertad nunca fue ni será absoluta
indefinidamente debido al deseo natural de libertad del ser
humano, que ha derrocado tiranías y despotismos para
cambiar la concepción de las condiciones razonablemente
favorables durante su rango central de aplicación, en
otras palabras, entender la libertad cívica en cada
etapa histórica del hombre en
sociedad.
A continuación Rawls hace una defensa de su
posición original tratando de vencer a la historia. Si
cada ciudadano tuviera el mismo concepto de los que es el bien,
las relaciones económicas y políticas actuales
serían totalmente distintas, quizá
hubiéramos llegado ya al comunismo. Aquí podemos
hacer un análisis paralelo del concepto de justicia. Las
doctrinas religiosas, cualquiera que sea, se han convertido en
las instituciones perfectas para el lucro. En particular en
nuestro país, no pagan impuestos, son
reconocidas como parte integrante de estructura social y han
provocado cambios en la Constitución con la finalidad de
reglamentar su ejercicio. Pero su objetivo está muy lejos
del bien común, de la posición original y mucho
más de la imparcialidad de la justicia. En cambio, en
Europa se dio una
revolución del pensamiento libre cual Luthero funda el
protestantismo y decide cambiar los deseos de Dios para con sus
hijos. Viene entonces la ruptura del pensamiento libre y
todo aquel que no piense ni acate los preceptos del Vaticano
está fuera de la ley. Esta disyuntiva en cuanto a la
interpretación de las libertades del ser humano se ha
presentado a lo largo de la historia del hombre en sociedad y
continuará en tanto no sea posible materializar la tan
ansiada posición original. Menciono que se
seguirán presentado por que las partes interesadas son
relativamente ajenas a los sucesos de las otras partes. Es decir,
se desarrollan de acuerdo a sus intereses particulares dejando al
margen de su desarrollo las necesidades de otros grupos cercanos.
¿Dónde queda la buena fe y la imparcialidad de la
justicia? Las propuestas de Rawls pueden ser posibles en grupos
pequeños y aislados del megadesarrollo económico.
Pero para grupos sociales más grandes la desigualdad
será el parámetro que cuantificará la
imparcialidad de la justicia. Los bienes primarios o
necesidades básicas que nos enseñaron en
economía, son la causa del comercio
internacional en el cual cada grupo –entendamos Estado-
buscará obtener el mayor beneficio tanto de sus recursos
como del potencial de su gente –de nuevo se cuestiona el
velo de la ignorancia– para garantizarle estos bienes
primarios. Pero Rawls va más allá del concepto
utilitarista y libertario de la justicia. Menciona que las cinco
clases de bienes primarios en su Teoría de la
justicia son:
- Libertad de pensamiento y de conciencia.
- Libertad de desplazamiento.
- Poderes y prerrogativas de los cargos y puestos de
responsabilidad. - Los ingresos económicos y la riqueza.
- Las bases sociales de respeto.
En realidad no son algo que Aristóteles, Cicerón
o Platón no hubieran deseado, incluso Espartaco pudo darle
orientación acerca de sus bienes primarios. Pero
nada garantiza que esta clasificación sea reconocida
universalmente como panacea de justicia social, por el contrario,
debemos mencionar la parcialidad de las observaciones de Rawls
que se limita a identificar las libertades y derechos de un mundo
occidental que se rige por relaciones mercantiles más que
sociales. La política está determinada por la
viabilidad de las negociaciones y su interés está
muy por encima del interés general. Incluso las relaciones
entre Estados han cambiado y los nuevos actores políticos
mundiales que llegan tarde al desarrollo
económico, científico y tecnológico
están obligados e insertarse en un mercado que les
lleva nada más 30 años de ventaja.
Además, mientras existan doctrinas religiosas la
dominación y explotación de la irracionalidad
humana será además de un buen negocio, una forma de
control social que ayude a apaciguar los deseos insatisfechos y a
canalizar las frustraciones del ser humano. Para aquellas
frustraciones incontrolables están las instituciones
represivas del Estado.
Las propuestas de Rawls son buenas
intenciones, solo intenciones.
JULIO CÉSAR GARCÍA RAMÍREZ
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE
MÉXICO
FACULTAD DE CIENCIAS
POLÍTICAS Y SOCIALES
SISTEMA DE UNIVERSIDAD
ABIERTA
FILOSOFÍA Y TEORÍA POLÍTICA
CONTEMPORÁNEA