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Conceptos básicos en salud ocupacional y Sistema General de Riesgos profesionales en Colombia




Enviado por gino_zc



    1. Aspectos
      generales
    2. Reglamentación en
      Colombia sobre seguridad social y salud
      ocupacional
    3. Sistema general de riesgos
      profesionales
    4. ¿En
      qué consiste un Programa de salud
      ocupacional?
    5. Política de salud
      ocupacional
    6. Niveles de
      participación
    7. Coordinador del programa de
      salud ocupacional
    8. Panorama de factores de
      riesgo
    9. Subprogramas de salud
      ocupacional
    10. Programa de
      entrenamiento
    11. Cronograma de actividades y
      evaluaciones
    12. Responsabilidades ante el
      sistema de riesgos profesionales
    13. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    Una de las principales preocupaciones de una
    compañía debe ser el control de
    riesgos que
    atentan contra la salud de sus trabajadores y
    contra sus recursos materiales y
    financieros.

    Los accidentes de
    trabajo y enfermedades profesionales
    son factores que interfieren en el desarrollo
    normal de la actividad empresarial, incidiendo negativamente en
    su productividad
    y por consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el
    mercado;
    conllevando además graves implicaciones en el
    ámbito laboral, familiar
    y social.

    En consideración a lo anterior, la
    administración y la gerencia de
    toda compañía deben asumir su responsabilidad en buscar y poner en practica las
    medidas necesarias que contribuyen a mantener y mejorar los
    niveles de eficiencia en las
    operaciones de
    la empresa y
    brindar a sus trabajadores un medio laboral seguro.

    Para ello de acuerdo a las disposiciones de la
    Organización Internacional el Trabajo OIT
    y las leyes
    establecidas en el país conforme al Sistema de
    Riesgos Profesionales, ha de elaborar un Programa de Salud Ocupacional
    pendiente a preservar, mantener y mejorar la salud individual y
    colectiva de los trabajadores en sus correspondientes ocupaciones
    y que deben ser desarrolladas en forma
    multidisciplinaria.

    .ASPECTOS
    GENERALES

    1. DEFINICIONES

    SALUD:Es un estado de
    bienestar físico, mental y social. No solo en la
    ausencia de enfermedad.

    TRABAJO:Es toda actividad que el hombre
    realiza de transformación de la naturaleza con
    el fin de mejorar la calidad de
    vida.

    AMBIENTE DE TRABAJO: Es el conjunto de
    condiciones que rodean a la persona y que
    directa o indirectamente influyen en su estado de
    salud y en su vida laboral.

    RIESGO:Es la probabilidad de
    ocurrencia de un evento. Ejemplo Riesgo de una
    caída, o el riesgo de
    ahogamiento.

    FACTOR DE RIESGO:Es un elemento,
    fenómeno o acción humana que puede provocar
    daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o
    en las instalaciones. Ejemplo, sobre esfuerzo físico,
    ruido,
    monotonía.

    INCIDENTE: Es un acontecimiento no deseado, que
    bajo circunstancias diferentes, podría haber resultado
    en lesiones a las personas o a las instalaciones. Es decir UN
    CASI ACCIDENTE. Ejemplo un tropiezo o un
    resbalón.

    ACCIDENTE DE TRABAJO: Es un suceso repentino
    que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que
    produce en el trabajador daños a la salud(una
    lesión orgánica, una perturbación
    funcional, una invalidez o la muerte).
    Ejemplo herida, fractura, quemadura.

    Según lo anterior, se considera accidente de
    trabajo:

    • El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o
      esporádicas en la empresa.
    • El que se produce en cumplimiento del trabajo
      regular, de órdenes o en representación del
      empleador así sea por fuera de horarios laborales o
      instalaciones de la
      empresa.
    • El que sucede durante el traslado entre la
      residencia y el trabajo
      en transporte
      suministrado por el empleador.

    De igual manera no se considera un accidente de
    trabajo
    el sufrido durante permisos remunerados o no,
    así sean sindicales, o en actividades deportivas,
    recreativas y culturales donde no se actúe por cuenta o
    en representación del empleador.

    ENFERMEDAD PROFESIONAL: Es el daño a la
    salud que se adquiere por la exposición a uno o varios factores de
    riesgo presentes en el ambiente de
    trabajo.

    El Gobierno adopta
    42 enfermedades
    como profesionales, dentro de las cuales podemos mencionar la
    intoxicación por plomo, la sordera profesional y
    el
    cáncer de origen ocupacional.

    También es Enfermedad Profesional si se
    demuestra la relación de causalidad entre el factor de
    riesgo y la enfermedad.

    SALUD OCUPACIONAL: Se define como la
    disciplina que busca el bienestar físico, mental y
    social de los empleados en sus sitios de
    trabajo.

    En Colombia el campo
    de la Salud
    Ocupacional, se encuentra enmarcado en toda la
    reglamentación dada a través del Sistema General
    de Riesgos Profesionales

    1. REGLAMENTACIÓN EN COLOMBIA
      SOBRE SEGURIDAD
      SOCIAL Y SALUD OCUPACIONAL

    La Ley 100 de 1993
    estableció la estructura de
    la Seguridad Social
    en el país, la cual consta de tres componentes como
    son:

    • El Régimen de Pensiones
    • La Atención en Salud
    • El Sistema General de Riesgos
      Profesionales.

    Cada uno de los anteriores componentes tiene su propia
    legislación y sus propios entes ejecutores y fiscales para
    su desarrollo.

    A continuación se describen los principales
    Decretos y Resoluciones que reglamentan la Salud Ocupacional en
    Colombia:

    Ley – Año

    Contenido

    Ley 9a. De 1979

    Es la Ley
    marco de la Salud Ocupacional en Colombia. Norma para
    preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos
    en sus ocupaciones

    La Resolución 2400 de 1979 de
    MinTra*

    Conocida como el "Estatuto General de Seguridad", trata de disposiciones sobre
    vivienda, higiene y
    seguridad en los establecimientos de trabajo

    Decreto 614 de 1984 de MinTra Y
    MINSALUD

    Crea las bases para la organización y administración de la Salud
    Ocupacional en el país

    La Resolución 2013 de 1986 de
    MinTra

    Establece la creación y funcionamiento de
    los Comités de Medicina, Higiene y
    Seguridad Industrial en las empresas

    La Resolución 1016 de
    1989

    de MinTra

    Establece el funcionamiento de los Programas
    de Salud Ocupacional en las empresas

    Ley 100 de 1993 de MinTra

    Se crea el régimen de seguridad
    social integral

    Decreto 1281 de 1994 de MinTra

    Reglamenta las actividades de alto
    riesgo

    Decreto 1295 de 1994 de MinTra y
    MINHACIENDA

    • Dicta normas
      para la autorización de las Sociedades sin ánimo de lucro que
      pueden asumir los riesgos de enfermedad profesional y
      accidente de trabajo
    • Determina la
      organización y administración del Sistema General
      de Riesgos Profesionales
    • Establece la afiliación de los
      funcionarios a una entidad Aseguradora en Riesgos
      Profesionales (A.R.P)

    Decreto 1346 de 1994 de MinTra

    Por el cual se reglamenta la integración, la financiación y
    el funcionamiento de las Juntas de Calificación de
    Invalidez

    Decreto 1542 de 1994 de MinTra

    Reglamenta la integración y funcionamiento del
    Comité Nacional de Salud Ocupacional

    Decreto 1771 de 1994 de MinTra

    Reglamenta los reembolsos por Accidentes de trabajo y Enfermedad
    Profesional

    Decreto 1772 de 1994 de MinTra

    Por el cual se reglamenta la afiliación y
    las cotizaciones al Sistema General de Riesgos
    Profesionales

    Decreto 1831 de 1994 de MinTra

    Expide la Tabla de Clasificación de
    Actividades Económicas para el Sistema General de
    Riesgos Profesionales

    Decreto 1832 de 1994 de MinTra

    Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades
    Profesionales

    Decreto 1834 de 1994 de MinTra

    Por el cual se reglamenta el funcionamiento del
    Consejo Nacional de Riesgos Profesionales

    Decreto 1835 de 1994 de MinTra

    Reglamenta actividades de Alto Riesgo de los
    Servidores
    Públicos

    Decreto 2644 de 1994 de MinTra

    Tabla Única para la indemnización de
    la pérdida de capacidad laboral

    Decreto 692 de 1995 de MinTra

    Manual Único para la calificación de
    la Invalidez

    Decreto 1436 de 1995 de MinTra

    Tabla de Valores
    Combinados del Manual
    Único para la calificación de la
    Invalidez

    Decreto 2100 de 1995 de MinTra

    Clasificación de las actividades
    económicas

    Resolución 4059 de 1995

    Reportes de accidentes de trabajo y enfermedad
    profesional

    Circular 002 de 1996 de MinTra

    Obligatoriedad de inscripción de empresas
    de alto riesgo cuya actividad sea nivel 4 o 5

    * MinTra = Ministerio de Trabajo

    1. El Sistema de Riesgos Profesionales, existe como
      un conjunto de normas y
      procedimientos destinados a prevenir,
      proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las
      enfermedades profesionales y los accidentes que puedan
      ocurrirles con ocasión o como consecuencia del
      trabajo que desarrollan, además de mantener la
      vigilancia para el estricto cumplimiento de la normatividad
      en Salud Ocupacional.

      1. Reglamentación
    2. SISTEMA
      GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES

    El pilar de esta Legislación es Decreto Ley 1295
    de 1994, cuyos objetivos
    buscan:

    • Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes
      a mejorar las condiciones de trabajo y salud de los
      trabajadores
    • Fijar las prestaciones
      de atención en salud y las prestaciones
      económicas derivadas de
      las contingencias de los accidentes de trabajo y enfermedad
      profesional
    • Vigilar el cumplimiento de cada una de las normas de
      la Legislación en Salud Ocupacional y el esquema de
      administración de Salud Ocupacional a través de
      las ARP.

    Particularmente el Decreto 1295 en su Artículo 21
    Literal D, obliga a los empleadores a programar, ejecutar y
    controlar el cumplimiento del programa de Salud
    Ocupacional en la empresa y su
    financiación. En el Artículo 22 Literal D, obliga a
    los trabajadores a cumplir las normas, reglamentos e
    instrucciones del programa de Salud
    Ocupacional de las empresas.

    En la Resolución 001016 de 1989 en el
    Artículo 4 y Parágrafo 1, se obliga a los
    empleadores contar con un programa de Salud Ocupacional,
    específico y particular, de conformidad con sus riesgos
    potenciales y reales y el número de los trabajadores.
    También obliga a los empleadores a destinar los recursos
    humanos financieros y físicos, indispensables para el
    desarrollo y cumplimiento del programa de Salud Ocupacional, de
    acuerdo a la severidad de los riesgos y el número de
    trabajadores expuestos. Igualmente los programas de
    Salud Ocupacional tienen la obligación de supervisar las
    normas de Salud Ocupacional en toda la empresa, y en particular,
    en cada centro de trabajo.

    Dada la complejidad y magnitud de esta tarea, se hace
    necesario que los programas de Salud Ocupacional sean entes
    autónomos, que dependan directamente de una unidad Staff
    de la empresa, para permitir una mejor vigilancia y supervisión en el cumplimiento de cada una
    de las normas emanadas de la Legislación de Salud
    Ocupacional.

    1. Con las excepciones previstas en el
      Artículo 279 de la Ley 100 de 1993, el Sistema
      General de Riesgos Profesionales se aplica a todas las
      empresas que funcione en le territorio nacional y a los
      trabajadores, contratistas, subcontratistas de los sectores
      públicos, oficial, semioficial en todos sus
      órdenes y en le sector privado en
      general.

    2. Campo De Aplicación Del Sistema
      General De Riesgos Profesionales
    3. Conformación Del Sistema General
      De Riesgos Profesionales

    El Gobierno Nacional
    determinó la organización y funcionamiento del Sistema
    General de Riesgos Profesionales, el cual está integrado
    así:

    1. Es el organismo de dirección del Estado en materia de
      Riesgos Profesionales. Tiene como función la determinación de
      regímenes específicos de vigilancia
      epidemiológica, el desarrollo de actividades de
      prevención y controlar la prestación del
      servicio
      de Salud a los afiliados al Sistema en las condiciones de
      calidad
      determinada por la Ley.

      Para poder
      implementar sus funciones se
      creó la Dirección Técnica de Riesgos
      Profesionales. Esta dependencia tendrá la responsabilidad de promover la
      prevención delos Riesgos Profesionales, vigilar y
      controlar el funcionamiento del Sistema y aplicar las
      sanciones por violación a la norma

    2. El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Y El
      Ministerio De Salud (Hoy Fusionados Como Ministerio De
      Protección Social)

      Organismo de dirección del Sistema conformado
      por miembros del ministerio, Entidades ARP, Trabajadores,
      Empleadores y Asociaciones Científicas de Salud
      ocupacional.

    3. El Consejo Nacional De Riesgos
      Profesionales

      Órgano consultivo del Sistema conformado por
      miembros de Salud Ocupacional del Ministerio y las
      ARP

    4. El Comité Nacional De Salud
      Ocupacional

      Tiene por objeto desarrollar estudios,
      campañas y actividades de promoción y divulgación para la
      prevención de Riesgos Profesionales

    5. El Fondo De Riesgos Profesionales

      Son organismos de carácter privado creados por la ley.
      Sus integrantes son designados por el Ministerio de
      Protección Social. A través del dictamen
      médico laboral, resuelven las controversias suscritas
      frente a la determinación del origen y/o grado de la
      invalidez, incapacidad permanente o parcial, enfermedad
      profesional, el accidente o muerte de
      los afiliados al Sistema .

    6. Las Juntas De Calificación De
      Invalidez

      Controlan, autorizan, vigilan y garantizan el
      ejercicio de la libre competencia a las Entidades A.R.P

    7. La Superintendencia Bancaria
    8. Las Entidades Administradoras De Riesgos
      Profesionales A.R.P

    Compañías Aseguradoras de Vida a las
    cuales se les ha autorizado por parte de la Superintendecia
    Bancaria para la explotación del ramo de los seguros. Deben
    cumplir las siguientes funciones:

    • Afiliar a los trabajadores
    • Administrar las cotizaciones hechas al
      sistema
    • Garantizar el reconocimiento de prestaciones
      asistenciales y económicas por parte de accidentes de
      trabajo y enfermedad profesional
    • Realizar actividades de prevención y
      promoción de los riesgos profesionales a las empresas
      afiliadas
    1. Clasificación

    En el momento de la vinculación de una empresa a una
    ARP ésta asignará una tarifa de acuerdo con la
    actividad principal de la empresa y la exposición
    a los factores de riesgo.

    Para ello se han determinado cinco clases de Riesgo que
    contemplan las diversas actividades económicas de las
    empresas. Si una empresa tiene
    mas de un CENTRO DE TRABAJO podrá ser clasificada para
    diferentes clases de riesgo, siempre que las instalaciones
    locativas, las actividades y la exposición a factores de
    riesgo sean diferentes.

    CLASIFICACIÓN

    TIPO DE RIESGO

    EJEMPLOS

    Clase I

    Contempla actividades consideradas de riesgo
    mínimo

    • Mayor parte de actividades
      comerciales
    • Actividades financieras
    • Trabajos de oficina
    • Centros educativos
    • Restaurantes

    Clase II

    Actividades de riesgo bajo

    • Algunos procedimientos manufactureros como la
      fabricación de tapetes, tejidos, confecciones.
    • Almacenes por departamentos
    • Alunas labores agrícolas

    Clase III

    Actividades de riesgo medio

    • Procesos manufactureros como fabricación
      de agujas, alcoholes, alimentos, automotores, artículos
      de cuero

    Clase IV

    De riesgo alto

    • Procesos manufactureros como aceites, cervezas,
      vidrios
    • Procesos de galvanización
    • Transporte

    Clase V

    De riesgo máximo

    • Areneras
    • Manejo de asbesto
    • Bomberos
    • Manejo de explosivos
    • Construcción
    • Explotación petrolera

    PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

    1. Consiste en la planeación, organización,
      ejecución, control
      y evaluación de todas aquellas
      actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la
      salud individual y colectiva de los trabajadores con el fin
      de evitar accidentes de trabajo y enfermedades
      profesionales.

      El principal objetivo
      de un programa de Salud Ocupacional es proveer de
      seguridad, protección y atención a los
      empleados en el desempeño de su trabajo.

      El incremento en los accidentes de trabajo,
      algunos más serios que otros, debido entre otras
      cosas a los cambios tecnológicos o la poca capacitación de los empleados, a la
      manipulación de materiales de uso delicado, infraestructuras
      inadecuadas y en alguna medida por fallas humanas, hacen
      necesario que toda empresa pueda contar con un manual
      que sirva de guía para minimizar estos riesgos y
      establezca el protocolo a seguir en caso de
      accidentes.

      Un programa de salud ocupacional debe contar con
      los elementos básicos para cumplir con estos
      objetivos, los cuales incluyen datos
      generales de prevención de accidentes, la evaluación médica de los
      empleados, la investigación de los accidentes que
      ocurran y un programa de entrenamiento y divulgación de las
      normas para evitarlos.

    2. ¿En Que
      Consiste Un Programa De Salud
      Ocupacional?
    3. Política de Salud
      Ocupacional

    Como punto de partida del Programa, las directivas de
    toda compañía se deben pronunciar formalmente, a
    través de una política reflejando
    su interés
    por un trabajo realizado en forma segura y su compromiso hacia la
    Salud Ocupacional, posteriormente se definirán
    responsabilidades de todos los niveles de la organización
    en la implementación del Programa y cumplimiento de todos
    los normativos que para esto haya lugar.

    La política contempla
    entre otros puntos los siguientes:

    • Cumplimiento de todas las normas legales vigentes en
      Colombia sobre Salud Ocupacional y Seguridad
      Integral.
    • Protección y mantenimiento del mayor nivel de bienestar,
      tanto físico como mental, de todos los trabajadores,
      disminuyendo al máximo la generación de
      accidentes de trabajo y los riesgos en su origen.
    • Preservación de buenas condiciones de
      operación en los recursos
      materiales y económicos, logrando la optimización
      en su uso y minimizando cualquier tipo de
      pérdida.
    • Garantía de que las condiciones y el manejo de
      residuos no contaminen el medio
      ambiente y cumplan las normas vigentes.
    • Responsabilidad de todos los niveles de
      Dirección por proveer un ambiente
      sano y seguro de
      trabajo, por medio de equipos, procedimientos y programas
      adecuados.
    • Responsabilidad de todos los trabajadores por su
      seguridad, la del personal bajo
      su cargo y de la empresa.
    • Incorporación del control de riesgos en cada
      una de las tareas.

    Esta política será publicada y difundida a
    todo el personal, para
    obtener así su cooperación y participación,
    siguiendo el ejemplo manifestado y demostrado por la alta
    gerencia.

    1. La responsabilidad del éxito de un programa de salud
      ocupacional debe ser compartida por todos, y es
      indispensable que todas las partes, empleados y gerencia
      realicen su mejor esfuerzo en este sentido.

      El programa de Salud Ocupacional parte desde la
      gerencia su desarrollo efectivo y se alcanzará en la
      medida que logre una concepción clara de la
      importancia del mismo en los niveles de la
      organización. Por esto se plantean los siguientes
      niveles de participación.

      1. Participación Del Empleador
        O Gerencia
    2. Niveles de
      Participación

    La institución en la que se trabaja, debe proveer
    equipos de seguridad con los cuales se pueda obtener condiciones
    de seguridad adecuadas para el trabajo. De esta manera la
    gerencia o el empleador asumirá el liderazgo
    efectivo del programa de Salud Ocupacional y participará
    directamente realizando una serie de tareas como:

    • Motivar al personal por la Salud Ocupacional a
      través de charlas, cartas de
      reconocimiento, asistir a reuniones formales entre
      otras.
    • Dar prioridad a la Salud Ocupacional cuando deba
      tomarse una decisión en la que aquella esté en
      juego.
    • Controlar resultados, conociendo el desarrollo de los
      subprogramas y funcionamiento del comité de Medicina,
      Higiene y
      Seguridad a través de estadísticas de accidentalidad, actas del
      comité, cumplimiento de los récords establecidos,
      pronunciándose al respecto.

    Independientemente que el trabajo en las diferentes
    clases de empresas por su naturaleza
    involucre riegos, el empleado no puede asumir la responsabilidad
    de accidentes debido a negligencias administrativas. Este
    concepto se
    establece mejor, cuando se toma en cuenta el costo de
    atención médica del empleado, incapacidad, etc., y
    el deterioro de la imagen de la
    compañía en materia de
    seguridad.

    1. Participación De Los
      Trabajadores

    A pesar de que el empleado es la razón final de
    un Programa de Salud Ocupacional y el mayor beneficiado en su
    desarrollo, es necesario hacer énfasis en que a él
    le corresponde la mayor parte de la responsabilidad. Es
    obligación del empleado:

    • El seguimiento estricto de las Normas de seguridad a
      fin de garantizar un trabajo seguro.
    • Cumplir las normas y procedimientos de Salud
      Ocupacional establecidas por la Empresa.
    • Informar a sus superiores o al coordinador de Salud
      Ocupacional, sobre condiciones y/o actos sub-estándar en
      los lugares de trabajo ó cualquier circunstancia que
      pudiera provocar un accidente y presentar sugerencias para su
      estudio participando en la elaboración de normas y
      procedimientos seguros de
      trabajo.
    • Participar activamente en las charlas y cursos de
      capacitación de Salud Ocupacional a que
      haya sido invitado.

    La seguridad del empleado depende sobre todo de su
    propia conducta, lo cual
    está condicionado a un acto voluntario del trabajador por
    educación
    y motivación.

    Estos conceptos adquieren mas significado, cuando
    tomamos en cuenta que la mayoría de las labores en las
    empresas implican un trabajo en grupo y las
    fallas de un empleado pueden afectar a sus propios
    compañeros y a los bienes de la
    institución. En resumen, el trabajo seguro de cada uno
    beneficiará a todos.

    1. El Comité Paritario de Salud
      Ocupacional COPASO

    Es el organismo de participación,
    ejecución y apoyo en todo lo concerniente al Programa de
    Salud Ocupacional de una compañía. De la mano con
    el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia,
    los miembros del COPASO son los encargados de llevar a cabo todas
    las actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de
    Salud Ocupacional.

    Se debe conformar en las instalaciones de la empresa en
    reunión de la cual participarán el Representante
    Legal y sus trabajadores, dando cumplimiento a la
    Resolución 2013 de 1986 y al Decreto 1295 de 1994 en su
    articulo 63 y las exigencias de la División de Salud
    Ocupacional del Ministerio de Trabajo.

    El periodo de los miembros del Comité es de dos
    (2) años y el empleador está obligado a
    proporcionar por lo menos cuatros horas semanales dentro de la
    jornada normal de trabajo de uno de los miembros para el
    funcionamiento del Comité.

    Dependiendo del tamaño de la empresa el COPASO
    estará conformado de la siguiente manera:

    Número
    de Trabajadores

    Conformación del COPASO

    Empresas menores a 10 trabajadores

    No conformarán el comité, pero
    deberán elegir una persona como Vigía Ocupacional y un
    suplente. Estas personas serán elegidas de mutuo
    acuerdo entre la gerencia y los trabajadores

    Empresas entre 10 y 50 trabajadores

    La gerencia elegirá un representante y un
    suplente al Comité, y los trabajadores
    elegirán también un representante y un
    suplente. Así el Comité contará con
    cuatro miembros

    Empresas con más de 50
    trabajadores

    La gerencia elegirá dos representantes y
    dos suplentes al Comité, y los trabajadores
    elegirán igual número de compañeros.
    Así el Comité contará con ocho
    miembros

    Después conformado el COPASO, se pasa a nombrar
    el Presidente y Secretario del mismo con el objeto de mantener la
    coordinación, organización y
    funcionamiento del Comité. El presidente lo elige el
    Representante Legal y el secretario lo elige el comité en
    votación.

    Por último el COPASO deberá registrase
    ante el Ministerio de Protección Social mediante
    formulario suministrado por ellos a más tardar ocho
    días de la conformación del mismo. Se debe anexar
    original y copia del Acta de Constitución firmada por todos los
    empleados de la empresa, así como copia del escrutinio en
    el cual se eligieron los miembros del comité.

    1. Coordinador
      del Programa de Salud Ocupacional

    El Coordinador de Salud Ocupacional es la primera
    línea en este programa, ya que es la persona que
    está en contacto directo con los empleados y es el nexo
    directo con la
    administración en materia de seguridad. Dentro de sus
    responsabilidades tenemos:

    • Asumir la dirección del Programa asesorando a
      la gerencia para la formulación de reglas,
      procedimientos administrativos, objetivos y en la
      solución de problemas en
      materia de Medicina Preventiva y del Trabajo, Higiene y
      Seguridad
      Industrial.
    • Informar a la gerencia sobre actividades y
      situaciones de Salud Ocupacional.
    • Supervisar el cumplimiento de la política, por
      parte de todos los miembros de su responsabilidad en Salud
      Ocupacional.
    • Analizar y difundir información sobre cada subprograma y
      experiencias adquiridas a través de lesiones,
      daños o pérdidas con el fin de que se tomen las
      medidas de prevención y control respectivas.
    • Mantener un programa educativo y promocional de Salud
      Ocupacional para los trabajadores.
    • Establecer mecanismos de evaluación para
      verificar el cumplimiento de las actividades de Salud
      Ocupacional.
    • Interpretar leyes,
      directivas y ordenanzas de las entidades oficiales relacionadas
      con Salud Ocupacional.
    • Establecer campañas de motivación y divulgación de normas
      y conocimientos técnicos tendientes a mantener un
      interés activo por la Salud Ocupacional
      en todo el personal.
    • Participar activamente en las reuniones donde se
      traten temas de Salud Ocupacional.
    • Investigar problemas
      especiales de Salud Ocupacional
    • Integrar las actividades de Medicina Preventiva,
      Medicina de Trabajo, Higiene y Seguridad
      Industrial el control definitivo de lesiones, daños
      o pérdidas.
    • Mantener constante comunicación con entidades asesoras en el
      tema y tomar parte activa en las actividades programadas por
      dichas organizaciones.
    1. Es una técnica utilizada para describir las
      condiciones laborales y ambientales en que se encuentran
      los trabajadores de una empresa, donde el objetivo
      principal es realizar una evaluación diagnostica de
      la situación de la empresa a través de la
      identificación y localización de los factores
      de riesgo existentes.

      El siguiente es una muestra
      del formato para realizar el Panorama de Factores de
      Riesgo

      Para ver el gráfico
      seleccione la opción "Descargar" del menú
      superior

    2. Panorama de Factores de
      Riesgo

      1. Subprograma De Medicina Preventiva Y
        Del Trabajo
    3. Subprogramas de Salud
      Ocupacional

    Definición

    Conjunto de actividades dirigidas a la promoción
    y control de la salud de los trabajadores. En este subprograma se
    integran las acciones de
    Medicina Preventiva y Medicina del trabajo, teniendo en cuenta
    que las dos tienden a garantizar óptimas condiciones de
    bienestar físico, mental y social de las personas,
    protegiéndolos de los factores de riesgo ocupacionales,
    ubicándolos en un puesto de trabajo acorde con sus
    condiciones psico-físicas y manteniéndolos en
    aptitud de producción laboral.

    Objetivo
    General

    Orientarse por el mejoramiento y mantenimiento
    de las condiciones generales de salud y calidad de
    vida de los trabajadores.

    Objetivos
    Específicos

    • Educar a todo el personal en la forma de mantener su
      salud
    • Capacitación en factores de riesgo, sus
      efectos sobre la salud y la manera de corregirlos.
    • Prevenir, detectar precozmente y controlar las
      enfermedades generales (EG) y las profesionales
      (EP).
    • Ubicar al trabajador en el cargo acorde con sus
      condiciones psico-físicas.
    • Hacer seguimiento periódico de los trabajadores para
      identificar y vigilar a los expuestos a riesgos
      específicos.

    Recursos

    Los recursos con que cuenta toda compañía
    para llevar a cabo este subprograma son:

    • Convenios con las E.P.S con las cuales se encuentra
      relacionada
    • La Empresa debe contar con un Equipo de
      Botiquín de Primeros Auxilios
    • La Entidad que presta asesoría para Accidentes
      de Trabajo (A.R.P. )

    Actividades a
    desarrollar

    • Evaluaciones Médicas

    Se establecerá la realización de
    evaluaciones médicas ocupacionales de preingreso,
    periódicas y de retiro con base en los diferentes cargos
    y el panorama de riesgos respectivos; para tal fin se
    diligenciará Historia clínica
    Ocupacional previo diseño de los perfiles
    psico-fisiológicos.

    • Diagnóstico de salud

    Para identificar las variables
    demográficas, ocupacionales y de morbilidad de la
    población trabajadora, se
    realizará el diagnóstico de salud
    correspondiente.

    • Sistemas de vigilancia epidemiológica
      ocupacional

    Con base en el diagnóstico de Salud se
    establecerán las prioridades en cuanto a las
    patologías halladas y se diseñaran los sistemas de
    vigilancia epidemiológica ocupacional
    necesarios.

    • Primeros Auxilios

    Se implementará un servicio
    básico de Primeros
    Auxilios acorde con las necesidades de la empresa, con
    cobertura de toda la jornada laboral y formación del 10%
    de los empleados.

    • Ausentismo laboral

    Se implementará el ausentismo laboral con el
    ánimo de obtener información sobre morbi-mortalidad y el
    clima
    organizacional de la empresa.

    • Capacitación

    Con base en los hallazgos de los puntos anteriores se
    desarrollan actividades de capacitación con
    énfasis en:

      • Educación en Salud
      • Educación según factores de
        riesgo
    • Coordinación con entidades de salud,
      recreación, deporte y
      cultura
      • Entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras de
        servicio:
      • Administradora de Riesgos Profesionales
        COLPATRIA
      • Caja de Compensación a las cuales
        están afiliados los trabajadores

    Visitas a los puestos de trabajo

    Periódicamente se harán visitas a los
    puestos de trabajo para seguimiento y control de los procesos y
    la interrelación del trabajador con ellos.

    • Sistemas de Información y Registros

    Con el fin de poseer información de
    fácil acceso, se diseñaran formatos
    prácticos y se establecerá la metodología de análisis estadístico para la
    morbi-mortalidad presentada.

    Evaluación del
    Subprograma

    Los Subprogramas médicos serán evaluados
    periódicamente en cuanto a recursos, realización,
    metodología cobertura, cumplimiento de
    fechas y acciones
    consecuentes. El resultado de éstas, mostrará el
    grado de efectividad de las medidas de prevención y
    control establecidas; constituyéndose en la base de
    futuros ajustes y/o modificación, aplicables al dinamismo
    propio del Programa de Salud Ocupacional.

    1. Subprograma De Higiene
      Industrial

    Definición

    La Higiene industrial es la disciplina
    dedicada al reconocimiento, evaluación y control de
    aquellos factores y agentes ambientales originados en o por el
    lugar de trabajo, que puedan causar enfermedad e ineficiencia
    entre los trabajadores o entre los ciudadanos de una comunidad.

    Objetivos

    • Identificar y evaluar mediante estudio ambientales
      periódicos, los agentes y factores de riesgos del
      trabajo que afecten o puedan afectar la salud de los
      trabajadores.
    • Determinar y aplicar las medidas para el control de
      riesgos de accidentes y enfermedades relacionadas con el
      trabajo y verificar periódicamente su eficiencia.

    Actividades a
    desarrollar

    • Estudios preliminares de cada uno de los agentes
      contaminantes ambientales, de acuerdo al panorama de
      riesgos.
    • En coordinación con ARP se realiza
      mediciones de ruido e
      iluminación.
    • Aplicar correctivos en el siguiente orden de
      actuación: en la fuente, en el medio y de no ser posible
      eliminarlos en los anteriores se hará en el
      individuo.
    • Estudios anuales de seguimiento a fin de conocer la
      predominación y evolución de los agentes
      contaminantes.
    1. Subprograma De Seguridad
      Industrial

    Definición

    La Seguridad
    industrial comprende el conjunto de técnicas y
    actividades destinadas a la identificación,
    valoración y al control de las causas de los accidentes de
    trabajo.

    Objetivo
    general:

    Mantener un ambiente laboral seguro, mediante el control
    de las causas básicas de potencialmente pueden causar
    daño a la integridad física del trabajador
    o a los recursos de la empresa.

    Objetivos
    específicos:

    • Identificar, valorar y controlar las causas
      básicas de accidentes.
    • Implementar mecanismos periódicos de monitoreo
      y control permanente de los factores que tengan un alto
      potencial de pérdida para la empresa.
    • Relacionar actividades con los otros subprogramas
      para asegurar la adecuada protección de los
      empleados.
    • Elaborar y capacitar en procedimientos adecuados de
      trabajo con criterios de seguridad, calidad y
      producción.

    Recursos

    • Recurso Humano: El COPASO (Comité Paritario de
      Salud Ocupacional) realizará visitas de
      inspección de riesgos en cada una de las áreas de
      la compañía. Así mismo se cuenta con la
      asesoría de los funcionarios de la A.R.P a la cual la
      compañía se encuentre afiliada
    • Recurso Técnico: La empresa deberá
      contar con extintores y gabinetes contra incendios de
      acuerdo a lo recomendado por la inspección que realiza
      el cuerpo de bomberos de la ciudad.

    Actividades a
    desarrollar

    • Normas y Procedimientos
      • Normas de seguridad y
        operación:

    Se define como un programa de elaboración de
    normas de seguridad y operación para cada una de las
    actividades que se realicen, ya sean manuales,
    manejo de
    materiales, máquinas
    o equipos, que presenten riesgo potencial de ocasionar
    pérdidas para la empresa.

    • Permisos Especiales:

    Se refiere a permisos para efectuar trabajos
    eventuales que presenten riegos con efectos inmediatos de
    accidentes, incendios o
    explosiones, por lo cual se requiere antes de emprender la
    labor verificar las condiciones de seguridad presentes en el
    área.

    • Demarcación y señalización
      de Áreas

    Deberá existir una adecuada planificación y demarcación de
    áreas en todas las secciones de la empresa, incluyendo
    puestos de trabajo, áreas de almacenamiento, circulación,
    ubicación de máquinas
    y equipos contra incendio; junto con un programa para su
    mantenimiento.

    Además se debe estipular estrictos normatividad
    para que la demarcación sea respetada y esta
    responsabilidad estará a cargo de los
    supervisores.

    • Inspecciones Planeadas
      • Programas de inspecciones generales

    Deberá establecerse un programa de inspecciones
    generales a todas las áreas de la empresa, mediante el
    cual se mantendrá control sobre las causas
    básicas que tengan alto potencial de ocasionar
    pérdidas para la empresa.

    • Programa de inspecciones de áreas y partes
      criticas

    Una parte crítica es una pieza de equipo o
    estructura
    cuyo fallo va probablemente a resultar en una pérdida
    principal (a las personas, propiedad,
    proceso y/o
    ambiente). Este programa tiene las siguientes
    etapas:

      • Inventario
      • Determinación de parámetros de
        control
      • Lista de verificación
      • Determinación de la
        periodicidad
      • Elaboración de instructivos
      • Determinación de responsables
      • Procedimientos de seguimiento
    • Evaluación del programa de
      inspecciones

    La auditoria realizada al programa de inspecciones
    permitirá su retroalimentación mediante la
    determinación del logro del propósito principal
    de este.

    Entre otros factores se tendrán en cuenta:
    Numero de inspecciones completadas, Calidad de los informes de
    inspección.

    • Orden y Aseo

    En coordinación con los jefes de cada
    área se establecerán mecanismos para la
    implementación de un programa de orden y aseo, que sirva
    a su vez como motivación y concursos entre
    áreas.

    • Programa de mantenimiento

    Deberá implementarse un adecuado programa de
    mantenimiento de maquinaria, equipos y herramientas
    manuales
    principalmente de tipo preventivo a fin de evitar daños
    mayores que a su vez pueden causar riesgos a los
    trabajadores.

    • Investigación y análisis de accidentes/
      incidentes.

    Es el establecimiento de procedimientos para el
    análisis de los accidentes de trabajo tales como:
    reporte, investigación, responsables,
    análisis de causalidad, controles, seguimiento,
    etc.

    Esta actividad conlleva todo el análisis
    estadístico del programa de Salud Ocupacional en la
    compañía donde se ejecute; así los
    aspectos a tener en cuenta son:

    • Determinación grado de cobertura de las
      investigaciones
    • Diseño de un formulario interno de
      investigación
    • Implementación de mecanismos de registro y
      calculo de índices de frecuencia, severidad,
      lesión incapacitante y promedio de días cargados,
      entre otros.
    • Determinación de procedimientos para el
      análisis de accidentalidad, periodicidad y sistemas de
      comunicación.
    • Preparación para
      emergencias

    Las actividades especificas en la preparación
    de emergencias para los equipos y sistemas de la
    compañía son las siguientes:

    • Se efectuará una adecuada selección y distribución extintores.
    • Implementación de Kardex de control para todo
      el equipo contra incendios.
    • Elaboración de planos y diagramas
      indicando la ubicación de los equipos contra incendio,
      vías de evacuación, etc.
    • Se establecerá un programa especial de
      revisión y mantenimiento de todo el sistema de
      protección contra incendios.

    En lo referente a los Recursos
    Humanos deberá existir una Brigada de
    emergencia
    la cual tendrá una capacitación
    continuada.

    Así mismo el COPASO, deberá elaborar el
    Plan de Emergencia de la compañía y
    hará la respectiva divulgación del mismo a todo
    el personal, y realizará actividades como simulacros de
    evacuación.

    1. Subprograma De Saneamiento
      Básico Y Protección Ambiental.

    Definición

    Conjunto de actividades dirigidas a proteger el ecosistema de
    la actividad industrial, a su vez que se encarga de proteger la
    salud de los trabajadores encaminando acciones de saneamiento
    básico en la empresa.

    Objetivos

    • Identificar y evaluar mediante estudios
      periódicos, los agentes y factores de riesgo del trabajo
      que afecten o puedan afectar los recursos
      naturales y a la comunidad.
    • Determinar y aplicar las medidas para el control de
      riesgos verificando periódicamente su
      eficiencia.
    • Desarrollar acciones de control de posibles
      enfermedades ocasionadas por el inadecuado manejo de las
      basuras, servicios
      sanitarios, agua para el
      consumo
      humano, consumo de
      alimentos,
      control de plagas, etc.

    Actividades a
    desarrollar

    • Saneamiento básico

    Se debe tener en cuenta los siguientes
    aspectos:

    • Alojamiento y disposición de las
      basuras
    • Servicios Sanitarios (baños, duchas,
      lavamanos, etc.)
    • Control de Plagas
    • Suministro de Agua
      Potable
      1. Conjunto de actividades encaminadas a
        proporcionar al trabajador los conocimientos y
        destrezas necesarias para desempeñar su labor
        asegurando la prevención de accidentes,
        protección de la salud e integridad física y emocional.

      2. Definición
      3. Objetivos
    1. PROGRAMA DE
      ENTRENAMIENTO
    • Proporcionar sistemáticamente a los
      trabajadores el
      conocimiento necesario para desempeñar su trabajo en
      forma eficiente, cumpliendo con estándares de seguridad,
      salud, calidad y producción.
    • Lograr el cambio de
      actitudes y
      comportamientos frente a determinadas circunstancias y
      situaciones que puedan resultar en perdidas para la
      empresa.
    • Generar motivaciones hacia la salud desarrollando
      campañas de promoción.
    1. Actividades a
      desarrollar
    • Estudio de necesidades: Teniendo
      en cuenta las actividades propias de entrenamiento,
      promoción de cada subprograma y los conocimientos
      necesarios para realizar la labor con criterios de salud
      ocupacional, calidad y producción.
    • Revisión de necesidades: En el momento
      en que las condiciones de trabajo cambien se revisará el
      entrenamiento para todas las ocupaciones, identificando las
      necesidades por oficio y por individuo.
    • Programa de inducción: Cuando ingrese
      un empleado a la empresa será sometido a la fase de
      inducción, incluyendo los siguientes
      temas básicos:
      • Normas generales de la empresa.
      • Riegos generales de la empresa y
        específicos a la labor que va a desempeñar,
        medidas de seguridad y salud normas
        especificas.
      • Preparación para emergencias: Uso de
        equipos, brigadas, de emergencia, áreas criticas
        de riesgos y plan
        de emergencia.
    • Capacitación continuada: General a
      todos los trabajadores en aspectos básicos de salud
      ocupacional; definiciones, objetivos, actividades,
      etc.
    • Accidentes de trabajo: Su prevención,
      procedimiento
      para el reporte y la investigación, seguimiento a las
      recomendaciones.
    • Preparación para emergencias: Normas de
      seguridad y salud
    • .A nivel directivo y mandos medios:
      Para que la participación de las directivas de la
      empresa sea efectiva, se realizará el entrenamiento
      inicial formal y la retroalimentación de las actividades que
      tengan que ver con las responsabilidades de su
      cargo
    • Capacitación especifica: Tomando como
      referencia el panorama de riesgos se capacitará al
      personal de cada área de acuerdo a los riesgos
      críticos detectados, el entrenamiento estará
      enfocado a la prevención de accidentes y enfermedades
      ocupacionales; la evaluación se realizará
      efectuando observaciones del trabajo para comprobar el
      seguimiento a las recomendaciones dadas por el coordinador del
      programa y el comité de Medicina Higiene y
      Seguridad Industrial.
    • Evaluación del personal capacitado: Se
      evaluará la información asimilada por los
      empleados, se estará retroalimentando lo enseñado
      contra lo aprendido para establecer ajustes al programa de
      inducción, capacitación continuada
      y/o especifica.
    • Promoción de la salud ocupacional: El
      objetivo de la promoción es el de fortalecer y reforzar
      el conocimiento
      dado en la capacitación y moldear actitudes y
      comportamientos de los trabajadores en el desempeño de su trabajo. Se
      seleccionarán carteles o afiches alusivos a problemas
      presentados en las diferentes secciones; se
      identificarán los problemas y la solución a
      ellos. También se utilizarán publicaciones de la
      empresa, incluyendo artículos de interés general
      sobre: informes de
      accidentes, campañas de prevención a la
      drogadicción, alcoholismo,
      tabaquismo,
      etc.
    1. Un Programa de Salud Ocupacional debe tener
      siempre un cronograma de actividades que se desarrollaran
      en un periodo determinado. De esta manera, la gerencia
      tendrá una visión global sobre lo que se
      está realizando en su compañía, en que
      invierte su tiempo los
      miembros del COPASO, las Brigadas de Emergencia y las
      personas encargadas de la ejecución de estas
      actividades o del Departamento de Salud
      Ocupacional.

      Finalizado el periodo, se debe hacer siempre una
      evaluación de los objetivos propuestos y si estos se
      cumplieron; se debe evaluar que aspectos no se pudo cumplir
      y cuales fueron los principales factores para el programa
      funcionara o las respectivas fallas del mismo.

      Es importante llevar siempre las estadísticas en accidentalidad,
      enfermedad y ausentismo de la compañía; pero
      no solo se debe tener un cuadro lleno de números, se
      debe trabajar para que esos índices evaluados no
      aumenten, si no que al contrario disminuyan.

      Finalmente Recordemos que siempre se esperan
      resultados de un Programa de Salud Ocupacional, ya que este
      representa costos e
      inversión de parte de la
      compañía:

      "LA SALUD OCUPACIONAL ES UNA
      HERRAMIENTA QUE ESTA LIGADA A LA PRODUCTIVIDAD DE LA EMPRESA"

      RESPONSABILIDADES ANTE EL SISTEMA DE RIESGOS
      PROFESIONALES

    2. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES y
      evaluaciones
    3. POR PARTE DE
      LOS TRABAJADORES

    A los trabajadores, como protagonistas activos y
    participativos del Sistema, la Ley les establece entre otros los
    siguientes deberes:

    • Procurar el cuidado integral de su salud.
    • Suministrar información veraz sobre su estado
      de salud.
    • Velar por el cumplimiento de las obligaciones
      de los empleadores
    • Participar en la prevención de riesgos
      profesionales
    • Participar en el proceso de
      elección de sus representantes en el Comité de
      Salud ocupacional y colaborar con dicho ente.

    El incumplimiento de instrucciones de los reglamentos
    para la prevención de riesgos profesionales que consten
    por escrito, podrá acarrear justificación para la
    terminación del vínculo laboral, previa
    autorización del Ministerio de Protección
    Social.

    1. POR PARTE DE LOS
      EMPLEADORES

    Son los responsables directos de la salud de sus
    trabajadores y por tanto deberán proporcionar y mantener
    las mejores condiciones de trabajo y prevenirlos Riesgos
    Profesionales.

    Para ello deberá cumplir con las obligaciones
    que como empleador le ha impuesto la
    legislación:

    • Afiliar a sus trabajadores al Sistema General de
      Riesgos Profesionales y efectuar cumplidamente el pago total de
      las cotizaciones.
    • Elaborar e implementar el Programa de Salud
      Ocupacional para la empresa. Esto supone la existencia de
      recurso humanos, técnicos y financieros que garanticen
      el cumplimiento de los objetivos y actividades
      propuestas.
    • Tener vigente el Reglamento de Higiene y Seguridad
      Industrial.
    • Constituir y garantizar el funcionamiento del
      Comité Paritario de Salud Ocupacional o Vigía
      Ocupacional. Para ello el empleador deberá cada dos
      años designar su representación y propiciar la
      elección libre de los representantes de los
      trabajadores, proporcionándoles el tiempo
      estipulado para su funcionamiento.
    • Notificar a la ARP los accidentes de trabajo y las
      enfermedades profesionales diagnosticadas e informarle de las
      novedades laborales de sus trabajadores.
    1. Sanciones

    Las sanciones estipuladas para los empleadores que
    incumplan sus obligaciones de acuerdo a los siguientes casos
    son:

    • Por la falta de afiliación al Sistema o no
      pago de dos o más periodos mensuales, multas de hasta
      500 salarios
      mínimos mensuales.
    • Por la falta de aplicación de reglamentos y
      determinaciones de prevención, sanción hasta de
      500 salarios
      mínimos mensuales, la suspensión temporal de
      actividades o cierre definitivo de la empresa.
    • Por la falta de correspondencia entre la
      información de cotización real y
      cotización hecha al sistema, multa de 500 salarios
      mínimos mensuales y pago al trabajador de la diferencia
      que le hubiere correspondido por pago de prestaciones en caso
      de incapacidad, invalidez, enfermedad profesional y
      pensión a sobrevivientes.
    • Por falta de información del traslado de un
      afiliado a un lugar diferente de trabajo, multas hasta 500
      salarios mínimos mensuales.
    • Por la no-presentación del informe de
      accidente de trabajo o enfermedad profesional, multas hasta 200
      salarios mínimos mensuales.
    1. ¿Qué Le
      pasaría a la empresa que o afilie a sus trabajadores
      al Sistema de Riesgos Profesionales y Ejecute un Programa de
      Salud Ocupacional?

    Estas empresas se verían expuestas a:

    • Ambientes de trabajo inadecuados.
    • Inexistencia de la prevención y control de
      Riesgos Profesionales
    • Trabajadores insatisfechos
    • Baja productividad y calidad
    • Menores ganancias
    • Mayor índice de accidentes de trabajo y
      enfermedad profesional
    • Aplicación de sancione y multas.
    • El empleador debe asumir los costos y
      prestaciones económicas como asistenciales que genere el
      accidente de trabajo y enfermedad profesional.
    1. ¿Cuánto puede
      costar un Accidente de Trabajo?

    Para finalizar exponemos un ejemplo de lo que le puede
    costar a un empleador un accidente de Trabajo, en caso de no
    tener afiliado a su trabajador a una Administradora de Riesgos
    Profesionales:

    Un pulidor pierde el brazo derecho en ejercicio de su
    labor. Como consecuencia de ello se le califica una
    pérdida mayor al 50% de su capacidad laboral. Dicho
    trabajador tiene 30 años, devenga salario
    mínimo, es soltero y no tiene hijos.

    Sin contabilizar los costos indirectos, el empleador
    deberá cubrir aproximadamente lo siguiente:

    Ítem

    Costos Aproximados Para Este
    Caso

    Atención médica

    $6.000.000.oo

    Prótesis y
    rehabilitación

    $10.000.000.oo

    Pensión de invalidez (60% SLMM* durante 41
    años, considerando el promedio de vida en 71
    años)

    $105.681.600.oo

    Multa por no-afiliación (500 salarios
    mínimos mensuales)

    $179.000.000.oo

    TOTAL

    $300.681.600.oo

    *SMML: $358.000.oo para el año 2004

    BIBLIOGRAFÍA

    A.R.P COLPATRIA. Conceptos Básicos En
    Salud Ocupacional. 2002

    A.R.P COLPATRIA. Guía Para La
    Elaboración De Un Programa de Salud Ocupacional
    Empresarial.2003

    DEPARTAMENTO DE SALUD OCUPACIONAL UNIVERSIDAD DEL
    VALLE
    http://saludocupacional.univalle.edu.co/

    MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
    Conozca el Sistema General de Riesgos Profesionales.
    República de Colombia. 1995

    SENA REGIONAL BOYACÁ Centro de
    Información y Divulgación Técnica Minero
    Ambiental – INTERMIN http://citma.tripod.com/nv/08062001.htm

     

    GEOVANNY ZÚÑIGA
    CASTAÑEDA

    En El Área De Gestión
    Del Talento Humano

    ESCUELA DE GESTIÓN
    Y FORMACIÓN EMPRESARIAL "DEMPRESA"

    Técnico en Administración de
    Empresas

    Santiago de Cali,

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