Conceptos básicos en salud ocupacional y Sistema General de Riesgos profesionales en Colombia
- Aspectos
generales - Reglamentación en
Colombia sobre seguridad social y salud
ocupacional - Sistema general de riesgos
profesionales - ¿En
qué consiste un Programa de salud
ocupacional? - Política de salud
ocupacional - Niveles de
participación - Coordinador del programa de
salud ocupacional - Panorama de factores de
riesgo - Subprogramas de salud
ocupacional - Programa de
entrenamiento - Cronograma de actividades y
evaluaciones - Responsabilidades ante el
sistema de riesgos profesionales - Bibliografía
Una de las principales preocupaciones de una
compañía debe ser el control de
riesgos que
atentan contra la salud de sus trabajadores y
contra sus recursos materiales y
financieros.
Los accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales
son factores que interfieren en el desarrollo
normal de la actividad empresarial, incidiendo negativamente en
su productividad
y por consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el
mercado;
conllevando además graves implicaciones en el
ámbito laboral, familiar
y social.
En consideración a lo anterior, la
administración y la gerencia de
toda compañía deben asumir su responsabilidad en buscar y poner en practica las
medidas necesarias que contribuyen a mantener y mejorar los
niveles de eficiencia en las
operaciones de
la empresa y
brindar a sus trabajadores un medio laboral seguro.
Para ello de acuerdo a las disposiciones de la
Organización Internacional el Trabajo OIT
y las leyes
establecidas en el país conforme al Sistema de
Riesgos Profesionales, ha de elaborar un Programa de Salud Ocupacional
pendiente a preservar, mantener y mejorar la salud individual y
colectiva de los trabajadores en sus correspondientes ocupaciones
y que deben ser desarrolladas en forma
multidisciplinaria.
SALUD:Es un estado de
bienestar físico, mental y social. No solo en la
ausencia de enfermedad.
TRABAJO:Es toda actividad que el hombre
realiza de transformación de la naturaleza con
el fin de mejorar la calidad de
vida.
AMBIENTE DE TRABAJO: Es el conjunto de
condiciones que rodean a la persona y que
directa o indirectamente influyen en su estado de
salud y en su vida laboral.
RIESGO:Es la probabilidad de
ocurrencia de un evento. Ejemplo Riesgo de una
caída, o el riesgo de
ahogamiento.
FACTOR DE RIESGO:Es un elemento,
fenómeno o acción humana que puede provocar
daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o
en las instalaciones. Ejemplo, sobre esfuerzo físico,
ruido,
monotonía.
INCIDENTE: Es un acontecimiento no deseado, que
bajo circunstancias diferentes, podría haber resultado
en lesiones a las personas o a las instalaciones. Es decir UN
CASI ACCIDENTE. Ejemplo un tropiezo o un
resbalón.
ACCIDENTE DE TRABAJO: Es un suceso repentino
que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que
produce en el trabajador daños a la salud(una
lesión orgánica, una perturbación
funcional, una invalidez o la muerte).
Ejemplo herida, fractura, quemadura.
Según lo anterior, se considera accidente de
trabajo:
- El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o
esporádicas en la empresa. - El que se produce en cumplimiento del trabajo
regular, de órdenes o en representación del
empleador así sea por fuera de horarios laborales o
instalaciones de la
empresa. - El que sucede durante el traslado entre la
residencia y el trabajo
en transporte
suministrado por el empleador.
De igual manera no se considera un accidente de
trabajo el sufrido durante permisos remunerados o no,
así sean sindicales, o en actividades deportivas,
recreativas y culturales donde no se actúe por cuenta o
en representación del empleador.
ENFERMEDAD PROFESIONAL: Es el daño a la
salud que se adquiere por la exposición a uno o varios factores de
riesgo presentes en el ambiente de
trabajo.
El Gobierno adopta
42 enfermedades
como profesionales, dentro de las cuales podemos mencionar la
intoxicación por plomo, la sordera profesional y
el
cáncer de origen ocupacional.
También es Enfermedad Profesional si se
demuestra la relación de causalidad entre el factor de
riesgo y la enfermedad.
SALUD OCUPACIONAL: Se define como la
disciplina que busca el bienestar físico, mental y
social de los empleados en sus sitios de
trabajo.
En Colombia el campo
de la Salud
Ocupacional, se encuentra enmarcado en toda la
reglamentación dada a través del Sistema General
de Riesgos Profesionales
- REGLAMENTACIÓN EN COLOMBIA
SOBRE SEGURIDAD
SOCIAL Y SALUD OCUPACIONAL
La Ley 100 de 1993
estableció la estructura de
la Seguridad Social
en el país, la cual consta de tres componentes como
son:
- El Régimen de Pensiones
- La Atención en Salud
- El Sistema General de Riesgos
Profesionales.
Cada uno de los anteriores componentes tiene su propia
legislación y sus propios entes ejecutores y fiscales para
su desarrollo.
A continuación se describen los principales
Decretos y Resoluciones que reglamentan la Salud Ocupacional en
Colombia:
Ley – Año | Contenido |
Ley 9a. De 1979 | Es la Ley |
La Resolución 2400 de 1979 de | Conocida como el "Estatuto General de Seguridad", trata de disposiciones sobre |
Decreto 614 de 1984 de MinTra Y | Crea las bases para la organización y administración de la Salud |
La Resolución 2013 de 1986 de | Establece la creación y funcionamiento de |
La Resolución 1016 de de MinTra | Establece el funcionamiento de los Programas |
Ley 100 de 1993 de MinTra | Se crea el régimen de seguridad |
Decreto 1281 de 1994 de MinTra | Reglamenta las actividades de alto |
Decreto 1295 de 1994 de MinTra y |
|
Decreto 1346 de 1994 de MinTra | Por el cual se reglamenta la integración, la financiación y |
Decreto 1542 de 1994 de MinTra | Reglamenta la integración y funcionamiento del |
Decreto 1771 de 1994 de MinTra | Reglamenta los reembolsos por Accidentes de trabajo y Enfermedad |
Decreto 1772 de 1994 de MinTra | Por el cual se reglamenta la afiliación y |
Decreto 1831 de 1994 de MinTra | Expide la Tabla de Clasificación de |
Decreto 1832 de 1994 de MinTra | Por el cual se adopta la Tabla de Enfermedades |
Decreto 1834 de 1994 de MinTra | Por el cual se reglamenta el funcionamiento del |
Decreto 1835 de 1994 de MinTra | Reglamenta actividades de Alto Riesgo de los |
Decreto 2644 de 1994 de MinTra | Tabla Única para la indemnización de |
Decreto 692 de 1995 de MinTra | Manual Único para la calificación de |
Decreto 1436 de 1995 de MinTra | Tabla de Valores |
Decreto 2100 de 1995 de MinTra | Clasificación de las actividades |
Resolución 4059 de 1995 | Reportes de accidentes de trabajo y enfermedad |
Circular 002 de 1996 de MinTra | Obligatoriedad de inscripción de empresas |
* MinTra = Ministerio de Trabajo
El Sistema de Riesgos Profesionales, existe como
un conjunto de normas y
procedimientos destinados a prevenir,
proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las
enfermedades profesionales y los accidentes que puedan
ocurrirles con ocasión o como consecuencia del
trabajo que desarrollan, además de mantener la
vigilancia para el estricto cumplimiento de la normatividad
en Salud Ocupacional.- SISTEMA
GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
El pilar de esta Legislación es Decreto Ley 1295
de 1994, cuyos objetivos
buscan:
- Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes
a mejorar las condiciones de trabajo y salud de los
trabajadores - Fijar las prestaciones
de atención en salud y las prestaciones
económicas derivadas de
las contingencias de los accidentes de trabajo y enfermedad
profesional - Vigilar el cumplimiento de cada una de las normas de
la Legislación en Salud Ocupacional y el esquema de
administración de Salud Ocupacional a través de
las ARP.
Particularmente el Decreto 1295 en su Artículo 21
Literal D, obliga a los empleadores a programar, ejecutar y
controlar el cumplimiento del programa de Salud
Ocupacional en la empresa y su
financiación. En el Artículo 22 Literal D, obliga a
los trabajadores a cumplir las normas, reglamentos e
instrucciones del programa de Salud
Ocupacional de las empresas.
En la Resolución 001016 de 1989 en el
Artículo 4 y Parágrafo 1, se obliga a los
empleadores contar con un programa de Salud Ocupacional,
específico y particular, de conformidad con sus riesgos
potenciales y reales y el número de los trabajadores.
También obliga a los empleadores a destinar los recursos
humanos financieros y físicos, indispensables para el
desarrollo y cumplimiento del programa de Salud Ocupacional, de
acuerdo a la severidad de los riesgos y el número de
trabajadores expuestos. Igualmente los programas de
Salud Ocupacional tienen la obligación de supervisar las
normas de Salud Ocupacional en toda la empresa, y en particular,
en cada centro de trabajo.
Dada la complejidad y magnitud de esta tarea, se hace
necesario que los programas de Salud Ocupacional sean entes
autónomos, que dependan directamente de una unidad Staff
de la empresa, para permitir una mejor vigilancia y supervisión en el cumplimiento de cada una
de las normas emanadas de la Legislación de Salud
Ocupacional.
Con las excepciones previstas en el
Artículo 279 de la Ley 100 de 1993, el Sistema
General de Riesgos Profesionales se aplica a todas las
empresas que funcione en le territorio nacional y a los
trabajadores, contratistas, subcontratistas de los sectores
públicos, oficial, semioficial en todos sus
órdenes y en le sector privado en
general.- Campo De Aplicación Del Sistema
General De Riesgos Profesionales - Conformación Del Sistema General
De Riesgos Profesionales
El Gobierno Nacional
determinó la organización y funcionamiento del Sistema
General de Riesgos Profesionales, el cual está integrado
así:
Es el organismo de dirección del Estado en materia de
Riesgos Profesionales. Tiene como función la determinación de
regímenes específicos de vigilancia
epidemiológica, el desarrollo de actividades de
prevención y controlar la prestación del
servicio
de Salud a los afiliados al Sistema en las condiciones de
calidad
determinada por la Ley.Para poder
implementar sus funciones se
creó la Dirección Técnica de Riesgos
Profesionales. Esta dependencia tendrá la responsabilidad de promover la
prevención delos Riesgos Profesionales, vigilar y
controlar el funcionamiento del Sistema y aplicar las
sanciones por violación a la norma- El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Y El
Ministerio De Salud (Hoy Fusionados Como Ministerio De
Protección Social)Organismo de dirección del Sistema conformado
por miembros del ministerio, Entidades ARP, Trabajadores,
Empleadores y Asociaciones Científicas de Salud
ocupacional. - El Consejo Nacional De Riesgos
ProfesionalesÓrgano consultivo del Sistema conformado por
miembros de Salud Ocupacional del Ministerio y las
ARP - El Comité Nacional De Salud
OcupacionalTiene por objeto desarrollar estudios,
campañas y actividades de promoción y divulgación para la
prevención de Riesgos Profesionales - El Fondo De Riesgos Profesionales
Son organismos de carácter privado creados por la ley.
Sus integrantes son designados por el Ministerio de
Protección Social. A través del dictamen
médico laboral, resuelven las controversias suscritas
frente a la determinación del origen y/o grado de la
invalidez, incapacidad permanente o parcial, enfermedad
profesional, el accidente o muerte de
los afiliados al Sistema . - Las Juntas De Calificación De
InvalidezControlan, autorizan, vigilan y garantizan el
ejercicio de la libre competencia a las Entidades A.R.P - La Superintendencia Bancaria
- Las Entidades Administradoras De Riesgos
Profesionales A.R.P
Compañías Aseguradoras de Vida a las
cuales se les ha autorizado por parte de la Superintendecia
Bancaria para la explotación del ramo de los seguros. Deben
cumplir las siguientes funciones:
- Afiliar a los trabajadores
- Administrar las cotizaciones hechas al
sistema - Garantizar el reconocimiento de prestaciones
asistenciales y económicas por parte de accidentes de
trabajo y enfermedad profesional - Realizar actividades de prevención y
promoción de los riesgos profesionales a las empresas
afiliadas
En el momento de la vinculación de una empresa a una
ARP ésta asignará una tarifa de acuerdo con la
actividad principal de la empresa y la exposición
a los factores de riesgo.
Para ello se han determinado cinco clases de Riesgo que
contemplan las diversas actividades económicas de las
empresas. Si una empresa tiene
mas de un CENTRO DE TRABAJO podrá ser clasificada para
diferentes clases de riesgo, siempre que las instalaciones
locativas, las actividades y la exposición a factores de
riesgo sean diferentes.
CLASIFICACIÓN | TIPO DE RIESGO | EJEMPLOS |
Clase I | Contempla actividades consideradas de riesgo |
|
Clase II | Actividades de riesgo bajo |
|
Clase III | Actividades de riesgo medio | |
Clase IV | De riesgo alto |
|
Clase V | De riesgo máximo |
|
Consiste en la planeación, organización,
ejecución, control
y evaluación de todas aquellas
actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la
salud individual y colectiva de los trabajadores con el fin
de evitar accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales.El principal objetivo
de un programa de Salud Ocupacional es proveer de
seguridad, protección y atención a los
empleados en el desempeño de su trabajo.El incremento en los accidentes de trabajo,
algunos más serios que otros, debido entre otras
cosas a los cambios tecnológicos o la poca capacitación de los empleados, a la
manipulación de materiales de uso delicado, infraestructuras
inadecuadas y en alguna medida por fallas humanas, hacen
necesario que toda empresa pueda contar con un manual
que sirva de guía para minimizar estos riesgos y
establezca el protocolo a seguir en caso de
accidentes.Un programa de salud ocupacional debe contar con
los elementos básicos para cumplir con estos
objetivos, los cuales incluyen datos
generales de prevención de accidentes, la evaluación médica de los
empleados, la investigación de los accidentes que
ocurran y un programa de entrenamiento y divulgación de las
normas para evitarlos.- ¿En Que
Consiste Un Programa De Salud
Ocupacional? - Política de Salud
Ocupacional
Como punto de partida del Programa, las directivas de
toda compañía se deben pronunciar formalmente, a
través de una política reflejando
su interés
por un trabajo realizado en forma segura y su compromiso hacia la
Salud Ocupacional, posteriormente se definirán
responsabilidades de todos los niveles de la organización
en la implementación del Programa y cumplimiento de todos
los normativos que para esto haya lugar.
La política contempla
entre otros puntos los siguientes:
- Cumplimiento de todas las normas legales vigentes en
Colombia sobre Salud Ocupacional y Seguridad
Integral. - Protección y mantenimiento del mayor nivel de bienestar,
tanto físico como mental, de todos los trabajadores,
disminuyendo al máximo la generación de
accidentes de trabajo y los riesgos en su origen. - Preservación de buenas condiciones de
operación en los recursos
materiales y económicos, logrando la optimización
en su uso y minimizando cualquier tipo de
pérdida. - Garantía de que las condiciones y el manejo de
residuos no contaminen el medio
ambiente y cumplan las normas vigentes. - Responsabilidad de todos los niveles de
Dirección por proveer un ambiente
sano y seguro de
trabajo, por medio de equipos, procedimientos y programas
adecuados. - Responsabilidad de todos los trabajadores por su
seguridad, la del personal bajo
su cargo y de la empresa. - Incorporación del control de riesgos en cada
una de las tareas.
Esta política será publicada y difundida a
todo el personal, para
obtener así su cooperación y participación,
siguiendo el ejemplo manifestado y demostrado por la alta
gerencia.
La responsabilidad del éxito de un programa de salud
ocupacional debe ser compartida por todos, y es
indispensable que todas las partes, empleados y gerencia
realicen su mejor esfuerzo en este sentido.El programa de Salud Ocupacional parte desde la
gerencia su desarrollo efectivo y se alcanzará en la
medida que logre una concepción clara de la
importancia del mismo en los niveles de la
organización. Por esto se plantean los siguientes
niveles de participación.- Niveles de
Participación
La institución en la que se trabaja, debe proveer
equipos de seguridad con los cuales se pueda obtener condiciones
de seguridad adecuadas para el trabajo. De esta manera la
gerencia o el empleador asumirá el liderazgo
efectivo del programa de Salud Ocupacional y participará
directamente realizando una serie de tareas como:
- Motivar al personal por la Salud Ocupacional a
través de charlas, cartas de
reconocimiento, asistir a reuniones formales entre
otras. - Dar prioridad a la Salud Ocupacional cuando deba
tomarse una decisión en la que aquella esté en
juego. - Controlar resultados, conociendo el desarrollo de los
subprogramas y funcionamiento del comité de Medicina,
Higiene y
Seguridad a través de estadísticas de accidentalidad, actas del
comité, cumplimiento de los récords establecidos,
pronunciándose al respecto.
Independientemente que el trabajo en las diferentes
clases de empresas por su naturaleza
involucre riegos, el empleado no puede asumir la responsabilidad
de accidentes debido a negligencias administrativas. Este
concepto se
establece mejor, cuando se toma en cuenta el costo de
atención médica del empleado, incapacidad, etc., y
el deterioro de la imagen de la
compañía en materia de
seguridad.
A pesar de que el empleado es la razón final de
un Programa de Salud Ocupacional y el mayor beneficiado en su
desarrollo, es necesario hacer énfasis en que a él
le corresponde la mayor parte de la responsabilidad. Es
obligación del empleado:
- El seguimiento estricto de las Normas de seguridad a
fin de garantizar un trabajo seguro. - Cumplir las normas y procedimientos de Salud
Ocupacional establecidas por la Empresa. - Informar a sus superiores o al coordinador de Salud
Ocupacional, sobre condiciones y/o actos sub-estándar en
los lugares de trabajo ó cualquier circunstancia que
pudiera provocar un accidente y presentar sugerencias para su
estudio participando en la elaboración de normas y
procedimientos seguros de
trabajo. - Participar activamente en las charlas y cursos de
capacitación de Salud Ocupacional a que
haya sido invitado.
La seguridad del empleado depende sobre todo de su
propia conducta, lo cual
está condicionado a un acto voluntario del trabajador por
educación
y motivación.
Estos conceptos adquieren mas significado, cuando
tomamos en cuenta que la mayoría de las labores en las
empresas implican un trabajo en grupo y las
fallas de un empleado pueden afectar a sus propios
compañeros y a los bienes de la
institución. En resumen, el trabajo seguro de cada uno
beneficiará a todos.
Es el organismo de participación,
ejecución y apoyo en todo lo concerniente al Programa de
Salud Ocupacional de una compañía. De la mano con
el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia,
los miembros del COPASO son los encargados de llevar a cabo todas
las actividades programadas en fin del desarrollo del Programa de
Salud Ocupacional.
Se debe conformar en las instalaciones de la empresa en
reunión de la cual participarán el Representante
Legal y sus trabajadores, dando cumplimiento a la
Resolución 2013 de 1986 y al Decreto 1295 de 1994 en su
articulo 63 y las exigencias de la División de Salud
Ocupacional del Ministerio de Trabajo.
El periodo de los miembros del Comité es de dos
(2) años y el empleador está obligado a
proporcionar por lo menos cuatros horas semanales dentro de la
jornada normal de trabajo de uno de los miembros para el
funcionamiento del Comité.
Dependiendo del tamaño de la empresa el COPASO
estará conformado de la siguiente manera:
Número | Conformación del COPASO |
Empresas menores a 10 trabajadores | No conformarán el comité, pero |
Empresas entre 10 y 50 trabajadores | La gerencia elegirá un representante y un |
Empresas con más de 50 | La gerencia elegirá dos representantes y |
Después conformado el COPASO, se pasa a nombrar
el Presidente y Secretario del mismo con el objeto de mantener la
coordinación, organización y
funcionamiento del Comité. El presidente lo elige el
Representante Legal y el secretario lo elige el comité en
votación.
Por último el COPASO deberá registrase
ante el Ministerio de Protección Social mediante
formulario suministrado por ellos a más tardar ocho
días de la conformación del mismo. Se debe anexar
original y copia del Acta de Constitución firmada por todos los
empleados de la empresa, así como copia del escrutinio en
el cual se eligieron los miembros del comité.
El Coordinador de Salud Ocupacional es la primera
línea en este programa, ya que es la persona que
está en contacto directo con los empleados y es el nexo
directo con la
administración en materia de seguridad. Dentro de sus
responsabilidades tenemos:
- Asumir la dirección del Programa asesorando a
la gerencia para la formulación de reglas,
procedimientos administrativos, objetivos y en la
solución de problemas en
materia de Medicina Preventiva y del Trabajo, Higiene y
Seguridad
Industrial. - Informar a la gerencia sobre actividades y
situaciones de Salud Ocupacional. - Supervisar el cumplimiento de la política, por
parte de todos los miembros de su responsabilidad en Salud
Ocupacional. - Analizar y difundir información sobre cada subprograma y
experiencias adquiridas a través de lesiones,
daños o pérdidas con el fin de que se tomen las
medidas de prevención y control respectivas. - Mantener un programa educativo y promocional de Salud
Ocupacional para los trabajadores. - Establecer mecanismos de evaluación para
verificar el cumplimiento de las actividades de Salud
Ocupacional. - Interpretar leyes,
directivas y ordenanzas de las entidades oficiales relacionadas
con Salud Ocupacional. - Establecer campañas de motivación y divulgación de normas
y conocimientos técnicos tendientes a mantener un
interés activo por la Salud Ocupacional
en todo el personal. - Participar activamente en las reuniones donde se
traten temas de Salud Ocupacional. - Investigar problemas
especiales de Salud Ocupacional - Integrar las actividades de Medicina Preventiva,
Medicina de Trabajo, Higiene y Seguridad
Industrial el control definitivo de lesiones, daños
o pérdidas. - Mantener constante comunicación con entidades asesoras en el
tema y tomar parte activa en las actividades programadas por
dichas organizaciones.
Es una técnica utilizada para describir las
condiciones laborales y ambientales en que se encuentran
los trabajadores de una empresa, donde el objetivo
principal es realizar una evaluación diagnostica de
la situación de la empresa a través de la
identificación y localización de los factores
de riesgo existentes.El siguiente es una muestra
del formato para realizar el Panorama de Factores de
RiesgoPara ver el gráfico
seleccione la opción "Descargar" del menú
superior- Panorama de Factores de
Riesgo - Subprogramas de Salud
Ocupacional
Conjunto de actividades dirigidas a la promoción
y control de la salud de los trabajadores. En este subprograma se
integran las acciones de
Medicina Preventiva y Medicina del trabajo, teniendo en cuenta
que las dos tienden a garantizar óptimas condiciones de
bienestar físico, mental y social de las personas,
protegiéndolos de los factores de riesgo ocupacionales,
ubicándolos en un puesto de trabajo acorde con sus
condiciones psico-físicas y manteniéndolos en
aptitud de producción laboral.
Orientarse por el mejoramiento y mantenimiento
de las condiciones generales de salud y calidad de
vida de los trabajadores.
- Educar a todo el personal en la forma de mantener su
salud - Capacitación en factores de riesgo, sus
efectos sobre la salud y la manera de corregirlos. - Prevenir, detectar precozmente y controlar las
enfermedades generales (EG) y las profesionales
(EP). - Ubicar al trabajador en el cargo acorde con sus
condiciones psico-físicas. - Hacer seguimiento periódico de los trabajadores para
identificar y vigilar a los expuestos a riesgos
específicos.
Los recursos con que cuenta toda compañía
para llevar a cabo este subprograma son:
- Convenios con las E.P.S con las cuales se encuentra
relacionada - La Empresa debe contar con un Equipo de
Botiquín de Primeros Auxilios - La Entidad que presta asesoría para Accidentes
de Trabajo (A.R.P. )
- Evaluaciones Médicas
Se establecerá la realización de
evaluaciones médicas ocupacionales de preingreso,
periódicas y de retiro con base en los diferentes cargos
y el panorama de riesgos respectivos; para tal fin se
diligenciará Historia clínica
Ocupacional previo diseño de los perfiles
psico-fisiológicos.
- Diagnóstico de salud
Para identificar las variables
demográficas, ocupacionales y de morbilidad de la
población trabajadora, se
realizará el diagnóstico de salud
correspondiente.
- Sistemas de vigilancia epidemiológica
ocupacional
Con base en el diagnóstico de Salud se
establecerán las prioridades en cuanto a las
patologías halladas y se diseñaran los sistemas de
vigilancia epidemiológica ocupacional
necesarios.
- Primeros Auxilios
Se implementará un servicio
básico de Primeros
Auxilios acorde con las necesidades de la empresa, con
cobertura de toda la jornada laboral y formación del 10%
de los empleados.
- Ausentismo laboral
Se implementará el ausentismo laboral con el
ánimo de obtener información sobre morbi-mortalidad y el
clima
organizacional de la empresa.
- Capacitación
Con base en los hallazgos de los puntos anteriores se
desarrollan actividades de capacitación con
énfasis en:
- Educación en Salud
- Educación según factores de
riesgo
- Coordinación con entidades de salud,
recreación, deporte y
cultura - Entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras de
servicio: - Administradora de Riesgos Profesionales
COLPATRIA - Caja de Compensación a las cuales
están afiliados los trabajadores
- Entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras de
Visitas a los puestos de trabajo
Periódicamente se harán visitas a los
puestos de trabajo para seguimiento y control de los procesos y
la interrelación del trabajador con ellos.
- Sistemas de Información y Registros
Con el fin de poseer información de
fácil acceso, se diseñaran formatos
prácticos y se establecerá la metodología de análisis estadístico para la
morbi-mortalidad presentada.
Los Subprogramas médicos serán evaluados
periódicamente en cuanto a recursos, realización,
metodología cobertura, cumplimiento de
fechas y acciones
consecuentes. El resultado de éstas, mostrará el
grado de efectividad de las medidas de prevención y
control establecidas; constituyéndose en la base de
futuros ajustes y/o modificación, aplicables al dinamismo
propio del Programa de Salud Ocupacional.
La Higiene industrial es la disciplina
dedicada al reconocimiento, evaluación y control de
aquellos factores y agentes ambientales originados en o por el
lugar de trabajo, que puedan causar enfermedad e ineficiencia
entre los trabajadores o entre los ciudadanos de una comunidad.
- Identificar y evaluar mediante estudio ambientales
periódicos, los agentes y factores de riesgos del
trabajo que afecten o puedan afectar la salud de los
trabajadores. - Determinar y aplicar las medidas para el control de
riesgos de accidentes y enfermedades relacionadas con el
trabajo y verificar periódicamente su eficiencia.
- Estudios preliminares de cada uno de los agentes
contaminantes ambientales, de acuerdo al panorama de
riesgos. - En coordinación con ARP se realiza
mediciones de ruido e
iluminación. - Aplicar correctivos en el siguiente orden de
actuación: en la fuente, en el medio y de no ser posible
eliminarlos en los anteriores se hará en el
individuo. - Estudios anuales de seguimiento a fin de conocer la
predominación y evolución de los agentes
contaminantes.
La Seguridad
industrial comprende el conjunto de técnicas y
actividades destinadas a la identificación,
valoración y al control de las causas de los accidentes de
trabajo.
Mantener un ambiente laboral seguro, mediante el control
de las causas básicas de potencialmente pueden causar
daño a la integridad física del trabajador
o a los recursos de la empresa.
- Identificar, valorar y controlar las causas
básicas de accidentes. - Implementar mecanismos periódicos de monitoreo
y control permanente de los factores que tengan un alto
potencial de pérdida para la empresa. - Relacionar actividades con los otros subprogramas
para asegurar la adecuada protección de los
empleados. - Elaborar y capacitar en procedimientos adecuados de
trabajo con criterios de seguridad, calidad y
producción.
- Recurso Humano: El COPASO (Comité Paritario de
Salud Ocupacional) realizará visitas de
inspección de riesgos en cada una de las áreas de
la compañía. Así mismo se cuenta con la
asesoría de los funcionarios de la A.R.P a la cual la
compañía se encuentre afiliada - Recurso Técnico: La empresa deberá
contar con extintores y gabinetes contra incendios de
acuerdo a lo recomendado por la inspección que realiza
el cuerpo de bomberos de la ciudad.
- Normas y Procedimientos
- Normas de seguridad y
operación:
- Normas de seguridad y
Se define como un programa de elaboración de
normas de seguridad y operación para cada una de las
actividades que se realicen, ya sean manuales,
manejo de
materiales, máquinas
o equipos, que presenten riesgo potencial de ocasionar
pérdidas para la empresa.
- Permisos Especiales:
Se refiere a permisos para efectuar trabajos
eventuales que presenten riegos con efectos inmediatos de
accidentes, incendios o
explosiones, por lo cual se requiere antes de emprender la
labor verificar las condiciones de seguridad presentes en el
área.
- Demarcación y señalización
de Áreas
Deberá existir una adecuada planificación y demarcación de
áreas en todas las secciones de la empresa, incluyendo
puestos de trabajo, áreas de almacenamiento, circulación,
ubicación de máquinas
y equipos contra incendio; junto con un programa para su
mantenimiento.
Además se debe estipular estrictos normatividad
para que la demarcación sea respetada y esta
responsabilidad estará a cargo de los
supervisores.
- Inspecciones Planeadas
- Programas de inspecciones generales
Deberá establecerse un programa de inspecciones
generales a todas las áreas de la empresa, mediante el
cual se mantendrá control sobre las causas
básicas que tengan alto potencial de ocasionar
pérdidas para la empresa.
- Programa de inspecciones de áreas y partes
criticas
Una parte crítica es una pieza de equipo o
estructura
cuyo fallo va probablemente a resultar en una pérdida
principal (a las personas, propiedad,
proceso y/o
ambiente). Este programa tiene las siguientes
etapas:
- Inventario
- Determinación de parámetros de
control - Lista de verificación
- Determinación de la
periodicidad - Elaboración de instructivos
- Determinación de responsables
- Procedimientos de seguimiento
- Evaluación del programa de
inspecciones
La auditoria realizada al programa de inspecciones
permitirá su retroalimentación mediante la
determinación del logro del propósito principal
de este.
Entre otros factores se tendrán en cuenta:
Numero de inspecciones completadas, Calidad de los informes de
inspección.
- Orden y Aseo
En coordinación con los jefes de cada
área se establecerán mecanismos para la
implementación de un programa de orden y aseo, que sirva
a su vez como motivación y concursos entre
áreas.
- Programa de mantenimiento
Deberá implementarse un adecuado programa de
mantenimiento de maquinaria, equipos y herramientas
manuales
principalmente de tipo preventivo a fin de evitar daños
mayores que a su vez pueden causar riesgos a los
trabajadores.
- Investigación y análisis de accidentes/
incidentes.
Es el establecimiento de procedimientos para el
análisis de los accidentes de trabajo tales como:
reporte, investigación, responsables,
análisis de causalidad, controles, seguimiento,
etc.
Esta actividad conlleva todo el análisis
estadístico del programa de Salud Ocupacional en la
compañía donde se ejecute; así los
aspectos a tener en cuenta son:
- Determinación grado de cobertura de las
investigaciones - Diseño de un formulario interno de
investigación - Implementación de mecanismos de registro y
calculo de índices de frecuencia, severidad,
lesión incapacitante y promedio de días cargados,
entre otros. - Determinación de procedimientos para el
análisis de accidentalidad, periodicidad y sistemas de
comunicación. - Preparación para
emergencias
Las actividades especificas en la preparación
de emergencias para los equipos y sistemas de la
compañía son las siguientes:
- Se efectuará una adecuada selección y distribución extintores.
- Implementación de Kardex de control para todo
el equipo contra incendios. - Elaboración de planos y diagramas
indicando la ubicación de los equipos contra incendio,
vías de evacuación, etc. - Se establecerá un programa especial de
revisión y mantenimiento de todo el sistema de
protección contra incendios.
En lo referente a los Recursos
Humanos deberá existir una Brigada de
emergencia la cual tendrá una capacitación
continuada.
Así mismo el COPASO, deberá elaborar el
Plan de Emergencia de la compañía y
hará la respectiva divulgación del mismo a todo
el personal, y realizará actividades como simulacros de
evacuación.
Conjunto de actividades dirigidas a proteger el ecosistema de
la actividad industrial, a su vez que se encarga de proteger la
salud de los trabajadores encaminando acciones de saneamiento
básico en la empresa.
- Identificar y evaluar mediante estudios
periódicos, los agentes y factores de riesgo del trabajo
que afecten o puedan afectar los recursos
naturales y a la comunidad. - Determinar y aplicar las medidas para el control de
riesgos verificando periódicamente su
eficiencia. - Desarrollar acciones de control de posibles
enfermedades ocasionadas por el inadecuado manejo de las
basuras, servicios
sanitarios, agua para el
consumo
humano, consumo de
alimentos,
control de plagas, etc.
- Saneamiento básico
Se debe tener en cuenta los siguientes
aspectos:
- Alojamiento y disposición de las
basuras - Servicios Sanitarios (baños, duchas,
lavamanos, etc.) - Control de Plagas
- Suministro de Agua
Potable
- Proporcionar sistemáticamente a los
trabajadores el
conocimiento necesario para desempeñar su trabajo en
forma eficiente, cumpliendo con estándares de seguridad,
salud, calidad y producción. - Lograr el cambio de
actitudes y
comportamientos frente a determinadas circunstancias y
situaciones que puedan resultar en perdidas para la
empresa. - Generar motivaciones hacia la salud desarrollando
campañas de promoción.
- Estudio de necesidades: Teniendo
en cuenta las actividades propias de entrenamiento,
promoción de cada subprograma y los conocimientos
necesarios para realizar la labor con criterios de salud
ocupacional, calidad y producción. - Revisión de necesidades: En el momento
en que las condiciones de trabajo cambien se revisará el
entrenamiento para todas las ocupaciones, identificando las
necesidades por oficio y por individuo. - Programa de inducción: Cuando ingrese
un empleado a la empresa será sometido a la fase de
inducción, incluyendo los siguientes
temas básicos: - Normas generales de la empresa.
- Riegos generales de la empresa y
específicos a la labor que va a desempeñar,
medidas de seguridad y salud normas
especificas. - Preparación para emergencias: Uso de
equipos, brigadas, de emergencia, áreas criticas
de riesgos y plan
de emergencia.
- Capacitación continuada: General a
todos los trabajadores en aspectos básicos de salud
ocupacional; definiciones, objetivos, actividades,
etc. - Accidentes de trabajo: Su prevención,
procedimiento
para el reporte y la investigación, seguimiento a las
recomendaciones. - Preparación para emergencias: Normas de
seguridad y salud - .A nivel directivo y mandos medios:
Para que la participación de las directivas de la
empresa sea efectiva, se realizará el entrenamiento
inicial formal y la retroalimentación de las actividades que
tengan que ver con las responsabilidades de su
cargo - Capacitación especifica: Tomando como
referencia el panorama de riesgos se capacitará al
personal de cada área de acuerdo a los riesgos
críticos detectados, el entrenamiento estará
enfocado a la prevención de accidentes y enfermedades
ocupacionales; la evaluación se realizará
efectuando observaciones del trabajo para comprobar el
seguimiento a las recomendaciones dadas por el coordinador del
programa y el comité de Medicina Higiene y
Seguridad Industrial. - Evaluación del personal capacitado: Se
evaluará la información asimilada por los
empleados, se estará retroalimentando lo enseñado
contra lo aprendido para establecer ajustes al programa de
inducción, capacitación continuada
y/o especifica. - Promoción de la salud ocupacional: El
objetivo de la promoción es el de fortalecer y reforzar
el conocimiento
dado en la capacitación y moldear actitudes y
comportamientos de los trabajadores en el desempeño de su trabajo. Se
seleccionarán carteles o afiches alusivos a problemas
presentados en las diferentes secciones; se
identificarán los problemas y la solución a
ellos. También se utilizarán publicaciones de la
empresa, incluyendo artículos de interés general
sobre: informes de
accidentes, campañas de prevención a la
drogadicción, alcoholismo,
tabaquismo,
etc.
Un Programa de Salud Ocupacional debe tener
siempre un cronograma de actividades que se desarrollaran
en un periodo determinado. De esta manera, la gerencia
tendrá una visión global sobre lo que se
está realizando en su compañía, en que
invierte su tiempo los
miembros del COPASO, las Brigadas de Emergencia y las
personas encargadas de la ejecución de estas
actividades o del Departamento de Salud
Ocupacional.Finalizado el periodo, se debe hacer siempre una
evaluación de los objetivos propuestos y si estos se
cumplieron; se debe evaluar que aspectos no se pudo cumplir
y cuales fueron los principales factores para el programa
funcionara o las respectivas fallas del mismo.Es importante llevar siempre las estadísticas en accidentalidad,
enfermedad y ausentismo de la compañía; pero
no solo se debe tener un cuadro lleno de números, se
debe trabajar para que esos índices evaluados no
aumenten, si no que al contrario disminuyan.Finalmente Recordemos que siempre se esperan
resultados de un Programa de Salud Ocupacional, ya que este
representa costos e
inversión de parte de la
compañía:"LA SALUD OCUPACIONAL ES UNA
HERRAMIENTA QUE ESTA LIGADA A LA PRODUCTIVIDAD DE LA EMPRESA"- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES y
evaluaciones - POR PARTE DE
LOS TRABAJADORES
A los trabajadores, como protagonistas activos y
participativos del Sistema, la Ley les establece entre otros los
siguientes deberes:
- Procurar el cuidado integral de su salud.
- Suministrar información veraz sobre su estado
de salud. - Velar por el cumplimiento de las obligaciones
de los empleadores - Participar en la prevención de riesgos
profesionales - Participar en el proceso de
elección de sus representantes en el Comité de
Salud ocupacional y colaborar con dicho ente.
El incumplimiento de instrucciones de los reglamentos
para la prevención de riesgos profesionales que consten
por escrito, podrá acarrear justificación para la
terminación del vínculo laboral, previa
autorización del Ministerio de Protección
Social.
Son los responsables directos de la salud de sus
trabajadores y por tanto deberán proporcionar y mantener
las mejores condiciones de trabajo y prevenirlos Riesgos
Profesionales.
Para ello deberá cumplir con las obligaciones
que como empleador le ha impuesto la
legislación:
- Afiliar a sus trabajadores al Sistema General de
Riesgos Profesionales y efectuar cumplidamente el pago total de
las cotizaciones. - Elaborar e implementar el Programa de Salud
Ocupacional para la empresa. Esto supone la existencia de
recurso humanos, técnicos y financieros que garanticen
el cumplimiento de los objetivos y actividades
propuestas. - Tener vigente el Reglamento de Higiene y Seguridad
Industrial. - Constituir y garantizar el funcionamiento del
Comité Paritario de Salud Ocupacional o Vigía
Ocupacional. Para ello el empleador deberá cada dos
años designar su representación y propiciar la
elección libre de los representantes de los
trabajadores, proporcionándoles el tiempo
estipulado para su funcionamiento. - Notificar a la ARP los accidentes de trabajo y las
enfermedades profesionales diagnosticadas e informarle de las
novedades laborales de sus trabajadores.
Las sanciones estipuladas para los empleadores que
incumplan sus obligaciones de acuerdo a los siguientes casos
son:
- Por la falta de afiliación al Sistema o no
pago de dos o más periodos mensuales, multas de hasta
500 salarios
mínimos mensuales. - Por la falta de aplicación de reglamentos y
determinaciones de prevención, sanción hasta de
500 salarios
mínimos mensuales, la suspensión temporal de
actividades o cierre definitivo de la empresa. - Por la falta de correspondencia entre la
información de cotización real y
cotización hecha al sistema, multa de 500 salarios
mínimos mensuales y pago al trabajador de la diferencia
que le hubiere correspondido por pago de prestaciones en caso
de incapacidad, invalidez, enfermedad profesional y
pensión a sobrevivientes. - Por falta de información del traslado de un
afiliado a un lugar diferente de trabajo, multas hasta 500
salarios mínimos mensuales. - Por la no-presentación del informe de
accidente de trabajo o enfermedad profesional, multas hasta 200
salarios mínimos mensuales.
- ¿Qué Le
pasaría a la empresa que o afilie a sus trabajadores
al Sistema de Riesgos Profesionales y Ejecute un Programa de
Salud Ocupacional?
Estas empresas se verían expuestas a:
- Ambientes de trabajo inadecuados.
- Inexistencia de la prevención y control de
Riesgos Profesionales - Trabajadores insatisfechos
- Baja productividad y calidad
- Menores ganancias
- Mayor índice de accidentes de trabajo y
enfermedad profesional - Aplicación de sancione y multas.
- El empleador debe asumir los costos y
prestaciones económicas como asistenciales que genere el
accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Para finalizar exponemos un ejemplo de lo que le puede
costar a un empleador un accidente de Trabajo, en caso de no
tener afiliado a su trabajador a una Administradora de Riesgos
Profesionales:
Un pulidor pierde el brazo derecho en ejercicio de su
labor. Como consecuencia de ello se le califica una
pérdida mayor al 50% de su capacidad laboral. Dicho
trabajador tiene 30 años, devenga salario
mínimo, es soltero y no tiene hijos.
Sin contabilizar los costos indirectos, el empleador
deberá cubrir aproximadamente lo siguiente:
Ítem | Costos Aproximados Para Este |
Atención médica | $6.000.000.oo |
Prótesis y | $10.000.000.oo |
Pensión de invalidez (60% SLMM* durante 41 | $105.681.600.oo |
Multa por no-afiliación (500 salarios | $179.000.000.oo |
TOTAL | $300.681.600.oo |
*SMML: $358.000.oo para el año 2004
A.R.P COLPATRIA. Conceptos Básicos En
Salud Ocupacional. 2002
A.R.P COLPATRIA. Guía Para La
Elaboración De Un Programa de Salud Ocupacional
Empresarial.2003
DEPARTAMENTO DE SALUD OCUPACIONAL UNIVERSIDAD DEL
VALLE http://saludocupacional.univalle.edu.co/
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Conozca el Sistema General de Riesgos Profesionales.
República de Colombia. 1995
SENA REGIONAL BOYACÁ Centro de
Información y Divulgación Técnica Minero
Ambiental – INTERMIN http://citma.tripod.com/nv/08062001.htm
GEOVANNY ZÚÑIGA
CASTAÑEDA
En El Área De Gestión
Del Talento Humano
ESCUELA DE GESTIÓN
Y FORMACIÓN EMPRESARIAL "DEMPRESA"
Técnico en Administración de
Empresas
Santiago de Cali,