- Historia de la Contabilidad en
la República Dominicana - Legislaciones de las
instituciones relacionadas con la
contabilidad - Base legal de la Contabilidad en
la República Dominicana
Historia de la
Contabilidad
en la República Dominicana
La contabilidad llegó al nuevo mundo
junto con su descubrimiento por los españoles. En España se
utilizaba entonces el sistema por
partida simple, el cual consistía en llevar las cuentas por
cobrar y por pagar. Con ello determinaban lo que se
poseía y lo que se adeudaba. Así determinaban el
capital
detenido ganancias o pérdidas comparando el capital actual
con el anterior.
Nuestro paso de colonia española a
dominación haitiana no modificó estos sistemas de
control económico. Entre los tenedores de libros de la
época se encontraba nuestro patricio, Juan Pablo Duarte,
quien desempeña la función en
el comercio
propiedad de
su padre.
La contabilidad propiamente dicha se establece
definitivamente cuando los trapiches azucareros evolucionan hasta
convertirse en enormes centrales gracias a la instalación
de maquinarias movidas a vapor. Por un lado la caña de
azúcar
de Cuba y el de
remolacha de Francia
disminuían su participación en el mercado mundial.
Con la clásica reducción de la oferta, el
alza de los precios no se
hizo esperar, estimulando las inversiones en
ese sector.
Los capitales y técnicos que emigraron desde
cuba hacia
República Dominicana hicieron posible que la industria
azucarera nacional se transformara sobre bases capitalistas,
nuestra sociedad se
articulaba definitivamente a la economía mundial. La
producción de azúcar
en República Dominicana se liberó entonces del
capital comercial local, pero quedó envuelta en una red de controles
manipulados por banqueros y comerciantes de Estados Unidos de
América. Esos intereses financieros
decidirían en lo adelante todo lo relacionado con la
venta de
azúcar así como el suministro de
capital.
Los tenedores de libros y
escasos contadores de aquellos tiempos originalmente tuvieron
como centros de acción a los ingenios azucareros y
la
administración gubernamental, pero extendió a
un sector más amplio de la economía. La demanda de
técnicos fue tal que muy pronto llegó a sentirse
preparados en asuntos contables.
La ocupación militar de Estados Unidos en
República Dominicana, permitió que tanto los
empresarios como el gobierno del
país influyeran de manera decisiva en el manejo de la
administración
pública, estableciendo procedimientos y
prácticas que se hicieron sentir incluso en el
ámbito de los establecimientos privados. El gobierno militar
extranjero fue el motor que
consolidó, por la fuerza, la
dependencia económica a los dominicanos, vigente
todavía.
Las leyes promulgadas
bajo el control militar
estadounidense sobre presupuesto y
contabilidad de las entidades públicas fueron impuestas
para beneficios de los ocupantes militares y empresarios del
país. El diseño
y la aplicación de esa ley fueron de tal
manera impuestos que sus
efectos continuaron imponiéndose a pesar de la desocupación militar efectuada ocho
años después. Esas leyes ampliaron
la dominación de las empresas
estadounidenses sobre la principal industria del
país, la azucarera, la cual se erigió y
desenvolvió desde entonces como prolongación
tecnológica y financiera de la economía de Estados
Unidos en evidente contradicción con el atraso
económico de República Dominicana.
Al mismo tiempo, podemos
presentar factores influyentes en el desarrollo de
la contabilidad en República Dominicana podemos citarlos
como han sido:
- La grave situación económica que
atravesó el país desde la primera
República. La primera institución bancaria que se
estableció en la República Dominicana fue el
Banco Nacional
de Santo Domingo, creado en virtud de una concesión
otorgada por el presidente Buenaventura Báez a la firma
Prince & Hollester. Su atribución principal
consistía en la capacidad de emitir billetes con la
obligación de convertirlos en monedas de oro y plata
acuñadas asumió la obligación de comprar
un millón de "pesos fuertes" en bonos del
gobierno y esos títulos adquiridos quedaban como
garantía de la emisión monetaria de la referida
entidad. Este banco tuvo una
vida efímera debido a las precarias condiciones
socio-políticas del país, como lo fue
por ejemplo el primer empréstito extranjero en la
República Dominicana llamado operación
Hartmont. - En el gobierno de Horacio Vásquez se solicita
un préstamo de 10 millones de dólares para
construcciones públicas. Para aprobar dicho
préstamo debía existir en el país los
mecanismos necesarios para controlarlo, condicionando la
organización administrativa y financiera del
Estado
dominicano, para esto se crea la Comisión
Económica Dominicana, encabezada por Charles Gate D.
Esta situación precisó más adelante el
desarrollo
de escuelas e institutos de contadores, como: el colegio
Santiago, Instituto Rivas, García y García y el
más conocido y existente en la actualidad La Escuela de
Peritos Contadores, entre otros. - El 16 de junio de 1944, se promulga la Ley No. 633
sobre contadores públicos autorizados y sobre la
escuela de
peritos contadores. El desarrollo de la contabilidad ha seguido
su auge convirtiéndose en la actualidad en una de las
profesiones mas solicitadas en las universidades y centros de
educación
superior. - El impuesto sobre
la Renta. Fue creado bajo la Ley No. 1927, luego modificada
por la Ley No. 2344 esta última fue derogada por la Ley
No. 2566. Con la promulgación de la nueva Ley No. 2642
de Impuesto sobre
los Beneficios derogándose luego por la Ley de Impuesto sobre
la Renta a partir de 1992 (ley 11-92). la cual incorpora el
concepto de
Renta como base de imposición, sustituyendo entonces
beneficios por renta.
Legislaciones
de las instituciones
relacionadas con la contabilidad.
Para la fiscalización del uso de los recursos
públicos existe la cámara de cuentas y la
contraloría General de la República; a
continuación se presenta las relaciones estrechas que
existen entre la contabilidad y las instituciones
del Estado, como:
Banco Central, Secretaría de Estado de Finanzas,
Oficina
Nacional de Estadísticas, etc. ostentando las bases
legales de cada una a fin de comprender las conciernas de estas
con la profesión contable.
Cámara de Cuentas
Las funciones de la
cámara de cuentas
están señaladas en los artículos 78 al 81 de
la constitución de la República. La
misión
principal es proteger el patrimonio del
Estado dominicano, fiscalizando con independencia
y eficacia la
gestión
de los administradores de los recursos
públicos y rendir informe a la
nación.
Secretaría de Estado de
Finanzas
Se originó el 6 de Noviembre de 1844. Entre
alguna de las bases legales de la misma están: la Ley No.
855, de Rentas Internas; Ley No. 429, que entrega el gobierno
dominicano la Dirección y Supervisión de las Aduanas; la Ley
No. 2569, de Impuestos sobre
Sucesiones y
Donaciones; Ley No. 708, general de Bancos; Ley No.
1192, que crea el Código
Tributario de la República Dominicana, entre
otras.
Entre las funciones
principales de dicha institución están:
- Administrar las finanzas
públicas, incluyendo las propiedades, fondos,
créditos, recursos y obligaciones
relacionados con la misma. - Recaudar los impuestos y rentas nacionales y efectuar
los pagos del gobierno. - Administrar las deudas y los créditos del Estado, emitir e
inspeccionar los valores
públicos y las especies timbradas. - Rendir estados anuales de contabilidad a la
cámara de cuentas, entre otros.
Contraloría General de la
República
Institución creada por la Ley No. 3894, en la
cual la Oficina de
Contabilidad General pasa a ser denominada Contraloría y
Auditoria General de la República. Como parte de sus
funciones se encuentran:
- Llevar el registro de los
contratos en
que intervenga el Estado y
cualquier entidad pública que represente erogaciones por
parte de gobierno con personas físicas y
morales. - Elaborar semestralmente un estado de la deuda
pública haciendo un resumen de cada préstamo
del gobierno y detallando el movimiento
del mismo. - Llevar un control
posterior de todos los ingresos y
egresos de los fondos de los ayuntamientos
nacionales. - Llevar un registro y
control de los ingresos y
egresos de todas las oficinas recaudadoras y no recaudadoras
del Estado, entre otros.
Oficina Nacional de Presupuesto
Esta entidad fue constituida por la Ley No. 1363 sobre
Presupuesto de
Ingresos y Ley de Gastos
Públicos. También tiene como base legal la Ley No.
55 que denomina a la Dirección General de Presupuesto como
Oficina Nacional de Presupuesto (ONAP) y la integra al
Secretariado Técnico de la Presidencia. Podemos citar
entre sus funciones básicas las siguientes:
- Preparar los instructivos que se usarán en la
formulación del anteproyecto de
presupuesto de ingresos y ley de gastos
públicos para instituciones del gobierno central,
organismos descentralizados, autónomos y empresas
públicas. - Realizar estimaciones de ingresos fiscales
anualmente, verificando su comportamiento mensual para asegurar el financiamiento del presupuesto
nacional. - Autorizar los gastos periódicos de los
organismos del gobierno central, conforme a los presupuestos
aprobados.
Oficina Nacional de
Planificación
Su base legal es la Ley No. 5788, que crea la junta
nacional de planificación y coordinación. Sus principales funciones
son:
- Fomentar la preparación y ejecución de
planes, proyectos y
programas de
desarrollo, de carácter
sectorial, atendiendo a los lineamientos y objetivos
contemplados en el Plan Nacional
de Desarrollo. - Formular una política de
desarrollo del medio
ambiente, para conservar y proteger el mismo y los
diferentes ecosistemas. - Proponer los elementos esenciales de una política
social de inversiones
públicas. - Cooperar con la Oficina Nacional de Presupuesto en la
elaboración del proyecto de
presupuesto y ley de gastos públicos.
Banco Central
Fundado el 9 de Octubre de 1947, bajo el marco legal de
la Ley No. 1528 en la que se establecen las responsabilidades y
normas del
funcionamiento del Banco Central de la República
Dominicana. Entre sus principales atribuciones
están:
- Mantener el sistema
monetario nacional con las garantías y limitaciones
establecidas en la constitución. - Velar por el mantenimiento del valor
interno de la moneda. - Promover la estabilidad y el desarrollo progresivo de
la economía nacional. - Contrarrestar toda tendencia inflacionaria o
deflacionaria perjudicial a los intereses permanentes de la
nación.
La actividad bancaria debe estar en consonancia con el
crecimiento y desarrollo de los países, por lo que la
supervisión bancaria es de vital
importancia dentro del sector financiero de cualquier
país, para fortalecer y garantizar el sistema. La
supervisión bancaria de estas instituciones en el siglo
pasado se caracterizaron por la forma especial en que fueron
autorizados a realizar dichas operaciones,
así como la hibridez de sus operaciones pues
a alguno de ellos se les otorgaban facultades para realizar
actividades típicas de bancos
emisores.
Superintendencia de Bancos
Creado por la Ley General de Bancos No. 708. Su
finalidad principal es la aplicación y administración del régimen legal de
los bancos bajo la dependencia de la Secretaría de Estado
de Finanzas.
Mercado de Valores en la
República Dominicana
Establecido por la Ley No. 19-00. El mercado de
valores comprende la oferta y la
demanda de
valores
representativos de capital, créditos, deudas y productos,
incluyendo los instrumentos derivados, ya sean valores o productos.
El mercado de
valores es necesario para eficientizar la canalización
de los recursos de forma tal, que propicie el financiamiento
a largo plazo y se incremente la liquidez de la economía,
para esto es necesario auspiciar el incremento de la oferta y la
demanda de los artículos negociables.
Esta ley tiene por objeto promover y regular el mercado de
valores, procurando un mercado organizado, eficiente y
transparente que contribuya con el desarrollo
económico y social del país.
Base legal de la
Contabilidad en la República Dominicana
La Ley que crea la contabilidad en la República
Dominicana. Es la No. 633, del 16 de junio de 1944, donde se
refiere entre diversos asuntos que las investigaciones
encargadas a los Contadores Públicos Autorizados deben
versar en los siguientes puntos: aperturas de libros contables,
certificación y análisis de
estados financieros, estudios de balance, extractos de
cuentas, entre otros.
La Ley de Exequátur No. 111, establece la
necesidad de obtener esta condición para el ejercicio en
el país de todas las profesiones que exijan títulos
universitarios. Este exequátur en los profesionales de la
contabilidad los habilita para certificar estados
financieros o sea legítima la veracidad de las
informaciones de dichos documentos.
La Ley No. 3892 crea la Dirección General de
Contabilidad Gubernamental, con dependencia de la
Secretaría de Estado de Finanzas, con el objetivo de
que la administración
pública logre mayor eficiencia en la
gestión
financiera del Estado, sin alterar su equilibrio.
La lucha por la promulgación de una ley de
colegiación para los profesionales de la contabilidad es
buscar básicamente la unificación de los diversos
gremios y asociaciones existentes en el país en uno solo
que vele y trabaje arduamente por el desempeño de rol y desarrollo de la
contabilidad como profesión, actualizándola
día a día conforme a los avances comerciales e
industriales. Entre estos gremios citamos:
Instituto de Contadores Públicos
Autorizados.
Creado por la Ley No. 633. Entre sus funciones
están:
- contribuir al adelanto de la contabilidad y propender
al desarrollo de la profesión de contador publico
autorizado. - Dictar normas
obligatorias a sus asociados acerca de procedimientos
de auditoria, principios de
contabilidad, ética
profesional, etc. - Promover la nacionalización del ejercicio de
la contaduría pública en la República
Dominicana.
Asociación Nacional de Contadores y Auditores
del Sector
Público. Funciones:
- Estructurar a los profesionales de la contabilidad
por áreas de especialidades en el sector
público: auditores, contadores generales,
contralores, gerentes financieros, etc. - Servir de entidad asesora y consultiva a los
distintos poderes del Estado dominicano, en las áreas de
las especialidades del profesional de la contaduría
pública. - Organizar a los profesionales de la contaduría
pública que presten servicios en
cada una de las instituciones del Estado
dominicano.
Instituto de Auditores Internos de la
República Dominicana.
Incorporada mediante el decreto presidencial No. 996,
del 19 de Abril de 1983. Tiene como misión
promover y desarrollar la profesión de la
contaduría interna por medio de programas de
educación
continuada y actividades encaminadas a elevar el prestigio del
auditor interno. Su principal objetivo es
generar y administrar eficazmente los fondos necesarios para
poder llevar a
cabo el programa de
trabajo y mantener el crecimiento sostenido del
instituto.
Joel Mejia