Indice
1.
Introducción
2. Planteamiento del
problema
3. Ley Número
116
4. Objetivos, funciones y
actividades
5. Organización y
administración
6. Financiamiento de las
actividades
7. Disposiciones
Finales
El INFOTEP es un organismo destinado a coordinar y
normar todos los esfuerzos dirigidos a preparar mano de obra para
satisfacer las necesidades productivas nacionales. Considerado
como un empeño de interacción
económico-social, se define como una entidad
autónoma, con personalidad
jurídica, financiada y dirigida por el Estado, los
trabajadores y los empleadores, en equilibrada
participación, dentro de un criterio de unidad de
acción que se afirma en las metas trazadas por los planes
de desarrollo
económico y social del país.
El Infotep es una Organización autónoma investida de
personalidad
Jurídica, de carácter
no lucrativo y patrimonio
propio. El Instituto Nacional de Formación Técnico
Profesional (INFOTEP) creado por la Ley 116, del 20
de enero del 1980, y regulado por el reglamento 1894, del 11 de
agosto del mismo año.
Hablaremos acerca de su misión,
sus objetivos,
características etc., y una serie de
definiciones más, así como su Ley mediante la
cual esta fue creada, veamos a continuación su
contenido.
Tiene gran importancia para la sociedad
Dominicana, porque ésta es la responsable de regir el
sistema Nacional
de Formación de Técnicos Profesionales,
además conocer su funcionamiento le facilita a los
empresarios la posibilidad de ejecutar acciones
positivas al país.
Por tanto nos preguntamos:
- ¿Cuales son las facilidades que ofrece el
INFOTEP? - ¿De donde surgen las actividades?
- ¿Cuales son las principales Autoridades. Y que
Función desempeñan? - ¿Cuales son los programas que
realiza y en beneficio de quien?
Sus objetivos
son:
- Organizar y regir el sistema
nacional de Formación Técnico Profesional que,
con el esfuerzo conjunto del estado del
los trabajadores y de los empleadores, enfoque el pleno
desarrollo
de los recursos
humanos y el incremento de la productividad
de las empresas, en
todos los sectores de la actividad
económica. - Impulsar la promoción social del trabajador, a
través de su formación integral, para hacer de
él un ciudadano responsable, poseedor de los valores
morales y culturales necesarios para la armonía y la
convivencia nacional.
Justificación
Este Tema que nosotras elegimos, es muy interesante, ya que todos
los dominicanos debemos tener por lo menos algún conocimiento
acerca de las instituciones
de ese índole que tiene nuestro país, por que son
de gran importancia para la sociedad
actual.
Además es un tema educativo, porque a través de el
podemos conocer temas y leyes que nos
pueden ayudar para el desarrollo de
nuestra carrera profesional.
Cronograma
Bibliotecas
Institución hora
Universidad
Agroforestal Fernando Arturo de Meriño 9:00 a.m.
UAFAM
Colegios Hnas Salesianas 2:00 p.m.
Internet 9:00 p.m.
"www.Google.com" 12:00 p.m.
Oficina
Principal de Infotep 3:00 p.m.
Revisión de trabajo 10:00 a.m.
Redacción Domingo completo
Digitación Lunes y Miércoles.
INFOTEP
El necesario incremento de la productividad de
las Empresas requiere
que la fuerza
laboral del
país sea capacitada en los oficios y ocupaciones vigentes
en los distintos niveles del empleo, a
través de procesos
formativos continuados, sistemáticos y permanentes.
El funcionamiento de un Sistema de Formación y Promoción-Técnico-Profesional de
Trabajadores es factor esencial para impulsar la promoción
humana y el desarrollo social
del pueblo de la Republica
Dominicana.
Estos mismos principios y
objetivos han sido consagrados en la recomendación
número 150 de la Organizacion Internacional del Trabajo,
adoptada en fecha 23 de Junio de 1975, con manifiesto interés de
que los Estados miembros de la OIT institucionalicen la
formación profesional de los recursos humanos,
teniendo en cuenta:
Sus políticas
y planes de desarrollo. Sus planes de pleno empleo
productivo y libremente escogido. La máxima
utilización de las capacidades y aptitudes de los
individuos sin discriminación alguna. La
participación decidida de las empresas de todas las
áreas de la producción. La Proteccion de los
trabajadores contra riesgos de
trabajo y, sus programas
relacionados con el sistema de educación
formal.
Los programas de Educación
Técnica-formal, deben ser completados con otros programas
no formales, que satisfagan las necesidades de formación
masiva de la mano de obra, para adaptar las calificaciones de la
población a las demandas por el proceso de
desarrollo rural y urbano.
7Las Fuerzas Armadas de la Nación
han desarrollado programas de Formación de Mano de Obra,
que deben reconocerse y potenciarse en el futuro,
integrándoles en el Sistema Nacional de Formación y
Promoción Técnico-Profesional de Trabajadores.
Para el cumplimiento de los principios y
propósitos que se han expresado, es necesario crear y
poner en marcha una Institución Nacional de
Formación y Promoción Técnico-Profesional de
Trabajadores, dotada de recursos
financieros suficientes, atribuciones y objetivos claramente
establecidos y de una estructura
jurídica y administrativa que le permita operar y cumplir
los fines que le señala esta Ley, con funcionalidad y
eficiencia
entidad autónoma de Estado.
Se crea el INSTITUTO DE FORMACION TECNICO PROFESIONAL
(INFOTEP) como una Organizacion autónoma, de carácter
no lucrativo y patrimonio
propio, encargado de regir el sistema de capacitación, perfeccionamiento,
especialización y reconversión de los
trabajadores.
El INFOTEP queda investido de personalidad jurídica, con
todos los atributos inherentes a tal calidad, no
pudiendo ser utilizado para fines que no sean los que esta ley y
sus reglamentos señalen.
Su duración será indefinida y su domicilio queda
fijado en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional,
República Dominicana, pudiendo establecer oficinas y
dependencias en cualquier lugar del Territorio Nacional que
considere pertinente y apropiado para el logro de sus
fines.
4. Objetivos, funciones y
actividades
El INFOTEP tiene como objetivos generales:
- Establecer métodos
y programas de preparación de la mano de obra en todos
los niveles ocupacionales con miras a aumentar la productividad
y contribuir a resolver los problemas
nacionales de empleo y subempleo. - Actuar como organismo oficial de formación y
capacitación profesional, y de
certificación de la aptitud de los trabajadores para el
desempeño de una ocupación y, sin
interferir con las labores similares que realicen otros
organismos públicos, organizar todas sus actividades en
colaboración con los sectores productivos industrial,
agrícola y comercial, públicos y privados,
propiciando a la vez el incremento del producto
nacional y la promoción social y profesional de los
trabajadores. - Funcionar como órgano consultivo del Gobierno, de
los empleadores y los trabajadores en asuntos relacionados con
la formación de la mano de obra nacional, lo que implica
que el INFOTEP será reconocido como una
Institución de beneficio social, interés
nacional y utilidad
pública. - Otorgar becas a los trabajadores que, cumpliendo con
los requisitos establecidos para optar a un determinado
programa de
capacitación profesional, postulen para la
obtención de este beneficio y sean seleccionados
conforme a normas
objetivas y ampliamente difundidas, basadas en el merito,
capacidad y necesidad de los postulantes. - Difundir informaciones sobre orientación
ocupacional que faciliten la elección de profesiones,
actividades u ocupaciones, como igualmente proporcionar
informaciones respecto a los estudios que permitan a los
trabajadores lograr una adecuada capacitación
ocupacional. - Las funciones de
gestión, coordinación y ejecución que se
atribuyen al INFOTEP, quedan expresamente limitadas al campo
de formación de mano de obra. Si el INFOTEP realizara
actividades de formación paralelas a las del sistema
educativo formal, quedará sometido a las normas que
para la impartición de los distintos ciclos y grados
educativos establezca el Consejo Nacional de
Educación.b) Programas de actualización de
perfeccionamiento en todos los niveles de trabajo, inclusive
becas y viajes de
investigación y de estudios.c) Programas sobre seguridad e
higiene del trabajo.d) Programas de rehabilitación
profesional. - Con relación a los recursos
humanos: a) Estudios cuantitativos y sistemáticos de
las necesidades de capacitación de los trabajadores para
establecer el déficit de mano de obra calificada en los
diversos niveles de los sectores agrícola, industrial,
comercial y de servicios,
así como de los medios
existentes o necesarios para remediar dichos
déficits. - Con relación a las empresa: a)
Programa de
capacitación dentro de las empresas voluntariamente
concertados entre el Instituto y la dirección de la empresa
voluntariamente concertados entre el Instituto y la dirección de la empresa que
prestará su colaboración; b) Programas de
asesoría técnica, particularmente sobre administración, Organizacion
científica del trabajo, investigaciones
relacionadas con la productividad y aplicación de
pruebas de
aptitud. Dicha asesoría podrá ser llevada a cabo
por el Instituto mediante contrato con
expertos nacionales o extranjeros a solicitud de las
empresas. - Con relación al aprendizaje:
Realizar dentro de la Ley, en todo el territorio nacional,
el
aprendizaje metódico y completo de los adolescentes
durante períodos permanentes fijados en el reglamento
interno del Instituto, tanto en centros de formación
como principalmente dentro de las empresas y contando con su
anuencia, cuando se esté instalando, equipando, operando
o dando ayuda técnica y financiera a los centros
necesarios. - Con relación a la seguridad e
higiene:
Enseñar los principios y adiestrar en las técnicas
de la prevención de accidentes a
los trabajadores y a los empleadores, efectuando esta labor
tanto fuera como dentro de las empresas, en todos los sectores
de la economía, en colaboración con
cualquier institución interesada en este
campo. - Con relación al nivel ocupacional medio:
Organizar y desarrollar carreras técnicas
cortas en los diferentes sectores de la economía, quedando
facultado el Instituto para otorgar titulo, diplomas, o
certificados con plena validez legal. - Con relación a su propio personal:
Organizar labore, suministrar entrenamiento,
promover becas y llevar a cabo toda otra actividad necesaria
para formarlo al más alto grado a fin de permitirle el
correcto desempeño de sus funciones y tareas
específicas descritas en el Reglamento del
Instituto. - Formación de cursos
móviles. - Formación de jóvenes dentro de las
empresas, mediante contratos
laborales de aprendizaje. - Formación de jóvenes y adultos en
situaciones especiales que incluirá: Programas de
formación de desempleados, programas de formación
de minusválidos físicos o
psíquicos. - El INFOTEP establecerá una red de centros fijos,
geométricamente dispersos, que faciliten la
instrucción de los jóvenes y adultos en todo el
país, ofreciendo una gama de especialidades formativas
básicas de manera continuada y sistemática que
les permitan encontrar un puesto de trabajo
calificado. - Se instalarán Centros Nacionales para aquellas
especialidades de demanda
localizados en una zona geográfica o cuando la excesiva
dispersión o poco volumen de la
misma no permita incluirlas como especialidades fijas de los
centros multidisciplinarios. Que exista demanda
suficiente y continua para garantizar el empleo de los
jóvenes que reciban formación.
Los centros fijos multidisciplinarios y los centros
nacionales, ofrecerán sus cursos
vespertinos o nocturnos, para capacitar, perfeccionar o
reconvertir a trabajadores adultos de la zona geográfica o
sectorial que atiendan los centros, de acuerdo con el Plan Nacional de
Formación del INFOTEP.
El INFOTEP organizará e impartirá cursos
de formación, movilizando sus equipos y programas a
cualquier lugar del país donde existan necesidades de
formación de mano de obra.
Los recursos móviles del INFOTEP se dirigirán a
capacitar jóvenes para incorporarlos a la vida productiva,
a perfeccionar, especializar o reconvertir trabajadores ocupados,
a absorber desempleados o cualquier otra modalidad formativa,
siendo su único requisito de instalación e
impartición, la garantía de que los trabajadores
formados encontrarán un empleo productivo en el que
apliquen los conocimientos adquiridos en los cursos.
El INFOTEP establecerá un registro de
centros colaboradores del Plan Nacional de
Formación Técnico- Profesional.
En dicho registro
deberán inscribirse las instituciones
públicas que realicen programas de formación de
mano de obra calificada y las instituciones o personas privadas
que cumpliendo los requisitos exigidos para inscribirse, deseen
integrarse al Plan Nacional del INFOTEP.
Tener los programas formativos adecuados a las normas
metodológicas que dicte el INFOTEP.
Desarrollar programas formativos que sean considerados por el
INFOTEP, necesarios para la zona, sector u ocupación que
atiendan.
El INFOTEP podrá cancelar de su registro a los centros
colaboradores que dejen de cumplir los requisitos establecidos.
En todo caso, procurará ejecutar su Plan Nacional a
través de sus propios centros y aquello centros
colaboradores que garanticen la adecuada formación de los
trabajadores que atiendan.
El INFOTEP, deberá controlar, evaluar y certificar la
formación impartida por los centros colaboradores,
teniendo permanentemente acceso y capacidad de evaluación
de sus instalaciones, programas y Organizacion administrativa y
docente.
El INFOTEP, como institución técnica de
formación profesional de trabajadores, establecerlos tipos
de ocupaciones que pueden ser objeto de aprendizaje mediante
contrato y
dictara las normas que deberán seguir las empresas que
contraten aprendices para garantizarla calificación
profesional de los menores contratados al cumplir su edad
laboral.
De los cursos a impartir:
El INFOTEP organizara cursos dentro de los establecimientos
productivos, para los trabajadores ya ocupados o que vayan a ser
ocupados por los mismos, de acuerdo con las necesidades de los
establecimientos ya sean instituciones públicas o empresas
públicas o privadas. El curso o conjunto de cursos que se
establezcan. Será objeto de acuerdos específicos
entre el INFOTEP y las entidades correspondientes. El INFOTEP
aportará en todo caso su metodología formativa y se encargará
de la evaluación, control y
certificación de los niveles alcanzados por los alumnos.
El acuerdo establecerá los aportes que para su desarrollo
realizaran el INFOTEP y las entidades
correspondientes.
De los programas especiales de formación.
El INFOTEP incluirá en el Plan Nacional de
Formación Técnica Profesional, programas especiales
de atención a trabajadores que la precisen por
circunstancias económicas, físicas,
psíquicas o sociales, particularmente de desempleados,
reclusos de establecimientos penitenciarios, jóvenes
recluidos en centros de readaptación, minusvalidos
físicos y deficientes mentales.
5. Organización y
administración
Reglamentos:
– Reglamentos de Personal y de
Relaciones
Laborales, formulados por la Dirección General y
aprobados por la Junta de Directores.
– El reglamento de Funcionamiento tendrá en cuenta los
principios siguientes en la
Organización del Instituto:
a) Unidad de mando.
b) Adecuada delegación de autoridad y
responsabilidad, sin que ello signifique
disminución de la responsabilidad del Superior
Jerárquico.
c) Máximo rendimiento mediante previo planeamiento de
las labores.
d) Garantía y seguridad del
personal.
e) Estricta exigencia del cumplimiento de los deberes y
funciones.
f) Máxima utilización de un plan racional y
adecuado de remuneración que permita la obtención
del personal idóneo especializado.
De la direccion general:
Al director General corresponde la representación legal
del Instituto; asimismo lo representará en los asuntos
relacionados a sus funciones ante organismos públicos y
privados, nacionales e internacionales.
Deberá ser nombrado de acuerdo con lo establecido el Art.
16 de la Ley Orgánica del INFOTEP.
El sub.-Director que sustituya al Director General en su
ausencia, tiene las mismas responsabilidades y privilegios que la
Ley y los reglamentos atribuyen al Director General.
La Junta de Directores determinará mediante acuerdo el
período máximo en el cual el Director podrá
ser sustituido por el sub.-Director. Cumplido dicho
período, se procederá a la elección de un
nuevo Director General.
Bajo la directa dependencia del Director General
funcionará también una Secretaria.
La Secretaría de la Dirección es la Unidad
encargada debe mantener el sistema de comunicación interna del Instituto.
Recibirá la correspondencia, registrándola,
clasificándola y canalizándola a las unidades que
corresponda.
Velará porque cada unidad despache en forma y plazo los
documentos,
informes o
referencias que deba tramitar.
Mantendrá el archivo general
de la Institución y controlará los archivos que cada
Unidad debe mantener. Coordinará la elaboración del
Informe Anual y
los informes
periódicos que recabe el Director.
De los órganos consultivos nacionales y
regionales.
El Consejo Técnico Consultivo Nacional se compone de
miembros permanentes de miembros ocasionales. Son miembros
permanentes del Consejo Técnico Consultivo
Nacional:
- El Secretario Técnico de la Presidencia o su
representante; - El Secretario de Estado de Agricultura
o su representante; - El Secretario de Estado de Industria y
Comercio o
su representante; - El Director General del Instituto Agrario Dominicano
o su representante; y - El Director General de las Escuelas Vocacionales de
las Fuerzas Armadas o su representante.
Son miembros ocasionales del Consejo Técnico
Consultivo Nacional: empresarios, lideres sindicales, ciudadanos
de reconocido merito técnico profesional y profesionales
liberales cuyas actividades estén relacionadas con la
formación integral de la persona humana.
Estos miembros serán designados por la Junta de
Directores.
El Consejo Técnico Consultivo Nacional actuará como
cuerpo asesor de la Junta de Directores y de la Dirección
General del INFOTEP en asuntos técnicos y educativos
específicos. Para ello puede reunirse con cualquier
número de sus miembros.
La labor consultiva que presten los miembros del Consejo
Técnico Consultivo Nacional será considerada como
ad honoren.
El Consejo Técnico Consultivo Nacional solamente
prestará servicio
cuando éstos fueren solicitados por la Junta de Directores
o por la Dirección General del INFOTEP.
De la
organización de la instrucción:
La tarea educativa y desde formación realizada por el
INFOTEP tiene carácter integral como se determina en el
Art. 23 de la Ley que crea el Instituto.
El INFOTEP, prestará especial atención al aprendizaje.
El programa de aprendizaje es una actividad básica global
en determinada ocupación que se compone de cursos de
duración de 6 a 24 meses, los cuales serán llevados
a cabo, ya sea en colaboración con un empleador o empresa, ya sea
con otra entidad estatal o privada y siempre bajo la
supervigilancia del INFOTEP.
Toda acción de formación profesional correlacionada
con el aprendizaje
deberá incluir, entre otros, los siguientes elementos:
Selección y orientación de los
candidatos; Capacitación Básica y funcional,
cultura
general, conocimientos tecnológicos; formación
practica; nociones generales sobre legislación
laboral, seguridad e
higiene en el trabajo;
seguimiento de la acción de aprendizaje y el registro y
control de las
normas establecidas.
El contenido del aprendizaje incluidas las operaciones
practicas, la enseñanza teórica y la
instrucción conexa que hay que darse, así como el
tiempo de
dedicación a cada etapa de formación, serán
fijados por el INFOTEP.
El departamento de Formación Profesional y
Aprendizaje del INFOTEP elaborara los reglamentos para el
aprendizaje realizado directamente en las empresas y
deberán ser sometidos por la Dirección General del
Instituto a la Junta de Directores para fines de
aprobación.
El Departamento que elaboró los reglamentos velara por su
aplicación y suspenderá el aprendizaje impartido en
colaboración con los empresarios directamente
interesados.
6. Financiamiento
de las actividades
Además de los recursos mencionados, en el Art. 24
de la Ley, el Instituto podrá también financiarse
con fondos presupuestarios extraordinarios del Estado,
préstamos, donaciones y aportes voluntarios que reciba del
sector privado, instituciones nacionales e internacionales y
gobiernos extranjeros.
Las personas naturales o jurídicas que mantengan cursos de
formación profesional para sus trabajadores,
tendrán derecho a que se les descuente de su
contribución el costo de tales
cursos, siempre que éstos hayan sido aprobados por la
Junta de Directores del INFOTEP.
Del presupuesto y
control de los recursos:
La Memoria y
balance Financiero, Económico y patrimonial del Instituto,
mencionado en el Art. 33 de la Ley, se refieren al año
inmediatamente anterior al de su aplicación.
La Comisión de Control realizará los servicios de
auditoria, que le confiere el Art. 34 de la Ley No. 116 del 16 de
los servicios de los empleados y funcionarios especializados en
auditoria de la
Administración publica, quienes esta obligados a
ponerse a su disposición al ser requerido por la
Comisión a su Jefe inmediato.
Las actividades del INFOTEP se coordinarán con
las que corresponden a la Secretaría de Estado de
Educación, Bellas Artes y Cultos, especialmente en lo
relativo a la enseñanza administrativa en sus escuelas
técnicas, con las que realizan las Fuerzas Armadas en sus
Escuelas Vocacionales y Centros Regionales de Formación o
cualquier otra entidad técnica educativa, pública o
privada.
<>
Autor:
Lucas