Noticia de un secuestro de
Gabriel Garcia Marquez
- Derecho a la
información - Libertad de
prensa - Aplicación del concepto:
noticia de un secuestro, gabriel garcía
márquez - El papel de la prensa en la
sociedad y su libertad - Los medios informativos como
mediadores del estado y la sociedad - La opinión
pública - Los medios informativos como
bien social - El derecho de
información y libertad de prensa en: noticia de un
secuestro - Conclusiones
- Bibliografía
El derecho a la información es la facultad de cada
individuo de recibir, buscar y difundir información a una
sociedad. Es
un derecho fundamental y subjetivo que en su práctica se
califica como un derecho social, el mismo que recoge en su
concepto y su
ejercicio varias libertades, y entre las que se encuentran la de
pensamiento y
de opinión. La libertad de
prensa es un
vehículo para desarrollar este derecho. Es decir, por
medio de la libertad de prensa se promueven las demás
libertades que abarcan el derecho a la información,
convirtiéndose de este modo en una pieza fundamental para
el desarrollo de
un proceso
democrático trasparente y la formación del
individuo en su participación como ciudadano.
El tema a tratar en el presente trabajo es la libertad
de prensa y de información. A partir de la
definición de estos dos conceptos, de la lectura y
el análisis del libro: Noticia
de un Secuestro de Gabriel García
Márquez, relacionar el contexto en que se desarrolla
la historia que se
relata en el libro, con los temas que incluyen los dos conceptos
ya mencionados.
Con este trabajo se pretende analizar qué
papel jugaron
los medios de
comunicación para la construcción de una democracia, en
la época de la guerra de los
Extraditables contra la Extradición y del gobierno contra
el narcoterrorismo. Y de la misma forma, evaluar cómo se
afectó la libertad de prensa y de información en la
misma.
La información es un elemento del conocimiento,
es una facultad jurídica y moral de
manifestar a través de un medio cualquiera, todo un
universo de
ideas, que se ha constituido como un derecho individual capaz de
encontrar las formas adecuadas para su ejercicio.
La libertad de información es la capacidad de
investigar, almacenar, buscar información para trasmitirla
a un grupo social.
Es un derecho individual subjetivo, que en su ejercicio, se puede
calificar en área de los derechos sociales. El
derecho a la información es una necesidad colectiva, una
exigencia de los individuos de una sociedad.
El fundamento del derecho a la información, es
que todos los hombres en forma conceptual poseen las mismas
capacidades de entendimiento y voluntad, éstas son
equitativas en cuanto a su distribución, por lo tanto, el uso y
desarrollo de estas facultades poseen la misma equidad. Pero
el hombre hace
parte de una sociedad, y la función
del derecho con el hombre y la
colectividad a la cual pertenece es proteger la libertad de los
individuos contra los intereses de los demás. En el caso
de la libertad de información la prohibición de la
censura es un claro ejemplo: "puede hablarse de derecho de
información, pero si se trata, por ejemplo, de un Estado en el
cual impere la censura de prensa, entonces el derecho se queda en
letra muerta, no como una realidad. Siempre hay una
complementariedad entre derecho y libertad". El negar la
posibilidad de una completa libertad de información
sería aceptar la desigualdad en la posesión de
estas facultades.
El derecho de información es esencial para toda
institución democrática, pues la sociedad que
conforma este régimen exige la verdad y trasparencia,
cualidades que debe poseer el ejercicio de este derecho.
Éste debe ser justo y debe proteger la totalidad de las
propiedades que lo hacen fundamental. "Es una misión del
hombre y para el hombre". La información difundida a
través de los medios masivos
tiene como receptor a la opinión
pública, ésta al ser distribuida a la sociedad,
posibilita una responsabilidad democrática, hace real la
libertad y justicia.
La libertad de prensa es el requisito, es la base para
el cabal ejercicio del derecho a la información. Por esto,
es importante señalar que toda información
noticiosa debe disfrutar de importancia para el grupo social al
cual será difundida. Es decir, debe ser pública,
debe contener un interés
común, pues ésta juega un papel esencial en la
formación de la opinión pública de los
ciudadanos. "La verdad y la relevancia pública debe ser
objeto de la información y de la desregulación.
Toda información que esté sometida a estos dos
parámetros debe ser absolutamente libre, suelta,
etcétera. El único criterio que debe limitar y
autolimitar al periodista y a la información es la
exigencia de la verdad y que sea una noticia, un hecho
público, un hecho que sea importante para la comunidad". Por
lo tanto, el requisito para que la información cumpla su
misión social es su veracidad y que debe pertenecer a
ámbito de lo público, "lo público es lo que
pertenece a la sociedad, por lo tanto es algo que alguien debe
dar". Lo anterior soporta la calificación de los medios
informativos como elementos claves que constituyen el sistema social,
que se relaciona con el
Estado.
Todo medio adquiere una representatividad de
opinión pública. "La opinión pública
es la apreciación sobre una determinada cuestión
difundida de manera colectiva y mayoritaria. Ésta no es la
suma de opiniones individuales privadas, sino la suma de
opiniones de grupos
sociales que han sido asumidas de forma individual por las
personas que componen cada grupo. Es la opinión de los
gobernados". El medio que representa esta opinión, de
forma directa se relaciona con su nombre y prestigio, que
determina su papel mediador entre la sociedad y el
Estado.
El derecho de información se encuentra
acompañado por otras libertades, estos subderechos que
permiten la información son: son el derecho a recibir
información, el derecho de difundir información y
el derecho a buscar información.
El derecho a informar es subjetivo. Es decir, una
facultad para adoptar una conducta donde
nadie puede prohibirla y nadie tiene la obligación a que
ésta se realice. Este derecho da al individuo la libertad
de informar. Pero también hay que tener en cuenta que esta
libertad en su ejercicio no sólo afecta al individuo,
también a la sociedad a la cual está difundiendo la
información, en consecuencia a esto es también un
derecho social, que implica a la obligación de poner los
medios para que éste se realice. Entonces un derecho a
informar debe contar con elementos que posibiliten su ejercicio.
Pero esto no corresponde a la realidad, pues la libertad de
informar se encuentra sujeta a la posibilidad de posesión
de un medio, quien permite en realidad el ejercicio de esta
libertad es el poseedor del medio, ya sea el
periódico, canal de televisión, etcétera. Pero esto no
significa que el derecho de información quede en su
práctica muerto. Quien libremente hace uso del medio que
posee para informar, ejerce el derecho de los demás de
informar y ser informados. Así lo propone la Constitución Política Colombiana
"se garantiza a toda persona la
libertad… de informar y recibir información veraz e
imparcial".
En el momento que el individuo ejerce el derecho de
informar adquiere obligaciones
relacionadas con la sociedad a la cual pertenece, en cuanto a la
veracidad de la información que ha de difundir. Quien
informa a una colectividad a través de un medio masivo
debe hacerlo bien, vinculándose a un compromiso con la
verdad. El derecho de información no permite difundir un
mensaje no veraz ("se garantiza a toda persona la libertad… de
informar y recibir información veraz e imparcial" ), pues
su fin es conocer a la verdad tal como es. Este derecho como se
mencionó con anterioridad posee un carácter
de bien social, siendo de ese modo un derecho que se ejerce de
forma colectiva. Éste permite a los ciudadanos manifestar
su opinión, dando así la posibilidad de formar una
voluntad en el Estado. El derecho de informar hace posible la
libertad de ser informado de manera veraz.
Como se mencionó anteriormente el derecho
informativo, se encuentra compuesto a su vez por una serie de
libertades que en conjunto posibilitan la práctica del
mismo: la libertad de pensamiento, la libertad de opinar, la
libertad de buscar información, la facultad de difundir
información y el derecho de recibirla. En Colombia la
Constitución de 1991 en sus artículos 20 y 23
menciona los derechos de libre acceso a los documentos
públicos y de petición de informaciones,
ésta señala estos derechos como fundamentales y se
encuentran protegidos a través de mecanismos especiales
(Art 86, la acción de tutela).
En conclusión el derecho de información es
una libertad pública subjetiva, y quien goza de esta
facultad es el individuo y la sociedad a la cual pertenece.
Éste es limitado en su práctica ya sea por la falta
de medios informativos, por el costo
económico de los mismos o por la falta de igualdad en
cuanto la facilidad de acceso a ellos. También es esencial
mencionar al derecho informativo como clave en un régimen
democrático y como mediador de la sociedad y el Estado,
pues es indispensable en cuanto la formación de relaciones
constructivas y trasparentes. "Es un derecho inherente a la
democracia, no se puede pensar en un régimen
democrático, si no hay un derecho a la
información".
Pensar, tener opiniones, y expresarlas son derechos
inherentes, derechos fundamentales de todos los seres humanos,
componentes inalienables de la dignidad humana. "Todo individuo
tiene derecho a la libertad de opinión y de
expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a
causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones
y opiniones, y el de difundirlas, sin limitaciones de fronteras,
por cualquier medio de expresión". Parte esencial para el
debido ejercicio de este derecho fundamental es la libertad de
prensa.
A través de esta libertad se puede y se debe
ejercer y promover las demás libertades políticas
y los derechos fundamentales o básicos a la vida, como
también los derechos a la paz y la igualdad solidaria
entre los seres humanos. La libertad de prensa es la fuente de
acceso y elemento funcional en el mantenimiento
de esos derechos tan poco respetados. Por lo mismo, la
represión a esta libertad no permite el debido desarrollo
de una sociedad, así lo afirma el periodista Fernando
Castelló en su artículo: Libertad de prensa
¿para qué? "Sin libertad de prensa, no hay
libertad; y sin libertad basada en el respeto de los
derechos
humanos, no hay pleno desarrollo
humano de los pueblos". Al garantizar la libertad de prensa
en un Estado, se está contribuyendo a eliminar las
barreras que se oponen a que estos derechos fundamentales en la
vida del ser humano gocen de un debido ejercicio y desarrollo.
Por esta misma razón, el autor anteriormente citado se
atreve a llamar a esta libertad "la libertad de libertades" ,
esta definición se puede interpretar como la libertad por
excelencia, pues otras libertades se encuentran subordinadas a la
misma, no es posible disfrutar plenamente de otras libertades,
sin la correcta práctica de la libertad de
prensa.
Otro papel fundamental que juega la libertad de prensa
como servidora de la sociedad es ser el componente esencial en
todo proceso de desarrollo democrático y económico,
pues esta permite la transparencia política,
reclamación de responsabilidades, la lucha contra la
corrupción
y la creación de una economía estable. En
toda sociedad, la libertad de prensa es esencial para un buen
gobierno y rendición de cuentas, es
decir, es la columna vertebral para la salud y sana reproducción de un régimen
democrático, el ejercicio profesional de ésta,
capacita al individuo para ser ciudadano y así poder
participar en la toma pública de decisiones.
También ofrece la posibilidad de que el ciudadano conozca
sobre los hechos más trascendentales de su vida cotidiana.
"La libertad de prensa es un pilar fundamental de los derechos
humanos, y en garantía de otras libertades; ella fomenta
la trasparencia y una política justa. La libertad de
prensa garantiza que la sociedad no sólo se rija por las
leyes
existentes, sino que disfrute verdaderamente del imperio del
derecho".
Por conclusión de lo expuesto con anterioridad,
se puede definir a la libertad de prensa como un fin hacia el
bien público. Es decir, el derecho de un quehacer, que
tiene por función satisfacer y ejercitar otros derechos
fundamentales. Esto ha provocado que el papel de los medios de
comunicación cumpla un rol cada vez más
importante en la vida pública de una sociedad, en la
actividad del poder, en la formación de opiniones y en el
acceso del ciudadano a la información, esto exige mayor
responsabilidad por parte de los medios, pues el periodista en el
ejercicio de su profesión adquiere de inmediato un
compromiso con el interés público y el bien
común. En algunas ocasiones se confunde la verdadera
función de la libertad de prensa, por esto se permite
hablar de la legitimidad de los medios.
Al hacer referencia a la legitimidad de los medios se
habla en el cumplimiento de los periodistas a proporcionar
información a la sociedad, pero información
veraz, el compromiso del periodista está con la
verdad. La responsabilidad
social implica respeto a los derechos fundamentales; en
Colombia la libertad de prensa se encuentra respalda por el
Estado, este compromiso del Estado para con la prensa, las
libertades y derechos que esta implica se encuentra plasmado
básicamente en tres artículos 20, 73 y 74 de la
Constitución Política de Colombia de 1991. "Se
garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su
pensamiento y opiniones, la de informar y recibir
información veraz e imparcial, y la de fundar medios
masivos de comunicación. Estos son libres y tienen
responsabilidad social. Se garantiza el derecho a
rectificación en condiciones de equidad. No habrá
censura". Enfocándonos en este artículo, podemos
constatar que el derecho a la libertad de prensa no sería
válido, si la información a difundir no es veraz,
no es legítima y el ciudadano tiene como derecho
fundamental exigirla, es claro que la verdad única no
existe, por esta razón el hecho a que hace referencia la
información puede ser explicado de diferentes maneras,
pero todas ellas verídicas.
Existe otro aspecto que permite calificar una
información difundida por la prensa como legítima,
este es la necesidad de trascendencia pública, requisito
básico de toda sociedad democrática. Es decir, la
libertad de prensa se ejerce a través de la
difusión de información, pero no toda la
información puede ser objeto de la libertad de prensa. La
razón por la cual se exige este requisito es por la
importancia que desempeñan los medios en la
formación de una opinión pública, si estos
no cumplen con su función social y democrática de
estructurar la opinión pública,
encontraríamos que "la libertad de libertades"
podría denominarse libertinaje, que se encuentra
determinado por la condición ética del
periodista.
La libertad de prensa es un vehículo, que permite
el desarrollo de demás derechos fundamentales del ser
humano y que de la misma forma, complementa el correcto ejercicio
en un régimen democrático, aportando a los
ciudadanos una disposición en la participación del
mismo y en ocasiones contribuye a prevenir grandes atrocidades,
en cuanto a la denuncia de irregularidades. La libertad de prensa
es una extensión de la libertad de pensamiento y
opinión, "la libertad de opinión es imprescindible
para la democracia y para establecer relaciones constructivas
entre el gobierno y la sociedad". Ser periodista implica una
responsabilidad con el bien común, en donde él
mismo es el limitante de su libertad, su ética y su
compromiso con la sociedad son los factores que determinan los
límites
de esta facultad.
APLICACIÓN DEL CONCEPTO: NOTICIA DE UN
SECUESTRO, Gabriel García Márquez.
Noticia de un Secuestro, es un libro que tiene por autor
al reconocido Gabriel García Márquez. Éste
relata la historia de un secuestro colectivo de diez personas el
cual fue ejecutado por una misma empresa y con
único objetivo.
El principal motivo de la guerra que relata el libro,
era terror de los narcoterroristas ante la posibilidad de ser
extraditados a los Estados Unidos,
en donde podían someterlos a condenas descomunales por sus
delitos. Lo
anterior se podía llevar acabo a causa de un tratado bajo
el gobierno del presidente Julio Cesar Turbay, donde se
acordó por primera vez la extradición de
nacionales. El miedo de los terroristas continuó bajo el
régimen del presidente Belisario Betancourt, el cual
aplicó el tratado con una serie de extradiciones causadas
por le asesinato de Lara Bonilla. Ante esto los Extraditables,
autores intelectuales de la oleada de terrorismo de
la época y quienes tenían por líder a
Pablo Escobar, se dieron cuenta que el lugar más seguro para ellos
era Colombia, dejando como única salida ponerse bajo la
protección del Estado. En busca de esta protección
desarrollaron dos mecanismos, uno por la razón y otro por
la fuerza. El
primero consistía en una propuesta al gobierno en el cual
acordaban entregarse a la justicia e invertir sus capitales en
Colombia con la condición de no ser extraditados; en el
segundo no se pidió ningún acuerdo, éste se
desarrollo con un terrorismo indiscriminado y terrorífico.
"Preferimos una tumba en Colombia a una celda en los Estados
Unidos".
Entre 1989 y 1990 cuando César Gaviria se
lanzó como candidato a la presidencia y postuló
este cargo, defendió a la extradición como un
instrumento esencial para la justicia y formuló un decreto
contra el narcotráfico aprobado el 5 de septiembre de
1990. El decreto 2047 planteaba que quienes se entregaran y
confesaran sus delitos podían obtener como principal
beneficio la no extradición; quienes además de la
confesión colaboraran con la justicia, tendrían una
rebaja de la pena hasta de una tercera parte por la entrega y la
confesión, y hasta una sexta parte por colaboración
de la justicia con la delación. Pero esta
formulación no fue suficiente para los Extraditables,
Pablo Escobar a través de sus abogados exigía la no
extradición incondicional, que la colaboración no
fuera obligatoria y protección para sus familias y
aliados. Para lograrlo, emprendió una ola de secuestros a
periodistas con el fin de presionar al Gobierno. El primero de
sus secuestrados fue Diana Turbay, directora del noticiero
Criptón y de la revista hoy x
hoy de Bogotá, hija del expresidente Julio César
Turbay. Junto con ella fue secuestrado su equipo: Azucena
Liévano, Juan Vitta, Richard Becerra, Orlando Acevedo y el
periodista alemán radicado en Colombia, Hero Buss. Otra de
las personas secuestradas era Marina Montoya, hermana del
secretario general de presidencia en el gobierno de Virgilio
Barco, que en cautiverio tuvo la oportunidad de compartir el
encierro con otras dos secuestradas: Maruja Pachón de
Villamizar, periodista, esposa del político Alberto
villamizar, hermana de Gloria Pachón viuda de Luis Carlos
Galán y directora general de Focine; la otra secuestrada
fue Beatriz Villamizar hermana de Alberto Villamizar.
Después de cuatro horas del secuestro de Marina Montoya
fue secuestrado el jefe de redacción de El Tiempo Francisco
Santos.
En toda esta guerra los más afectados fueron los
periodistas, en donde dos de los secuestrados por lo
Extraditables, Diana Turbay y Marina Montoya, perdieron su vida.
En cuanto a los arreglos de los Extraditables y el gobierno, con
la ayuda de diferentes personajes y en principal la de Alberto
Villamizar, el padre García Herreros y la Familia
Ochoa, llegaron al acuerdo de su entrega a la justicia, que
después de hacerse realidad con un simple soborno,
terminó en una fuga y caminata tranquila por los bosques
vecinos de la cárcel en la cual se encontraban
recluidos.
EL
PAPEL DE LA PRENSA EN LA SOCIEDAD Y SU LIBERTAD
Como ya se había mencionado con anterioridad la
prensa es servidora de la sociedad y juega un papel primordial en
el régimen democrático de un Estado, pues permite
su trasparencia política y denuncia las irregularidades
que ocurran en el mismo. También es importante mencionar a
la prensa como la columna vertebral de una sociedad pues permite
el desarrollo de otras libertades fundamentales y fomenta una
trasparencia en las cuestiones de ésta.
En el libro Noticia de un Secuestro, se puede ver con
claridad la importancia de los medios informativos en un Estado.
A partir de este relato, se puede suponer cómo Pablo
Escobar y su grupo de Extraditables visualizaron lo esencial de
los mismos en la sociedad, pues el secuestro de los periodistas,
fue una reacción de este grupo de narcoterroristas como
punto clave para presionar al gobierno de cumplir con sus
exigencias, entre las cuales se encontraban la no
extradición.
Lo anterior no sólo se puede justificar por los
secuestros de los periodistas entre los años 1990 y 1991
por parte del narcotráfico. También se puede
sustentar con los hechos ocurridos entre septiembre de 1983 y
enero de 1991, también relatados en el libro, pues en esta
época fueron asesinados 26 periodistas, entre ellos se
encuentra Guillermo Cano director de El Espectador el 17 de
diciembre de 1986. También es importante mencionar como
prueba de que en aquella época el gremio más
afectado fue el de los periodistas, justo por su importancia, fue
un atentado realizado al periódico
El Espectador que fue destruido por trescientos kilos de
dinamita.
También es importante mencionar la forma en como
los Extraditables se contradecían en cuanto a sus
peticiones, pues al mismo tiempo que pedían que se le
respetaron los derechos fundamentales a los jóvenes de las
comunas de Medellín que eran violados por los
policías, estaban violando un derecho tan fundamental como
la libertad, que a su vez daba paso a que se violara otro derecho
esencial para los periodistas secuestrados, el cual era la
libertad de prensa.
LOS
MEDIOS INFORMATIVOS COMO MEDIADORES DEL ESTADO Y LA
SOCIEDAD
Como se había mencionado en las definiciones de
libertad de presa y de información, los medios
informativos permiten establecer una relación entre el
Estado y la sociedad. En Noticia de un Secuestro, los medios de
comunicación en su función de mediadores
cumplían un papel aún más importante. En la
guerra que relata el libro entre el gobierno y el terrorismo
fueron claves como mediadores distintos personajes, como los
abogados de Pablo Escobar, el padre García Herreros,
Alberto Villamizar, Don Fabio Ochoa y su familia,
etcétera. Pero uno de los principales mediadores fueron
los medios de información, éstos en su afán
por informar a la audiencia de este conflicto,
permitían que tanto el gobierno como los Extraditables se
informaran de qué estaba sucediendo en ambos territorios,
y del mismo modo enviaban mensajes a sus rivales. El gobierno lo
hacía con apariciones de los personajes incluidos en este
conflicto, a través de los medios, enviando tanto a la
sociedad como a los Extraditables sus decisiones y en momentos
sus propuestas. En cambio el
grupo terrorista ya mencionado, lo realizaba por medio de
comunicados publicados en los mismos medios con sus exigencias o
respuestas de las propuestas, y también con la
trasmisión de actos terroristas que en algunas ocasiones
eran respuestas a la decisiones del gobierno.
También los medios informativos permitieron de
forma directa o indirecta mantener un contacto con los
secuestrados, convirtiéndose mediadores entre las familias
y las personas en cautiverio. En el libro se relata como la
Familia Santos sin ningún rodeo, sin mensajes camuflados y
sin ni reservas en las publicaciones del periódico El
Tiempo, enviaban mensajes por la sección de editorial a
Pacho Santos, en una ocasión con la fotografía
del estado de sus hijos y hasta en un momento dado, tal como lo
relata el libro, evitó que Francisco se quitara la vida.
El programa
Enfoque, que era dirigido por una de las hijas de Maruja
Pachón, permitió que esta recibiera mensajes
indirectos y escondidos en los programas de su
familia, un claro ejemplo de esta comunicación fue un
programa realizado exclusivamente para realizar ejercicios en
espacios pequeños, que permitieron a la secuestrada hacer
un poco mejor su vida en cautiverio.
Pero el hecho que los medios informativos permitieran
relacionar a estas partes del conflicto, no significó que
perdieran la función de mediador entre el Estado y los
ciudadanos, pues a la vez que mediaba con los secuestrados y los
Extraditables, cumpliendo con su función de informar lo
hacían con la sociedad.
El derecho de información en contenido posee
otras libertades y en su ejercicio permite que éstas se
lleven acabo. Entre las libertades de este derecho se encuentra
la libertad de informar y el derecho de ser informado, para que
estas en realidad se cumplan es de gran importancia dos
requisitos: que la información sea de interés
público y por supuesto que sea veraz. Por esto los medios
informativos deben poseer estos dos requisitos, pues unas de las
funciones
sociales de los medios de información, es la
formación de una opinión pública.
En los hechos relatados en el libro, se permitió
ver el trato de la opinión pública y los medios de
comunicación. Una caso claro en el cual se puede ver la
influencia de los medios informativos fue la declaración
de Nidya Quintero a los medios en el momento que se enteró
que su hija Diana Turbay estaba muerta. En la conferencia de
prensa culpó tanto a los Extraditables como al gobierno de
la muerte de
su hija, y con gran rencor se dirigió al presidente como
"frívolo e indiferente". Esta declaración fue
trasmitida en vivo por todos los medios, y por consiguiente la
opinión pública se solidarizó con su dolor y
puso en duda el papel del gobierno en el conflicto. Este ejemplo
es calve para señalar cómo la influencia de los
medios puede cambiar de manera repentina la opinión de una
sociedad.
Otro hecho del libro en el cual los medios cumplieron un
papel primordial fue en la trasmisión de El Minuto de
Dios, un programa trasmitido por Inravisión, dirigido y
presentado por el padre García Herreros. En una de sus
trasmisiones, frente a las cámaras envió un mensaje
a Pablo Escobar donde se ponía a su disposición
para los acuerdo de su entrega a la justicia. Esta emisión
provocó a la opinión pública gran
conmoción, hasta el punto de ya no creerlo como un santo,
sino como en varias ocasiones se dijo un loco. Este es otro de
los hechos que narra el libro, que sustenta una vez más, a
los medios como constructores de una opinión
pública.
LOS MEDIOS
INFORMATIVOS COMO BIEN SOCIAL
Como ya se había expuesto, los medios
informativos tienen como prioridad servirle a la sociedad a la
cual pertenecen, esto lo hacen promoviendo otras libertades
sujetas al derecho de información, contribuyendo a una
trasparencia democrática y denunciando las irregularidades
que afecten a la sociedad. Por lo tanto, se puede denominar a los
medios informativos como un quehacer que tiene como fin un bien
común.
En el libro analizado, a partir de los conceptos
presentados, se dio un hecho de gran importancia que califica a
los medios como portadores de un bien social. El hecho al cual se
hace referencia es a una campaña realizada por
televisión dedicada a los secuestrados por los
Extraditables llamada: Colombia Los Reclama. Ésta se
realizó gracias a Nora Sanín directora de Asomedios
y María del Rosario Ortiz, esta consistía en
invitar a personas importantes del cine, de
televisión, de fútbol, entre otros, a pedir por la
liberación de los secuestrados y respeto a los derechos
humanos. Esto se justifica como un bien social, por el hecho de
denunciar irregularidades que afectan a la sociedad y
también por proclamar y promover el respeto a derechos tan
fundamentales como la libertad en todos sus ámbitos. Otra
razón que sustenta este hecho, es la solidaridad de
los medios que demostraban en este programa, frente un conflicto
que pertenecía a todo el Estado Colombiano.
EL DERECHO DE INFORMACIÓN Y LIBERTAD DE
PRENSA EN: NOTICIA DE UN SECUESTRO.
El derecho de información es una necesidad
colectiva y una exigencia de los individuos de una sociedad, que
posibilita una responsabilidad democrática, hace real la
libertad y la justicia. Relacionando esta definición con
el libro de Gabriel García Márquez, Noticia de un
Secuestro, es importante señalar que la publicación
del mismo permite de alguna forma en su contenido, denunciar los
atropellos de los narcoterrorista contra los derechos humanos de
la sociedad Colombiana, exigiendo por este medio la justicia que
todo Estado democrático debe poseer, y por el mismo,
trasmitiendo una responsabilidad ciudadana en la narración
de lo que él llama " la tarea más difícil y
triste de su vida", que por medio de este libro refleja lo que
fue una realidad permitiendo a los individuos una
reflexión como ciudadanos de un Estado.
El derecho de información en su ejercicio
habilita a otras libertades: la de pensamiento, opinión,
derecho de informa y ser informado y el de buscar la
información, consagradas en Colombia en el artículo
20 de la Constitución. En Noticia de un Secuestro, el
autor ejerciendo la libertad de información, permite las
otras facultades. La libertad de pensamiento, de opinión y
expresión en cuanto los secuestrados tuvieron la
oportunidad de expresar sus experiencias en este libro; la
libertad a la información, debido a que con la
publicación de este libro se le permitió a la
sociedad a conocer de manera más profunda y veraz lo
sucedido en la guerra contra en narcoterrorismo y el papel de su
gobierno en ella, dándoles la oportunidad de formar una
opinión pública en bases más concretas. El
de informar, pues Márquez con su libro ejerció su
derecho individual de proporcionar la información a la
sociedad y con la ventaja de poseer el medio para
realizarlo.
Para que el derecho de información sea
legítimo en su práctica, el mensaje a difundir,
debe poseer interés público y veracidad. El libro
por el sólo hecho de narrar una guerra contra la
violación de los derechos humanos ya posee interés
común y más cuando se trata de un relato en el cual
narran de principio a fin la época del narcoterrorismo
padecida por el pueblo Colombiano, y que con la
publicación de este libro se da la posibilidad de conocer
detalles que muchos ignoraban. En cuanto a la veracidad de la
información, con la confrontación de fuentes se
demuestra. Un claro ejemplo, es en el informe que
presentó en el libro de la muerte de
Diana Turbay, donde ponía tanto la versión del
estudio evaluativo de la Procuraduría General, la del
Cuerpo Élite y la de los Extraditables. Dando a conocer la
verdad tal cual fue, según su recolección
de datos.
En conclusión Noticia de un Secuestro de Gabriel
García Márquez, ejerce el derecho de
información, cumple con su función social y permite
que las libertades que este derecho abarca sean
ejercidas.
En cuanto a libertad de prensa, este libro denuncia la
violación a las derechos fundamentales, que en la
época de narración fueron tan poco respetados,
estableciéndose como elemento esencial en el mantenimiento
de los mismos y así denunciando las barreras que se oponen
a que estos fueran ejercidos. En el sentido de la libertad de
prensa como servidora de la sociedad, da la posibilidad que el
ciudadano conozca los hechos más trascendentales de su
vida cotidiana, como lo fue la guerra contra Pablo Escobar y los
Extraditables. Y por último es importante señalar,
que Márquez en su ejercicio de la libertad de prensa,
estaba denunciando por medio de su libro la violación que
sufrió Colombia y sus colegas de la misma facultad que
estaba practicando.
Después de desarrollar la aplicación del
concepto de libertad de prensa y de información al libro
Noticia de un Secuestro de Gabriel García Márquez,
se puede concluir con respecto al papel que jugaron los medios
informativos en la guerra del gobierno contra el narcoterrorismo
y de éste contra la extradición lo
siguiente:
Uno de los elementos claves en cuanto a la
mediación del gobierno y los Extraditables fueron los
medios de comunicación, pues a través de
éstos los partícipes de esta guerra informaban y se
informaba de las decisiones, exigencias, reacciones, y respuestas
frente a las acciones de
los mismos. En lo que refiere a la opinión pública
la influencia de los medios en la formación de ésta
es indiscutible, pues por la información que éstos
trasmitían permitieron que la sociedad asumiera una
posición frente al conflicto que se vivía en la
época del narcoterrorismo, y de esta misma manera
construir una apreciación colectiva frente al mismo. En la
definición de los medios de información como
portadores de un bien común, con la campaña
realizada por los mismos Colombia los Reclama, se
consolidaron como defensores de los derechos humanos que por este
tiempo fueron violados y poco respetados, cumpliendo con su
función de promover otras libertades fundamentales para el
hombre. Por último y como tema más importante hay
que señalar a los medios como esencia y elemento clave en
el correcto desarrollo de una sociedad, en el libro esto se
presenta por la acción de los Extraditables de utilizar a
los periodistas como su vehículo más importante
para presionar al gobierno a la no extradición.
En el tema de cómo se afecto la libertad de
prensa y de información en el conflicto ya mencionado, se
puede concluir que ésta sí fue afectada, debido a
que los narcoterroristas tomaron como blanco el gremio
periodístico, justo por su importancia, atentado no
sólo contra su trabajo y sus vidas, sino a un derecho tan
fundamental como el de la libertad, y de un modo imponiendo una
censura a los mismo, irrespetando su libertad de pensamiento, de
expresión, de opinión y por supuesto su libertad de
prensa y de información.
GARCÍA Márquez Gabriel. Noticia de un
Secuestro. Editorial Norma. Bogotá, 1996. Páginas
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VOLLMER Antje. La Libertad de la Palabra: la fuerza de
la crítica. Revista Deutschland. Alemania,
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el derecho de opinión. Revista Deutschland. Alemania,
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la OSCE apoya a los medios. Revista Deutschland. Alemania,
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las culturas. Revista Deutschland. Alemania, febrero/ marzo de
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Marcela Alvarez
Universidad Pontificia Bolivariana
Medellín – Colombia