Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Noticia de un secuestro de Gabriel Garcia Marquez




Enviado por marcelini



    Noticia de un secuestro de
    Gabriel Garcia Marquez

    1. Derecho a la
      información
    2. Libertad de
      prensa
    3. Aplicación del concepto:
      noticia de un secuestro, gabriel garcía
      márquez
    4. El papel de la prensa en la
      sociedad y su libertad
    5. Los medios informativos como
      mediadores del estado y la sociedad
    6. La opinión
      pública
    7. Los medios informativos como
      bien social
    8. El derecho de
      información y libertad de prensa en: noticia de un
      secuestro
    9. Conclusiones
    10. Bibliografía

     

    INTRODUCCIÓN

    El derecho a la información es la facultad de cada
    individuo de recibir, buscar y difundir información a una
    sociedad. Es
    un derecho fundamental y subjetivo que en su práctica se
    califica como un derecho social, el mismo que recoge en su
    concepto y su
    ejercicio varias libertades, y entre las que se encuentran la de
    pensamiento y
    de opinión. La libertad de
    prensa es un
    vehículo para desarrollar este derecho. Es decir, por
    medio de la libertad de prensa se promueven las demás
    libertades que abarcan el derecho a la información,
    convirtiéndose de este modo en una pieza fundamental para
    el desarrollo de
    un proceso
    democrático trasparente y la formación del
    individuo en su participación como ciudadano.

    El tema a tratar en el presente trabajo es la libertad
    de prensa y de información. A partir de la
    definición de estos dos conceptos, de la lectura y
    el análisis del libro: Noticia
    de un Secuestro de Gabriel García
    Márquez, relacionar el contexto en que se desarrolla
    la historia que se
    relata en el libro, con los temas que incluyen los dos conceptos
    ya mencionados.

    Con este trabajo se pretende analizar qué
    papel jugaron
    los medios de
    comunicación para la construcción de una democracia, en
    la época de la guerra de los
    Extraditables contra la Extradición y del gobierno contra
    el narcoterrorismo. Y de la misma forma, evaluar cómo se
    afectó la libertad de prensa y de información en la
    misma.

    DERECHO A LA INFORMACIÓN

    La información es un elemento del conocimiento,
    es una facultad jurídica y moral de
    manifestar a través de un medio cualquiera, todo un
    universo de
    ideas, que se ha constituido como un derecho individual capaz de
    encontrar las formas adecuadas para su ejercicio.

    La libertad de información es la capacidad de
    investigar, almacenar, buscar información para trasmitirla
    a un grupo social.
    Es un derecho individual subjetivo, que en su ejercicio, se puede
    calificar en área de los derechos sociales. El
    derecho a la información es una necesidad colectiva, una
    exigencia de los individuos de una sociedad.

    El fundamento del derecho a la información, es
    que todos los hombres en forma conceptual poseen las mismas
    capacidades de entendimiento y voluntad, éstas son
    equitativas en cuanto a su distribución, por lo tanto, el uso y
    desarrollo de estas facultades poseen la misma equidad. Pero
    el hombre hace
    parte de una sociedad, y la función
    del derecho con el hombre y la
    colectividad a la cual pertenece es proteger la libertad de los
    individuos contra los intereses de los demás. En el caso
    de la libertad de información la prohibición de la
    censura es un claro ejemplo: "puede hablarse de derecho de
    información, pero si se trata, por ejemplo, de un Estado en el
    cual impere la censura de prensa, entonces el derecho se queda en
    letra muerta, no como una realidad. Siempre hay una
    complementariedad entre derecho y libertad". El negar la
    posibilidad de una completa libertad de información
    sería aceptar la desigualdad en la posesión de
    estas facultades.

    El derecho de información es esencial para toda
    institución democrática, pues la sociedad que
    conforma este régimen exige la verdad y trasparencia,
    cualidades que debe poseer el ejercicio de este derecho.
    Éste debe ser justo y debe proteger la totalidad de las
    propiedades que lo hacen fundamental. "Es una misión del
    hombre y para el hombre". La información difundida a
    través de los medios masivos
    tiene como receptor a la opinión
    pública, ésta al ser distribuida a la sociedad,
    posibilita una responsabilidad democrática, hace real la
    libertad y justicia.

    La libertad de prensa es el requisito, es la base para
    el cabal ejercicio del derecho a la información. Por esto,
    es importante señalar que toda información
    noticiosa debe disfrutar de importancia para el grupo social al
    cual será difundida. Es decir, debe ser pública,
    debe contener un interés
    común, pues ésta juega un papel esencial en la
    formación de la opinión pública de los
    ciudadanos. "La verdad y la relevancia pública debe ser
    objeto de la información y de la desregulación.
    Toda información que esté sometida a estos dos
    parámetros debe ser absolutamente libre, suelta,
    etcétera. El único criterio que debe limitar y
    autolimitar al periodista y a la información es la
    exigencia de la verdad y que sea una noticia, un hecho
    público, un hecho que sea importante para la comunidad". Por
    lo tanto, el requisito para que la información cumpla su
    misión social es su veracidad y que debe pertenecer a
    ámbito de lo público, "lo público es lo que
    pertenece a la sociedad, por lo tanto es algo que alguien debe
    dar". Lo anterior soporta la calificación de los medios
    informativos como elementos claves que constituyen el sistema social,
    que se relaciona con el
    Estado.

    Todo medio adquiere una representatividad de
    opinión pública. "La opinión pública
    es la apreciación sobre una determinada cuestión
    difundida de manera colectiva y mayoritaria. Ésta no es la
    suma de opiniones individuales privadas, sino la suma de
    opiniones de grupos
    sociales que han sido asumidas de forma individual por las
    personas que componen cada grupo. Es la opinión de los
    gobernados". El medio que representa esta opinión, de
    forma directa se relaciona con su nombre y prestigio, que
    determina su papel mediador entre la sociedad y el
    Estado.

    El derecho de información se encuentra
    acompañado por otras libertades, estos subderechos que
    permiten la información son: son el derecho a recibir
    información, el derecho de difundir información y
    el derecho a buscar información.

    El derecho a informar es subjetivo. Es decir, una
    facultad para adoptar una conducta donde
    nadie puede prohibirla y nadie tiene la obligación a que
    ésta se realice. Este derecho da al individuo la libertad
    de informar. Pero también hay que tener en cuenta que esta
    libertad en su ejercicio no sólo afecta al individuo,
    también a la sociedad a la cual está difundiendo la
    información, en consecuencia a esto es también un
    derecho social, que implica a la obligación de poner los
    medios para que éste se realice. Entonces un derecho a
    informar debe contar con elementos que posibiliten su ejercicio.
    Pero esto no corresponde a la realidad, pues la libertad de
    informar se encuentra sujeta a la posibilidad de posesión
    de un medio, quien permite en realidad el ejercicio de esta
    libertad es el poseedor del medio, ya sea el
    periódico, canal de televisión, etcétera. Pero esto no
    significa que el derecho de información quede en su
    práctica muerto. Quien libremente hace uso del medio que
    posee para informar, ejerce el derecho de los demás de
    informar y ser informados. Así lo propone la Constitución Política Colombiana
    "se garantiza a toda persona la
    libertad… de informar y recibir información veraz e
    imparcial".

    En el momento que el individuo ejerce el derecho de
    informar adquiere obligaciones
    relacionadas con la sociedad a la cual pertenece, en cuanto a la
    veracidad de la información que ha de difundir. Quien
    informa a una colectividad a través de un medio masivo
    debe hacerlo bien, vinculándose a un compromiso con la
    verdad. El derecho de información no permite difundir un
    mensaje no veraz ("se garantiza a toda persona la libertad… de
    informar y recibir información veraz e imparcial" ), pues
    su fin es conocer a la verdad tal como es. Este derecho como se
    mencionó con anterioridad posee un carácter
    de bien social, siendo de ese modo un derecho que se ejerce de
    forma colectiva. Éste permite a los ciudadanos manifestar
    su opinión, dando así la posibilidad de formar una
    voluntad en el Estado. El derecho de informar hace posible la
    libertad de ser informado de manera veraz.

    Como se mencionó anteriormente el derecho
    informativo, se encuentra compuesto a su vez por una serie de
    libertades que en conjunto posibilitan la práctica del
    mismo: la libertad de pensamiento, la libertad de opinar, la
    libertad de buscar información, la facultad de difundir
    información y el derecho de recibirla. En Colombia la
    Constitución de 1991 en sus artículos 20 y 23
    menciona los derechos de libre acceso a los documentos
    públicos y de petición de informaciones,
    ésta señala estos derechos como fundamentales y se
    encuentran protegidos a través de mecanismos especiales
    (Art 86, la acción de tutela).

    En conclusión el derecho de información es
    una libertad pública subjetiva, y quien goza de esta
    facultad es el individuo y la sociedad a la cual pertenece.
    Éste es limitado en su práctica ya sea por la falta
    de medios informativos, por el costo
    económico de los mismos o por la falta de igualdad en
    cuanto la facilidad de acceso a ellos. También es esencial
    mencionar al derecho informativo como clave en un régimen
    democrático y como mediador de la sociedad y el Estado,
    pues es indispensable en cuanto la formación de relaciones
    constructivas y trasparentes. "Es un derecho inherente a la
    democracia, no se puede pensar en un régimen
    democrático, si no hay un derecho a la
    información".

    LIBERTAD DE PRENSA

    Pensar, tener opiniones, y expresarlas son derechos
    inherentes, derechos fundamentales de todos los seres humanos,
    componentes inalienables de la dignidad humana. "Todo individuo
    tiene derecho a la libertad de opinión y de
    expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a
    causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones
    y opiniones, y el de difundirlas, sin limitaciones de fronteras,
    por cualquier medio de expresión". Parte esencial para el
    debido ejercicio de este derecho fundamental es la libertad de
    prensa.

    A través de esta libertad se puede y se debe
    ejercer y promover las demás libertades políticas
    y los derechos fundamentales o básicos a la vida, como
    también los derechos a la paz y la igualdad solidaria
    entre los seres humanos. La libertad de prensa es la fuente de
    acceso y elemento funcional en el mantenimiento
    de esos derechos tan poco respetados. Por lo mismo, la
    represión a esta libertad no permite el debido desarrollo
    de una sociedad, así lo afirma el periodista Fernando
    Castelló en su artículo: Libertad de prensa
    ¿para qué? "Sin libertad de prensa, no hay
    libertad; y sin libertad basada en el respeto de los
    derechos
    humanos, no hay pleno desarrollo
    humano de los pueblos". Al garantizar la libertad de prensa
    en un Estado, se está contribuyendo a eliminar las
    barreras que se oponen a que estos derechos fundamentales en la
    vida del ser humano gocen de un debido ejercicio y desarrollo.
    Por esta misma razón, el autor anteriormente citado se
    atreve a llamar a esta libertad "la libertad de libertades" ,
    esta definición se puede interpretar como la libertad por
    excelencia, pues otras libertades se encuentran subordinadas a la
    misma, no es posible disfrutar plenamente de otras libertades,
    sin la correcta práctica de la libertad de
    prensa.

    Otro papel fundamental que juega la libertad de prensa
    como servidora de la sociedad es ser el componente esencial en
    todo proceso de desarrollo democrático y económico,
    pues esta permite la transparencia política,
    reclamación de responsabilidades, la lucha contra la
    corrupción
    y la creación de una economía estable. En
    toda sociedad, la libertad de prensa es esencial para un buen
    gobierno y rendición de cuentas, es
    decir, es la columna vertebral para la salud y sana reproducción de un régimen
    democrático, el ejercicio profesional de ésta,
    capacita al individuo para ser ciudadano y así poder
    participar en la toma pública de decisiones.
    También ofrece la posibilidad de que el ciudadano conozca
    sobre los hechos más trascendentales de su vida cotidiana.
    "La libertad de prensa es un pilar fundamental de los derechos
    humanos, y en garantía de otras libertades; ella fomenta
    la trasparencia y una política justa. La libertad de
    prensa garantiza que la sociedad no sólo se rija por las
    leyes
    existentes, sino que disfrute verdaderamente del imperio del
    derecho".

    Por conclusión de lo expuesto con anterioridad,
    se puede definir a la libertad de prensa como un fin hacia el
    bien público. Es decir, el derecho de un quehacer, que
    tiene por función satisfacer y ejercitar otros derechos
    fundamentales. Esto ha provocado que el papel de los medios de
    comunicación cumpla un rol cada vez más
    importante en la vida pública de una sociedad, en la
    actividad del poder, en la formación de opiniones y en el
    acceso del ciudadano a la información, esto exige mayor
    responsabilidad por parte de los medios, pues el periodista en el
    ejercicio de su profesión adquiere de inmediato un
    compromiso con el interés público y el bien
    común. En algunas ocasiones se confunde la verdadera
    función de la libertad de prensa, por esto se permite
    hablar de la legitimidad de los medios.

    Al hacer referencia a la legitimidad de los medios se
    habla en el cumplimiento de los periodistas a proporcionar
    información a la sociedad, pero información
    veraz,
    el compromiso del periodista está con la
    verdad. La responsabilidad
    social implica respeto a los derechos fundamentales; en
    Colombia la libertad de prensa se encuentra respalda por el
    Estado, este compromiso del Estado para con la prensa, las
    libertades y derechos que esta implica se encuentra plasmado
    básicamente en tres artículos 20, 73 y 74 de la
    Constitución Política de Colombia de 1991. "Se
    garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su
    pensamiento y opiniones, la de informar y recibir
    información veraz e imparcial, y la de fundar medios
    masivos de comunicación. Estos son libres y tienen
    responsabilidad social. Se garantiza el derecho a
    rectificación en condiciones de equidad. No habrá
    censura". Enfocándonos en este artículo, podemos
    constatar que el derecho a la libertad de prensa no sería
    válido, si la información a difundir no es veraz,
    no es legítima y el ciudadano tiene como derecho
    fundamental exigirla, es claro que la verdad única no
    existe, por esta razón el hecho a que hace referencia la
    información puede ser explicado de diferentes maneras,
    pero todas ellas verídicas.

    Existe otro aspecto que permite calificar una
    información difundida por la prensa como legítima,
    este es la necesidad de trascendencia pública, requisito
    básico de toda sociedad democrática. Es decir, la
    libertad de prensa se ejerce a través de la
    difusión de información, pero no toda la
    información puede ser objeto de la libertad de prensa. La
    razón por la cual se exige este requisito es por la
    importancia que desempeñan los medios en la
    formación de una opinión pública, si estos
    no cumplen con su función social y democrática de
    estructurar la opinión pública,
    encontraríamos que "la libertad de libertades"
    podría denominarse libertinaje, que se encuentra
    determinado por la condición ética del
    periodista.

    La libertad de prensa es un vehículo, que permite
    el desarrollo de demás derechos fundamentales del ser
    humano y que de la misma forma, complementa el correcto ejercicio
    en un régimen democrático, aportando a los
    ciudadanos una disposición en la participación del
    mismo y en ocasiones contribuye a prevenir grandes atrocidades,
    en cuanto a la denuncia de irregularidades. La libertad de prensa
    es una extensión de la libertad de pensamiento y
    opinión, "la libertad de opinión es imprescindible
    para la democracia y para establecer relaciones constructivas
    entre el gobierno y la sociedad". Ser periodista implica una
    responsabilidad con el bien común, en donde él
    mismo es el limitante de su libertad, su ética y su
    compromiso con la sociedad son los factores que determinan los
    límites
    de esta facultad.

    APLICACIÓN DEL CONCEPTO: NOTICIA DE UN
    SECUESTRO, Gabriel García Márquez.

    Noticia de un Secuestro, es un libro que tiene por autor
    al reconocido Gabriel García Márquez. Éste
    relata la historia de un secuestro colectivo de diez personas el
    cual fue ejecutado por una misma empresa y con
    único objetivo.

    El principal motivo de la guerra que relata el libro,
    era terror de los narcoterroristas ante la posibilidad de ser
    extraditados a los Estados Unidos,
    en donde podían someterlos a condenas descomunales por sus
    delitos. Lo
    anterior se podía llevar acabo a causa de un tratado bajo
    el gobierno del presidente Julio Cesar Turbay, donde se
    acordó por primera vez la extradición de
    nacionales. El miedo de los terroristas continuó bajo el
    régimen del presidente Belisario Betancourt, el cual
    aplicó el tratado con una serie de extradiciones causadas
    por le asesinato de Lara Bonilla. Ante esto los Extraditables,
    autores intelectuales de la oleada de terrorismo de
    la época y quienes tenían por líder a
    Pablo Escobar, se dieron cuenta que el lugar más seguro para ellos
    era Colombia, dejando como única salida ponerse bajo la
    protección del Estado. En busca de esta protección
    desarrollaron dos mecanismos, uno por la razón y otro por
    la fuerza. El
    primero consistía en una propuesta al gobierno en el cual
    acordaban entregarse a la justicia e invertir sus capitales en
    Colombia con la condición de no ser extraditados; en el
    segundo no se pidió ningún acuerdo, éste se
    desarrollo con un terrorismo indiscriminado y terrorífico.
    "Preferimos una tumba en Colombia a una celda en los Estados
    Unidos".

    Entre 1989 y 1990 cuando César Gaviria se
    lanzó como candidato a la presidencia y postuló
    este cargo, defendió a la extradición como un
    instrumento esencial para la justicia y formuló un decreto
    contra el narcotráfico aprobado el 5 de septiembre de
    1990. El decreto 2047 planteaba que quienes se entregaran y
    confesaran sus delitos podían obtener como principal
    beneficio la no extradición; quienes además de la
    confesión colaboraran con la justicia, tendrían una
    rebaja de la pena hasta de una tercera parte por la entrega y la
    confesión, y hasta una sexta parte por colaboración
    de la justicia con la delación. Pero esta
    formulación no fue suficiente para los Extraditables,
    Pablo Escobar a través de sus abogados exigía la no
    extradición incondicional, que la colaboración no
    fuera obligatoria y protección para sus familias y
    aliados. Para lograrlo, emprendió una ola de secuestros a
    periodistas con el fin de presionar al Gobierno. El primero de
    sus secuestrados fue Diana Turbay, directora del noticiero
    Criptón y de la revista hoy x
    hoy de Bogotá, hija del expresidente Julio César
    Turbay. Junto con ella fue secuestrado su equipo: Azucena
    Liévano, Juan Vitta, Richard Becerra, Orlando Acevedo y el
    periodista alemán radicado en Colombia, Hero Buss. Otra de
    las personas secuestradas era Marina Montoya, hermana del
    secretario general de presidencia en el gobierno de Virgilio
    Barco, que en cautiverio tuvo la oportunidad de compartir el
    encierro con otras dos secuestradas: Maruja Pachón de
    Villamizar, periodista, esposa del político Alberto
    villamizar, hermana de Gloria Pachón viuda de Luis Carlos
    Galán y directora general de Focine; la otra secuestrada
    fue Beatriz Villamizar hermana de Alberto Villamizar.
    Después de cuatro horas del secuestro de Marina Montoya
    fue secuestrado el jefe de redacción de El Tiempo Francisco
    Santos.

    En toda esta guerra los más afectados fueron los
    periodistas, en donde dos de los secuestrados por lo
    Extraditables, Diana Turbay y Marina Montoya, perdieron su vida.
    En cuanto a los arreglos de los Extraditables y el gobierno, con
    la ayuda de diferentes personajes y en principal la de Alberto
    Villamizar, el padre García Herreros y la Familia
    Ochoa, llegaron al acuerdo de su entrega a la justicia, que
    después de hacerse realidad con un simple soborno,
    terminó en una fuga y caminata tranquila por los bosques
    vecinos de la cárcel en la cual se encontraban
    recluidos.

    EL
    PAPEL DE LA PRENSA EN LA SOCIEDAD Y SU LIBERTAD

    Como ya se había mencionado con anterioridad la
    prensa es servidora de la sociedad y juega un papel primordial en
    el régimen democrático de un Estado, pues permite
    su trasparencia política y denuncia las irregularidades
    que ocurran en el mismo. También es importante mencionar a
    la prensa como la columna vertebral de una sociedad pues permite
    el desarrollo de otras libertades fundamentales y fomenta una
    trasparencia en las cuestiones de ésta.

    En el libro Noticia de un Secuestro, se puede ver con
    claridad la importancia de los medios informativos en un Estado.
    A partir de este relato, se puede suponer cómo Pablo
    Escobar y su grupo de Extraditables visualizaron lo esencial de
    los mismos en la sociedad, pues el secuestro de los periodistas,
    fue una reacción de este grupo de narcoterroristas como
    punto clave para presionar al gobierno de cumplir con sus
    exigencias, entre las cuales se encontraban la no
    extradición.

    Lo anterior no sólo se puede justificar por los
    secuestros de los periodistas entre los años 1990 y 1991
    por parte del narcotráfico. También se puede
    sustentar con los hechos ocurridos entre septiembre de 1983 y
    enero de 1991, también relatados en el libro, pues en esta
    época fueron asesinados 26 periodistas, entre ellos se
    encuentra Guillermo Cano director de El Espectador el 17 de
    diciembre de 1986. También es importante mencionar como
    prueba de que en aquella época el gremio más
    afectado fue el de los periodistas, justo por su importancia, fue
    un atentado realizado al periódico
    El Espectador que fue destruido por trescientos kilos de
    dinamita.

    También es importante mencionar la forma en como
    los Extraditables se contradecían en cuanto a sus
    peticiones, pues al mismo tiempo que pedían que se le
    respetaron los derechos fundamentales a los jóvenes de las
    comunas de Medellín que eran violados por los
    policías, estaban violando un derecho tan fundamental como
    la libertad, que a su vez daba paso a que se violara otro derecho
    esencial para los periodistas secuestrados, el cual era la
    libertad de prensa.

    LOS
    MEDIOS INFORMATIVOS COMO MEDIADORES DEL ESTADO Y LA
    SOCIEDAD

    Como se había mencionado en las definiciones de
    libertad de presa y de información, los medios
    informativos permiten establecer una relación entre el
    Estado y la sociedad. En Noticia de un Secuestro, los medios de
    comunicación en su función de mediadores
    cumplían un papel aún más importante. En la
    guerra que relata el libro entre el gobierno y el terrorismo
    fueron claves como mediadores distintos personajes, como los
    abogados de Pablo Escobar, el padre García Herreros,
    Alberto Villamizar, Don Fabio Ochoa y su familia,
    etcétera. Pero uno de los principales mediadores fueron
    los medios de información, éstos en su afán
    por informar a la audiencia de este conflicto,
    permitían que tanto el gobierno como los Extraditables se
    informaran de qué estaba sucediendo en ambos territorios,
    y del mismo modo enviaban mensajes a sus rivales. El gobierno lo
    hacía con apariciones de los personajes incluidos en este
    conflicto, a través de los medios, enviando tanto a la
    sociedad como a los Extraditables sus decisiones y en momentos
    sus propuestas. En cambio el
    grupo terrorista ya mencionado, lo realizaba por medio de
    comunicados publicados en los mismos medios con sus exigencias o
    respuestas de las propuestas, y también con la
    trasmisión de actos terroristas que en algunas ocasiones
    eran respuestas a la decisiones del gobierno.

    También los medios informativos permitieron de
    forma directa o indirecta mantener un contacto con los
    secuestrados, convirtiéndose mediadores entre las familias
    y las personas en cautiverio. En el libro se relata como la
    Familia Santos sin ningún rodeo, sin mensajes camuflados y
    sin ni reservas en las publicaciones del periódico El
    Tiempo, enviaban mensajes por la sección de editorial a
    Pacho Santos, en una ocasión con la fotografía
    del estado de sus hijos y hasta en un momento dado, tal como lo
    relata el libro, evitó que Francisco se quitara la vida.
    El programa
    Enfoque, que era dirigido por una de las hijas de Maruja
    Pachón, permitió que esta recibiera mensajes
    indirectos y escondidos en los programas de su
    familia, un claro ejemplo de esta comunicación fue un
    programa realizado exclusivamente para realizar ejercicios en
    espacios pequeños, que permitieron a la secuestrada hacer
    un poco mejor su vida en cautiverio.

    Pero el hecho que los medios informativos permitieran
    relacionar a estas partes del conflicto, no significó que
    perdieran la función de mediador entre el Estado y los
    ciudadanos, pues a la vez que mediaba con los secuestrados y los
    Extraditables, cumpliendo con su función de informar lo
    hacían con la sociedad.

    LA OPINIÓN
    PÚBLICA

    El derecho de información en contenido posee
    otras libertades y en su ejercicio permite que éstas se
    lleven acabo. Entre las libertades de este derecho se encuentra
    la libertad de informar y el derecho de ser informado, para que
    estas en realidad se cumplan es de gran importancia dos
    requisitos: que la información sea de interés
    público y por supuesto que sea veraz. Por esto los medios
    informativos deben poseer estos dos requisitos, pues unas de las
    funciones
    sociales de los medios de información, es la
    formación de una opinión pública.

    En los hechos relatados en el libro, se permitió
    ver el trato de la opinión pública y los medios de
    comunicación. Una caso claro en el cual se puede ver la
    influencia de los medios informativos fue la declaración
    de Nidya Quintero a los medios en el momento que se enteró
    que su hija Diana Turbay estaba muerta. En la conferencia de
    prensa culpó tanto a los Extraditables como al gobierno de
    la muerte de
    su hija, y con gran rencor se dirigió al presidente como
    "frívolo e indiferente". Esta declaración fue
    trasmitida en vivo por todos los medios, y por consiguiente la
    opinión pública se solidarizó con su dolor y
    puso en duda el papel del gobierno en el conflicto. Este ejemplo
    es calve para señalar cómo la influencia de los
    medios puede cambiar de manera repentina la opinión de una
    sociedad.

    Otro hecho del libro en el cual los medios cumplieron un
    papel primordial fue en la trasmisión de El Minuto de
    Dios, un programa trasmitido por Inravisión, dirigido y
    presentado por el padre García Herreros. En una de sus
    trasmisiones, frente a las cámaras envió un mensaje
    a Pablo Escobar donde se ponía a su disposición
    para los acuerdo de su entrega a la justicia. Esta emisión
    provocó a la opinión pública gran
    conmoción, hasta el punto de ya no creerlo como un santo,
    sino como en varias ocasiones se dijo un loco. Este es otro de
    los hechos que narra el libro, que sustenta una vez más, a
    los medios como constructores de una opinión
    pública.

    LOS MEDIOS
    INFORMATIVOS COMO BIEN SOCIAL

    Como ya se había expuesto, los medios
    informativos tienen como prioridad servirle a la sociedad a la
    cual pertenecen, esto lo hacen promoviendo otras libertades
    sujetas al derecho de información, contribuyendo a una
    trasparencia democrática y denunciando las irregularidades
    que afecten a la sociedad. Por lo tanto, se puede denominar a los
    medios informativos como un quehacer que tiene como fin un bien
    común.

    En el libro analizado, a partir de los conceptos
    presentados, se dio un hecho de gran importancia que califica a
    los medios como portadores de un bien social. El hecho al cual se
    hace referencia es a una campaña realizada por
    televisión dedicada a los secuestrados por los
    Extraditables llamada: Colombia Los Reclama. Ésta se
    realizó gracias a Nora Sanín directora de Asomedios
    y María del Rosario Ortiz, esta consistía en
    invitar a personas importantes del cine, de
    televisión, de fútbol, entre otros, a pedir por la
    liberación de los secuestrados y respeto a los derechos
    humanos. Esto se justifica como un bien social, por el hecho de
    denunciar irregularidades que afectan a la sociedad y
    también por proclamar y promover el respeto a derechos tan
    fundamentales como la libertad en todos sus ámbitos. Otra
    razón que sustenta este hecho, es la solidaridad de
    los medios que demostraban en este programa, frente un conflicto
    que pertenecía a todo el Estado Colombiano.

    EL DERECHO DE INFORMACIÓN Y LIBERTAD DE
    PRENSA EN: NOTICIA DE UN SECUESTRO.

    El derecho de información es una necesidad
    colectiva y una exigencia de los individuos de una sociedad, que
    posibilita una responsabilidad democrática, hace real la
    libertad y la justicia. Relacionando esta definición con
    el libro de Gabriel García Márquez, Noticia de un
    Secuestro, es importante señalar que la publicación
    del mismo permite de alguna forma en su contenido, denunciar los
    atropellos de los narcoterrorista contra los derechos humanos de
    la sociedad Colombiana, exigiendo por este medio la justicia que
    todo Estado democrático debe poseer, y por el mismo,
    trasmitiendo una responsabilidad ciudadana en la narración
    de lo que él llama " la tarea más difícil y
    triste de su vida", que por medio de este libro refleja lo que
    fue una realidad permitiendo a los individuos una
    reflexión como ciudadanos de un Estado.

    El derecho de información en su ejercicio
    habilita a otras libertades: la de pensamiento, opinión,
    derecho de informa y ser informado y el de buscar la
    información, consagradas en Colombia en el artículo
    20 de la Constitución. En Noticia de un Secuestro, el
    autor ejerciendo la libertad de información, permite las
    otras facultades. La libertad de pensamiento, de opinión y
    expresión en cuanto los secuestrados tuvieron la
    oportunidad de expresar sus experiencias en este libro; la
    libertad a la información, debido a que con la
    publicación de este libro se le permitió a la
    sociedad a conocer de manera más profunda y veraz lo
    sucedido en la guerra contra en narcoterrorismo y el papel de su
    gobierno en ella, dándoles la oportunidad de formar una
    opinión pública en bases más concretas. El
    de informar, pues Márquez con su libro ejerció su
    derecho individual de proporcionar la información a la
    sociedad y con la ventaja de poseer el medio para
    realizarlo.

    Para que el derecho de información sea
    legítimo en su práctica, el mensaje a difundir,
    debe poseer interés público y veracidad. El libro
    por el sólo hecho de narrar una guerra contra la
    violación de los derechos humanos ya posee interés
    común y más cuando se trata de un relato en el cual
    narran de principio a fin la época del narcoterrorismo
    padecida por el pueblo Colombiano, y que con la
    publicación de este libro se da la posibilidad de conocer
    detalles que muchos ignoraban. En cuanto a la veracidad de la
    información, con la confrontación de fuentes se
    demuestra. Un claro ejemplo, es en el informe que
    presentó en el libro de la muerte de
    Diana Turbay, donde ponía tanto la versión del
    estudio evaluativo de la Procuraduría General, la del
    Cuerpo Élite y la de los Extraditables. Dando a conocer la
    verdad tal cual fue, según su recolección
    de datos.

    En conclusión Noticia de un Secuestro de Gabriel
    García Márquez, ejerce el derecho de
    información, cumple con su función social y permite
    que las libertades que este derecho abarca sean
    ejercidas.

    En cuanto a libertad de prensa, este libro denuncia la
    violación a las derechos fundamentales, que en la
    época de narración fueron tan poco respetados,
    estableciéndose como elemento esencial en el mantenimiento
    de los mismos y así denunciando las barreras que se oponen
    a que estos fueran ejercidos. En el sentido de la libertad de
    prensa como servidora de la sociedad, da la posibilidad que el
    ciudadano conozca los hechos más trascendentales de su
    vida cotidiana, como lo fue la guerra contra Pablo Escobar y los
    Extraditables. Y por último es importante señalar,
    que Márquez en su ejercicio de la libertad de prensa,
    estaba denunciando por medio de su libro la violación que
    sufrió Colombia y sus colegas de la misma facultad que
    estaba practicando.

    CONCLUSIONES

    Después de desarrollar la aplicación del
    concepto de libertad de prensa y de información al libro
    Noticia de un Secuestro de Gabriel García Márquez,
    se puede concluir con respecto al papel que jugaron los medios
    informativos en la guerra del gobierno contra el narcoterrorismo
    y de éste contra la extradición lo
    siguiente:

    Uno de los elementos claves en cuanto a la
    mediación del gobierno y los Extraditables fueron los
    medios de comunicación, pues a través de
    éstos los partícipes de esta guerra informaban y se
    informaba de las decisiones, exigencias, reacciones, y respuestas
    frente a las acciones de
    los mismos. En lo que refiere a la opinión pública
    la influencia de los medios en la formación de ésta
    es indiscutible, pues por la información que éstos
    trasmitían permitieron que la sociedad asumiera una
    posición frente al conflicto que se vivía en la
    época del narcoterrorismo, y de esta misma manera
    construir una apreciación colectiva frente al mismo. En la
    definición de los medios de información como
    portadores de un bien común, con la campaña
    realizada por los mismos Colombia los Reclama, se
    consolidaron como defensores de los derechos humanos que por este
    tiempo fueron violados y poco respetados, cumpliendo con su
    función de promover otras libertades fundamentales para el
    hombre. Por último y como tema más importante hay
    que señalar a los medios como esencia y elemento clave en
    el correcto desarrollo de una sociedad, en el libro esto se
    presenta por la acción de los Extraditables de utilizar a
    los periodistas como su vehículo más importante
    para presionar al gobierno a la no extradición.

    En el tema de cómo se afecto la libertad de
    prensa y de información en el conflicto ya mencionado, se
    puede concluir que ésta sí fue afectada, debido a
    que los narcoterroristas tomaron como blanco el gremio
    periodístico, justo por su importancia, atentado no
    sólo contra su trabajo y sus vidas, sino a un derecho tan
    fundamental como el de la libertad, y de un modo imponiendo una
    censura a los mismo, irrespetando su libertad de pensamiento, de
    expresión, de opinión y por supuesto su libertad de
    prensa y de información.

    BIBLIOGRAFÍA

    GARCÍA Márquez Gabriel. Noticia de un
    Secuestro. Editorial Norma. Bogotá, 1996. Páginas
    336.

    VOLLMER Antje. La Libertad de la Palabra: la fuerza de
    la crítica. Revista Deutschland. Alemania,
    febrero/ marzo de 2000. Pág 40.

    DOORNAERT Mia. La libertad de prensa, un derecho humano:
    el derecho de opinión. Revista Deutschland. Alemania,
    febrero/ marzo de 2000. Pág 44.

    DUVE Freimut. En aras de la estabilidad y el pluralismo:
    la OSCE apoya a los medios. Revista Deutschland. Alemania,
    febrero/ marzo de 2000. Pág. 48.

    ROTTER Gernot. La Libertad de Opinión y
    Civilización: diálogo de
    las culturas. Revista Deutschland. Alemania, febrero/ marzo de
    2000. Pág. 52.

    OSORIO Hugo. La información: un derecho
    individual de bien público. Revista Contribuciones.
    Buenos Aires,
    abril/ junio de 1998, VOL 15. Pág. 7.

    www.saladeprensa.org

    SERRA de Carreras Lluis. Régimen Jurídico
    de la Información. Ariel Derecho. España,
    marzo de 1996. páginas 39- 106, 116- 119, 159- 177.
    Constitución Política de Colombia 1991.

     

     

     

    Marcela Alvarez

    Universidad Pontificia Bolivariana

    Medellín – Colombia

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter