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La huelga en México




Enviado por ediliaramirez



Partes: 1, 2, 3

    1. Historia de la
      huelga
    2. Antecedentes
    3. La huelga de
      Cananea
    4. La huelga textil y Rio
      Blanco
    5. La huelga de
      1916
    6. Periodo
      Cardenista
    7. El periodo
      Avilacamachista
    8. Periodo
      Alemanista
    9. Periodo
      Ruizcontinista
    10. El presidente Adolfo
      López Mateos
    11. Periodo
      Diazordista
    12. Periodo del presidente
      Echeverria
    13. Periodo del presidente
      López Portillo
    14. Periodo del presidente De la
      Madrid
    15. Periodo del presidente Carlos
      Salinas de Gortari
    16. La huelga en otros lugares del
      mundo
    17. Artículo 123
      constitucional
    18. Conclusiones
    19. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    Es sobradamente conocido el estado
    imperante en nuestro país que originó el estallido
    social conocido como la Revolución
    Mexicana.

    Las condiciones de trabajo eran verdaderamente
    terribles: largas y agotadoras jornadas, de 14 horas o
    más, a cambio de un
    salario miserable
    que por lo mismo hacía necesario el que mujeres y menores
    pasaran a engrosar la fuerza de
    trabajo, desde luego en peor situación que el hombre
    adulto en franca lucha contra éste por los puestos a
    desempeñar, ya que, como es de comprenderse
    fácilmente, el afán de lucro de los empresarios los
    llevaba a emplear la mano de obra más barata y menos
    exigente; además carecían absolutamente de prestaciones
    por riesgo o
    enfermedad del propio trabajador; ausencia de medidas de higiene y
    seguridad en los centros de labores; no se tenía
    derecho al descanso semanal remunerado; el salario, de por
    sí poco, no se paga siempre en efectivo, sino que
    existían las tiendas de raya en las que se proporcionaba
    al trabajador mercancías cuyo precio de
    descontaba de su paga, etc.

    Contra tal estado de
    cosas reaccionó el Constituyente de Querétaro y
    produjo lo que se conoce como la Primera Declaración de
    Derechos
    Sociales, al regular, en el artículo 27 Constitucional, la
    propiedad
    territorial, y en el 123 las relaciones entre capital y
    trabajo, estableciendo un sistema tutelar
    de los trabajadores.

    Así, actualmente se reconoce el derecho de los
    trabajadores a asociarse en defensa de sus intereses, ya que el
    trabajador aislado no puede luchar contra el patrón,
    necesita de la unión de sus iguales para igualar fuerzas,
    a efecto de conseguir mejores condiciones de vida. Así la
    asociación profesional constituye una garantía a
    favor de los trabajadores.

    Se reconoció también a los trabajadores el
    derecho de huelga, bajo
    las condiciones que la propia Constitución y la Ley Federal del
    Trabajo señalan.

    La huelga es el derecho de suspender las labores en
    la empresa por
    la mayoría de los trabajadores con objeto de lograr el
    equilibrio
    entre el capital y el trabajo.
    Durante ellas las relaciones individuales de trabajo y los
    derechos y obligaciones
    que son su consecuencia no se terminan, sino que quedan en
    suspenso.

    Así, en el presente trabajo se analizarán
    los antecedentes históricos de la huelga en México y
    sus primeras manifestaciones en Europa, sin pasar
    por alto a las históricas huelgas de Cananea y Río
    Blanco que sucedieron en la república durante la dictadura de
    Porfirio Díaz.

    También se dará en vistazo general a la
    evolución histórica y
    jurídica de esta figura en nuestro país, desde el
    presidente Lázaro
    Cárdenas hasta llegar a Carlos Salinas de
    Gortari.

    También se analizará a la huelga en el
    mundo y la evolución del artículo 123
    Constitucional y de la Ley Federal del
    Trabajo, en lo que a la huelga se refiere.

    HISTORIA DE LA HUELGA

    En su concepción original entendida como la
    cesación eventual del trabajo con objeto de colapsar el
    proceso
    productivo y procurar someter el interés
    del patrón, al profesional de los trabajadores, la huelga
    se juzga en un principio, como un acto reprobable y proscrito de
    violencia. En
    1303 el rey Eduardo I de Inglaterra
    prohibió las huelgas. Lo mismo aconteció en
    Francia y en
    Alemania en el
    siglo XVI. En 1539 una huelga de impostores en Lyon se
    prolongó por tanto tiempo, que dio
    margen a que Francisco I expidiera un edicto severo, el 28 de
    diciembre de 1541, prohibiendo cualquier suspensión brusca
    del trabajo.

    La primera prohibición de la huelga se dio en
    Francia con la ley Le Chapelier en 1791, que fue completada en el
    año 1810 con los artículos 410 a 414 del Código
    Penal.

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